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GRUPO DE CALIDAD EDUCATIVA
LINEAMIENTOS OPERATIVOS
DEL DECRETO No.1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009
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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN
DE LOS ESTUDIANTES
(SIEES)
Material seleccionado y reestructurado por:
ADOLFO PEREIRA VIVAS – Supervisor.
ENOC BAUDILIO ROA CAICEDO – Director de Núcleo.
Equipo de Calidad Educativa: Diana Maria Pereira FernándezDirectora de Calidad
Maria Fernanda Ochoa- Profesional Universitario
Maricela Gutiérrez- Profesional Universitario
Maria Isabel Acevedo- Profesional Universitario

LINEAMIENTOS OPERATIVOS
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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
(SIEES)
INSTRUCTIVO NÚMERO UNO
Para definir el (SIEES) se recomienda:
1. Revisar el Modelo Pedagógico previsto en el PEI y el Decreto 1290 del 16 de Abril de
2009.
2. Reconceptualizar los siguientes tópicos:
2.1.
2.2.
2.3.
2.4.
2.4.1.
2.4.2.
2.4.3.
2.4.4.

Qué se entiende por Evaluación Educativa.
Características de la Evaluación Educativa.
Finalidades o propósitos de la Evaluación.
Instancias de Evaluación.
Evaluación diagnóstica o inicial (definición, objetivos y operacionalización).
Evaluación formativa o de proceso (definición, objetivos y operacionalización).
Evaluación acumulativa o sumativa (definición, objetivos y operacionalización).
Autoevaluación de los estudiantes (definición, objetivos y operacionalización).

3. Análisis de la Escala de valoración nacional.
3.1.
3.2.

Escala cuantitativa o cualitativa institucional.
Equivalencia institucional versus escala nacional.

4. Resignificación del concepto de desempeño asociado a:
4.1.
4.2.
4.3.
4.4.
4.5.

Competencias Básicas.
Competencias laborales (generales y específicas).
Competencias ciudadanas.
Estrategias de valoración integral de competencias.
Evidencias de los desempeños (instrumentos y eventos).

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4.6.

A resultados de las pruebas externas (Internacionales – Nacionales).

Nota: recomendamos la lectura de los documentos de Francisco Cajiao – vía Internet.
•

Información básica para discusión sobre la evaluación escolar.

•

La evaluación del aprendizaje – aspectos pedagógicos.

5. Concepto de promoción.
5.1. Criterios de promoción (escala numérica o cualitativa).
5.1.1. Definición, promoción y no promoción, asociados a las variables:
- Asistencia a clases.
- Número de áreas y su valoración de desempeño bajos.
- Duración del año escolar y sus periodos.
- Número de evaluaciones (mínimo) por periodo.
- Graduación.
5.1.2. Tratamiento a los alumnos (as) no promovidos al grado siguiente.
5.1.3. Promoción anticipada (definición, objetivos y operacionalización).
5.2. Certificaciones.
5.3. Valoración en casos especiales (alumnos que por prescripción médica están
eximidos para realizar Educación Física, e indicaciones sobre el manejo del área
de Religión (Decreto 4500 / Dic.19/2006).
6. De la programación e información de evaluaciones.
7. De los informes del rendimiento escolar (definición, estructura y oportunidad en su
entrega a los acudientes y estudiantes, derecho del alumno a estar informado).
8. De las necesidades educativas especiales (educación inclusiva) evaluación diferenciada.
9. Situaciones especiales en la evaluación.

1
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9.1.
9.2.
9.3.
9.4.
10.

Inasistencia a pruebas.
No presentación de trabajos, ensayos, informes, laboratorios, etc.
Plagio.
Fuerza mayor (Ej. Embarazo).

Trámites de reclamaciones o quejas sobre la evaluación (garantía del debido
proceso).

11.

Evaluación de los proyectos transversales.

12.

Derechos, deberes, distinciones en la evaluación.

1
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INSTRUCTIVO NUMERO DOS
Con base a la Cultura Evaluativa y el modelo educativo previsto en su Proyecto Educativo
Institucional (P.E.I.), discutir entorno a las siguientes conceptualizaciones, manifestar estar
de acuerdo o desacuerdo y plantear en colectivo una definición propia para su
establecimiento educativo.
EVALUACION:
• Es un proceso crítico, intencionado y sistemático de recolección, análisis, comprensión
e interpretación de información que permite a los actores educativos valorar el estado
en que se encuentra la formación integral de los estudiantes. (Favor revisar el articulo
92 de la Ley 115/94).
• Es un proceso inherente al quehacer educativo, planificado y permanente, que permita
la recopilación de información a través de procedimientos cualitativos y/o
cuantitativos, con el bien de emitir juicios valorativos que sirvan de base para
determinar el nivel de logro alcanzado en los objetivos propuestos, de acuerdo con un
referente claramente establecido y que oriente la toma consensuada de decisiones por
parte de los interesados (Revisar el concepto de estándar de calidad).
• Se concibe a la evaluación como un proceso permanente y sistemático como parte del
proceso educativo global, mediante la cual se obtiene y analiza información relevante
sobre la enseñanza y sobre el aprendizaje, permitiendo formular juicios valorativos y
tomar decisiones en procura de mejorar el proceso educativo en todas sus
dimensiones, principalmente sobre los factores o condiciones que influyen en la calidad
y en el logro de aprendizajes de los alumnos.

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• La FUNLAM, 1998, presentó una definición estructural de evaluación -ver anexo No. 1-.
• Julián de Zubiría, 1995 presenta un mapa conceptual sobre la evaluación educativa, sus
fines y criterios. -ver anexo No.2-.
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ANEXO No 1
DEFINICION ESTRUCTURAL DE EVALUACION

Es un
Proceso

De recolección
De información

Diversidad

Dinámico
Continuo
Motivador
Interesante
Variado

Formativo
Los promedios
No tienen sentido

Diagnóstico
con objetivos
oportunos

Variedad
de
Instrumentos

Actitud
del
Docente

1

Justicia
Juicios de valor Equidad
Ética
Responsabilidad

Análisis
y
Valoración
de
Información

Contexto

Indicios
Sintomatología Errores
Fallas

Diagnóstico
Resultados

Etiología

Búsqueda de
causas

Pronóstico

Procesos

Ponderación

Para
tomar
Decisiones

Intervención
Racional
Diferencias
Individuales

Excelencia
Sintomatología Mejoramiento
Vs.
Ajustes
Etiología
Refuerzos
Correctivos

evaluativa

Excelencia
educativa
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EVALUACION EDUCATIVA, SUS FINES Y CRITERIOS

EVALUAR
Es formular
JUICIOS
DE VALOR

1
son

son

Son

FALIBLES

COMPARATIVOS

FINALISTAS

Por eso exigen

Por eso exigen

Por eso exigen

CONOCIMIENTO
(Información)

CRITERIOS

PROPÓSITOS
Que pueden ser

Que pueden ser

DIAGNOSTICOS
Situaciones
ideales

Situaciones
previas

SUMATIVOS
FORMATIVOS
Sirven para

Sirven para
Entidades
similares

Objetivos
preestablecidos

FUENTE: Julián de Zubiría, Miguel Ángel González, 1995.

