SlideShare una empresa de Scribd logo
ID Dictamen: 005500N16 Vista preliminar
Indicadores de Estado
Nº Dictamen 5500 Fecha 21-01-2016
Nuevo NO Reactivado SI
Alterado NO Carácter NNN
Origenes CGR
Referencias
240451/2015, 240799/2015, 245246/2015, 160676/2016
Decretos y/o Resoluciones
Abogados
AGM
Destinatarios
Manuel José Ossandón Irarrázabal
Texto
Municipios se encuentran facultados para proporcionar recursos materiales y personales
como medios de apoyo para el concejo y los concejales.
Acción
Aplica dictamen 89800/2014 Reconsidera parcialmente dictámenes 34231/2015,
86519/2015
Fuentes Legales
Ley 18695 art/92 bis, ley 20742, ley 18575 art/62 num/3,
ley 18575 art/62 num/4, ley 18575 art/5 inc/1, ley 18883 art/2,
ley 18883 art/4, ley 18883 art/8, ley 18883 art/5 lt/a,
ley 18883 art/5 lt/f, DTO 854/2004 hacie, ley 19280 art/10 lt/b,
ley 19280 art/13
Descriptores
Municipalidades, facultades municipales, concejo y concejales, dotación de medios de
apoyo
Documento Completo
N° 5.500 Fecha: 21-I-2016
Se han dirigido a esta Contraloría General el senador de la República señor Manuel Ossandón
Irarrázabal, y los alcaldes de las Municipalidades de San Miguel y La Granja, solicitando la
reconsideración de los dictámenes N°s. 34.231 y 86.519, ambos de 2015, los cuales concluyeron,
por las razones que en ellos se exponen, que la expresión “medios de apoyo, útiles y apropiados” a
que alude el inciso primero del artículo 92 bis de la ley N° 18.695, no incluye los recursos humanos,
de manera que, de acuerdo al principio de legalidad del gasto, las entidades edilicias no se
encuentran autorizadas para dotar de aquellos al concejo o a los concejales individualmente
considerados.
Argumentan los recurrentes que aplicando el elemento gramatical de interpretación del referido
artículo 92 bis se llega al resultado que el sentido de la expresión “medio” no puede quedar fijado por
el significado que el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española le otorga, sino que por
el uso común de la misma, la que no excluye a los recursos personales, agregando que la finalidad
de la citada disposición no fue sino ratificar lo que la jurisprudencia de este Órgano de Fiscalización
ya había precisado, en orden a que el municipio se encuentra habilitado para proporcionarlos.
Añaden, que de la historia de la ley N° 20.742 no se desprende que le legislador haya tenido la
intención de dejar fuera de la aplicación de la norma a los medios personales.
Requerida al efecto, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, del Ministerio del
Interior y Seguridad Pública expresó, a diferencia de lo informado en el marco del dictamen N°
34.231, de 2015, cuya reconsideración se requiere, que el artículo 92 bis habilita a las
municipalidades para proporcionar al concejo y los concejales recursos materiales y humanos como
medios necesarios para cumplir sus funciones. Lo anterior, basado en que la jurisprudencia de este
Organismo de Control, así lo ha reconocido y que dicho precepto recogió en su redacción lo
precisado por esta Entidad de Fiscalización.
Como cuestión previa, es menester recordar que los pronunciamientos cuya reconsideración se
solicita se fundaron, entre otras consideraciones, en lo expuesto por la anotada subsecretaría en su
informe emitido en la indicada ocasión, el cual señaló, en síntesis, que dado que la ley no definió que
debía entenderse por “medios de apoyo” ello debía interpretarse de acuerdo al sentido natural y
obvio fijado por el aludido diccionario que lo define como “cosa que puede servir a un determinado
fin”, agregando que el legislador empleó en la redacción del artículo en comento, los calificativos de
“útiles” y “apropiados”, términos que jamás ha utilizado para referirse al personal, por lo que dicha
disposición solo incluye los recursos materiales y no los humanos.
En las condiciones descritas, y dado el contenido diverso del informe emanado de la mencionada
subsecretaría sobre el tema en análisis se ha estimado conveniente efectuar un nuevo estudio del
asunto de que se trata, según pasa a exponerse.
Al respecto, el anotado artículo 92 bis, inciso primero, de la ley N° 18.695 dispone que “Cada
municipalidad, en concordancia con su disponibilidad financiera, deberá dotar al concejo municipal y
a los concejales de los medios de apoyo, útiles y apropiados, para desarrollar debida y
oportunamente las funciones y atribuciones que esta ley le confiere, atendido el número de
concejales de la municipalidad”.
Pues bien, en este contexto, es dable puntualizar que hasta la mencionada modificación, la citada
ley no admitía dicha posibilidad siendo este Organismo de Fiscalización quien mediante su
jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en el dictamen N° 37.061, de 2008, precisó que
las entidades edilicias podían otorgar tanto recursos humanos como materiales en favor del concejo.
Ahora, con la dictación de la referida ley N° 20.742, se consagró expresamente el aludido deber de
dotar al cuerpo colegiado y a las autoridades que lo conforman de los “medios de apoyo”, constando
en la historia fidedigna de su establecimiento -Informe de la Comisión de Hacienda-, que en
noviembre de 2010, la Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Acuerdo N° 143, “sobre
modernización del rol de los concejales”, mediante el cual se solicitó al Presidente de la República
impulsar a la brevedad una reforma a la ley N° 18.695, que considerara, entre otras materias de
interés de los ediles, que según sea la disponibilidad presupuestaria del municipio, “se necesitan
asesorías y medios de apoyo para los concejales, tales como oficinas, personal, teléfonos y
movilización dentro del territorio comunal” (Boletín N° 8.210-06).
Luego, conforme a una interpretación armónica del antedicho artículo 92 bis y los nuevos
antecedentes aportados por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio
del Interior y Seguridad Pública, es posible sostener que la intención del legislador fue la de permitir
que el municipio, en concordancia con su disponibilidad financiera, pudiese dotar de medios
materiales y personales al mencionado órgano pluripersonal y a los concejales.
