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REPERTORIO N°
– 2019.-
FUSION DE LOTES
En Talca, a_____________
días del mes de Diciembre del año dos mil diecinueve, ante mí,
______________________, Abogado, Notario Público, Titular
de____________________________________, comparecen: don DIEGO
JESÚS AVENDAÑO POBLETE, chileno, divorciado, empresario, cédula
nacional de identidad número ocho millones doscientos cuarenta y cuatro
mil ciento veintisiete guión uno, con domicilio en calle siete Norte número
mil setecientos treinta y nueve de la comuna y ciudad de Talca, Región del
Maule, mayor de edad, quien acredita su identidad con las cédulas a
indicadas, y a continuación expone: PRIMERO: DIEGO JESÚS
AVENDAÑO POBLETE, es dueño de los siguientes inmuebles: 1.-
Propiedad ubicada en calle Nueve Oriente n°1924, de la comuna y
provincia de Talca, cuyos deslindes particulares son: Norte, José
Guerrero, en 40 metros; SUR, Noe Leiva e Hipólito Poblete, en 40 metros;
ORIENTE, Mercedes viuda de Valdés, en 20 metros; PONIENTE, calle
Nueve Oriente, en 20 metros. El dominio de la propiedad se encuentra
inscrito a fojas 11918, n°11117 del Registro de Propiedad del año 2018,
del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Talca. Ante el Servicio
de Impuestos Internos la propiedad figura bajo el número Rol de Avalúo N°
1041-16, de la ciudad y comuna de Talca. 2.- Propiedad ubicada en Calle
Nueve Oriente n°1930, y corresponde al Sitio número Nueve, de la
Manzana Ciento noventa y siete, de la Población San Gabriel, e la comuna
y provincia de Talca, que mide 15 metros de frente, por 30 metros, de
fondo, cuyos deslindes particulares son: NORTE, sitio número Ocho; SUR,
sitio número Diez. ORIENTE, sitio número Doce; PONIENTE, calle Nueve
Oriente. El dominio se encuentra inscrito a fojas 11919, número 11118 del
Registro de Propiedad del año 2018, del Conservador de Bienes de Talca.
Ante el Servicio de Impuestos Internos la propiedad figura bajo el número
Rol de Avalúo N° 1041-17, de la ciudad y comuna de Talca. 3.- Propiedad
ubicada en calle Ocho Norte n°1621 y 1625, entre las calles 9 y 9 ½
Oriente, de la comuna y provincia de Talca, cuyos deslindes particulares
son: NORTE, en 14,80 metros, con Juan Escobar Aravena; SUR, en 15,30
metros, con Lote A, del mismo plano, ORIENTE, en 30,40 metros, con
José Benjamín Morales; PONIENTE, en 30 metros, con propiedad de calle
Nueve Oriente n°1924, perteneciente a la Fundación El Despertar. El
dominio se encuentra inscrito a fojas 11920 n° 11119 del Registro de
Propiedad del año 2018, del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad
de Talca. Ante el Servicio de Impuestos Internos la propiedad figura bajo el
número Rol de Avalúo N° 1041-30, de la ciudad y comuna de Talca. Las
propiedades individualizadas, fueron adquiridas por compra a Fundación El
Despertar o Corporación El Despertar, del giro de su denominación, Rut
n°82.922.000-8, representada por Jorge Luis Ávila González, sirviendo de
título traslaticio del dominio la compraventa otorgada por escritura pública
de fecha 20 de noviembre 2018 en Notaría de Talca de don Teodoro Durán;
títulos que se encuentran inscritos, respectivamente; a fojas 5663 Número
1960 del Registro de Propiedad del año 1965, del Conservador de Bienes
Raíces de Talca; a fojas 5647 n°1935 del Registro de Propiedad del año
1965, del Conservador de Bienes Raíces de Talca; y a fojas 2642 vuelta,
número tres mil setenta y tres, del Registro de Propiedad del año 1980, del
Conservador de Bienes Raíces de Talca. SEGUNDO: Constancia.- Deja
expresa constancia el compareciente, que las propiedades antes