Sirven para
Comenzar bien
el proceso
Mejorar durante el
proceso

Calificar los
Resultados
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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES
(SIEES)
INSTRUCTIVO NUMERO TRES
De la definición institucional de evaluación por el colectivo docente se desprenden y
desprender las siguientes características de ella:
• INTEGRAL: la evaluación se concibe como un proceso global y consubstancial a la
enseñanza y aprendizaje, puesto que forma parte del proceso educativo y del
desarrollo del curricular escolar, por lo tanto, ella no puede considerarse como fin en sí
misma, sino que opera en toda la tarea educativa, siendo útil y necesaria para el
mejoramiento del que hacer educativo.
Esto significa evaluar el desarrollo del (la) alumno (a) en todas sus dimensiones,
atendiendo a las diferencias individuales y considerando múltiples procedimientos.
En otras palabras se dirige al ser humano como una totalidad, por tanto tiene en
cuenta valores, actitudes, emociones, conocimientos, habilidades y destrezas.
• CONTINUA: Significa que la evaluación constituye un proceso que acompaña siempre a
cualquier tipo de actividad educativa, permitiendo así hacer los ajustes y
mejoramientos necesarios durante el proceso enseñanza – aprendizaje.
Por ser un proceso complejo e importante, la evaluación compromete a todos los que
participan en el proceso educativo: docente, alumnos (as), directivos y padres de
familia.

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• ACUMULATIVA: Debe considera los resultados de los aprendizajes previos, a fin de
determinar sus efectos sobre sucesivas evaluaciones. Estos resultados serán fuente de
información sobre los procedimientos a utilizar, con el propósito de favorecer los
aprendizajes de los (as) alumnos (as).

• COOPERATIVA: Es un proceso en el que participan docentes y estudiantes y tiene en
cuenta la autoevaluación, la co-evaluación y la hetero-evaluación.
• PERSPECTIVA CIENTIFICA: Tiene en cuenta los procesos de construcción, recreación y
comunicación del conocimiento científico, tecnológico, y el que se genera en las
prácticas sociales comunicativas.
• META-EVALUACION: La evaluación se considera un proceso que guía y revisa sus
propios procedimientos con el fin de optimizarlos.
• ETICA: Parte del reconocimiento de las múltiples relaciones que se dan entre los
sectores educativos, basados en el respeto mutuo, la autonomía, la responsabilidad, la
equidad y la justicia.

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INSTRUCTIVO NUMERO CUATRO
• PROPOSITOS O FINALIDADES
Para este tópico tener en cuenta el Artículo 3 del Decreto 1290 del 16 de Abril de 2009,
que equivalen los que a continuación detallamos:
 Apreciar los progresos alcanzados por los alumnos, en términos de conducta
adquirida, de acuerdo con los patrones deseables formulados en los estándares.
 Determinar el grado de eficiencia de los planes, programas, políticas docentes e
instrumentos pedagógicos empleados en la enseñanza para introducir los cambios o
ajustes convenientes.
 Estimular las aptitudes y analizar los intereses del estudiante hacia diversas
actividades del saber.
 Desarrollar en el alumno la capacidad de autocrítica para conocer y analizar de
manera adecuada sus potencialidades y limitaciones en su proceso de formación.
 Contribuir a forjar la personalidad del educando mediante la participación activa en
su propio aprendizaje y por ende al desarrollo de su responsabilidad personal y de
futuro egresado.

1
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 Promover la actividad creadora y la capacidad crítica del estudiante desde una
perspectiva ética, analítica, constructiva y argumentativa.

 Favorecer el proceso de interacción entre el educador y el educando, y, la
participación de éstos en los procesos de evaluación del desarrollo humano integral.
 La evaluación tendrá como una de sus metas fundamentales proporcionar toda
información básica que permita un acertado conocimiento sobre el grado de
progreso en el aprendizaje experimentado en el alumno, y al mismo tiempo
orientará hacia la búsqueda y aplicación de los correctores necesarios.
 Favorecer el diálogo, la mediación, el desarrollo de la relación adecuada con la
norma y el uso de los procedimientos establecidos para reclamar sus derechos y
resolver las dificultades que se presentan en su proceso de formación.

• LA UTILIDAD DEL PROCESO DE EVALUACION
o PARA EL PROFESOR:
 Saber cuáles objetivos fueron cumplidos, a través del proceso pedagógico
proyectado.
 Analizar las causas que pudieron haber motivado deficiencias en el logro de los
objetivos propuestos.
 Adoptar una decisión en relación a las causas que produjeron el logro parcial de
los objetivos propuestos.

1
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 Aprender de la experiencia y no incurrir en el futuro en los mismos errores.
 Obtener evidencias que le permitan decidir qué aspectos de los métodos, de los
procedimientos utilizados, del Plan de Estudios, de los materiales de enseñanza o
de cualquier otra variable involucrada, deben ser mejorados.
 Establecer una base de datos y de materiales que hayan probado su validez.

 Generar una actitud de autoevaluación permanente que permita el
mejoramiento constante de su práctica pedagógica.
o PARA EL (LA) ALUMNO (A):
 Conocer sus fortalezas y debilidades en el aprendizaje de determinados aspectos
durante el proceso, y qué debe hacer para superarlos.
 Tener una estimación de su propio progreso, ya sea durante el proceso, como al
término de éste.
 Obtener una retroalimentación permanente a su trabajo, que le permita
optimizar sus logros.
 Generar una actitud de autoevaluación que permita favorecer sus aprendizajes,
en forma permanente (Capítulo 4, numeral 5, D. 1290/2009)
NOTA: Se sugiere determinar la utilidad de la evaluación en las instancias de Gobierno
Escolar, y Padres de Familia.