Por consiguiente, es dable concluir que el citado artículo 92 bis de la ley N° 18.695 habilita a las
entidades edilicias para proporcionar dichos recursos tanto al cuerpo colegiado como a los
concejales individualmente considerados.
Lo anterior, por cierto, es sin perjuicio de que su otorgamiento solo se ajustará a derecho, en la
medida que se observen las siguientes consideraciones:
a) Que los mencionados medios personales sean entregados para el cumplimiento de los fines
institucionales, esto es, que sean puestos a disposición de los ediles con el único objeto de
satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso
económico, social y cultural de las respectivas comunas. Por ende, tales medios no podrán ser
entregados en miras a intereses particulares de cada concejal o de terceros, dándose cumplimiento,
de esta manera, al principio de probidad administrativa. Ello en consideración a que, de conformidad
con el artículo 62, N°s. 3° y 4°, de la ley N° 18.575, contraviene especialmente ese principio, el
emplear, bajo cualquier forma, dinero o bienes de la institución, en provecho propio o de terceros y
ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del
organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales.
b) Que se observen los requisitos propios contenidos en el artículo 92 bis de la aludida ley N°
18.695, lo que implica que se proporcionen estos recursos personales de acuerdo con la
disponibilidad financiera de la entidad edilicia; que sean fijados en la primera sesión ordinaria del
órgano colegiado; y, que el acuerdo que los determine forme parte del reglamento interno y sea
publicado en la página web de la municipalidad.
Asimismo y especialmente, que ellos constituyan medios de apoyo útiles y apropiados para la
función de los concejales, esto es, que obedezcan a las específicas necesidades de cada concejo,
de acuerdo con la realidad local, y se adecuen a la situación financiera y organizacional de cada
municipio, no siendo necesaria, por ejemplo, la contratación a todo evento de personal de apoyo
(secretarias y asesores) para cada concejal individualmente considerado, pudiendo disponerse para
atender a más de uno y/o para el concejo en su conjunto.
c) Que en la asignación de los medios, los municipios den un trato igualitario a todos los ediles, de
manera que no exista discriminación o preferencia, por cualquier causa -edad, sexo, raza, condición
o afinidad política, entre otros-, respecto de los concejales de la comuna.
d) Que las labores desarrolladas por el personal contratado para estos efectos no correspondan a
las ejercidas por otras unidades municipales, a fin de evitar la duplicidad e interferencia de
funciones, velando, de esta manera, por una eficiente e idónea administración de los medios
públicos y por el debido cumplimiento de la función pública, conforme lo establecido en el artículo 5°,
inciso primero, de la ley N° 18.575.
e) Que se dé cumplimiento a las normas sobre contratación en los municipios, lo que implica que se
respete la calidad en que el personal se desempeñará en el municipio -ya sea, como titular,
contratado u honorario-, y que el ingreso de estos se ajuste a lo dispuesto en los artículos 2°, 4°, 8° y
siguientes de la ley N° 18.883.
f) Que se considere la naturaleza de las labores a desempeñar por el personal contratado para estos
efectos y su habitualidad, de manera tal que, si la entidad edilicia decide que el recurso humano
proporcionado a los concejales ejerza funciones genéricas propias de un cargo o empleo municipal
esta tarea deberá ser desarrollada por funcionarios de planta o a contrata, en conformidad con lo
dispuesto en el artículo 5°, letras a) y f), de la mencionada ley N° 18.883; y si, por el contrario, estima
que aquellos deban desempeñar labores accidentales, específicas y que no sean las habituales de
la municipalidad o bien presten dichos servicios como un cometido específico, los podrán contratar
sobre la base de honorarios, acorde con lo establecido en los incisos primero y segundo del artículo
4° del citado cuerpo legal.
g) Asimismo, cabe hacer presente que no procede que dicho personal sea contratado con cargo al
ítem 21.04.004 “Prestaciones de Servicios en Programas Comunitarios”, puesto que este, tal como
indica el decreto N° 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda -que Determina Clasificaciones
Presupuestarias-, comprende la contratación de personas naturales para la prestación de servicios
ocasionales y/o transitorios, ajenos a la gestión administrativa interna de las respectivas
municipalidades, que estén directamente asociados al desarrollo de programas en beneficio de la
comunidad, en materias de carácter social, cultural, de rehabilitación o para enfrentar situaciones de
emergencia, requisitos que no se cumplen por el recurso humano que el municipio destine a los
concejales.
h) Que se respeten los límites presupuestarios de gastos en personal, esto es -de acuerdo con los
artículos 2°, inciso cuarto, y 4° de la ley N° 18.883, en relación con los artículos 10, letra b), y 13 de
la ley N° 19.280, que modifica la ley N° 18.695 y establece normas sobre plantas de personal de las
municipalidades-, el 20% destinado para gasto de remuneraciones del personal a contrata, y el 10%
a la contratación a honorarios, límites máximos establecidos por las disposiciones legales
mencionadas, deben calcularse sobre el presupuesto asignado a la planta municipal para cada año
por concepto de tales emolumentos, con prescindencia de que en ella existan o no cargos vacantes,
toda vez que la referida normativa no distingue al respecto (aplica dictamen N° 89.800, de 2014).
En consecuencia, en mérito de lo expuesto, se reconsideran los dictámenes N°s. 34.231 y 86.519,
ambos de 2015, en los términos antes expuestos.
Transcríbase a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, a las Municipalidades de San Miguel y La Granja, a la Asociación de
Municipalidades de Chile, a la Asociación Chilena de Municipalidades, a todas las Contralorías
Regionales y a la Subdivisión de Auditoría e Inspección de la División de Municipalidades de esta
Entidad Fiscalizadora.
Saluda atentamente a Ud.
Jorge Bermúdez Soto
Contralor General de la República

