El documento habla sobre el contrato de trabajo y sus modalidades. Explica que el contrato de trabajo es el acuerdo entre el trabajador y el empresario, donde el trabajador se compromete a prestar servicios bajo la dirección del empresario a cambio de una retribución. También define a los sujetos que pueden celebrar contratos de trabajo y las características del periodo de prueba.
En los campos laborales ha resultado una constante que los trabajadores desconozcan sus derechos y las prestaciones que deberían percibir, expuso el titular de la Secretaría del Trabajo (ST) en el estado, José Luis Aguilera Rico.
A decir del funcionario estatal, en las 312 inspecciones que realizó la dependencia durante el presente año, se observó con mayor recurrencia la necesidad de impartir asesorías a los trabajadores.
En los campos laborales ha resultado una constante que los trabajadores desconozcan sus derechos y las prestaciones que deberían percibir, expuso el titular de la Secretaría del Trabajo (ST) en el estado, José Luis Aguilera Rico.
A decir del funcionario estatal, en las 312 inspecciones que realizó la dependencia durante el presente año, se observó con mayor recurrencia la necesidad de impartir asesorías a los trabajadores.
sigue al estructura de las presentación primera, determinando las clases del derecho laboral individual, el contrato de trabajo, aplicación de los principios del derecho laboral
Presentación introductoria de las que le preceden donde se expondrán las características de los contratos de trabajo en España según la guía de contratos de enero 2014.
Es una selección de contratos para dar a conocer a los menores de 30 años los contratos a los que pueden acogerse .
Powerpoint basado en el modulo de gestión auxiliar de Personal, de administración y gestión en las especialidades ADGD0308 y ADGG0308 - Actividades de Gestión Administrativa o de Asistencia documental y gestión en despachos y oficinas.
2. Capacidad terminalCapacidad terminal
Capacidad terminal: Diferenciar lasCapacidad terminal: Diferenciar las
modalidades de contratación y aplicarmodalidades de contratación y aplicar
procedimientos de inserción en la realidadprocedimientos de inserción en la realidad
laboral como trabajador por cuenta ajenalaboral como trabajador por cuenta ajena
o por cuenta propia.o por cuenta propia.
3. CONTENIDOSCONTENIDOS
Concepto y características de contrato de trabajo.Concepto y características de contrato de trabajo.
Capacidad para contratar: los sujetos del contrato deCapacidad para contratar: los sujetos del contrato de
trabajo: Trabajador y empresario.trabajo: Trabajador y empresario.
Aspectos básicos del contrato de trabajo. Forma,Aspectos básicos del contrato de trabajo. Forma,
duración y periodo de pruebaduración y periodo de prueba
Actividades excluidas de la legislación laboral.Actividades excluidas de la legislación laboral.
Relaciones laborales de carácter especial.Relaciones laborales de carácter especial.
Derechos y deberes derivados del contrato de trabajo.Derechos y deberes derivados del contrato de trabajo.
Las empresas de trabajo temporal.Las empresas de trabajo temporal.
Tipos de contrato de trabajo.Tipos de contrato de trabajo.
4. 1.CONTRATO DE TRABAJO1.CONTRATO DE TRABAJO
Sujetos de la relación laboral, del contratoSujetos de la relación laboral, del contrato
de trabajo son:de trabajo son:
TRABAJADOR Y EMPRESARIOTRABAJADOR Y EMPRESARIO
5. 1.CONTRATO DE TRABAJO1.CONTRATO DE TRABAJO
En el contrato de trabajo se manifiesta laEn el contrato de trabajo se manifiesta la
voluntad de las partes: EMPRESARIO Yvoluntad de las partes: EMPRESARIO Y
TRABAJADOR, POR LA QUE ELTRABAJADOR, POR LA QUE EL
TRABAJADOR SE COMPROMETE ATRABAJADOR SE COMPROMETE A
PRESTAR DETERMINADOS SERVICIOSPRESTAR DETERMINADOS SERVICIOS
BAJO LA DIRECCIÓN DELBAJO LA DIRECCIÓN DEL
EMPRESARIO RECIBIENDO A CAMBIOEMPRESARIO RECIBIENDO A CAMBIO
UNA RETRIBUCIÓN.UNA RETRIBUCIÓN.
6. 2. CAPACIDAD PARA2. CAPACIDAD PARA
CONTRATARCONTRATAR
El Estatuto de los Trabajadores dice queEl Estatuto de los Trabajadores dice que
tienen capacidad para contratar:tienen capacidad para contratar:
El empresario yEl empresario y
El trabajadorEl trabajador
7. 2. CAPACIDAD PARA2. CAPACIDAD PARA
CONTRATAR: TRABAJADORESCONTRATAR: TRABAJADORES
LosLos trabajadorestrabajadores que pueden celebrar validamenteque pueden celebrar validamente
contratos de trabajo son:contratos de trabajo son:
Personas mayores de 18 años.Personas mayores de 18 años.
Los menores de 18 años, legalmenteLos menores de 18 años, legalmente
emancipados.emancipados.