singularizadas son colindantes entre sí y hoy forman un solo todo, de
manera tal que, en uso de las atribuciones que confiere el domino y
teniendo presente que se trata de un mismo propietario, procederá a la
fusión de los mismos, que pasan a constituir una sola unidad física
imposible de dividir, separar o subdividir. TERCERO: Que la presente
fusión ha sido autorizada por la Dirección de Obras de la Ilustre
Municipalidad de Talca, con fecha veintinueve de Agosto del año dos mil
diecinueve, como consta en la Resolución número dieciocho de
Aprobación de Fusión de Terrenos, que se inserta más adelante, que
luego fue rectificada por resolución número 81 para rectificación de
Resolución de Aprobación de Fusión de fecha diecinueve de noviembre
del año 2019, que también se inserta a la presente escritura, y del Plano
que se archivará conjuntamente con la presente escritura, autorizándose la
creación de un nuevo Lote Fusionado, que corresponderá a la
propiedad ubicada en Calle 9 Oriente n°1924 Población San Gabriel,
de la ciudad de Talca, el cual tiene una superficie total de mil
ochocientos cincuenta y cinco coma cincuenta y un metros
cuadrados (1855,51), cuyos deslindes, según la fusión aprobada, son
los siguientes: AL NORTE: en 14,80 metros con Juan Aravena, y en 40
metros con sitio número 8; AL SUR, en 15,30 metros con lote A del mismo
plano, en línea quebrada de 5 metros con mercedes viuda de Valdés, y en
40 metros en línea recta con Noe Leiva e Hipólito Poblete. ; AL ORIENTE,
en 30,40 metros con José Benjamín Morales.; y AL PONIENTE, en 35
metros con calle 9 oriente.; AL NORTE: en 14,80 metros con Juan
Aravena, y en 40 metros con sitio número 8. CUARTO: En conformidad a lo
expresado, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Registro
Conservatorio de Bienes Raíces, la Ley General de urbanismo y
Construcciones y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones,
EL compareciente Diego Jesús Avendaño Poblete, efectúa la presente
declaración por escritura pública con el objeto que se fusionen dos predios
individualizados en las cláusulas precedentes, en el predio ubicado en calle
9 oriente n°1924, Población San Gabriel, Talca., y se refundan los títulos
mencionados en una sola inscripción, todo ello, de acuerdo a los
documentos, deslindes y superficies indicados en las clausulas
precedentes. QUINTO: Los predios se fusionan como especie o cuerpo
cierto, en el estado en que actualmente se encuentran, con todo lo
edificado, construido y plantado en él, con todos sus usos, costumbres,
derechos, con todas sus servidumbres, activas y pasivas, y cuanto mas
corresponda a la propiedad, libre de todo gravamen, prohibición, embargo
o litigio pendiente, y respondiendo su actual propietaria del saneamiento
por evicción en conformidad a la Ley.- SEXTO: Por el presente
instrumento el compareciente, viene en otorgar mandato especial e
irrevocable en los términos del Artículo doscientos cuarenta y uno del
Código de Comercio, para que don FRANCISCO IGNACIO ACUÑA
GONZÁLEZ, abogado, cédula de identidad N°16.726.764-5; y doña
VANESSA SOLEDAD FUENTES GONZÁLEZ, cédula nacional de
identidad número 18.574.666-6, puedan concurrir a suscribir en su nombre
y representación uno o más instrumentos públicos, privados o minutas, con
el objeto de rectificar, aclarar o efectuar modificaciones que
correspondan, a fin de obtener por parte del Conservador de Bienes
Raíces correspondiente, la competente inscripción del presente
instrumento de Fusión de Lotes.- SEPTIMO: Se faculta al portador de
copia autorizada de la presente escritura, del Plano a que se hace
