La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
Documento n4 gf
1. Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
Documento
de Trabajo Nº 04-GFE
Supervisión de la Seguridad
de Instalaciones Eléctricas en
Establecimientos Públicos en el Perú
Supervisión de la Seguridad de Instalaciones
Eléctricas en Establecimientos Públicos en el Perú
La Misión de OSINERG es supervisar el correcto abastecimiento de energía, regular
eficientemente los servicios públicos de electricidad y gas natural e impulsar el desarrollo
normativo del sector, actuando para ello con autonomía y transparencia.
La Visión es lograr como organismo regulador que la provisión de energía en el país
cubra permanentemente las necesidades de la población en forma eficiente, equitativa,
segura y protegiendo el medio ambiente; alcanzando la confianza y reconocimiento de
la sociedad.
Dentro de este contexto OSINERG tiene como uno de sus objetivos estratégicos
supervisar el cumplimiento de las disposiciones técnicas y legales del subsector
electricidad, referidas a la seguridad y riesgos eléctricos, por parte de los responsables
de los establecimientos públicos relacionadas con el buen funcionamiento de las
instalaciones eléctricas internas, a fin de garantizar la seguridad de las personas que
trabajan o asisten al establecimiento.
La metodología implementada por el OSINERG para lograr ese objetivo se expone en
la presente publicación.
SupervisióndelaSeguridaddeInstalacionesEléctricasenEstablecimientosPúblicosenelPerú
Antes DespuésAntes Después
Gerencia de Fiscalización Eléctrica
2. SUPERVISIÓN DE LA SEGURIDAD
DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS EN EL PERÚ
Documento de Trabajo Nº 04-GFE
Lima - Perú
2006
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
Gerencia de Fiscalización Eléctrica
3. SUPERVISIÓN DE LA SEGURIDAD DE
INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS EN
EL PERÚ.
Documento de trabajo elaborado por:
Ing. Eduardo Jané La Torre - Gerente de Fiscalización Eléctrica de OSINERG.
Ing. Jorge Mañuico Mallma - Jefe de Unidad de Distribución y AP.
Editado en Agosto de 2006 e impreso por:
Corporación Gráfica Noceda S.A.C.
OSINERG
Bernardo Monteagudo 222, Magdalena del Mar
Lima – Perú
Telf. 219-3400 Anexo 1411, 1426
Fax 219-3418
www.osinerg.gob.pe
4. PRESENTACIÓN
La Misión de OSINERG es supervisar el correcto abastecimiento de energía, regular
eficientemente los servicios públicos de electricidad y gas natural e impulsar el desa-
rrollo normativo del sector, actuando para ello con autonomía y transparencia.
La Visión es lograr como organismo regulador que la provisión de energía en el
país cubra permanentemente las necesidades de la población en forma eficiente,
equitativa, segura y protegiendo el medio ambiente; alcanzando la confianza y
reconocimiento de la sociedad.
La Gerencia de Fiscalización Eléctrica pone a disposición de los interesados en el
tema, el Documento de Trabajo N° 04-GFE denominado “Supervisión de la Seguri-
dad de Instalaciones Eléctricas en Establecimientos Públicos en el Perú”.
Debido a las continuos accidentes e incendios ocurridos en Establecimientos Públi-
cos, en el año 2002, en una primera etapa, OSINERG inició el Plan Nacional de
Prevención de Riesgos Eléctricos en Zonas de Alta Afluencia de Público.
En el período 2002 - 2005 se inspeccionó mas de 4000 establecimientos en forma
conjunta con representantes de las municipalidades y en algunos casos con repre-
sentantes del Ministerio Público.
A partir de 2004, con la Ley N° 28151 que modificó la Ley N° 26734, OSINERG
amplió su competencia para supervisar el cumplimiento de las disposiciones técni-
cas y legales del Subsector electricidad, referidas a la seguridad y riesgos eléctri-
cos, por parte de empresas de otros sectores, así como de toda persona natural o
jurídica de derecho público o privado.
Dentro de este contexto, a partir del 2005 se implementó el procedimiento N° 084-
2005 para la supervisión de los Establecimientos Públicos respecto al cumplimiento
de normas técnicas de seguridad de acuerdo a lo establecido en el Reglamento
General del OSINERG.
SUPERVISIÓN DE LA SEGURIDAD DE INSTALACIONES
ELÉCTRICAS EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICO�������������S EN EL PERÚ.
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
Gerencia de Fiscalización Eléctrica
Documento de Trabajo No 04-GFE
5. El procedimiento No 084-2005, tiene como objetivo la supervisión del cumplimien-
to por parte de los responsables de los establecimientos públicos, de las normas
técnicas relacionadas con el buen funcionamiento de las instalaciones eléctricas
internas, a fin de garantizar la seguridad de las personas que trabajan o asisten al
establecimiento; este procedimiento forma parte de un conjunto de procedimientos
que OSINERG viene implementando con la finalidad de que el servicio eléctrico
sea atendido en forma eficaz y eficiente para contribuir al desarrollo sostenible del
país.
Gerencia de Fiscalización Eléctrica
6. SUPERVISIÓN DE LA SEGURIDAD DE INSTA�����������������������LACIONES ELÉCTRICAS EN
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS EN EL P����ERÚ.
Documento de Trabajo N° 04 GFE
ÍNDICE
RESUMEN.................................................................................................... 7
Introducción.......................................................................................... 9
1. Generalidades................................................................................... 11
1.1 Definición de Establecimiento Público
1.2 Responsabilidad
1.3 Aspectos Normativos
2. Descripción de la Problemática..................................................... 15
3. PLAN NACIONAL DE PREVENCIÓN de riesgo ELÉCTRICOS................... 21
3.1 Aspectos metodológicos
3.2 Del Programa de Análisis de Riesgo “Sis – Riesgo”
3.3 Acopio de Información de Establecimientos Públicos
3.4 Inspecciones Técnicas a los Establecimientos Públicos
3.5 Resultados de las Inspecciones de Campo
3.6 Evaluación y cuantificación de los Riesgos Eléctricos,
mediante el uso del programa informático “Sis – Riesgo”
3.7 Informes Técnicos y Notificación a los Usuarios y Autoridades
3.8 Monitoreo de los riesgos eléctricos y constatación del avance de las
mejoras para minimizar los riesgos eléctricos
3.9 Inspecciones y Reinspecciones
3.10 Atenuación del Alto Riesgo Eléctrico en Establecimientos Públicos
7. 3.11 Cortes del Servicio Eléctrico a Establecimientos Públicos
por Alto Riesgo Eléctrico.
3.12 Participación de Otros Organismos y Autoridades
3.13 Participación de Responsables y/o Usuarios de Establecimientos Públicos
4. Nuevo Procedimiento de Fiscalización Basado en indicadores.... 42
4.1 Indicadores Para Supervisión de la Seguridad de Instalaciones
Eléctricas en Establecimientos Públicos.
4.2 Cronograma de Actividades para la implantación del procedimiento
4.3 Organización de la base de datos y soporte informático
4.4 Criterios de selección de establecimientos a ser notificados
4.5 Plan de difusión y capacitación
4.6 Coordinación con el SINADECI
4.7 Resultados Esperados de la Aplicación del Procedimiento: año 2007.
5. Impacto Esperado en la Sociedad CON LA APLICACIÓN del Nuevo
Procedimiento.......................................................................... 47
ANEXO: Procedimiento para la “Supervisión de la Seguridad de Instalaciones
Eléctricas en Establecimientos Públicos” - Resolución No 084-2005-OS/
CD y Modificatoria.
8. RESUMEN
Periódicamente, el país se estremece con noticias que dan cuenta de sinies-
tros en establecimientos públicos, tales como los incendios ocurridos en el
Teatro Municipal; los mercados Las Malvinas, Las Camelias, 30 de Agosto,
San Martín de Porras y Nuevo 3 de Febrero; y campos feriales Acho, Ama-
zonas y Las Malvinas II en la ciudad de Lima; Mercado del Río y Centro Co-
mercial Don Máximo en localidades del interior del país, etc. que destruyeron
bienes materiales y en algunos casos produjeron lesiones y pérdidas de vidas
humanas por electrocución o quemaduras.
La mayoría de estos siniestros se generaron por cortocircuitos, debido a las
deficiencias en las instalaciones eléctricas interiores, originados principal-
mente por:
- Incumplimiento de la Normativa en la ejecución de las instalaciones
eléctricas.
- Sobrecarga de las instalaciones por el incremento de equipos y arte-
factos eléctricos.
- Falta de mantenimiento de las instalaciones eléctricas.
- Mal estado, precariedad y antigüedad de las instalaciones eléctricas
de los establecimientos.
- Desconocimiento de los comerciantes y usuarios de los riesgos eléctri-
cos en la utilización de las instalaciones eléctricas.
- Los municipios, cuya función es otorgar licencias de funcionamiento a
establecimientos públicos que reúnan condiciones de seguridad, entre
ellas, de las instalaciones eléctricas interiores así como velar por la
seguridad pública en estos establecimientos ubicados dentro de su
jurisdicción, estaban desarrollando acciones insuficientes tendientes a
corregir esta situación.
