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PACTO DE CONVIVENCIA 
I.E. FERNANDO GONZALEZ 
MESA 
HIMNO AL MUNICIPIO DE FRESNO 
TIERRA DE MIS MAYORES 
Compositor: FRAY JULIAN SANTAMARIA (bambuco) 
Fresno, tierra de mis mayores 
Pedacito de patria; que Dios me diera 
Vigilante, de la alta cordillera 
Orgullo de mi casta; mi casta arriera. 
Preso en tus cerros tutelares 
Que oscurecen las brisas; del magdalena 
Cada tarde, cual ninfas pasajeras 
Pregoneras de mohanes; y de leyendas. 
Hoy que vivo bajo otro cielo 
Mi corazón reclama, por tus recuerdos 
Tarro lizo, el camellon del comercio 
La gentil fresnunita, sol de mis sueños. 
Pueblo que llevas en el alma 
Grabada la esperanza, de los abuelos 
Visionarios de tierra y cielos nuevos 
Que acuñaron la gloria, de mis ancestros.
BUNDE TOLIMENSE 
(Nicanor Velásquez- Alberto Castilla) 
Canta el alma de mi raza 
En el bunde de castilla 
y este canto el sol que abraza… 
Nacer, vivir, morir, 
Amando el magdalena, 
la pena se hace buena 
y alegra el existir. (bis) 
Baila, baila, baila, 
Sus bambucos mi Tolima 
Y el aguardiente es más valiente y leal. (bis) 
Soy vaquero tolimense 
Y en le pecho llevo espumas 
Va mi potro entre la bruma, 
Con cocuyos en la frente 
y al sentir su galopar, 
Galopa el amor del corazón. (bis) 
Nacer, vivir, morir… 
Pues mi rejo va enlazar, 
La dulzura del amor 
Con la voz de mi cantar… 
…MI TOLIMA
INTRODUCCION 
Nuestro pacto de convivencia es el conjunto de acuerdos 
establecidos entre la comunidad educativa después de varios 
encuentros de trabajo, para enmarcar las mejores relaciones entre 
profesores, estudiantes, padres de familia, directivos y exalumnos 
con la institución escolar para determinar los procesos 
académicos, disciplinarios y administrativos. 
Este pacto de convivencia debe ser aceptado y acogido por la 
comunidad educativa ya que pretende la formación integral de 
todos sus miembros, de tal manera que se fortalezca la unión y las 
relaciones sociales, de trabajo y académicas de los individuos que 
allí emergen, llevando así a formar personas útiles para la 
sociedad con criterios de aceptación del otro sin negar al que 
piensa o actúa diferente. 
De igual manera nuestro pacto de convivencia da bases de 
comportamiento dentro y fuera de la institución, logrando así la 
tranquilidad y la estabilidad social de la comunidad en la que se 
desarrollan y se practican los procesos educativos. 
Por ultimo, con estas normas de convivencia pretendemos 
garantizar el desarrollo de la persona en ámbitos de formación 
integral sin limitantes que afecten su salud física y/o psicológica 
como bases de la estructura individual.
NUESTRO LEMA: “CIENCIA Y TRABAJO” 
CIENCIA: 
La Ciencia se traduce en un encuentro permanente de los estudiantes con el saber desde 
cada una de las áreas de formación interactuando comprensivamente en su entorno local, 
regional, y global. 
TRABAJO: 
El trabajo reflejado en estudiantes comprometidos con su entorno interactuando de forma 
permanente para cambiarlo, mejorarlo, generando mejores expectativas de vida productiva. 
NUESTROS EMBLEMAS: 
LA BANDERA: 
De corte clásico en su heráldica 
Forma rectangular 
Tres franjas, la primera de color verde que 
nos identifica con el campo y sus productos, 
ocupa un cuarto del total de la bandera; la 
segunda franja de color blanco, nos 
identifica como personas de paz y la 
inocencia de los alumnos pequeños. Ocupa 
cuartos del total de la bandera y la tercera 
franja de color azul significa el horizonte 
que la educación impartida por nuestro 
establecimiento abre a nuestros educandos y 
ocupa un cuarto del total de la bandera.
EL ESCUDO: 
De corte clásico en su heráldica 
Parte superior fondo color verde nombre del 
centro educativo 
En su segunda franja tres triángulos 
izquierdos signos matemáticos que significan 
las ciencias puras 
Central fondo blanco, rama de cafeto que 
significa la riqueza agrícola de la región. 
Derecho, las vocales que significan las 
humanidades. 
Tercera franja, nos identifica como habitantes 
de la cordillera y el sol naciente la superación 
diaria de nuestros alumnos y la luz del saber 
que se adquiere en el centro educativo. 
La cuarta franja de color azul representa el 
horizonte hacia el cual encaminamos a los 
estuantes y el recurso hídrico de nuestra 
región. 
Las dos franjas de los lados de color amarillo 
portan nuestro lema “CIENCIA Y 
TRABAJO” 
Acuerdo N° 003 
(Abril 30 de 2008) 
POR MEDIO DE LA CUAL SE EFECTUA LA ACTUALIZACION 
DEL MANUAL DE CONVIVENCIA (PACTO) PARA LA 
INSTITUCION EDUCATIVA FERNANDO GONZALEZ MESA 
DEL MUNICIPIO DE FRESNO TOLIMA. 
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Fernando Gonzáles Mesa de Fresno 
Tolima, de conformidad a la Constitución Política Colombiana, el Código de infancia 
y Adolescencia (Ley 1098 de 2006), La ley general de Educación o ley 115 de 1994 y su 
decreto reglamentario 1860 de 1994, la ley 715 de 2001 y su decreto reglamentario 
1850 de 2002, el decreto 230 de 2002 y las directrices educativas dadas por la Corte 
Constitucional Colombiana. Ley 1620 de 2013 y su decreto 1965 de 2013.
ACUERDA: 
Actualizar el antiguo Manual de Convivencia por el moderno Pacto de Convivencia 
por el cual se regirán los estamentos de nuestra comunidad educativa. Este pacto de 
Convivencia hace parte integral del Proyecto Educativo Institucional (PEI), de 
acuerdo con los principios, fundamentos y los artículos que ha continuación se 
señalan: 
CAPITULO I 
OBJETIVOS DEL PACTO DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION 
EDUCATIVA “FERNANDO GONZALES MESA” 
ARTICULO 1: OBJETIVO GENERAL 
Implementar principios básicos que conlleven a una sana convivencia, entre cada uno de los 
miembros de la comunidad educativa de la institución “Fernando Gonzáles Mesa que 
garantice a los estudiantes una formación continua armoniosa donde prevalezca el 
reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana en cada uno de los modelos de 
formación (preescolar, básica primaria, básica secundaria y media académica). 
ARTÍCULO 2: OBJETIVOS ESPECIFICOS. 
1. Inculcar valores que fortalezcan la formación integral de los estudiantes. 
2. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes en cada uno de los miembros de la 
Comunidad Educativa. 
3. Incentivar el espíritu investigativo, crítico analítico en los estudiantes procurando un 
mejor desarrollo en su entorno. 
4. Difundir principios dentro de un proceso de formación integral, física psíquica, 
intelectual moral espiritual. Social, afectiva, ética y demás valores. 
5. Fomentar hábitos de salud e higiene para un mejor desarrollo físico, mental y una sana 
convivencia. 
6. Despertar en cada uno de los miembros de la comunidad Educativa el sentido de 
pertenencia y liderazgo como agentes del cambio social. 
7. Concienciar a los padres de familia de la región en la obligación de dar a sus hijos una 
buena educación y formación adecuada. 
8. Ofrecer una educación contextualizada y a tono con las necesidades y lineamientos 
exigidos por el estado. 
9. Reconocer la importancia del desarrollo individual y comunitario como base del 
proceso de toda sociedad culta y civilizada. 
10. Proyectar a los estudiantes para que trasciendan positivamente en su entorno social, 
regional, y local. 
11. Encausar a los estudiantes en el desarrollo de verdaderos proyectos que promuevan el 
desarrollo y mejoramiento de su entorno social, económico, cultural y ambiental. 
12. Difundir pedagógicamente cada uno de los aspectos del Pacto de convivencia.
13. Deberán identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer el ejercicio 
de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, que permitirán 
aprender del error. 
14. Reconocer la importancia del respeto a la diversidad y dirimir los conflictos de manera 
pacífica. 
15. El educador tendrá el rol de orientador y a los estudiantes se les concederá el rol de 
amigable conciliador para intervenir en proceso de negociación ante casos de violencia 
escolar o matoneo. 
16. El manual deberá incorporar los principios y responsabilidades que establece la 
presente ley, sobre los cuales se desarrollarán los factores de promoción y prevención y 
atención de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. 
CAPITULO II 
PROCESOS DE MATRICULA (Art. 96 Ley 115 de 1994) 
ARTICULO 3: La matricula es el acto jurídico o contrato que formaliza la vinculación del 
estudiante, como estudiante regular de la Institución Educativa Fernando 
González Mesa y se realiza por una sala vez al ingresar a la institución, se podrá 
renovar para cada año lectivo, en la medida que el estudiante y sus padres o acudientes 
cumplan con los requisitos exigidos para ello. 
Al momento de suscribir el acta, los padres o acudientes, el estudiantes y el Rector deberán 
firmar el contrato de matricula con la institución, el cual se regirá por las reglas del derecho 
privado. 
Una vez firmada la matricula, la Institución, el estudiante y el padre de familia se 
comprometen a cumplir el Presente Pacto de Convivencia. Se entiende que los padres de 
familia en compañía de su hijo(a), lo hacen ejerciendo el derecho de escoger el tipo de 
educación que ofrece la institución y en tal sentido aceptan formalmente las condiciones y 
reglamentos y se comprometen activamente con el Proyecto Educativo Institucional, dando 
su aceptación y compromiso del cumplimiento del Pacto de Convivencia. Es decir que, 
matriculado el estudiante y padre de familia y o acudiente queda sometido al reglamento 
de la Institución y debe cumplirlo. 
ARTÍCULO 4: El aspirante a ingresar como estudiante de la Institución Educativa 
Fernando Gonzáles Mesa deberá cumplir los siguientes requisitos al momento de la 
matricula: 
a) Presentar el Registro Civil de Nacimiento. 
b) Certificados de estudios de los años anteriores. 
c) Dos (2) fotos recientes, 2x3 
d) Otros documentos que la Institución estime convenientes (Paz y Salvo Institucional). 
Si proviene de otra Institución presentar carta de cancelación de matricula. 
e) Carne del Sisben. 
f) Carne de salud infantil (Vacunación) solo para los niños(as) del Preescolar (Decreto 
228 de 2003).
g) Rh (Tipo de Sangre y o grupo sanguíneo) para todos los estudiantes del plantel. 
h) Para la renovación de la matricula en los estudiantes antiguos, presentar boletín 
descriptivo con la promoción respectiva, incluyendo el paz y salvo institucional. 
i) Documento de identidad (si lo posee). 
NOTA: Los estudiantes (Nuevos o Antiguos) que presenten dificultades académicas o de 
convivencia serán admitidos, solo después de reunión con el comité de convivencia escolar, 
además se realizará registro en el Libro de actas de reunión de Docentes y del Comité de 
Evaluación y Promoción. En dicho libro será consignado fotocopia del Observador del 
Estudiante de la Institución donde proceden. Para Este caso, los estudiantes deben firmar un 
acta de compromiso con la institución por intermedio del señor rector en el cual se realizara 
el debido seguimiento y control. 
ARTÍCULO 5: Cada estudiante tendrá en ausencia de sus padres, acudiente mayor de 
edad previamente aceptado por la institución: salvo quien permita la ley, bajo 
responsabilidad del rector. 
ARTICULO 6: El Decreto Nº 4807 del 20 de diciembre de 2011 determina la 
gratuidad en todo concepto para la educación pública. 
ARTÍCULO 7: La edad establecida para el ingreso de los estudiantes, al nivel preescolar 
(Transición) es de cinco (5) años cumplidos. 
CAPITULO III 
CONVIVENCIA ESCOLAR Y PACTO DE CONVIVENCIA 
ARTICULO 8. CONVIVENCIA ESCOLAR 
La convivencia escolar se puede entender como la acción de vivir en compañía de 
otras personas en el contexto escolar y de manera pacífica y armónica. Se refiere al 
conjunto de relaciones que ocurren entre las personas que hacen parte de la 
comunidad educativa, el cual debe enfocarse en el logro de los objetivos educativos 
y su desarrollo integral. 
La convivencia escolar resume el ideal de la vida en común entre las personas que 
forman parte de la comunidad educativa, partiendo del deseo de vivir juntos de 
manera viable y deseable a pesar de la diversidad de orígenes (Mockus, 2002). Así 
mismo, esta se relaciona con construir y acatar normas; contar con mecanismos de 
autorregulación social y sistemas que velen por su cumplimiento; respetar las 
diferencias; aprender a celebrar, cumplir y reparar acuerdos, y construir 
relaciones de confianza entre las personas de la comunidad educativa (Mockus, 
2003). 
Sin embargo, aprender a convivir es un proceso que se debe integrar y cultivar 
diariamente en todos los escenarios de la escuela (Pérez-Juste, 2007). Se deben
favorecer entonces ambientes de aprendizaje democráticos donde la participación 
y la construcción de identidad desde la diferencia sean centrales. 
Es así como el clima escolar positivo no se improvisa, se construye contando con la 
voz de estudiantes, docentes, docentes con funciones de orientación, personal 
administrativo, familias y directivas docentes. 