Las personas mayores de 16 y menores de 18,Las personas mayores de 16 y menores de 18,
si viven independientemente o si tienensi viven independientemente o si tienen
autorización de los padres o tutores.autorización de los padres o tutores.
Los extranjeros, de acuerdo con lo dispuestoLos extranjeros, de acuerdo con lo dispuesto
en la legislación específica sobre la materiaen la legislación específica sobre la materia
(permiso de trabajo y residencia para los(permiso de trabajo y residencia para los
trabajadores no comunitarios).trabajadores no comunitarios).
8. 2. CAPACIDAD PARA2. CAPACIDAD PARA
CONTRATAR: TRABAJADORESCONTRATAR: TRABAJADORES
A LOS MENORES DE 18 AÑOS SE LESA LOS MENORES DE 18 AÑOS SE LES
PROHIBE:PROHIBE:
REALIZAR TRABAJOS NOCTURNOSREALIZAR TRABAJOS NOCTURNOS
TRABAJOS PELIGROSOS, INSALUBRESTRABAJOS PELIGROSOS, INSALUBRES
REALIZAR HORAS EXTRAORDINARIASREALIZAR HORAS EXTRAORDINARIAS
9. 2.2. CAPACIDAD PARA2.2. CAPACIDAD PARA
CONTRATAR: TRABAJADORESCONTRATAR: TRABAJADORES
La exigencia del cumplimiento de los dieciséis años para contratarLa exigencia del cumplimiento de los dieciséis años para contratar
como trabajador tiene alguna excepción, asícomo trabajador tiene alguna excepción, así el Art. 6.4 del E.T.el Art. 6.4 del E.T.
prevé la posibilidad de actuación de menores deprevé la posibilidad de actuación de menores de
dieciséis años endieciséis años en espectáculos públicosespectáculos públicos , siempre que se, siempre que se
cumplan ciertas condicionescumplan ciertas condiciones ::
Ha de ser autorizada por la Administración laboral.Ha de ser autorizada por la Administración laboral.
Ha de formularse con carácter restrictivoHa de formularse con carácter restrictivo (solo para ese(solo para ese
evento)evento)
Ha de ser escritaHa de ser escrita
Sólo podrá concederse cuando la intervención del menorSólo podrá concederse cuando la intervención del menor
en el espectáculo no suponga peligro para su saluden el espectáculo no suponga peligro para su salud
física o psíquica.física o psíquica.
La contratación laboral realizada sin estas previas autorizaciones haceLa contratación laboral realizada sin estas previas autorizaciones hace
incurrir al empresario infractor en responsabilidad administrativaincurrir al empresario infractor en responsabilidad administrativa
(infracción muy grave) e incluso penal.(infracción muy grave) e incluso penal.
10. 2.2. CAPACIDAD PARA2.2. CAPACIDAD PARA
CONTRATAR: EMPRESARIOCONTRATAR: EMPRESARIO
El empresario puede ser persona física oEl empresario puede ser persona física o
persona jurídica.persona jurídica.
La capacidad del empresario comoLa capacidad del empresario como
persona física se adquiere por elpersona física se adquiere por el
nacimiento y la capacidad de obrar pornacimiento y la capacidad de obrar por
mayoría de edad o emancipación.mayoría de edad o emancipación.
11. 3.ELEMENTOS ESENCIALES DEL3.ELEMENTOS ESENCIALES DEL
CONTRATO DE TRABAJOCONTRATO DE TRABAJO
ElEl consentimiento o acuerdoconsentimiento o acuerdo entre elentre el
trabajador y el empresario librementetrabajador y el empresario libremente
prestado.prestado.
ElEl objeto,objeto, que está constituido por laque está constituido por la
prestación laboral y el salario.prestación laboral y el salario.
LaLa causa o razóncausa o razón por la que sepor la que se
celebra, consistente en la cesióncelebra, consistente en la cesión
remunerada del resultado del trabajoremunerada del resultado del trabajo
12. 4.FORMA DEL4.FORMA DEL
CONTRATO DE TRABAJOCONTRATO DE TRABAJO
La formaLa forma del contrato viene definida endel contrato viene definida en
el E.T. en su Art. 8 en donde dice:el E.T. en su Art. 8 en donde dice:
““Artículo 8.º Forma del contrato.Artículo 8.º Forma del contrato.
El contrato de trabajo se podráEl contrato de trabajo se podrá
celebrar por escrito o de palabra.celebrar por escrito o de palabra.
13. No es preciso la formalización conNo es preciso la formalización con
carácter general del contrato de modocarácter general del contrato de modo
escrito;escrito;
pero aunque esto es la regla general elpero aunque esto es la regla general el
mismo articulo 8.2 obliga a que unosmismo articulo 8.2 obliga a que unos
determinados tipos de contratosdeterminados tipos de contratos sísí
consten de forma escritaconsten de forma escrita
14. Forma del contrato de trabajoForma del contrato de trabajo
““Deberán constar por escrito los contratos de trabajoDeberán constar por escrito los contratos de trabajo
cuandocuando::
así lo exija una disposición legalasí lo exija una disposición legal (si lo dice la norma que los(si lo dice la norma que los
crea)crea)
y, en todo casoy, en todo caso ,,
loslos de prácticas y para la formación,de prácticas y para la formación,
los contratos a tiempo parcial,los contratos a tiempo parcial,
fijo-discontinuo y de relevo,fijo-discontinuo y de relevo,
los contratos de trabajo a domicilio,los contratos de trabajo a domicilio,
los contratos para la realización de una obra o serviciolos contratos para la realización de una obra o servicio
determinado,determinado,
Así como los de los trabajadores contratados en España alAsí como los de los trabajadores contratados en España al
servicio de empresas españolas en el extranjero.servicio de empresas españolas en el extranjero.