referencia en ella, y del Certificado de Aprobación de Fusión de Roles de
la Ilustre municipalidad de TALCA, para requerir del Conservador de
Bienes Raíces respectivo, el archivo y las inscripciones, anotaciones y
subinscripciones que fueren procedentes. Se complementa la presente
escritura insertando los siguientes documentos: A) “AUTORIZACIÓN
ESPECIAL N°44 (NO ELIMINA REQUISITO DE AUTORIZACIÓN
MUNICIPAL PARA FUSIONAR). NOMBRE DE PROPIETARIO: DIEGO
JESÚS AVENDAÑO POBLETE. RUT 8.244.127-1. Roles matrices: 1041-
16, 1041-17, 1041-30. EL JEFE DE LA OF. CONVENIO MUNICIPAL de la
VII Dirección Regional TALCA autoriza que los Sres Notarios escrituren y
los Conservadores de Bienes Raíces inscriban en los Registros de
Propiedad sin el requisito del Certificado de “Asignación de Números de
Roles de Avalúo”, bastando la presente autorización y la exhibición del
Plano visado por S.I.I.- Por lo expuesto, en los formularios 2890 y las
escrituras que dan cuenta de la transferencia derivada de la presente
Subdivisión Lote o Ley de Copropiedad Inmobiliaria, o en los saneamientos
o transferencias a título gratuito de pare de un inmueble de mayor
extensión, los Sres., Notarios o Conservadores, sólo deberán identificar el
o los rol Matriz. Se extiende el presente documento para ser presentado
en la Notaria o en el Conservador de Bienes Raíces, según corresponda.
OBSERVACIONES: A TRAVES DE LA RESOLUCIÓN N°18, FECHA
29/08/2019. EMITIDA POR DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES CUAL
SEÑALA AUTORIZAR LA FUSIÓN DE LOTES, ROL 1041-16, 1041-17 Y
1041-30.- EN CASO DE PRODUCIRSE LA FUSIÓN DE TÍTULOS, EL
PREDIO CONSERVARÁ EL ROL 1041-16 y SE PROCEDERA A
ELIMINAR LOS ROL; 1041-17, y 1041-30 DE LA COMUNA DE TALCA.
ASV/PGO. FECHA: 20-11-2019. VIGENCIA DE AUTORIZACIÓN: 6
MESES. Hay un timbre y una firma ANDREA SOTO VENEGAS. JEFA OF.
CONVENIO MUNICIPAL”.- CONFORME.- B.- “RESOLUCIÓN DE
APROBACIÓN DE FUSIÓN. DIRECCIÓN DE OBRAS.- ILUSTRE
MUNICIPALIDAD DE TALCA. REGIÓN: DEL MAULE. X URBANO. FOLIO:
201919466. NÚMERO DE RESOLUCIÓN 7. FECHA RESOLUCIÓN: 29-08-
2019. ROL S.I.I.: 1041-16. VISTOS: A) Las atribuciones emanadas del Art. 24
de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. B) Las disposiciones
de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en especial el Art. 116,
su Ordenanza General, y el instrumento de Planificación Territorial. C) La
solicitud de aprobación, los planos y demás antecedentes debidamente
suscritos por el propietario y los profesionales correspondientes al
expediente S.U. – 3.1.2/3.1.3/3.1.1.5 N° FU ---AGO.19466/2019.- D) El
Certificado de Informaciones Previas N° 201815863 de fecha 29-08-2019.-
RESUELVO: 1.- Aprobar el proyecto de RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN
DE FUSIÓN para el predio ubicado en calle/avenida/camino 9 ORIENTE
N° 1924 localidad o loteo POBLACIÓN SAN GABRIEL Sector URBANO,
de conformidad a los planos y antecedentes timbrados por este D.O.M,
que forman parte de la presente autorización y que se encuentran
archivados en el expediente S.U. 3.1.2./3.1.3./3.1.5, N° FU---
,AGO.19466/2019. 2.- Otorga permiso para la ejecución de las obras de
urbanización correspondientes. 3.- INDIVIDUALIZACIÓN DE LOS
INTERESADOS: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROPIETARIO:
DIEGO AVENDAÑO POBLETE. RUT: 8.244.127. NOMBRE DEL
ARQUITECTO O PROFESIONAL COMPETENTE: RICARDO URRUTIA
FIERO. RUT: 6.325.156-9.- 4.- CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO. 4.1.-
FUSIÓN. SITUACIÓN ANTERIOR: LOTES RESULTANTES: N° LOTE 1
ROL 1041-30. SUPERFICIE (M2): 454,510.- N° LOTE 2 ROL 1041-17.