Estos procesos de aprendizaje deben tener en cuenta que la convivencia no implica 
ausencia de conflictos. En todo grupo social se presentan este tipo de situaciones 
debido a la presencia de diversos puntos de vista y múltiples intereses; diferencias 
que pueden convertirse en motores de trasformación y cambio. 
Es necesario utilizar estos conflictos como oportunidades para que todas las 
personas que conforman la comunidad educativa hagan uso del diálogo como 
opción para trasformar las relaciones; el pensamiento crítico como un mecanismo 
para entender lo que ocurre; la capacidad de ponerse en los zapatos de otra 
persona e incluso sentir lo que está sintiendo (empatía) como una oportunidad 
para reconocerse, y la concertación como herramienta para salvar las diferencias 
(Ruiz-Silva & Chaux, 2005). 
De esta manera, el problema no radica en el conflicto en sí, sino en su manejo 
inadecuado. En este caso, es necesario que la escuela cuente con acciones 
concertadas para su manejo, lo cual se convierte en un reto para que la comunidad 
educativa desarrolle estrategias que le permitan resolver los conflictos de manera 
adecuada y construir aprendizajes a partir de lo ocurrido. 
ARTICULO 9. PACTO DE CONVIVENCIA 
El Pacto de convivencia puede entenderse como una herramienta en la que se 
consignan los acuerdos de la comunidad educativa para facilitar y garantizar la 
armonía en la vida diaria de los EE. En este sentido, se definen las expectativas 
sobre la manera cómo deben actuar las personas que conforman la comunidad 
educativa, los recursos y procedimientos para dirimir conflictos, así como las 
consecuencias de incumplir los acuerdos (Chaux, Vargas, Ibarra & Minski, 2013). 
Los acuerdos consignados en el pacto de convivencia se pueden entender como 
pactos que se construyen con la participación de todas las personas que conforman 
la comunidad educativa. Entre sus principales objetivos se pueden nombrar: 
• Promover, garantizar y defender los DDHH y DHSR. 
• Establecer normas paras las funciones, deberes, comportamientos y actitudes 
pactados por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de manera 
tal que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que la 
conforman. 
• Fortalecer procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución 
para las situaciones que afectan la convivencia escolar.
Teniendo en cuenta lo anterior, es evidente cómo en el marco de la Ley 1620 de 
2013 el manual de convivencia se convierte en un elemento fundamental para 
garantizar el mejoramiento de la convivencia y el ejercicio de los DDHH y DHSR. 
Por esta razón, en el Decreto 1965 de 2013 el proceso de actualización del manual 
se convierte en un eje fundamental para la implementación de las definiciones, 
principios y responsabilidades que se plantean en la Ley de Convivencia Escolar. 
ARTICULO 10. DERECHOS Y DEBERES COMO PARTES DEL SISTEMA 
NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 
Responsabilidades de las Instituciones como miembro del Sistema Nacional de 
Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para 
la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. 
Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias por este 
Manual, la I.E. tendrá las siguientes responsabilidades: 
1. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal 
el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia 
escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 
2. Implementar el comité escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de 
sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11, 12 y 13 de la Ley 1620 de 
2013. 
3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del 
pacto de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la 
Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de 
acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos, sexuales y 
reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos 
docentes. 
4. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, 
y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso 
participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad 
educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, 
acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las 
desarrollan. 
5. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del Colegio e 
identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia 
escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos 
de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la 
implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el 
comité escolar de convivencia. 
6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un 
proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el 
acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el 
impacto de los mismos, incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado
del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el 
respeto mutuo. 
7. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia 
escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia 
escolar más frecuentes, si las hubiere. 
8. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la 
comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la 
mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. 
9. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las 
distintas áreas de estudio. 
Responsabilidades del Rector de la I.E. en el Sistema Nacional de Convivencia 
Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad 
y la prevención y de la violencia escolar. 
Además de las que establece normatividad vigente y que le son propias, el Rector 
de la I.E. tendrá las siguientes responsabilidades: 
1. Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los 
artículos 11, 12 y 13 de la Ley 1620 de 2013. 
2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los 
componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos 
establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la 
convivencia escolar. 
3. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de 
convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso 
participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad 
educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 
4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos 
sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del Colegio, en su 
calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la 
normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y 
hacer seguimiento a dichos casos. 
Responsabilidades de los docentes de la I.E en el Sistema Nacional de Convivencia 
Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la 
Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. 
Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán 
las siguientes responsabilidades: 
1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, 
violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a 
estudiantes del Colegio, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y 
demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos 
definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. 
Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de 
medios electrónicos, igualmente deberá reportar al comité de convivencia para 
activar el protocolo respectivo.
2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de 
ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la 
participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de 
conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral 
de los estudiantes. 
3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de 
evaluación del clima escolar de la Institución. 
4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. 
Proyectos Pedagógicos. 
Los proyectos a que se refiere el numeral 1 del artículo 15 de la Ley 1620 de 2013 
deberán ser desarrollados en todos los niveles de la I.E. formulados y gestionados 
por los docentes de todas las áreas y grados, construidos colectivamente con otros 
actores de la comunidad educativa. 
Los proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad, que tienen como 
objetivos desarrollar competencias en los estudiantes para tomar decisiones 
informadas, autónomas, responsables, placenteras, saludables y orientadas al 
bienestar; y aprender a manejar situaciones de riesgo, a través de la negativa 
consciente, reflexiva y crítica y decir “No” a propuestas que afecten su integridad 
física o moral, deberán desarrollarse gradualmente de acuerdo con la edad, desde 
cada una de las áreas obligatorias señaladas en la Ley 115 de 1994, relacionados 
con el cuerpo y el desarrollo humano, la reproducción humana, la salud sexual y 
reproductiva y los métodos de anticoncepción, así como las reflexiones en torno a 
actitudes, intereses y habilidades en relación con las emociones, la construcción 
cultural de la sexualidad, los comportamientos culturales de género, la diversidad 
sexual, la sexualidad y los estilos de vida sanos, como elementos fundamentales 
para la construcción del proyecto de vida del estudiante. 
La educación para el ejercicio de los derechos humanos en la escuela implica la 
vivencia y práctica de los derechos humanos en la cotidianidad escolar, cuyo 
objetivo es la transformación de los ambientes de aprendizaje, donde los conflictos 
se asumen como oportunidad pedagógica que permite su solución mediante el 
diálogo, la concertación y el reconocimiento a la diferencia para que los niños, 
niñas y adolescentes desarrollen competencias para desempeñarse como sujetos 
activos de derechos en el contexto escolar, familiar y comunitario. Para esto, el 
proyecto pedagógico enfatizará en la dignidad humana, los derechos humanos y la 
aceptación y valoración de la diversidad y las diferencias. En el currículo, la I.E. o 
deberá hacer explícito el tiempo y condiciones destinadas a los proyectos, acorde 
con lo señalado en los artículos 76 a 79 de la Ley 115 de 1994 en relación con el 
currículo y planes de estudio. 
Parágrafo. En todos los casos se deberán respetar las garantías constitucionales en 
torno a los derechos fundamentales establecidos en el Título II Capítulo I de la 
Constitución Nacional.
PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA. 
La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema 
Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la 
Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia 
Escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la 
Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 
2011 y demás normas vigentes, deberá: 
1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, 
ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 
2. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que 
promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y 
reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida 
saludable. 
3. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico 
que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad. 
4. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las 
instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional de la 
I.E. 
5. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo 
libre de sus hijos e hijas para el desarrollo de competencias ciudadanas. 
6. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el pacto de 
convivencia y responder cuando su hijo o hija incumple alguna de las normas allí 
definidas. 
7. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de 
violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una 
situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el pacto 
de convivencia. 
8. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de 
Atención Integral a que se refiere esta ley, para restituir los derechos de sus hijos 
cuando estos sean agredidos. 
CAPITULO IV 
NORMAS QUE REGULAN LA CONVIVENCIA 
Consideramos la educación como un proceso y una práctica de interacción 
comunicativa. Por ello creemos que el diálogo orientado al entendimiento y 
acuerdo mutuo es el vehículo más apropiado para el logro de una educación 
integral, para la formación del criterio y de una conciencia individual basada en la 
lo tanto, en todos los procesos disciplinarios debe recurrirse siempre y en primera 
instancia al diálogo entre los agentes del proceso educativo implicados, con el fin 
de lograr el entendimiento, la conciliación, y un ambiente de aceptación y 
cumplimiento de las normas, deberes y derechos. De este modo se procederá por 
convicción, no por coacción, y se motivará al cumplimiento de las 
responsabilidades.
ARTICULO 11. DEBIDO PROCESO 
Las acciones correctivas de los hechos o faltas se aplicaran después de escuchar al 
estudiante involucrado en la situación problema y tendrá derecho a conocer y 
rebatir las pruebas y a ejercer plenamente el Derecho de Defensa. 
El estudiante tiene derecho a realizar los descargos por escrito en la carpeta u 
observador del estudiante, en forma inmediata a la ocurrencia de la falta si así lo 
decide, los cuales se tendrán en cuenta para el respectivo análisis. De todo ello se 
dejará constancia en la carpeta u observador del estudiante por parte de las 
directivas de la I.E. 
Todo estudiante tiene derecho a que se le presuma su inocencia y a que, en caso de 
acusación en su contra, no se deduzca sus responsabilidades sin haberlo oído y 
vencido en el curso de un proceso disciplinario dentro del cual haya podido, 
cuando menos, exponer las pruebas que lo favorecen y controvertir aquellas que lo 
comprometen y dar su versión de los hechos. En el proceso, la presunción de 
inocencia deberá ser desvirtuada como requisito indispensable para poder 
sancionar al estudiante, salvo para la aplicación de medidas cautelares o 
preventivas o provisionales, en los términos que se detallan más adelante. Si el 
estudiante lo solicita, podrá ser asistido por el representante de los estudiantes, el 
acudiente o tutor (si es menor de edad). 
Parágrafo: Se entiende como carpeta u observador, el conjunto de documentos 
que dejen evidencia de la historia académica y de comportamiento de cada 
estudiante de la I.E Lo anterior no obsta que se puedan, de consuno, dejar 
evidencia en un solo documento sobre el comportamiento e historia académica de 
más de un estudiante, para lo cual se podrán emplear copias que se destinen a 
cada carpeta u observador. 
CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA 
El Comité de Convivencia estará conformado por: 
– El rector del Colegio, quien presidirá el comité 
– El personero estudiantil 
– El docente con función de orientación 
– El director de sección cuando exista este cargo 
– El presidente del consejo de padres de familia 
– El presidente del consejo de estudiantes 
– Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. 
Parágrafo. El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la 
comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar 
información.
FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA 
Son funciones del comité: 
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre 
docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la 
convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, 
sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre 
los miembros de la comunidad educativa. 
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, 
programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se 
adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad 
educativa. 
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones 
conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los 
miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en 
procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad 
educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, 
acudiente o un compañero de la I.E.. 
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el 
artículo 29 de la Ley 1620 de 2013 y en este Manual, frente a situaciones 
específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de 
violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no 
pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el Pacto de 
convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características 
de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por 
otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la 
Ruta. 
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y 
evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y 
reproductivos. 
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el 
manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace 
parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación 
para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y 
Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el 
comité. 
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la 
flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de 
estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para 
determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la 
ciudadanía. 
Parágrafo. Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo 
correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos
relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere 
procesos o estrategias de convivencia escolar. 
RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. 
La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los 
protocolos que deberá seguir la I.E, como parte del Sistema Nacional de 
Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para 
la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, en todos los 
casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, 
sexuales y reproductivos de los estudiantes, articulando una oferta de servicio 
ágil, integral y complementario. 
En cumplimiento de las funciones señaladas en cada uno de los niveles, la I.E. debe 
garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, 
acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en la 
institución o en sus alrededores y que involucren a niños, niñas y adolescentes de 
los niveles de educación preescolar, básica y media, así como de casos de embarazo 
en adolescentes. 
COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA 
CONVIVENCIA ESCOLAR. 
La Ruta de Atención Integral tendrá como mínimo cuatro componentes: de 
promoción, de prevención, de atención y de seguimiento. 
El componente de promoción se centrará en el desarrollo de competencias y el 
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente 
determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que 
deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios 
del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del 
mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones de 
acuerdo con sus responsabilidades. 
El componente de prevención deberá ejecutarse a través de un proceso continuo 
de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el 
propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del 
contexto económico, social, cultural y familiar. 
Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la 
violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios 
sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que 
vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en 
riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma en el 
contexto escolar. 
El componente de atención deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al 
niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de
manera inmediata, pertinente, ética e integral, cuando se presente un caso de 
violencia o acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos 
humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de 
las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que 
conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los 
Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación 
de la Violencia Escolar. Este componente involucra a actores diferentes a los de la 
comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las 
circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores 
involucrados sobrepasan la función misional de la I.E. 
El componente de seguimiento se centrará en el reporte oportuno de la 
información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del 
estado de cada uno de los casos de atención reportados. 
DEL PROTOCOLO DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA 
CONVIVENCIA ESCOLAR. 
La Ruta de Atención Integral en la I.E. Inicia con la identificación de situaciones 
que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser 
remitidos al Comité de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a 
partir de la aplicación del pacto de convivencia. 
