formación
bonificada
¿Sabe qué es la formación
                                continua bonificada?

Proporcionar la formación, preparación, reciclaje, etc. de los profesionales
que forman parte de una empresa, debería ser uno de los objetivos
principales de toda organización que desee ser más competitiva.

Así pues, su empresa debería “aprovechar” la posibilidad que ofrece la
formación continua bonificada o de demanda, ya que ésta permite que todas
las empresas realicen una formación “a la carta”, sea cual sea su tamaño,
actividad o ubicación en el territorio español, elegir qué formación desea
realizar, con qué contenidos, cómo y cuándo, siempre dentro del año natural
en curso y en base a su crédito de formación.


El coste de este tipo de formación resultará ser “cero” puesto que será
financiada con cargo a bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social
que ingresan las empresas siempre y cuando se cumplan los requisitos
establecidos por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE),
organismo encargado de gestionar este tipo de formación.

Usted mismo puede gestionar ante la FTFE los trámites necesarios o bien, dejar
el esfuerzo que suponen dichos trámites en manos de Grupo Campus
Educativo - CECYL - .




                                  2
Gestión de la formación
                                  continua bonificada
Si su empresa elige a Grupo Campus Educativo - CECYL - como entidad
organizadora de la formación continua bonificada, su empresa deberá firmar el
documento de Adhesión al Convenio de Agrupación de empresas de modo que
CECYL se convertirá en el encargado de:

                                 Calcular y comunicarle cuál es el crédito de
                                 formación del que dispone su empresa.
                                 ¡recuerde!, el crédito no consumido antes del
                                 31 de Diciembre se pierde, ya que éste no es
                                 acumulable para el año siguiente.



                                 Diseñar un plan de formación de acuerdo a las
                                 necesidades formativas de sus trabajadores. El
                                 plan de formación “a la carta” estará
                                 compuesto por acciones formativas “a la
                                 medida” de las necesidades de su empresa

                                 Gestionar toda la documentación y
                                 trámites administrativos ante la
                                 Fundación Tripartita para la Formación
                                 en el Empleo.

                                 Ayudarle a gestionar la bonificación de la
                                 formación.
                                3
Gestión de la documentación y
                          Trámites administrativos

Antes del inicio de la acción formativa, Grupo Campus Educativo - CECYL - le
solicitará que complete los siguientes formularios:




                                  En la que se le solicitarán los datos de la
                                  empresa necesarios para poder gestionar la
                                  formación ante la Fundación Tripartita para la
                                  Formación en el Empleo.




                                  La empresa deberá entregar a CECYL una
                                  ficha de datos del participante por cada
                                  alumno que vaya a acudir a la formación.




                              4
Gestión de la documentación y
                            Trámites administrativos

Esta documentación deberá estar en disposición de CECYL con un plazo mínimo
de 10 días antes del inicio de la acción formativa de modo que una vez se
disponga de esta documentación, Grupo Campus Educativo - CECYL - será el
encargado de:

             Comunicar el inicio y fin de la formación en la aplicación telemática
             de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.

             Impartir la acción formativa.


             Proporcionar a los participantes el material necesario para realizar
             la formación.

             Acreditar la formación de los participantes (expedir certificado de
             participación).

             Cualquier otra gestión que requiera la ejecución de la acción
             formativa.


Esta modalidad de la formación siempre será totalmente gratuita para el trabajador.

La empresa deberá abonar una factura por el coste de la formación que con
posterioridad podrá ser bonificada en los pagos a la Seguridad Social.



                                  5
Proceso de gestión de las bonificaciones
Existen ciertos requisitos que su empresa deberá cumplir para que la bonificación
del coste de la formación sea correcta:



              Que la empresa disponga de Crédito Formativo suficiente para
              utilizarlo en formación.

              Que la empresa permanezca de alta en el Registro Mercantil durante
              todo el tiempo que dure la acción formativa.

              Que la empresa esté al corriente de pagos con Hacienda y la
              Seguridad Social.

              Que la empresa haya abonado la factura correspondiente a la
              acción formativa.

              Que los trabajadores que hayan participado en la acción formativa,
              estén dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social
              (trabajadores por cuenta ajena). Los trabajadores en Régimen
              Especial de Autónomos no se pueden acoger a la bonificación.

              Que los trabajadores hayan asistido al menos al 75% de las horas de
              formación impartidas si la modalidad es presencial y/o hayan
              realizado al menos el 75% de los controles periódicos de seguimiento
              de su aprendizaje, en el caso de que la acción formativa se realice a
              distancia o mediante teleformación u “online”.

                                  6
Proceso de gestión de las bonificaciones
        Una vez comprobado el cumplimiento de estos requisitos,
        Grupo Campus Educativo - CECYL - le enviará una carta
        indicándole la cantidad y el mes en el que se pueden
        practicar las bonificaciones por la formación realizada.