SUPERFICIE (M2): 600,000.- N° LOTE 3 ROL 1047-16. SUPERFICIE (M2):
800,000.- TOTAL: 1854,51.- SITUACIÓN ACTUAL. LOTES
RESULTANTES: N° LOTE FUSIONADO ROL 1041-16. SUPERFICIE (M2):
1655,51. CEDE A BIEN NACIONAL DE USO PÚBLICO. TOTAL: 1855,51.
Hay un timbre y una firma ilegible.- 5.- Deberá solicitar en el servicio de
impuestos internos la asignación de los Roles de avalúo para los lotes generados
y archivar los planos con la presente resolución en el Conservador de Bienes
Raíces.-6.- Anótese en el registro especial de esta D.O.M., archívese los
originales del plano y de la presente resolución, y dese copias autorizadas a los
interesados.- 7.- PAGO DE DERECHOS. SUBDIVISIÓN: AVALÚO FISCAL
DEL TERRENO: 2%. FUSIÓN: 1 CUOTA AHORRO CORVI: $1.640. SALDO
A PAGAR: $1.640. GIRO INGRESO MUNICIPAL N° 17306 FECHA:
28.08.2019. DERECHOS MUNICIPALES TOTAL A PAGAR (1 CUOTA DE
AHORRO CORVI): $1.640.- NOTAS: -LAS MEDIDAS, DESLINDES Y
DOMINIOS EXPUESTOS SON DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DEL
PROPIETARIO Y ARQUITECTO PATROCINANTE. –EN FORMA PREVIA
O CONUNTA A LA SOLICITUD DE PERMISO DE EDIFICACIÓN, SERÁ
OBLIGACIÓN LA APROBACIÓN Y PRFECCIONAMIENTO DE
FUSIONES, SUBDIVISIONES O RECTIFICACIONES DE DESLINDES DE
PROYECTOS QUE INVOLUCREN MÁS DE UN PREDIO. –LA
RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE FUSIÓN, EN NINGÚN CASO
REEMPLAZA EL PERMISO DE EDIFICACIÓN PARA CON
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LA DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES. Hay timbre y una firma ilegible
GLENDY ALEJANDRA CORNEJO SALAS, ARQUITECTO. JEFE
DEPARTAMENTO URBANISMO. Hay timbre y firma ilegible CONSTANZA
MUÑOZ GATES, ARQUITECTO, DIRECTORA DE OBRAS
MUNICIPALES”.- CONFORME.- C.- RESOLUCIÓN N°81 Para rectificación
de Resolución de Aprobación de Fusión. Talca, 19.11.2019. VISTOS: 1.- Las
atribuciones emanadas del Artículo 24 de la Ley Orgánica Constitucional de
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Construcciones, en especial el Artículo 116, en su Ordenanza General y el
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rol: 1041-16. Hay timbre y una firma ilegible CONSTANZA MUÑOZ GAETE.
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Resolución. OTÓRGUESE, copias autorizadas al interesado. ENVÍESE, copia de
la presente Resolución al Servicio de Impuestos Internos”. .- CONFORME.- La
compareciente, declara no haber bloqueado su cédula de identidad conforme a la
Ley diecinueve mil novecientos cuarenta y ocho.- Conforme minuta redactada
por expresas instrucciones entregadas por la compareciente.- En comprobante,
previa lectura, así la otorga y firma.- Se da copia.- Doy fe.- CERTIFICO: Que la
escritura que antecede se encuentra anotada en el Repertorio de Instrumentos
Públicos del Oficio a mi cargo, bajo el número: …………………….
