Este documento trata sobre la importancia del respeto de los derechos de autor en Internet. Explica los conceptos de derecho de autor, derechos morales y derechos patrimoniales. También describe diferentes tipos de licencias como Copyright, Copyleft y Creative Commons y ofrece consejos sobre cómo respetar los derechos de autor al utilizar contenido de la web.
La palabra copyright es de origen inglés.
Formado por copy y right cuyo significado en español es derecho (right) de copia (copy).
Consiste en el derecho que la ley reconoce al autor de una obra intelectual o artística para autorizar su reproducción y participar en los beneficios que esta genere.
Se denomina derecho de autor al conjunto de principios y normas jurídicas que reglamentan los derechos patrimoniales y morales que la ley otorga a los autores, por el solo hecho de haber creado una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté o no publicada.
Es uno de los derechos humanos fundamentales que se han reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Aunque la RAE equipare el concepto de derecho de autor y copyright, en realidad, son dos conceptos diferentes sobre la propiedad literaria y artística.
El primero, proviene del derecho continental, especialmente del derecho francés. Está basado en el derecho personal del autor, tomándose como una forma de identidad entre la creación y su autor.
En el segundo caso, proviene del derecho anglosajón o common law. La protección se limita a la obra, sin tener en cuenta al autor como tal. Trata de los derechos sobre los modos de uso de la obra.
Este símbolo representa este derecho; y se usa para informar al público que la obra es original y que su reproducción se encuentra sujeta a derechos de autor.
Queda claro que no se protegen las ideas, sino la expresión de ellas.
El propietario tiene el derecho exclusivo de realizar y de autorizar una serie de actividades tales como:
Hacer copias de la obra o imágenes (fotografías).
Preparar obras derivadas de la obra cuyo copyright posee.
Distribuir públicamente copias de la obra protegida por copyright mediante la venta u otra forma de cesión de propiedad, o bien mediante alquiler, arrendamiento o préstamo.
Ejecutar o exponer públicamente la obra protegida por copyright.
Importar la obra.
Derechos de autor y propiedad intelectual en entornos digitales y colaborativ...Jordi Graells
Presentación sobre los derechos de autor y la propiedad intelectual en entornos digitales y colaborativos. Se muestra cómo citar documentos en Creative Commons: libros, web, vídeos, blog...
La propiedad intelectual y derechos de autor y el reconocimiento que se le da a los creadores de obras y contenidos que pueden incorporarse en objetos tangibles de los cuales es posible realizar copias no autorizadas o actos de piratería
La palabra copyright es de origen inglés.
Formado por copy y right cuyo significado en español es derecho (right) de copia (copy).
Consiste en el derecho que la ley reconoce al autor de una obra intelectual o artística para autorizar su reproducción y participar en los beneficios que esta genere.
Se denomina derecho de autor al conjunto de principios y normas jurídicas que reglamentan los derechos patrimoniales y morales que la ley otorga a los autores, por el solo hecho de haber creado una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté o no publicada.
Es uno de los derechos humanos fundamentales que se han reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Aunque la RAE equipare el concepto de derecho de autor y copyright, en realidad, son dos conceptos diferentes sobre la propiedad literaria y artística.
El primero, proviene del derecho continental, especialmente del derecho francés. Está basado en el derecho personal del autor, tomándose como una forma de identidad entre la creación y su autor.
En el segundo caso, proviene del derecho anglosajón o common law. La protección se limita a la obra, sin tener en cuenta al autor como tal. Trata de los derechos sobre los modos de uso de la obra.
Este símbolo representa este derecho; y se usa para informar al público que la obra es original y que su reproducción se encuentra sujeta a derechos de autor.
Queda claro que no se protegen las ideas, sino la expresión de ellas.
El propietario tiene el derecho exclusivo de realizar y de autorizar una serie de actividades tales como:
Hacer copias de la obra o imágenes (fotografías).
Preparar obras derivadas de la obra cuyo copyright posee.
Distribuir públicamente copias de la obra protegida por copyright mediante la venta u otra forma de cesión de propiedad, o bien mediante alquiler, arrendamiento o préstamo.
Ejecutar o exponer públicamente la obra protegida por copyright.
