El documento resume una queja presentada por un funcionario municipal sobre su reciente traslado a una nueva unidad sin su consentimiento. El resumen determina que el traslado no cumplió con los requisitos legales ya que no fue ordenado mediante decreto alcaldicio y las nuevas funciones no estaban claramente definidas. Además, las condiciones del nuevo espacio de trabajo no cumplían con los estándares mínimos. Se instruye al municipio a invalidar el decreto que delegó la autoridad de traslado y aclarar discrepancias sobre el cargo
Dictamen CGR Caso destinación no se dictó Decreto AlcaldicioNelson Leiva®
Destinación de servidor regido por la ley N° 18.883, debió ordenarse mediante el correspondiente decreto alcaldicio, respetando las funciones propias del cargo para el que fue nombrado.
Dictamen Asociación FF.MM Reclama por Escalafón de MéritoNelson Leiva®
Asociaciones de Funcionarios Municipales, pueden plantear, con carácter general, irregularidades vinculadas al escalafón de mérito y antigüedad, sin que por ello se afecte la ubicación de los funcionarios cuando este ordenamiento se encuentre ejecutoriado. No procede extender el resultado de la evaluación en un empleo específico, a otro distinto.
Dictámenes N°84400- N° 84551 Caso Contratas 22-23.Nov. 2016Nelson Leiva®
La Contraloría emitió estos dos dictámenes que favorecen al personal municipal a Contrata, en tres sentidos: El primero derecho a la retroactividad del grado desde el 01.01.2016; segundo, reconoce el término genérico "planta" y no el escalafón y tercero, en caso de haber sido nombrado, o concursado en la planta, también tiene derecho a percibir los grados o grado, sólo interesa como requisito copulativo el término "antiguedad", tal como se señalaba en el espíritu de la Ley N° 20922 de Plantas Municipales..
Este dictamen señala la pertinencia de contar con turnos de emergencia municipal, sin embargo, en caso de exceder las horas corresponde el descanso o el pago pecuniario de las horas realizadas por el personal municipal.
Dictamen CGR Caso destinación no se dictó Decreto AlcaldicioNelson Leiva®
Destinación de servidor regido por la ley N° 18.883, debió ordenarse mediante el correspondiente decreto alcaldicio, respetando las funciones propias del cargo para el que fue nombrado.
Dictamen Asociación FF.MM Reclama por Escalafón de MéritoNelson Leiva®
Asociaciones de Funcionarios Municipales, pueden plantear, con carácter general, irregularidades vinculadas al escalafón de mérito y antigüedad, sin que por ello se afecte la ubicación de los funcionarios cuando este ordenamiento se encuentre ejecutoriado. No procede extender el resultado de la evaluación en un empleo específico, a otro distinto.
Dictámenes N°84400- N° 84551 Caso Contratas 22-23.Nov. 2016Nelson Leiva®
La Contraloría emitió estos dos dictámenes que favorecen al personal municipal a Contrata, en tres sentidos: El primero derecho a la retroactividad del grado desde el 01.01.2016; segundo, reconoce el término genérico "planta" y no el escalafón y tercero, en caso de haber sido nombrado, o concursado en la planta, también tiene derecho a percibir los grados o grado, sólo interesa como requisito copulativo el término "antiguedad", tal como se señalaba en el espíritu de la Ley N° 20922 de Plantas Municipales..
Este dictamen señala la pertinencia de contar con turnos de emergencia municipal, sin embargo, en caso de exceder las horas corresponde el descanso o el pago pecuniario de las horas realizadas por el personal municipal.
En Este modelo se usan las figuras del procedimiento administrativo como son el recurso de apelación, la acumulación de procedimientos administrativos, apoderado y domicilio común para notificaciones. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
HOSTILIDAD LABORAL EN EL D. LEG. 276: los actos de hostilidad son una figura típica del régimen laboral privado, en el régimen laboral público se utiliza también pero sin hacer referencia a las normas del régimen privado, en el régimen público la figura correcta son las vías de hecho (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Dictamen no procede contratos codigo para planta direcciónNelson Leiva®
No procede contratar por el Código del Trabajo a director de unidad de salud municipal, ya que la ley señala claramente que debe poseer la calidad jurídica de planta.