Falta INSERTAR AVALUOS Y CERTIFICADOS DE DEUDA TESORERÍA
www.misabogadoslaborales.cl
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DIEGO JESÚS AVENDAÑO POBLETE
C.I. 8.244.127-1

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Escritura fusion de propiedades

  • 1. REPERTORIO N° – 2019.- FUSION DE LOTES En Talca, a_____________ días del mes de Diciembre del año dos mil diecinueve, ante mí, ______________________, Abogado, Notario Público, Titular de____________________________________, comparecen: don DIEGO JESÚS AVENDAÑO POBLETE, chileno, divorciado, empresario, cédula nacional de identidad número ocho millones doscientos cuarenta y cuatro mil ciento veintisiete guión uno, con domicilio en calle siete Norte número mil setecientos treinta y nueve de la comuna y ciudad de Talca, Región del Maule, mayor de edad, quien acredita su identidad con las cédulas a indicadas, y a continuación expone: PRIMERO: DIEGO JESÚS AVENDAÑO POBLETE, es dueño de los siguientes inmuebles: 1.- Propiedad ubicada en calle Nueve Oriente n°1924, de la comuna y provincia de Talca, cuyos deslindes particulares son: Norte, José Guerrero, en 40 metros; SUR, Noe Leiva e Hipólito Poblete, en 40 metros; ORIENTE, Mercedes viuda de Valdés, en 20 metros; PONIENTE, calle Nueve Oriente, en 20 metros. El dominio de la propiedad se encuentra inscrito a fojas 11918, n°11117 del Registro de Propiedad del año 2018, del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Talca. Ante el Servicio de Impuestos Internos la propiedad figura bajo el número Rol de Avalúo N° 1041-16, de la ciudad y comuna de Talca. 2.- Propiedad ubicada en Calle
  • 2. Nueve Oriente n°1930, y corresponde al Sitio número Nueve, de la Manzana Ciento noventa y siete, de la Población San Gabriel, e la comuna y provincia de Talca, que mide 15 metros de frente, por 30 metros, de fondo, cuyos deslindes particulares son: NORTE, sitio número Ocho; SUR, sitio número Diez. ORIENTE, sitio número Doce; PONIENTE, calle Nueve Oriente. El dominio se encuentra inscrito a fojas 11919, número 11118 del Registro de Propiedad del año 2018, del Conservador de Bienes de Talca. Ante el Servicio de Impuestos Internos la propiedad figura bajo el número Rol de Avalúo N° 1041-17, de la ciudad y comuna de Talca. 3.- Propiedad ubicada en calle Ocho Norte n°1621 y 1625, entre las calles 9 y 9 ½ Oriente, de la comuna y provincia de Talca, cuyos deslindes particulares son: NORTE, en 14,80 metros, con Juan Escobar Aravena; SUR, en 15,30 metros, con Lote A, del mismo plano, ORIENTE, en 30,40 metros, con José Benjamín Morales; PONIENTE, en 30 metros, con propiedad de calle Nueve Oriente n°1924, perteneciente a la Fundación El Despertar. El dominio se encuentra inscrito a fojas 11920 n° 11119 del Registro de Propiedad del año 2018, del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Talca. Ante el Servicio de Impuestos Internos la propiedad figura bajo el número Rol de Avalúo N° 1041-30, de la ciudad y comuna de Talca. Las propiedades individualizadas, fueron adquiridas por compra a Fundación El Despertar o Corporación El Despertar, del giro de su denominación, Rut n°82.922.000-8, representada por Jorge Luis Ávila González, sirviendo de título traslaticio del dominio la compraventa otorgada por escritura pública de fecha 20 de noviembre 2018 en Notaría de Talca de don Teodoro Durán; títulos que se encuentran inscritos, respectivamente; a fojas 5663 Número 1960 del Registro de Propiedad del año 1965, del Conservador de Bienes Raíces de Talca; a fojas 5647 n°1935 del Registro de Propiedad del año 1965, del Conservador de Bienes Raíces de Talca; y a fojas 2642 vuelta, número tres mil setenta y tres, del Registro de Propiedad del año 1980, del
