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EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
Responsabilidades
La Oficina de Presupuesto o la que haga
sus veces en el pliego presupuestario y los
responsables de la administración del
presupuesto de las unidades ejecutoras,
son responsables en el ámbito de sus
competencias del control presupuestario,
debiendo tomar para dicho fin las
siguientes pautas
APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO
Los Presupuestos Institucionales de
Apertura correspondientes a los
pliegos del Gobierno Nacional se
aprueban a más tardar el 31 de
diciembre de cada año fiscal.
Los Gobiernos Regionales, los Gobiernos
Locales, sus organismos públicos
descentralizados y sus empresas; el Fondo
Nacional de Financiamiento de la Actividad
Empresarial del Estado - FONAFE y sus
empresas promulgan o aprueban también
su PIA el 31 de diciembre de cada año
fiscal.
La resolución aprobatoria del Presupuesto Institucional
de Apertura debe estar detallada a nivel de Ingresos y
de Egresos, por Unidad Ejecutora, de ser el caso, por
Función, Programa, Subrograma, Actividad, Proyecto,
Categoría de Gasto, Grupo Genérico de Gasto y Fuente
de Financiamiento.
En caso de que el Consejo Regional o Concejo Municipal
no aprueben sus presupuestos dentro del plazo fijado,
el Titular del Pliego mediante la Resolución
correspondiente aprobará, en un plazo que no excederá
de los cinco (5) días calendario siguientes de iniciado el
año fiscal, el proyecto de presupuesto que fuera
propuesto al Consejo o Concejo, respectivamente
ESTRUCTURA DE LOS GASTOS PÚBLICOS
La Clasificación Funcional
Programática: Agrupa los créditos
presupuestarios desagregados en
funciones, programas y
subprogramas. A través de ella se
muestran las grandes líneas de acción
que la Entidad desarrolla en el
cumplimiento de las funciones
primordiales del Estado y en el logro
de sus Objetivos y Metas
contempladas en sus respectivos
Planes Operativos Institucionales y
Presupuestos Institucionales durante
el año fiscal.
Tipos de Ejecución Presupuestal de la Actividades,
Proyectos y Componentes
Ejecución Presupuestaria Directa: Se produce cuando
la Entidad con su personal e infraestructura es el
ejecutor presupuestal y financiero de las Actividades y
Proyectos así como de sus respectivos Componentes.
Ejecución Presupuestaria Indirecta: Se produce
cuando la ejecución física y/o financiera de las
Actividades y Proyectos así corto de sus respectivos
Componentes, es realizada por una Entidad distinta
al pliego; sea por efecto de un contrato o convenio
celebrado con una Entidad privada, o con una
Entidad pública, sea a título oneroso o gratuito.
FASE DE EJECUCIÓN DEL GASTO PÚBLICO
Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada
(PPTM)
La Previsión Presupuestaria Trimestral
Mensualizada (PPTM) es un instrumento
para la ejecución del gasto público de corto
plazo en los pliegos presupuestarios, que
determina las cuotas trimestrales
mensualizadas que actúan como techo o
nivel máximo a gastar por las entidades del
Gobierno Nacional y los Gobiernos
Regionales, en el marco de la disciplina
fiscal y el Marco Macroeconómico
Multianual.
La PPTM es determinada por la Dirección
Nacional del Presupuesto Público con cargo a la
Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios.
Dicha determinación es realizada tomando
como referencia la información contenida
en la Programación Mensual actualizada
efectuada por los pliegos presupuestarios.
La PPTM rige para el trimestre respectivo, los
saldos no utilizados durante el primer o
segundo mes son acumulables para los dos
últimos meses del trimestre.
CALENDARIO DE COMPROMISOS INSTITUCIONAL (CCI)
El CCI es aprobado por el Titular del pliego o por
quién este
delegue, a propuesta de los Jefes de las Oficinas
Generales de Administración y de Presupuesto,
respectivamente, o los que hagan sus veces, a nivel
de pliego presupuestario o unidad ejecutora, de ser
el caso, Genérica del Gasto y Fuente de
Financiamiento.
Dentro de los limites de los montos aprobados en el
CCI, la Oficina de Tesorería o la que haga sus veces
efectúa los pagos.