ACTOS DE HOSTILIDAD: Se muestra como el empleador puede presentar sus descargos luego de imputársele la comisión de un acto de hostilidad (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Los plazos establecidos por el Estatuto Administrativo de los FF.MM es de seis meses, indica que situaciones generan la interrupción de la prescripción de dicho derecho
PRÓRROGA DESCARGOS - LEY 30057: Se muestra una forma de realizar el pedido de ampliación de presentación de descargos en un PAD previsto en la Ley 30057 (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Se muestra como un sindicato puede presentar un recurso administrativo de apelación contra una resolución administrativa (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
El Decreto Supremo Nº 003-2017-TR modifica e incorpora artículos en el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-92-TR, estableciendo:
1. Estableciendo los actos de concurrencia obligatoria para otorgar licencia sindical. Establece un plazo de anticipación de 24 horas para solicitar la licencia. Establece los dirigentes con derecho a licencia sindical, limitando a dos dirigentes a los sindicatos con hasta 50 afiliados.
2. La Declaración de Huelga basta la declaración jurada del Secretario General y otro dirigente designado por la Asamblea General, la decisión debe cumplir con los requisitos señalados en la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
3. La entrega de cuota sindical deducida por el empleador debe ser depositada en la cuenta bancaria a nombre de la organización sindical. Mientras el sindicato no cuente con cuenta bancaria a su nombre, el empleador se convierte en depositario de las cuotas sindicales.
Vacatio Legis: El decreto supremo entra en vigencia el jueves 20 de abril de 2017.
La SUNAFIL aprobó mediante Resolución de Superintendencia N° 064-2016-SUNAFIL el Protocolo N° 002-2016-SUNAFIL/INII, denominado Protocolo para la Fiscalización en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sector Industrial.
Sentencia de Vista N° 129-2015-SLT de la Corte Superior de Justicia de Arequipa (Expediente N° 00721-2013-0-0401-JR-LA-05) que declaró FUNDADA la demanda contencioso administrativa contra las resoluciones de la Autoridad Administrativa de Trabajo que sancionaron por la movilización interna de trabajadores para cubrir los puestos de trabajo del personal en huelga (Esquirolaje Interno), por considerar que la ley sólo tipifica como infracción el Esquirolaje Externo, dejando sin efecto la sanción administrativa impuesta. REVOCA la Sentencia N° 1071-2013, de primera instancia que declaro INFUNDADA la demanda.
Ordenanza 4.670 - Período de Regularización administrativa para Licencias Sut...Sandra Manzone
El 3 de abril último el Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán sancionó la ordenanza Nº 4.670 que se encuentra vigente hasta el día 30 de julio próximo, y que establece un período de regularización administrativa para permisionarios y preadjudicatarios en términos provisorios de licencias del servicio de taxis Sutrappa, y que reúnan los requisitos allí establecidos.
Este estudio realizado por Hazbún Abogados Asociados analiza el Dictamen E156769 del 17.11.2021, indicando cuales son las nuevas razones para desvincular a dichos funcionarios, el cual recoge los distintos pronunciamientos de los Tribunales de Justicia
Konzept für eine mobile Kampagne für tagesschau.de und die Tagesschau in 100 Sekunden
Semesterarbeit für den Kurs Introduction to Mobile Media Technologies
En Este modelo se usan las figuras del procedimiento administrativo como son el recurso de apelación, la acumulación de procedimientos administrativos, apoderado y domicilio común para notificaciones. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
HOSTILIDAD LABORAL EN EL D. LEG. 276: los actos de hostilidad son una figura típica del régimen laboral privado, en el régimen laboral público se utiliza también pero sin hacer referencia a las normas del régimen privado, en el régimen público la figura correcta son las vías de hecho (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Dictamen no procede contratos codigo para planta direcciónNelson Leiva®
No procede contratar por el Código del Trabajo a director de unidad de salud municipal, ya que la ley señala claramente que debe poseer la calidad jurídica de planta.