Igualmente constarán por escrito los contratos por tiempoIgualmente constarán por escrito los contratos por tiempo
determinado cuya duración sea superior a cuatro semanasdeterminado cuya duración sea superior a cuatro semanas
15. 5. Contenido mínimo del contrato5. Contenido mínimo del contrato
de trabajode trabajo
LUGAR Y FECHA.LUGAR Y FECHA.
IDENTIFICACIÓN DE LASIDENTIFICACIÓN DE LAS
PARTES.PARTES.
DENOMINACIÓN Y CATEGORÍADENOMINACIÓN Y CATEGORÍA
DEL PUESTO DE TRABAJO.DEL PUESTO DE TRABAJO.
LUGAR DE TRABAJOLUGAR DE TRABAJO
TIEMPO DE TRABAJO (jornada,TIEMPO DE TRABAJO (jornada,
horario, turno, y trabajo nocturno).horario, turno, y trabajo nocturno).
DURACIÓN y periodo de pruebaDURACIÓN y periodo de prueba
si lo hubiese.si lo hubiese.
RETRIBUCIÓNRETRIBUCIÓN
VACACIONESVACACIONES
PLAZO DE PREAVISOPLAZO DE PREAVISO
CONVENIO COLECTIVOCONVENIO COLECTIVO
FIRMA DE LAS PARTESFIRMA DE LAS PARTES
16. Contenido del contrato: cláusulasContenido del contrato: cláusulas
contractualescontractuales
CONFIDENCIALIDADCONFIDENCIALIDAD
NO COMPETENCIANO COMPETENCIA
CONCURRENCIA,CONCURRENCIA,
COMPETENCIACOMPETENCIA
DESLEALDESLEAL
PERMANENCIAPERMANENCIA
DEDICACIÓN PLENADEDICACIÓN PLENA
17. 6. El periodo de prueba6. El periodo de prueba
Cuando la relación laboral se formalizaCuando la relación laboral se formaliza
mediante un contrato de trabajo, elmediante un contrato de trabajo, el
empresario tienen la potestad de ponerempresario tienen la potestad de poner
durante el periodo inicial del mismo aldurante el periodo inicial del mismo al
trabajador a prueba para ver si cumpletrabajador a prueba para ver si cumple
con las características de dicho puestocon las características de dicho puesto
18. Características del periodo deCaracterísticas del periodo de
pruebaprueba
El periodo de prueba es un derecho del empresario,El periodo de prueba es un derecho del empresario,
por lo tanto lo puede ejercer o no, es decir que es unpor lo tanto lo puede ejercer o no, es decir que es un
elemento voluntario, pero en caso de existir debe deelemento voluntario, pero en caso de existir debe de
indicarse en el contrato de trabajo.indicarse en el contrato de trabajo.
Se regula inicialmente en el Art. 14 del ET. Pero puedeSe regula inicialmente en el Art. 14 del ET. Pero puede
establecerse otros periodos en el Convenio Colectivo.establecerse otros periodos en el Convenio Colectivo.
Durante el periodo de prueba el empresario puedeDurante el periodo de prueba el empresario puede
extinguir el contrato de trabajo sin ningún tipo deextinguir el contrato de trabajo sin ningún tipo de
obligación con respecto del trabajador, por lo tanto noobligación con respecto del trabajador, por lo tanto no
esta sujeto a indemnizaciones.esta sujeto a indemnizaciones.
El periodo es variable en relación a la cualificaciónEl periodo es variable en relación a la cualificación
profesional y al número de trabajadores de laprofesional y al número de trabajadores de la
empresa.empresa.
