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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR.
INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO SANTIAGO MARIÑO
EXTENSIÓN MARACAIBO.
ESCUELA DE INGENIERÍA QUÍMICA (49).
MARACAIBO EDO. ZULIA- VENEZUELA.
Maracaibo, Marzo de 2017.
Bachiller:
Bravo, Asnaldo.
ÉTICA Y DEONTOLOGIA PROFESIONAL.
Radica en una concepción de derecho natural
conocida desde muy antiguo y que sirve de
norma fundamental de la vida del hombre en
sociedad: la de que nadie debe causar un daño
injusto a otra persona, y en caso de causarlo,
dicho daño debe ser reparado.
Es común que en el caso de una
infracción y ante una demanda en caso
de no llegar a un acuerdo se obligue a
una de las partes a pagar una
compensación económica.
LA RESPONSABILIDAD CIVIL.
En el caso de la ingeniería química por servir de
ejemplo se tiene el caso de que si un ingeniero
en pleno conocimiento lleva a cabo un proceso
en el cual por su propio descuido produce
perdidas en la materia prima este debe pagar el
valor monetario de esta.
RESPONSABILIDAD PENAL.
La responsabilidad penal es la consecuencia
jurídica de la violación de la ley, realizada por
quien siendo imputable o inimputable, lleva a
término actos previstos como ilícitos, lesionando
o poniendo en peligro un bien material o la
integridad física de las personas.
• Común: Cuando el delito cometido
puede ser realizado por cualquier
individuo (robo, violación, asesinato).
• Especial: Cuando el delito es
cometido por un funcionario público
aprovechándose de su condición
Tomando en cuenta el caso de un ingeniero
químico, si es la responsabilidad penal común se
considera que este hombre robe en la calle un
carro pues para este caso no se emplea su
autoridad. En caso de que este trabajare para el
estado en una fabrica donde se emplee un
reactivo costoso y peligro y esta persona lo robe
para venderlo se considera la responsabilidad
penal especial.
RESPONSABILIDAD GREMIAL.
Tiene su origen en el artículo 105 de la
Constitución Nacional, que establece en
función de la protección de la colectividad,
la colegiación obligatoria de varias
profesiones para las cuales exista Ley, entre
ellas la de la Ingeniería, Arquitectura y
Profesiones Afines.
La Ley de Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura
y Profesiones Afines (1958), el Reglamento
Interno del Colegio de Ingenieros de Venezuela
(1984), el Código de Ética Profesional (1992) y
las Normas de Actuación Gremial (1992)
constituyen la normativa gremial fundamental
que rige el ejercicio de esas profesiones.
En este caso se penaliza a cada persona según el
carácter del gremio, por ejemplo un ingeniero que
viole una normativa del gremio tal como el articulo
Nro. 1 (responsabilidad) debe ser juzgado por el
gremio (Colegio de ingenieros) y este efectuar la
sanción correspondiente.
COLEGIO DE INGENIEROS DEL ESTADO
ZULIA.
CIDEZ (Colegio de Ingenieros del Estado Zulia), ubicado
en la Calle 63, entre avenida 3C y 2B, Urb. Virginia, Detrás
del Hospital Coromoto Maracaibo Edo. Zulia. Formada por
el Ingeniero Hermócrates Parra como Presidente y al
Ingeniero Raúl Cuenca como Presidente Honorario por
“ser el decano de los ingenieros del Estado.
REQUISITOS.
• Planilla descargada a través del portal
civ.net.ve (link: http://www.civ.net.ve/planilla)
• Título Original, debidamente Registrado.
• Una (1) Fondo Negro, tamaño carta, Nítida, en
papel fotográfico, del Título Registrado.
• Una (1) copia, nítida, legible, de la Cédula de
Identidad (Recortada).
• una (1) Fotografía, de tiempo, preferiblemente
fondo azul, tamaño Carnet.
• Pagar 18,500,00 bs por concepto de
inscripción y pago del carnet.
COLEGIO DE INGENIEROS DEL ESTADO
ZULIA.
Luego de realizar el deposito debe registrarse. Para ello
deberán inscribirse en la página del Colegio de Ingenieros
de Venezuela como “No agremiado” y luego llenar la
planilla e imprimirla, para presentarla en el Centro de
Ingenieros del Estado Zulia, junto al resto de los recaudos.