El componente de atención de la ruta será activado por el Comité de Convivencia 
por la puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, 
directivos docentes, padres de familia o acudientes, de oficio por el Comité de 
Convivencia o por cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la 
convivencia escolar. 
El Protocolo y procedimientos de la ruta de atención integral de la I.E. contemplan 
los siguientes postulados: 
1. La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y 
estudiantes involucrados. 
2. El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las 
víctimas y de los generadores de los hechos violentos. 
3. Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados 
procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el 
debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes, 
solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos. 
4. Se garantice la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso. 
Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o 
vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes 
del Colegio en los niveles de preescolar, básica y media que no puedan ser 
resueltas por las vías que establece el Pacto de convivencia y se requiera la 
intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el rector de la 
institución, de conformidad con las decisiones del Comité de Convivencia, al ICBF, 
la Comisaria de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de 
Infancia y Adolescencia, según corresponda.
Parágrafo. Los postulados, procesos, protocolos, estrategias y mecanismos de la 
Ruta de Atención Integral del Colegio se sujetarán a la reglamentación que expida 
el Gobierno Nacional. 
PROTOCOLO DIFERENCIADO DE ATENCION 
Situaciones Tipo I 
Definición: Las situaciones de tipo I son agresiones verbales y maltrato psicológico 
que pueden tener o no un contenido sexual, pero que no implican un daño a la 
integridad física de las personas involucradas. Estas agresiones pueden ser 
esporádicas o reiterativas, pero en cualquiera de los dos casos debe brindarse la 
atención adecuada según el proceso determinado en el presente protocolo, ya que 
afectan el clima escolar y la sana convivencia, con la posibilidad de que se 
conviertan en situaciones de Tipo III. 
Proceso de Atención: 
• Identificación de la situación como tipo I 
• Fomento del dialogo de las partes involucradas con presencia de un mediador. 
• Búsqueda de la reparación de los daños causados a las personas victimizadas 
con la agresión, aunque el mismo daño no sea físico sino moral. 
• Pacto de compromisos y determinación de las herramientas para el 
seguimiento del mismo. 
Correctivos: 
Las situaciones tipo I se deben resolver de forma constructiva, por lo cual bajo 
cualquier circunstancia se debe promover el diálogo entre las partes y las salidas 
pedagógicas al conflicto que representan las agresiones. Pero si los ataques se 
repiten, se debe buscar el establecimiento de compromisos que impliquen la 
reparación con la presencia de testigos, y si aun así no cesan, se sugerirá al 
implicado, sea estudiante o docente, que busque su reubicación en otro grupo 
escolar o institución educativa. 
Situaciones Tipo II 
Corresponden al acoso e intimidación escolar o ciberacoso, cuando dichas 
situaciones representen un daño ya sea psicológico o físico, pero sin que éste 
perjuicio implique una incapacidad en la persona que lo sufre. 
Proceso de Atención: 
• Identificación de la situación como tipo II 
• Ofrecimiento de la atención psicológica y física a las personas afectadas. 
• Remisión a las autoridades cuando se requiere. 
• Fomento del dialogo de las partes involucradas con presencia de un mediador. 
• Pacto de compromisos de reparación y determinación de las herramientas para 
el seguimiento del mismo por parte del comité de convivencia escolar. 
Correctivos:
Para superar las situaciones de tipo II se requiere según el caso, de la intervención 
de las autoridades competentes, sin embargo, en el caso de la Institución se deben 
asumir los siguientes correctivos: 
• Denuncia a las entidades y autoridades competentes, en caso de que se 
requiera. 
• Dialogo mediado entre las partes y determinación de compromisos para la 
reparación de los daños causados 
• Expulsión por un tiempo prudente de las instalaciones de la institución o aula 
de clase, para realizar una obra social que compense el daño causado y represente 
un aprendizaje. 
Situaciones de tipo III 
Las situaciones tipo III son aquellas agresiones que causan un daño físico en una o 
varias de las personas implicadas, por lo cual se debe determinar si presenta las 
características de un delito y requiere la atención médica y/o policial de los 
implicados. 
Proceso de Atención: 
• Ofrecimiento de la atención psicológica y médica a las personas afectadas. 
• Denuncia a las entidades y autoridades competentes, en caso de que se 
requiera. 
• Fomento del dialogo de las partes involucradas con presencia de un testigo 
• Determinación de compromisos para la reparación de los daños y de las 
personas afectadas. 
Correctivos: 
Las situaciones tipo III suceden en gran parte de los casos, porque se agrava una 
situación tipo I, por lo cual aplican los correctivos de dichas situaciones. Sin 
embargo y dada la gravedad de las agresiones físicas, se debe acudir a las 
autoridades y hacer las denuncias correspondientes. 
CAPITULO III 
PERFIL DEL ESTUDIANTE 
ARTÍCULO 10: La Educación que fomenta la Institución Educativa Fernando González 
Mesa, pretende que los estudiantes se formen bajo los siguientes criterios: 
· Toma de decisiones libres, autónomas y responsables. 
· Discernir un compromiso ético y con valores en su opción de vida. 
· Ser integralmente competente en la ciencia, la tecnología y la investigación. 
· Vivenciar un compromiso solidario y comunitario. 
· Estar abierto al cambio en busca de una sociedad más justa y más humana. 
· Respetuoso, honesto y responsable, comprometido consigo mismo y con los demás. 
· Tener sentido de gratitud con Dios, con la familia y con el Colegio. 
· Vivenciar los sacramentos y los mandamientos de su religión en su vida personal.
· Ser capaz de solucionar los conflictos de la vida diaria de manera racional y 
conciliada. 
CAPITULO IV 
ACUERDOS GENERALES DE COMPORTAMIENTO PARA LOS 
ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 11 Todos los estudiantes de la Institución Educativa Fernando González 
Mesa, están en el deber de cumplir los siguientes acuerdos: 
1. Honradez, buenas maneras, respeto a sus profesores y compañeros evitando el mal 
trato y las palabras soeces. 
2. Aceptar respetuosamente la autoridad de los profesores y directivos del plantel. 
3. El comportamiento fuera de la Institución (calles, sitios públicos, de diversión o 
recreativos), debe ser correcto, observando buenas maneras para enaltecer el buen 
nombre de la institución y el de su conglomerado social 
4. Mostrar interés por el uso correcto de los servicios sanitarios, elementos de aseo, 
muebles y demás enseres del plantel. 
5. Responder por los daños causados en la institución en cuanto a la planta física, 
material Educativo, elementos de oficina, equipos destinados a la ayudas educativas, 
pupitres útiles y objetos personales de sus compañeros 
6. Velar por la conservación de las plantas decorativas del establecimiento y en general 
de todos aquellos elementos que estén destinados al embellecimiento y 
funcionamiento de la institución (instalaciones eléctricas, grifos etc.). 
7. Evitar todo acto que atente contra la moral de las personas o de sus compañeros en 
particular. 
8. Cumplir puntualmente la jornada escolar, el horario de clases y el que corresponda a 
cualquier otra actividad o acto en comunidad programado por la institución, 
observando un comportamiento acorde con las normas de convivencia social. 
9. Evitar el uso de joyas finas y accesorios no acordes con el uniforme durante las 
jornadas de clase o de educación física. La institución no se hace responsable de los 
objetos personales valiosos, ya que es responsabilidad del estudiante. 
10. Ser respetuosas y solidarios con las personas en condición de discapacidad. 
11. Colaborar, participar y trabajar en toda clase de acción proyectada para el 
mejoramiento de la institución y en beneficio de la comunidad. 
12. Apagar el teléfono celular y otros dispositivos musicales, dentro de las aulas de clase 
y eventos culturales internos. 
13. Cumplir responsablemente los turnos de aseo. 
14. Cumplir responsablemente con las actividades asignadas para el desarrollo de los 
P.P.P. 
15. Responder por la conservación y buen manejo del material audiovisual de cada uno de 
los salones de clase. 
16. Cumplir oportunamente con los compromisos académicos. 
17. Buscar la información sobre sus compromisos y resultados académicos y 
responsabilizarse de sus logros pendientes.
18. Traer los útiles y elementos necesarios para el trabajo y hacer buen uso de ellos. 
19. Presentar certificación médica ante eventual incapacidad para realizar ejercicios en 
clase de educación física. La incapacidad no lo exonera de cumplir con compromisos 
académicos relacionados con el área. 
20. Contribuir con las actividades que el Colegio desarrolle para la conservación y 
mejoramiento del medio ambiente 
21. Justificar la inasistencia al Colegio con incapacidad médica o por escrito de sus 
padres y/o acudientes, al día siguiente de causada. 
CAPITULO V 
DE LOS ESTUDIANTES 
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 12: Todo estudiante de la Institución Educativa Fernando González Mesa, 
tiene derecho: 
1. Ser orientado por profesores competentes de estructurada personalidad y 
pedagógicamente preparados. 
2. Recibir de sus profesores testimonio de cultura, moral, civismo y relaciones humanas. 
3. Ser tratados con imparcialidad, respeto y consideración. 
4. Que se le oriente los programas completos de acuerdo con el plan de estudios vigente y 
las ayudas educativas. Conocer la programación y la planeación de su enseñanza y 
recibirla oportunamente. 
5. Recibir la jornada de estudios completa. 
6. Que sus trabajos sean evaluados y devueltos oportunamente con sus correcciones. 
7. Conocer oportunamente los logros y deficiencias en el momento en que se apliquen 
evaluación oral, escrita, tareas, investigaciones, consultas, etc. 
8. Que los criterios evaluados de cada periodo, se ajusten a las normas de ley. 
9. Que se les de a conocer sus conceptos definitivos, en cada periodo respetando el 
derecho a su intimidad, antes de ser consignados en la planilla respectiva de evaluación, 
después no será viable ninguna reclamación. 
10. Los aspectos de convivencia no se desligan de los aspectos académicos en el alcance de 
los logros previstos por la institución, por lo tanto el estudiante debe mostrar respeto, 
compromiso e interés en todos los procesos. 
11. Presentar justificaciones por inasistencia al orientador de grupo firmadas por el padre de 
familia. El estudiante que haya justificado su inasistencia, tendrá derecho a presentar 
trabajos y evaluaciones dentro de los tres días hábiles siguientes a su ausencia, o con 
acuerdo previo del profesor del área. 
12. Que se les expida de forma gratuita certificados de estudio, conducta y constancia de 
asistencia, o documentos de favorabilidad comunitaria por parte del Gobierno Nacional, 
dentro de un plazo de diez (10) días hábiles (Res.12376, Art. 13 de agosto del 1978 y 
Decreto 180 del 29 de enero de 1. 1.981., Articulo 15) cada vez que soliciten este 
servicio. 
13. Utilizar los elementos didácticos y de recreación siempre y cuando responda 
económicamente por los daños causados, si se presentasen.
14. Participar en todas las actividades científicas , culturales, y deportivas que programe la 
institución y todo acto de comunidad 
15. Conocer oportunamente el calendario académico y el cronograma de actividades de la 
institución. 
16. El conocimiento del pacto de convivencia es responsabilidad de los padres de familia, 
acudientes, estudiantes y profesores. Los Directores de grupo permanentemente 
promoverán la lectura, análisis e interpretación del pacto. 
17. No ser retirados del salón de clase por faltas a la convivencia y o académicos, siempre y 
cuando no interfiera con el normal desarrollo de las actividades. 
18. Participar en la conformación, ejercicio y control del gobierno escolar, para lo cual 
pueden elegir y ser elegidos por parte de consultas y demás formas de participación 
democrática. 
19. Registrar en el observador los aspectos positivos y negativos de los estudiantes. 
20. Adquirir anualmente carne estudiantil o la refrendación respectiva al año que 
corresponde a su vigencia. 
21. Los estudiantes tienen derecho a la puntualidad del profesor en las clases asignada. 
22. No se considerara como inasistencia, el estudiante que por cualquier motivo se 
encuentre en reunión o desempeño de funciones para una actividad en beneficio de la 
institución, teniendo autorización por escrito de Rectoría. 
23. Se tenga en cuenta la coevaluación, la autoevaluación, , y heteroevaluación. 
24. Utilizar preguntas que correspondan a la interpretación, argumentación y proposición. 
25. A familiarizarse y tener dominio en las pruebas saber ICFES. 
26. A que se le respete el debido proceso en caso de incumplimiento a las normas 
contempladas en el pacto de Convivencia. 
27. A recibir estímulos como consecuencia de sus meritos y logros académicos y 
disciplinarios. 
28. A ser valorado, escuchado, respetado, orientado e informado en igualdad de 
condiciones. 
29. Que los criterios de evaluación se ajusten a las necesidades educativas especiales. 
30. Recibir cuando sea necesario las veces que lo requiera, apoyo individual y o grupal. 
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 13. Los estudiantes de la Institución Educativa Fernando González Mesa 
cumplirán los siguientes deberes: 
1. Acatar en su totalidad el Pacto de Convivencia Institucional. 
2. Adquirir los elementos de trabajo necesarios para el desarrollo de las actividades 
curriculares. 
3. Contribuir con el aseo permanente de las aulas y demás dependencias de la institución 
con la colaboración con los compañeros en las respectivas comisiones de aseo. 
4. No arrojar desperdicios, ni residuos al piso del aula de clase o en los patios de 
recreación. En la clase o en actos de comunidad. 