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Modelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicato
Modelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicatoModelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicato
Modelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicato
Corporación Hiram Servicios Legales
 
99820083 demanda-nulidad-de-acto-juridico1
99820083 demanda-nulidad-de-acto-juridico199820083 demanda-nulidad-de-acto-juridico1
99820083 demanda-nulidad-de-acto-juridico1
Lesly Pajuelo Antaurco
 
47106954 reconsideracion-papeleta-y-multa
47106954 reconsideracion-papeleta-y-multa47106954 reconsideracion-papeleta-y-multa
47106954 reconsideracion-papeleta-y-multa
Sebitas Net
 
PJ-SALA DE DERECHO CONST Y SOCIAL PERM DE LA CORTE SUPR DE LA REP-CASACIÓN 6...
PJ-SALA DE DERECHO CONST Y SOCIAL PERM DE LA CORTE SUPR DE LA  REP-CASACIÓN 6...PJ-SALA DE DERECHO CONST Y SOCIAL PERM DE LA CORTE SUPR DE LA  REP-CASACIÓN 6...
PJ-SALA DE DERECHO CONST Y SOCIAL PERM DE LA CORTE SUPR DE LA REP-CASACIÓN 6...Massey Abogados (Oscar Massey)
 
Demanda de indemnización por daños y perjuicios accidente de tránsito (1)
Demanda de indemnización por daños y perjuicios   accidente de tránsito (1)Demanda de indemnización por daños y perjuicios   accidente de tránsito (1)
Demanda de indemnización por daños y perjuicios accidente de tránsito (1)
CsarKcana
 
Anexo formulario 1 solicitud garantias personales final 24.03.2021
Anexo formulario 1 solicitud garantias personales final 24.03.2021 Anexo formulario 1 solicitud garantias personales final 24.03.2021
Anexo formulario 1 solicitud garantias personales final 24.03.2021
Alonso Salinas Quintanilla
 
Escrito 3 nulidad de audiencia
Escrito 3 nulidad de audienciaEscrito 3 nulidad de audiencia
Escrito 3 nulidad de audiencia
RICARDOHEREDIA15
 
Recurso de apelacion
Recurso de apelacionRecurso de apelacion
Recurso de apelacion
Mario Martin Fernandez Parodi
 
ofrecimiento de pruebas
ofrecimiento de pruebasofrecimiento de pruebas
ofrecimiento de pruebas
RicardoZamora60
 
Modelo de solicitud de nulidad de sentencia interlocutoria autor josé maría...
Modelo de solicitud de nulidad de sentencia interlocutoria   autor josé maría...Modelo de solicitud de nulidad de sentencia interlocutoria   autor josé maría...
Modelo de solicitud de nulidad de sentencia interlocutoria autor josé maría...
Corporación Hiram Servicios Legales
 
Demanda de beneficios laborales cachay
Demanda de beneficios laborales cachayDemanda de beneficios laborales cachay
Demanda de beneficios laborales cachay
Johnny Curioso Caycho
 
Constitución Actor Civil en derecho penal
Constitución Actor Civil en derecho penalConstitución Actor Civil en derecho penal
Constitución Actor Civil en derecho penal
JavierRuizLimache2
 
Desafectacion cautelar
Desafectacion cautelarDesafectacion cautelar
Desafectacion cautelar
Misael Rudy Ticse Vilcahuaman
 
Contestacion de demanda de alimentos
Contestacion de demanda de alimentosContestacion de demanda de alimentos
Contestacion de demanda de alimentos
CHIVOGATO
 
Demanda de divorcio unilateral
Demanda de divorcio unilateralDemanda de divorcio unilateral
Demanda de divorcio unilateral
Escuela de Derecho; Univ. Arturo Prat
 
Carta notarial exigiendo pago de pensiones devengadas sra cecilia caceres
Carta notarial exigiendo pago de pensiones devengadas  sra cecilia caceresCarta notarial exigiendo pago de pensiones devengadas  sra cecilia caceres
Carta notarial exigiendo pago de pensiones devengadas sra cecilia caceres
sergio Rosales
 

La actualidad más candente (20)

Modelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicato
Modelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicatoModelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicato
Modelo de recurso administrativo de apelación presentado por sindicato
 
99820083 demanda-nulidad-de-acto-juridico1
99820083 demanda-nulidad-de-acto-juridico199820083 demanda-nulidad-de-acto-juridico1
99820083 demanda-nulidad-de-acto-juridico1
 
47106954 reconsideracion-papeleta-y-multa
47106954 reconsideracion-papeleta-y-multa47106954 reconsideracion-papeleta-y-multa
47106954 reconsideracion-papeleta-y-multa
 
PJ-SALA DE DERECHO CONST Y SOCIAL PERM DE LA CORTE SUPR DE LA REP-CASACIÓN 6...
PJ-SALA DE DERECHO CONST Y SOCIAL PERM DE LA CORTE SUPR DE LA  REP-CASACIÓN 6...PJ-SALA DE DERECHO CONST Y SOCIAL PERM DE LA CORTE SUPR DE LA  REP-CASACIÓN 6...
PJ-SALA DE DERECHO CONST Y SOCIAL PERM DE LA CORTE SUPR DE LA REP-CASACIÓN 6...
 
Demanda de indemnización por daños y perjuicios accidente de tránsito (1)
Demanda de indemnización por daños y perjuicios   accidente de tránsito (1)Demanda de indemnización por daños y perjuicios   accidente de tránsito (1)
Demanda de indemnización por daños y perjuicios accidente de tránsito (1)
 
Demanda laboral
Demanda laboralDemanda laboral
Demanda laboral
 
Anexo formulario 1 solicitud garantias personales final 24.03.2021
Anexo formulario 1 solicitud garantias personales final 24.03.2021 Anexo formulario 1 solicitud garantias personales final 24.03.2021
Anexo formulario 1 solicitud garantias personales final 24.03.2021
 
Escrito 3 nulidad de audiencia
Escrito 3 nulidad de audienciaEscrito 3 nulidad de audiencia
Escrito 3 nulidad de audiencia
 
Recurso de apelacion
Recurso de apelacionRecurso de apelacion
Recurso de apelacion
 
ofrecimiento de pruebas
ofrecimiento de pruebasofrecimiento de pruebas
ofrecimiento de pruebas
 
Modelo de solicitud de nulidad de sentencia interlocutoria autor josé maría...
Modelo de solicitud de nulidad de sentencia interlocutoria   autor josé maría...Modelo de solicitud de nulidad de sentencia interlocutoria   autor josé maría...
Modelo de solicitud de nulidad de sentencia interlocutoria autor josé maría...
 
