Este decreto establece las reglas para afiliar al sistema general de riesgos laborales a personas vinculadas mediante contratos formales de prestación de servicios y a trabajadores independientes en actividades de alto riesgo. Define las obligaciones de los contratantes, contratistas y administradoras de riesgos laborales en este proceso. Además, determina cómo se realizarán las actividades de promoción y prevención a cargo de las ARL y los mecanismos de inspección, vigilancia y control.