ACTOS DE HOSTILIDAD: Se muestra como el empleador puede presentar sus descargos luego de imputársele la comisión de un acto de hostilidad (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Los plazos establecidos por el Estatuto Administrativo de los FF.MM es de seis meses, indica que situaciones generan la interrupción de la prescripción de dicho derecho
PRÓRROGA DESCARGOS - LEY 30057: Se muestra una forma de realizar el pedido de ampliación de presentación de descargos en un PAD previsto en la Ley 30057 (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Se muestra como un sindicato puede presentar un recurso administrativo de apelación contra una resolución administrativa (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
El Decreto Supremo Nº 003-2017-TR modifica e incorpora artículos en el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-92-TR, estableciendo:
1. Estableciendo los actos de concurrencia obligatoria para otorgar licencia sindical. Establece un plazo de anticipación de 24 horas para solicitar la licencia. Establece los dirigentes con derecho a licencia sindical, limitando a dos dirigentes a los sindicatos con hasta 50 afiliados.
2. La Declaración de Huelga basta la declaración jurada del Secretario General y otro dirigente designado por la Asamblea General, la decisión debe cumplir con los requisitos señalados en la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
3. La entrega de cuota sindical deducida por el empleador debe ser depositada en la cuenta bancaria a nombre de la organización sindical. Mientras el sindicato no cuente con cuenta bancaria a su nombre, el empleador se convierte en depositario de las cuotas sindicales.
Vacatio Legis: El decreto supremo entra en vigencia el jueves 20 de abril de 2017.
La SUNAFIL aprobó mediante Resolución de Superintendencia N° 064-2016-SUNAFIL el Protocolo N° 002-2016-SUNAFIL/INII, denominado Protocolo para la Fiscalización en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sector Industrial.
Sentencia de Vista N° 129-2015-SLT de la Corte Superior de Justicia de Arequipa (Expediente N° 00721-2013-0-0401-JR-LA-05) que declaró FUNDADA la demanda contencioso administrativa contra las resoluciones de la Autoridad Administrativa de Trabajo que sancionaron por la movilización interna de trabajadores para cubrir los puestos de trabajo del personal en huelga (Esquirolaje Interno), por considerar que la ley sólo tipifica como infracción el Esquirolaje Externo, dejando sin efecto la sanción administrativa impuesta. REVOCA la Sentencia N° 1071-2013, de primera instancia que declaro INFUNDADA la demanda.
Ordenanza 4.670 - Período de Regularización administrativa para Licencias Sut...Sandra Manzone
El 3 de abril último el Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán sancionó la ordenanza Nº 4.670 que se encuentra vigente hasta el día 30 de julio próximo, y que establece un período de regularización administrativa para permisionarios y preadjudicatarios en términos provisorios de licencias del servicio de taxis Sutrappa, y que reúnan los requisitos allí establecidos.
Este estudio realizado por Hazbún Abogados Asociados analiza el Dictamen E156769 del 17.11.2021, indicando cuales son las nuevas razones para desvincular a dichos funcionarios, el cual recoge los distintos pronunciamientos de los Tribunales de Justicia
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Seminaari - työkaluja yrittäjille venäläisten matkailuun: Lahti RegionJukka Punamäki
Seminaari: työkaluja yrittäjille venäläisten matkailuun
Lohja Laurentius sali, 11.12.2013
Seminaari on osa EU-rahoitteista TouNet-hanketta, jota hallinnoi Culminatum Innovation Oy.
Kirsti Simola, Lahti Region
Huippuvalmennus kasvuhakuisille pk-yrityksilleAava & Bang
Kasvumarkkinointi on Mainostoimisto Aava & Bang Oy:n kehittämä markkinoinnin ajattelu- ja työskentelytapa, joka tähtää aina ensisijaisesti kasvuun kohti selkeästi asetettuja ja mitattavia päämääriä
Matkailun tulo- ja työllisyysselvitys Uudellamaalla 2013Jukka Punamäki
Uudenmaan alueella on selvitetty koko maakunnan matkailun tulo- ja työllisyysvaikutuksia. Maakunnan matkailutulo oli vuonna 2013 noin 1,9 miljardia euroa, matkailu loi maakuntaan noin 12 000 henkilötyövuotta ja kokonaisuudessaan matkailu loi noin 21 000 henkilötyövuotta mukaan lukien maakunnan ulkopuolelle suuntautuva matkailu. Tiedot perustuvat HAAGA-HELIA ammattikorkeakoulussa tehtyyn selvitykseen.