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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES
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INSTRUCTIVO NUMERO CINCO
• INSTANCIAS DE EVALUACION
Para estructurar un buen reglamento de evaluación de los estudiantes, o sistema
institucional de evaluación de los estudiantes, hay que especificar la existencia de
cuatro tipos de evaluación: Diagnóstica o Inicial, Formativa o de Proceso, Acumulativa o
Sumativa y Diferenciada (sólo cuando sea pertinente).
 EVALUACION DIAGNOSTICA O INICIAL
La evaluación diagnóstica, realizada al principio del periodo escolar, o de una unidad
de aprendizaje, permite conocer y configurar un panorama real y actualizado de las
condiciones de los Alumnos (necesidades, aprendizajes previos, estilos de
aprendizaje), contrastadas con las metas propuestas. Al mismo tiempo, permite
realizar ajustes en la planificación y orienta la provisión y selección de los recursos
pedagógicos.
Para efectos prácticos de programación, el diagnostico sobre aprendizajes previos
de los Alumnos será realizado al menos al inicio del Año Escolar, como finalización
del desarrollo de una unidad de reforzamiento, nivelación a comienzos del Año
Escolar debiendo registrarse su resultado por medio de un concepto que refleje el
nivel de logro e informando a los acudientes en el corto plazo.
Por ningún motivo deberá considerarse esta evaluación como medio de calificación.
Los resultados de esta evaluación diagnóstica deberán ser analizados por el docente,
quien entregará un informe a la Coordinación Académica de su establecimiento en

1
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el cual tendrá que incorporar un plan de trabajo para mejorar las deficiencias en
caso de ser detectadas.
 EVALUACION FORMATIVA
La evaluación formativa tiene por objetivo proporcionar información para la mejora
de los aprendizajes y compromete
la implementación de estrategias de
retroalimentación.
Será registrada como información objetiva y permanente de logros y avances del
Alumno y podrá traducirse y registrarse como calificación parcial, según criterio
pedagógico del Profesor en acuerdo con la Coordinación de su establecimiento,
cuando en su conjunto la información sea necesaria para tomar decisiones sobre
acreditación del proceso de aprendizaje.
En relación al Profesor y su enseñanza, las evaluaciones formativas ofrecen valiosa
información para hacer ajustes sobre planificaciones, actividades, recursos y
organización del tiempo y del espacio de enseñanza.
La evaluación formativa o de proceso tendrá como objetivos:
- Determinar el logro de los objetivos establecidos en una unidad de aprendizaje.
- Detectar aquellos casos en que es necesario utilizar material de apoyo o
estrategias alternativas de aprendizaje para superar deficiencias en el logro de los
objetivos propuestos.
- Retroalimentar el proceso de aprendizaje de los (as) alumnos (as), comunicando
en detalle el grado de avance logrado por cada uno de ellos (as).
Se aplicará en forma continua en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Servirá de
orientación al profesor y al alumno en la construcción de los aprendizajes; permite ir
detectando el ritmo de aprendizaje de los alumnos. Esta se expresará en notas que
deberán ser registradas y consignadas en el cuaderno oficial personal del profesor.

1
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El promedio de las notas formativas se considerarán como una calificación del
objetivo y/o periodo del año lectivo.
Podrán ser evaluaciones formativas, entre otras, guías, fichas de trabajo, actividades
de clases, tareas, etc., siempre y cuando den cuenta clara del proceso de avance de
las destrezas y contenidos de la Unidad de aprendizaje.
Los resultados deben ser informados a la brevedad y analizados con los alumnos
después de su aplicación para una pronta retroalimentación si procede. Serán
también informados los acudientes de las situaciones especiales de aprendizaje de
su hijo (a) en las entrevistas con el profesor del área, si el caso lo amerita.
 EVALUACION ACUMULATIVA O SUMATIVA
Se concibe la evaluación acumulativa o sumativa como el conjunto de actuaciones
que tienden a conocer el grado concreto y real del logro de los (as) alumnos (as)
respecto de los objetivos educativos, propuestos inicialmente en el proceso de
enseñanza y aprendizaje.
La evaluación acumulativa o sumativa tiene por finalidad:
- Determinar el grado de logros alcanzados en función de los objetivos de
aprendizaje propuestos inicialmente.
- Proporcionar antecedentes para la calificación de los (as) alumnos (as) y su
promoción.
Se recomienda determinar el número de notas que se deben colocar en cada
periodo, -como ya haya dividido el plantel- el año lectivo como mínimo por cada
área, a título de recomendación damos la siguiente tabla:
HORA x AREA

CANTIDAD DE CALIFICACIONES MINIMAS

1 HORA

2 CALIFICACIONES

2 HORAS

2 CALIFICACIONES

3 HORAS

3 CALIFICACIONES

1
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4 HORAS

4 CALIFICACIONES

5 ó MAS HORAS

5 CALIFICACIONES

Propuesta a concertar en los Comités de Área.
ADVERTENCIAS:
Con el fin de promover la racionalización del trabajo académico de los (as) alumnos
(as) las evaluaciones se calendarizarán al inicio de cada periodo del año académico
-como ya haya dividido el plantel- y no se podrán programar más de dos
evaluaciones dentro de un mismo día.
El profesor estará facultado para solicitar que las pruebas que los alumnos y
alumnas rindan sean firmadas por sus apoderados, y para citar a entrevista al
apoderado de un alumno y alumna, cuando estime que existen razones para una
especial preocupación, motivada ésta por disímiles aspectos que afecten el
aprendizaje del estudiante.
Será obligación del profesor de cada área velar para que las calificaciones
correspondan a la evaluación de destrezas y habilidades propias del área de
formación. La coordinación será responsable de supervisar el cumplimiento de esta
disposición.
El profesor de cada área deberá velar para que la última evaluación del periodo
integre el proceso de autoevaluación y/o de coevaluación, cuyo porcentaje no debe
ser superior al 10% de la nota obtenida. La coordinación será responsable de
supervisar el cumplimiento de esta disposición.
Todo instrumento de evaluación debe ser entregado con 48 horas de anticipación al
día de su aplicación, el que será visado por el/la Jefe de área. Éste deberá observar
en su diseño algunas de las formalidades mínimas que a continuación se detallan:
a. Una formación explícita de lo que será evaluado en cada caso.
b. Unas instrucciones que señalen claramente qué acciones se deben desarrollar, o
cómo se debe proceder.

1
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c. Una clara indicación del puntaje asignado a cada pregunta e ítem.
d. Una asignación de puntaje coherente con el nivel de complejidad de la pregunta.
e. Una distribución de puntaje por objetivo que permita medir efectivamente el
nivel de logro del alumno.
Los planteles privados deben cumplir con la Resolución No. 1730 de Junio 18 de
2004 y con base a ella determinar la división del año escolar en periodos, o
bimestres, o cualquier división que por autonomía lo determine el establecimiento
educativo.

SITUACIONES ESPECIALES DE LA EVALUACION SUMATIVA
A. En el caso que un alumno(a) falte a una evaluación avisada (oral, escrita,
disertación, trabajo grupal, u otras) por el profesor del área y esta ausencia sea
justificada oportunamente el alumno(a) deberá presentarse a dicha evaluación
en el horario acordado por el profesor respectivo y coordinación de jornada.
Sólo se entenderá justificada la inasistencia:
1. Si presenta certificado médico al Coordinador el día en que se reintegra a
clases.
2. Si el acudiente o apoderado justifica personalmente ante el Coordinador el
día correspondiente a la evaluación o cuando el alumno(a) se reintegre a
clases.
3. La justificación personal del padre de familia ante el Coordinador no podrá
exceder dos veces la misma evaluación. Si el alumno(a) no se presenta a la
segunda citación acordada, queda en la misma situación de ausencia no
justificada.

