1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Facilitadora:
Abg. Emily Ramírez
Estudiante:
Gaspari Dalila C.I. V-24.654.199
LA EXTRADICIÓN
2. La extradición es uno de los mecanismos de asistencia internacional, destinado a frenar la impunidad de
aquellas personas que pretendiendo evadir la acción de la justicia, buscan refugio fuera del país donde
cometieron el hecho punible. La misma tiene su fundamento en el compromiso asumido por los Estados
miembros de la Comunidad Internacional de entregarse mutuamente a aquellas personas procesadas o
sentenciadas que, habiendo delinquido en el territorio de un Estado traspasan sus fronteras, se convierten
en prófugos de la justicia.
LA EXTRADICION
FUNDAMENTACION LEGAL
-La extradición se encuentra regulada en nuestro ordenamiento
Jurídico por:
-La Constitución
Artículos 38 2 al 390 del Código Orgánico Procesal Penal.
Teniendo como Fuentes:
-Artículo 6 del Código Penal.
-La ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
-La ley Orgánica del Ministerio Público.
-Los Convenios y Tratados suscritos por Venezuela.
-(Código de derecho Internacional privado etc..).
-Código Bustamante
-Costumbre Internacional.
-Principios .
3. LA EXTRADICIÓNDIFERENCIA ENTRE ASILO Y EXTRADICIÓN
Activa: Acto de petición del país requirente al
país donde se encuentra el individuo.
Esto es, cuando Venezuela interviene como estado
requirente, solicitando a otro la entrega de una persona
que se encuentra en su territorio, bien para juzgarla o
para que cumpla la pena que le ha sido impuesta,
Pasiva: Es la que recae en el Estado captor
o poseedor de la persona requerida.
La Extradición Pasiva:
Es cuando a Venezuela es a quien se le solicita la
entrega de la persona requerida
El asilo es el derecho que tiene una persona a no ser extraditado de un país a otro que lo requiere para juzgarle por delitos políticos.
EL ASILO se otorga a personas que se consideran
perseguidos por un delito político dentro de su
nación, más que todo estos asilos se le dan a las
personas que son opositoras de un gobierno
LA EXTRADICIÓN es solicitada por un país
cuando en otro país se encuentra una persona que
haya sido condenada por un delito o se le sigue un
proceso penal y estos hayan huido de su país
natura. No debe confundirse el asilo con la
extradición, ya que la primera se refiere más a un
perseguido político y no a un delincuente común
EXTRADICIÓN ACTIVA Y PASIVA
4. TEORÍAS QUE APOYAN LA EXTRADICIÓN
TEORÍA DE LA OBLIGACIÓN:.
El delincuente tiene una obligación contraída
hacia la sociedad de comparecer ante los jueces y
de pagar su deuda a esa sociedad que ha
ofendido, por tanto, el país donde se ha refugiado
puede obligarlo a cumplir esa obligación.
DE LA RECIPROCIDAD: .
:
TEORÍA DEL INTERÉS RECÍPROCO
:
TEORÍA ADECUADA.
TEORÍA DE LA JUSTICIA UNIVERSAL:
TEORÍA DE LA FICCIÓN:
Se ha recurrido a una ficción; el estado requerido
permite al estado requirente la entrada a su
territorio para solicitar al delincuente, pero con
el fin de facilitar la captura; el estado requerido
obra por cuenta del requirente, esto es, se
convierte en estado mandatario
La extradición tiene por fundamento el interés
recíproco que en todas las naciones civilizadas existe de
no dejar impunes determinados crímenes, y de que no
se realice esta impunidad por la oportunidad que tenga
el delincuente de fugarse a otro país,
Los culpables de un crimen no merecen piedad ni protección
En ausencia de tratados, la extradición está
fundamentada en el deber de reciprocidad que
mantiene acuerdos tácitos entre los estados de
entregarse, a su turno, a los malhechores
refugiados y permitir solicitarlos a estados con
los cuales no se ha celebrado convención alguna.
La extradición es absolutamente facultativa, solo existe
en el estado refugiado una mera obligación legal, y
todas las controversias doctrinales, se estrellan contra la
prerrogativa inviolable de la soberanía de los estados.
5. En Venezuela la extradición es reconocida y regulada por el Código Penal y Código Orgánico Procesal Penal,
tratados internacionales suscritos por la República con distintos países de la comunidad internacional,
además de ser reconocida conforme a los principios de Derecho Internacional. Igualmente, La extradición
tiene un carácter facultativo, pues así lo demanda el debido respeto a la independencia de cada Estado.
SOLUCIONES DEL SISTEMA VENEZOLANO
DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
En tal sentido se pronuncia la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en
la Sentencia N° 1119 del 03 de Agosto de 2000, la cual señala que respecto a la extradición,
el Estado venezolano obra con un alto sentido de responsabilidad. En efecto, por una parte
acepta la extradición como una obligación moral conforme al Derecho Internacional, pero
se reserva la más absoluta libertad en la apreciación para concederla o negarla tomando en
cuenta si en el caso concreto se contraerían los principios de nuestra legislación nacional y
la justicia.
6. Derecho Internacional Privado, tomo II. Caracas, Universidad Central de
Venezuela, Facultad de ciencias jurídicas y políticas, Escuela de Derecho,
2005.
Derecho Internacional Privado. 9ª edición. Caracas, Venezuela. Kelran
Editores, C.A, 2001.
Material de Apoyo Saia
Referencias Bibliográficas