LA CERTIFICACIÓN DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO
Las unidades ejecutoras a través del responsable de la
administración de su presupuesto, emiten en
documento la certificación del crédito presupuestario,
para cuyo efecto, la Oficina de Presupuesto o la que
haga sus veces en el pliego presupuestario, dicta los
procedimientos y lineamientos que considere
necesarios, referidos a la información, documentos y
plazos que deberá cumplir la unidad ejecutora para
llevar a cabo la citada certificación. Dicho documento
de certificación debe contener como requisito
indispensable para su emisión, la información relativa
al marco presupuestal disponible que financiará el
gasto.
La certificación de crédito presupuestario es
expedida a solicitud del responsable del área que
ordena el gasto o de quien tenga delegada esta
facultad, cada vez que se prevea realizar un gasto,
contratar y/o adquirir un compromiso.
El Compromiso
El compromiso es el acto de administración mediante
el cual el funcionario facultado a contratar y
comprometer el presupuesto a nombre de la entidad
acuerda, luego del cumplimiento de los trámites
legalmente establecidos, la realización de gastos
previamente aprobados, por un importe
determinado o determinable, afectando total o
parcialmente los créditos presupuestarios, en el
marco de los presupuestos aprobados y las
modificaciones presupuestarias realizadas.
El compromiso se sustenta con lo siguiente:
En materia de
adquisiciones y
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obras
con el respectivo contrato, en
donde se establece las
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las partes y, en particular, las
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pliego
Las órdenes de compra o de servicio pueden constituir un
documento para realizar el compromiso, cuando se trate única y
exclusivamente de procesos de adjudicaciones de menor cuantía.
En materia de
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con las respectivas planillas
anualizadas, conforme a los
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En materia de gastos sin
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favor de la entidad
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correspondiente, sustentado
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cosa juzgada o laudo arbitral, que
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con el respectivo contrato,
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Los créditos presupuestarios para la ejecución de
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EL DEVENGADO
El devengado es el acto de administración
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PAGO
El pago es el acto de administración mediante el
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prohibido efectuar pagos de obligaciones no
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LOS CLASIFICADORES
Clasificadores.
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TABLA DE UNIDADES DE MEDIDA DEL AÑO FISCAL 2010
COD_MEDIDA DES_MEDIDA AMBITO
ESTRUCT
URA
001 ACCION GENERAL GENERAL
002 ACERVO
GOB.NACIONAL, REGIONES Y
ETES
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003 ALUMNO GENERAL GENERAL
SISTEMA DE GESTION PRESUPUESTAL
CLASIFICADOR INSTITUCIONAL
Sector Pliego Descripción
EDUCACION
U.N. DE MOQUEGUA
545
GOBIERNO REGIONAL DEL
DEPARTAMENTO DE MOQUEGUAGOBIERNOS REGIONALES 455
GOBIERNOS LOCALES UBGO
18
01 MCAL NIETO
02 SANCHEZ CERRO
03 ILO
DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA
CADENA DE GASTO
2
3
11
11
GASTOS PRESUPUESTARIOS
BIENES Y SERVICIOS
ALIMENTOS Y BEBIDAS
ALIMENTOS Y BEBIDAS PARA CONSUMO HUMANO
2.3.11.11
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Y NUEVAS
METAS
Las modificaciones presupuestarias en el Nivel
Institucional,
Constituyen modificaciones presupuestarias en el
Nivel Institucional:
los Créditos Suplementarios y las Transferencias de
Partidas, los que son aprobados mediante Ley
Los Créditos Suplementarios
constituyen incrementos en los créditos presupuestarios
autorizados, provenientes de mayores recursos respecto
de los montos establecidos en la Ley de Presupuesto del
Sector Público.
constituyen traslados de créditos presupuestarios
entre pliegos.
Las Transferencias de Partidas,
En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los
Créditos Suplementarios de los fondos públicos administrados
por dichos niveles de gobierno se aprueban por Acuerdo del
Consejo Regional o Concejo Municipal según sea el caso.
Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional
Programático
Se efectúan dentro del marco del Presupuesto
Institucional vigente de cada Pliego, las
habilitaciones y las anulaciones que varíen los
créditos presupuestarios aprobados por
el Presupuesto Institucional para las actividades y
proyectos, y que tienen implicancia en la estructura
funcional programática compuesta por las
categorías presupuestarias que permiten visualizar
los propósitos a lograr durante el año fiscal
a) Las Anulaciones constituyen la supresión total
o parcial de los créditos presupuestarios de
actividades o proyectos.
b) Las Habilitaciones constituyen el incremento
de los créditos presupuestarios de actividades y
proyectos con cargo a anulaciones de la misma
actividad o proyecto, o de otras actividades y
proyectos.
Las modificaciones presupuestarías en el nivel
Funcional Programático son aprobadas mediante
Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de
Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad.
El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a
través de disposición expresa, la misma que debe ser
publicada en el Diario Oficial El Peruano.
En las modificaciones presupuestarias que aprueben
las entidades para el financiamiento de proyectos de
inversión pública, se deberá tener en cuenta que
dichos proyectos hayan sido declarados viables
conforme a la normatividad del Sistema Nacional de
Inversión Pública.
Los Grupos Genéricos de Gasto
podrán ser objeto de anulaciones
si luego
de haberse cumplido el fin para el que estuvieron
previstos generan saldos
Los Grupos Genéricos de Gasto podrán ser
objeto de habilitaciones si las proyecciones al
cierre del año fiscal muestran déficit respecto
de las metas programadas o si se incrementan o
crean nuevas metas presupuestarias.
LIMITACIONES A LAS MODIFICACIONES
PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL
FUNCIONAL PROGRAMÁTICO
No se podrán autorizar habilitaciones para
gastos corrientes con cargo a anulaciones
presupuestarias, vinculadas a gastos de
inversión.
INCORPORACIÓN DE MAYORES FONDOS PÚBLICOS
Las incorporaciones de mayores fondos públicos
que se generen como consecuencia de la
percepción de determinados ingresos no
previstos o superiores a
los contemplados en el presupuesto inicial, son
aprobados mediante resolución del Titular de la
Entidad cuando provienen de :
a) Las Fuentes de Financiamiento distintas a las de
Recursos Ordinarios y recursos por operaciones
oficiales de crédito que se produzcan durante el
año fiscal.
b) Los recursos financieros, distintos a la Fuente de
Financiamiento Recursos Ordinarios, que no se
hayan utilizado al 31 de diciembre del año fiscal,
constituyen Saldos de Balance, los mismos que se
pueden incorporar durante la ejecución en el
presupuesto de la Entidad, bajo la modalidad de
incorporación de mayores fondos
públicos que se generen por el incremento de los
créditos presupuestarios.
Registro en los Sistemas SIAF – SP y SEACE
Las Unidades Ejecutoras previo al registro del gasto en el
Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector
Público (SIAF-SP) deben realizar el registro en el Sistema
Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado
(SEACE), según corresponda.
El registro en el SEACE consiste en reportar la
información concerniente a los diferentes
procesos de selección que realicen las Entidades
del Estado bajo el ámbito del Decreto Legislativo
Nº 1077, Ley de Contrataciones del Estado, y su
reglamento, así como de sus respectivos
contratos.
Las entidades al convocar y realizar los procesos de
selección, a través de licitaciones públicas,
concursos públicos, adjudicaciones directas
públicas y selectivas, y adjudicaciones de menor
cuantía, incluidos los que se realizan a través de
procedimientos especiales o modalidades nuevas,
deben reportar obligatoriamente al SEACE, la
información que esté reflejada en el expediente de
contratación aprobado por la autoridad
competente, de acuerdo a la Directiva que emita el
Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado
TRABAJO Nº 01
INVESTIGAR
SOBRE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN, A TRAVÉS DE LICITACIONES
PÚBLICAS, CONCURSOS PÚBLICOS, ADJUDICACIONES DIRECTAS
PÚBLICAS Y SELECTIVAS, Y ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTÍA,
LO SIGUIENTE :
NUMERO DE PROCESOS POR CADA TIPO ( Licitaciones, concurso, etc…)
PRINCIPALES LICITACIONES PUBLICAS, INDICANDO DETALLES (
FECHA, GANADOR, MONTO, OBJETO DE LA CONVOCATORIA)
PRINCIPALES CONCURSOS PUBLICOS, INDICANDO DETALLES (
FECHA, GANADOR, MONTO, OBJETO DE LA CONVOCATORIA)
FECHA DE PRESENTACION IMPRESO CON EXPOSICION SABADO 27 DE
NOVIEMBRE LOS 04 GRUPOS.