5. Presentar trabajos y evaluaciones en las horas y fechas señaladas. 
6. Permanecer en los salones durante los cambios de clase. 
7. En horas de descanso los estudiantes deben estar fuera de los salones. 
8. Respetar la propiedad ajena.
9. Respetar todas las carteleras, anuncios, pintura y elementos ubicados dentro y fuera de 
las aulas de clase. 
10. Para salir del plantel en horas laborales, se debe solicitar permiso al docente o 
encargado de la disciplina. 
11. Asistir puntualmente a todos los actos culturales, deportivos, cívicos y otros que 
programe la institución. Previa autorización por escrito de sus padres y/o acudientes. 
12. Respetar la integridad física y moral de todos y cada uno de los miembros de la 
institución. 
13. Guardar discreción y tacto en todas sus actuaciones, así como también respetar las 
creencias y convicciones religiosas y políticas de los demás. 
14. Respetar los emblemas de la patria y de la institución. 
15. Presentarse a la institución bien aseado y decentemente vestido, con el uniforme 
acordado por la SECRETARIA DE EDUCACION DEPARTAMENTAL. 
16. Considerar la biblioteca y la sala de sistemas como un recurso de consulta e 
información, hacer uso de ella en el horario establecido, cumpliendo fielmente sus 
reglamentos. 
17. Los estudiantes no deberán portar el uniforme en horas de la tarde, sábados, domingos 
y festivos salvo así lo solicite la institución. 
18. No festejar actos dentro y fuera de la institución utilizando elementos que atenten 
contra la integridad del estudiante o miembros de la Comunidad Educativa. 
19. El estudiante debe permanecer en el salón de clase durante el desarrollo de esta y, en 
caso de ausentarse, debe solicitar permiso al profesor o director de curso. 
20. Velar por el cuidado de las instituciones del plantel, paredes, pisos, zonas verdes, etc. 
21. Responder por todos los implementos puestos a su disposición (Balones, 
computadores, pupitre, guías, videos, televisores, DVD, grabadora, video vean, pantalla 
etc. 
22. Entregar oportunamente los informes que la institución envía a padres de familia o 
quien sea responsable de su estadía en la institución. 
23. Ponerse al día con sus trabajos y evaluaciones, cuando por causas justificadas no haya 
cumplido con sus compromisos académicos. 
24. Cumplir con las jornadas de trabajo de los Proyectos Pedagógicos Productivos. 
DE LA JORNADA ESCOLAR 
ARTICULO 14. Queda reglamentada la jornada escolar de la siguiente manera. 
Sede principal Preescolar 8:00 am. 12:00 am. descanso de 20 minutos 
Primaria: de 8:00 am. A 1:00 pm. descanso de 20 minutos 
Secundaria: de 8:00 am. A 2:00 pm descanso de 20 minutos 
Sede Floresta Preescolar 8:00 am. 12:00 am. 
Primaria: de 8:00 am. A 1:00 pm. 
descanso de 20 minutos 
Sede California Preescolar 8:00 am. 12:00 am. 
Primaria: de 8:00 am. A 1:00 pm. 
descanso de 20 minutos 
Sede Caja Rica Preescolar 8:00 am. 12:00 am. 
Primaria: de 8:00 am. A 1:00 pm. 
descanso de 20 minutos
DE LA ASISTENCIA GENERAL 
ARTÍCULO 15. Los estudiantes deben presentarse a la institución 10 minutos antes de la 
hora indicada (8:00 am.) 
Todos los estudiantes que utilizan el transporte vía Carrizales Betania, deberán estar en la 
carretera a las 7:30 a.m. 
1. Todo estudiante esta obligado a asistir como mínimo al plantel el 76% de la intensidad 
horaria de cada área académica. 
2. Estudiante que injustificadamente no asista a clases, a su regreso debe presentarse con 
el padre de familia o acudiente ante el Director para los fines pertinentes (Código de 
Infancia y Adolescencia Art.23). 
3. Toda ausencia por enfermedad u otros motivos debe ser justificada oportunamente. En 
caso de ausencia prolongada debe presentarse con el padre o acudiente con la debida 
justificación. En ningún caso se admiten justificaciones por teléfono. 
4. El estudiante que se sienta incapacitado para ejecutar actividades físicas o que presente 
alguna enfermedad deberá presentar la respectiva incapacidad médica, informando 
oportunamente al titular del área, Este estudiante, quedara supeditado a presentar 
trabajos teóricos o de investigación. 
DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS 
ARTICULO 16. Las aplicaciones de este pacto de convivencia de conformidad con los 
lineamientos del PEI, será para mejorar el comportamiento de los estudiantes y por ende 
para caracterizar y responsabilizar su cumplimiento; sin embargo además del buen 
ejemplo de directivos, docentes y de las observaciones que se hagan para el buen 
desempeño comunitario o en privado en las labores diarias, extractase y eventos 
programados por la Institución de tipo cultural, pedagógico y lúdico se debe aclarar las 
faltas de comportamiento general y así hacer los correctivos necesarios y pertinentes para 
cada caso; aplicando el debido proceso en cada uno de ellos, de esta manera el presente 
pacto de convivencia pretende conllevar a una formación de calidad, ahondando en los 
valores y las buenas relaciones interpersonales de toda la comunidad Educativa. 
Las faltas al pacto de convivencia de nuestra Institución Están clasificadas en LEVES, 
GRAVES Y MUY GRAVES. 
FALTAS LEVES 
ARTICULO 17. Son aquellas que NO causan graves traumatismos en el desarrollo de 
las labores Educativas, pero que manifiestan comportamientos inadecuados del estudiante
y que de alguna manera lesionan los derechos de los miembros de la Comunidad 
Educativa. Estas faltas serán consignadas en el observador del estudiante y la acumulación 
de tres dará como consecuencia una falta grave. 
Son consideradas faltas LEVES: 
1. Portar inadecuadamente el uniforme. 
2. Llegar tarde a la institución 
3. Arrojar basuras contaminando y deteriorando el ambiente Escolar. 
4. Usar maquillaje y accesorios con los uniformes no acordes con los aceptados por al 
presente pacto de convivencia 
5. Trato descortés, burlas, gestos a sus compañeros, docentes o miembros de la 
comunidad Educativa 
6. La falta en el cumplimiento en las labores educativas. 
7. Ingresar a oficinas, y dependencias de la institución sin ser autorizados. 
8. Permanecer en los salones en los tiempos de descansos 
9. Dejar de asistir a los eventos programados por la institución 
10. Salirse del salón sin autorización en horas de clase. 
11. Esconder o extraviar útiles de los compañeros. 
12. Incumplir con las tareas asignadas en las semanas de disciplina 
13. Incumplir con el aseo del salón de clases. 
14. Jugar con elementos dentro del salón de clase. 
15. Hacer comentarios que denigren el buen nombre de una persona o de la Institución. 
16. Faltar al respeto a miembros de la Comunidad Educativa o personas de la comunidad 
Betaniense. 
17. Utilizar el uniforme en horas que no correspondan a la jornada Escolar. 
18. Realizar ventas o patrocinarlas sin la debida autorización de la dirección o Consejo 
Directivo. 
19. Utilizar elementos de la institución sin autorización. 
20. No acatar las observaciones y recomendaciones realizadas por directivos, profesores, o 
asesor del curso. 
21. Participar o promover juegos de azar, monedas, electrónicos durante la jornada 
escolar. 
22. Utilizar celulares o cualquier dispositivo de sonido en horas de clase. 
23. Faltar a clases sin causa justificada. 
24. Entrar o salir de la institución si autorización del responsable de la disciplina o 
encargado del momento. 
25. Llamar a sus compañeros o miembros de la comunidad con apodos. 
26. Incumplimiento en las actividades asignadas en los distintos proyectos productivos y 
pedagógicos de la Institución. 
27. No hacer buen uso de las diferentes dependencias de la Institución. 
CORRECTIVOS PEDAGOGICOS: 
1. Llamado de atención verbal al estudiante 
2. Amonestación escrita en el observador de la estudiante, impuesta por el docente o 
directivo docente que conoce la falta.
3. Suspensión de clases con trabajo social dentro de la institución, orientado a la 
corrección de la falta por la cual fue amonestado, con sustentación ante la 
comunidad estudiantil por un lapso no mayor a (3) días. 
PARÁGRAFO: Los estudiantes que incurran en las faltas anteriormente mencionadas, 
tendrán derecho a hacer los descargos correspondientes siguiendo el conducto regulas o 
apoyados en el Personero Estudiantil. 
FALTAS GRAVES 
ARTICULO 18. Las faltas graves son todas aquellas que dañan la armonía en la 
Institución, atentando contra el buen nombre de ella; aquellas que evidencian la falta de 
sentido de pertenencia, y no se acercan a los parámetros y objetivos del perfil del 
estudiante del Fernando González Mesa. 
1. Cometer (3) tres faltas leves, con reincidencia en una de ellas o de distinto orden. 
2. Faltar continuamente sin causa justificada a las horas de clase, o actos de comunidad. 
3. Realizar expresiones o actitudes tendientes a la pornografía que atenten contra la 
dignidad y el respeto a sus compañeros o demás miembros de la Comunidad Educativa. 
4. Cometer fraude cualquier tipo de suplantación en evaluaciones, trabajos académicos 
debidamente comprobados por el docente. 
5. Escupir intencionadamente a cualquier miembro de la Comunidad Educativa 
6. Mantener en permanente conflicto con personas de la Institución dentro y fuera de ella. 
7. Suplantar la autoridad o tomar atribuciones que no les corresponde. 
8. Presentar bajo rendimiento académico y/o las faltas disciplinarias continuas. 
9. La no devolución a tiempo de documentos enviados a padres de familia como: 
citaciones, circulares y comunicaciones etc... 
10. Jugar dinero dentro de institución. 
11. Promocionar pugnas y rivalidades que conlleven a enfrentamientos de cualquier índole. 
12. Dañar, material de la institución (muebles, material pedagógico) rayar paredes como 
también el uso inadecuado de implementos de la Institución... 
13. Presentar mal comportamiento en actos comunitarios, eventos deportivos o culturales y 
formaciones. 
14. Cualquier daño ocasionado a las instalaciones. 
15. Irrespeto a los emblemas patrios o símbolos de la Institución. 
16. El no acatamiento a las observaciones hechas por personal directivo o Docente dentro y 
fuera del plantel, (Actividades extractase, Actos Comunitarios pedagógicos y 
representaciones del colegio.). 
17. Agredir física o verbalmente a un compañero 
18. Hacer toque de timbre sin ser autorizados. 
19. Hacer uso inadecuado de los baños. 
20. Hacer Uso del celular en horas de clase. 
21. Escribir graffiti dentro y fuera de la institución 
22. Complicidad en la pérdida o extravío de elementos o implementos escolares. 
23. Hacer burlas o comentarios a estudiantes con alguna discapacidad física. 
24. El no cuidado del medio ambiente y aplicación de dicho proyecto.
25. No asistir a actividades de recuperación previa citación del docente. 
26. Asistir sin uniforme a actividades de recuperación. 
27. Incumplir con el servicio social obligatorio que asigne el colegio. 
CORRECTIVOS PEDAGOGICOS: 
1. Amonestación por escrito en el observador del estudiante y citación al padre de 
familia por el docente. 
2. Suspensión de clases con trabajo orientado en espacios dentro de la Institución, por 
un término de hasta tres (3) días. 
3. Programación de trabajo comunitario o social que hasta por tres días. 
4. Firma de acta de compromiso por parte del estudiante, sus padres o acudientes. 
5. Pérdida del cupo para el año siguiente. 
NOTA: De acuerdo con el Sistema Integrado de Evaluación (SIE) todo estudiante que 
quiera ingresar o solicitar reingreso a la Institución y que venga de programas de validación 
de estudios por ciclos deberá presentar una evaluación de conocimientos para poder acceder 
al cupo. 
FALTAS MUY GRAVES 
ARTICULO 19. Son consideradas faltas muy graves cada uno de los comportamientos 
enunciados a continuación: 
1. Asumir conductas con características de acoso o abuso sexual 
2. Agresión verbal o física, insultos y palabras denigrantes. 
3. Las faltas contempladas en la legislación nacional y que constituyan hecho punible. 
4. Destrucción con plena intención de muebles y enceres de la institución, implementos 
de deportivos útiles de compañeros y daño a los equipos de sistema, herramientas y 
panadería. 
5. Presentarse a la Institución bajo los efectos de cualquier sustancia Psicoactiva. 
6. Falsificación de firmas en documentos, boletines de calificaciones, excusas, 
permisos, citaciones etc. 
7. Celebrar con huevos o harina el cumpleaños de compañeros dentro o en los 
alrededores de la institución. 
8. Agresiones a mano armada dentro y fuera del plantel. 
9. Portar armas o sustancias que pongan en peligro la integridad física de los miembros 
de la comunidad educativa. 
10. Expender, negociar o mostrar material pornográfico. 
11. Promover o participar en peleas o escándalos dentro o fuera del Colegio. 
12. Inducir a otros estudiantes a cometer faltas muy graves. 
13. Hacer dibujos, pasquines, grafitis, expresiones vulgares o irrespetuosas dentro y 
fuera de la Institución. 
14. Difundir mensajes de texto o correos electrónicos que dañen o afecten la integridad 
moral de cualquier miembro de la comunidad educativa.
15. Adulterar, sustraer o hacer uso de documentos ajenos con el fin de beneficiarse de 
ellos. 
16.Hacer fraude en evaluaciones y/o presentación de trabajos. 