Tutukimus on tehty osana TouNet-hanketta.
TouNet-hanke (Tourism Development in co-opetition in Southern Finland and Baltic Region) on ylimaakunnallinen matkailun kehittämishanke, jossa ovat mukana Uusimaa, Varsinais-Suomi ja Päijät-Häme. Hankkeen toteuttajia ovat Uudenmaan liitto (31.12.2013 saakka Culminatum Innovation Oy Ltd), Lahden seutu – Lahti Region Oy, HAAGA-HELIA ammattikorkeakoulu ja Turku Touring. Hanke saa rahoituksensa Euroopan unionin aluekehitysrahastosta (EAKR), alueen kunnilta sekä hanketta hallinnoivilta organisaatioilta. EAKR:sta tuleva rahoitus kanavoituu Päijät-Hämeen liiton kautta. Hankkeen kokonaisbudjetti on 1,5 M€.
Innovaatiotoiminnan menetelmät ja periaatteet ovat muuttuneet merkittävästi 2000-luvulla. Designista on tullut yleinen viitekehys innovaatiolle. Design ymmärretään kuintekin usein pelkästään käyttäjäkokemuksen muotoiluksi. Mutta innovaation menestyksen ydin on kuitenkin sen kyvyssä luoda kestävää arvoa asiakkaille ja käyttäjille.
Dic. Alcalde no puede demorar prestaciones serviciosNelson Leiva®
El ejercicio de la facultad de administración de los recursos municipales propia del alcalde no puede afectar la prestación del servicio respectivo. Los municipios deben dar respuesta oportuna a las presentaciones que le formulen los particulares.
Dictamen PMGM Caso Jueces de Policía LocalNelson Leiva®
Este Dictamen de la CGR señala que los jueces de policía local (JPL) tienen derecho al pago de la asignación de mejoramiento a la gestión municipal en las condiciones que indica; y, la prestación de servicios a honorarios en el mismo ente edilicio en que se desempeña un cargo como subrogante, produce incompatibilidad de funciones, en las circunstancias que señala.
Este Dictamen señala que funciones a las cuales fue destinado el interesado, tendrán que ser acordes a su nivel jerárquico. Planta municipal no contempla de manera nominada la plaza de director de obras, por lo que cargo deberá ser ejercido por un directivo genérico que cumpla con los requisitos para dicha función, y en caso de no ser ello posible, proceder en los términos que se indican.
Dictamen N° 80321 06.12.2013 Procedimiento de Descuentos por Paro.Nelson Leiva®
Este Dictamen de la CGR clarifica los procedimientos ante estas situaciones.
Rechaza solicitud de reconsideración del oficio N° 210, de 2013, de la Contraloría Regional de Los Ríos, sobre facultad del municipio para efectuar descuentos de remuneraciones por tiempo no trabajado al personal que indica.
Dictamen Cambio de Cargo Directivo GenéricoNelson Leiva®
Este Dictamen señala que se ajustó a derecho destinación de funcionario que ejerce un cargo directivo genérico de la planta municipal, a jefatura de unidad municipal.
Dictamen Sobre Autonomía Municipal y CGRNelson Leiva®
Autonomía municipal no es absoluta, debiendo ejercerse observando el principio de juridicidad. Dicha autonomía no afecta las facultades de fiscalización de que se encuentra investida la Contraloría General de la República (CGR).-
Dictamen No Cumplimiento de Jornadas y Horas ExtrasNelson Leiva®
Este Dictamen señala que no corresponde que se desarrollen jornadas semanales inferiores a las pactadas en los contratos de trabajo, y que a su vez se realicen horas extraordinarias, que asimismo exceden del límite legal.
