UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
ALUMNA: GENESIS BARRIOS V- 21.127.181
CÁTEDRA: DERECHO PROCESAL LABORAL
DOCENTE: ABOG. DAILYN COLMENAREZ
SAIA: B
LA IMPORTANCIA DEL DERECHO ADJETIVO
EN VENEZUELA
RASGOS HISTORICOS PRINCIPIOS RECTORES FUENTES
El proceso laboral tiene su origen en la Ley de
Tribunales y Procedimientos de Trabajo de
1959 el cual fue considerado como un “proceso
excesivamente escrito, lento, pesado, formalista,
oneroso y no obsequioso para nada a la
justicia” el cual no garantizaba una tutela
efectiva de los derechos de los justiciables, el día
13 de agosto del 2002 entra en vigencia la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo (LOPT), con la
misma se establece un nuevo proceso en la
materia, así como también una nueva
organización de la jurisdicción laboral.
Este nuevo proceso viene a sustituir como ahora
lo demanda el artículo 26 en la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela de 1999.
En cual establece que:
“Toda persona tiene derecho de acceso a los
órganos de administración de justicia para
hacer valer sus derechos e intereses, e incluso
los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los
mismos y obtener con prontitud la decisión
correspondiente”.
Los principios que rigen en el Derecho Laboral
vienen dado por la Constitución Nacional, sin
embargo en la Ley Orgánica del Procedimiento
laboral en su Articulo N°2 los nombra de la
siguiente manera:
Gratuitidad: Este principio también de rango
constitucional garantiza el derecho que toda
persona tiene de acceder a los órganos de
administración de justicia laboral, destacándose
en el proyecto la garantía de la gratuidad de la
justicia del trabajo. Art 26 LOTTT.
Oralidad: La oralidad resulta ser el
instrumento adecuado para facilitar la
aplicación de los principios políticos básicos y
de las garantías que estructuran el propio
sistema procesal laboral.
Inmediación: El termino inmediación se puede
definir literalmente como próximo, cercano,
inmediato
Estas fuentes se refieren a las formas mediante
las cuales se manifiestan y concretan las
normas jurídicas que las componen.
Fuentes directas
La Ley: La ley es la fuente mas importante del
derecho laboral, puesto que cada estado dentro
su legislación tendrá su ordenamiento jurídico
respecto del trabajo y dichas disposiciones
tendrán que ser acatadas tanto por
empleadores como empleados dentro de
determinada jurisdicción.
Costumbre: Es la repetición de acciones al
interior de una sociedad, que dada su
reiteración, aceptación y permanencia van
adquiriendo fuerza normativa, como
obligación.
Principios Generales del Derecho: Es el
conjunto de criterios orientadores insertos
expresa o tácitamente en todo sistema jurídico.
EL DERECHO ADJETIVO EN VENEZUELA
En el indagar histórico se encuentran normas
históricas relativas al trabajo desde los días de la
Colonia. No es que se pueda hablar con
propiedad de un Derecho Laboral antiguo, pues
no habían aparecido los fenómenos que le dieron
origen; pero hay disposiciones dignas de
señalarse.
Las circunstancias de la organización colonial no
dejaban de presentar algunos rasgos de
semejanza con la situación del trabajador
moderno. Es interesante verificar como, a tanta
distancia, la idea de justicia pudo ofrecer
resultados parecidos, por lo menos en parte, a los
que en nuestra época habrían de integrar esta
nueva rama jurídica.
Concentración: Cuando se pregunta por este
principio en las aulas de clases es común
escuchar que se trata de la concurrencia y
contacto permanente de los sujetos procesales,
específicamente del juez y las partes en los actos
procesales.
Publicidad: El proyecto la LOPT indica que los
actos del proceso serán públicos, pero se
procederá a puerta cerrada en la audiencia
preliminar para facilitar la posibilidad de
mediación y conciliación o por razones de
decencia pública cuando así lo considere el juez.
Brevedad y Celeridad: Los lapsos deben
cumplirse tal cual como lo estable la ley. La
brevedad procesal y la celeridad son principios
fundamentales del proceso laboral.
Uniformidad: Es en donde se da un solo proceso ,
a excepción del proceso de estabilidad con algún
agregado establecido en los Art 187 al 192.
Prioridad de la Realidad de los Hechos y
Equidad: principio que tiene rango
constitucional que nace en el Art 89 Ordinal 1de
la Constitución de la Republica Bolivariana de
Venezuela.
Fuentes Indirectas
Jurisprudencia: Es una institución jurídica que
establece los criterios de interpretación o
integración de las disposiciones legales que
realizan los Tribunales judiciales o
administrativos facultados por la ley.
Doctrina: Son los estudios, análisis y crítica que
los juristas realizan con carácter científico no
sólo de los sistemas de Derecho Positivo, sino del
Derecho en General.