17. Amenazas a miembros de la Comunidad Educativa. 
18. Asistir a la Institución bajo efectos de cualquier estimulante o alucinógeno 
19. Fumar dentro o fuera de la institución durante el desarrollo de eventos curriculares y 
extracurriculares. 
20. Robar o estafar a sus compañeros o llevarse cosas ajenas o de la institución. 
21. Evadir las clases u otras actividades pedagógicas y académicas. 
22. Participar en cultos satánicos, espiritismo brujería y demás. 
23. Uso de juegos de azar dentro de la institución 
24. Traer a la institución videos, revistas y demás elementos pornográficos. 
25. Promover actos de indisciplina (eructos, gases corporales) en el aula de clase 
durante el desarrollo de actividades académicas. 
26. Ocasionar manifestaciones que causen temor en la comunidad Educativa 
27. Intimidar física y psicológicamente a compañeros, docentes, o directivos. 
28. Recaudar o disponer de manera fraudulenta dineros de compañeros, docentes y 
directivos de la Institución. 
29. Todo acto que vayan en contra de la normatividad del Código de Infancia y 
Adolescencia. 
CORRECTIVOS PEDAGOGICOS: 
1. Llamado de atención por escrito en el observador del estudiante, se le comunicara al 
padre de familia para su firma. 
2. Desarrollo de actividades orientadas a la reflexión que produjo su falta y 
sustentación ante la comunidad estudiantil. Terminada la activad pedagógica se 
integrara al grupo. 
3. Acta de compromiso frente a la acumulación de faltas leves en reunión con el 
profesor del área, director de grado y el estudiante para determinar la conducta del 
estudiante implicado. 
4. Perdida de cupo para el año siguiente. 
5. Cancelación de matrícula. 
PARAGRAFO 
En reunión con docentes y delegados de los estudiantes se hará la respectiva calificación 
del comportamiento general de los estudiantes, teniendo en cuenta los seguimientos hechos 
a los estudiantes al igual que la exaltación a estudiantes con comportamientos excelentes. 
ARTICULO 20. CIRCUNSTANCIAS EXIMIENTES: 
Se considera las siguientes: 
1. Su edad, y desarrollo psicoafectivo, mental, volitivo y sus circunstancias personales, 
familiares y sociales. 
2. El haber obrado por motivos nobles o altruistas 
3. El haber observado buena conducta anterior.
4. Ignorancia invencible 
5. El haber sido inducido a cometer la falta por alguien mayor en edad y/o madurez 
psicoafectiva. 
6. Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causan 
dolor psíquico o físico. 
7. Procurar voluntariamente después de cometida la falta, anular o disminuir sus 
consecuencias. 
CAPITULO VI 
COMPETENCIAS PARA APLICAR LOS CORRECTIVOS 
ARTÍCULO 21. Para aplicar las anteriores faltas disciplinarias, por parte del señor rector y 
los docentes, se procederá de la siguiente forma. 
1. Tres llamadas de atención verbal hecho por el profesor o rector, el cual 
quedará registrado en la ficha de seguimiento y observador del alumno. 
2. La reincidencia de una falta, amerita citación al padre de familia o acudiente, quien 
escuchará en presencia del estudiante las observaciones registradas por el profesor de 
disciplina. El compromiso final será de ambas partes el cual debe contribuir a la 
solución inmediata del problema ya sea académico o disciplinario. 
3. Trabajos de carácter pedagógico y formativo, por uno a tres días, mediante 
resolución impartida por el rector, en los cuales el estudiante debe realizar trabajos 
de carácter pedagógico y formativo dentro de la institución y supervisada por el 
profesor de disciplina. 
ARTICULO 22. PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO Y SEGUIMIENTO. 
1. Tres llamados de atención verbal dejando constancia por escrito en el observador del 
alumno; por el docente o rector. 
2. Llamado de atención escrito por el director de curso con asistencia del padre de 
familia. 
3. Dialogo con el rector o quien haga sus veces, continuación del proceso con 
compromiso del padre, alumno y acompañamiento de la orientadora escolar. 
4. También son aplicables otros correctivos como: la suspensión de estímulos, no 
permitir la asistencia en actos programados por la institución, todo ello mediante 
acuerdo escrito. 
5. Análisis del conflicto en el consejo directivo. El consejo directivo es quien tomará las 
decisiones pertinentes al problema, de acuerdo a su gravedad, después de haber 
escuchado cada una de sus partes y el previo conocimiento del proceso con el 
docente, 
6. Suspensión temporal de acuerdo a las decisiones del consejo directivo. Se puede dar 
la opción para que se realice un trabajo que eduque y corrija el problema.
7. Cancelación de matrícula y/o sugerirle cambio de institución con el visto bueno del 
consejo directivo. En este último caso, se le notifica por escrito un mes antes de 
finalizar al año escolar al padre de familia, para que realice el trámite correspondiente. 
Según la gravedad de la falta, el rector puede tomar decisiones y aplicación de sanción, 
salvo el caso de exclusión que compete al consejo directivo, teniendo en cuenta los 
preceptos del código de la infancia y adolescencia. 
La reincidencia de una falta leve permite la suspensión del derecho a participar en la 
actividad extractase o complementaria de la institución o el cambio de grupo del estudiante. 
La institución debe contar con el servicio de orientador, ya sea realizado por el profesor, el 
cual procurará que el estudiante no sea sancionado ya que lo que debe buscar, son los 
recursos necesarios para formar al estudiante como persona íntegra. 
UNIFORME INSTITUCIONAL 
ARTICULO 23. Por decreto..... 
Y por razones de economía, presentación, sentido de pertenencia, disciplina se estableció 
un uniforme único para nuestro departamento, que el estudiante debe portar con orgullo y 
dignidad de la siguiente manera. 
UNIFORME 
· Pantalón azul. 
· Media azul. 
· Camibuso blanco con cuello, con el escudo de la institución. 
· Portar correa negra con el pantalón. 
· Zapato negro colegial. 
UNIFORME 
· Falda azul prensada con cotilla a cuatro (4) centímetros sobre la rodilla. 
· Camibuso blanco con cuello con el escudo de la institución. 
· Media azul oscura. 
· Zapato negro colegial. 
Nota: En la cabeza debe llevar quien lo necesite moños o balacas color blanco, negro o 
azul. El Camibuso debe ir dentro del pantalón y/o falda 
UNIFORME DE EDUCACION FISICA
Se portará buzo blanco cuello en V. En el lado izquierdo debe llevar el escudo de la 
institución. Sudadera con bolsillos laterales en ojal color vinotinto, con embone amarillo 
oro, tenis rojos o negros y medias de blancas. 
PARAGRAFO 1: El estudiante o la estudiante que desee usar camiseta protección. Deberá 
ser también completamente blanca sin figuras ni estampados, ni colores que desvirtúen la 
presentación del uniforme. 
Los estudiantes deberán presentaren a la institución con el uniforme que corresponda a la 
actividad a realizar en el día. El que porte el uniforme de educación física sin justificación 
se hará acreedor a un llamado de atención. 
RECONOCIMIENTO DE MERITOS A LOS ESTUDIANTES. 
ARTICULO 24. Son estímulos para los estudiantes de la Institución Educativa 
Fernando González Mesa, los siguientes. 
Los estudiantes que sobresalgan por su buen comportamiento y excelente 
rendimiento académico o por sobresalir en actividades deportivas que enaltezcan el buen 
nombre de la Institución se harán merecedores a un reconocimiento según (Artículo 101 de 
la ley 115/94.) 
1. Exaltar e imponer medallas como mejor estudiante al termino de la educación 
básica (noveno grado ) y mejor estudiante al termino de la media académica , a los 
estudiantes que tengan los mejores registros escolares y comportamiento social. 
(Decreto social 1860/94. Articulo 51.) 
2. Izar el pabellón nacional cuando el estudiante obtenga un rendimiento académico 
excelente y su comportamiento general durante el periodo sea excelente. 
3. Celebración del día de la familia en la fecha establecida en el calendario escolar. 
4. Medalla de perseverancia a los estudiantes que hayan cursado continuamente sus 
estudios en la institución desde preescolar hasta el último grado que ofrece la 
institución. 
5. Menciones honoríficas por conducta y aprovechamiento que a criterio del director de 
grupo se haga merecedores. 
8. Otorgar mención de honor al estudiante que se destaque como mejor deportista 
durante el año lectivo, con buen rendimiento académico y buen comportamiento 
social.
9. Medalla al mérito patrio para el estudiante que al finalizar el año lectivo escolar, 
halla izado el pabellón nacional el mayor número de veces y registrado en libro de 
actas. 
PARAGRAFO: El rector determinará por medio de resolución interna motivada, el 
otorgamiento de estos estímulos y menciones de acuerdo con el concepto de los 
profesores, la cual será leída públicamente en el acto de clausura o graduación. 
CAPITULO Vll 
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES. 
ARTÍCULO 25. Son deberes que se comprometen a cumplir los padres o acudientes: 
1. interesarse por el comportamiento social y disciplinario de sus hijos dentro y fuera de 
la institución. Art. 23 código de la Infancia Adolescencia. 
2. Preocuparse por el rendimiento académico de sus hijos y las actividades curriculares 
que la institución programe. 
3. Proporcionar el material de estudio que requiera el estudiante adentro del 
cumplimiento de las tareas escolares. 
4. promover y rescatar los valores éticos, espirituales, morales, culturales y sociales de 
sus hijos. Art.39 numeral03 código de infancia y adolescencia. 
5. Infundir a los hijos el respeto a sus compañeros de estudio, profesores y demás 
funcionarios de la institución. 
6. pagar a tiempo lo concerniente al servicio de sala de sistemas y boletines. 
7. preocuparse diariamente por los trabajos académicos dejados a sus hijos. 
8. Proporcionar los uniformes diario y de educación física e inculcarles el buen uso de 
los mismos. 
9. Responder por los daños ocasionados por sus hijos a la planta física, material 
didáctico, computadores y otros de la institución. (Incluyendo perdida de libros.) 
10. Asistir al plantel dando cumplimento de citaciones que se les haga por parte de 
directivos de grupo o profesores de la institución. 
11. presentar excusa firmada por el padre de familia o acudiente en caso de inasistencia 
del estudiante al plantel educativo. 
12. ser respetuoso al solicitar cualquier información con los profesores o directivo. 
13. Asistir oportunamente a los talleres de escuela de padres programados por la 
institución. 
14. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, 
cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 
15. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la 
convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación 
y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable. 
16. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que 
adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.
17. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias 
de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento 
educativo. 
18. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de 
sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas. 
19. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia 
y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas. 
20. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de 
violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una 
situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el 
manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo. 
21. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención 
Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos 
sean agredidos. 
DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE. 
ARTICULO 26. Son derecho de los padres de familia o acudientes los siguientes: 
1. Recibir por escrito y en forma oportuna informe del rendimiento académico y del 
comportamiento disciplinario y social de los hijos. 
2. Recibir trato cortés por parte de directivos y docentes. 
3. Ser asesorados en la orientación de sus hijos. 
4. Participar dentro de los programas de escuela de padres. 
5. Recibir informar, cumplir oportuna de las novedades educativas, normas y decisiones 
en el manejo del plantel. 
6. Vinculación de la familia en la educación a través de talleres, conferencias y otras 
actividades programadas. 
7. Aceptar con rectitud las quejas y reclamos dando conceptos personales como padre de 
familia. 
8. Recibir constancias de pago por todo concepto. 
9. Dialogo constante con directivos, docentes y padres de familia. 
10. Que las reuniones programadas sean concisas, estructuradas y con tiempo limitado. 
11. Garantizar la asistencia total de rector y docentes en las asambleas de padres de familia. 
12. Participar dentro de los programas de escuela de padres. 
13. Elegir y ser elegidos en la junta directiva de la asociación de padres de familia y en el 
consejo de padres de familia de la institución (decreto 1860/94, art 30-31 y decreto 
1286 del 2005). 
CORRECTIVOS PARA LOS PADRES DE FAMILIA 
ARTÍCULO 27. Para los padres de familia que sin causa justificada y por escrito no 
asistan a las reuniones que realice la institución, su hijo no será aceptado a clase, hasta 
tanto no se acerque el padre de familia y/o acudiente, ante el rector o docente a 
justificar su ausencia.
Cuando el estudiante no cumple con los materiales de trabajo para sus labores 
curriculares, el padre de familia deberá hacerse presente en el plantel, previa 
notificación, Pago de daños causados y reposición de elementos destruidos por sus 
hijos. 
FALTA DE LOS PADRES Y COMPROMISOS QUE ADQUIEREN 
ARTÍCULO 28. Los siguientes casos de negatividad específica de los padres de 
familia o acudiente son considerados como faltas graves y pueden generar la 
cancelación del cupo del estudiante para el año siguiente. 
1. Cuando los padres del estudiante acuden a la simulación y/o alteración de 
documentos, certificados, boletines, firmas, recibos de pago o utilicen documentos 
comerciales dolosos. 
2. Cuando hagan reclamaciones escandalosas o comentarios públicos que atenten 
contra la integridad de algunos de los docentes, rector de la institución 
3. Cuando incurran en actos que atenten contra el patrimonio moral, intelectual y 
físico de la institución o de sus integrantes. 
4. cuando irrespeten en forma verbal injuriosa o física al recto, docentes dentro y 
fuera de la institución. 
5. Cuando sin previa justificación no asistan a dos de las reuniones de entrega de 
boletines y demás actos escolares que convoque la institución. 
