El documento describe los principales aspectos de la ejecución presupuestaria en el sector público, incluyendo las responsabilidades en el control presupuestario, la aprobación y estructura del presupuesto institucional de apertura, la clasificación funcional programática, tipos de ejecución presupuestaria, fases del gasto público, calendario de compromisos institucionales, certificación de crédito presupuestario, compromiso, devengado y pago. También explica los clasificadores, modificaciones presupuestarias, incorporación
2. Responsabilidades
La Oficina de Presupuesto o la que haga
sus veces en el pliego presupuestario y los
responsables de la administración del
presupuesto de las unidades ejecutoras,
son responsables en el ámbito de sus
competencias del control presupuestario,
debiendo tomar para dicho fin las
siguientes pautas
3. APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO
Los Presupuestos Institucionales de
Apertura correspondientes a los
pliegos del Gobierno Nacional se
aprueban a más tardar el 31 de
diciembre de cada año fiscal.
Los Gobiernos Regionales, los Gobiernos
Locales, sus organismos públicos
descentralizados y sus empresas; el Fondo
Nacional de Financiamiento de la Actividad
Empresarial del Estado - FONAFE y sus
empresas promulgan o aprueban también
su PIA el 31 de diciembre de cada año
fiscal.
4. La resolución aprobatoria del Presupuesto Institucional
de Apertura debe estar detallada a nivel de Ingresos y
de Egresos, por Unidad Ejecutora, de ser el caso, por
Función, Programa, Subrograma, Actividad, Proyecto,
Categoría de Gasto, Grupo Genérico de Gasto y Fuente
de Financiamiento.
En caso de que el Consejo Regional o Concejo Municipal
no aprueben sus presupuestos dentro del plazo fijado,
el Titular del Pliego mediante la Resolución
correspondiente aprobará, en un plazo que no excederá
de los cinco (5) días calendario siguientes de iniciado el
año fiscal, el proyecto de presupuesto que fuera
propuesto al Consejo o Concejo, respectivamente
5. ESTRUCTURA DE LOS GASTOS PÚBLICOS
La Clasificación Funcional
Programática: Agrupa los créditos
presupuestarios desagregados en
funciones, programas y
subprogramas. A través de ella se
muestran las grandes líneas de acción
que la Entidad desarrolla en el
cumplimiento de las funciones
primordiales del Estado y en el logro
de sus Objetivos y Metas
contempladas en sus respectivos
Planes Operativos Institucionales y
Presupuestos Institucionales durante
el año fiscal.
6. Tipos de Ejecución Presupuestal de la Actividades,
Proyectos y Componentes
Ejecución Presupuestaria Directa: Se produce cuando
la Entidad con su personal e infraestructura es el
ejecutor presupuestal y financiero de las Actividades y
Proyectos así como de sus respectivos Componentes.
Ejecución Presupuestaria Indirecta: Se produce
cuando la ejecución física y/o financiera de las
Actividades y Proyectos así corto de sus respectivos
Componentes, es realizada por una Entidad distinta
al pliego; sea por efecto de un contrato o convenio
celebrado con una Entidad privada, o con una
Entidad pública, sea a título oneroso o gratuito.
7. FASE DE EJECUCIÓN DEL GASTO PÚBLICO
Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada
(PPTM)
La Previsión Presupuestaria Trimestral
Mensualizada (PPTM) es un instrumento
para la ejecución del gasto público de corto
plazo en los pliegos presupuestarios, que
determina las cuotas trimestrales
mensualizadas que actúan como techo o
nivel máximo a gastar por las entidades del
Gobierno Nacional y los Gobiernos
Regionales, en el marco de la disciplina
fiscal y el Marco Macroeconómico
Multianual.
8. La PPTM es determinada por la Dirección
Nacional del Presupuesto Público con cargo a la
Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios.
Dicha determinación es realizada tomando
como referencia la información contenida
en la Programación Mensual actualizada
efectuada por los pliegos presupuestarios.
La PPTM rige para el trimestre respectivo, los
saldos no utilizados durante el primer o
segundo mes son acumulables para los dos
últimos meses del trimestre.
9. CALENDARIO DE COMPROMISOS INSTITUCIONAL (CCI)
El CCI es aprobado por el Titular del pliego o por
quién este
delegue, a propuesta de los Jefes de las Oficinas
Generales de Administración y de Presupuesto,
respectivamente, o los que hagan sus veces, a nivel
de pliego presupuestario o unidad ejecutora, de ser
el caso, Genérica del Gasto y Fuente de
Financiamiento.