  • 3. Conservador de Bienes Raíces de Talca. SEGUNDO: Constancia.- Deja expresa constancia el compareciente, que las propiedades antes singularizadas son colindantes entre sí y hoy forman un solo todo, de manera tal que, en uso de las atribuciones que confiere el domino y teniendo presente que se trata de un mismo propietario, procederá a la fusión de los mismos, que pasan a constituir una sola unidad física imposible de dividir, separar o subdividir. TERCERO: Que la presente fusión ha sido autorizada por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Talca, con fecha veintinueve de Agosto del año dos mil diecinueve, como consta en la Resolución número dieciocho de Aprobación de Fusión de Terrenos, que se inserta más adelante, que luego fue rectificada por resolución número 81 para rectificación de Resolución de Aprobación de Fusión de fecha diecinueve de noviembre del año 2019, que también se inserta a la presente escritura, y del Plano que se archivará conjuntamente con la presente escritura, autorizándose la creación de un nuevo Lote Fusionado, que corresponderá a la propiedad ubicada en Calle 9 Oriente n°1924 Población San Gabriel, de la ciudad de Talca, el cual tiene una superficie total de mil ochocientos cincuenta y cinco coma cincuenta y un metros cuadrados (1855,51), cuyos deslindes, según la fusión aprobada, son los siguientes: AL NORTE: en 14,80 metros con Juan Aravena, y en 40 metros con sitio número 8; AL SUR, en 15,30 metros con lote A del mismo plano, en línea quebrada de 5 metros con mercedes viuda de Valdés, y en 40 metros en línea recta con Noe Leiva e Hipólito Poblete. ; AL ORIENTE, en 30,40 metros con José Benjamín Morales.; y AL PONIENTE, en 35 metros con calle 9 oriente.; AL NORTE: en 14,80 metros con Juan Aravena, y en 40 metros con sitio número 8. CUARTO: En conformidad a lo expresado, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, la Ley General de urbanismo y
  • 4. Construcciones y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, EL compareciente Diego Jesús Avendaño Poblete, efectúa la presente declaración por escritura pública con el objeto que se fusionen dos predios individualizados en las cláusulas precedentes, en el predio ubicado en calle 9 oriente n°1924, Población San Gabriel, Talca., y se refundan los títulos mencionados en una sola inscripción, todo ello, de acuerdo a los documentos, deslindes y superficies indicados en las clausulas precedentes. QUINTO: Los predios se fusionan como especie o cuerpo cierto, en el estado en que actualmente se encuentran, con todo lo edificado, construido y plantado en él, con todos sus usos, costumbres, derechos, con todas sus servidumbres, activas y pasivas, y cuanto mas corresponda a la propiedad, libre de todo gravamen, prohibición, embargo o litigio pendiente, y respondiendo su actual propietaria del saneamiento por evicción en conformidad a la Ley.- SEXTO: Por el presente instrumento el compareciente, viene en otorgar mandato especial e irrevocable en los términos del Artículo doscientos cuarenta y uno del Código de Comercio, para que don FRANCISCO IGNACIO ACUÑA GONZÁLEZ, abogado, cédula de identidad N°16.726.764-5; y doña VANESSA SOLEDAD FUENTES GONZÁLEZ, cédula nacional de identidad número 18.574.666-6, puedan concurrir a suscribir en su nombre y representación uno o más instrumentos públicos, privados o minutas, con el objeto de rectificar, aclarar o efectuar modificaciones que correspondan, a fin de obtener por parte del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, la competente inscripción del presente instrumento de Fusión de Lotes.- SEPTIMO: Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura, del Plano a que se hace referencia en ella, y del Certificado de Aprobación de Fusión de Roles de la Ilustre municipalidad de TALCA, para requerir del Conservador de Bienes Raíces respectivo, el archivo y las inscripciones, anotaciones y