PROCEDIMIENTO CUANDO EL PADRE DE FAMILIA INCURRA EN UNA O 
MAS FALTAS 
ARTÍCULO 29. Previo conocimiento de la falta se procederá a tomar los correctivos 
pertinentes mediante el seguimiento del conducto regular que comprende: 
1. Llamada de atención verbal por parte del docente o rector. 
2. La inasistencia a las citaciones o reuniones convocadas por el plantel ocasionará el 
no recibimiento del estudiante en la institución, hasta que el padre de familia o al 
acudiente se hagan presentes para h hacer descargo o hace compromisos. 
CONDUCTO REGULAR PARA RECLAMOS Y SUGERENCIAS 
ARTÍCULO 30. La primera persona que atienda a los padres de familia o a los estudiantes 
para reclamos o sugerencias es el docente del área o el director de grupo. En caso de no dar 
solución a la inquietud, deberá dirigirse a la segunda instancia que es el rector. 
ESTIMULO A LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES 
ARTÍCULO 31. Son estímulos para los padres de familia o acudientes los siguientes:
1. Exaltación publica de padres de familia en honor al cumplimiento de funciones 
propias de su cargo. 
2. Integrar a los padres de familia en actividades recreativas, culturales, deportivas, 
convivencias, excursiones, otros. 
3. Integrar a los padres de familia en las celebraciones especiales como las del día de 
la familia, día del educador, día de la institución. 
4. Solidaridad en el trabajo comunitario con la comunidad educativa en caso de 
calamidad o en ocasiones requeridas. 
5. Participación en talleres y seminarios programados por la institución o invitados por 
entidades varias. 
6. Crear e integrar la escuela de padres de la institución. 
CAPITULO VIII 
DE LOS EDUCADORES 
El educador es el orientador en el establecimiento educativo de un proceso de formación, 
enseñanza y aprendizaje, de los educandos acordes con las expectativas sociales culturales, 
éticas y morales de la familia y sociedad. 
DERECHO DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCION 
Artículo 32. Teniendo en cuenta el estatuto docente, la ley general de educación y sus 
decretos reglamentarios, el decreto ley 1278 (estatuto de profesionalización docente), la ley 
715 del 2001 y sus decretos reglamentarios, se han establecido los siguientes derechos: 
1. Opinar e intervenir activamente en lo que atañe en el planeación y buena marcha de 
la institución. 
2. Ser valorado y aceptar la asignación académica de acuerdo a sus capacidades y 
especialidad. 
3. Ser estimulado y promovido a cargo de responsabilidad a cargo del plantel. 
4. Ser atendido en su información, reclamos y justas peticiones. 
5. Recibir las orientaciones necesarias del manejo de los planes de asignatura, de área 
y otros propios de su trabajo. 
6. Que se le brinden las oportunidades para la formación y actualización. 
7. Ser elegido para conformar cualquiera de los comités que existen en la institución. 
8. Ser respaldado en las decisiones que tomo cuando son justas y miran la corrección y 
formación de los estudiantes. 
9. Tener autonomía de cátedra y respeto en el desarrollo de sus clases por parte de 
directivos, profesores, padres de familia y estudiantes. 
10. Ser evaluados con base a los lineamientos del ministerio de educación nacional. 
11. Que se le otorguen permisos por concepto de calamidad domestica, problemas 
personales y familiares, estudios debidamente justificados (ajustados al artículos 65 
del estatuto docente y articulo 57 del decreto 1278 del 2002).
12. Seguir el procedimiento normal y personal para los llamados de atención (articulo 
29 de las constitución política ) 
DEBERES DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCION 
ARTICULOS 33. De conformidad al decreto 2277 de 1979, ley 115 de 1994 art 73 y 
87 y su decreto reglamentarios, decreto – ley 1278 del 2002 (estatuto de 
profesionalización docente), ley 715 del 2001 y sus decretos reglamentarios, Ley 1620 
y decreto 1965 de 2013 se han establecido los siguientes deberes: 
1. Elaborar los planes curriculares del proyecto educativo institucional (PEI.) y 
entregarlos a coordinación oportunamente en las fechas establecidas. 
2. Entregar plan de área y asignaturas y plan de aula actualizado para incorporarlo en 
el PEI. durante la etapa de planeación y mejoramiento institucional al señor Rector. 
3. Participar en la evaluación institucional del plantel. 
4. Elaboración de programas de asignaturas siguiendo una secuencia lógica entre: 
programación de asignatura y proyectos pedagógicos. 
5. Dar un buen ejemplo en los cumplimientos de los deberes. 
6. asistir puntualmente y participar en todas la actividades de la institución, 
colaborando con la disciplina y el desarrollo de las misma. 
7. Establecer fechas de evaluación y actividades de los estudiantes teniendo en cuenta 
no recargar las actividades académicas de los estudiantes al terminar el periodo o el 
año escolar. 
8. Permanecer en la institución durante la jornada diaria escolar durante 6 horas dando 
cumplimiento a sus asignación académica y demás 
9. Compromisos acordados (decreto 1850 del 2002) 
10. participar de las reuniones o convocatorias que programe la institución 
11. En jornada contraria. 
12. Ser diligente en el cumplimiento de los turnos y acompañamiento de 
13. Disciplina de acuerdo al plan establecido. 
14. Atender con cortesía a los padres de familia y/o acudiente cuando sea 
solicitado. 
15. Concertar con los estudiantes la solución pacifica de conflictos presentados, en caso 
de no lograr acuerdos, acudir a otros estamentos a quienes atañen estas funciones. 
16. Proporcionar relaciones interpersonales entre profesores y alumnos acorde con las 
diferencias individuales y los requerimientos de la sana convivencia. 
17. Estar siempre dispuesto a escuchar a los alumnos buscando siempre la solución 
justa a sus problemas e inquietudes dentro de las normas de mutuo respeto, 
18. Tratar a todas las personas sin distinción de raza religión, origen social, posición 
económica, ideas políticas o filosóficas. 
19. Dar una orientación y preparación académica constructiva acorde con los objetivos 
de la educación. 
20. Colaborar activamente en el proceso de humanización y personalización que exige 
la educación integral.
21. Seleccionar los temas de clase, dándole especial importancia a las necesidades y 
expectativas de los estudiantes. 
22. Preparar cuidadosamente sus clases y proveerse de material didáctico necesario. 
23. Dar a conocer oportunamente a sus estudiantes los resultados de sus trabajos, 
pruebas y consultas, lo mismo que las investigaciones. 
24. Atender los reclamos presentados por los estudiantes inmediatamente después de 
presentar la evaluación, con una explicación satisfactoria de la nota o concepto 
evaluador. 
25. Orientar la organización y aseo de las aulas, que se realizaran por turnos en cada 
curso. 
26. Entregar planes de clase, planillas y demás registros escritos en las fechas 
programadas en el cronograma general de la institución. 
27. Informar y solicitar por escrito autorización para ausentarse del trabajo en caso de 
enfermedad calamidad domestica o fuerza mayor. 
28. Respaldar afirmaciones y sanciones con hechos comprobados aceptando que tanto 
el como los estudiantes son susceptibles de cometer errores. 
29. Colaborar con otras actividades que programe la institución fuera de la jornada 
laboral, que redunden el bien del establecimiento y la buena imagen. 
30. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia 
escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a 
estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 
1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con 
los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia 
Escolar. 
31. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de 
medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para 
activar el protocolo respectivo. 
32. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de 
ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, 
la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a 
la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 
33. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación 
del clima escolar del establecimiento educativo. 
34. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. 
ESTIMULOS PARA DOCENTES DE LA INSTITUCION 
ARTÍCULO 34. Son estímulos para los docentes de la institución los siguientes: 
1. La institución reconoce y exalta el 15 de mayo de cada año, como el día del educador, 
por su labor al servicio de la juventud. 
2. Participar en las jornadas de convivencia e integración docente. 
3. Participar en seminarios, talleres, foros etc. que redunde en la capacitación personal y 
profesional del docente. 
4. Exaltar públicamente el desempeño del docente en ceremonias de clausura o actos 
de graduación de bachilleres.
CAPITULO IX 
DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES (RECTOR) 
DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES EN LA INSTITUCION 
ARTÍCULO 33: Los siguientes derechos están ajustados a la Resolución 13342 de 1.982, 
ley 115 de 1.994 con sus decretos reglamentarios, ley 715 de 2.001: 
1. Ser escuchados y atendidos ante organismos de orden local, departamental o nacionales 
sus peticiones inquietudes sugerencias y reclamos, antes de tomar determinaciones y 
con la debida prontitud y eficacia, cada vez que lo requiere para defender su dignidad 
personal y el beneficio de la institución que orienta. 
2. Ser respaldado en tales peticiones por la comunidad educativa. 
3. Ser informado oportunamente sobre proyectos y planes educativos emanados del núcleo 
de desarrollo educativo municipal, secretaria de educación Dptal. y de otro organismo 
de cofinanciaciòn. 
4. Tener autonomía, privacidad colaboración en el desarrollo de su trabajo según sus 
funciones. 
5. Recibir orientación, formación y asesoría oportuna frente a la expedición de normas 
educativas. 
DEBERES DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES EN LA INSTITUCION 
ARTÍCULO 34: De conformidad con el manual de funciones y las leyes que rigen la 
educación, son deberes lo siguientes: 
1. Presentar sugerencias, inquietudes y reclamos con la debida oportunidad ante las 
entidades de administración educativa, municipal, departamental, nacional, cada vez 
que sea necesario para el buen desarrollo de la comunidad educativa. 
2. Respetar a todos agentes educativos y a las autoridades del ramo. 
3. Interesarse en conseguir la información correspondiente a proyectos y planes educativos 
emanados de las autoridades educativas, lineamientos, propuestas y políticas del MEN 
y legislación educativa, económica y laboral, que tengan que ver con el adecuado 
funcionamiento institucional. 
4. Exigir el lugar, los elementos de trabajo, los recursos y las condiciones adecuadas para 
el buen desarrollo de sus funciones. 
5. Promover buenas relaciones con los miembros de la comunidad educativa para 
fomentar una adecuada colaboración en sus actividades administrativas. 
6. Respetar las decisiones de la asamblea general de padres de familia que redunde el 
beneficio de la institución y se ajuste a las normas legales. Solicitar asesoría jurídica 
cada vez que la Institución lo requiera. 
7. Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 
11,12 y 13 de la Ley. 
8. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes 
de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la 
implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.
9. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de 
convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso 
participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en 
el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 
10. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales 
y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su 
calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad 
vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a 
dichos casos. 
CAPITULO X 
GOBIERNO ESCOLAR 
ARTICULO 35: Organismo fundamental para la orientación de los diferentes procesos en 
la cual participa la comunidad educativa. (Padres, docentes, estudiantes.) 
FUNCIONES DEL GOBIERNO ESCOLAR 
· Fomentar el desarrollo institucional 
· Integrar los diferentes entes que conforman el gobierno escolar implementando la 
transversalidad en la educación. 
· Promover los Proyectos Pedagógicos Productivos mejorando la calidad institucional y 
comunitaria. 
· Incentivar la comunidad con miras democráticas, la paz y la sana convivencia. 
· Gestionar ante las diferentes entidades gubernamentales recursos económicos y 
materiales. 
FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO 
· Las estipuladas en el artículo 144 de la Ley general de educación (Ley 115 de 1994) y 
(Decreto 1860 de 1994) 
· 
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO 
· Las estipuladas en el artículo 45 de la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) y 
(Decreto 1860 de 1994) 
EL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL 
ARTICULO 36: Según lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 115 de 1994 la comunidad 
educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la 
organización, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional que se ejecuta 
en un determinado establecimiento o Institución educativa. 
SE COMPONE DE LOS SIGUIENTES ESTAMENTOS:
· Los estudiantes matriculados 
· Los padres y madres responsables de la educación de los estudiantes 
· El cuerpo de docentes que laboran en la Institución Educativa Fernando González Mesa 
y sus sedes. 
· Directivo docente y administrativos escolares que cumplen funciones en la prestación 
del servicio educativo. 
· Miembros del sector productivo de la región que participan en el desarrollo de los 
proyectos pedagógicos productivos. 
· Los egresados de la Institución Educativa organizados para participar. 
Los integrantes de la comunidad educativa deben participar en el direccionamiento de la 
Institución educativa y diferentes sedes que la constituyen y lo realizarán por medio de los 
representantes legales en los órganos del Gobierno escolar, utilizando los medios y 
procedimientos de la Ley (Decreto 1860 de 1994) 
OBLIGATORIEDAD DEL GOBIERNO ESCOLAR 
(ARTÍCULO 19 DECRETO 1860 DE 1994) 
Es obligatorio para todas las Instituciones Educativas conformar democráticamente el 
Gobierno Escolar y demás estamentos (artículo 142 de Ley 115 de 1994) 
ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR 
(ARTÍCULO 20 DECRETO 1860 DE 1994) 
El Gobierno Escolar en la Institución Educativa Fernando González Mesa estará 
conformado por los siguientes miembros: 
· El Consejo Directivo como ente de participación de la comunidad educativa y de 
orientación administrativa de la Institución. 
· El Consejo Académico como instancia certificada para participar en la organización 
pedagógica de la Institución Educativa. 
· El rector como ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar y como representante 
del establecimiento ante las autoridades educativas y administrativas en general. 