Dentro de los limites de los montos aprobados en el
CCI, la Oficina de Tesorería o la que haga sus veces
efectúa los pagos.
10.
11. LA CERTIFICACIÓN DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO
Las unidades ejecutoras a través del responsable de la
administración de su presupuesto, emiten en
documento la certificación del crédito presupuestario,
para cuyo efecto, la Oficina de Presupuesto o la que
haga sus veces en el pliego presupuestario, dicta los
procedimientos y lineamientos que considere
necesarios, referidos a la información, documentos y
plazos que deberá cumplir la unidad ejecutora para
llevar a cabo la citada certificación. Dicho documento
de certificación debe contener como requisito
indispensable para su emisión, la información relativa
al marco presupuestal disponible que financiará el
gasto.
12. La certificación de crédito presupuestario es
expedida a solicitud del responsable del área que
ordena el gasto o de quien tenga delegada esta
facultad, cada vez que se prevea realizar un gasto,
contratar y/o adquirir un compromiso.
13. El Compromiso
El compromiso es el acto de administración mediante
el cual el funcionario facultado a contratar y
comprometer el presupuesto a nombre de la entidad
acuerda, luego del cumplimiento de los trámites
legalmente establecidos, la realización de gastos
previamente aprobados, por un importe
determinado o determinable, afectando total o
parcialmente los créditos presupuestarios, en el
marco de los presupuestos aprobados y las
modificaciones presupuestarias realizadas.
14. El compromiso se sustenta con lo siguiente:
En materia de
adquisiciones y
contrataciones de
bienes, servicios y
obras
con el respectivo contrato, en
donde se establece las
obligaciones para
las partes y, en particular, las
contraprestaciones a cargo del
pliego
Las órdenes de compra o de servicio pueden constituir un
documento para realizar el compromiso, cuando se trate única y
exclusivamente de procesos de adjudicaciones de menor cuantía.
15. En materia de
personal y pensiones
con las respectivas planillas
anualizadas, conforme a los
contratos y resoluciones que
las sustentan, según
el caso.
En materia de gastos sin
contraprestación de un
bien o servicio a
favor de la entidad
con el acto de administración
correspondiente, sustentado
en el dispositivo legal, convenio, o
resolución judicial en calidad de
cosa juzgada o laudo arbitral, que
contenga la obligación que se
requiere atender
16. En el caso del
servicio de la
deuda
con el respectivo contrato,
suscrito conforme al marco
legal vigente
Planilla de viáticos o documento similar que
sustente una relación de gasto por persona o la
que corresponda para gastos en servicios
públicos.
Los créditos presupuestarios para la ejecución de
los compromisos deben dar cobertura hasta el
nivel de Específica del Gasto
17. EL DEVENGADO
El devengado es el acto de administración
mediante el cual se reconoce una obligación
de pago, derivada de un gasto aprobado y
comprometido, que se produce previa
acreditación documentaria ante el órgano
competente de la realización de la
prestación o el derecho del acreedor. El
reconocimiento de la obligación debe
afectarse al presupuesto institucional, con
cargo a la correspondiente cadena de gasto.
18. PAGO
El pago es el acto de administración mediante el
cual se extingue, en forma parcial o total, el monto
de la obligación reconocida, debiendo formalizarse a
través del documento oficial correspondiente. Esta
prohibido efectuar pagos de obligaciones no
devengadas.
21. TABLA DE UNIDADES DE MEDIDA DEL AÑO FISCAL 2010
COD_MEDIDA DES_MEDIDA AMBITO
ESTRUCT
URA
001 ACCION GENERAL GENERAL
002 ACERVO
GOB.NACIONAL, REGIONES Y
ETES
PROGRAM
ATICA
003 ALUMNO GENERAL GENERAL
22.
23.
24. SISTEMA DE GESTION PRESUPUESTAL
CLASIFICADOR INSTITUCIONAL
Sector Pliego Descripción
EDUCACION
U.N. DE MOQUEGUA
545
GOBIERNO REGIONAL DEL
DEPARTAMENTO DE MOQUEGUAGOBIERNOS REGIONALES 455
GOBIERNOS LOCALES UBGO
18
01 MCAL NIETO
02 SANCHEZ CERRO
03 ILO
DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA
25.