19. Duración del periodo de pruebaDuración del periodo de prueba
Plantilla de más de 25Plantilla de más de 25
trabajadorestrabajadores::
Técnicos y titulados:Técnicos y titulados:
6 meses máximo6 meses máximo
Resto deResto de
trabajadores: 2trabajadores: 2
meses máximomeses máximo
Plantilla de menos dePlantilla de menos de
25 trabajadores25 trabajadores::
Técnicos y tilulados: 6Técnicos y tilulados: 6
meses máximomeses máximo
Resto deResto de
trabajadores: 3trabajadores: 3
meses máximomeses máximo
20. PERIODO DE PRUEBAPERIODO DE PRUEBA
DURANTE EL PERIODO DE PRUEBA EL TRABAJADOR TIENEDURANTE EL PERIODO DE PRUEBA EL TRABAJADOR TIENE
LOS MISMOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE EL RESTOLOS MISMOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE EL RESTO
DE LOS TRABAJADORES DE PLANTILLADE LOS TRABAJADORES DE PLANTILLA
DEBE ESTAR DADO DE ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIALDEBE ESTAR DADO DE ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL
DEBE PERCIBIR EL SALARIO QUE CORRESPONDA AL PUESTODEBE PERCIBIR EL SALARIO QUE CORRESPONDA AL PUESTO
DE TRABAJO QUE DESEMPEÑADE TRABAJO QUE DESEMPEÑA
ES NULO CUALQUIER PACTO QUE ESTABLEZCA UN PERIODOES NULO CUALQUIER PACTO QUE ESTABLEZCA UN PERIODO
DE PRUEBA CUANDO EL TRABAJADOR YA HAYADE PRUEBA CUANDO EL TRABAJADOR YA HAYA
DESEMPEÑADO LAS MISMAS FUNCIONES CONDESEMPEÑADO LAS MISMAS FUNCIONES CON
ANTERIORIDAD EN LA EMPRESAANTERIORIDAD EN LA EMPRESA
DURANTE EL PERIODO DE PRUEBA CUALQUIERA DE LASDURANTE EL PERIODO DE PRUEBA CUALQUIERA DE LAS
PARTES PUEDE DAR POR FINALIZADO EL CONTRATO SINPARTES PUEDE DAR POR FINALIZADO EL CONTRATO SIN
NECESIDAD DE PREAVISO.NECESIDAD DE PREAVISO.
EN CASO DE QUE DESPIDAN AL TRABAJADOR EN ELEN CASO DE QUE DESPIDAN AL TRABAJADOR EN EL
PERIODO DE PRUEBA NO TIENE DERECHO APERIODO DE PRUEBA NO TIENE DERECHO A
INDEMNIZACIÓN.INDEMNIZACIÓN.
21. 7. Duración del contrato de trabajo7. Duración del contrato de trabajo
La duración del contrato podráLa duración del contrato podrá
concertarse de forma indefinida o por unaconcertarse de forma indefinida o por una
duración determinada.duración determinada.
22. 7. Duración del contrato de trabajo7. Duración del contrato de trabajo
Podrán celebrarse contratos de duraciónPodrán celebrarse contratos de duración
determinada:determinada:
Cuando se contrate al trabajador para unaCuando se contrate al trabajador para una
obra o servicio determinadoobra o servicio determinado
Cuando las circunstancias del mercado,Cuando las circunstancias del mercado,
acumulación de tareas o por excesos deacumulación de tareas o por excesos de
pedido, así lo exijan.pedido, así lo exijan.
Cuando se trate de sustituir a trabajadoresCuando se trate de sustituir a trabajadores
con derecho a reservad de puestocon derecho a reservad de puesto
(enfermedad, excedencia…)(enfermedad, excedencia…)
23. 8. Actividades excluidas de la8. Actividades excluidas de la
relación laboralrelación laboral
Si alguna de las características delSi alguna de las características del
contrato de trabajo (voluntariedad,contrato de trabajo (voluntariedad,
ajeneidad, dependencia y remuneración )ajeneidad, dependencia y remuneración )
no se da, no existe relación laboral.no se da, no existe relación laboral.
24. Actividades excluidas de la relaciónActividades excluidas de la relación
laborallaboral
Por lo que hay una serie de trabajos excluidosPor lo que hay una serie de trabajos excluidos
de la relación laboral, que son los siguientes:de la relación laboral, que son los siguientes:
Funcionarios públicos: personal al servicio del Estado, ComunidadFuncionarios públicos: personal al servicio del Estado, Comunidad
Autónoma o Corporaciones locales.Autónoma o Corporaciones locales.
Prestaciones personales obligatorias.Prestaciones personales obligatorias.
Consejeros o miembros del Consejo de Administración.Consejeros o miembros del Consejo de Administración.
Trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindadTrabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad
Trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariado delTrabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariado del
que la lleva a cabo. Se consideran familiares siempre que convivan con elque la lleva a cabo. Se consideran familiares siempre que convivan con el
empresario el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientesempresario el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes
por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y en supor consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y en su
caso por adopcióncaso por adopción
Personas que intervengan en operaciones mercantilesPersonas que intervengan en operaciones mercantiles
Servicios de transporte.Servicios de transporte.
Trabajos realizados por cuenta propia.Trabajos realizados por cuenta propia.
25. 9.Relaciones laborales9.Relaciones laborales
de carácter especialde carácter especial
Son los casos en los que a pesar de que seSon los casos en los que a pesar de que se
cumplen las cuatro características básicas de lacumplen las cuatro características básicas de la
relación laboral (voluntariedad, ajeneidad,relación laboral (voluntariedad, ajeneidad,
dependencia y remuneración ), presentan unadependencia y remuneración ), presentan una
serie de peculiaridades que hacen necesarioserie de peculiaridades que hacen necesario
que tengan una regulación especial.que tengan una regulación especial.