Demanda de beneficios laborales cachay
Demanda de beneficios laborales cachayDemanda de beneficios laborales cachay
Demanda de beneficios laborales cachay
 
Constitución Actor Civil en derecho penal
Constitución Actor Civil en derecho penalConstitución Actor Civil en derecho penal
Constitución Actor Civil en derecho penal
 
Sentencia Caso Orellana
Sentencia Caso OrellanaSentencia Caso Orellana
Sentencia Caso Orellana
 
Desafectacion cautelar
Desafectacion cautelarDesafectacion cautelar
Desafectacion cautelar
 
Contestacion de demanda de alimentos
Contestacion de demanda de alimentosContestacion de demanda de alimentos
Contestacion de demanda de alimentos
 
APELACIÓN.docx
APELACIÓN.docxAPELACIÓN.docx
APELACIÓN.docx
 
Demanda de Alimentos
Demanda de AlimentosDemanda de Alimentos
Demanda de Alimentos
 
Demanda de divorcio unilateral
Demanda de divorcio unilateralDemanda de divorcio unilateral
Demanda de divorcio unilateral
 
Carta notarial exigiendo pago de pensiones devengadas sra cecilia caceres
Carta notarial exigiendo pago de pensiones devengadas  sra cecilia caceresCarta notarial exigiendo pago de pensiones devengadas  sra cecilia caceres
Carta notarial exigiendo pago de pensiones devengadas sra cecilia caceres
 

Similar a Dictamen Municipalidades pueden apoyar al Concejo Municipal

Dictamen 81956 del 23.10.2014 Sobre Creación de Cargos aplica 2 Grados bajo A...
Dictamen 81956 del 23.10.2014 Sobre Creación de Cargos aplica 2 Grados bajo A...Dictamen 81956 del 23.10.2014 Sobre Creación de Cargos aplica 2 Grados bajo A...
Dictamen 81956 del 23.10.2014 Sobre Creación de Cargos aplica 2 Grados bajo A...
Nelson Leiva®
 
Dictamen Nº 39604 Transferir recursos a empresas concesionarias de aseo
Dictamen Nº 39604 Transferir recursos a empresas concesionarias de aseo Dictamen Nº 39604 Transferir recursos a empresas concesionarias de aseo
Dictamen Nº 39604 Transferir recursos a empresas concesionarias de aseo
Nelson Leiva®
 
Dictamen Nº 9838 dlel 17.02.2014 Cuenta Pública del Alcalde
Dictamen Nº 9838 dlel  17.02.2014 Cuenta Pública del AlcaldeDictamen Nº 9838 dlel  17.02.2014 Cuenta Pública del Alcalde
Dictamen Nº 9838 dlel 17.02.2014 Cuenta Pública del Alcalde
Nelson Leiva®
 
Dic. Concejales invitación a Cta Pública Alcalde
Dic. Concejales invitación a Cta Pública AlcaldeDic. Concejales invitación a Cta Pública Alcalde
Dic. Concejales invitación a Cta Pública Alcalde
Nelson Leiva®
 
Dictamen N° 85300 del 25.11.2016 Traspaso de Mando Edilicio
Dictamen N° 85300 del 25.11.2016 Traspaso de Mando EdilicioDictamen N° 85300 del 25.11.2016 Traspaso de Mando Edilicio
Dictamen N° 85300 del 25.11.2016 Traspaso de Mando Edilicio
Nelson Leiva®
 
Cámara de Diputados: Informe Comisión Hacienda Proyecto Municipal
Cámara de Diputados: Informe Comisión Hacienda Proyecto MunicipalCámara de Diputados: Informe Comisión Hacienda Proyecto Municipal
Cámara de Diputados: Informe Comisión Hacienda Proyecto Municipal
Nelson Leiva®
 
Estado de Avance del trabajo realizado por Asemuch
Estado de Avance del trabajo realizado por AsemuchEstado de Avance del trabajo realizado por Asemuch
Estado de Avance del trabajo realizado por Asemuch
Nelson Leiva®
 
Informe de la Comisión de Gobierno Interior "Proyecto Municipal 2016"
Informe de la Comisión de Gobierno Interior "Proyecto Municipal 2016"Informe de la Comisión de Gobierno Interior "Proyecto Municipal 2016"
Informe de la Comisión de Gobierno Interior "Proyecto Municipal 2016"
Nelson Leiva®
 
Estudios previos
Estudios previosEstudios previos
Estudios previos
Alexander Medina
 
Sentencia Definitiva Tribunal Constitucional 12.05.2016
Sentencia Definitiva Tribunal Constitucional 12.05.2016Sentencia Definitiva Tribunal Constitucional 12.05.2016
Sentencia Definitiva Tribunal Constitucional 12.05.2016
Nelson Leiva®
 
Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922
Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922
Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922
Marcos Roa
 
Dictamen N° 44500 Obligación de Aparcadero Municipal
Dictamen N° 44500 Obligación de Aparcadero MunicipalDictamen N° 44500 Obligación de Aparcadero Municipal
Dictamen N° 44500 Obligación de Aparcadero Municipal
Nelson Leiva®
 
Dictamen Procedencia de Capacitación Concejales
Dictamen Procedencia de Capacitación ConcejalesDictamen Procedencia de Capacitación Concejales
Dictamen Procedencia de Capacitación Concejales
Nelson Leiva®
 
Dictamen Prestaciones de Serv. de Bienestar a Código del Trabajo
Dictamen Prestaciones de Serv. de Bienestar a Código del TrabajoDictamen Prestaciones de Serv. de Bienestar a Código del Trabajo
Dictamen Prestaciones de Serv. de Bienestar a Código del Trabajo
Nelson Leiva®
 
Dictamen CGR Secretaria Municipal tema acoso laboral y varios
Dictamen CGR Secretaria Municipal tema acoso laboral y varios Dictamen CGR Secretaria Municipal tema acoso laboral y varios
Dictamen CGR Secretaria Municipal tema acoso laboral y varios
Nelson Leiva®
 
Historia Ley 19280 de Plantas Municipales 06.12.1993
Historia Ley 19280 de Plantas Municipales 06.12.1993Historia Ley 19280 de Plantas Municipales 06.12.1993
Historia Ley 19280 de Plantas Municipales 06.12.1993
Nelson Leiva®
 
Cto sspd oju-2010-17
Cto sspd oju-2010-17Cto sspd oju-2010-17
Cto sspd oju-2010-17casadelvocal
 
Presentacion P.O.T. julio 10 2014
Presentacion P.O.T. julio 10 2014Presentacion P.O.T. julio 10 2014
Presentacion P.O.T. julio 10 2014Michel Maya
 
Presentación Secretario Jurídico Alcaldía Concepto POT
Presentación Secretario Jurídico Alcaldía Concepto POTPresentación Secretario Jurídico Alcaldía Concepto POT
Presentación Secretario Jurídico Alcaldía Concepto POT
Michel Maya
 
Dictamen No procede modificar grado de Director DOM
Dictamen No procede modificar grado de Director DOMDictamen No procede modificar grado de Director DOM
Dictamen No procede modificar grado de Director DOM
Nelson Leiva®
 

Similar a Dictamen Municipalidades pueden apoyar al Concejo Municipal (20)

Dictamen 81956 del 23.10.2014 Sobre Creación de Cargos aplica 2 Grados bajo A...
Dictamen 81956 del 23.10.2014 Sobre Creación de Cargos aplica 2 Grados bajo A...Dictamen 81956 del 23.10.2014 Sobre Creación de Cargos aplica 2 Grados bajo A...
Dictamen 81956 del 23.10.2014 Sobre Creación de Cargos aplica 2 Grados bajo A...
 