DE LAS SIGUIENTES ENTIDADES
GOBIERON REGIONAL DE MOQUEGUA Grupo1
MUNICIPIO PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Grupo2
MUNICIPALIDAD DE TORATA. Grupo 3
MUNICIPALIDAD DE ILO grupo 4
Grupo 1
Andrea
Jose
olivia
Grupo 2
Alex
Gina
Diana
Grupo 3
Irwin
Ana
Leonel
Grupo 4
Emily
Jean
Ronald
TRABAJO Nº 02
INVESTIGAR SOBRE EL SIAF-SP
ANTECEDENTES
FINALIDAD
VERSIONES
APLICACIÓN PRACTICA
EXPLICAR COMO SE ARTICULA CON EL PRESUPUESTO Y LA
ADMINISTRACION
TRABAJO Nº 03
QUES ES EL SEACE
FINALIDAD
QUE ES LA SUBASTA INVERSA EXPLICARA A
DETALLE CASOS DE ENTIDADES PUBLICA DE
MOQUEGUA
QUES SON LAS COMPRAS CORPORATIVAS DELE
ESTADO
LOS TRABAJOS 2 Y 3 SE REMITIRAN VIA MAIL A MAS TARDAR
RECIBO HASTA LAS 12 M. DEL DIA 19 DE NOVIEMBRE.
TRABAJO
INVESTIGAR SOBRE :
PIA,PIM EJECUCION A OCTUBRE DE LOS RECUROS
DETERMINADOS ESPECIFICAMENTE CANON MINERO Y
REGALIAS MINERAS MENSUALIZADO
EFECTUAR COMPARACION ENTRE PIA PIM
VARIACION SEGÚN : GENERICA DE GASTO FUENTE
DE FINANCIAMIENTO
FECHA DE PRESENTACION 04 DE DICIEMBRE EN GRUPOS DE 03 PERSONAS
SE CONVOCAN Y REUNEN POR AFINIDAD
TRABAJO Nº4
IDENTIFICAR LA CADENA DE GASTO .
PAGO DE PLANILLAS DE TRABAJADORES
PAGO DE VIATICOS.
COMPRA DE MATERIAL DE CONSTRUCCION.
PAGO DE PUBLICIDAD EN UN PROYECTOS DE INVERSION
COMPRA DE MEDICINAS
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PAGO GASTOS POR SEPELIO Y LUTO.
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LOS TRABAJOS 2, 3 Y 4 SE REMITIRAN VIA MAIL HASTA LAS
12 M. DEL DIA 23 DE NOVIEMBRE.

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Ejecución presupuestal: responsabilidades y fases del gasto público

  • 2. Responsabilidades La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego presupuestario y los responsables de la administración del presupuesto de las unidades ejecutoras, son responsables en el ámbito de sus competencias del control presupuestario, debiendo tomar para dicho fin las siguientes pautas
  • 3. APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO Los Presupuestos Institucionales de Apertura correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional se aprueban a más tardar el 31 de diciembre de cada año fiscal. Los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, sus organismos públicos descentralizados y sus empresas; el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y sus empresas promulgan o aprueban también su PIA el 31 de diciembre de cada año fiscal.
  • 4. La resolución aprobatoria del Presupuesto Institucional de Apertura debe estar detallada a nivel de Ingresos y de Egresos, por Unidad Ejecutora, de ser el caso, por Función, Programa, Subrograma, Actividad, Proyecto, Categoría de Gasto, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento. En caso de que el Consejo Regional o Concejo Municipal no aprueben sus presupuestos dentro del plazo fijado, el Titular del Pliego mediante la Resolución correspondiente aprobará, en un plazo que no excederá de los cinco (5) días calendario siguientes de iniciado el año fiscal, el proyecto de presupuesto que fuera propuesto al Consejo o Concejo, respectivamente
  • 5. ESTRUCTURA DE LOS GASTOS PÚBLICOS La Clasificación Funcional Programática: Agrupa los créditos presupuestarios desagregados en funciones, programas y subprogramas. A través de ella se muestran las grandes líneas de acción que la Entidad desarrolla en el cumplimiento de las funciones primordiales del Estado y en el logro de sus Objetivos y Metas contempladas en sus respectivos Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales durante el año fiscal.
