El documento resume la historia y los aspectos clave del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Colombia y Canadá. El TLC entró en vigencia en 2011 y eliminó aranceles para el 97.6% de productos agropecuarios colombianos y el 98.6% de productos industriales. También estableció reglas de origen, cooperación en temas laborales, ambientales y otros asuntos comerciales para facilitar el comercio entre los países.
2. ¿Cuál es la importancia del mercado
canadiense para Colombia?
Puede
dinamizar y
fortalecer
Oportunidades
laborales,
tecnológicas y
de intercambio
de
conocimiento. Colombia
puede
comprar
productos en
especial
insumos y
bienes de
capital con
arancel cero.
Canadá como uno de los
principales importadores del
mundo le permitirá a
Colombia tener acceso
preferencial a un mercado de
34 millones de consumidores
con alto nivel de ingresos.
3. 1968
Acuerdo para iniciar
relaciones comerciales.
1977
Acuerdos de
cooperación técnica y
científica.
1983
Apoyo integral al
desarrollo artesanal.
31 de mayo de 1999
Acuerdo de cooperación
en materia de comercio
e inversiones.
1997
Reunión de ambos
ministros.
1992
Comisión mixta de
Inversión y Comercio.
7 de agosto del 2002
Anuncio del inicio de
diálogos.
7 de junio de 2007
Anuncio formal del inicio
de las negociaciones.
16 al 20 de julio de
2007.
1era ronda de
negociaciones.
4. El 6 de junio de 2008
Terminan las rondas de
negociaciones.
21 de noviembre de
2008
Se suscribe el TLC
Colombia – Canadá
2009
Marzo
Agosto
El 10 de marzo de
2010
Legislación necesaria
para implementación
del TLC.
El 30 de junio de 2010
Aprobación relativa de
la legislación.
El 15 de agosto de
2011
Entra en vigencia el
TLC Colombia-Canadá.
8. Acceso libre de aranceles de manera
inmediata para el 97,6% de la oferta
exportable actual y potencial agropecuaria
colombiana.
Se consolidaron las preferencias del
Sistema Generalizado de Preferencias
(SGP), en especial para café y azúcar
crudo, confitería, tabaco, y cacao y sus
derivados.
9. Se obtuvo amplia asimetría en las modalidades de
desgravación a favor de Colombia debido a que se
tuvo en cuenta el impacto sobre la producción
colombiana sensible y se mantuvo el Sistema de
Franja de Precios (SFP) para productos específicos
como carnes, lácteos, maíz, arroz, etc.
Se estableció la eliminación de barreras
arancelarias, restricciones cuantitativas y otras
barreras no arancelarias para asegurar las
condiciones de acceso real de la oferta agropecuaria
colombiana.
10. Se incorporó una salvaguardia especial
agrícola para regular las importaciones de
algunos productos sensibles del sector
agropecuario: carne de bovino y fríjol.
Se eliminó toda forma de subsidio a la
exportación y cualquier posibilidad de
reintroducción.
11.
12. Desgravación inmediata para el 98,6% de los bienes
industriales de la oferta exportable actual y potencial de
Colombia.
Plazos de desgravación otorgados por Colombia no
sobrepasan los 10 años con el fin de que el aparato
productivo colombiano se adecue a las nuevas
condiciones de competencia.
13. Se podrá seguir utilizando los mecanismos de
promoción de exportaciones como las Zonas Francas y
el Plan Vallejo para el comercio preferencial y
Colombia mantiene la potestad de controlar el
comercio de bienes usados.
Se eliminan las medidas no arancelarias que impidan
de manera injustificada el comercio.
14. Productos de tratamiento NMF
Gallos y gallinas, carne de gallo o gallina, leche,
suero de mantequilla, mantequilla, pastas lácteas,
queso fresco, margarina excepto la liquida,
preparaciones de carne, despojos o sangre, azúcar
de caña con adición de aromatizantes y colorantes,
algunas preparaciones de cacao, mezclas para
panadería, helados con contenido de leche.
15.
16. El Capítulo 3 del TLC regula lo referente a las
reglas de origen. Al respecto, se prevé un conjunto
de métodos técnicos, a efectos de determinar si una
determinada mercancía o producto puede ser
válidamente calificada como originaria de un Estado
Parte, tales como que (i) la mercancía sea obtenida
en su totalidad en el territorio de una de las Partes;
(ii) el producto es fabricado enteramente en aquél.