Estas razones entre otras, motivaron que en agosto del año 2002, OSINERG
diera inicio al programa “Prevención de Riesgos Eléctricos en Establecimien-
tos Públicos” a nivel nacional, cuyos resultados se describen en los numerales
3.5; 3.9; 3.10; y 3.11 de este documento.
Con la aplicación de este programa, en una primera etapa se ha logrado que
más de 1,600 establecimientos públicos que presentaban riesgos eléctricos,
mejoraron sus instalaciones eléctricas para minimizar estos riesgos, favore-
ciendo a la población por tratarse de establecimientos con gran infraestructu-
ra, de gran afluencia de público y con instalaciones eléctricas riesgosas.
9. Sin embargo, existen aproximadamente 180,000 establecimientos públicos a
nivel nacional, de las cuales aproximadamente 15 000 son de gran afluencia
de público, que deben inspeccionarse; para lo cual se requiere de un nuevo
esquema de supervisión como parte de la mejora continua; por lo cual de
acuerdo a los nuevos criterios de fiscalización por resultados establecidos en
el Plan Estratégico de OSINERG, el Concejo Directivo, mediante Resolución
OSINERG N° 84-2005-OS/CD, aprobó el 11 de mayo del 2005, el “Proce-
dimiento para la supervisión de la seguridad de las instalaciones eléctricas en
establecimientos públicos”; y la supervisión de las mismas mediante técnicas
de muestreo.
10. INTRODUCCIÓN
Dentro del Programa de Prevención de Riesgos Eléctricos en Establecimientos
Públicos que desarrolló OSINERG, desde el año 2002 hasta el 2005, se ins-
peccionaron 4,342 establecimientos ubicados en Lima y principales ciudades
del país, para lo cual se realizó la identificación, cuantificación y monitoreo
de los riesgos eléctricos, estableciendo el siguiente proceso:
• Identificación de establecimientos públicos en el ámbito nacional.
• Recopilación de información respecto a la situación de las instalacio-
nes eléctricas interiores de los establecimientos públicos.
• Evaluación y cuantificación de los riesgos eléctricos.
• Notificación a los propietarios o representantes de los establecimientos
y de la autoridad municipal, el estado de las instalaciones, para que
a través de un profesional competente elaboren el estudio técnico y
ejecuten las mejoras con el fin de minimizar los riesgos eléctricos.
• Monitoreo de los riesgos eléctricos identificados
• Corte del servicio eléctrico por la Concesionaria, cuando exista situa-
ciones de alto riesgo eléctrico.
La aplicación del mencionado programa, permitió determinar que en el 93%
de los Establecimientos Públicos inspeccionados, las instalaciones eléctricas
interiores presentaban condiciones de riesgo eléctrico, debido a las deficien-
cias e infracciones al CNE, situación que afectaba la seguridad de las per-
sonas que acudian a dichos locales, así como a los mismos comerciantes.
Asimismo, el 12% de os establecimientos estaban con nivel de alto riesgo.
Como resultado de la aplicación del mencionado programa, se logró que
establecimientos públicos que representaban riesgos eléctricos, minimizaran
estos riesgos al haberse efectuado mejoras en las instalaciones eléctricas.
Con ello se favoreció a la población por tratarse de establacimientos con
gran infraestructura, de gran afluencia de público y con instalaciones eléctri-
cas riesgosas.
La existencia de gran cantidad de establecimientos públicos a nivel nacional,
que deben ser inspeccionadas;requiere de un nuevo esquema de supervisión
11. 10
que como parte de la mejora continua emprendida por OSINERG, será afron-
tada de acuerdo a los nuevos criterios de fiscalización por resultados y super-
visión de la misma mediante técnicas de muestreo; por lo que se implementó
el ”Procedimiento para la supervisión de la seguridad de las instalaciones
eléctricas en establecimientos públicos”, aprobada por Resolución OSINERG
Nº 84-2005-OS/CD, del 11 de mayo del 2005, y su modificatoria N° 092-
206-OS/CD, del 6 de mayo del 2006.
12. 11
1. GENERALIDADES
1.1 Definición de Establecimiento Público
Establecimiento Público es aquel establecimiento que provee u ofrece sus ser-
vicios o bienes en sus instalaciones con acceso permitido al público en ge-
neral, tales como mercados, campos feriales, galerías, centros comerciales,
centros educativos, centros de distracción y entretenimiento, coliseos deporti-
vos, hospitales, centros de salud, clínicas, etc.
1.2 Responsabilidad
La responsabilidad de mantener las instalaciones eléctricas interiores de los
establecimientos públicos en buenas condiciones de funcionamiento, para
no poner en riesgo la seguridad de los trabajadores y de las personas que
acuden a ellos, corresponde a quienes realizan actividades en su interior,
quienes deberán velar para que sus instalaciones eléctricas interiores cum-
plan con las prescripciones establecidas en el CNE - Utilización y demás
normas vigentes.
El responsable del Establecimiento Público puede ser una persona natural
o jurídica, propietario o conductor del Establecimiento Público, que tiene la
responsabilidad del pago por el suministro eléctrico ante la Concesionaria de
Electricidad.
En el caso de galerías, mercados, centros comerciales u otros locales de simi-
lares características, donde existan más de dos suministros eléctricos, se tiene
por Responsable al representante legal o a los usuarios de los suministros.
1.3 Aspectos Normativos
El Código Nacional de Electricidad (CNE) – Utilización, establece las pres-
cripciones consideradas necesarias para la seguridad de las personas y la
propiedad frente a los peligros derivados por el uso de la electricidad.
La Ley N° 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas (LCE), en su artículo 90°
c) establece que la concesionaria de distribución eléctrica puede efectuar el
corte del servicio eléctrico ante situaciones de peligro a la seguridad de las
personas o propiedades por desperfecto de las instalaciones involucradas.
Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), establece que la auto-
13. 12
ridad municipal puede ordenar la clausura transitoria o definitiva de edificios,
establecimientos o servicios cuando su funcionamiento esté prohibido legal-
mente o constituya peligro o riesgo para la seguridad de las personas y la
propiedad privada o la seguridad pública.
Hasta el año 2003 la competencia para supervisar las instalaciones eléctri-
cas particulares era exclusivamente de las municipalidades, en virtud a la Ley
No 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades (LOM).
En enero del 2004, se aprobó la Ley N° 28151 – Ley que modifica diversos
artículos de la Ley N° 26734, Ley del OSINERG, y que amplia la competen-
cia del Organismo para fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las dispo-
siciones técnicas y legales del subsector electricidad, referidas a la seguridad
y riesgos eléctricos, por parte de empresas de otro sectores, así como de
toda persona natural o jurídica de derecho público o privado, informando al
organismo o sector competente sobre las infracciones cometidas.
Asimismo, la segunda disposición complementaria de esta Ley estipula que,
en situaciones de riesgo eléctrico grave que exponga la vida de las personas,
OSINERG procederá a disponer la suspensión de la actividad que la provo-
que o el corte del servicio. Los costos que signifiquen estas operaciones serán
asumidos por el infractor. OSINERG informará al organismo regulador o au-
toridad competente, así como al Ministerio Público, sobre las infracciones co-
metidas, a fin de que estas entidades procedan conforme a sus atribuciones.
En el mes de enero del 2005, se aprobó el D.S. N° 007-2005-PCM que
modifica artículos del Reglamento General del OSINERG, aprobado por D.S.
N° 054-2001-PCM, y que en su artículo 34, respecto a los locales con acceso
permitido al público, estableció que la responsabilidad por las instalaciones
eléctricas interiores corresponde a los que realizan actividad en su interior,
quienes anualmente deberán solicitar el “Certificado de Buen Funcionamien-
to de las Instalaciones Eléctricas”, el que será expedido por certificadores
acreditados ante OSINERG. Con respecto a las edificaciones particulares,
estableció que la responsabilidad por estas instalaciones eléctricas interiores
es de los usuarios del suministro eléctrico; el ámbito de fiscalización corres-
ponde de manera exclusiva a las municipalidades, de conformidad a la Ley
Orgánica de Municipalidades.
En el mes de Diciembre de 2005, se aprobó el D.S. N° 104-2005-PCM que
modifica artículos del Reglamento General del OSINERG, aprobado por D.S.
N° 054-2001-PCM, y que en el artículo 34, establece que en los locales con
acceso permitido al público, la responsabilidad por las instalaciones eléctri-
14. 13
cas interiores corresponde a los que realizan actividad en su interior, quienes
anualmente deberán presentar ante la concesionaria de electricidad, el ex-
tracto del Informe de inspección técnica de seguridad relativo a la evaluación
de las condiciones de seguridad de las Instalaciones Eléctricas (EIT), que será
expedido/entregado por el órgano componente del Sistema Nacional de
Defensa Civil.
En Marzo del 2006, OSINERG emitió la Resolución No 092-2006-OS/CD
que modifica artículos del Procedimiento No 084-2005-OS/CD “Supervisión
por seguridad de las instalaciones eléctricas en establecimientos públicos”,
estableciendo las obligaciones de los Establecimientos Públicos para la con-
servación y mantenimiento del buen estado de sus instalaciones eléctricas
interiores y la obtención del Extracto del Informe Técnico (EIT) a través del
inspector técnico del Sistema Nacional de Defensa Civil, las facultades y
obligaciones de las concesionarias frente a situaciones de riesgo detectadas
o por incumplimiento de las obligaciones establecidas para los Establecimien-
tos Públicos y las facultades de supervisión por parte de OSINERG.