  • 6. Tipos de Ejecución Presupuestal de la Actividades, Proyectos y Componentes Ejecución Presupuestaria Directa: Se produce cuando la Entidad con su personal e infraestructura es el ejecutor presupuestal y financiero de las Actividades y Proyectos así como de sus respectivos Componentes. Ejecución Presupuestaria Indirecta: Se produce cuando la ejecución física y/o financiera de las Actividades y Proyectos así corto de sus respectivos Componentes, es realizada por una Entidad distinta al pliego; sea por efecto de un contrato o convenio celebrado con una Entidad privada, o con una Entidad pública, sea a título oneroso o gratuito.
  • 7. FASE DE EJECUCIÓN DEL GASTO PÚBLICO Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) La Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) es un instrumento para la ejecución del gasto público de corto plazo en los pliegos presupuestarios, que determina las cuotas trimestrales mensualizadas que actúan como techo o nivel máximo a gastar por las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, en el marco de la disciplina fiscal y el Marco Macroeconómico Multianual.
  • 8. La PPTM es determinada por la Dirección Nacional del Presupuesto Público con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Dicha determinación es realizada tomando como referencia la información contenida en la Programación Mensual actualizada efectuada por los pliegos presupuestarios. La PPTM rige para el trimestre respectivo, los saldos no utilizados durante el primer o segundo mes son acumulables para los dos últimos meses del trimestre.
  • 9. CALENDARIO DE COMPROMISOS INSTITUCIONAL (CCI) El CCI es aprobado por el Titular del pliego o por quién este delegue, a propuesta de los Jefes de las Oficinas Generales de Administración y de Presupuesto, respectivamente, o los que hagan sus veces, a nivel de pliego presupuestario o unidad ejecutora, de ser el caso, Genérica del Gasto y Fuente de Financiamiento. Dentro de los limites de los montos aprobados en el CCI, la Oficina de Tesorería o la que haga sus veces efectúa los pagos.
  • 10.
  • 11. LA CERTIFICACIÓN DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO Las unidades ejecutoras a través del responsable de la administración de su presupuesto, emiten en documento la certificación del crédito presupuestario, para cuyo efecto, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego presupuestario, dicta los procedimientos y lineamientos que considere necesarios, referidos a la información, documentos y plazos que deberá cumplir la unidad ejecutora para llevar a cabo la citada certificación. Dicho documento de certificación debe contener como requisito indispensable para su emisión, la información relativa al marco presupuestal disponible que financiará el gasto.
  • 12. La certificación de crédito presupuestario es expedida a solicitud del responsable del área que ordena el gasto o de quien tenga delegada esta facultad, cada vez que se prevea realizar un gasto, contratar y/o adquirir un compromiso.
  • 13. El Compromiso El compromiso es el acto de administración mediante el cual el funcionario facultado a contratar y comprometer el presupuesto a nombre de la entidad acuerda, luego del cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinable, afectando total o parcialmente los créditos presupuestarios, en el marco de los presupuestos aprobados y las modificaciones presupuestarias realizadas.
  • 14. El compromiso se sustenta con lo siguiente: En materia de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras con el respectivo contrato, en donde se establece las obligaciones para las partes y, en particular, las contraprestaciones a cargo del pliego Las órdenes de compra o de servicio pueden constituir un documento para realizar el compromiso, cuando se trate única y exclusivamente de procesos de adjudicaciones de menor cuantía.
  • 15. En materia de personal y pensiones con las respectivas planillas anualizadas, conforme a los contratos y resoluciones que las sustentan, según el caso. En materia de gastos sin contraprestación de un bien o servicio a favor de la entidad con el acto de administración correspondiente, sustentado en el dispositivo legal, convenio, o resolución judicial en calidad de cosa juzgada o laudo arbitral, que contenga la obligación que se requiere atender
  • 16. En el caso del servicio de la deuda con el respectivo contrato, suscrito conforme al marco legal vigente Planilla de viáticos o documento similar que sustente una relación de gasto por persona o la que corresponda para gastos en servicios públicos. Los créditos presupuestarios para la ejecución de los compromisos deben dar cobertura hasta el nivel de Específica del Gasto
  • 17. EL DEVENGADO El devengado es el acto de administración mediante el cual se reconoce una obligación de pago, derivada de un gasto aprobado y comprometido, que se produce previa acreditación documentaria ante el órgano competente de la realización de la prestación o el derecho del acreedor. El reconocimiento de la obligación debe afectarse al presupuesto institucional, con cargo a la correspondiente cadena de gasto.