1
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4. Si se encuentra fuera del establecimiento, representándolo en algún evento.
5. Si un alumno se ausenta justificadamente por un tiempo prolongado las
evaluaciones atrasadas serán calendarizadas por el Coordinador respectivo.
B. Si el alumno(a) no se presenta a esta citación acordada, queda en la misma
situación de ausencia no justificada.
C. Si el alumno(a) no justifica su ausencia a una evaluación, entonces:
1. El alumno(a) tendrá una nueva oportunidad de rendir la evaluación en el
horario establecido por el profesor del área.
2. El alumno que no se presenta a esta nueva oportunidad de evaluación, será
calificado con nota mínima de la escala institucional, con previo
conocimiento de la Coordinación.
D. Las pruebas atrasadas a aplicar serán distintas a las aplicadas al curso en general.
E. Para los alumnos de 2 a 5 de B.P., 6 a 9 de B.S., 10 y 11 de E. Media. las pruebas
sumativas atrasadas se rendirán en la fecha y hora que señale la Coordinación de
la respectiva jornada.
Las pruebas de Educación Física, serán aplicadas por el profesor del área en
horario fijado por el profesor.
F. En el caso de que un(a) alumno(a) sea sorprendido(a) en hechos tales como
entregando o recibiendo información oral mediante gestos, conversaciones, etc.,
se le retirará la prueba y será citado a rendir otra prueba, en una nueva fecha
que le será indicada por el profesor del área.

1
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G. En el caso que un(a) alumno(a) sea sorprendido usando cualquier tipo de
documento escrito o información introducida con antelación a la prueba en el
celular, u otro medio de comunicación, o enviando mensajes de texto, se
procederá al retiro y nulidad de la prueba, obteniendo calificación mínima. Del
mismo modo se procederá en el caso que un(a) alumno(a) presente trabajos
ajenos, como si fueran propios. Tanto en los casos consignados en las letras F. y
G. se dejará constancia en el Libro de clase y se informará por escrito al
Coordinador que corresponda y al acudiente.
 EVALUACION DIFERENCIADA
Se considera como evaluación diferenciada de los(as) alumnos(as), a aquellos
procedimientos evaluativos que permiten atender a la diversidad de estudiantes,
que en forma temporal o permanente, presentan impedimentos que le dificultan
trabajar en pos de algunos objetivos. (Ver alcances de la Ley 1098/2006 Artículo 42
numeral 6).
La evaluación diferenciada persigue los siguientes objetivos:
- Determinar el logro de los objetivos a evaluar.
- Dar atención especial a un(a) alumno(a), en forma permanente o temporal,
dependiendo de la situación detectada y que requiera un cambio en la forma de
evaluar.
- Favorecer que todos(as) los(as) alumnos(as) desarrollen al máximo sus propias
potencialidades, cualquiera sea su punto de partida, más aún, si se diera el caso
de alumnos(as) que presenten dificultades temporales o permanentes.
Se establece la evaluación diferenciada, temporal o permanente, para los(as)
alumnos(as) que tengan impedimentos para cursar en forma regular uno o más
áreas. Esto, con el objeto de dar el tiempo necesario para que el (la) alumno(a)
pueda seguir los tratamientos adecuados que le permitan superar su problemática.
Sin perjuicio de la responsabilidad que comprende a los padres o tutores, se

1
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privilegiará que la detección del problema en el (la) alumno(a) sea hecha por parte
del profesor del área.
Para logar que se evalúe, en forma diferenciada, el acudiente deberá solicitarlo por
escrito a la Rectoría de la Institución Educativa, acompañando dicha solicitud del o
los informes del especialista, que deberán especificar claramente el trastorno que
origina dicha solicitud, así como la opinión técnica del tratamiento o acciones a
emprender con el (la) alumno(a). Se debe tener presente el informe del profesor, la
opinión técnica pedagógica de los especialistas del establecimiento si existieren.
Con dichos antecedentes, el Rector podrá o no autorizar la evaluación diferenciada
de el (la) alumno(a). En caso de ser aceptada, se emitirá un registro interno con
copia a todos los interesados especificando el trastorno del alumno.
Esta aprobación tendrá validez de un año, y en caso de mantenerse la situación que
le dio origen, podrá ser renovada a petición de los padres o tutores, acreditando los
tratamientos de especialistas interno y/o externos llevados a cabo para lograr
superarla.
Estas solicitudes se recibirán hasta fines del primer periodo, como máximo, y
comenzarán a regir una vez aprobadas.
Será el Consejo Académico quien supervise el cumplimiento de los criterios
señalados, para lo cual debe llevar un registro oficial de cada caso, informando
periódicamente al Rector y a las instancias que correspondan.
Los procedimientos de evaluación para estos casos deberán considerar el uso de
diversos instrumentos evaluativos, tales como: pruebas, observaciones, informes,
etc., referidas al mismo objetivo establecido en las planificaciones, pero con las
adecuaciones requeridas según las limitaciones temporales o permanentes
presentadas por el o los estudiantes.
Los procedimientos que se apliquen para evaluar diferencialmente deberán ser
supervisados por el Consejo Académico del establecimiento, antes de ser aplicados y
deben obedecer a las metodologías y estrategias usadas en el proceso de
enseñanza-aprendizaje.

1
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Los procedimientos evaluativos privilegiarán un esquema referido a criterio, en que
se compare al alumno consigo mismo, y no con el grupo curso, aplicándose en su
evaluación la escala normal de calificación.
El progreso académico de los alumnos con evaluación diferenciada, debe ser
evidenciado mediante un informe cualitativo, del tratamiento sistemático de los
especialistas competentes, emitido trimestralmente a la Rectoría de la Institución
Educativa.
La continuidad o término del proceso de evaluación diferenciada será determinada,
sólo por él o los especialistas tratantes, a través de un informe escrito al plantel.

EL MAESTRO DEBE SABER :
• A quién enseña.
• Conocer

el

estado

evolutivo

de

los

previos

de

sus

estudiantes.
• Conocer

los

saberes

estudiantes.
• Deberá conocer el contexto emocional,
cultural,

social

estudiantes.

y

familiar

de

los

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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
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RECOMENDACIÓN:
Para la estructura del sistema se recomienda tener en cuenta los siguientes capítulos
-mínimos- para la Resolución Interna que reglamente la evaluación y promoción escolar.
INTRODUCCION
CAPITULO I
De la naturaleza y fines de la evaluación.
CAPITULO II
Del Plan de Estudios, Áreas, Estándares y Especialidades – periodo académico (duración –
división – diferenciando jornadas diurna y nocturna).
Alcance de la Resolución.
CAPITULO III
De la información y participación de la evaluación y promoción.
CAPITULO IV
De los aspectos a evaluar, coherencia con modelo pedagógico.
CAPITULO V
De la evaluación de desempeños – Escala Institucional.
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CAPITULO VI
Promoción de grados – Promoción anticipada y de alumnos no promovidos.
CAPITULO VII
De las actividades de evaluación y promoción, su elaboración y administración (asistencia,
permisos, etc.).
1
CAPITULO VIII
De la revisión de los resultados de las actividades de Evaluación y Promoción –
Procedimientos explícitos del debido proceso.
CAPITULO IX
De la nulidad de pruebas – casos excepcionales.
CAPITULO X
De la graduación.
CAPITULO XI
De las destinaciones académicas.
CAPITULO XII
Disposiciones finales y transitorias.