Dictamen Nº 39604 Transferir recursos a empresas concesionarias de aseo
Dictamen Nº 39604 Transferir recursos a empresas concesionarias de aseo Dictamen Nº 39604 Transferir recursos a empresas concesionarias de aseo
Dictamen Nº 39604 Transferir recursos a empresas concesionarias de aseo
 
Dictamen Nº 9838 dlel 17.02.2014 Cuenta Pública del Alcalde
Dictamen Nº 9838 dlel  17.02.2014 Cuenta Pública del AlcaldeDictamen Nº 9838 dlel  17.02.2014 Cuenta Pública del Alcalde
Dictamen Nº 9838 dlel 17.02.2014 Cuenta Pública del Alcalde
 
Dic. Concejales invitación a Cta Pública Alcalde
Dic. Concejales invitación a Cta Pública AlcaldeDic. Concejales invitación a Cta Pública Alcalde
Dic. Concejales invitación a Cta Pública Alcalde
 
Dictamen N° 85300 del 25.11.2016 Traspaso de Mando Edilicio
Dictamen N° 85300 del 25.11.2016 Traspaso de Mando EdilicioDictamen N° 85300 del 25.11.2016 Traspaso de Mando Edilicio
Dictamen N° 85300 del 25.11.2016 Traspaso de Mando Edilicio
 
Cámara de Diputados: Informe Comisión Hacienda Proyecto Municipal
Cámara de Diputados: Informe Comisión Hacienda Proyecto MunicipalCámara de Diputados: Informe Comisión Hacienda Proyecto Municipal
Cámara de Diputados: Informe Comisión Hacienda Proyecto Municipal
 
Estado de Avance del trabajo realizado por Asemuch
Estado de Avance del trabajo realizado por AsemuchEstado de Avance del trabajo realizado por Asemuch
Estado de Avance del trabajo realizado por Asemuch
 
Informe de la Comisión de Gobierno Interior "Proyecto Municipal 2016"
Informe de la Comisión de Gobierno Interior "Proyecto Municipal 2016"Informe de la Comisión de Gobierno Interior "Proyecto Municipal 2016"
Informe de la Comisión de Gobierno Interior "Proyecto Municipal 2016"
 
Estudios previos
Estudios previosEstudios previos
Estudios previos
 
Sentencia Definitiva Tribunal Constitucional 12.05.2016
Sentencia Definitiva Tribunal Constitucional 12.05.2016Sentencia Definitiva Tribunal Constitucional 12.05.2016
Sentencia Definitiva Tribunal Constitucional 12.05.2016
 
Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922
Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922
Dictamen sobre cargos vacantes ley 20922
 
Dictamen N° 44500 Obligación de Aparcadero Municipal
Dictamen N° 44500 Obligación de Aparcadero MunicipalDictamen N° 44500 Obligación de Aparcadero Municipal
Dictamen N° 44500 Obligación de Aparcadero Municipal
 
Dictamen Procedencia de Capacitación Concejales
Dictamen Procedencia de Capacitación ConcejalesDictamen Procedencia de Capacitación Concejales
Dictamen Procedencia de Capacitación Concejales
 
Dictamen Prestaciones de Serv. de Bienestar a Código del Trabajo
Dictamen Prestaciones de Serv. de Bienestar a Código del TrabajoDictamen Prestaciones de Serv. de Bienestar a Código del Trabajo
Dictamen Prestaciones de Serv. de Bienestar a Código del Trabajo
 
Dictamen CGR Secretaria Municipal tema acoso laboral y varios
Dictamen CGR Secretaria Municipal tema acoso laboral y varios Dictamen CGR Secretaria Municipal tema acoso laboral y varios
Dictamen CGR Secretaria Municipal tema acoso laboral y varios
 
Historia Ley 19280 de Plantas Municipales 06.12.1993
Historia Ley 19280 de Plantas Municipales 06.12.1993Historia Ley 19280 de Plantas Municipales 06.12.1993
Historia Ley 19280 de Plantas Municipales 06.12.1993
 
Cto sspd oju-2010-17
Cto sspd oju-2010-17Cto sspd oju-2010-17
Cto sspd oju-2010-17
 
Presentacion P.O.T. julio 10 2014
Presentacion P.O.T. julio 10 2014Presentacion P.O.T. julio 10 2014
Presentacion P.O.T. julio 10 2014
 
Presentación Secretario Jurídico Alcaldía Concepto POT
Presentación Secretario Jurídico Alcaldía Concepto POTPresentación Secretario Jurídico Alcaldía Concepto POT
Presentación Secretario Jurídico Alcaldía Concepto POT
 
Dictamen No procede modificar grado de Director DOM
Dictamen No procede modificar grado de Director DOMDictamen No procede modificar grado de Director DOM
Dictamen No procede modificar grado de Director DOM
 

Más de Nelson Leiva®

CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
Nelson Leiva®
 
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Nelson Leiva®
 
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
Nelson Leiva®
 
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
Nelson Leiva®
 
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
Nelson Leiva®
 
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
Nelson Leiva®
 
Historia de Aconcagua
Historia de AconcaguaHistoria de Aconcagua
Historia de Aconcagua
Nelson Leiva®
 
Texto Estudio Confianza Legítima
Texto Estudio Confianza Legítima Texto Estudio Confianza Legítima
Texto Estudio Confianza Legítima
Nelson Leiva®
 
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
Nelson Leiva®
 
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
Nelson Leiva®
 
Solicitud Clasificación de Patente
Solicitud Clasificación de Patente Solicitud Clasificación de Patente
Solicitud Clasificación de Patente
Nelson Leiva®
 