  • 18. PAGO El pago es el acto de administración mediante el cual se extingue, en forma parcial o total, el monto de la obligación reconocida, debiendo formalizarse a través del documento oficial correspondiente. Esta prohibido efectuar pagos de obligaciones no devengadas.
  • 20. Clasificadores. Unidades de Medida Clasificador de Ingresos Clasificador de Gastos Clasificador Institucional Clasificador de Fuentes de Financiamiento y Rubros
  • 21. TABLA DE UNIDADES DE MEDIDA DEL AÑO FISCAL 2010 COD_MEDIDA DES_MEDIDA AMBITO ESTRUCT URA 001 ACCION GENERAL GENERAL 002 ACERVO GOB.NACIONAL, REGIONES Y ETES PROGRAM ATICA 003 ALUMNO GENERAL GENERAL
  • 22.
  • 23.
  • 24. SISTEMA DE GESTION PRESUPUESTAL CLASIFICADOR INSTITUCIONAL Sector Pliego Descripción EDUCACION U.N. DE MOQUEGUA 545 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MOQUEGUAGOBIERNOS REGIONALES 455 GOBIERNOS LOCALES UBGO 18 01 MCAL NIETO 02 SANCHEZ CERRO 03 ILO DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA
  • 25.
  • 26. CADENA DE GASTO 2 3 11 11 GASTOS PRESUPUESTARIOS BIENES Y SERVICIOS ALIMENTOS Y BEBIDAS ALIMENTOS Y BEBIDAS PARA CONSUMO HUMANO 2.3.11.11
  • 27. MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Y NUEVAS METAS Las modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional, Constituyen modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional: los Créditos Suplementarios y las Transferencias de Partidas, los que son aprobados mediante Ley
  • 28. Los Créditos Suplementarios constituyen incrementos en los créditos presupuestarios autorizados, provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en la Ley de Presupuesto del Sector Público. constituyen traslados de créditos presupuestarios entre pliegos. Las Transferencias de Partidas, En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los Créditos Suplementarios de los fondos públicos administrados por dichos niveles de gobierno se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal según sea el caso.
  • 29. Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático Se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal
  • 30. a) Las Anulaciones constituyen la supresión total o parcial de los créditos presupuestarios de actividades o proyectos. b) Las Habilitaciones constituyen el incremento de los créditos presupuestarios de actividades y proyectos con cargo a anulaciones de la misma actividad o proyecto, o de otras actividades y proyectos. Las modificaciones presupuestarías en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano.
  • 31. En las modificaciones presupuestarias que aprueben las entidades para el financiamiento de proyectos de inversión pública, se deberá tener en cuenta que dichos proyectos hayan sido declarados viables conforme a la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública.
  • 32. Los Grupos Genéricos de Gasto podrán ser objeto de anulaciones si luego de haberse cumplido el fin para el que estuvieron previstos generan saldos Los Grupos Genéricos de Gasto podrán ser objeto de habilitaciones si las proyecciones al cierre del año fiscal muestran déficit respecto de las metas programadas o si se incrementan o crean nuevas metas presupuestarias. LIMITACIONES A LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO
  • 33. No se podrán autorizar habilitaciones para gastos corrientes con cargo a anulaciones presupuestarias, vinculadas a gastos de inversión.
  • 34. INCORPORACIÓN DE MAYORES FONDOS PÚBLICOS Las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen de : a) Las Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal.
  • 35. b) Los recursos financieros, distintos a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, que no se hayan utilizado al 31 de diciembre del año fiscal, constituyen Saldos de Balance, los mismos que se pueden incorporar durante la ejecución en el presupuesto de la Entidad, bajo la modalidad de incorporación de mayores fondos públicos que se generen por el incremento de los créditos presupuestarios.
  • 36. Registro en los Sistemas SIAF – SP y SEACE Las Unidades Ejecutoras previo al registro del gasto en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) deben realizar el registro en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), según corresponda.