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ESTRATEGIAS PARA LA EVALUACIÓN 1290

  • 1. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA GRUPO DE CALIDAD EDUCATIVA LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO No.1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 1 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) Material seleccionado y reestructurado por: ADOLFO PEREIRA VIVAS – Supervisor. ENOC BAUDILIO ROA CAICEDO – Director de Núcleo. Equipo de Calidad Educativa: Diana Maria Pereira FernándezDirectora de Calidad Maria Fernanda Ochoa- Profesional Universitario Maricela Gutiérrez- Profesional Universitario Maria Isabel Acevedo- Profesional Universitario LINEAMIENTOS OPERATIVOS
  • 2. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA DEL DECRETO No.1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) INSTRUCTIVO NÚMERO UNO Para definir el (SIEES) se recomienda: 1. Revisar el Modelo Pedagógico previsto en el PEI y el Decreto 1290 del 16 de Abril de 2009. 2. Reconceptualizar los siguientes tópicos: 2.1. 2.2. 2.3. 2.4. 2.4.1. 2.4.2. 2.4.3. 2.4.4. Qué se entiende por Evaluación Educativa. Características de la Evaluación Educativa. Finalidades o propósitos de la Evaluación. Instancias de Evaluación. Evaluación diagnóstica o inicial (definición, objetivos y operacionalización). Evaluación formativa o de proceso (definición, objetivos y operacionalización). Evaluación acumulativa o sumativa (definición, objetivos y operacionalización). Autoevaluación de los estudiantes (definición, objetivos y operacionalización). 3. Análisis de la Escala de valoración nacional. 3.1. 3.2. Escala cuantitativa o cualitativa institucional. Equivalencia institucional versus escala nacional. 4. Resignificación del concepto de desempeño asociado a: 4.1. 4.2. 4.3. 4.4. 4.5. Competencias Básicas. Competencias laborales (generales y específicas). Competencias ciudadanas. Estrategias de valoración integral de competencias. Evidencias de los desempeños (instrumentos y eventos). 1
  • 3. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA 4.6. A resultados de las pruebas externas (Internacionales – Nacionales). Nota: recomendamos la lectura de los documentos de Francisco Cajiao – vía Internet. • Información básica para discusión sobre la evaluación escolar. • La evaluación del aprendizaje – aspectos pedagógicos. 5. Concepto de promoción. 5.1. Criterios de promoción (escala numérica o cualitativa). 5.1.1. Definición, promoción y no promoción, asociados a las variables: - Asistencia a clases. - Número de áreas y su valoración de desempeño bajos. - Duración del año escolar y sus periodos. - Número de evaluaciones (mínimo) por periodo. - Graduación. 5.1.2. Tratamiento a los alumnos (as) no promovidos al grado siguiente. 5.1.3. Promoción anticipada (definición, objetivos y operacionalización). 5.2. Certificaciones. 5.3. Valoración en casos especiales (alumnos que por prescripción médica están eximidos para realizar Educación Física, e indicaciones sobre el manejo del área de Religión (Decreto 4500 / Dic.19/2006). 6. De la programación e información de evaluaciones. 7. De los informes del rendimiento escolar (definición, estructura y oportunidad en su entrega a los acudientes y estudiantes, derecho del alumno a estar informado). 8. De las necesidades educativas especiales (educación inclusiva) evaluación diferenciada. 9. Situaciones especiales en la evaluación. 1
  • 4. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA 9.1. 9.2. 9.3. 9.4. 10. Inasistencia a pruebas. No presentación de trabajos, ensayos, informes, laboratorios, etc. Plagio. Fuerza mayor (Ej. Embarazo). Trámites de reclamaciones o quejas sobre la evaluación (garantía del debido proceso). 11. Evaluación de los proyectos transversales. 12. Derechos, deberes, distinciones en la evaluación. 1
  • 5. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO No. 1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) INSTRUCTIVO NUMERO DOS Con base a la Cultura Evaluativa y el modelo educativo previsto en su Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.), discutir entorno a las siguientes conceptualizaciones, manifestar estar de acuerdo o desacuerdo y plantear en colectivo una definición propia para su establecimiento educativo. EVALUACION: • Es un proceso crítico, intencionado y sistemático de recolección, análisis, comprensión e interpretación de información que permite a los actores educativos valorar el estado en que se encuentra la formación integral de los estudiantes. (Favor revisar el articulo 92 de la Ley 115/94). • Es un proceso inherente al quehacer educativo, planificado y permanente, que permita la recopilación de información a través de procedimientos cualitativos y/o cuantitativos, con el bien de emitir juicios valorativos que sirvan de base para determinar el nivel de logro alcanzado en los objetivos propuestos, de acuerdo con un referente claramente establecido y que oriente la toma consensuada de decisiones por parte de los interesados (Revisar el concepto de estándar de calidad). • Se concibe a la evaluación como un proceso permanente y sistemático como parte del proceso educativo global, mediante la cual se obtiene y analiza información relevante sobre la enseñanza y sobre el aprendizaje, permitiendo formular juicios valorativos y tomar decisiones en procura de mejorar el proceso educativo en todas sus dimensiones, principalmente sobre los factores o condiciones que influyen en la calidad y en el logro de aprendizajes de los alumnos. 1
  • 6. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA • La FUNLAM, 1998, presentó una definición estructural de evaluación -ver anexo No. 1-. • Julián de Zubiría, 1995 presenta un mapa conceptual sobre la evaluación educativa, sus fines y criterios. -ver anexo No.2-. 1
  • 7. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA ANEXO No 1 DEFINICION ESTRUCTURAL DE EVALUACION Es un Proceso De recolección De información Diversidad Dinámico Continuo Motivador Interesante Variado Formativo Los promedios No tienen sentido Diagnóstico con objetivos oportunos Variedad de Instrumentos Actitud del Docente 1 Justicia Juicios de valor Equidad Ética Responsabilidad Análisis y Valoración de Información Contexto Indicios Sintomatología Errores Fallas Diagnóstico Resultados Etiología Búsqueda de causas Pronóstico Procesos Ponderación Para tomar Decisiones Intervención Racional Diferencias Individuales Excelencia Sintomatología Mejoramiento Vs. Ajustes Etiología Refuerzos Correctivos evaluativa Excelencia educativa
  • 8. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA EVALUACION EDUCATIVA, SUS FINES Y CRITERIOS EVALUAR Es formular JUICIOS DE VALOR 1 son son Son FALIBLES COMPARATIVOS FINALISTAS Por eso exigen Por eso exigen Por eso exigen CONOCIMIENTO (Información) CRITERIOS PROPÓSITOS Que pueden ser Que pueden ser DIAGNOSTICOS Situaciones ideales Situaciones previas SUMATIVOS FORMATIVOS Sirven para Sirven para Entidades similares Objetivos preestablecidos FUENTE: Julián de Zubiría, Miguel Ángel González, 1995. Sirven para Comenzar bien el proceso Mejorar durante el proceso Calificar los Resultados