  • 5. subinscripciones que fueren procedentes. Se complementa la presente escritura insertando los siguientes documentos: A) “AUTORIZACIÓN ESPECIAL N°44 (NO ELIMINA REQUISITO DE AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA FUSIONAR). NOMBRE DE PROPIETARIO: DIEGO JESÚS AVENDAÑO POBLETE. RUT 8.244.127-1. Roles matrices: 1041- 16, 1041-17, 1041-30. EL JEFE DE LA OF. CONVENIO MUNICIPAL de la VII Dirección Regional TALCA autoriza que los Sres Notarios escrituren y los Conservadores de Bienes Raíces inscriban en los Registros de Propiedad sin el requisito del Certificado de “Asignación de Números de Roles de Avalúo”, bastando la presente autorización y la exhibición del Plano visado por S.I.I.- Por lo expuesto, en los formularios 2890 y las escrituras que dan cuenta de la transferencia derivada de la presente Subdivisión Lote o Ley de Copropiedad Inmobiliaria, o en los saneamientos o transferencias a título gratuito de pare de un inmueble de mayor extensión, los Sres., Notarios o Conservadores, sólo deberán identificar el o los rol Matriz. Se extiende el presente documento para ser presentado en la Notaria o en el Conservador de Bienes Raíces, según corresponda. OBSERVACIONES: A TRAVES DE LA RESOLUCIÓN N°18, FECHA 29/08/2019. EMITIDA POR DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES CUAL SEÑALA AUTORIZAR LA FUSIÓN DE LOTES, ROL 1041-16, 1041-17 Y 1041-30.- EN CASO DE PRODUCIRSE LA FUSIÓN DE TÍTULOS, EL PREDIO CONSERVARÁ EL ROL 1041-16 y SE PROCEDERA A ELIMINAR LOS ROL; 1041-17, y 1041-30 DE LA COMUNA DE TALCA. ASV/PGO. FECHA: 20-11-2019. VIGENCIA DE AUTORIZACIÓN: 6 MESES. Hay un timbre y una firma ANDREA SOTO VENEGAS. JEFA OF. CONVENIO MUNICIPAL”.- CONFORME.- B.- “RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE FUSIÓN. DIRECCIÓN DE OBRAS.- ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCA. REGIÓN: DEL MAULE. X URBANO. FOLIO: 201919466. NÚMERO DE RESOLUCIÓN 7. FECHA RESOLUCIÓN: 29-08-
  • 6. 2019. ROL S.I.I.: 1041-16. VISTOS: A) Las atribuciones emanadas del Art. 24 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. B) Las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en especial el Art. 116, su Ordenanza General, y el instrumento de Planificación Territorial. C) La solicitud de aprobación, los planos y demás antecedentes debidamente suscritos por el propietario y los profesionales correspondientes al expediente S.U. – 3.1.2/3.1.3/3.1.1.5 N° FU ---AGO.19466/2019.- D) El Certificado de Informaciones Previas N° 201815863 de fecha 29-08-2019.- RESUELVO: 1.- Aprobar el proyecto de RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE FUSIÓN para el predio ubicado en calle/avenida/camino 9 ORIENTE N° 1924 localidad o loteo POBLACIÓN SAN GABRIEL Sector URBANO, de conformidad a los planos y antecedentes timbrados por este D.O.M, que forman parte de la presente autorización y que se encuentran archivados en el expediente S.U. 3.1.2./3.1.3./3.1.5, N° FU--- ,AGO.19466/2019. 2.- Otorga permiso para la ejecución de las obras de urbanización correspondientes. 3.- INDIVIDUALIZACIÓN DE LOS INTERESADOS: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROPIETARIO: DIEGO AVENDAÑO POBLETE. RUT: 8.244.127. NOMBRE DEL ARQUITECTO O PROFESIONAL COMPETENTE: RICARDO URRUTIA FIERO. RUT: 6.325.156-9.- 4.- CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO. 4.1.- FUSIÓN. SITUACIÓN ANTERIOR: LOTES RESULTANTES: N° LOTE 1 ROL 1041-30. SUPERFICIE (M2): 454,510.- N° LOTE 2 ROL 1041-17. SUPERFICIE (M2): 600,000.- N° LOTE 3 ROL 1047-16. SUPERFICIE (M2): 800,000.- TOTAL: 1854,51.- SITUACIÓN ACTUAL. LOTES RESULTANTES: N° LOTE FUSIONADO ROL 1041-16. SUPERFICIE (M2): 1655,51. CEDE A BIEN NACIONAL DE USO PÚBLICO. TOTAL: 1855,51. Hay un timbre y una firma ilegible.- 5.- Deberá solicitar en el servicio de impuestos internos la asignación de los Roles de avalúo para los lotes generados