Instructivo Desplazamiento Covid-19
Instructivo Desplazamiento Covid-19 Instructivo Desplazamiento Covid-19
Instructivo Desplazamiento Covid-19
Nelson Leiva®
 
Cronograma Plantas Municipales Subdere
Cronograma Plantas Municipales SubdereCronograma Plantas Municipales Subdere
Cronograma Plantas Municipales Subdere
Nelson Leiva®
 
Seminario Nacional de Municipalidades Las Condes
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesSeminario Nacional de Municipalidades Las Condes
Seminario Nacional de Municipalidades Las Condes
Nelson Leiva®
 
Manual Magic Tv Chile HD Gratis
Manual Magic Tv Chile HD GratisManual Magic Tv Chile HD Gratis
Manual Magic Tv Chile HD Gratis
Nelson Leiva®
 
Modernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaModernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
Modernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
Nelson Leiva®
 
Dictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
Dictamen Obligación Pago Servicios y BienesDictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
Dictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
Nelson Leiva®
 
Circular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesCircular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
Circular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
Nelson Leiva®
 
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
Nelson Leiva®
 
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
Dictamen  N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasDictamen  N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
Nelson Leiva®
 

Más de Nelson Leiva® (20)

CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
 
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
 
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
 
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
 
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
 
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
 
Historia de Aconcagua
Historia de AconcaguaHistoria de Aconcagua
Historia de Aconcagua
 
Texto Estudio Confianza Legítima
Texto Estudio Confianza Legítima Texto Estudio Confianza Legítima
Texto Estudio Confianza Legítima
 
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
 
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
 
Solicitud Clasificación de Patente
Solicitud Clasificación de Patente Solicitud Clasificación de Patente
Solicitud Clasificación de Patente
 
Instructivo Desplazamiento Covid-19
Instructivo Desplazamiento Covid-19 Instructivo Desplazamiento Covid-19
Instructivo Desplazamiento Covid-19
 
Cronograma Plantas Municipales Subdere
Cronograma Plantas Municipales SubdereCronograma Plantas Municipales Subdere
Cronograma Plantas Municipales Subdere
 
Seminario Nacional de Municipalidades Las Condes
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesSeminario Nacional de Municipalidades Las Condes
Seminario Nacional de Municipalidades Las Condes
 
Manual Magic Tv Chile HD Gratis
Manual Magic Tv Chile HD GratisManual Magic Tv Chile HD Gratis
Manual Magic Tv Chile HD Gratis
 
Modernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaModernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
Modernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
 
Dictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
Dictamen Obligación Pago Servicios y BienesDictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
Dictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
 
Circular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesCircular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
Circular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
 
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
 
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
Dictamen  N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasDictamen  N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
 

Último

Fase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcional
Fase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcionalFase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcional
Fase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcional
YasneidyGonzalez
 
Horarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de Madrid
Horarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de MadridHorarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de Madrid
Horarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de Madrid
20minutos
 
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernándezPRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
Ruben53283
 
INFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdf
INFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdfINFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdf
INFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdf
Alejandrogarciapanta
 
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividadesJunio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
cintiat3400
 
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
pablomarin116
 
Educar por Competencias GS2 Ccesa007.pdf
Educar por Competencias GS2 Ccesa007.pdfEducar por Competencias GS2 Ccesa007.pdf
Educar por Competencias GS2 Ccesa007.pdf
Demetrio Ccesa Rayme
 
1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS PRIMARIA.docx
1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS  PRIMARIA.docx1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS  PRIMARIA.docx
1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS PRIMARIA.docx
FelixCamachoGuzman
 
SESION ORDENAMOS NÚMEROS EN FORMA ASCENDENTE Y DESCENDENTE 20 DE MAYO.docx
SESION ORDENAMOS NÚMEROS EN FORMA ASCENDENTE Y DESCENDENTE 20 DE MAYO.docxSESION ORDENAMOS NÚMEROS EN FORMA ASCENDENTE Y DESCENDENTE 20 DE MAYO.docx
SESION ORDENAMOS NÚMEROS EN FORMA ASCENDENTE Y DESCENDENTE 20 DE MAYO.docx
QuispeJimenezDyuy
 
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de PamplonaProceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
Edurne Navarro Bueno
 
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfUn libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
sandradianelly
 
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptxSemana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
LorenaCovarrubias12
 
Fase 2, Pensamiento variacional y trigonometrico
Fase 2, Pensamiento variacional y trigonometricoFase 2, Pensamiento variacional y trigonometrico
Fase 2, Pensamiento variacional y trigonometrico
YasneidyGonzalez
 
Asistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdf
Asistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdfAsistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdf
Asistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdf
Demetrio Ccesa Rayme
 
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdfFORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
El Fortí
 
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIALCUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
DivinoNioJess885
 
Introducción a la ciencia de datos con power BI
Introducción a la ciencia de datos con power BIIntroducción a la ciencia de datos con power BI
Introducción a la ciencia de datos con power BI
arleyo2006
 
corpus-christi-sesion-de-aprendizaje.pdf
corpus-christi-sesion-de-aprendizaje.pdfcorpus-christi-sesion-de-aprendizaje.pdf
corpus-christi-sesion-de-aprendizaje.pdf
YolandaRodriguezChin
 
PRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNET
PRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNETPRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNET
PRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNET
CESAR MIJAEL ESPINOZA SALAZAR
 

Último (20)

Fase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcional
Fase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcionalFase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcional
Fase 1, Lenguaje algebraico y pensamiento funcional
 
Horarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de Madrid
Horarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de MadridHorarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de Madrid
Horarios Exámenes EVAU Ordinaria 2024 de Madrid
 
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernándezPRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
 
INFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdf
INFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdfINFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdf
INFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdf
 
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividadesJunio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
 
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
 
Educar por Competencias GS2 Ccesa007.pdf
Educar por Competencias GS2 Ccesa007.pdfEducar por Competencias GS2 Ccesa007.pdf
Educar por Competencias GS2 Ccesa007.pdf
 
1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS PRIMARIA.docx
1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS  PRIMARIA.docx1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS  PRIMARIA.docx
1º GRADO CONCLUSIONES DESCRIPTIVAS PRIMARIA.docx
 