  • 9. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO No. 1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) INSTRUCTIVO NUMERO TRES De la definición institucional de evaluación por el colectivo docente se desprenden y desprender las siguientes características de ella: • INTEGRAL: la evaluación se concibe como un proceso global y consubstancial a la enseñanza y aprendizaje, puesto que forma parte del proceso educativo y del desarrollo del curricular escolar, por lo tanto, ella no puede considerarse como fin en sí misma, sino que opera en toda la tarea educativa, siendo útil y necesaria para el mejoramiento del que hacer educativo. Esto significa evaluar el desarrollo del (la) alumno (a) en todas sus dimensiones, atendiendo a las diferencias individuales y considerando múltiples procedimientos. En otras palabras se dirige al ser humano como una totalidad, por tanto tiene en cuenta valores, actitudes, emociones, conocimientos, habilidades y destrezas. • CONTINUA: Significa que la evaluación constituye un proceso que acompaña siempre a cualquier tipo de actividad educativa, permitiendo así hacer los ajustes y mejoramientos necesarios durante el proceso enseñanza – aprendizaje. Por ser un proceso complejo e importante, la evaluación compromete a todos los que participan en el proceso educativo: docente, alumnos (as), directivos y padres de familia. 1
  • 10. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA • ACUMULATIVA: Debe considera los resultados de los aprendizajes previos, a fin de determinar sus efectos sobre sucesivas evaluaciones. Estos resultados serán fuente de información sobre los procedimientos a utilizar, con el propósito de favorecer los aprendizajes de los (as) alumnos (as). • COOPERATIVA: Es un proceso en el que participan docentes y estudiantes y tiene en cuenta la autoevaluación, la co-evaluación y la hetero-evaluación. • PERSPECTIVA CIENTIFICA: Tiene en cuenta los procesos de construcción, recreación y comunicación del conocimiento científico, tecnológico, y el que se genera en las prácticas sociales comunicativas. • META-EVALUACION: La evaluación se considera un proceso que guía y revisa sus propios procedimientos con el fin de optimizarlos. • ETICA: Parte del reconocimiento de las múltiples relaciones que se dan entre los sectores educativos, basados en el respeto mutuo, la autonomía, la responsabilidad, la equidad y la justicia. 1
  • 11. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA 1
  • 12. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO No. 1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) INSTRUCTIVO NUMERO CUATRO • PROPOSITOS O FINALIDADES Para este tópico tener en cuenta el Artículo 3 del Decreto 1290 del 16 de Abril de 2009, que equivalen los que a continuación detallamos:  Apreciar los progresos alcanzados por los alumnos, en términos de conducta adquirida, de acuerdo con los patrones deseables formulados en los estándares.  Determinar el grado de eficiencia de los planes, programas, políticas docentes e instrumentos pedagógicos empleados en la enseñanza para introducir los cambios o ajustes convenientes.  Estimular las aptitudes y analizar los intereses del estudiante hacia diversas actividades del saber.  Desarrollar en el alumno la capacidad de autocrítica para conocer y analizar de manera adecuada sus potencialidades y limitaciones en su proceso de formación.  Contribuir a forjar la personalidad del educando mediante la participación activa en su propio aprendizaje y por ende al desarrollo de su responsabilidad personal y de futuro egresado. 1
  • 13. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA  Promover la actividad creadora y la capacidad crítica del estudiante desde una perspectiva ética, analítica, constructiva y argumentativa.  Favorecer el proceso de interacción entre el educador y el educando, y, la participación de éstos en los procesos de evaluación del desarrollo humano integral.  La evaluación tendrá como una de sus metas fundamentales proporcionar toda información básica que permita un acertado conocimiento sobre el grado de progreso en el aprendizaje experimentado en el alumno, y al mismo tiempo orientará hacia la búsqueda y aplicación de los correctores necesarios.  Favorecer el diálogo, la mediación, el desarrollo de la relación adecuada con la norma y el uso de los procedimientos establecidos para reclamar sus derechos y resolver las dificultades que se presentan en su proceso de formación. • LA UTILIDAD DEL PROCESO DE EVALUACION o PARA EL PROFESOR:  Saber cuáles objetivos fueron cumplidos, a través del proceso pedagógico proyectado.  Analizar las causas que pudieron haber motivado deficiencias en el logro de los objetivos propuestos.  Adoptar una decisión en relación a las causas que produjeron el logro parcial de los objetivos propuestos. 1
  • 14. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA  Aprender de la experiencia y no incurrir en el futuro en los mismos errores.  Obtener evidencias que le permitan decidir qué aspectos de los métodos, de los procedimientos utilizados, del Plan de Estudios, de los materiales de enseñanza o de cualquier otra variable involucrada, deben ser mejorados.  Establecer una base de datos y de materiales que hayan probado su validez.  Generar una actitud de autoevaluación permanente que permita el mejoramiento constante de su práctica pedagógica. o PARA EL (LA) ALUMNO (A):  Conocer sus fortalezas y debilidades en el aprendizaje de determinados aspectos durante el proceso, y qué debe hacer para superarlos.  Tener una estimación de su propio progreso, ya sea durante el proceso, como al término de éste.  Obtener una retroalimentación permanente a su trabajo, que le permita optimizar sus logros.  Generar una actitud de autoevaluación que permita favorecer sus aprendizajes, en forma permanente (Capítulo 4, numeral 5, D. 1290/2009) NOTA: Se sugiere determinar la utilidad de la evaluación en las instancias de Gobierno Escolar, y Padres de Familia. 1
  • 15. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO No. 1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) INSTRUCTIVO NUMERO CINCO • INSTANCIAS DE EVALUACION Para estructurar un buen reglamento de evaluación de los estudiantes, o sistema institucional de evaluación de los estudiantes, hay que especificar la existencia de cuatro tipos de evaluación: Diagnóstica o Inicial, Formativa o de Proceso, Acumulativa o Sumativa y Diferenciada (sólo cuando sea pertinente).  EVALUACION DIAGNOSTICA O INICIAL La evaluación diagnóstica, realizada al principio del periodo escolar, o de una unidad de aprendizaje, permite conocer y configurar un panorama real y actualizado de las condiciones de los Alumnos (necesidades, aprendizajes previos, estilos de aprendizaje), contrastadas con las metas propuestas. Al mismo tiempo, permite realizar ajustes en la planificación y orienta la provisión y selección de los recursos pedagógicos. Para efectos prácticos de programación, el diagnostico sobre aprendizajes previos de los Alumnos será realizado al menos al inicio del Año Escolar, como finalización del desarrollo de una unidad de reforzamiento, nivelación a comienzos del Año Escolar debiendo registrarse su resultado por medio de un concepto que refleje el nivel de logro e informando a los acudientes en el corto plazo. Por ningún motivo deberá considerarse esta evaluación como medio de calificación. Los resultados de esta evaluación diagnóstica deberán ser analizados por el docente, quien entregará un informe a la Coordinación Académica de su establecimiento en 1