Importar la obra.
Derechos de autor y propiedad intelectual en entornos digitales y colaborativ...Jordi Graells
Presentación sobre los derechos de autor y la propiedad intelectual en entornos digitales y colaborativos. Se muestra cómo citar documentos en Creative Commons: libros, web, vídeos, blog...
La propiedad intelectual y derechos de autor y el reconocimiento que se le da a los creadores de obras y contenidos que pueden incorporarse en objetos tangibles de los cuales es posible realizar copias no autorizadas o actos de piratería
Intended for Educators and Students. Edited version of a presentation given at the NICE (Northern Illinois Computing Educators) Conference in February, 2009.
Intended for Educators and Students. Edited version of a presentation given at the NICE (Northern Illinois Computing Educators) Conference in February, 2009.
Hace muchos años se ha discutido sobre el mal uso de licencias sobre los derechos de autor, espero que este documento te sirva como herramienta de apoyo para conocer un poco mas de su uso e importancia.
Material educativo diseñado para el GEMED del Centro de Innovación y Emprendimiento en Tecnologías para la Educación (CIETE) de la Universidad de Los Andes - Mérida
Inteligencia Artificial y Ciberseguridad.pdfEmilio Casbas
Recopilación de los puntos más interesantes de diversas presentaciones, desde los visionarios conceptos de Alan Turing, pasando por la paradoja de Hans Moravec y la descripcion de Singularidad de Max Tegmark, hasta los innovadores avances de ChatGPT, y de cómo la IA está transformando la seguridad digital y protegiendo nuestras vidas.
(PROYECTO) Límites entre el Arte, los Medios de Comunicación y la Informáticavazquezgarciajesusma
En este proyecto de investigación nos adentraremos en el fascinante mundo de la intersección entre el arte y los medios de comunicación en el campo de la informática.
La rápida evolución de la tecnología ha llevado a una fusión cada vez más estrecha entre el arte y los medios digitales, generando nuevas formas de expresión y comunicación.
Continuando con el desarrollo de nuestro proyecto haremos uso del método inductivo porque organizamos nuestra investigación a la particular a lo general. El diseño metodológico del trabajo es no experimental y transversal ya que no existe manipulación deliberada de las variables ni de la situación, si no que se observa los fundamental y como se dan en su contestó natural para después analizarlos.
El diseño es transversal porque los datos se recolectan en un solo momento y su propósito es describir variables y analizar su interrelación, solo se desea saber la incidencia y el valor de uno o más variables, el diseño será descriptivo porque se requiere establecer relación entre dos o más de estás.
Mediante una encuesta recopilamos la información de este proyecto los alumnos tengan conocimiento de la evolución del arte y los medios de comunicación en la información y su importancia para la institución.
Actualmente, y debido al desarrollo tecnológico de campos como la informática y la electrónica, la mayoría de las bases de datos están en formato digital, siendo este un componente electrónico, por tanto se ha desarrollado y se ofrece un amplio rango de soluciones al problema del almacenamiento de datos.
(PROYECTO) Límites entre el Arte, los Medios de Comunicación y la Informáticavazquezgarciajesusma
En este proyecto de investigación nos adentraremos en el fascinante mundo de la intersección entre el arte y los medios de comunicación en el campo de la informática.
La rápida evolución de la tecnología ha llevado a una fusión cada vez más estrecha entre el arte y los medios digitales, generando nuevas formas de expresión y comunicación.
Continuando con el desarrollo de nuestro proyecto haremos uso del método inductivo porque organizamos nuestra investigación a la particular a lo general. El diseño metodológico del trabajo es no experimental y transversal ya que no existe manipulación deliberada de las variables ni de la situación, si no que se observa los fundamental y como se dan en su contestó natural para después analizarlos.
El diseño es transversal porque los datos se recolectan en un solo momento y su propósito es describir variables y analizar su interrelación, solo se desea saber la incidencia y el valor de uno o más variables, el diseño será descriptivo porque se requiere establecer relación entre dos o más de estás.
Mediante una encuesta recopilamos la información de este proyecto los alumnos tengan conocimiento de la evolución del arte y los medios de comunicación en la información y su importancia para la institución.