Para saber qué jornada, vacaciones, pagasPara saber qué jornada, vacaciones, pagas
extraordinarias, etc., corresponden a esosextraordinarias, etc., corresponden a esos
trabajadores, es preciso acudir a su normativatrabajadores, es preciso acudir a su normativa
específica, aunque en muchos aspectos se lesespecífica, aunque en muchos aspectos se les
aplican las reglas generales del Estatuto de losaplican las reglas generales del Estatuto de los
Trabajadores.Trabajadores.
26. Relaciones laboralesRelaciones laborales
de carácter especialde carácter especial
Personal de Alta DirecciónPersonal de Alta Dirección
Servicio del Hogar FamiliarServicio del Hogar Familiar
Penados en Instituciones PenitenciariasPenados en Instituciones Penitenciarias
Deportistas profesionalesDeportistas profesionales
Artistas en espectáculos públicosArtistas en espectáculos públicos
Representantes de comercioRepresentantes de comercio
Minusválidos que presten sus servicios en CentrosMinusválidos que presten sus servicios en Centros
especiales de empleo.especiales de empleo.
Trabajo en el mar.Trabajo en el mar.
Estibadores portuariosEstibadores portuarios
Menores internadosMenores internados
27. 10.Derechos y deberes10.Derechos y deberes
Además de los derechos fundamentales que seAdemás de los derechos fundamentales que se
recogen en la Constitución Española de 1.978,recogen en la Constitución Española de 1.978,
los trabajadores tienen los siguienteslos trabajadores tienen los siguientes derechosderechos
básicosbásicos::
Trabajo y libre elección de profesión u oficioTrabajo y libre elección de profesión u oficio
Libre sindicaciónLibre sindicación
Negociación colectivaNegociación colectiva
Adopción de medidas de conflicto colectivoAdopción de medidas de conflicto colectivo
HuelgaHuelga
ReuniónReunión
Participación en la empresaParticipación en la empresa
28. 10.Derechos y deberes10.Derechos y deberes
A los trabajadores también se les reconoce una serie deA los trabajadores también se les reconoce una serie de derechosderechos
derivados delderivados del contrato de trabajocontrato de trabajo , que son los siguientes:, que son los siguientes:
Ocupación efectivaOcupación efectiva
Promoción y formación profesional en el trabajoPromoción y formación profesional en el trabajo
No discriminación (sexo, estado civil, edad, raza, condición social,No discriminación (sexo, estado civil, edad, raza, condición social,
ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un sindicato, lengua,ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un sindicato, lengua,
disminuciones psíquicas, físicas o sensoriales).disminuciones psíquicas, físicas o sensoriales).
Integridad física y adecuada política de higiene.Integridad física y adecuada política de higiene.
Respeto a la intimidadRespeto a la intimidad
Percepción puntual del salarioPercepción puntual del salario
Ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato deEjercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de
trabajo,trabajo,
Cualquier otro derecho que se derive del contratoCualquier otro derecho que se derive del contrato
29. 10.Derechos y deberes10.Derechos y deberes
Por último, losPor último, los derechos del trabajador enderechos del trabajador en
materia demateria de prevención de riesgosprevención de riesgos
laborales:laborales:
Protección a la saludProtección a la salud
Información, consulta y participaciónInformación, consulta y participación
FormaciónFormación
Vigilancia periódica de la saludVigilancia periódica de la salud
Resistencia ante situaciones deResistencia ante situaciones de
riesgo grave e inminente.riesgo grave e inminente.
30. 10.Derechos y deberes10.Derechos y deberes
Deberes laboralesDeberes laborales ::
Cumplir las obligaciones del puesto deCumplir las obligaciones del puesto de
trabajo con buena fe y diligenciatrabajo con buena fe y diligencia
Cumplir las órdenes e instrucciones delCumplir las órdenes e instrucciones del
empresario.empresario.
Contribuir a la mejora de la productividadContribuir a la mejora de la productividad
de la empresade la empresa
No concurrir con la actividad de laNo concurrir con la actividad de la
empresa.empresa.
31. 10.Derechos y deberes10.Derechos y deberes
Deberes en relación conDeberes en relación con
la prevención de riesgos laboralesla prevención de riesgos laborales ::
Cumplir las normas de seguridad e higiene queCumplir las normas de seguridad e higiene que
se adoptense adopten
Uso correcto y adecuado de mediosUso correcto y adecuado de medios
Deber de información de las situaciones queDeber de información de las situaciones que
entrañen riesgos para la seguridad y salud.entrañen riesgos para la seguridad y salud.
Cumplimiento de las obligaciones que determineCumplimiento de las obligaciones que determine
la autoridad competente.la autoridad competente.