El procedimiento está orientado a que los responsables de los Establecimientos
Públicos mantengan sus instalaciones eléctricas en buen estado, a fin preser-
var la seguridad de las personas que trabajan o asisten al establecimiento.
15.
16. 15
2. DESCRIPCIÓN DE LA PROBLEMÁTICA
Según estadísticas oficiales del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del
Perú del total de incendios reportados anualmente en Lima y Callao desde
1996 hasta el año 2003, en promedio el 17% fue de origen eléctrico ocasio-
nado por cortocircuitos (Tabla N° 1 y Gráfico N° 2).
Estadísticas de incendios por cortocircuito en Lima y Callao
Año Nº de Incedios
Nº de incendios por
corto circuito
Porcentaje de
incendios por corto
circuito
1996 2926 480 16%
1997 3255 523 16%
1998 3299 578 18%
1999 3800 562 15%
2000 3607 772 21%
2001 3713 680 18%
2002 4295 760 18%
2003 2994 477 16%
Total 27889 4832 17%
Fuente: Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
Tabla Nº 1
5000
4000
3000
2000
1000
1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003
0
Número de Incendios
Nº de Incendios Nº de Incendios por cortocircuito
Fuente: Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú
Gráfico Nº 1
17. 16
La mayoría de las instalaciones eléctricas interiores de los Establecimientos
Públicos, tales como mercados, campos feriales, galerías, centros comercia-
les, centros educacionales, centros de distracción y entretenimiento, coliseos
deportivos, centros de salud, clínicas, locales de hospedaje masivo, entre
otros; no son ejecutadas de acuerdo a las normas establecidas y en muchos
casos se efectúan sin el mínimo conocimiento de las normas técnicas del Có-
digo Nacional de Electricidad (CNE), lo que da como resultado instalaciones
precarias y deficientes que ocasionan siniestros que tienen como consecuen-
cia: pérdidas materiales y vidas humanas.
Porcentaje de incendios por Cortocircuito
25%
20%
15%
16% 16%
18%
15%
18% 18%
16%
17%
21%
10%
5%
0%
1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 PROMEDIO
Fuente: Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú
Gráfico Nº 2
Por otra parte, la supervisión de la ejecución de las obras de instalaciones
eléctricas interiores y las inspecciones de oficio que realizan las municipali-
dades para verificar el estado de las instalaciones de los Establecimientos
Públicos es insuficiente.
18. 17
FIGURA N° 1: Siniestro en mercado del Río de la ciudad de Ica
(Ocurrido el 18-06-2005 por probable corto circuito)
Es común que los usuarios por desconocimiento incrementen significativamen-
te equipos eléctricos u otro tipo de cargas eléctricas, sin tener en cuenta
que éstas producen una sobrecarga en la instalación. Si no se reemplazan
previamente los conductores eléctricos por otros de mayor calibre, se puede
producir resquebrajamiento y calentamiento excesivo en los conductores con
la consecuencia extrema de generar incendios (fotos N° 1 y 2).
FOTOS N° 1y 2: Incremento de carga sin previa modificación de conductores e inter-
ruptor de protección en Establecimientos Públicos inspeccionados.
19. 18
Otra variable a tener en cuenta es la antigüedad de las instalaciones eléctri-
cas y el envejecimiento de los materiales y componentes eléctricos que al no
ser reemplazados una vez cumplida su vida útil, ven afectada su confiabili-
dad para lograr el buen funcionamiento. (Foto N° 3 y 4).
FOTOS No 3 y 4: Utilización de materiales y componentes eléctricos que no son
reemplazados al cumplir su vida útil en Establecimientos Públicos inspeccionados.
Por otra parte, algunos usuarios, por un mal entendido concepto del ahorro
en algunos casos utilizan materiales eléctricos de mala calidad y de bajo
costo, no adecuados, ni aceptados técnicamente para este tipo de instalacio-
nes. Asimismo, contratan personal inexperto, lo que conlleva a la ejecución
de instalaciones eléctricas deficientes; lo cual propicia situaciones de riesgo
eléctrico (fotos N° 5 y 6).
Fuente: Foro “Instalación Eléctrica Interior Segura”, Feb. 2006, Arequipa.
20. 19
No hay cultura de seguridad en los responsables de los establecimientos y del
público en general que acude a establecimientos públicos con instalaciones
eléctricas deficientes, por lo que se requiere intensificar la campaña nacional
para crear una cultura de seguridad en el Perú (fotos N° 9 y 10).
FOTOS N° 7 y 8: Conductores para telefonía empalmados con conductores de
energía; y llave de cuchilla para arranque de motores en Establecimientos Públicos
inspeccionados.
Fotos N° 5 y 6: Utilización de materiales de mala calidad en Establecimientos
Públicos. (Interruptor Termomágnetico falsificado, explota cuando ocurre un cor-
tocircuito).
FOTOS No 9 y 10: Conductores eléctricos sin conexión a tomacorrientes
y equipos de iluminación utilizados sin interruptores de encendido.
21. Dentro del Programa de Prevención de Riesgos Eléctricos en Establecimientos Pú-
blicos que implementó OSINERG, en una primera etapa, desde al año 2002
hasta el 2005, se inspeccionaron 4,342 establecimientos ubicados en Lima y
principales ciudades del país, para lo cual se realizó la identificación, cuantifica-
ción y monitoreo de los riesgos eléctricos estableciendo los siguientes procesos:
• Identificación de Establecimientos Públicos, en el ámbito nacional.
• Recopilación de información respecto a la situación de las instalaciones
eléctricas interiores de los establecimientos públicos.
• Inspección de las instalaciones eléctricas de Establecimientos Públicos de
conformidad al CNE.
• Evaluación y cuantificación de los riesgos eléctricos.
• Poner en conocimiento de los propietarios o representantes de los estable-
cimientos y de la autoridad municipal, el estado de las instalaciones, para
que a través de un profesional competente elaboren el estudio técnico y
ejecuten las mejoras con el fin de minimizar los riesgos eléctricos.
• Establecer un mecanismo de monitoreo de los riesgos identificados.
• Corte del servicio eléctrico por la Concesionaria cuando exista situaciones
de muy alto y alto riesgo eléctrico.
Como resultado de la aplicación del mencionado programa, se determinó
que en el 93% de los Establecimientos Públicos inspeccionados, las instalacio-
nes eléctricas interiores presentaban condiciones de riesgo eléctrico, debido
a las deficiencias e infracciones al CNE, situación que representaba riesgo
de exposición de la población que acude a dichos locales, así como a los
mismos comerciantes. Asimismo, el 12% de los establecimientos estaban con
nivel de muy alto y alto riesgo.
22. 21
3. PLAN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS ELÉctricos
3.1 Aspectos Metodológicos.
Siendo la cantidad de Establecimientos Públicos con instalaciones eléctricas,
de tal magnitud que no permitían abordar el universo de una manera integral,
en una primera etapa al no contarse con estadísticas y herramientas adecua-
das para efectuar dicha labor, se vio la necesidad de desarrollar un esquema
basado en los siguientes aspectos:
• Diseño de un programa informático de Análisis de Riesgos al que se le
denominó “Sis-Riesgo” para el proceso de identificación, evaluación y
cuantificación de los Riesgos Eléctricos en Establecimientos Públicos.
• Acopio de información de la base de datos de Establecimientos Pú-
blicos en Lima Metropolitana y principales provincias y distritos del
país.
• Inspecciones Técnicas a Establecimientos Públicos para identificar los
riesgos eléctricos.
• Evaluación y cuantificación de los riesgos eléctricos, mediante el uso
del programa “Sis-Riesgo”.
• Elaboración de informes técnicos.
• Notificación a los representantes de los Establecimientos Públicos, Mu-
nicipalidad y en algunos casos a la Fiscalía de Prevención del Delito;
adjuntando el informe técnico, donde se consigna los resultados de la
inspección.
• Constatación del avance de las mejoras para minimizar los riesgos
eléctricos (reinspección).
• Monitoreo de los riesgos eléctricos
3.2 Del Programa de Análisis de Riesgos “Sis–Riesgo”.
El programa de análisis de riesgos “Sis-Riesgo”, constituye una herramienta
para el proceso de cuantificación de los riesgos eléctricos en Establecimientos
Públicos.
La metodología utilizada para cuantificar los riesgos, esta basada en una
matriz de riesgos de tres entradas que valora la probabilidad de ocurrencia
utilizando el método cuantitativo para cada uno de sus parámetros.
23. 22
• Probabilidad de ocurrencia (amenaza)
• Exposición (frecuencia)
• Vulnerabilidad (factor de agravación)
La probabilidad de ocurrencia se determina sobre la base de tres criterios de
calificación: Baja, Media y Alta.
La exposición o el factor frecuencia se evalúa tomando en consideración el
número de veces que se presenta la deficiencia en el Establecimiento Público.
La Vulnerabilidad o el factor de agravación de los riesgos (presencia de agua
o humedad, sustancias inflamables y combustibles) también se ha tomado
en cuenta para cuantificar el riesgo para cada una de las observaciones
tipificadas.