  • 16. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA el cual tendrá que incorporar un plan de trabajo para mejorar las deficiencias en caso de ser detectadas.  EVALUACION FORMATIVA La evaluación formativa tiene por objetivo proporcionar información para la mejora de los aprendizajes y compromete la implementación de estrategias de retroalimentación. Será registrada como información objetiva y permanente de logros y avances del Alumno y podrá traducirse y registrarse como calificación parcial, según criterio pedagógico del Profesor en acuerdo con la Coordinación de su establecimiento, cuando en su conjunto la información sea necesaria para tomar decisiones sobre acreditación del proceso de aprendizaje. En relación al Profesor y su enseñanza, las evaluaciones formativas ofrecen valiosa información para hacer ajustes sobre planificaciones, actividades, recursos y organización del tiempo y del espacio de enseñanza. La evaluación formativa o de proceso tendrá como objetivos: - Determinar el logro de los objetivos establecidos en una unidad de aprendizaje. - Detectar aquellos casos en que es necesario utilizar material de apoyo o estrategias alternativas de aprendizaje para superar deficiencias en el logro de los objetivos propuestos. - Retroalimentar el proceso de aprendizaje de los (as) alumnos (as), comunicando en detalle el grado de avance logrado por cada uno de ellos (as). Se aplicará en forma continua en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Servirá de orientación al profesor y al alumno en la construcción de los aprendizajes; permite ir detectando el ritmo de aprendizaje de los alumnos. Esta se expresará en notas que deberán ser registradas y consignadas en el cuaderno oficial personal del profesor. 1
  • 17. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA El promedio de las notas formativas se considerarán como una calificación del objetivo y/o periodo del año lectivo. Podrán ser evaluaciones formativas, entre otras, guías, fichas de trabajo, actividades de clases, tareas, etc., siempre y cuando den cuenta clara del proceso de avance de las destrezas y contenidos de la Unidad de aprendizaje. Los resultados deben ser informados a la brevedad y analizados con los alumnos después de su aplicación para una pronta retroalimentación si procede. Serán también informados los acudientes de las situaciones especiales de aprendizaje de su hijo (a) en las entrevistas con el profesor del área, si el caso lo amerita.  EVALUACION ACUMULATIVA O SUMATIVA Se concibe la evaluación acumulativa o sumativa como el conjunto de actuaciones que tienden a conocer el grado concreto y real del logro de los (as) alumnos (as) respecto de los objetivos educativos, propuestos inicialmente en el proceso de enseñanza y aprendizaje. La evaluación acumulativa o sumativa tiene por finalidad: - Determinar el grado de logros alcanzados en función de los objetivos de aprendizaje propuestos inicialmente. - Proporcionar antecedentes para la calificación de los (as) alumnos (as) y su promoción. Se recomienda determinar el número de notas que se deben colocar en cada periodo, -como ya haya dividido el plantel- el año lectivo como mínimo por cada área, a título de recomendación damos la siguiente tabla: HORA x AREA CANTIDAD DE CALIFICACIONES MINIMAS 1 HORA 2 CALIFICACIONES 2 HORAS 2 CALIFICACIONES 3 HORAS 3 CALIFICACIONES 1
  • 18. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA 4 HORAS 4 CALIFICACIONES 5 ó MAS HORAS 5 CALIFICACIONES Propuesta a concertar en los Comités de Área. ADVERTENCIAS: Con el fin de promover la racionalización del trabajo académico de los (as) alumnos (as) las evaluaciones se calendarizarán al inicio de cada periodo del año académico -como ya haya dividido el plantel- y no se podrán programar más de dos evaluaciones dentro de un mismo día. El profesor estará facultado para solicitar que las pruebas que los alumnos y alumnas rindan sean firmadas por sus apoderados, y para citar a entrevista al apoderado de un alumno y alumna, cuando estime que existen razones para una especial preocupación, motivada ésta por disímiles aspectos que afecten el aprendizaje del estudiante. Será obligación del profesor de cada área velar para que las calificaciones correspondan a la evaluación de destrezas y habilidades propias del área de formación. La coordinación será responsable de supervisar el cumplimiento de esta disposición. El profesor de cada área deberá velar para que la última evaluación del periodo integre el proceso de autoevaluación y/o de coevaluación, cuyo porcentaje no debe ser superior al 10% de la nota obtenida. La coordinación será responsable de supervisar el cumplimiento de esta disposición. Todo instrumento de evaluación debe ser entregado con 48 horas de anticipación al día de su aplicación, el que será visado por el/la Jefe de área. Éste deberá observar en su diseño algunas de las formalidades mínimas que a continuación se detallan: a. Una formación explícita de lo que será evaluado en cada caso. b. Unas instrucciones que señalen claramente qué acciones se deben desarrollar, o cómo se debe proceder. 1
  • 19. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA c. Una clara indicación del puntaje asignado a cada pregunta e ítem. d. Una asignación de puntaje coherente con el nivel de complejidad de la pregunta. e. Una distribución de puntaje por objetivo que permita medir efectivamente el nivel de logro del alumno. Los planteles privados deben cumplir con la Resolución No. 1730 de Junio 18 de 2004 y con base a ella determinar la división del año escolar en periodos, o bimestres, o cualquier división que por autonomía lo determine el establecimiento educativo. SITUACIONES ESPECIALES DE LA EVALUACION SUMATIVA A. En el caso que un alumno(a) falte a una evaluación avisada (oral, escrita, disertación, trabajo grupal, u otras) por el profesor del área y esta ausencia sea justificada oportunamente el alumno(a) deberá presentarse a dicha evaluación en el horario acordado por el profesor respectivo y coordinación de jornada. Sólo se entenderá justificada la inasistencia: 1. Si presenta certificado médico al Coordinador el día en que se reintegra a clases. 2. Si el acudiente o apoderado justifica personalmente ante el Coordinador el día correspondiente a la evaluación o cuando el alumno(a) se reintegre a clases. 3. La justificación personal del padre de familia ante el Coordinador no podrá exceder dos veces la misma evaluación. Si el alumno(a) no se presenta a la segunda citación acordada, queda en la misma situación de ausencia no justificada. 1