Dictamen Reconsideración Cargos a Dirigenta Municipal Nelson Leiva®
La Contraloría General de la República (CGR%), mediante Dictamen N° 18.919 del 09.03.2016, ordena al Municipio de San Juan de la Costa, reintegrar a la Presidenta de la Asociación de Funcionarios, Sra. Ulda Vargas Pinol, ya que según el órgano Contralor, esta dirigenta Comunal no tiene la responsabilidad indicada por el Señor Alcalde de esa comuna de la Región de Los Lagos.
Necesario es señalar, que el Dictamen emitido por el órgano Contralor Nacional, es un dictamen histórico y viene a hacer justicia a una dirigenta tanto regional como comunal, de amplia trayectoria en el municipio, como también, es destacada por dedicarse siempre a la defensa de los trabajadores y trabajadoras municipales, según declaró el Presidente de la Federación de Los Lagos, Miguel Angel Gómez.
Dictamen 81956 del 23.10.2014 Sobre Creación de Cargos aplica 2 Grados bajo A...Nelson Leiva®
Este Dictamen de la CGR modifica el anterior Nº 41047 y acoge la pesentación realizada por el gremio de los Secretarios y Diretores de Control Municipales. Las plazas a cargo de las unidades a que alude el artículo 16, inciso primero, de la ley N° 18.695, deben tener dos grados menos que el que posee el alcalde del respectivo municipio.
Dictamen No procede modificar grado de Director DOMNelson Leiva®
Dictamen de la CGR Señala que no procede modificar el grado que posee un empleo directivo a cargo de una unidad municipal que no es de aquellas a que se refiere el inciso primero del artículo 16 de la ley N° 18.695.
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Nelson Leiva®
En el día de hoy Miércoles 22 de Diciembre se publicó en el Diario Oficial de Chile la Ley N° 21405, la que "Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del Sector Público , concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales"
En la antesala de la publicación de la Ley N° 21405 en el Diario Oficial, que se realizaría mañana Lunes 20 de Diciembre probablemente, se emite el presente decreto por parte del Ministerio de Hacienda
La Cámara de Diputados y Diputadas envía este boletín con fecha 06.Dic.2021, el cual contiene el reajuste a las remuneraciones del Sector Público y concede aguinaldos y bonos
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Nelson Leiva®
Documento oficial del 02.Dic.2021, suscrito entre el Ministerio de Hacienda del Gobierno y los Gremios que confirman la Mesa del Sector Público , donde se encuentra el gremio de los funcionarios (as) municipales de Chile
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021Nelson Leiva®
La Contraloría General de la República emitió el Dictamen E160318/2021 del 29.11.2021 sobre la no autorización a que los municipios puedan vender gas licuado u otro tipo de gas.
La ciudad de San Felipe nacida en el año 1740, siempre ha tenido una trascendencia destacada en la historia de Chile desde sus albores,
Este interesante trabajo de José Antonio Mora revela la inserción e influencia que ha tenido en la génesis de nuestro país la querida Tres veces heroica ciudad de San Felipe de Aconcagua
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Nelson Leiva®
Esta propuesta constitucional para una nueva institucionalidad en las municipalidades ha sido editada por la Asociación de Municipalidades de Chile (AMUCH) como contribución y apoyo al cambio y fortalecimiento del rol ciudadano en el nuevo municipio chileno.
Este instructivo ha sido emitido por la Contraloría General de la República con la finalidad de incorporar y recopilar los distintos fallos de los Tribunales Superiores de Justicia
La I. Municipalidad de San Felipe tiene este formato para quienes desean comenzar una actividad comercial, industrial, profesional o de alcoholes, obtener su patente CIPA, la cual puede ejercer en la jurisdicción comunal de San Felipe, en la parte posterior se encuentran los requisitos y documentación exigida.
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesNelson Leiva®
En la comuna de Las Condes se reunirán más de medio millar de funcionarios y funcionarias municipales provenientes de todos los municipios del país.
