2. QUE SON?
Las normas de origen son las acordadas por los países que
suscriben acuerdos y tratados comerciales o las que son
definidas por países en forma unilateral, con el fin de
favorecer el comercio de países en desarrollo.
El cumplimiento de estas normas asegura el
aprovechamiento de los beneficios arancelarios de
productos originarios y procedentes de los países
participantes del acuerdo o beneficiarios del esquema
comercial.
3. ELEMENTOS…..
Las normas de origen establecidas por los países o
acuerdos regionales otorgantes de preferencias
arancelarias tienen tres elementos principales: Criterios
de origen, condiciones de expedición y pruebas
documentales.
4. CRITERIOS DE ORIGEN
PRIMERO SEGUNDO
◦ Es cuando el producto
es extraído, nacido,
cosechado o totalmente
obtenido sin la
participación de
elementos importados o
de origen desconocido.
◦ Cuando el producto sea
fabricado con materias
primas, partes o
componentes
importados, además de
insumos nacionales.
5. CONDICIONES DE EXPEDICION
Se refieren a la norma en virtud de la cual los productos
originarios deben transportarse directamente del país
exportador, al país de destino. Sin embargo, en ciertos
casos es permitido el tránsito por el territorio de terceros
países siempre y cuando no sufran en éstos operaciones
diferentes a las de cargue y descargue, fraccionamiento
de embalajes, reembalajes, simple almacenamiento o
cualquier operación necesaria para mantenerlos en
buenas condiciones.
6. PRUEBAS
DOCUMENTALES
Las pruebas documentales se refieren a
un documento en donde se indica
principalmente las normas o criterios
que se deben cumplir para que un
producto pueda acogerse a las ventajas
preferenciales de un determinado
acuerdo. Este documento se denomina
Certificado de Origen y debe ser
solicitado por cada embarque, con su
respectiva factura comercial.
7. Dependiendo del esquema preferencial, en Colombia, existen
varios tipos de certificados de origen.
Certificado de origen forma A-SGP- código 250
Este formato tiene aplicación en la Unión Europea, Turquía,
Guadalupe, Martinica, Guyana Francesa, USA, Canadá,
noruega, Suiza, Europa Oriental y Japón.
Certificado de origen forma A –ATPA-código 251
Este formato es requerido para las exportaciones colombianas
realizadas en el marco de la ley de preferencias arancelarias
andinas ATPA de los Estados Unidos de América.
8. Certificado de origen ALADI-código 255
Establecido para Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador,
Chile, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela. Para este
caso el certificado de origen debe ser expedido en la misma
fecha o dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de
emisión de la factura comercial y tiene una validez de 180 días.
Certificado de origen G3 para México-código 256
Este formato rige solo para exportaciones colombianas con
destino a México y su validez es de un año.
9. Certificado de origen para Panamá – código 257
En este caso su validez es de 180 días contados a partir de la
fecha de su expedición.
Certificado de origen para Chile –código 258
El certificado de origen para Chile debe ser expedido en la
misma fecha de la factura comercial o dentro de los sesenta
días siguientes.
Certificado de origen CARICOM –código 271
Para exportaciones colombianas con destino a Barbados,
Guyana, Jamaica y Trinidad y Tobago, con validez de 180
días contados a partir de la fecha de su expedición.
10. Certificado de origen CAN-MERCOSUR-código 273
Éste aplica para las exportaciones con destino a
Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. Su expedición debe
hacerse en la misma fecha de la factura comercial o dentro de
los sesenta días siguientes a ésta.
Certificado de origen terceros países – código 260
Este certificado se utiliza para la exportación de productos
colombianos que no estén negociados en acuerdos firmados
por Colombia. Se utiliza con fines administrativos y no sirve
para reclamar una preferencia arancelaria.