Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Dercons 9.6
1. CEUSS VIRTUAL
9.6 SISTEMA JUDICIAL DE LOS ESTADOS
El sistema Judicial de los Estado se basa en el artículo 116 fracción III de la Constitución Mexicana
que estipula que “el Poder Judicial de los Estados se ejercerá por los tribunales que establezcan las
Constituciones respectivas.
La independencia de los magistrados y jueces en el ejercicio de sus funciones deberá estar
garantizada por las Constituciones y las Leyes Orgánicas de los Estados, las cuales establecerán las
condiciones para el ingreso, formación y permanencia de quienes sirvan a los Poderes Judiciales de
los Estados...” Es decir, este artículo menciona que cada uno de los Estados tendrá a sus propios
tribunales que deberán estar establecidos en las Constituciones locales.
2. CEUSS VIRTUAL
La impartición de la justicia local se encuentra a cargo de las leyes y los tribunales superiores de
justicia de cada entidad como lo establece el artículo 18 de la Constitución Mexicana que instituye
que “la Federación, los Estados y el Distrito Federal establecerán, en el ámbito de sus respectivas
competencias… en el que se garanticen los derechos fundamentales que reconoce esta
Constitución para todo individuo, así como aquellos derechos específicos que por su condición de
personas en desarrollo les han sido reconocidos.” Así, se entiende que los integrantes de la justicia
local son:
1. Poderes judicial locales:
a. Juzgados de paz, menores, municipales o de cuantía menor
b. Juzgados de primera instancia
c. Tribunales superiores de justicia
d. Consejos de la Judicatura locales
3. CEUSS VIRTUAL
2. Otros órganos locales de administración de justicia:
a. Tribunales electorales
b. Tribunales de lo contencioso administrativo
c. Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje
d. Tribunales Locales de Conciliación y Arbitraje
e. Consejos de menores.