Como resultado del análisis descrito, se obtiene el valor o magnitud del riesgo
asociado a cada observación detectada en la inspección al establecimiento
y efectuando la sumatoria correspondiente, se obtiene la cuantificación totali-
zada de los riesgos eléctricos del establecimiento.
El riesgo de electrocución (RE) y el riesgo de origen de incendio (RI) se calcu-
lan como la sumatoria del producto, “Numero de Deficiencias Observadas”
en la instalación por el “probabilidad de ocurrencia” más el “Número de
Presencias de Agua o Humedad” para el caso de riesgo de electrocución ó
“Número de Presencias de Productos y/o Materiales Inflamables y Combusti-
bles” para el caso de riesgo de origen de incendio.
Las fórmulas para obtener el valor del riesgo son las siguientes:
RE = (∑ (Nd x P + Npe)) x Fc
RI = (∑ (Nd x P + Npi)) x Fc
Donde:
RE = Riesgo de Electrocución.
RI = Riesgo de Origen de Incendio.
Nd = Número de Deficiencias Observadas.
P = Probabilidad de ocurrencia.
24. 23
Npe = N° de presencias de agua o humedad para el caso de Riesgo de
electrocución.
Npi = N° de presencias de materiales inflamables y combustibles para el
caso de Riesgo de Origen de Incendio.
Fc = Factor de Conservación de las instalaciones.
El Factor de Conservación (Fc), es un factor que califica el estado de conser-
vación de las Instalaciones Eléctricas (Alimentador, Tablero General, Tableros
Secundarios y Circuitos Derivados) según lo siguiente: Malo = 5, Regular = 2,
Bueno = 0.
El valor del Riesgo Eléctrico del Establecimiento Público (Re) es la suma de los
Riesgos de Electrocución y Riesgo de Origen de Incendio.
Re = (RE+ RI)
Se seleccionaron 6 niveles de riesgo, con los siguientes rangos.
Finalmente el software desarrollado emite un reporte con la siguiente informa-
ción procesada:
• Listado de los peligros eléctricos observados y sus riesgos asociados,
ordenados en orden decreciente de magnitud y en función del valor de
la amenaza que originan.
• Cuantificación totalizada de los riesgos eléctricos observados (riesgo
de electrocución más riesgo de origen de incendio).
Niveles de Riesgo Valor de Riesgo
Riesgo No Significativo 0 - 30
Riesgo Bajo 31 - 100
Riesgo Moderado 101 - 300
Riesgo Medio 301 - 600
Riesgo Alto 601 - 1,000
Riesgo Muy Alto Mayor a 1,000
Tabla Nº 2
25. 24
• Evaluación del riesgo de propagación de incendio.
• Valor final de la cuantificación de los riesgos de electrocución e incen-
dio
• Medios de evacuación del establecimiento
3.3 Acopio de información de Establecimientos Públicos.
Para la recopilación inicial de la información relacionada con la base de
datos de los Establecimientos Públicos, se solicitó información a las Munici-
palidades Provinciales a nivel nacional y se destacó a 3 Inspectores para la
obtención de la información de diferentes fuentes también a nivel nacional.
3.4 Inspecciones Técnicas a los Establecimientos Públicos.
Teniendo en cuenta la información obtenida, se programaron inspecciones
para detectar las deficiencias de las instalaciones eléctricas interiores de los Es-
tablecimientos Públicos, así como recabar la información asociada tales como
rubros de comercialización, característica de la infraestructura de la edifica-
ción, dispositivos de control de fuego, etc. En esta fase también se tuvo en con-
sideración la información sobre las deficiencias en las instalaciones eléctricas,
la presencia de agua o humedad y la presencia de elementos inflamables o
combustibles lo cual es tomado en cuenta para los componentes de los sistemas
eléctricos interiores como son los alimentadores, el tablero general, los tableros
secundarios y los circuitos derivados de la instalación eléctrica.
Para facilitar la labor, se elaboraron dos formatos de campo para ser llenados
por los inspectores durante las visitas de inspección a los establecimientos,
denominados: Formato de Campo “Lista de Verificación para Inspección de
Establecimientos Públicos” y Formato de Campo “Tipificación de Observa-
ciones de Establecimientos Públicos”.
• Formato de Campo: Lista de Verificación para Inspección de Estable-
cimientos Públicos.
El Formato de Campo, Lista de Verificación para Inspección de Estableci-
mientos Públicos, registra información general relacionada con la ubicación,
disposición de la infraestructura como número de pisos, número de puertas,
número de puestos y ambientes en el interior y en la periferia, materiales
predominantes en la construcción, vías de evacuación libres y obstruidas,
26. 25
entre otros; actividades de comercialización agrupados en rubros para eva-
luar la vulnerabilidad de los contenidos respecto al riesgo de propagación
del incendio; riesgos del entorno relacionados con el comercio ambulatorio
circundante a su periferia; e información sobre protección contra incendios,
incluyendo el estado en que se encuentra la referida protección en el rubro
específico de extintores.
• El Formato de Campo: Tipificación de Observaciones de Estableci-
mientos Públicos.
El Formato de Campo, Tipificación de Observaciones de Establecimientos
Públicos, se elaboró en base a las prescripciones del Código Nacional de
Electricidad – Tomo V “Sistema de Utilización”, consideradas necesarias
para la seguridad de la propiedad, el formato contiene prescripciones con
relación a los incumplimientos en las instalaciones eléctricas interiores.
Para registrar la información de las deficiencias en las instalaciones eléctricas
se establecieron tres rubros específicos: primer rubro, “Deficiencia observa-
da”; segundo rubro “Presencia de agua o humedad”; tercer rubro, presencia
de elementos “Inflamables o Combustibles”; y una indicación final sobre el
estado de conservación de las instalaciones, el cual es registrado para los
alimentadores, el tablero general, los tableros secundarios y los circuitos de-
rivados de la instalación eléctrica por el inspector.
3.5 Resultados de las Inspecciones de campo.
Los resultados de las inspecciones de campo realizadas a los 4,342 estable-
cimientos, fueron los siguientes:
El 100% de las instalaciones eléctricas de los Establecimientos Públicos no
utilizan los interruptores diferenciales como elemento de protección, contra
los contactos directos e indirectos.
El 90% de las instalaciones utilizan conductores flexibles. En general las am-
pliaciones y/o modificaciones de las instalaciones eléctricas interiores en los
Establecimientos Públicos se ha ejecutado utilizando conductores flexibles del
tipo “mellizo”, conductor no adecuado para este tipo de instalaciones.
27. 26
FOTOS No 12 y 13: Utilización de conductores flexibles “Tipo Mellizo” en Estable-
cimientos Públicos inspeccionados.
FOTOS N° 14 y 15: Pozos de tierra mantenidos inadecuadamente en Estableci-
mientos Públicos inspeccionados
El 88% de las instalaciones eléctricas de los Establecimientos Públicos no
tienen sistema de puesta a tierra que disminuya el riesgo por electrocución y
los locales que tienen sistema de puesta a tierra no están mantenidos adecua-
damente y en la mayoría de los casos el valor de la resistencia está fuera de
los límites permitidos por el CNE.
FOTO No 11: Los Establecimientos
Públicos inspeccionados no utilizaban
interruptores diferenciales.
28. 27
En el 80% de las instalaciones eléctricas de los Establecimientos Públicos, los
conductores eléctricos no tienen protección contra daños físicos, es decir los
conductores no están empotrados y/o entubados, están expuestos al medio
ambiente y en algunos casos con presencia de humedad y en contacto con
material inflamable.
En el 76% de las instalaciones eléctricas interiores de los Establecimientos
Públicos, los interruptores están instalados sin gabinete de protección y la
mayoría de estos interruptores son del tipo “cuchilla”.
FOTOS N° 16 y 17: Conductores eléctricos sin protección mecánica en
establecimientos públicos inspeccionados.
FOTOS N° 18 y 19: Interruptores tipo “cuchilla” instalados sin gabinete de
protección en establecimientos públicos inspeccionados.
En el 61% de las instalaciones eléctricas interiores de los Establecimientos
Públicos, los interruptores están instalados en lugares no accesibles para su
maniobra.
29. 28
El 50% de las instalaciones inspeccionadas tienen los empalmes mal ejecuta-
dos, los empalmes se han efectuado en forma precaria, tienen el aislamiento
deteriorado o no están embutidos en una caja de pase.
El 32% de Establecimientos Públicos están equipados con interruptores cuya
capacidad en Amperios no es compatible con la capacidad de los conduc-
tores (en la mayoría de los casos sin un adecuado dimensionamiento de los
fusibles, popularmente denominados “plomos”).
FOTOS N° 20 y 21: Interruptores de iluminación están instalados en luga-
res no accesibles para su maniobra en Establecimientos Públicos inspec-
cionados.
FOTOS N° 22 y 23: Empalmes mal ejecutados en Establecimientos Públicos
inspeccionados.