Estos representantes en los órganos colegiados serán elegidos para períodos anuales y sus 
funciones se darán por terminadas cuando sean reemplazados para el resto del período. 
ORGANISMOS DEL GOBIERNO ESCOLAR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA 
FERNANDO GONZALEZ MESA 
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Fernando González Mesa funcionará 
como instancia superior de la comunidad, orientación académica y administrativa del 
establecimiento.
INTEGRANTES: 
· El rector de la Institución, quien lo convocará y lo presidirá 
· Dos representantes de los docentes de la Institución. 
· Dos representantes de los padres de familia 
· Un representante de los estudiantes, quien debe estar cursando el grado superior de la 
Institución 
· Un representante del sector productivo 
FUNCIONES 
· Tomar las decisiones que afecten al funcionamiento de la Institución, excepto las que 
sean competencia de otra autoridad 
· Ser mediador entre docentes, administrativos con estudiantes, luego de haber agotado 
el conducto regular previsto en el pacto de convivencia. 
· Utilizar los pactos de convivencia en la Institución de conformidad con las normas 
vigentes 
· Elaborar y promover los proyectos pedagógicos productivos en la Institución. 
· Defender y garantizar los derechos de la comunidad Educativa cuando se estén 
lesionando. 
· Planear y evaluar proyectos educativos de la institución teniendo en cuenta el plan de 
estudios sometiéndolos a consideración ante los organismos que le corresponda 
garantizando los requisitos establecidos por la ley 
· Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa 
· Establecer estímulos y correctivos para el buen desempeño académico e incorporarse 
al pacto de convivencia 
· Incurrir en la evaluación de desempeño anual de los docentes, directivo docente, hacer 
las recomendaciones y tomar los correctivos 
· Participar en las actividades comunitarias, culturales, deportivas, recreativas y sociales 
de la Institución. 
· Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras 
instituciones. 
· Aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma 
de recolectarlos. 
· Fijar las prioridades en la ejecución del gasto de los recursos de los fondos de 
servicios educativos. 
· Administrar los fondos de servicios educativos priorizando las necesidades propuestas 
por el rector. 
· Utilizar adecuadamente los recursos siempre y cuando sirvan al mejoramiento de la 
calidad educativa institucional. 
· Promover la evaluación y actualización permanente del PEI modificándolo si es 
necesario con previa consulta al Consejo Académico. 
· Las demás propias de su carácter administrador de los fondos de servicios educativos.
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  • 1. PACTO DE CONVIVENCIA I.E. FERNANDO GONZALEZ MESA HIMNO AL MUNICIPIO DE FRESNO TIERRA DE MIS MAYORES Compositor: FRAY JULIAN SANTAMARIA (bambuco) Fresno, tierra de mis mayores Pedacito de patria; que Dios me diera Vigilante, de la alta cordillera Orgullo de mi casta; mi casta arriera. Preso en tus cerros tutelares Que oscurecen las brisas; del magdalena Cada tarde, cual ninfas pasajeras Pregoneras de mohanes; y de leyendas. Hoy que vivo bajo otro cielo Mi corazón reclama, por tus recuerdos Tarro lizo, el camellon del comercio La gentil fresnunita, sol de mis sueños. Pueblo que llevas en el alma Grabada la esperanza, de los abuelos Visionarios de tierra y cielos nuevos Que acuñaron la gloria, de mis ancestros.
  • 2. BUNDE TOLIMENSE (Nicanor Velásquez- Alberto Castilla) Canta el alma de mi raza En el bunde de castilla y este canto el sol que abraza… Nacer, vivir, morir, Amando el magdalena, la pena se hace buena y alegra el existir. (bis) Baila, baila, baila, Sus bambucos mi Tolima Y el aguardiente es más valiente y leal. (bis) Soy vaquero tolimense Y en le pecho llevo espumas Va mi potro entre la bruma, Con cocuyos en la frente y al sentir su galopar, Galopa el amor del corazón. (bis) Nacer, vivir, morir… Pues mi rejo va enlazar, La dulzura del amor Con la voz de mi cantar… …MI TOLIMA
  • 3. INTRODUCCION Nuestro pacto de convivencia es el conjunto de acuerdos establecidos entre la comunidad educativa después de varios encuentros de trabajo, para enmarcar las mejores relaciones entre profesores, estudiantes, padres de familia, directivos y exalumnos con la institución escolar para determinar los procesos académicos, disciplinarios y administrativos. Este pacto de convivencia debe ser aceptado y acogido por la comunidad educativa ya que pretende la formación integral de todos sus miembros, de tal manera que se fortalezca la unión y las relaciones sociales, de trabajo y académicas de los individuos que allí emergen, llevando así a formar personas útiles para la sociedad con criterios de aceptación del otro sin negar al que piensa o actúa diferente. De igual manera nuestro pacto de convivencia da bases de comportamiento dentro y fuera de la institución, logrando así la tranquilidad y la estabilidad social de la comunidad en la que se desarrollan y se practican los procesos educativos. Por ultimo, con estas normas de convivencia pretendemos garantizar el desarrollo de la persona en ámbitos de formación integral sin limitantes que afecten su salud física y/o psicológica como bases de la estructura individual.
  • 4. NUESTRO LEMA: “CIENCIA Y TRABAJO” CIENCIA: La Ciencia se traduce en un encuentro permanente de los estudiantes con el saber desde cada una de las áreas de formación interactuando comprensivamente en su entorno local, regional, y global. TRABAJO: El trabajo reflejado en estudiantes comprometidos con su entorno interactuando de forma permanente para cambiarlo, mejorarlo, generando mejores expectativas de vida productiva. NUESTROS EMBLEMAS: LA BANDERA: De corte clásico en su heráldica Forma rectangular Tres franjas, la primera de color verde que nos identifica con el campo y sus productos, ocupa un cuarto del total de la bandera; la segunda franja de color blanco, nos identifica como personas de paz y la inocencia de los alumnos pequeños. Ocupa cuartos del total de la bandera y la tercera franja de color azul significa el horizonte que la educación impartida por nuestro establecimiento abre a nuestros educandos y ocupa un cuarto del total de la bandera.
  • 5. EL ESCUDO: De corte clásico en su heráldica Parte superior fondo color verde nombre del centro educativo En su segunda franja tres triángulos izquierdos signos matemáticos que significan las ciencias puras Central fondo blanco, rama de cafeto que significa la riqueza agrícola de la región. Derecho, las vocales que significan las humanidades. Tercera franja, nos identifica como habitantes de la cordillera y el sol naciente la superación diaria de nuestros alumnos y la luz del saber que se adquiere en el centro educativo. La cuarta franja de color azul representa el horizonte hacia el cual encaminamos a los estuantes y el recurso hídrico de nuestra región. Las dos franjas de los lados de color amarillo portan nuestro lema “CIENCIA Y TRABAJO” Acuerdo N° 003 (Abril 30 de 2008) POR MEDIO DE LA CUAL SE EFECTUA LA ACTUALIZACION DEL MANUAL DE CONVIVENCIA (PACTO) PARA LA INSTITUCION EDUCATIVA FERNANDO GONZALEZ MESA DEL MUNICIPIO DE FRESNO TOLIMA. El Consejo Directivo de la Institución Educativa Fernando Gonzáles Mesa de Fresno Tolima, de conformidad a la Constitución Política Colombiana, el Código de infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006), La ley general de Educación o ley 115 de 1994 y su decreto reglamentario 1860 de 1994, la ley 715 de 2001 y su decreto reglamentario 1850 de 2002, el decreto 230 de 2002 y las directrices educativas dadas por la Corte Constitucional Colombiana. Ley 1620 de 2013 y su decreto 1965 de 2013.
  • 6. ACUERDA: Actualizar el antiguo Manual de Convivencia por el moderno Pacto de Convivencia por el cual se regirán los estamentos de nuestra comunidad educativa. Este pacto de Convivencia hace parte integral del Proyecto Educativo Institucional (PEI), de acuerdo con los principios, fundamentos y los artículos que ha continuación se señalan: CAPITULO I OBJETIVOS DEL PACTO DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA “FERNANDO GONZALES MESA” ARTICULO 1: OBJETIVO GENERAL Implementar principios básicos que conlleven a una sana convivencia, entre cada uno de los miembros de la comunidad educativa de la institución “Fernando Gonzáles Mesa que garantice a los estudiantes una formación continua armoniosa donde prevalezca el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana en cada uno de los modelos de formación (preescolar, básica primaria, básica secundaria y media académica). ARTÍCULO 2: OBJETIVOS ESPECIFICOS. 1. Inculcar valores que fortalezcan la formación integral de los estudiantes. 2. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes en cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa. 3. Incentivar el espíritu investigativo, crítico analítico en los estudiantes procurando un mejor desarrollo en su entorno. 4. Difundir principios dentro de un proceso de formación integral, física psíquica, intelectual moral espiritual. Social, afectiva, ética y demás valores. 5. Fomentar hábitos de salud e higiene para un mejor desarrollo físico, mental y una sana convivencia. 6. Despertar en cada uno de los miembros de la comunidad Educativa el sentido de pertenencia y liderazgo como agentes del cambio social. 7. Concienciar a los padres de familia de la región en la obligación de dar a sus hijos una buena educación y formación adecuada. 8. Ofrecer una educación contextualizada y a tono con las necesidades y lineamientos exigidos por el estado. 9. Reconocer la importancia del desarrollo individual y comunitario como base del proceso de toda sociedad culta y civilizada. 10. Proyectar a los estudiantes para que trasciendan positivamente en su entorno social, regional, y local. 11. Encausar a los estudiantes en el desarrollo de verdaderos proyectos que promuevan el desarrollo y mejoramiento de su entorno social, económico, cultural y ambiental. 12. Difundir pedagógicamente cada uno de los aspectos del Pacto de convivencia.
  • 7. 13. Deberán identificar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, que permitirán aprender del error. 14. Reconocer la importancia del respeto a la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica. 15. El educador tendrá el rol de orientador y a los estudiantes se les concederá el rol de amigable conciliador para intervenir en proceso de negociación ante casos de violencia escolar o matoneo. 16. El manual deberá incorporar los principios y responsabilidades que establece la presente ley, sobre los cuales se desarrollarán los factores de promoción y prevención y atención de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. CAPITULO II PROCESOS DE MATRICULA (Art. 96 Ley 115 de 1994) ARTICULO 3: La matricula es el acto jurídico o contrato que formaliza la vinculación del estudiante, como estudiante regular de la Institución Educativa Fernando González Mesa y se realiza por una sala vez al ingresar a la institución, se podrá renovar para cada año lectivo, en la medida que el estudiante y sus padres o acudientes cumplan con los requisitos exigidos para ello. Al momento de suscribir el acta, los padres o acudientes, el estudiantes y el Rector deberán firmar el contrato de matricula con la institución, el cual se regirá por las reglas del derecho privado. Una vez firmada la matricula, la Institución, el estudiante y el padre de familia se comprometen a cumplir el Presente Pacto de Convivencia. Se entiende que los padres de familia en compañía de su hijo(a), lo hacen ejerciendo el derecho de escoger el tipo de educación que ofrece la institución y en tal sentido aceptan formalmente las condiciones y reglamentos y se comprometen activamente con el Proyecto Educativo Institucional, dando su aceptación y compromiso del cumplimiento del Pacto de Convivencia. Es decir que, matriculado el estudiante y padre de familia y o acudiente queda sometido al reglamento de la Institución y debe cumplirlo. ARTÍCULO 4: El aspirante a ingresar como estudiante de la Institución Educativa Fernando Gonzáles Mesa deberá cumplir los siguientes requisitos al momento de la matricula: a) Presentar el Registro Civil de Nacimiento. b) Certificados de estudios de los años anteriores. c) Dos (2) fotos recientes, 2x3 d) Otros documentos que la Institución estime convenientes (Paz y Salvo Institucional). Si proviene de otra Institución presentar carta de cancelación de matricula. e) Carne del Sisben. f) Carne de salud infantil (Vacunación) solo para los niños(as) del Preescolar (Decreto 228 de 2003).