SESION ORDENAMOS NÚMEROS EN FORMA ASCENDENTE Y DESCENDENTE 20 DE MAYO.docx
SESION ORDENAMOS NÚMEROS EN FORMA ASCENDENTE Y DESCENDENTE 20 DE MAYO.docxSESION ORDENAMOS NÚMEROS EN FORMA ASCENDENTE Y DESCENDENTE 20 DE MAYO.docx
SESION ORDENAMOS NÚMEROS EN FORMA ASCENDENTE Y DESCENDENTE 20 DE MAYO.docx
 
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de PamplonaProceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
 
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfUn libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
 
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptxSemana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
 
Fase 2, Pensamiento variacional y trigonometrico
Fase 2, Pensamiento variacional y trigonometricoFase 2, Pensamiento variacional y trigonometrico
Fase 2, Pensamiento variacional y trigonometrico
 
Asistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdf
Asistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdfAsistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdf
Asistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdf
 
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdfFORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
 
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIALCUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
 
Introducción a la ciencia de datos con power BI
Introducción a la ciencia de datos con power BIIntroducción a la ciencia de datos con power BI
Introducción a la ciencia de datos con power BI
 
corpus-christi-sesion-de-aprendizaje.pdf
corpus-christi-sesion-de-aprendizaje.pdfcorpus-christi-sesion-de-aprendizaje.pdf
corpus-christi-sesion-de-aprendizaje.pdf
 
PRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNET
PRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNETPRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNET
PRESENTACION DE LA SEMANA NUMERO 8 EN APLICACIONES DE INTERNET
 