30. 29
Las deficiencias descritas podrían causar electrocución e incendios, por lo
que, propietarios, representantes de los establecimientos y las autoridades
municipales fueron notificadas del grave riesgo en el que se encuentran los lo-
cales de los Establecimientos Públicos, al no tener las instalaciones eléctricas
interiores el nivel necesario de seguridad. En el siguiente gráfico se muestra
el % de las deficiencias en las instalaciones eléctricas en el universo de 4,342
Establecimientos Públicos Inspeccionados.
FOTOS N° 24 y 25: Utilización de Conductores de Cu en lugar de “Plo-
mos” en Establecimientos Públicos inspeccionados.
Gráfico Nº 3
6000
5000
SinInt.Diferenciales
UsoCond.Mellizos
NºdeEstablecimientos
SinPuestaaTierra
Cond.s/protec.mec.
Interrup.sinGabinete
Interrup.Inaccesible
Empal.malejec.
Cap.deInt.Insufic.
4000
3000
2000
1000
0
32%
50%
61%
76%80%
88%
90%100%
Resultados de Inspecciones a Establecimientos Públicos
Periodo 2002 - 2005
31. 30
3.6 Evaluación y cuantificación de los Riesgos Eléctricos, mediante el
uso del “Sis-Riesgo”.
Como resultado de la aplicación del programa “Sis-Riesgo”, a los 4,342
establecimientos públicos inspeccionados durante el periodo del año 2002
al 2005 se estableció el nivel de riesgo correspondiente, cuyo resultado se
muestra en la Tabla No 3, determinándose que 500 establecimientos públicos
se calificaron como de alto y muy alto riesgo.
CANTIDAD DE ESTABLECIMIENTOS POR NIVELES DE RIESGOS
(Periodo 2002 - 2005).
Niveles de Riesgo Valor de Riesgo
Nº de Establecimientos
Públicos
Riesgo No Significativo 0 -30 312
Riesgo Bajo 31 - 100 926
Riesgo Moderado 101 - 300 1,668
Riesgo Medio 301 - 600 936
Riesgo Alto 601 - 1,000 345
Riesgo Muy Alto Mayor a 1,000 155
Total 4,342
Fuente: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
Tabla Nº 3
RiesgoNo
Significativo
NºdeEstablecimientos
RiesgoBajo
Riesgo
Moderado
Riesgo
Medio
RiesgoAlto
RiesgoMuy
Alto
Nivel de Riesgos en Establecimientos Públicos
155
345
936
1,668
926
312
3000
2500
2000
1500
1000
500
0
Nº de Establecimientos Públicos
Gráfico Nº 4
32. 31
3.7 Informes Técnicos y Notificación a los Usuarios y Autoridades.
Las deficiencias detectadas en las inspecciones de campo son explicitadas en
informes técnicos elaborados por los supervisores y notificadas a los propieta-
rios o representantes y a las autoridades municipales, haciendo hincapié del
grave riesgo en el que se encuentran los locales al no tener las instalaciones
eléctricas interiores el nivel necesario de seguridad. Dependiendo del nivel
de riesgo de las instalaciones, en casos de riesgos muy altos se procede al
corte del suministro hasta que se elimine o atenúe el nivel de riego de las
instalaciones a niveles aceptables.
3.8 Monitoreo de los riesgos eléctricos y constatación del avance de las
mejoras para minimizar los riesgos eléctricos.
Con los resultados obtenidos de la aplicación del programa “Sis-Riesgo”,
OSINERG estableció un programa de monitoreo de riesgos eléctricos en Es-
tablecimientos Públicos estableciendo prioridades y frecuencias de visitas de
reinspección a los locales, sobre la base del grado de aceptabilidad de sus
riesgos eléctricos. Este programa de monitoreo denominado “Plan Nacional
de Prevención de Riesgos Eléctricos”, se llevó a cabo a nivel nacional y con-
templó establecimientos públicos como mercados, campos feriales, centros
comerciales, centros educativos, centros de distracción y entretenimiento, co-
liseos deportivos, centros de salud, clínicas, locales de hospedaje masivo,
entre otros.
33. 32
3.9 Inspecciones y Reinspecciones.
Se efectuaron 4,342 Inspecciones y 2,409 Reinspecciones, habiéndose cons-
tatado que 1,660 establecimientos mejoraron sus instalaciones (Tabla N° 4).
FIGURA N° 2: OSINERG inspecciona Establecimientos Públicos.
34. 33
INSPECCIONES Y REINSPECCIONES DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS POR
DEPARTAMENTOS (Periodo 2002 - 2005).
Departamentos Inspecciones Reinspecciones
Establecimientos que
han mejorado sus
instalaciones
AMAZONAS 22 10 8
ÁNCASH 85 35 20
APURÍMAC 37 9 5
AREQUIPA 142 112 90
AYACUCHO 70 30 20
CAJAMARCA 118 48 35
CUSCO 114 75 40
HUANCAVELICA 41 10 5
HUÁNUCO 51 35 25
ICA 68 38 29
JUNÍN 163 90 43
LA LIBERTAD 94 69 37
LAMBAYEQUE 123 87 52
LIMA Y CALLAO 2,703 1470 1083
LORETO 54 19 14
MADRE DE DIOS 22 15 10
MOQUEGUA 38 22 15
PASCO 35 22 15
PIURA 91 48 21
PUNO 67 47 26
SAN MARTÍN 64 32 26
TACNA 56 39 19
TUMBES 23 13 7
UCAYALI 61 34 15
TOTAL 4,342 2409 1660
Fuente: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
Tabla Nº 4
577
1083
939
1470
1639
2703
4000
3500
3000
2500
2000
1500
1000
500
0
Inspecciones Reinspecciones
Departamentos de Lima
Resto de Departamentos
Mejora de Establecimientos
Supervisión de Establecimientos Públicos
(Periodo 2002 - 2005)
35. 34
En el periodo 2002 – 2005, de las 4,342 Inspecciones efectuadas, 2,703 correspon-
den Lima y Callao, mientras que 1,639 corresponden a Provincias (Tabla No 5).
INSPECCIONES POR TIPO DE ESTABLECIMIENTO (Periodo 2002 - 2005)
Descripción Lima
Otros
Departamentos
Total
Mercado de Abastos 1,381 303 1,684
Supermercados, Minimarkets y similares. 151 37 188
Campo Ferial 183 46 229
Centro Comercial 435 233 668
Colegios, Institutos, Universidades y
Otros Centros Educativos
358 369 727
Hospital, Clínica, Centro de Salud 48 84 132
Hotel, Hostal 36 175 211
Otros 111 392 503
Total 2,703 1,639 4,342
Fuente: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
Tabla Nº 5
Tabla Nº 6
1,381
1,600
1,400
1,200
Mercadode
Abastos
Supermercados
CampoFerial
Centro
Comercial
Centros
Educativos
Centrosde
Salud
Hotel,Hostal
Otros
1,000
800
600
400
200
0
151 183
4637
Inspecciones por Tipo de Establecimiento
(Periodo 2002 - 2005)
Lima
Otros Departamentos
303
435
233
369
48
84
36
175
392
111
358
3.10 Atenuación del Alto Riesgo Eléctrico en Establecimientos Públicos.
(Periodo 2002-2005).
A diciembre del 2005, de los 500 establecimientos calificados de muy alto y
alto riesgo, 442 establecimientos estaban con riesgo eléctrico atenuado, de
36. 35
ATENUACIÓN DEL RIESGO ELÉCTRICO EN ESTABLECIMIENOS PÚBLICOS
(Periodo 2002 - 2005).
Nivel de Riesgo Estado de las instalaciones Lima
Otros
Departamentos
Total
Bajo y no
significativo
Han concluido con las
mejoras de las instalaciones
105 66 171
Moderado y
medio
Avances significativos en las
mejoras de las instalaciones
174 85 259
No hay riesgo
Establecimientos Públicos con
corte del servicio eléctrico
4 6 10
No hay riesgo
Establecimientos Públicos
clausurados
2 0 2
Total de establecimientos Públicos con riesgo
eléctrico atenuado
285 157 442
Fuente: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
Tabla Nº 6
174
85
66
105
6 6
Lima
Otros Departamentos
Atenuación de Riesgo Eléctrico en Establecimientos Públicos
(Periodo 2002 - 2005)
200
180
160
140
120
100
80
60
40
20
0
Bajo y no significativo Moderado y medio No hay riesgo
ellos 171 establecimientos han concluido con las mejoras de las instalaciones
eléctricas minimizando los riesgos eléctricos a niveles de riesgo no significa-
tivo o bajo; 259 establecimientos han efectuado avances sustanciales en las
mejoras de sus instalaciones eléctricas minimizando los riesgos eléctricos a
niveles de riesgo medio o moderado. Tabla N° 6.
Gráfico Nº 7
37. 36
3.11 Cortes del Servicio Eléctrico a Establecimientos Públicos por Alto
Riesgo Eléctrico. (2002-2005)
Por representar alto riesgo eléctrico o porque el representante o propietario
no realizó las correcciones pertinentes de sus instalaciones, a pesar de las
notificaciones sobre riesgo eléctrico alto, durante el periodo 2002 al 2005,
se dispuso el corte del servicio eléctrico a 107 Establecimientos Públicos, de
las cuales a 97 se ha repuesto el servicio eléctrico luego que han minimizado
los riesgos eléctricos. Tabla N° 7.