Este evento organizado por Asemuch comienza el 24 de Abril y finaliza este Viernes 27 de Abril del 2018
Este manual diseñado para el Deco Magic TV que contiene el sistema de canales HD de los canales afiliados a Anatel Chile.
Cabe señalar que en este sistema solo cancelas el valor del equipo y no tiene ningún cobro adicional, ni mensualidades, con una nitidez y sonido más avanzado que los de la TV paga.
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaNelson Leiva®
Este documento elaborado por dos expertos en políticas públicas de la UC, muestra un serio trabajo sobre el tema de la modernización municipal y la forma de construirla
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesNelson Leiva®
Esta circular del Ministerio del Interior señala lo principal, que a contar de esta fecha las regiones se denominarán solo por su nombre y no por número.
Este Dictamen señala que para efectos de la confección del escalafón, tratándose de períodos discontinuos de desempeño, debe considerarse como fecha de ingreso al municipio respectivo la que corresponda a la primera designación del funcionario de que se trate.
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasNelson Leiva®
Este Dictamen aclara y modifica todos los puntos sobre la tratativa de el personal a contrata, clarifica este tema que ha sido sancionado por la Corte Suprema recientemente.
Sentencia CS Caso funcionario a Contrata 13.03.2018Nelson Leiva®
Sentencia de la Corte Suprema que favorece a funcionario de la SuperIntendencia de Valores y Seguros (SVS) que en su calidad de contrata y de estar en esa calidad jurídica por mucho tiempo había sido despedido.
Esta sentencia va a ser la referencia ante este tipo de despidos de funcionarios a contrata en los servicios del estado y municipales.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
Fase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcional
Destinación de FF.MM No cumple con procedimientos Administrativos
1. ID Dictamen: 079179N14 Vista preliminar Indicadores de Estado Nº Dictamen 79179 Fecha 13-10-2014 Nuevo SI Reactivado NO Alterado NO Carácter NNN Origenes MUN Referencias 186765/2014 Decretos y/o Resoluciones - Abogados CGV Destinatarios Alcalde de la Municipalidad de Recoleta Texto Destinación de servidor regido por la ley N° 18.883, debió ordenarse mediante el correspondiente decreto alcaldicio, respetando las funciones propias del cargo para el que fue nombrado. Acción Aplica dictámenes 36961/2010, 33658/2012, 5653/2001, 2055/2011, 56363/2014 Fuentes Legales ley 18883 art/70 inc/1, ley 19880 art/3 inc/1, ley 18695 art/12 inc/1, ley 18695 art/12 inc/4, ley 19880 art/53, ley 18575 art/17 Descriptores MUN, destinación, cambio de funciones Documento Completo N° 79.179 Fecha:13-X-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Luis Pozas Paredes, funcionario grado 7 de la planta de profesionales de la Municipalidad de Recoleta, reclamando en contra de su destinación desde el departamento de ingeniería de la dirección de tránsito y transporte, a la unidad de operaciones, por cuanto en aquella se desempeñaba como jefe, calidad que perdió luego del referido traslado. Agrega el peticionario, que las nuevas labores que desempeña no son afines a aquellas cumplidas desde el año 1999, y que carece de una oficina donde trabajar, debiendo hacerlo en una bodega, y bajo las órdenes del señor Juan Carlos Vásquez Torres, funcionario a contrata de ese municipio. Requerida la aludida entidad edilicia, esta informó, en lo que importa, que a través de la orden de servicio N° 67, de 1 de abril de 2014, se dispuso efectivamente la destinación del señor Luis Pozas Paredes al departamento de operaciones y emergencias, dependiente de la dirección de administración municipal -a cargo de un funcionario directivo grado 3-, medida que, en su opinión, se ajustó a derecho, toda vez que se le encomendó la jefatura de dicha unidad. Sobre el particular, cabe manifestar que el inciso primero del artículo 70 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, prevé que “Los funcionarios sólo podrán ser destinados a desempeñar funciones propias del cargo para el que han sido designados dentro de la municipalidad correspondiente. Las destinaciones deberán ser ordenadas por el alcalde de la respectiva municipalidad”.