Dictamen Municipalidades pueden apoyar al Concejo Municipal

  • 1. ID Dictamen: 005500N16 Vista preliminar Indicadores de Estado Nº Dictamen 5500 Fecha 21-01-2016 Nuevo NO Reactivado SI Alterado NO Carácter NNN Origenes CGR Referencias 240451/2015, 240799/2015, 245246/2015, 160676/2016 Decretos y/o Resoluciones Abogados AGM Destinatarios Manuel José Ossandón Irarrázabal Texto Municipios se encuentran facultados para proporcionar recursos materiales y personales como medios de apoyo para el concejo y los concejales. Acción Aplica dictamen 89800/2014 Reconsidera parcialmente dictámenes 34231/2015, 86519/2015 Fuentes Legales Ley 18695 art/92 bis, ley 20742, ley 18575 art/62 num/3, ley 18575 art/62 num/4, ley 18575 art/5 inc/1, ley 18883 art/2, ley 18883 art/4, ley 18883 art/8, ley 18883 art/5 lt/a, ley 18883 art/5 lt/f, DTO 854/2004 hacie, ley 19280 art/10 lt/b, ley 19280 art/13 Descriptores Municipalidades, facultades municipales, concejo y concejales, dotación de medios de apoyo Documento Completo N° 5.500 Fecha: 21-I-2016 Se han dirigido a esta Contraloría General el senador de la República señor Manuel Ossandón Irarrázabal, y los alcaldes de las Municipalidades de San Miguel y La Granja, solicitando la reconsideración de los dictámenes N°s. 34.231 y 86.519, ambos de 2015, los cuales concluyeron, por las razones que en ellos se exponen, que la expresión “medios de apoyo, útiles y apropiados” a que alude el inciso primero del artículo 92 bis de la ley N° 18.695, no incluye los recursos humanos, de manera que, de acuerdo al principio de legalidad del gasto, las entidades edilicias no se encuentran autorizadas para dotar de aquellos al concejo o a los concejales individualmente considerados. Argumentan los recurrentes que aplicando el elemento gramatical de interpretación del referido artículo 92 bis se llega al resultado que el sentido de la expresión “medio” no puede quedar fijado por el significado que el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española le otorga, sino que por el uso común de la misma, la que no excluye a los recursos personales, agregando que la finalidad de la citada disposición no fue sino ratificar lo que la jurisprudencia de este Órgano de Fiscalización ya había precisado, en orden a que el municipio se encuentra habilitado para proporcionarlos. Añaden, que de la historia de la ley N° 20.742 no se desprende que le legislador haya tenido la intención de dejar fuera de la aplicación de la norma a los medios personales. Requerida al efecto, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública expresó, a diferencia de lo informado en el marco del dictamen N° 34.231, de 2015, cuya reconsideración se requiere, que el artículo 92 bis habilita a las municipalidades para proporcionar al concejo y los concejales recursos materiales y humanos como medios necesarios para cumplir sus funciones. Lo anterior, basado en que la jurisprudencia de este
  • 2. Organismo de Control, así lo ha reconocido y que dicho precepto recogió en su redacción lo precisado por esta Entidad de Fiscalización. Como cuestión previa, es menester recordar que los pronunciamientos cuya reconsideración se solicita se fundaron, entre otras consideraciones, en lo expuesto por la anotada subsecretaría en su informe emitido en la indicada ocasión, el cual señaló, en síntesis, que dado que la ley no definió que debía entenderse por “medios de apoyo” ello debía interpretarse de acuerdo al sentido natural y obvio fijado por el aludido diccionario que lo define como “cosa que puede servir a un determinado fin”, agregando que el legislador empleó en la redacción del artículo en comento, los calificativos de “útiles” y “apropiados”, términos que jamás ha utilizado para referirse al personal, por lo que dicha disposición solo incluye los recursos materiales y no los humanos. En las condiciones descritas, y dado el contenido diverso del informe emanado de la mencionada subsecretaría sobre el tema en análisis se ha estimado conveniente efectuar un nuevo estudio del asunto de que se trata, según pasa a exponerse. Al respecto, el anotado artículo 92 bis, inciso primero, de la ley N° 18.695 dispone que “Cada municipalidad, en concordancia con su disponibilidad financiera, deberá dotar al concejo municipal y a los concejales de los medios de apoyo, útiles y apropiados, para desarrollar debida y oportunamente las funciones y atribuciones que esta ley le confiere, atendido el número de concejales de la municipalidad”. Pues bien, en este contexto, es dable puntualizar que hasta la mencionada modificación, la citada ley no admitía dicha posibilidad siendo este Organismo de Fiscalización quien mediante su jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en el dictamen N° 37.061, de 2008, precisó que las entidades edilicias podían otorgar tanto recursos humanos como materiales en favor del concejo. Ahora, con la dictación de la referida ley N° 20.742, se consagró expresamente el aludido deber de dotar al cuerpo colegiado y a las autoridades que lo conforman de los “medios de apoyo”, constando en la historia fidedigna de su establecimiento -Informe de la Comisión de Hacienda-, que en noviembre de 2010, la Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Acuerdo N° 143, “sobre modernización del rol de los concejales”, mediante el cual se solicitó al Presidente de la República impulsar a la brevedad una reforma a la ley N° 18.695, que considerara, entre otras materias de interés de los ediles, que según sea la disponibilidad presupuestaria del municipio, “se necesitan asesorías y medios de apoyo para los concejales, tales como oficinas, personal, teléfonos y movilización dentro del territorio comunal” (Boletín N° 8.210-06). Luego, conforme a una interpretación armónica del antedicho artículo 92 bis y los nuevos antecedentes aportados por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, es posible sostener que la intención del legislador fue la de permitir que el municipio, en concordancia con su disponibilidad financiera, pudiese dotar de medios materiales y personales al mencionado órgano pluripersonal y a los concejales. Por consiguiente, es dable concluir que el citado artículo 92 bis de la ley N° 18.695 habilita a las entidades edilicias para proporcionar dichos recursos tanto al cuerpo colegiado como a los concejales individualmente considerados. Lo anterior, por cierto, es sin perjuicio de que su otorgamiento solo se ajustará a derecho, en la medida que se observen las siguientes consideraciones: a) Que los mencionados medios personales sean entregados para el cumplimiento de los fines institucionales, esto es, que sean puestos a disposición de los ediles con el único objeto de satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas. Por ende, tales medios no podrán ser entregados en miras a intereses particulares de cada concejal o de terceros, dándose cumplimiento, de esta manera, al principio de probidad administrativa. Ello en consideración a que, de conformidad con el artículo 62, N°s. 3° y 4°, de la ley N° 18.575, contraviene especialmente ese principio, el emplear, bajo cualquier forma, dinero o bienes de la institución, en provecho propio o de terceros y ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales. b) Que se observen los requisitos propios contenidos en el artículo 92 bis de la aludida ley N° 18.695, lo que implica que se proporcionen estos recursos personales de acuerdo con la disponibilidad financiera de la entidad edilicia; que sean fijados en la primera sesión ordinaria del órgano colegiado; y, que el acuerdo que los determine forme parte del reglamento interno y sea publicado en la página web de la municipalidad.
  • 3. Asimismo y especialmente, que ellos constituyan medios de apoyo útiles y apropiados para la función de los concejales, esto es, que obedezcan a las específicas necesidades de cada concejo, de acuerdo con la realidad local, y se adecuen a la situación financiera y organizacional de cada municipio, no siendo necesaria, por ejemplo, la contratación a todo evento de personal de apoyo (secretarias y asesores) para cada concejal individualmente considerado, pudiendo disponerse para atender a más de uno y/o para el concejo en su conjunto. c) Que en la asignación de los medios, los municipios den un trato igualitario a todos los ediles, de manera que no exista discriminación o preferencia, por cualquier causa -edad, sexo, raza, condición o afinidad política, entre otros-, respecto de los concejales de la comuna. d) Que las labores desarrolladas por el personal contratado para estos efectos no correspondan a las ejercidas por otras unidades municipales, a fin de evitar la duplicidad e interferencia de funciones, velando, de esta manera, por una eficiente e idónea administración de los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función pública, conforme lo establecido en el artículo 5°, inciso primero, de la ley N° 18.575. e) Que se dé cumplimiento a las normas sobre contratación en los municipios, lo que implica que se respete la calidad en que el personal se desempeñará en el municipio -ya sea, como titular, contratado u honorario-, y que el ingreso de estos se ajuste a lo dispuesto en los artículos 2°, 4°, 8° y siguientes de la ley N° 18.883. f) Que se considere la naturaleza de las labores a desempeñar por el personal contratado para estos efectos y su habitualidad, de manera tal que, si la entidad edilicia decide que el recurso humano proporcionado a los concejales ejerza funciones genéricas propias de un cargo o empleo municipal esta tarea deberá ser desarrollada por funcionarios de planta o a contrata, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 5°, letras a) y f), de la mencionada ley N° 18.883; y si, por el contrario, estima que aquellos deban desempeñar labores accidentales, específicas y que no sean las habituales de la municipalidad o bien presten dichos servicios como un cometido específico, los podrán contratar sobre la base de honorarios, acorde con lo establecido en los incisos primero y segundo del artículo 4° del citado cuerpo legal. g) Asimismo, cabe hacer presente que no procede que dicho personal sea contratado con cargo al ítem 21.04.004 “Prestaciones de Servicios en Programas Comunitarios”, puesto que este, tal como indica el decreto N° 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda -que Determina Clasificaciones Presupuestarias-, comprende la contratación de personas naturales para la prestación de servicios ocasionales y/o transitorios, ajenos a la gestión administrativa interna de las respectivas municipalidades, que estén directamente asociados al desarrollo de programas en beneficio de la comunidad, en materias de carácter social, cultural, de rehabilitación o para enfrentar situaciones de emergencia, requisitos que no se cumplen por el recurso humano que el municipio destine a los concejales. h) Que se respeten los límites presupuestarios de gastos en personal, esto es -de acuerdo con los artículos 2°, inciso cuarto, y 4° de la ley N° 18.883, en relación con los artículos 10, letra b), y 13 de la ley N° 19.280, que modifica la ley N° 18.695 y establece normas sobre plantas de personal de las municipalidades-, el 20% destinado para gasto de remuneraciones del personal a contrata, y el 10% a la contratación a honorarios, límites máximos establecidos por las disposiciones legales mencionadas, deben calcularse sobre el presupuesto asignado a la planta municipal para cada año por concepto de tales emolumentos, con prescindencia de que en ella existan o no cargos vacantes, toda vez que la referida normativa no distingue al respecto (aplica dictamen N° 89.800, de 2014). En consecuencia, en mérito de lo expuesto, se reconsideran los dictámenes N°s. 34.231 y 86.519, ambos de 2015, en los términos antes expuestos. Transcríbase a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a las Municipalidades de San Miguel y La Granja, a la Asociación de Municipalidades de Chile, a la Asociación Chilena de Municipalidades, a todas las Contralorías Regionales y a la Subdivisión de Auditoría e Inspección de la División de Municipalidades de esta Entidad Fiscalizadora. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República