  • 7. y archivar los planos con la presente resolución en el Conservador de Bienes Raíces.-6.- Anótese en el registro especial de esta D.O.M., archívese los originales del plano y de la presente resolución, y dese copias autorizadas a los interesados.- 7.- PAGO DE DERECHOS. SUBDIVISIÓN: AVALÚO FISCAL DEL TERRENO: 2%. FUSIÓN: 1 CUOTA AHORRO CORVI: $1.640. SALDO A PAGAR: $1.640. GIRO INGRESO MUNICIPAL N° 17306 FECHA: 28.08.2019. DERECHOS MUNICIPALES TOTAL A PAGAR (1 CUOTA DE AHORRO CORVI): $1.640.- NOTAS: -LAS MEDIDAS, DESLINDES Y DOMINIOS EXPUESTOS SON DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DEL PROPIETARIO Y ARQUITECTO PATROCINANTE. –EN FORMA PREVIA O CONUNTA A LA SOLICITUD DE PERMISO DE EDIFICACIÓN, SERÁ OBLIGACIÓN LA APROBACIÓN Y PRFECCIONAMIENTO DE FUSIONES, SUBDIVISIONES O RECTIFICACIONES DE DESLINDES DE PROYECTOS QUE INVOLUCREN MÁS DE UN PREDIO. –LA RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE FUSIÓN, EN NINGÚN CASO REEMPLAZA EL PERMISO DE EDIFICACIÓN PARA CON CONSTRUCCIONES QUE NO SE ENCUETREN REGULARIZADAS ANTE LA DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES. Hay timbre y una firma ilegible GLENDY ALEJANDRA CORNEJO SALAS, ARQUITECTO. JEFE DEPARTAMENTO URBANISMO. Hay timbre y firma ilegible CONSTANZA MUÑOZ GATES, ARQUITECTO, DIRECTORA DE OBRAS MUNICIPALES”.- CONFORME.- C.- RESOLUCIÓN N°81 Para rectificación de Resolución de Aprobación de Fusión. Talca, 19.11.2019. VISTOS: 1.- Las atribuciones emanadas del Artículo 24 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. 2.- Las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en especial el Artículo 116, en su Ordenanza General y el Instrumento de Planificación Territorial. TENIENDO PRESENTE: Las facultades que me confiere la legislación vigente de la Ley General de
  • 8. Urbanismo y Construcciones y La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. RESUELVO: - RECTIFICAR RESOLUCIÓN de Aprobación de Fusión n°18 de fecha 29/08/2019, en lo siguiente: - En el punto 4: Características del proyecto. – Numeral 4,1 Fusión. – En Situación Anterior, en la cuarta fila, columna 1. DONDE DICE: lote rol: 1047-16. DEBE DECIR: lote rol: 1041-16. Hay timbre y una firma ilegible CONSTANZA MUÑOZ GAETE. ARQUITECTO. DIRECTORA DE OBRAS MUNICIPALES. ANÓTESE, en el registro especial de esta Dirección. ARCHÍVESE, los originales de la Presente Resolución. OTÓRGUESE, copias autorizadas al interesado. ENVÍESE, copia de la presente Resolución al Servicio de Impuestos Internos”. .- CONFORME.- La compareciente, declara no haber bloqueado su cédula de identidad conforme a la Ley diecinueve mil novecientos cuarenta y ocho.- Conforme minuta redactada por expresas instrucciones entregadas por la compareciente.- En comprobante, previa lectura, así la otorga y firma.- Se da copia.- Doy fe.- CERTIFICO: Que la escritura que antecede se encuentra anotada en el Repertorio de Instrumentos Públicos del Oficio a mi cargo, bajo el número: ……………………. Falta INSERTAR AVALUOS Y CERTIFICADOS DE DEUDA TESORERÍA www.misabogadoslaborales.cl www.abogadosdeantofagasta.cl www.abogadosencurico.cl DIEGO JESÚS AVENDAÑO POBLETE C.I. 8.244.127-1