Velar por su seguridad y la de las personas queVelar por su seguridad y la de las personas que
le rodeanle rodean
32. 10.Derechos y deberes10.Derechos y deberes
A pesar de que exista el deber del trabajador deA pesar de que exista el deber del trabajador de
cumplir con las órdenes del empresario, en loscumplir con las órdenes del empresario, en los
siguientes casos puede negarse a ello:siguientes casos puede negarse a ello:
Cuando las ordenes afecten a su vida privadaCuando las ordenes afecten a su vida privada
Si resultan peligrosas, con riesgo grave para laSi resultan peligrosas, con riesgo grave para la
saludsalud
Si atentan a la dignidad personalSi atentan a la dignidad personal
Si afectan a derechos irrenunciables delSi afectan a derechos irrenunciables del
trabajadortrabajador
33. 10.Derechos y deberes10.Derechos y deberes
El empresario tiene el PODER DE DIRECCIÓNEl empresario tiene el PODER DE DIRECCIÓN
Y EL PODER DISCIPLINARIOY EL PODER DISCIPLINARIO
El poder disciplinario le faculta para poderEl poder disciplinario le faculta para poder
imponer sanciones al trabajador en caso deimponer sanciones al trabajador en caso de
incumplimientoincumplimiento
34. Obligaciones del empresario en laObligaciones del empresario en la
contratación laboralcontratación laboral
AFILIAR AL TRABAJADOR, en caso deAFILIAR AL TRABAJADOR, en caso de
que no lo esté, Y DARLE DE ALTA EN LAque no lo esté, Y DARLE DE ALTA EN LA
SEGURIDAD SOCIAL.SEGURIDAD SOCIAL.
COMUNICAR AL INEM, en el plazo de 10COMUNICAR AL INEM, en el plazo de 10
días siguientes a la contratación, todos losdías siguientes a la contratación, todos los
contratos realizados.contratos realizados.
INFORMAR A LOS REPRESENTANTESINFORMAR A LOS REPRESENTANTES
LEGALESLEGALES
COTIZAR A LA SEGURIDAD SOCIALCOTIZAR A LA SEGURIDAD SOCIAL
35. 11. Empresas de trabajo temporal11. Empresas de trabajo temporal
(E.T.T)(E.T.T)
Su actividad consiste en prestar o poner aSu actividad consiste en prestar o poner a
disposición de otra empresa, llamadadisposición de otra empresa, llamada
empresa cliente o usuaria, y con carácterempresa cliente o usuaria, y con carácter
temporal, a trabajadores para sutemporal, a trabajadores para su
contratación.contratación.
36. 12.Tipos de contrato12.Tipos de contrato
El Estatuto de los Trabajadores estableceEl Estatuto de los Trabajadores establece
que el contrato podrá celebrarseque el contrato podrá celebrarse
POR TIEMPO INDEFINIDOPOR TIEMPO INDEFINIDO
O POR TIEMPO DETERMINADOO POR TIEMPO DETERMINADO
37. 12. Tipos de contrato12. Tipos de contrato
IndefinidoIndefinido
OrdinarioOrdinario
Fomento de la contratación indefinidaFomento de la contratación indefinida
TemporalesTemporales
De duración determinada:De duración determinada:
obra o servicio determinadoobra o servicio determinado
Eventual por circunstancias de la producciónEventual por circunstancias de la producción
InterinidadInterinidad
FormativosFormativos
Para la formaciónPara la formación
En prácticasEn prácticas
A tiempo parcialA tiempo parcial
Temporal o indefinidoTemporal o indefinido
Fijo-discontinuoFijo-discontinuo
De relevoDe relevo
Otras modalidades de contrataciónOtras modalidades de contratación
Sustitución por anticipación de la edad de jubilaciónSustitución por anticipación de la edad de jubilación
Contrato de trabajo a domicilioContrato de trabajo a domicilio
Contrato de trabajo en grupoContrato de trabajo en grupo
38. Contratos indefinidosContratos indefinidos
Son aquellos que no fijan una fechaSon aquellos que no fijan una fecha
determinada para su finalización.determinada para su finalización.
En los siguientes casos los contratos seEn los siguientes casos los contratos se
entenderán que son a tiempo indefinido:entenderán que son a tiempo indefinido:
Que el trabajador no hubiera sido dado deQue el trabajador no hubiera sido dado de
alta en la Seguridad Socialalta en la Seguridad Social
Que los contratos en los que se exige laQue los contratos en los que se exige la
forma escrita no se haya cumplido dichoforma escrita no se haya cumplido dicho
requisitorequisito
Los contratos celebrados en fraude de leyLos contratos celebrados en fraude de ley
39. Fomento de la contrataciónFomento de la contratación
indefinida:indefinida:Real Decreto-ley 5/2006
El contrato podrá concertarse con
trabajadores que, en la fecha de
celebración del nuevo contrato de
fomento de la contratación indefinida,
estuvieran empleados en la misma
empresa mediante un contrato de
duración determinada o temporal,
incluidos los contratos formativos,
celebrado con anterioridad al 31 de
diciembre de 2007.
40. Contratos de duraciónContratos de duración
determinadadeterminada
Contrato por obra o servicioContrato por obra o servicio
determinadodeterminado
Contrato por circunstancias de laContrato por circunstancias de la
producciónproducción
Contrato de interinidadContrato de interinidad
41. Contrato de obra o servicioContrato de obra o servicio
determinadodeterminado
ObjetoObjeto: Realización de obras o servicios: Realización de obras o servicios
determinados con autonomía ydeterminados con autonomía y
sustantividad propia dentro de la actividadsustantividad propia dentro de la actividad
normal de la empresa, y cuya ejecuciónnormal de la empresa, y cuya ejecución
aunque limitada en el tiempo, tiene unaaunque limitada en el tiempo, tiene una
duración inciertaduración incierta
42. Contrato de obra o servicioContrato de obra o servicio
determinadodeterminado
Duración: Depende del tiempo exigido para laDuración: Depende del tiempo exigido para la
realización de la obra o servicio.realización de la obra o servicio.