Debe también pagarse por caja los montos.
Pago con Tarjeta de Débito, en la Caja Principal
CIV. (NO se acepta efectivo.) o depósito en
efectivo a la Cta. Cte. BANESCO Nº 0134
0332 5433 2101 4843 a nombre del "Colegio de
Ingenieros de Venezuela" (solo Area
Metropolitana), Consignar el pago en la Caja
Principal CIV, antes de entregar los recaudos para
la solicitud de Inscripción, finalmente consignar
documentos.
¿QUÉ HACER CON EL TITULO?
REQUISITOS DE REGISTRO.
• Cedula laminada.
• Copia del titulo oficio en reducción.
• 2 planillas oficio bancarias.
• Carpeta amarilla oficio.
• Pago por el titulo a registrar.
1. REGISTRAR TITULO.
Registro Único (ubicado en el centro de
Maracaibo) lugar donde se hace efectivo el
proceso de registro del título universitario.
Sirve para validar la profesionalización de la
persona y en caso de perdida se puede
solicitar una copia con el mismo peso legal
del original.
Titulo. Ordinario (Bs). Habilitado (Bs).
TSU 1920,00 3420,00
Pregrado 1920,00 3420,00
Postgrado 1953,00 3453,00
Doctorado 1953,00 3453,00
¿QUÉ HACER CON EL TITULO?
1. REGISTRAR TITULO.
Se debe ir a las oficinas del Saren en el centro de
Maracaibo (Edo. Zulia) entre las 8am y las 2pm, una vez
allí deberá consignar los documentos correspondientes y
recibirá una planilla con el numero de cuenta a depositar el
pago correspondiente en un periodo de 30 días hábiles,
luego de haber efectuado el deposito se presenta el original
del título universitario junto a la cédula de identidad
laminada y se hace entrega de la Planilla Única
Bancaria (PUB recibida del banco).
A eso hay que adjuntarle una fotocopia
legible del título en hoja tipo oficio con
determinados márgenes (Superior 4 cm;
inferior 2cm; derecho 2 cm; izquierdo
4cm). Finalmente se procede a la entrega
del titulo para el registro de éste por ultimo
debe retirarse dentro de los 30 días
hábiles.
¿QUÉ HACER CON EL TITULO?
2. AUTENTICACIÓN (Certificación).
REQUISITOS DE AUTENTICACIÓN.
• Fondo negro del titulo (Previamente
Registrado).
• Arancel Bs. 1.900,00.
Los requisitos son los presentados por el
Instituto Universitario Politecnico Santiago
Mariño, extensión Maracaibo, Edo. Zulia.
Esta ubicado en la Av. 28 La Limpia, (antiguo
C.C. Los Olivos), a 500 mts. Del CC Galerias
Mall. Parroquia Carracciolo Parra Peréz.
3. APOSTILLAMIENTO.
Los documentos públicos, tales como un acta de
nacimiento, una sentencia o un título universitario, con
frecuencia necesitan ser utilizados en el extranjero.
Pero se debe autenticar su origen. El apostillado de los
documentos, consiste en realizar un trámite de
legalización única (denominada apostilla), en donde
sobre el propio documento público se coloca una
apostilla o anotación que certificará la autenticidad de
los documentos públicos expedidos en otro país.
¿QUÉ HACER CON EL TITULO?
Crear una cuenta a través de la página del Ministerio de Relaciones
Exteriores (https://citaslegalizaciones.mppre.gob.ve/index.php) en la
sección Servicios apartado Legalización y Apostilla, una vez registrado,
ingresar al sistema y completar los datos del solicitante. Luego ingresar los
documentos a apostillar (cada apostillado tiene un costo de 0.4 U.T.). Revisar
que todos los documentos a apostillar estén agregados en el recuadro, luego
pulsar “Continuar”. En la siguiente página, seleccionar la fecha para acudir a
sellar los documentos, en esta ultima aparecerá la planilla con los datos junto
a la hora y fecha de la cita. Finalmente llevar planilla original, copia de esta,
documentos y cedula laminada.
REQUISITOS.
• Carta de soltería.
• Actas de nacimiento.
• Actas de matrimonio.
• Acta de defunción.
• Documentos de autoridad (Antecedentes
penales).
• Constancia de registros comerciales.
• Certificaciones notariales de firmas.