26. CADENA DE GASTO
2
3
11
11
GASTOS PRESUPUESTARIOS
BIENES Y SERVICIOS
ALIMENTOS Y BEBIDAS
ALIMENTOS Y BEBIDAS PARA CONSUMO HUMANO
2.3.11.11
27. MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Y NUEVAS
METAS
Las modificaciones presupuestarias en el Nivel
Institucional,
Constituyen modificaciones presupuestarias en el
Nivel Institucional:
los Créditos Suplementarios y las Transferencias de
Partidas, los que son aprobados mediante Ley
28. Los Créditos Suplementarios
constituyen incrementos en los créditos presupuestarios
autorizados, provenientes de mayores recursos respecto
de los montos establecidos en la Ley de Presupuesto del
Sector Público.
constituyen traslados de créditos presupuestarios
entre pliegos.
Las Transferencias de Partidas,
En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los
Créditos Suplementarios de los fondos públicos administrados
por dichos niveles de gobierno se aprueban por Acuerdo del
Consejo Regional o Concejo Municipal según sea el caso.
29. Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional
Programático
Se efectúan dentro del marco del Presupuesto
Institucional vigente de cada Pliego, las
habilitaciones y las anulaciones que varíen los
créditos presupuestarios aprobados por
el Presupuesto Institucional para las actividades y
proyectos, y que tienen implicancia en la estructura
funcional programática compuesta por las
categorías presupuestarias que permiten visualizar
los propósitos a lograr durante el año fiscal
30. a) Las Anulaciones constituyen la supresión total
o parcial de los créditos presupuestarios de
actividades o proyectos.
b) Las Habilitaciones constituyen el incremento
de los créditos presupuestarios de actividades y
proyectos con cargo a anulaciones de la misma
actividad o proyecto, o de otras actividades y
proyectos.
Las modificaciones presupuestarías en el nivel
Funcional Programático son aprobadas mediante
Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de
Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad.
El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a
través de disposición expresa, la misma que debe ser
publicada en el Diario Oficial El Peruano.
31. En las modificaciones presupuestarias que aprueben
las entidades para el financiamiento de proyectos de
inversión pública, se deberá tener en cuenta que
dichos proyectos hayan sido declarados viables
conforme a la normatividad del Sistema Nacional de
Inversión Pública.
32. Los Grupos Genéricos de Gasto
podrán ser objeto de anulaciones
si luego
de haberse cumplido el fin para el que estuvieron
previstos generan saldos
Los Grupos Genéricos de Gasto podrán ser
objeto de habilitaciones si las proyecciones al
cierre del año fiscal muestran déficit respecto
de las metas programadas o si se incrementan o
crean nuevas metas presupuestarias.
LIMITACIONES A LAS MODIFICACIONES
PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL
FUNCIONAL PROGRAMÁTICO
33. No se podrán autorizar habilitaciones para
gastos corrientes con cargo a anulaciones
presupuestarias, vinculadas a gastos de
inversión.
34. INCORPORACIÓN DE MAYORES FONDOS PÚBLICOS
Las incorporaciones de mayores fondos públicos
que se generen como consecuencia de la
percepción de determinados ingresos no
previstos o superiores a
los contemplados en el presupuesto inicial, son
aprobados mediante resolución del Titular de la
Entidad cuando provienen de :
a) Las Fuentes de Financiamiento distintas a las de
Recursos Ordinarios y recursos por operaciones
oficiales de crédito que se produzcan durante el
año fiscal.
35. b) Los recursos financieros, distintos a la Fuente de
Financiamiento Recursos Ordinarios, que no se
hayan utilizado al 31 de diciembre del año fiscal,
constituyen Saldos de Balance, los mismos que se
pueden incorporar durante la ejecución en el
presupuesto de la Entidad, bajo la modalidad de
incorporación de mayores fondos
públicos que se generen por el incremento de los
créditos presupuestarios.
36. Registro en los Sistemas SIAF – SP y SEACE
Las Unidades Ejecutoras previo al registro del gasto en el
Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector
Público (SIAF-SP) deben realizar el registro en el Sistema
Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado
(SEACE), según corresponda.