  • 37. El registro en el SEACE consiste en reportar la información concerniente a los diferentes procesos de selección que realicen las Entidades del Estado bajo el ámbito del Decreto Legislativo Nº 1077, Ley de Contrataciones del Estado, y su reglamento, así como de sus respectivos contratos.
  • 38. Las entidades al convocar y realizar los procesos de selección, a través de licitaciones públicas, concursos públicos, adjudicaciones directas públicas y selectivas, y adjudicaciones de menor cuantía, incluidos los que se realizan a través de procedimientos especiales o modalidades nuevas, deben reportar obligatoriamente al SEACE, la información que esté reflejada en el expediente de contratación aprobado por la autoridad competente, de acuerdo a la Directiva que emita el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
  • 39. TRABAJO Nº 01 INVESTIGAR SOBRE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN, A TRAVÉS DE LICITACIONES PÚBLICAS, CONCURSOS PÚBLICOS, ADJUDICACIONES DIRECTAS PÚBLICAS Y SELECTIVAS, Y ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTÍA, LO SIGUIENTE : NUMERO DE PROCESOS POR CADA TIPO ( Licitaciones, concurso, etc…) PRINCIPALES LICITACIONES PUBLICAS, INDICANDO DETALLES ( FECHA, GANADOR, MONTO, OBJETO DE LA CONVOCATORIA) PRINCIPALES CONCURSOS PUBLICOS, INDICANDO DETALLES ( FECHA, GANADOR, MONTO, OBJETO DE LA CONVOCATORIA) FECHA DE PRESENTACION IMPRESO CON EXPOSICION SABADO 27 DE NOVIEMBRE LOS 04 GRUPOS.
  • 40. DE LAS SIGUIENTES ENTIDADES GOBIERON REGIONAL DE MOQUEGUA Grupo1 MUNICIPIO PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Grupo2 MUNICIPALIDAD DE TORATA. Grupo 3 MUNICIPALIDAD DE ILO grupo 4 Grupo 1 Andrea Jose olivia Grupo 2 Alex Gina Diana Grupo 3 Irwin Ana Leonel Grupo 4 Emily Jean Ronald
  • 41. TRABAJO Nº 02 INVESTIGAR SOBRE EL SIAF-SP ANTECEDENTES FINALIDAD VERSIONES APLICACIÓN PRACTICA EXPLICAR COMO SE ARTICULA CON EL PRESUPUESTO Y LA ADMINISTRACION
  • 42. TRABAJO Nº 03 QUES ES EL SEACE FINALIDAD QUE ES LA SUBASTA INVERSA EXPLICARA A DETALLE CASOS DE ENTIDADES PUBLICA DE MOQUEGUA QUES SON LAS COMPRAS CORPORATIVAS DELE ESTADO LOS TRABAJOS 2 Y 3 SE REMITIRAN VIA MAIL A MAS TARDAR RECIBO HASTA LAS 12 M. DEL DIA 19 DE NOVIEMBRE.
  • 43. TRABAJO INVESTIGAR SOBRE : PIA,PIM EJECUCION A OCTUBRE DE LOS RECUROS DETERMINADOS ESPECIFICAMENTE CANON MINERO Y REGALIAS MINERAS MENSUALIZADO EFECTUAR COMPARACION ENTRE PIA PIM VARIACION SEGÚN : GENERICA DE GASTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO FECHA DE PRESENTACION 04 DE DICIEMBRE EN GRUPOS DE 03 PERSONAS SE CONVOCAN Y REUNEN POR AFINIDAD
  • 44. TRABAJO Nº4 IDENTIFICAR LA CADENA DE GASTO . PAGO DE PLANILLAS DE TRABAJADORES PAGO DE VIATICOS. COMPRA DE MATERIAL DE CONSTRUCCION. PAGO DE PUBLICIDAD EN UN PROYECTOS DE INVERSION COMPRA DE MEDICINAS COMPRA DE EXPLOSIVOS COMPRA DE PAPEL BOND. PAGO GASTOS POR SEPELIO Y LUTO. COMPRA DE PETROLEO LOS TRABAJOS 2, 3 Y 4 SE REMITIRAN VIA MAIL HASTA LAS 12 M. DEL DIA 23 DE NOVIEMBRE.