Denuncia: Si el contrato tiene una duraciónDenuncia: Si el contrato tiene una duración
superior al año, la denuncia del citado contratosuperior al año, la denuncia del citado contrato
deberá realizarse 15 días de antelación a ladeberá realizarse 15 días de antelación a la
fecha de finalización del mismo.fecha de finalización del mismo.
Indemnización: 8 días por año trabajadoIndemnización: 8 días por año trabajado
Forma: Por escritoForma: Por escrito
43. Contrato eventual porContrato eventual por
circunstancias de la produccióncircunstancias de la producción
ObjetoObjeto: Atender a las necesidades: Atender a las necesidades
derivadas de incrementos quederivadas de incrementos que
eventualmente se produzcan en eleventualmente se produzcan en el
volumen de la actividad de la empresa,volumen de la actividad de la empresa,
incluso de la actividad normal porincluso de la actividad normal por
circunstancias de mercado, acumulacióncircunstancias de mercado, acumulación
de tareas o exceso de pedidos.de tareas o exceso de pedidos.
44. Contrato por circunstancias deContrato por circunstancias de
la producciónla producción
DuraciónDuración: Máximo seis meses, dentro de un: Máximo seis meses, dentro de un
periodo de doce meses.periodo de doce meses.
Por convenio colectivo podrá modificarse elPor convenio colectivo podrá modificarse el
periodo de referencia hasta 18 meses, y laperiodo de referencia hasta 18 meses, y la
duración del contrato hasta un máximo de lasduración del contrato hasta un máximo de las
tres cuartas partes de dicho periodo, sin quetres cuartas partes de dicho periodo, sin que
sea superior a 12 meses.sea superior a 12 meses.
Admite una única prórroga, siempre que se hayaAdmite una única prórroga, siempre que se haya
concertado por un plazo inferior a la duraciónconcertado por un plazo inferior a la duración
máxima.máxima.
FormaForma: por escrito: por escrito
IndemnizaciónIndemnización: 8 días: 8 días
45. Contrato de interinidadContrato de interinidad
Objeto: Sustituir a trabajadores de laObjeto: Sustituir a trabajadores de la
empresa cuyo contrato está suspendidoempresa cuyo contrato está suspendido
con reserva del puesto de trabajocon reserva del puesto de trabajo
(enfermedad, excedencias, maternidad…)(enfermedad, excedencias, maternidad…)
Duración: El tiempo de la sustitución,Duración: El tiempo de la sustitución,
existe reserva de puestoexiste reserva de puesto
Forma: por escritoForma: por escrito
46. NOVEDAD:
LIMITACIÓN AL ENCADENAMIENTO DE
CONTRATOS TEMPORALES
ADQUIRIRÁN LA CONDICIÓN DE TRABAJADORES FIJOS
AQUELLOS TRABAJADORES QUE EN UN PERÍODO DE
30 MESES HUBIERAN ESTADO CONTRATADOS
DURANTE UN PLAZO SUPERIOR A 24 MESES, PARA EL
MISMO PUESTO DE TRABAJO CON LAMISMA
EMPRESA, MEDIANTE 2 O MÁS CONTRATOS TEMPORALES,
SEA DIRECTAMENTE O A TRAVÉS DE E.T.T, CON LAS MISMAS
O DIFERENTES MODALIDADES DE CONTRATO DE DURACIÓN
DETERMINADA
NO SERÁ DE APLICACIÓN ESTA NORMA A LA
UTILIZACIÓN DE LOS CONTRATOS FORMATIVOS, DE
RELEVO E INTERINIDAD.
48. Contratos formativos:Contratos formativos:
CONTRATO PARA LA FORMACIÓNCONTRATO PARA LA FORMACIÓN
Objeto: adquisición de la formación teórica yObjeto: adquisición de la formación teórica y
práctica necesaria para el desempeñopráctica necesaria para el desempeño
adecuado de un oficio o un puesto de trabajoadecuado de un oficio o un puesto de trabajo
que requiera un determinado nivel deque requiera un determinado nivel de
cualificacióncualificación
Titulación: Entre 16 y 21 años. Otros colectivosTitulación: Entre 16 y 21 años. Otros colectivos
sin límite de edad.sin límite de edad.
Duración: Entre seis meses y tres años.Duración: Entre seis meses y tres años.
Retribución: La fijada en el convenio. No inferiorRetribución: La fijada en el convenio. No inferior
al SMI.al SMI.
49. CONTRATO PARA LACONTRATO PARA LA
FORMACIÓN: RequisitosFORMACIÓN: Requisitos
No haber cumplido 21 añosNo haber cumplido 21 años
No tener la titulación requerida para un contrato enNo tener la titulación requerida para un contrato en
prácticas en el oficio o categoría objeto de laprácticas en el oficio o categoría objeto de la
contratación.contratación.
