El documento define la extradición como la entrega de una persona refugiada en el territorio de un Estado a otro Estado que la reclama por estar acusada o condenada por delitos. Explica que la Constitución mexicana prohíbe la extradición de delincuentes políticos o esclavos. La Ley de Extradición Internacional de México establece los casos y condiciones para la entrega de acusados a otros Estados. México ha firmado tratados bilaterales y multilaterales sobre extradición que regulan los delitos, excepciones, requ
2. Concepto
En la Enciclopedia Jurídica Mexicana nos dice que la
extradición es el acto mediante el cual un Estado hace
entrega a una persona refugiada en su territorio a otro
Estado que la reclama por estar inculpado.
3. Como nace el derecho a la extradición
internacional: generalidades.
En nuestra Constitución política en su artículo 15 nos dice:
Artículo 15. No se autoriza la celebración de tratados para la
extradición de reos políticos, ni para la de aquellos
delincuentes del orden común que hayan tenido en el país
donde cometieron el delito, la condición de esclavos; ni de
convenios o tratados en virtud de los que se alteren los
derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en
los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano
sea parte.
4. Ley de Extradición
Internacional
ARTICULO 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público, de carácter federal y
tienen por objeto determinar los casos y las condiciones para entregar a los Estados que lo soliciten,
cuando no exista tratado internacional, a los acusados ante sus tribunales, o condenados por ellos,
por delitos del orden común
ARTICULO 11.- Cuando el individuo reclamado tuviere causa pendiente o hubiere sido
condenado en la República por delito distinto del que motive la petición formal de extradición, su
entrega al Estado solicitante, si procediere, se diferirá hasta que haya sido decretada su libertad por
resolución definitiva
ARTICULO 12.- Si la extradición de una misma persona fuere pedida por dos o más Estados y
respecto de todos o varios de ellos fuere procedente, se entregará el acusado:
I.- Al que lo reclame en virtud de un tratado;
II.- Cuando varios Estados invoquen tratados, a aquel en cuyo territorio se hubiere cometido el delito;
III.- Cuando concurran dichas circunstancias, al Estado que lo reclame a causa de delito que merezca
pena más grave; y
IV.- En cualquier otro caso, al que primero haya solicitado la extradición o la detención provisional con
fines de extradición.
5. Instrumentos Internacionales
En el ámbito internacional existen instrumentos que regulan la extradición
estos se conocen como TRATADOS Tratado de Monte Video 26 dic
1933;México-Argentina 2011 para la ayuda en el combate del crimen
organizado) (Tratado de Estrasburgo, en realidad Convenio sobre la
Transferencia de Personas Sentenciadas, suscrito por México en 1983).
México ha suscrito tratados bilaterales (Australia, Bahamas, Bélgica,
Belice, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Corea del sur, Costa Rica, Cuba,
Ecuador, El Salvador, España, Estados Unidos, Francia, Guatemala, Italia,
Nicaragua, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Reino Unido e
Irlanda República Helénica, Uruguay y Venezuela; y tratados
multilaterales
6. Elementos esenciales que comprenden los
tratados de Extradición
O Establecen la obligación de extraditar, aplicando el
principio de reciprocidad entre los Estados firmantes.
O Señala los delitos por el cual es procedente la extradición.
O Menciona las excepciones a la extradición de una
persona.
O Señala las condiciones para extraditar.
O Establece los requisitos para cumplir por el Estado
requirente para realizar el procedimiento de extradición.
O Indican la legislación aplicable.
O Determina la forma de entrega de la persona cuya
extradición fue concedida.
7. Ejemplo de Extradición Internacional:
El caso Cassez.
El caso de la francesa Florence Cassez, detenida en 2009 acusada de pertenecer a
la banda de secuestradores "El Zodiaco", ha dado un giro inesperado con la
propuesta del ministro de la Corte,
El Presidente francés Sarkozy, que a Cassez se la traslade de una prisión mexicana
a una francesa para que allí cumpla la pena impuesta por un juez mexicano.
Su condena y la petición de extradición a su país dieron origen a un conflicto
diplomático entre México y Francia, llevando al cierre de las actividades
culturales denominadas "El año de México en Francia" en 2011.
Después de 18 meses de procesos judiciales, el 25 de abril de 2008, Florence
Cassez fue sentenciada a 96 años de prisión, pero la condena fue rebajada a 60
años después de unos meses. Debido a las irregularidades en su detención, surgió un
proyecto de amparo del ministro, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. El caso fue
debatido el 21 de marzo de 2012 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Este 23 de enero de 2013, la SCJN le otorgó un amparo liso y llano para su
inmediata liberación, por lo que Florence Cassez salió libre de prisión