CORTES DE SERVICIO ELÉCTRICOS A ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS.
(Periodo 2002 - 2005).
Estado del establecimiento Lima O�����tros
Departamentos
Total
Total cortes dispuestos por OSINERG 57 50 107
Establecimientos con el servicio
eléctrico repuesto
51 46 97
Establecimientos con corte del
servicio eléctrico
6 4 10
Fuente: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
Tabla Nº 7
57
50
46
51
6 4
Lima Otros Departamentos
Corte de Servicio Eléctrico a Establecimientos Públicos
(Periodo 2002 - 2003)
70
60
50
40
30
20
10
Total de cortes dispuestos
por OSINERG
Con suministro
repuesto
Con suministro
cortado
0
Gráfico Nº 8
38. 37
FIGURA N° 3: Corte del Servicio Eléctrico a Establecimientos Públicos por Alto Riesgo.
FIGURA N° 4: Corte de Servicio eléctrico a Centros Educativos por alto riesgo eléctrico.
39. 38
3.12 Participación de otros Organismos y Autoridades.
En el año 2005, la Comisión Consultiva y Ejecutiva de las Zonas de Alto
Riesgo del Cercado y Centro Histórico de Lima, creada por la Municipalidad
de Lima mediante Decreto de Alcaldía No 152 del 8 de agosto del 2003,
incorporó como miembro a OSINERG mediante decreto de Alcaldía N° 181
del 14 de noviembre de 2003, e inspeccionó 250 establecimientos, ubicados
en el Cercado de Lima.
También en algunas Regiones donde OSINERG tiene oficinas Regionales, se
han efectuado inspecciones conjuntas a Establecimientos Públicos, con par-
ticipación de OSINERG, INDECI, FISCALÍA DE PREVENCIÓN DEL DELITO,
MUNICIPALIDADES PROVINCIALES, PNP y Cia. DE BOMBEROS a fin de au-
nar esfuerzos dentro del ámbito de sus competencias, lográndose una mayor
eficiencia en las intervenciones utilizando menores recursos.
FIGURA N° 5: Inspecciones conjuntas con otros organismos y autoridades a
Establecimientos Públicos.
40. 39
3.13 Participación de Responsables y/o Usuarios de Establecimientos
Públicos.
Algunos Responsables de Establecimientos Públicos una vez que tomaron
conocimiento de las deficiencias de sus instalaciones efectuaron las correc-
ciones, mientras que otros esperaron las medidas punitivas como es el corte
del servicio para recién tomar conciencia de la problemática y solucionarla.
Cabe señalar que esta última medida cuenta con la aprobación de la ciu-
dadanía en general al estar salvaguardándose la vida de las personas que
acuden a los locales y de quienes trabajan en ellos.
A continuación se muestran algunas vistas fotográficas como ejemplos de
instalaciones eléctricas en locales antes y después de los cortes de servicio.
• CENTROS EDUCATIVOS.
ANTES: Instalación de tableros en forma
precaria.
AHORA: tablero con llaves termomag-
néticas correctamente instalado.
ANTES: Tableros con llaves de cuchilla en
mal estado.
AHORA: Tableros con llaves termomág-
neticas en buen estado.
41. 40
• MERCADOS DE ABASTOS.
ANTES: Interruptores con contactos con
tensión expuestos a los estudiantes.
AHORA: Interruptores en buen estado
y correctamente instalados.
ANTES: Tomacorrientes con alambres
con tensión expuestos a los estudiantes.
AHORA: Tomacorrientes en buen estado y
correctamente instalados.
ANTES: Instalaciones defectuosas. AHORA: Instalaciones correctamente
instaladas.
42. 41
• CENTROS COMERCIALES.
ANTES: Instalaciones precarias. AHORA: Instalaciones correctamente insta-
ladas.
ANTES: Instalaciones defectuosas. AHORA: Instalaciones en buen estado y co-
rrectamente instaladas.
ANTES: Instalaciones defectuosas. AHORA: Instalaciones en buen estado y co-
rrectamente instaladas.
43. 42
4. NUEVO PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN BASADO EN
INDICADORES.
Como se ha podido comprobar con el esquema de supervisión desarrollado en
la primera etapa, se ha logrado grandes avances en la mitigación del riesgo
eléctrico en Establecimientos Públicos, lográndose que más de 1,600 minimiza-
ran los riesgos eléctricos, lo que ha beneficiado a la población por tratarse de
establecimientos con gran infraestructura, de gran afluencia de público y con
instalaciones eléctricas riesgosas.
La nueva tarea emprendida luego de la experiencia lograda, nos enfrenta al reto
de lograr la inspección de las instalaciones eléctricas de los aproximadamente
180,000 establecimientos públicos existentes, a la fecha en el país en un periodo
de tiempo adecuado, por lo que OSINERG, en aplicación de la nueva estrategia
de supervisión basada en indicadores acorde con su plan estratégico, el 11
de Mayo del 2005, aprobó el nuevo procedimiento N° 084-2005-OS/CD de
“Supervisión para la seguridad de las instalaciones eléctricas en establecimientos
públicos”, que establece que la responsabilidad de mantener las instalaciones
eléctricas interiores en buenas condiciones corresponde a los que realizan activi-
dades en el interior del establecimiento.
Por otra parte, el Decreto Supremo N° 104-2005-PCM, establece que el SINA-
DECI es la entidad responsable de las inspecciones de seguridad de las instala-
ciones eléctricas en Establecimientos Públicos. La parte del informe de seguridad
relativa a las instalaciones eléctricas que emite el SINADECI, se denomina “Ex-
tracto del Informe Técnico” (EIT).
El procedimiento se inicia cuando las Concesionarias envían a OSINERG la base
de datos con la información actualizada de los Establecimientos Públicos, con los
que tiene contrato de suministro.
OSINERG evaluará la información presentada por las Concesionarias y determi-
nará los establecimientos que estarán obligados a obtener el EIT de las instalacio-
nes eléctricas emitido por el órgano correspondiente del SINADECI y remitirá a
las respectivas Empresas Concesionarias la relación de estos establecimientos, a
fin de que notifiquen a los responsables de los suministros obligados a presentar
el mencionado EIT.
En el año 2006, el plazo máximo de presentación del EIT por parte de los esta-
blecimientos notificados es el 30 de diciembre; la concesionaria está autorizada
para efectuar el corte del servicio eléctrico a los establecimientos que no cum-
plan con presentar el EIT en el plazo previsto.
44. 43
El nuevo esquema de supervisión se muestra en el diagrama de flujo siguien-
te:
4.1 Indicadores Para Supervisión de la Seguridad de Instalaciones
Eléctricas en Establecimientos Públicos.
Para la supervisión de la seguridad de las instalaciones eléctricas en los Esta-
blecimientos Públicos y el cumplimiento del buen estado de las instalaciones
eléctricas interiores por parte de los responsables, se estableció el indicador
de Establecimientos Públicos que pasaron la inspección técnica de sus insta-
laciones eléctricas evidenciadas por el correspondiente EIT.
El indicador es el siguiente:
% EPEIT = (EPEIT/ EPNC) x 100
Donde.
EPEIT: Número de Establecimientos Públicos que presentaron a la Concesio-
naria el EIT.
DIAGRAMA DE FLUJO PARA EL PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA SEGURIDAD DE LAS
INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
Presenta EIT
Notifica en recibo que debe obtener el EIT
SolicitaelEIT
EntregadeBDconlainformaciónactualizadadeEP
EntregaelEIT
RemiterelacióndeEP
obligadosaobtenerEIT
RESPONSABLES
O
USUARIOS
ORGANO DEL
SISTEMA
NACIONAL DE
DEFENSA CIVIL
SINADECI
SUPERVISIÓN
Efectúa
Corte
CONCESIONARIA
OSINERG
EP CON RIESGO GRAVE
(NO PRESENTARON EIT)
EP: Establecimientos Públicos
EIT: Extracto del Informe Técnico
45. 44
EPNC: Número de Establecimientos notificados por la Concesionaria para
que presenten EIT.
También se determina que para los establecimientos notificados por la conce-
sionaria que no presenten el EIT dentro del plazo, se les cortará el suministro
eléctrico hasta su presentación.
EPCCS = EPNC – EPEIT
EPCCS: Número de establecimientos a las que la Concesionaria debe cortar
el servicio eléctrico.
4.2 Cronograma de actividades para la implantación del Procedimiento.
El cronograma para la implantación del procedimiento se muestra en el cua-
dro siguiente, habiéndose ya cumplido las seis primeras actividades.
Actividades
2006
ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SET OCT NOV DIC
Modificación del procedimiento Nº
84-2005-OS/CD, en concordancia con el
D.S. 104-2005-PCM
60 40
Recepción de la base de datos con la
información actualizada de los estableci-
mientos, entregada por los concesionarios.
100
Evaluación y elaboración de la relación de
establecimientos que estarán obligados a
presentar el Extracto del Informe Técnico
50 50
Remisión a las concesionarias la relación
de establecimientos, a fin de que éstas
notifiquen a los responsables para que
presenten el Extracto del Informe Técnico
100
Notificación por parte de las Concesio-
narias a los responsables de los estableci-
mientos, a través del recibo de consumo
de energía eléctrica
100
Difusión y capacitación 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10
Fecha máxima para la presentación del
Extracto del Informe Técnico a la Concesio-
naria, por parte de los responsables
100
Figura Nº 6
Cronograma y Avances en porcentajes
UDAP-GFE
46. 45
4.3 Organización de la base de datos y soporte informático
Para efectos de la aplicación del procedimiento, se desarrolló las siguientes
actividades:
• Organización de la base de datos de los establecimientos.