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• Documentos universitarios.
• Título bachiller.
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Nota: El apostillado se realiza en el Registro
Principal de donde provenga dicho documento.

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  • 1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR. INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO SANTIAGO MARIÑO EXTENSIÓN MARACAIBO. ESCUELA DE INGENIERÍA QUÍMICA (49). MARACAIBO EDO. ZULIA- VENEZUELA. Maracaibo, Marzo de 2017. Bachiller: Bravo, Asnaldo. ÉTICA Y DEONTOLOGIA PROFESIONAL.
  • 2. Radica en una concepción de derecho natural conocida desde muy antiguo y que sirve de norma fundamental de la vida del hombre en sociedad: la de que nadie debe causar un daño injusto a otra persona, y en caso de causarlo, dicho daño debe ser reparado. Es común que en el caso de una infracción y ante una demanda en caso de no llegar a un acuerdo se obligue a una de las partes a pagar una compensación económica. LA RESPONSABILIDAD CIVIL. En el caso de la ingeniería química por servir de ejemplo se tiene el caso de que si un ingeniero en pleno conocimiento lleva a cabo un proceso en el cual por su propio descuido produce perdidas en la materia prima este debe pagar el valor monetario de esta.
  • 3. RESPONSABILIDAD PENAL. La responsabilidad penal es la consecuencia jurídica de la violación de la ley, realizada por quien siendo imputable o inimputable, lleva a término actos previstos como ilícitos, lesionando o poniendo en peligro un bien material o la integridad física de las personas. • Común: Cuando el delito cometido puede ser realizado por cualquier individuo (robo, violación, asesinato). • Especial: Cuando el delito es cometido por un funcionario público aprovechándose de su condición Tomando en cuenta el caso de un ingeniero químico, si es la responsabilidad penal común se considera que este hombre robe en la calle un carro pues para este caso no se emplea su autoridad. En caso de que este trabajare para el estado en una fabrica donde se emplee un reactivo costoso y peligro y esta persona lo robe para venderlo se considera la responsabilidad penal especial.
  • 4. RESPONSABILIDAD GREMIAL. Tiene su origen en el artículo 105 de la Constitución Nacional, que establece en función de la protección de la colectividad, la colegiación obligatoria de varias profesiones para las cuales exista Ley, entre ellas la de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines. La Ley de Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines (1958), el Reglamento Interno del Colegio de Ingenieros de Venezuela (1984), el Código de Ética Profesional (1992) y las Normas de Actuación Gremial (1992) constituyen la normativa gremial fundamental que rige el ejercicio de esas profesiones. En este caso se penaliza a cada persona según el carácter del gremio, por ejemplo un ingeniero que viole una normativa del gremio tal como el articulo Nro. 1 (responsabilidad) debe ser juzgado por el gremio (Colegio de ingenieros) y este efectuar la sanción correspondiente.
  • 5. COLEGIO DE INGENIEROS DEL ESTADO ZULIA. CIDEZ (Colegio de Ingenieros del Estado Zulia), ubicado en la Calle 63, entre avenida 3C y 2B, Urb. Virginia, Detrás del Hospital Coromoto Maracaibo Edo. Zulia. Formada por el Ingeniero Hermócrates Parra como Presidente y al Ingeniero Raúl Cuenca como Presidente Honorario por “ser el decano de los ingenieros del Estado. REQUISITOS. • Planilla descargada a través del portal civ.net.ve (link: http://www.civ.net.ve/planilla) • Título Original, debidamente Registrado. • Una (1) Fondo Negro, tamaño carta, Nítida, en papel fotográfico, del Título Registrado. • Una (1) copia, nítida, legible, de la Cédula de Identidad (Recortada). • una (1) Fotografía, de tiempo, preferiblemente fondo azul, tamaño Carnet. • Pagar 18,500,00 bs por concepto de inscripción y pago del carnet.
  • 6. COLEGIO DE INGENIEROS DEL ESTADO ZULIA. Luego de realizar el deposito debe registrarse. Para ello deberán inscribirse en la página del Colegio de Ingenieros de Venezuela como “No agremiado” y luego llenar la planilla e imprimirla, para presentarla en el Centro de Ingenieros del Estado Zulia, junto al resto de los recaudos. Debe también pagarse por caja los montos. Pago con Tarjeta de Débito, en la Caja Principal CIV. (NO se acepta efectivo.) o depósito en efectivo a la Cta. Cte. BANESCO Nº 0134 0332 5433 2101 4843 a nombre del "Colegio de Ingenieros de Venezuela" (solo Area Metropolitana), Consignar el pago en la Caja Principal CIV, antes de entregar los recaudos para la solicitud de Inscripción, finalmente consignar documentos.