17. Procedimientos de certificación y verificación del
origen de las mercancías de ambos países.
Son mecanismos encaminados a evitar que las
preferencias arancelarias acordadas entre las partes se
beneficien de mercancías originarias de otros países.
18.
19. El Capítulo 5 del instrumento internacional versa
sobre las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables
al comercio de productos entre Canadá y Colombia. En
tal sentido, se establecen unos objetivos comunes,
tales como la protección de la vida y salud humana,
animal y vegetal, al igual que impedir que tales medidas
de orden técnico generen barreras injustificadas al
comercio binacional.
20. Para la consecución de tales fines, se prevé la
creación de un Comité de Medidas Sanitarias y
Fitosanitarias, encargado de, entre otras labores,
diseñar, implementar y revisar programas de
cooperación técnica e institucional; promover el
mejoramiento en la transparencia de las medidas
sanitarias y fitosanitarias, al igual que prevenir y
resolver las discusiones que se presenten en la
materia.
22. Política de competencia
Contiene disposiciones para impedir prácticas
anticompetitivas que restrinjan el comercio y la
inversión, según los estatutos nacionales para
evitar perder los beneficios del acuerdo.
23. Contratación publica
• Acuerdos en no discriminación en las Compras
Públicas que cubre las entidades del ámbito central
en ambos países.
Comercio electrónico
• Presentación sobre el régimen de protección a
la información personal de parte de Canadá.
• Se estableció una regulación para evitar pago
de aranceles y cargos al comercio de
productos por medios electrónicos
24. Acuerdos de cooperación laboral
Garantizar la inclusión de los derechos laborales
fundamentales de los trabajadores en la legislación
interna de las Partes y hacer cumplirla.
Beneficios:
• Otorgar a los trabajadores migrantes la misma
protección legal que a los nacionales respecto de sus
condiciones laborales.
• El incumplimiento de las obligaciones del Acuerdo no
genera sanciones comerciales.
• Las eventuales multas que se impondrían al país
infractor serán reinvertidas en el mismo país con el fin
de fortalecer la aplicación de la legislación laboral.
25. Medio ambiente
Incorporar las principales preocupaciones del orden ambiental dentro
del acuerdo, las cuales muestran el compromiso de las partes para
con el desarrollo sostenible.
Beneficios:
• Permite conservar los derechos soberanos sobre sus recursos
naturales y establecer prioridades y estándares ambientales
emanados de la legislación nacional y derivados de su pertenencia
a ciertos Acuerdos Ambientales Multilaterales.
Este TLC incluye acuerdos paralelos para la cooperación laboral y
el medio ambiente, en donde los dos países se comprometen a
respetar los estándares y los principios internacionalmente
reconocidos en estos dos temas.
26. Cooperación relacionada con el
comercio
• Canadá accede por primera vez a tener un capítulo de
cooperación relativo al comercio en un TLC para
solicitar cooperación en aquellas áreas que requieran
asistencia técnica tanto para la implementación como el
aprovechamiento del acuerdo.
• Busca promover las oportunidades para el comercio y la
inversión, fomentar la competitividad y la innovación, y
promover cooperación entre las agencias de ciencia y
tecnología del sector público del sector privado.
• Énfasis en las pequeñas y medianas empresas –
PYMES- con el objetivo de apoyarlas en el
aprovechamiento del Acuerdo.
27. Solución de diferencias
En las rondas de negociación se encontraban
diferencias en cuanto a las normas de origen para las
carnes troceadas y refrigeradas, café, azúcar,
productos elaborados con cacao y bebidas
alcohólicas entre otros.
28.
29. Referencias
Fernández, E. C. (10 de Septiembre de 2010). Embaja de
Colombia. Obtenido de
http://www.embajadacolombia.ca/documents/ABCTLC.pdf
Proexport. (s.f.). Issuu. Obtenido de
http://issuu.com/proexport/docs/cartilla_canada_vd
http://www.usergioarboleda.edu.co/tlc/colombia-canada.htm
https://www.mincomercio.gov.co/tlc/publicaciones.php?id=72
1
http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2010/c-608-
10.htm