2. Por su parte, conforme a los artículos 3°, inciso primero, de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, y 12, incisos primero y cuarto, de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, las decisiones escritas que adopte la Administración se expresarán por medio de actos administrativos, los que, para las municipalidades, se denominarán decretos alcaldicios cuando versen sobre casos particulares. Al respecto, la jurisprudencia de esta Contraloría General, contenida entre otros, en los dictámenes N°s. 36.961, de 2010 y 33.658, de 2012, ha precisado que es atribución privativa de la autoridad edilicia disponer los traslados del personal de su dependencia, según lo requieran las necesidades del servicio, siempre que las funciones que deba cumplir el empleado sean las propias del cargo para el cual ha sido nombrado, entendiendo que son tales, aquellas asignadas a una determinada planta; y, que se ordenen mediante el correspondiente decreto alcaldicio. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece por una parte, que la destinación del señor Luis Pozas Paredes al mencionado departamento de operaciones y emergencias, fue dispuesta mediante una orden de servicio -N° 67, de 1 de abril de 2014-, suscrita por el señor Alejandro Zúñiga Droguett, en quien fue delegada dicha atribución por decreto alcaldicio N° 1.999, de 2013; y por la otra, que no se señalaron las funciones que aquel debería desempeñar en la nueva unidad, de tal modo que la medida en comento no se encuentra ajustada a derecho. Al respecto, cabe observar que del Sistema de Información y Control de Personal de la Administración del Estado que mantiene esta Entidad Fiscalizadora, aparece que el indicado señor Alejandro Zúñiga Droguett es un funcionario designado a contrata -según consta del decreto alcaldicio N° 1.618, de 2013-, por lo que no correspondió haberle delegado la facultad de destinar al personal municipal como en la especie ocurrió. Ello, por cuanto la atribución en comento solo puede ser ejercida por quien sirva un empleo de planta, y en los estamentos de directivos o jefaturas (aplica criterio contenido en el dictamen N° 5.653, de 2001). En consecuencia, ese municipio deberá invalidar el decreto N° 1.999, de 2013, con arreglo a lo previsto en el artículo 53 de la citada ley N° 19.880, y por ende, la orden de servicio N° 67, de 2014, informando de ello a esta Contraloría General dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde la total tramitación del presente oficio. Con todo, resulta menester efectuar algunas consideraciones respecto de la destinación que ese órgano comunal dispuso. En primer término, conviene recordar que los empleados solo pueden ser destinados a desempeñar tareas inherentes a la planta a la cual pertenecen, en el caso en análisis, a aquella de profesionales en la que fue designado el recurrente a través del decreto alcaldicio N° 532, de 1999. Asimismo, cumple con señalar que de la documentación acompañada, aparece que el espacio físico al cual el afectado fue destinado, no reúne las condiciones mínimas de higiene y seguridad necesarias que le permitan conservar su salud y realizar adecuadamente su trabajo, de conformidad al principio de dignidad de la función pública a que se refiere el artículo 17 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y la jurisprudencia de esta Entidad Fiscalizadora contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 2.055, de 2011 y 56.363, de 2014, de tal modo que ese municipio deberá adoptar las medidas tendientes a regularizar la situación del interesado, informando de ello en el mismo plazo antes indicado. Finalmente, resulta pertinente señalar que ese municipio ha informado que quien desempeña el cargo de jefatura del departamento de operaciones y emergencias es un funcionario grado 3 de la planta de directivos, en circunstancias que de la página web de ese órgano comunal, se desprende que dicha plaza es servida por el señor Juan Carlos Vásquez Torres, respecto del que, por lo demás, no existe designación alguna registrada ante este Organismo de Control, que permita determinar si se encuentra habilitado o no para ejercerla, de tal modo que ese ente edilicio deberá aclarar la anotada discrepancia, en el mismo término al que se ha aludido precedentemente. Transcríbase al señor Luis Pozas Paredes y a la Unidad de Seguimiento de la División de
3. Municipalidades de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República