• Desarrollo de un programa informático para el procedimiento de la
supervisión.
• Control de establecimientos que presentan su EIT y de los que incum-
plen.
• Control de establecimientos con corte del servicio eléctrico.
Asimismo, la determinación de la muestra representativa para la supervisión,
se efectuará mediante la aplicación de técnicas estadísticas.
4.4 Criterios para la selección de establecimientos a ser notificados.
Se ha determinado que inicialmente los establecimientos que presentarán su
EIT, serán los de mayor consumo de potencia promedio.
Así, durante el presente año 2006, se notificó a 2,800 Establecimientos Pú-
blicos y en los próximos años se incrementarán paulatinamente los estableci-
mientos notificados hasta alcanzar a todos los Establecimientos Públicos.
4.5 Plan de difusión y capacitación
Se efectuaron las siguientes acciones de difusión.
• Elaboración del folleto del nuevo procedimiento.
• Programa intensivo de difusión del procedimiento para promover la
participación de los responsables de los establecimientos públicos y
de la ciudadanía.
• Programación de eventos en coordinación con las municipalidades
provinciales y distritales, Defensoría del Pueblo y los órganos compo-
nentes del Sistema Nacional de Defensa Civil – SINADECI.
47. 46
4.6 Coordinación con el SINADECI
Se están realizando continuamente coordinaciones con representantes del
SINADECI a fin de analizar su capacidad para inspeccionar y emitir los EIT y
determinar la cantidad de establecimientos a ser notificados cada período.
4.7 Resultados Esperados de la Aplicación del Procedimiento: año 2007
En el transcurso del año 2006, se notificó a 2,800 establecimientos y se
espera que como mínimo 1,400 establecimientos presenten el Extracto del
Informe Técnico (EIT).
Considerando la capacidad actual del SINADECI para emitir el EIT, se imple-
mentará el procedimiento por etapas:
• En el año 2006, fueron notificados por las concesionarias aproxima-
damente 2,800 establecimientos, para que los responsables presenten
el Extracto del Informe Técnico (EIT).
• En el año 2007, serán notificados por las concesionarias aproximada-
mente 10,000 establecimientos, para que los responsables presenten
el Extracto del Informe Técnico (EIT).
• El año 2008 y siguientes, serán notificados todos los establecimientos
de la base de datos informadas por las empresas concesionarias.
48. 47
5.IMPACTOESPERADOENLASOCIEDADCONLAAPLICACION
DEL NUEVO PROCEDIMIENTO
Cumplida la primera etapa de supervisión de los establecimientos públicos,
donde se logró avances contándose con el apoyo de las autoridades y la ciu-
dadanía, se logró conjurar los riesgos inmediatos al haberse inspeccionado
4,342 establecimientos públicos, consiguiéndose que 1,660 establecimien-
tos mejoraran sus instalaciones de un estimado de 15,000 establecimientos
de alta afluencia de público incluyéndose entre ellos 442 que inicialmente se
encontraban en situación de Alto Riesgo. El nuevo reto es lograr la inspec-
ción de la totalidad de establecimientos públicos existentes a nivel nacional,
cuya supervisión y Fiscalización por la magnitud del trabajo requiere de la
implementación del nuevo procedimiento aprobado, que se basa en técnicas
estadísticas a través de muestreos aleatorios.
Con el procedimiento se pretende tener un enfoque proactivo al exigirse a
los responsables de los establecimientos tener sus instalaciones en buenas
condiciones para obtener su certificación.
Además al efectuarse las notificaciones a través de las concesionarias, se
logrará llegar a todo el universo de Establecimientos Públicos independiente-
mente del nivel de riesgo.
Finalmente se pretende también que las instalaciones eléctricas de los Esta-
blecimientos Públicos se encuentren permanentemente en buen estado y que
se mantengan así a través del tiempo, brindando seguridad tanto al público
usuario como al personal que labora en los locales, disminuyendo el riesgo
de electrocución e incendio.
52. 51
PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISIÓN
DE LA SEGURIDAD DE INSTALACIONES
ELÉCTRICAS EN ESTABLECIMIENTOS
PÚBLICOS
RESOLUCIÓN OSINERG N° 084-2005-OS/CD
( Con las modificatorias introducidas por
RESOLUCIÓN OSINERG N° 092-2006-OS/CD )
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
Lima - Perú
2006
53.
54. 53
I. OBJETIVO
Establecer el procedimiento para la supervisión de la seguridad de las ins-
talaciones eléctricas en los Establecimientos Públicos y establecer las obliga-
ciones de los responsables de estos establecimientos para que mantengan en
buen estado las instalaciones eléctricas interiores.
II. ALCANCES
El presente procedimiento establece las responsabilidades de cada uno de los
entes involucrados, en relación al cumplimiento del buen estado de las instala-
ciones eléctricas en Establecimientos Públicos. Los entes involucrados son:
• Responsables de los Establecimientos Públicos.
• Concesionarias de distribución eléctrica.
• Órgano componente del Sistema Nacional de Defensa Civil – SINADECI.
III. BASE LEGAL
• Ley N° 26734 - Ley de Creación de OSINERG.
• Ley N° 27332 - Ley Marco de Organismos Reguladores de la Inversión
Privada en Servicios Públicos.
• Ley N° 27632 - Ley que modifica la función normativa de OSINERG.
• Ley N° 27699 - Ley de Fortalecimiento Institucional de OSINERG.
• Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
• Ley N° 28151 – Ley que modifica diversos artículos de la Ley N° 26734,
Ley de Creación de OSINERG.
• Reglamento General de OSINERG aprobado por el Decreto Supremo N
054-2001-PCM - artículos 21°, 22° y 23°.
• Decreto Supremo N° 007-2005-PCM – Modifica artículos del Reglamento Ge-
neral del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM.
• Ley de Concesiones Eléctricas - Ley N° 25844, artículos 31° e) y 90° c).
• Reglamento de la Ley de Concesiones – aprobado por el Decreto Supremo
N° 009-93-EM.
• Código Nacional de Electricidad Utilización (Tomo V) o el que lo reemplace.
55. 54
IV. GLOSARIO DE TÉRMINOS
Cuando en el presente procedimiento se utilicen los siguientes términos en
singular o plural se deberá entender por:
• Concesionaria: Entidad que cuenta con contrato de concesión de distribu-
ción eléctrica suscrito con el Ministerio de Energía y Minas para brindar el
servicio público de electricidad dentro de un área determinada.
• Código Nacional de Electricidad - Utilización: Norma Técnica que establece
las prescripciones necesarias para la seguridad de las personas y de la
propiedad frente a los peligros por el uso de electricidad.
• Establecimiento Público: Establecimiento con acceso permitido al público
que provee u ofrece sus servicios, instalaciones o bienes al público en ge-
neral.
• Extracto de Informe Técnico: Documento numerado expedido/entregado
por el órgano componente del Sistema Nacional de Defensa Civil, contiene
el Extracto del informe de inspección técnica de seguridad, respecto a la
evaluación de las condiciones de seguridad de las instalaciones eléctricas
del establecimiento público.
• Inspector Técnico: Ingeniero electricista o mecánico electricista colegiado
con cinco (5) años de experiencia profesional, con conocimiento de la
Doctrina de Defensa Civil y con buena conducta demostrada con certifica-
dos de antecedentes penales y judiciales. La participación profesional será
autorizada por INDECI o de sus órganos desconcentrados.
• Instalación Eléctrica Interior: Instalación que va después del medidor de
energía y se distribuye por el interior del establecimiento hasta los puntos
de salida para tomacorriente, alumbrado u otro. Pueden ser en media y/o
baja tensión.
• Responsable del Establecimiento Público: Persona natural o jurídica, propie-
tario o conductor del Establecimiento Público, que tiene la responsabilidad
del pago por el suministro eléctrico ante la Concesionaria de Electricidad
(en adelante denominado “Responsable”). En el caso de galerías, merca-
dos, centros comerciales u otros locales de similares características, donde
existan más de dos suministros eléctricos, se tendrá por Responsable al
representante legal, o quien haga sus veces.
• Riesgo Eléctrico: Probabilidad de ocurrencia de un contacto directo o indi-
56. 55
recto con una instalación eléctrica que pueda ocasionar daño personal o
material.
• Supervisor de OSINERG: Profesional autorizado por OSINERG para efec-
tuar la supervisión y fiscalización de las instalaciones eléctricas en cum-
plimiento a lo establecido en la Ley de Creación del OSINERG y normas
complementarias.
• Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI: Sistema constituido jerárqui-
camente por el Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, y sus órganos
desconcentrados, los Comités Regionales, Provinciales y Distritales; las Ofi-
cinas de defensa Civil Regionales y Subregionales, Sectoriales, Instituciona-
les de las Empresas del Estado y de los Gobiernos Locales.
