La Constitución de Apatzingán proclamó la independencia de México y estableció la primera república mexicana en 1814. Rechazó la monarquía española y organizó un gobierno republicano de tres poderes separados. Nombró a José María Morelos como jefe provisional del poder ejecutivo y definió las provincias que compondrían la nueva nación mexicana.
el presente triptico contiene informacion basica de los antecedentes de la creacion de la constitucion de 1917, asi como los capitulos que contiene de manera desglosada
La Constitución de 1917, todavía vigente casi 100 años después, consta de 137 artículos. Estos artículos definen lo que significa la ciudadanía, la organización de un gobierno, la reforma agraria, y enumeran una serie de derechos humanos básicos para todos los mexicanos. Los artículos están divididos en diez títulos en los que se abordan temas como la definición nacional de ciudadanía, esboza derechos asociados, y especifica las libertades de los extranjeros residentes en el país. También establece la forma de gobierno, los servicios públicos y el bienestar social, y designa a la Ciudad de México como la capital de la nación, con el Distrito Federal como una entidad aparte y autónoma de la jurisdicción estatal.
La Revolución afectó profundamente a todos los asistentes a la convención y el documento refleja sus experiencias personales. La Constitución de 1917 contiene tres artículos esenciales. El Artículo 3 estableció una educación gratuita, laica y obligatoria, y secularizó el estado mexicano. El Artículo 27 declaraba que todas las tierras que habían sido usurpadas a los campesinos durante el porfiriato tenían que ser devueltas, aunque no tuvieran títulos de propiedad. Además, podría asumir el control de todas las tierras que no estuvieran siendo usadas “apropiadamente” y usarlas para el beneficio público. Este mismo artículo también declaraba que los extranjeros no podían poseer tierras a menos de 100 km de la frontera nacional o de 50 km del mar.
Universidad abierta y a distancia de méxicojgvillelam
Equipo 7
Unidad 3. Derechos humanos.
Sesión 6. Ley suprema y argumentación constitucional jurídica
Actividad 1. Evolución histórica de la Constitución.
Docente:
Juan Pablo León Gleeson
Discente:
José Gerardo Villela Meléndez
El 5 de febrero de 2013, los Poderes de la Unión suscribieron el Acuerdo para la creación del Comité para la Conmemoración del Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de establecer en forma coordinada las actividades conmemorativas, homenajes, expresiones y demás acciones que se llevarán a cabo para dicha celebración.
Este Acuerdo fue firmado por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Enrique Peña Nieto; el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, Min. Juan N. Silva Meza; el Presidente de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, Dip. Francisco Agustín Arroyo Vieyra; y el Presidente de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, Sen. Ernesto Javier Cordero Arroyo, durante la Ceremonia del XCVI Aniversario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, llevada a cabo en el histórico Teatro de la República, de la ciudad de Santiago de Querétaro, Querétaro.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Decreto constitucional para la libertad de la américa
1.
2. Es promulgada el 22 de octubre de
1814, por el Congreso de Chilpancingo
reunido en la ciudad de Apatzingán a
causa de la persecución de las tropas
de Félix María Calleja.
3. La Constitución fue válida para las
fuerzas de los insurgentes y los
territorios que lograron controlar
efímeramente durante el transcurso de
la guerra de la Independencia de
México.
4. La Constitución de Apatzingán proclama
la independencia de México, rechaza la
monarquía y establece la república.
Constituye el principio de la soberanía
popular, organiza un gobierno
republicano de tres poderes que
substituye a la Junta de Zitácuaro, se
nombra a Morelos encargado del Poder
Ejecutivo
5. Constitución de
Apatzingán
La Constitución de
Apatzingán se
componía de 2 títulos y
242 artículos, se baso
principalmente en la
Constitución de Cádiz
pero de manera un
tanto modificada, pues
en oposición a la
Constitución
Española, preveía la
instauración de un
régimen Republicano de
Gobierno
6. I. Principios o elementos constitucionales
Capítulo I. De la religión
Capítulo II. De la soberanía
Capítulo III. De los ciudadanos
Capítulo IV. De la ley
Capítulo V. De la
igualdad, seguridad, propiedad, y libertad de
los ciudadanos
Capítulo VI. De las obligaciones de los
ciudadanos
7. II. Forma de Gobierno
Capítulo I. De las provincias que comprende la América mexicana
Capítulo II. De las supremas autoridades
Capítulo III. Del supremo congreso
Capítulo IV. De la elección de diputados para el supremo congreso
Capítulo V. De las juntas electorales de parroquia
Capítulo VI. De las juntas electorales de partido
Capítulo VII. De las juntas electorales de provincia
Capítulo VIII. De las atribuciones del supremo congreso
Capítulo IX. De la sanción y promulgación de las leyes
Capítulo X. Del supremo gobierno
Capítulo XI. De la elección de individuos para el supremo gobierno
Capítulo XII. De la autoridad del supremo gobierno
Capítulo XIII. De las intendencias de hacienda
Capítulo XIV. Del supremo tribunal de justicia
Capítulo XV. De las facultades del supremo tribunal de justicia
Capítulo XVI. De los juzgados inferiores
Capítulo XVII. De las leyes que se han de observar en la administración de
justicia
Capítulo XVIII. Del tribunal de residencia
Capítulo XIX. De las funciones del tribunal de residencia
Capítulo XX. De la representación nacional
Capítulo XXI. De la observancia de este decreto
Capítulo XXII. De la sanción y promulgación de este decreto
8. Artículos relevantes:
1. La religión católica, apostólica, romana, es la única que se
debe profesar en el Estado.
2. La facultad de dictar leyes y establecer la forma de
gobierno que más convenga á los intereses de la sociedad,
constituye la soberanía.
5. Por consiguiente, la soberanía reside originariamente en
el pueblo, y su ejercicio en la representación nacional
compuesta de diputados elegidos por los ciudadanos bajo la
forma que prescriba la constitución.
12. Estos tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, no
deben ejercerse ni por una sola persona, ni por una sola
corporación.
13. Se reputan ciudadanos de esta América todos los
nacidos en ella.
9. 19. La ley debe ser igual para todos.
30. Todo ciudadano se reputa inocente, mientras no se declare
culpado.
42. (Las provincias de la América Mexicana):
México, Puebla, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Oaxaca, Técpam, Mi
choacán, Querétaro, Guadalajara, Guanajuato, Potosí, Zacatecas,
Durango, Sonora, Coahuila y el Nuevo Reino de León.
El Gobierno Supremo, (Poder Ejecutivo), se componía de 3
personas que tenían igualdad de autoridad y responsabilidades; el
gobierno se ejercería en una alternancia de cada cuatro meses. Su
autoridad más directa, además de la naturaleza ejecutiva y
administrativa, era garantizar la protección de los derechos de los
ciudadanos: la libertad, la propiedad, la igualdad y la seguridad.
“nuevo país: católico, nacionalista, republicano y liberal.”