37. El registro en el SEACE consiste en reportar la
información concerniente a los diferentes
procesos de selección que realicen las Entidades
del Estado bajo el ámbito del Decreto Legislativo
Nº 1077, Ley de Contrataciones del Estado, y su
reglamento, así como de sus respectivos
contratos.
38. Las entidades al convocar y realizar los procesos de
selección, a través de licitaciones públicas,
concursos públicos, adjudicaciones directas
públicas y selectivas, y adjudicaciones de menor
cuantía, incluidos los que se realizan a través de
procedimientos especiales o modalidades nuevas,
deben reportar obligatoriamente al SEACE, la
información que esté reflejada en el expediente de
contratación aprobado por la autoridad
competente, de acuerdo a la Directiva que emita el
Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado
39. TRABAJO Nº 01
INVESTIGAR
SOBRE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN, A TRAVÉS DE LICITACIONES
PÚBLICAS, CONCURSOS PÚBLICOS, ADJUDICACIONES DIRECTAS
PÚBLICAS Y SELECTIVAS, Y ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTÍA,
LO SIGUIENTE :
NUMERO DE PROCESOS POR CADA TIPO ( Licitaciones, concurso, etc…)
PRINCIPALES LICITACIONES PUBLICAS, INDICANDO DETALLES (
FECHA, GANADOR, MONTO, OBJETO DE LA CONVOCATORIA)
PRINCIPALES CONCURSOS PUBLICOS, INDICANDO DETALLES (
FECHA, GANADOR, MONTO, OBJETO DE LA CONVOCATORIA)
FECHA DE PRESENTACION IMPRESO CON EXPOSICION SABADO 27 DE
NOVIEMBRE LOS 04 GRUPOS.
40. DE LAS SIGUIENTES ENTIDADES
GOBIERON REGIONAL DE MOQUEGUA Grupo1
MUNICIPIO PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Grupo2
MUNICIPALIDAD DE TORATA. Grupo 3
MUNICIPALIDAD DE ILO grupo 4
Grupo 1
Andrea
Jose
olivia
Grupo 2
Alex
Gina
Diana
Grupo 3
Irwin
Ana
Leonel
Grupo 4
Emily
Jean
Ronald
41. TRABAJO Nº 02
INVESTIGAR SOBRE EL SIAF-SP
ANTECEDENTES
FINALIDAD
VERSIONES
APLICACIÓN PRACTICA
EXPLICAR COMO SE ARTICULA CON EL PRESUPUESTO Y LA
ADMINISTRACION
42. TRABAJO Nº 03
QUES ES EL SEACE
FINALIDAD
QUE ES LA SUBASTA INVERSA EXPLICARA A
DETALLE CASOS DE ENTIDADES PUBLICA DE
MOQUEGUA
QUES SON LAS COMPRAS CORPORATIVAS DELE
ESTADO
LOS TRABAJOS 2 Y 3 SE REMITIRAN VIA MAIL A MAS TARDAR
RECIBO HASTA LAS 12 M. DEL DIA 19 DE NOVIEMBRE.
43. TRABAJO
INVESTIGAR SOBRE :
PIA,PIM EJECUCION A OCTUBRE DE LOS RECUROS
DETERMINADOS ESPECIFICAMENTE CANON MINERO Y
REGALIAS MINERAS MENSUALIZADO
EFECTUAR COMPARACION ENTRE PIA PIM
VARIACION SEGÚN : GENERICA DE GASTO FUENTE
DE FINANCIAMIENTO
FECHA DE PRESENTACION 04 DE DICIEMBRE EN GRUPOS DE 03 PERSONAS
SE CONVOCAN Y REUNEN POR AFINIDAD
44. TRABAJO Nº4
IDENTIFICAR LA CADENA DE GASTO .
PAGO DE PLANILLAS DE TRABAJADORES
PAGO DE VIATICOS.
COMPRA DE MATERIAL DE CONSTRUCCION.
PAGO DE PUBLICIDAD EN UN PROYECTOS DE INVERSION
COMPRA DE MEDICINAS
COMPRA DE EXPLOSIVOS
COMPRA DE PAPEL BOND.
PAGO GASTOS POR SEPELIO Y LUTO.
COMPRA DE PETROLEO
LOS TRABAJOS 2, 3 Y 4 SE REMITIRAN VIA MAIL HASTA LAS
12 M. DEL DIA 23 DE NOVIEMBRE.