  • 7. ¿QUÉ HACER CON EL TITULO? REQUISITOS DE REGISTRO. • Cedula laminada. • Copia del titulo oficio en reducción. • 2 planillas oficio bancarias. • Carpeta amarilla oficio. • Pago por el titulo a registrar. 1. REGISTRAR TITULO. Registro Único (ubicado en el centro de Maracaibo) lugar donde se hace efectivo el proceso de registro del título universitario. Sirve para validar la profesionalización de la persona y en caso de perdida se puede solicitar una copia con el mismo peso legal del original. Titulo. Ordinario (Bs). Habilitado (Bs). TSU 1920,00 3420,00 Pregrado 1920,00 3420,00 Postgrado 1953,00 3453,00 Doctorado 1953,00 3453,00
  • 8. ¿QUÉ HACER CON EL TITULO? 1. REGISTRAR TITULO. Se debe ir a las oficinas del Saren en el centro de Maracaibo (Edo. Zulia) entre las 8am y las 2pm, una vez allí deberá consignar los documentos correspondientes y recibirá una planilla con el numero de cuenta a depositar el pago correspondiente en un periodo de 30 días hábiles, luego de haber efectuado el deposito se presenta el original del título universitario junto a la cédula de identidad laminada y se hace entrega de la Planilla Única Bancaria (PUB recibida del banco). A eso hay que adjuntarle una fotocopia legible del título en hoja tipo oficio con determinados márgenes (Superior 4 cm; inferior 2cm; derecho 2 cm; izquierdo 4cm). Finalmente se procede a la entrega del titulo para el registro de éste por ultimo debe retirarse dentro de los 30 días hábiles.
  • 9. ¿QUÉ HACER CON EL TITULO? 2. AUTENTICACIÓN (Certificación). REQUISITOS DE AUTENTICACIÓN. • Fondo negro del titulo (Previamente Registrado). • Arancel Bs. 1.900,00. Los requisitos son los presentados por el Instituto Universitario Politecnico Santiago Mariño, extensión Maracaibo, Edo. Zulia. Esta ubicado en la Av. 28 La Limpia, (antiguo C.C. Los Olivos), a 500 mts. Del CC Galerias Mall. Parroquia Carracciolo Parra Peréz. 3. APOSTILLAMIENTO. Los documentos públicos, tales como un acta de nacimiento, una sentencia o un título universitario, con frecuencia necesitan ser utilizados en el extranjero. Pero se debe autenticar su origen. El apostillado de los documentos, consiste en realizar un trámite de legalización única (denominada apostilla), en donde sobre el propio documento público se coloca una apostilla o anotación que certificará la autenticidad de los documentos públicos expedidos en otro país.
  • 10. ¿QUÉ HACER CON EL TITULO? Crear una cuenta a través de la página del Ministerio de Relaciones Exteriores (https://citaslegalizaciones.mppre.gob.ve/index.php) en la sección Servicios apartado Legalización y Apostilla, una vez registrado, ingresar al sistema y completar los datos del solicitante. Luego ingresar los documentos a apostillar (cada apostillado tiene un costo de 0.4 U.T.). Revisar que todos los documentos a apostillar estén agregados en el recuadro, luego pulsar “Continuar”. En la siguiente página, seleccionar la fecha para acudir a sellar los documentos, en esta ultima aparecerá la planilla con los datos junto a la hora y fecha de la cita. Finalmente llevar planilla original, copia de esta, documentos y cedula laminada. REQUISITOS. • Carta de soltería. • Actas de nacimiento. • Actas de matrimonio. • Acta de defunción. • Documentos de autoridad (Antecedentes penales). • Constancia de registros comerciales. • Certificaciones notariales de firmas. • Notas certificadas universitarias. • Documentos universitarios. • Título bachiller. • Costo de apostillado 0,4UT por cada documento. Nota: El apostillado se realiza en el Registro Principal de donde provenga dicho documento.