        Cuando reciba esta carta, ya se podrá practicar la
        bonificación al cumplimentar el TC1 del mes de notificación,
        en la casilla 601 “Bonificaciones, Subvenciones y
        Compensaciones Desemp. Parcial” (si se utiliza el formato
        papel) y si se utiliza el sistema red diferenciar en un apartado
        “Bonificación formación Continua” donde se reflejará la
        bonificación correspondiente.




                        7

Formación Bonificada CECYL

  • 1.
  • 2.
    ¿Sabe qué esla formación continua bonificada? Proporcionar la formación, preparación, reciclaje, etc. de los profesionales que forman parte de una empresa, debería ser uno de los objetivos principales de toda organización que desee ser más competitiva. Así pues, su empresa debería “aprovechar” la posibilidad que ofrece la formación continua bonificada o de demanda, ya que ésta permite que todas las empresas realicen una formación “a la carta”, sea cual sea su tamaño, actividad o ubicación en el territorio español, elegir qué formación desea realizar, con qué contenidos, cómo y cuándo, siempre dentro del año natural en curso y en base a su crédito de formación. El coste de este tipo de formación resultará ser “cero” puesto que será financiada con cargo a bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social que ingresan las empresas siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE), organismo encargado de gestionar este tipo de formación. Usted mismo puede gestionar ante la FTFE los trámites necesarios o bien, dejar el esfuerzo que suponen dichos trámites en manos de Grupo Campus Educativo - CECYL - . 2
  • 3.
    Gestión de laformación continua bonificada Si su empresa elige a Grupo Campus Educativo - CECYL - como entidad organizadora de la formación continua bonificada, su empresa deberá firmar el documento de Adhesión al Convenio de Agrupación de empresas de modo que CECYL se convertirá en el encargado de: Calcular y comunicarle cuál es el crédito de formación del que dispone su empresa. ¡recuerde!, el crédito no consumido antes del 31 de Diciembre se pierde, ya que éste no es acumulable para el año siguiente. Diseñar un plan de formación de acuerdo a las necesidades formativas de sus trabajadores. El plan de formación “a la carta” estará compuesto por acciones formativas “a la medida” de las necesidades de su empresa Gestionar toda la documentación y trámites administrativos ante la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo. Ayudarle a gestionar la bonificación de la formación. 3
  • 4.
    Gestión de ladocumentación y Trámites administrativos Antes del inicio de la acción formativa, Grupo Campus Educativo - CECYL - le solicitará que complete los siguientes formularios: En la que se le solicitarán los datos de la empresa necesarios para poder gestionar la formación ante la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo. La empresa deberá entregar a CECYL una ficha de datos del participante por cada alumno que vaya a acudir a la formación. 4
  • 5.
    Gestión de ladocumentación y Trámites administrativos Esta documentación deberá estar en disposición de CECYL con un plazo mínimo de 10 días antes del inicio de la acción formativa de modo que una vez se disponga de esta documentación, Grupo Campus Educativo - CECYL - será el encargado de: Comunicar el inicio y fin de la formación en la aplicación telemática de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo. Impartir la acción formativa. Proporcionar a los participantes el material necesario para realizar la formación. Acreditar la formación de los participantes (expedir certificado de participación). Cualquier otra gestión que requiera la ejecución de la acción formativa. Esta modalidad de la formación siempre será totalmente gratuita para el trabajador. La empresa deberá abonar una factura por el coste de la formación que con posterioridad podrá ser bonificada en los pagos a la Seguridad Social. 5
  • 6.
    Proceso de gestiónde las bonificaciones Existen ciertos requisitos que su empresa deberá cumplir para que la bonificación del coste de la formación sea correcta: Que la empresa disponga de Crédito Formativo suficiente para utilizarlo en formación. Que la empresa permanezca de alta en el Registro Mercantil durante todo el tiempo que dure la acción formativa. Que la empresa esté al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social. Que la empresa haya abonado la factura correspondiente a la acción formativa. Que los trabajadores que hayan participado en la acción formativa, estén dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social (trabajadores por cuenta ajena). Los trabajadores en Régimen Especial de Autónomos no se pueden acoger a la bonificación. Que los trabajadores hayan asistido al menos al 75% de las horas de formación impartidas si la modalidad es presencial y/o hayan realizado al menos el 75% de los controles periódicos de seguimiento de su aprendizaje, en el caso de que la acción formativa se realice a distancia o mediante teleformación u “online”. 6
  • 7.
    Proceso de gestiónde las bonificaciones Una vez comprobado el cumplimiento de estos requisitos, Grupo Campus Educativo - CECYL - le enviará una carta indicándole la cantidad y el mes en el que se pueden practicar las bonificaciones por la formación realizada. Cuando reciba esta carta, ya se podrá practicar la bonificación al cumplimentar el TC1 del mes de notificación, en la casilla 601 “Bonificaciones, Subvenciones y Compensaciones Desemp. Parcial” (si se utiliza el formato papel) y si se utiliza el sistema red diferenciar en un apartado “Bonificación formación Continua” donde se reflejará la bonificación correspondiente. 7