Es un diagrama para La asistencia técnica o apoyo técnico es brindada por las compañías para que sus clientes puedan hacer uso de sus productos o servicios de la manera en que fueron puestos a la venta.
Índice del libro "Big Data: Tecnologías para arquitecturas Data-Centric" de 0...Telefónica
Índice del libro "Big Data: Tecnologías para arquitecturas Data-Centric" de 0xWord escrito por Ibón Reinoso ( https://mypublicinbox.com/IBhone ) con Prólogo de Chema Alonso ( https://mypublicinbox.com/ChemaAlonso ). Puedes comprarlo aquí: https://0xword.com/es/libros/233-big-data-tecnologias-para-arquitecturas-data-centric.html
1. Respeto de los derechos
de Autor en la web
Stephany Strauch
2. Introducción
Esta presentación dará a conocer la
importancia sobre el respeto de los derechos
de Autor en la web, definiciones ,conceptos y
cosas a tener en cuenta.
3. Objetivos
● Incentivar el respeto del uso de derechos de
autor en la web
● Dar a conocer los derechos de Autor en la
web
4. Conceptos
● Derecho de Autor: derecho que la ley reconoce al
autor de una obra intelectual o artística para autorizar
su reproducción y participar en los beneficios que esta
genere.1
● Respeto: Tener respeto, veneración, acatamiento.2
● Autor: Autor es toda persona que crea algo como fruto
de su intelecto y este algo es una obra ya sea literaria,
artística, musical, programa de ordenador, etc.3
5. ¿ Que es derecho de Autor?
Es el reconocimiento que otorga el Estado a
todo creador de obras literarias y artísticas, en
virtud del cual el autor goza de derechos de
tipo personal, llamado derecho moral y
económico llamado derecho patrimonial.
8. Derecho Mora
Consiste en el derecho de todo autor a ser reconocido
como tal, a decidir el momento de la divulgación y
evitar deformaciones o mutilaciones a su obra, entre
otras. Es inalienable, imprescriptible, irrenunciable e
inembargable.
10. ● Derecho de Divulgación: Facultad del autor de decidir si publica
(divulga) su obra (recurso) o no, y en qué forma lo hará.
● Derecho de Paternidad: Derecho de exigir la paternidad,
reconocimiento como autor del recurso.
● Derecho de Revelación y Ocultación: El autor puede decidir
divulgar una obra con su nombre, con un seudónimo (nick) o signo,
o de forma anónima. Esto no quiere decir que renuncie a la autoría
de la obra.
● Derecho de Integridad: Facultad de impedir cualquier deformación
de la obra que pueda perjudicar el honor y reputación del autor. En
un entorno como la Web, este derecho cobra especial importancia,
debido a la facilidad con la que se pueden manipular y deformar los
recursos electrónicos.
11. Ejemplo
● Una estudiante entra a Internet y copia los ejemplos
que allí se dan sobre metáfora para su tarea. ¿Creen
ustedes que en este caso se está incurriendo en
violación de derechos morales? Respuesta correcta: si.
¿Por qué? En caso afirmativo, ¿cuál derecho moral se
está violando? Respuesta correcta: paternidad y
además comete plagio que es un delito6
12. Derecho Patrimonial
Consiste en la facultad que tiene el autor para
explotar por sí mismo su obra, así como para
autorizar o prohibir a terceros dicha explotación en
cualquier forma dentro de los límites que establece
la Ley Federal del Derecho de Autor. Este derecho
es transmisible por escrito y debe ser oneroso y
temporal.
13. Los Derechos Patrimoniales o de
Explotación representan el derecho del
autor de beneficiarse económicamente
de su producción intelectual.
14. ● Derecho de Reproducción: El autor puede obtener
beneficio económico de las reproducciones o copias
que se realicen de su obra o recurso. Reproducir o
copiar un recurso sin consentimiento del autor es ilegal.
● Derecho de Distribución: Puesta a disposición del
público del original o copias de la obra mediante su
venta, alquiler, préstamo, o de cualquier otra forma.
15. ● Derecho de Comunicación Pública: La comunicación
pública es todo un acto por el que una pluralidad de
personas puede tener acceso a la obra sin previa
distribución de ejemplares a cada una de ellas. La
discusión en este sentido sería.