TÍTULO PRIMERO
DE LA RESPONSABILIDAD POR LA SEGURIDAD
1.1 De la Responsabilidad, de la Identificación y Notificación a los Estableci-
mientos Públicos.
1.1.1 La responsabilidad de mantener las instalaciones eléctricas interiores
en buenas condiciones de funcionamiento de los Establecimientos Públicos
para no poner en riesgo la seguridad de los trabajadores y de las personas
que acuden al establecimiento, corresponde a los que realizan actividades en
su interior, quienes deberán cumplir con las prescripciones establecidas en el
Código Nacional de Electricidad - Utilización y demás normas vigentes.
1.1.2 Los Responsables deberán obtener anualmente el Extracto del Informe
Técnico (en adelante EIT), expedido por el órgano competente del Sistema
Nacional de Defensa Civil.
1.1.3 Para que OSINERG pueda elaborar la relación de los establecimien-
tos públicos que estarán obligados a contar con el EIT, las Concesionarias
de distribución enviarán a OSINERG, la base de datos con la información
actualizada de los establecimientos señalados en la Tabla N° 1, con los que
tiene contrato de suministro. El plazo para presentar la referida información
actualizada al mes anterior será los días 15 de enero y 15 de julio de cada
año. El formato para la presentación de la información lo definirá la Gerencia
de Fiscalización Eléctrica.
57. 56
1.1.4 OSINERG evaluará la información presentada por las Concesionarias
y determinará los establecimientos que estarán obligados a obtener el EIT.
1.1.5. OSINERG, remitirá a las respectivas empresas Concesionarias la rela-
ción de establecimientos, a fin de que estas notifiquen a los responsables de
los suministros obligados a obtener sus respectivo EIT.
1.1.6 La notificación a los responsables de los establecimientos públicos por
parte de las Concesionarias, se realizará a través del recibo de consumo de
energía eléctrica, que contará con las formalidades de la notificación per-
sonal que establece la Ley N° 27444. En todo caso, OSINERG considerará
que el establecimiento ha sido notificado el día que se efectúa el pago del
respectivo recibo de consumo.
1.1.7. La fecha máxima para la presentación de una copia del EIT a la Con-
cesionaria, por parte de los responsables de los establecimientos públicos
está establecida en la Tabla N° 1, y será consignada también por la conce-
Código Actividad del Establecimiento
Plazo máximo de
presentación del EIT
100
Mercados de abastos, centros comerciales,
ferias, galerías, supermercados y similares.
31 de octubre de cada año
200
Colegios, Institutos educativos, Universidades
y otros Centros educativos similares.
31 de enero de cada año
300
Hospitales, Clínicas, centros de salud u
hospitalarios y similares.
28 de febrero de cada año
400
Centros de recreación tales como: discotecas,
salas de juego, casino, juegos electromecá-
nicos, clubes nocturnos, bares, restaurantes y
similares.
28 de febrero de cada año
500
Locales de espectáculos y diversión como
estadios, coliseos, complejos deportivos,
piscinas, gimnasios y clubes, teatros, y cines y
otros similares.
28 de febrero de cada año
600
Terminales de autobuses, de ferrocarriles,
puertos y aeropuertos.
28 de febrero de cada año
700
Edificios y recintos administrativos de todo
tipo, tales como sedes de Instituciones del go-
bierno, central, regional y local; instituciones
financieras y bancarias y otras similares.
28 de febrero de cada año
800
Otros establecimientos calificados por
OSINERG.
28 de febrero de cada año
Tabla Nº 1
58. 57
sionaria en la notificación a que hace referencia el numeral anterior y en el
recibo de consumo de energía del mes anterior a dicho vencimiento.
1.1.8 Si al vencimiento del plazo máximo de presentación, el responsable no
cumpliera con presentar el EIT, se considerará que las instalaciones eléctricas
del establecimiento no han aprobado la certificación y presentan condiciones
de riesgo eléctrico. En estos casos la concesionaria con la finalidad de evitar
y prevenir accidentes que puedan afectar la vida y la salud de las personas
que trabajan y concurren a dichos establecimientos, quedará autorizada a
efectuar el corte del servicio de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.3.1.
de la presente norma.
1.2 Procedimiento para la obtención del EIT
1.2.1 Los Responsables de los Establecimientos Públicos notificados, deberán
presentar ante el órgano componente del Sistema Nacional de Defensa Civil
su solicitud para obtener el EIT.
1.2.2 El órgano competente del Sistema Nacional de Defensa Civil, una vez
recibida la solicitud, tendrá 15 días útiles para emitir el EIT o para denegarlo,
para lo cual deberá realizar previamente una inspección en el establecimien-
to solicitante, con el objeto de establecer el estado de las instalaciones eléctri-
cas interiores, y si estas cumplen con lo dispuesto en el Código Nacional de
Electricidad – Utilización y si constituyen o no un riesgo para las personas.
1.2.3 El órgano competente del Sistema Nacional de Defensa Civil, levanta-
rá un Acta de la inspección donde se incluirán todas las pruebas que corres-
pondan. Bajo responsabilidad, el órgano componente del Sistema Nacional
de Defensa Civil sólo otorgará el EIT en caso que las instalaciones eléctricas
del establecimiento inspeccionado cumplan con el Código Nacional de Elec-
tricidad - Utilización, e informará a la Concesionaria y a OSINERG en la for-
ma y medios que establezca la Gerencia de Fiscalización Eléctrica. Una vez
obtenido el EIT, éste debe exhibirse en un lugar visible del establecimiento.
1.2.4 Para los Establecimientos Públicos que cuentan con más de un sumi-
nistro eléctrico (Ejemplo mercados, galerías, campos feriales), estos deberán
obtener un sólo EIT.
1.3 Facultades y Obligaciones de la Concesionaria
Independientemente de las obligaciones citadas anteriormente, las Concesio-
59. 58
narias tendrán las siguientes facultades y obligaciones:
1.3.1 Para efectos de la presente Directiva, se considerará que las instala-
ciones eléctricas interiores de los establecimientos notificados, representan un
riesgo eléctrico grave, cuando no hayan presentado a la concesionaria el EIT
en el plazo máximo establecido por lo que, de acuerdo a lo establecido en el
numeral 1.1.8 de la presente norma, la Concesionaria quedará autorizada a
cortar el suministro eléctrico.
1.3.2 El servicio será reconectado aplicando lo establecido en el artículo
179° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, siempre que el
Responsable cumpla con presentar el EIT. Los plazos de reposición serán los
previstos por las normas vigentes para los cortes por falta de pago.
1.3.3 Las Concesionarias, en caso de Cortes y Reconexiones, aplicarán lo
previsto por la Resolución OSINERG N° 095-2004-OS/CD o la que la modi-
fique y/o complemente.
1.3.4 Mantener actualizada en su página Web la base de datos de todos los
Establecimientos Públicos notificados, de acuerdo al formato contenido en el
Anexo 1 de la presente Resolución.
2. TÍTULO SEGUNDO
SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN POR PARTE DE OSINERG
2.1. OSINERG emitirá las Directivas de supervisión, fiscalización y sanciones
para el cumplimiento del presente procedimiento por parte de las Concesio-
narias y establecimientos públicos.
4. TÍTULO CUARTO
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
4.1. Los establecimientos que están incluidos en la base de datos de OSI-
NERG que corresponde al Programa de Zonas de Alta Afluencia de Público
que mantienen sus instalaciones en mal estado, serán clasificadas como Esta-
blecimiento Público de Riesgo, y se les aplicará el presente Procedimiento.
4.2 La Gerencia de Fiscalización Eléctrica, por motivos debidamente justifi-
cados, queda autorizada a modificar los plazos de entrega de los EIT de los
establecimientos públicos que figuran en la Tabla N° 1.
62. Organismo Supervisor de la Inversión en Energía
Documento
de Trabajo Nº 04-GFE
Supervisión de la Seguridad
de Instalaciones Eléctricas en
Establecimientos Públicos en el Perú
Supervisión de la Seguridad de Instalaciones
Eléctricas en Establecimientos Públicos en el Perú
La Misión de OSINERG es supervisar el correcto abastecimiento de energía, regular
eficientemente los servicios públicos de electricidad y gas natural e impulsar el desarrollo
normativo del sector, actuando para ello con autonomía y transparencia.
La Visión es lograr como organismo regulador que la provisión de energía en el país
cubra permanentemente las necesidades de la población en forma eficiente, equitativa,
segura y protegiendo el medio ambiente; alcanzando la confianza y reconocimiento de
la sociedad.
Dentro de este contexto OSINERG tiene como uno de sus objetivos estratégicos
supervisar el cumplimiento de las disposiciones técnicas y legales del subsector
electricidad, referidas a la seguridad y riesgos eléctricos, por parte de los responsables
de los establecimientos públicos relacionadas con el buen funcionamiento de las
instalaciones eléctricas internas, a fin de garantizar la seguridad de las personas que
trabajan o asisten al establecimiento.
La metodología implementada por el OSINERG para lograr ese objetivo se expone en
la presente publicación.
SupervisióndelaSeguridaddeInstalacionesEléctricasenEstablecimientosPúblicosenelPerú
Antes DespuésAntes Después
Gerencia de Fiscalización Eléctrica