  • 20. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA 4. Si se encuentra fuera del establecimiento, representándolo en algún evento. 5. Si un alumno se ausenta justificadamente por un tiempo prolongado las evaluaciones atrasadas serán calendarizadas por el Coordinador respectivo. B. Si el alumno(a) no se presenta a esta citación acordada, queda en la misma situación de ausencia no justificada. C. Si el alumno(a) no justifica su ausencia a una evaluación, entonces: 1. El alumno(a) tendrá una nueva oportunidad de rendir la evaluación en el horario establecido por el profesor del área. 2. El alumno que no se presenta a esta nueva oportunidad de evaluación, será calificado con nota mínima de la escala institucional, con previo conocimiento de la Coordinación. D. Las pruebas atrasadas a aplicar serán distintas a las aplicadas al curso en general. E. Para los alumnos de 2 a 5 de B.P., 6 a 9 de B.S., 10 y 11 de E. Media. las pruebas sumativas atrasadas se rendirán en la fecha y hora que señale la Coordinación de la respectiva jornada. Las pruebas de Educación Física, serán aplicadas por el profesor del área en horario fijado por el profesor. F. En el caso de que un(a) alumno(a) sea sorprendido(a) en hechos tales como entregando o recibiendo información oral mediante gestos, conversaciones, etc., se le retirará la prueba y será citado a rendir otra prueba, en una nueva fecha que le será indicada por el profesor del área. 1
  • 21. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA G. En el caso que un(a) alumno(a) sea sorprendido usando cualquier tipo de documento escrito o información introducida con antelación a la prueba en el celular, u otro medio de comunicación, o enviando mensajes de texto, se procederá al retiro y nulidad de la prueba, obteniendo calificación mínima. Del mismo modo se procederá en el caso que un(a) alumno(a) presente trabajos ajenos, como si fueran propios. Tanto en los casos consignados en las letras F. y G. se dejará constancia en el Libro de clase y se informará por escrito al Coordinador que corresponda y al acudiente.  EVALUACION DIFERENCIADA Se considera como evaluación diferenciada de los(as) alumnos(as), a aquellos procedimientos evaluativos que permiten atender a la diversidad de estudiantes, que en forma temporal o permanente, presentan impedimentos que le dificultan trabajar en pos de algunos objetivos. (Ver alcances de la Ley 1098/2006 Artículo 42 numeral 6). La evaluación diferenciada persigue los siguientes objetivos: - Determinar el logro de los objetivos a evaluar. - Dar atención especial a un(a) alumno(a), en forma permanente o temporal, dependiendo de la situación detectada y que requiera un cambio en la forma de evaluar. - Favorecer que todos(as) los(as) alumnos(as) desarrollen al máximo sus propias potencialidades, cualquiera sea su punto de partida, más aún, si se diera el caso de alumnos(as) que presenten dificultades temporales o permanentes. Se establece la evaluación diferenciada, temporal o permanente, para los(as) alumnos(as) que tengan impedimentos para cursar en forma regular uno o más áreas. Esto, con el objeto de dar el tiempo necesario para que el (la) alumno(a) pueda seguir los tratamientos adecuados que le permitan superar su problemática. Sin perjuicio de la responsabilidad que comprende a los padres o tutores, se 1
  • 22. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA privilegiará que la detección del problema en el (la) alumno(a) sea hecha por parte del profesor del área. Para logar que se evalúe, en forma diferenciada, el acudiente deberá solicitarlo por escrito a la Rectoría de la Institución Educativa, acompañando dicha solicitud del o los informes del especialista, que deberán especificar claramente el trastorno que origina dicha solicitud, así como la opinión técnica del tratamiento o acciones a emprender con el (la) alumno(a). Se debe tener presente el informe del profesor, la opinión técnica pedagógica de los especialistas del establecimiento si existieren. Con dichos antecedentes, el Rector podrá o no autorizar la evaluación diferenciada de el (la) alumno(a). En caso de ser aceptada, se emitirá un registro interno con copia a todos los interesados especificando el trastorno del alumno. Esta aprobación tendrá validez de un año, y en caso de mantenerse la situación que le dio origen, podrá ser renovada a petición de los padres o tutores, acreditando los tratamientos de especialistas interno y/o externos llevados a cabo para lograr superarla. Estas solicitudes se recibirán hasta fines del primer periodo, como máximo, y comenzarán a regir una vez aprobadas. Será el Consejo Académico quien supervise el cumplimiento de los criterios señalados, para lo cual debe llevar un registro oficial de cada caso, informando periódicamente al Rector y a las instancias que correspondan. Los procedimientos de evaluación para estos casos deberán considerar el uso de diversos instrumentos evaluativos, tales como: pruebas, observaciones, informes, etc., referidas al mismo objetivo establecido en las planificaciones, pero con las adecuaciones requeridas según las limitaciones temporales o permanentes presentadas por el o los estudiantes. Los procedimientos que se apliquen para evaluar diferencialmente deberán ser supervisados por el Consejo Académico del establecimiento, antes de ser aplicados y deben obedecer a las metodologías y estrategias usadas en el proceso de enseñanza-aprendizaje. 1
  • 23. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA Los procedimientos evaluativos privilegiarán un esquema referido a criterio, en que se compare al alumno consigo mismo, y no con el grupo curso, aplicándose en su evaluación la escala normal de calificación. El progreso académico de los alumnos con evaluación diferenciada, debe ser evidenciado mediante un informe cualitativo, del tratamiento sistemático de los especialistas competentes, emitido trimestralmente a la Rectoría de la Institución Educativa. La continuidad o término del proceso de evaluación diferenciada será determinada, sólo por él o los especialistas tratantes, a través de un informe escrito al plantel. EL MAESTRO DEBE SABER : • A quién enseña. • Conocer el estado evolutivo de los previos de sus estudiantes. • Conocer los saberes estudiantes. • Deberá conocer el contexto emocional, cultural, social estudiantes. y familiar de los 1
  • 24. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO No.1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) 1 RECOMENDACIÓN: Para la estructura del sistema se recomienda tener en cuenta los siguientes capítulos -mínimos- para la Resolución Interna que reglamente la evaluación y promoción escolar. INTRODUCCION CAPITULO I De la naturaleza y fines de la evaluación. CAPITULO II Del Plan de Estudios, Áreas, Estándares y Especialidades – periodo académico (duración – división – diferenciando jornadas diurna y nocturna). Alcance de la Resolución. CAPITULO III De la información y participación de la evaluación y promoción. CAPITULO IV De los aspectos a evaluar, coherencia con modelo pedagógico. CAPITULO V De la evaluación de desempeños – Escala Institucional.
  • 25. SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PALMIRA DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA CAPITULO VI Promoción de grados – Promoción anticipada y de alumnos no promovidos. CAPITULO VII De las actividades de evaluación y promoción, su elaboración y administración (asistencia, permisos, etc.). 1 CAPITULO VIII De la revisión de los resultados de las actividades de Evaluación y Promoción – Procedimientos explícitos del debido proceso. CAPITULO IX De la nulidad de pruebas – casos excepcionales. CAPITULO X De la graduación. CAPITULO XI De las destinaciones académicas. CAPITULO XII Disposiciones finales y transitorias.