● Derecho de Transformación: Derecho del autor para
autorizar y obtener una remuneración por las
transformaciones que se hagan sobre la obra, como por
ejemplo las traducciones.
16. Pueden ser Transferibles
Coyright transfer:
Exclusiva: Transmisión igual a la vigencia de
los derechos patrimoniales
No Exclusiva: Licencia
Ejemplo: se establecen unas condiciones de
explotación entre autor y la otra parte
17. Licencias de Uso: el autor autoriza algunos
usos, se deben mencionar:
● Derechos
● Tiempo
● Ámbito Geográfico
Ejemplos: Pueden utilizarse licencias ya
existentes: creative commons, licencias
copyleft
18.
19. Para respetar los derechos de autor
definidos para la web, debemos
conocer las licencias aplicables a los
contenidos existentes en Internet
20.
21. Copyright
simbolizada por una C en un círculo y una
leyenda: Todos los derechos reservados. Es la
licencia más empleada, especialmente por
empresas y autores de prestigio, e implica que
solamente su autor puede utilizar, modificar y
distribuir su contenido.
22. Copyleft
Identificada por una C invertida en un círculo.
Es un tipo de licencia que ofrece la posibilidad
de usar, copiar y redistribuir una obra y sus
versiones derivadas simplemente reconociendo
su autoría. En esencia, es el sistema opuesto
al Copyright y no exige autorización del autor
para su uso.
23. Creative Commons
Identificado por el símbolo CC dentro
de un círculo, basa su filosofía en la
distribución gratuita de los productos
digitales, pero permite incorporar
diferentes limitaciones en su uso.
24. Respeto del derecho de autor en la Web:
consejos y buenas prácticas
● “Optar, en la medida de lo posible, por la creación y la
difusión de sus propias obras. Para promover su
destreza en un dominio preciso, generar la circulación
hacia su sitio web gracias a trabajos que aportan un
valor añadido. También podrá ejercer su propio
derecho de autor sobre la obra creada, atribuirle una
licencia de utilización, etc.”
26. ● “Pedir al autor la autorización para utilizar su obra: es
preferible utilizar esta obra si una licencia le es
atribuida.
● En caso de compartir una obra en una red social (por
ejemplo: Youtube, Pinterest), utilizar el URL fuente,
proviniendo del sitio / blog que tiene los derechos sobre
éste.
● Añadir, en la carta de utilización de las redes sociales
de la empresa, un párrafo de buenas prácticas y
precauciones que conciernen a la utilización de obras
protegidas por los colaboradores activos en la Web
(actividades de blogging, etc.)”9
27. Conclusiones
● Es importante darle el crédito de las
imágenes, textos que encontramos en
internet, para así reconocer el esfuerzo
realizado
● debemos conocer las licencias para poder
hacer uso de los contenidos en la web.
28. Referencias
1. Definición de derecho de Autor:
http://lema.rae.es/drae/srv/search?id=hhkugbqQk2x5z1
r1dLO
2. Definición de Respeto:
http://buscon.rae.es/drae/srv/search?id=LPD0Ti94eDX
X2ySKm7GY
3. Definición de Autor:
http://lema.rae.es/drae/srv/search?key=autor
4. http://www.eduteka.org/DerechosAutor.php
29. 5. Derechos de Autor
https://www.mindomo.com/es/mindmap/derechos-de-autor-
9f6f2c2983b04aff859ddf038f126311
6. Ejemplos de derechos morales
http://www.cerlalc.org/yocreotucreas/pdf/Guia%203%20tall
er%20(con%20respuestas).pdf
7. http://www.derechodeautor.gov.co/web/guest/preguntas-
frecuentes#2
8. http://colombiadigital.net/opinion/columnistas/cultura-
mas/item/1700-derechos-de-autor-en-internet.html
30. 9.Respeto de los derechos de autor
http://es.ccm.net/faq/8855-editores-web-como-respetar-los-
derechos-de-autor#respeto-de-los-derechos-de-autor-en-
youtube
10.Licencia copyleft http://fundacioncopyleft.org/
11. Licencia Creative Commons
http://creativecommons.org