No haber desempeñado antes el puesto para el que seNo haber desempeñado antes el puesto para el que se
contrata por un tiempo superior a 12 meses.contrata por un tiempo superior a 12 meses.
No haber agotado la duración máxima establecida paraNo haber agotado la duración máxima establecida para
los contratos de aprendizaje o para la formación en unalos contratos de aprendizaje o para la formación en una
relación laboral anterior, en la misma o en distintarelación laboral anterior, en la misma o en distinta
empresa. Si ha estado contratado por un periodo inferiorempresa. Si ha estado contratado por un periodo inferior
a dos años, sólo se podrá suscribir el contrato dea dos años, sólo se podrá suscribir el contrato de
formación, por el tiempo que reste hasta completar laformación, por el tiempo que reste hasta completar la
duración máxima establecida.duración máxima establecida.
50. El límite máximo de edad será de 24 años
cuando el contrato se concierte con
desempleados que se incorporen como
alumnos-trabajadores a los programas de
escuelas taller y casas de oficios.
El límite máximo de edad no será de aplicación
cuando el contrato se concierte con
desempleados que se incorporen como
alumnos-trabajadores a los programas de
talleres de empleo o se trate de personas con
discapacidad.
51. Contratos formativosContratos formativos
CONTRATO EN PRÁCTICASCONTRATO EN PRÁCTICAS
ObjetoObjeto: Inserción de jóvenes sin experiencia: Inserción de jóvenes sin experiencia
laboral para realizar prácticas adecuadas allaboral para realizar prácticas adecuadas al
nivel de estudios cursados.nivel de estudios cursados.
TitulaciónTitulación: Diplomado universitario, licenciado,: Diplomado universitario, licenciado,
técnico o técnico superior (F.P)técnico o técnico superior (F.P)
Duración:Duración: Entre seis meses y dos añosEntre seis meses y dos años
RetribuciónRetribución: Salario según convenio. No: Salario según convenio. No
inferior al 60% durante el primer año, y al 75%inferior al 60% durante el primer año, y al 75%
durante el segundo año, de lo que ledurante el segundo año, de lo que le
corresponde a un trabajador que desempeñe elcorresponde a un trabajador que desempeñe el
mismo o equivalente puesto de trabajo.mismo o equivalente puesto de trabajo.
52. Contratación a tiempo parcialContratación a tiempo parcial
ObjetoObjeto: Posibilitar el trabajo a un mayor: Posibilitar el trabajo a un mayor
número de personas.número de personas.
DuraciónDuración::
Determinada, excepto en el caso del contratoDeterminada, excepto en el caso del contrato
para la formaciónpara la formación
Indefinida: Trabajos fijos y periódicos oIndefinida: Trabajos fijos y periódicos o
trabajos fijos-discontinuos.trabajos fijos-discontinuos.
53. Contratación a tiempo parcialContratación a tiempo parcial
Horas extraordinariasHoras extraordinarias : No pueden: No pueden
realizarlas, salvo para prevenir o repararrealizarlas, salvo para prevenir o reparar
siniestros u otros daños extraordinarios.siniestros u otros daños extraordinarios.
Horas complementariasHoras complementarias : Sólo podrán: Sólo podrán
exigirse si existe pacto escrito.exigirse si existe pacto escrito.
El número máximo de este tipo de horas no puedeEl número máximo de este tipo de horas no puede
exceder del 15% de las horas ordinarias. Porexceder del 15% de las horas ordinarias. Por
convenio se puede fijar como máximo el 60% de lasconvenio se puede fijar como máximo el 60% de las
horas ordinarias.horas ordinarias.
El trabajador debe conocer el día y hora deEl trabajador debe conocer el día y hora de
realización de este tipo de horas con antelación derealización de este tipo de horas con antelación de
siete días.siete días.
54. Contratación a tiempo parcialContratación a tiempo parcial
RetribuciónRetribución: Proporcional al tiempo de: Proporcional al tiempo de
trabajotrabajo
55. Contrato de relevoContrato de relevo
ObjetoObjeto: Sustituye al jubilado parcial: Sustituye al jubilado parcial
DuraciónDuración: Igual al tiempo que le falte al: Igual al tiempo que le falte al
trabajador sustituido para acceder a latrabajador sustituido para acceder a la
pensión de jubilación (máximo cinco años)pensión de jubilación (máximo cinco años)
RetribuciónRetribución: De un 25% como mínimo a: De un 25% como mínimo a
un 85% como máximo.un 85% como máximo.
56. Otras modalidades de contrataciónOtras modalidades de contratación
Contrato de sustitución por anticipaciónContrato de sustitución por anticipación
de la edad de jubilación.de la edad de jubilación.
Contrato de trabajo a domicilioContrato de trabajo a domicilio
Contrato de trabajo en grupoContrato de trabajo en grupo
Contrato para trabajadores que tenganContrato para trabajadores que tengan
acreditada la condición de víctima deacreditada la condición de víctima de
violencia domésticaviolencia doméstica