BIBLIOGRAFIA
http://arturo-escobar.blogspot.com/2012/10/principios-del-proceso-laboral.html
http://www.monografias.com/trabajos36/derecho-laboral/derecho-laboral.shtml
Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela de 20 de Diciembre de 1999./g. o. 5.908e 19/2/2009/
Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras Decreto Nº 8.93830 de abril de 2012

Derecho adjetivo

  • 1.
    UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICERECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO ALUMNA: GENESIS BARRIOS V- 21.127.181 CÁTEDRA: DERECHO PROCESAL LABORAL DOCENTE: ABOG. DAILYN COLMENAREZ SAIA: B LA IMPORTANCIA DEL DERECHO ADJETIVO EN VENEZUELA
  • 2.
    RASGOS HISTORICOS PRINCIPIOSRECTORES FUENTES El proceso laboral tiene su origen en la Ley de Tribunales y Procedimientos de Trabajo de 1959 el cual fue considerado como un “proceso excesivamente escrito, lento, pesado, formalista, oneroso y no obsequioso para nada a la justicia” el cual no garantizaba una tutela efectiva de los derechos de los justiciables, el día 13 de agosto del 2002 entra en vigencia la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPT), con la misma se establece un nuevo proceso en la materia, así como también una nueva organización de la jurisdicción laboral. Este nuevo proceso viene a sustituir como ahora lo demanda el artículo 26 en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. En cual establece que: “Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, e incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y obtener con prontitud la decisión correspondiente”. Los principios que rigen en el Derecho Laboral vienen dado por la Constitución Nacional, sin embargo en la Ley Orgánica del Procedimiento laboral en su Articulo N°2 los nombra de la siguiente manera: Gratuitidad: Este principio también de rango constitucional garantiza el derecho que toda persona tiene de acceder a los órganos de administración de justicia laboral, destacándose en el proyecto la garantía de la gratuidad de la justicia del trabajo. Art 26 LOTTT. Oralidad: La oralidad resulta ser el instrumento adecuado para facilitar la aplicación de los principios políticos básicos y de las garantías que estructuran el propio sistema procesal laboral. Inmediación: El termino inmediación se puede definir literalmente como próximo, cercano, inmediato Estas fuentes se refieren a las formas mediante las cuales se manifiestan y concretan las normas jurídicas que las componen. Fuentes directas La Ley: La ley es la fuente mas importante del derecho laboral, puesto que cada estado dentro su legislación tendrá su ordenamiento jurídico respecto del trabajo y dichas disposiciones tendrán que ser acatadas tanto por empleadores como empleados dentro de determinada jurisdicción. Costumbre: Es la repetición de acciones al interior de una sociedad, que dada su reiteración, aceptación y permanencia van adquiriendo fuerza normativa, como obligación. Principios Generales del Derecho: Es el conjunto de criterios orientadores insertos expresa o tácitamente en todo sistema jurídico. EL DERECHO ADJETIVO EN VENEZUELA
  • 3.
    En el indagarhistórico se encuentran normas históricas relativas al trabajo desde los días de la Colonia. No es que se pueda hablar con propiedad de un Derecho Laboral antiguo, pues no habían aparecido los fenómenos que le dieron origen; pero hay disposiciones dignas de señalarse. Las circunstancias de la organización colonial no dejaban de presentar algunos rasgos de semejanza con la situación del trabajador moderno. Es interesante verificar como, a tanta distancia, la idea de justicia pudo ofrecer resultados parecidos, por lo menos en parte, a los que en nuestra época habrían de integrar esta nueva rama jurídica. Concentración: Cuando se pregunta por este principio en las aulas de clases es común escuchar que se trata de la concurrencia y contacto permanente de los sujetos procesales, específicamente del juez y las partes en los actos procesales. Publicidad: El proyecto la LOPT indica que los actos del proceso serán públicos, pero se procederá a puerta cerrada en la audiencia preliminar para facilitar la posibilidad de mediación y conciliación o por razones de decencia pública cuando así lo considere el juez. Brevedad y Celeridad: Los lapsos deben cumplirse tal cual como lo estable la ley. La brevedad procesal y la celeridad son principios fundamentales del proceso laboral. Uniformidad: Es en donde se da un solo proceso , a excepción del proceso de estabilidad con algún agregado establecido en los Art 187 al 192. Prioridad de la Realidad de los Hechos y Equidad: principio que tiene rango constitucional que nace en el Art 89 Ordinal 1de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Fuentes Indirectas Jurisprudencia: Es una institución jurídica que establece los criterios de interpretación o integración de las disposiciones legales que realizan los Tribunales judiciales o administrativos facultados por la ley. Doctrina: Son los estudios, análisis y crítica que los juristas realizan con carácter científico no sólo de los sistemas de Derecho Positivo, sino del Derecho en General.
  • 4.
    BIBLIOGRAFIA http://arturo-escobar.blogspot.com/2012/10/principios-del-proceso-laboral.html http://www.monografias.com/trabajos36/derecho-laboral/derecho-laboral.shtml Constitución de laRepublica Bolivariana de Venezuela de 20 de Diciembre de 1999./g. o. 5.908e 19/2/2009/ Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras Decreto Nº 8.93830 de abril de 2012