  • 8. g) Rh (Tipo de Sangre y o grupo sanguíneo) para todos los estudiantes del plantel. h) Para la renovación de la matricula en los estudiantes antiguos, presentar boletín descriptivo con la promoción respectiva, incluyendo el paz y salvo institucional. i) Documento de identidad (si lo posee). NOTA: Los estudiantes (Nuevos o Antiguos) que presenten dificultades académicas o de convivencia serán admitidos, solo después de reunión con el comité de convivencia escolar, además se realizará registro en el Libro de actas de reunión de Docentes y del Comité de Evaluación y Promoción. En dicho libro será consignado fotocopia del Observador del Estudiante de la Institución donde proceden. Para Este caso, los estudiantes deben firmar un acta de compromiso con la institución por intermedio del señor rector en el cual se realizara el debido seguimiento y control. ARTÍCULO 5: Cada estudiante tendrá en ausencia de sus padres, acudiente mayor de edad previamente aceptado por la institución: salvo quien permita la ley, bajo responsabilidad del rector. ARTICULO 6: El Decreto Nº 4807 del 20 de diciembre de 2011 determina la gratuidad en todo concepto para la educación pública. ARTÍCULO 7: La edad establecida para el ingreso de los estudiantes, al nivel preescolar (Transición) es de cinco (5) años cumplidos. CAPITULO III CONVIVENCIA ESCOLAR Y PACTO DE CONVIVENCIA ARTICULO 8. CONVIVENCIA ESCOLAR La convivencia escolar se puede entender como la acción de vivir en compañía de otras personas en el contexto escolar y de manera pacífica y armónica. Se refiere al conjunto de relaciones que ocurren entre las personas que hacen parte de la comunidad educativa, el cual debe enfocarse en el logro de los objetivos educativos y su desarrollo integral. La convivencia escolar resume el ideal de la vida en común entre las personas que forman parte de la comunidad educativa, partiendo del deseo de vivir juntos de manera viable y deseable a pesar de la diversidad de orígenes (Mockus, 2002). Así mismo, esta se relaciona con construir y acatar normas; contar con mecanismos de autorregulación social y sistemas que velen por su cumplimiento; respetar las diferencias; aprender a celebrar, cumplir y reparar acuerdos, y construir relaciones de confianza entre las personas de la comunidad educativa (Mockus, 2003). Sin embargo, aprender a convivir es un proceso que se debe integrar y cultivar diariamente en todos los escenarios de la escuela (Pérez-Juste, 2007). Se deben
  • 9. favorecer entonces ambientes de aprendizaje democráticos donde la participación y la construcción de identidad desde la diferencia sean centrales. Es así como el clima escolar positivo no se improvisa, se construye contando con la voz de estudiantes, docentes, docentes con funciones de orientación, personal administrativo, familias y directivas docentes. Estos procesos de aprendizaje deben tener en cuenta que la convivencia no implica ausencia de conflictos. En todo grupo social se presentan este tipo de situaciones debido a la presencia de diversos puntos de vista y múltiples intereses; diferencias que pueden convertirse en motores de trasformación y cambio. Es necesario utilizar estos conflictos como oportunidades para que todas las personas que conforman la comunidad educativa hagan uso del diálogo como opción para trasformar las relaciones; el pensamiento crítico como un mecanismo para entender lo que ocurre; la capacidad de ponerse en los zapatos de otra persona e incluso sentir lo que está sintiendo (empatía) como una oportunidad para reconocerse, y la concertación como herramienta para salvar las diferencias (Ruiz-Silva & Chaux, 2005). De esta manera, el problema no radica en el conflicto en sí, sino en su manejo inadecuado. En este caso, es necesario que la escuela cuente con acciones concertadas para su manejo, lo cual se convierte en un reto para que la comunidad educativa desarrolle estrategias que le permitan resolver los conflictos de manera adecuada y construir aprendizajes a partir de lo ocurrido. ARTICULO 9. PACTO DE CONVIVENCIA El Pacto de convivencia puede entenderse como una herramienta en la que se consignan los acuerdos de la comunidad educativa para facilitar y garantizar la armonía en la vida diaria de los EE. En este sentido, se definen las expectativas sobre la manera cómo deben actuar las personas que conforman la comunidad educativa, los recursos y procedimientos para dirimir conflictos, así como las consecuencias de incumplir los acuerdos (Chaux, Vargas, Ibarra & Minski, 2013). Los acuerdos consignados en el pacto de convivencia se pueden entender como pactos que se construyen con la participación de todas las personas que conforman la comunidad educativa. Entre sus principales objetivos se pueden nombrar: • Promover, garantizar y defender los DDHH y DHSR. • Establecer normas paras las funciones, deberes, comportamientos y actitudes pactados por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de manera tal que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que la conforman. • Fortalecer procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución para las situaciones que afectan la convivencia escolar.
  • 10. Teniendo en cuenta lo anterior, es evidente cómo en el marco de la Ley 1620 de 2013 el manual de convivencia se convierte en un elemento fundamental para garantizar el mejoramiento de la convivencia y el ejercicio de los DDHH y DHSR. Por esta razón, en el Decreto 1965 de 2013 el proceso de actualización del manual se convierte en un eje fundamental para la implementación de las definiciones, principios y responsabilidades que se plantean en la Ley de Convivencia Escolar. ARTICULO 10. DERECHOS Y DEBERES COMO PARTES DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Responsabilidades de las Instituciones como miembro del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias por este Manual, la I.E. tendrá las siguientes responsabilidades: 1. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 2. Implementar el comité escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11, 12 y 13 de la Ley 1620 de 2013. 3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del pacto de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes. 4. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan. 5. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del Colegio e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia. 6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos, incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado
  • 11. del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo. 7. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes, si las hubiere. 8. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. 9. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio. Responsabilidades del Rector de la I.E. en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y de la violencia escolar. Además de las que establece normatividad vigente y que le son propias, el Rector de la I.E. tendrá las siguientes responsabilidades: 1. Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11, 12 y 13 de la Ley 1620 de 2013. 2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 3. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del Colegio, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos. Responsabilidades de los docentes de la I.E en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades: 1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del Colegio, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos, igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.
  • 12. 2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar de la Institución. 4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. Proyectos Pedagógicos. Los proyectos a que se refiere el numeral 1 del artículo 15 de la Ley 1620 de 2013 deberán ser desarrollados en todos los niveles de la I.E. formulados y gestionados por los docentes de todas las áreas y grados, construidos colectivamente con otros actores de la comunidad educativa. Los proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad, que tienen como objetivos desarrollar competencias en los estudiantes para tomar decisiones informadas, autónomas, responsables, placenteras, saludables y orientadas al bienestar; y aprender a manejar situaciones de riesgo, a través de la negativa consciente, reflexiva y crítica y decir “No” a propuestas que afecten su integridad física o moral, deberán desarrollarse gradualmente de acuerdo con la edad, desde cada una de las áreas obligatorias señaladas en la Ley 115 de 1994, relacionados con el cuerpo y el desarrollo humano, la reproducción humana, la salud sexual y reproductiva y los métodos de anticoncepción, así como las reflexiones en torno a actitudes, intereses y habilidades en relación con las emociones, la construcción cultural de la sexualidad, los comportamientos culturales de género, la diversidad sexual, la sexualidad y los estilos de vida sanos, como elementos fundamentales para la construcción del proyecto de vida del estudiante. La educación para el ejercicio de los derechos humanos en la escuela implica la vivencia y práctica de los derechos humanos en la cotidianidad escolar, cuyo objetivo es la transformación de los ambientes de aprendizaje, donde los conflictos se asumen como oportunidad pedagógica que permite su solución mediante el diálogo, la concertación y el reconocimiento a la diferencia para que los niños, niñas y adolescentes desarrollen competencias para desempeñarse como sujetos activos de derechos en el contexto escolar, familiar y comunitario. Para esto, el proyecto pedagógico enfatizará en la dignidad humana, los derechos humanos y la aceptación y valoración de la diversidad y las diferencias. En el currículo, la I.E. o deberá hacer explícito el tiempo y condiciones destinadas a los proyectos, acorde con lo señalado en los artículos 76 a 79 de la Ley 115 de 1994 en relación con el currículo y planes de estudio. Parágrafo. En todos los casos se deberán respetar las garantías constitucionales en torno a los derechos fundamentales establecidos en el Título II Capítulo I de la Constitución Nacional.
  • 13. PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA. La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá: 1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 2. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable. 3. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad. 4. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional de la I.E. 5. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos e hijas para el desarrollo de competencias ciudadanas. 6. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el pacto de convivencia y responder cuando su hijo o hija incumple alguna de las normas allí definidas. 7. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el pacto de convivencia. 8. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando estos sean agredidos. CAPITULO IV NORMAS QUE REGULAN LA CONVIVENCIA Consideramos la educación como un proceso y una práctica de interacción comunicativa. Por ello creemos que el diálogo orientado al entendimiento y acuerdo mutuo es el vehículo más apropiado para el logro de una educación integral, para la formación del criterio y de una conciencia individual basada en la lo tanto, en todos los procesos disciplinarios debe recurrirse siempre y en primera instancia al diálogo entre los agentes del proceso educativo implicados, con el fin de lograr el entendimiento, la conciliación, y un ambiente de aceptación y cumplimiento de las normas, deberes y derechos. De este modo se procederá por convicción, no por coacción, y se motivará al cumplimiento de las responsabilidades.
  • 14. ARTICULO 11. DEBIDO PROCESO Las acciones correctivas de los hechos o faltas se aplicaran después de escuchar al estudiante involucrado en la situación problema y tendrá derecho a conocer y rebatir las pruebas y a ejercer plenamente el Derecho de Defensa. El estudiante tiene derecho a realizar los descargos por escrito en la carpeta u observador del estudiante, en forma inmediata a la ocurrencia de la falta si así lo decide, los cuales se tendrán en cuenta para el respectivo análisis. De todo ello se dejará constancia en la carpeta u observador del estudiante por parte de las directivas de la I.E. Todo estudiante tiene derecho a que se le presuma su inocencia y a que, en caso de acusación en su contra, no se deduzca sus responsabilidades sin haberlo oído y vencido en el curso de un proceso disciplinario dentro del cual haya podido, cuando menos, exponer las pruebas que lo favorecen y controvertir aquellas que lo comprometen y dar su versión de los hechos. En el proceso, la presunción de inocencia deberá ser desvirtuada como requisito indispensable para poder sancionar al estudiante, salvo para la aplicación de medidas cautelares o preventivas o provisionales, en los términos que se detallan más adelante. Si el estudiante lo solicita, podrá ser asistido por el representante de los estudiantes, el acudiente o tutor (si es menor de edad). Parágrafo: Se entiende como carpeta u observador, el conjunto de documentos que dejen evidencia de la historia académica y de comportamiento de cada estudiante de la I.E Lo anterior no obsta que se puedan, de consuno, dejar evidencia en un solo documento sobre el comportamiento e historia académica de más de un estudiante, para lo cual se podrán emplear copias que se destinen a cada carpeta u observador. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA El Comité de Convivencia estará conformado por: – El rector del Colegio, quien presidirá el comité – El personero estudiantil – El docente con función de orientación – El director de sección cuando exista este cargo – El presidente del consejo de padres de familia – El presidente del consejo de estudiantes – Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Parágrafo. El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.
  • 15. FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA Son funciones del comité: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero de la I.E.. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la Ley 1620 de 2013 y en este Manual, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el Pacto de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. Parágrafo. Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos
  • 16. relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que deberá seguir la I.E, como parte del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, articulando una oferta de servicio ágil, integral y complementario. En cumplimiento de las funciones señaladas en cada uno de los niveles, la I.E. debe garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en la institución o en sus alrededores y que involucren a niños, niñas y adolescentes de los niveles de educación preescolar, básica y media, así como de casos de embarazo en adolescentes. COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. La Ruta de Atención Integral tendrá como mínimo cuatro componentes: de promoción, de prevención, de atención y de seguimiento. El componente de promoción se centrará en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones de acuerdo con sus responsabilidades. El componente de prevención deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma en el contexto escolar. El componente de atención deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de
  • 17. manera inmediata, pertinente, ética e integral, cuando se presente un caso de violencia o acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional de la I.E. El componente de seguimiento se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados. DEL PROTOCOLO DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. La Ruta de Atención Integral en la I.E. Inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del pacto de convivencia. El componente de atención de la ruta será activado por el Comité de Convivencia por la puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes, de oficio por el Comité de Convivencia o por cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia escolar. El Protocolo y procedimientos de la ruta de atención integral de la I.E. contemplan los siguientes postulados: 1. La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes involucrados. 2. El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los generadores de los hechos violentos. 3. Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos. 4. Se garantice la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso. Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes del Colegio en los niveles de preescolar, básica y media que no puedan ser resueltas por las vías que establece el Pacto de convivencia y se requiera la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el rector de la institución, de conformidad con las decisiones del Comité de Convivencia, al ICBF, la Comisaria de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.
  • 18. Parágrafo. Los postulados, procesos, protocolos, estrategias y mecanismos de la Ruta de Atención Integral del Colegio se sujetarán a la reglamentación que expida el Gobierno Nacional. PROTOCOLO DIFERENCIADO DE ATENCION Situaciones Tipo I Definición: Las situaciones de tipo I son agresiones verbales y maltrato psicológico que pueden tener o no un contenido sexual, pero que no implican un daño a la integridad física de las personas involucradas. Estas agresiones pueden ser esporádicas o reiterativas, pero en cualquiera de los dos casos debe brindarse la atención adecuada según el proceso determinado en el presente protocolo, ya que afectan el clima escolar y la sana convivencia, con la posibilidad de que se conviertan en situaciones de Tipo III. Proceso de Atención: • Identificación de la situación como tipo I • Fomento del dialogo de las partes involucradas con presencia de un mediador. • Búsqueda de la reparación de los daños causados a las personas victimizadas con la agresión, aunque el mismo daño no sea físico sino moral. • Pacto de compromisos y determinación de las herramientas para el seguimiento del mismo. Correctivos: Las situaciones tipo I se deben resolver de forma constructiva, por lo cual bajo cualquier circunstancia se debe promover el diálogo entre las partes y las salidas pedagógicas al conflicto que representan las agresiones. Pero si los ataques se repiten, se debe buscar el establecimiento de compromisos que impliquen la reparación con la presencia de testigos, y si aun así no cesan, se sugerirá al implicado, sea estudiante o docente, que busque su reubicación en otro grupo escolar o institución educativa. Situaciones Tipo II Corresponden al acoso e intimidación escolar o ciberacoso, cuando dichas situaciones representen un daño ya sea psicológico o físico, pero sin que éste perjuicio implique una incapacidad en la persona que lo sufre. Proceso de Atención: • Identificación de la situación como tipo II • Ofrecimiento de la atención psicológica y física a las personas afectadas. • Remisión a las autoridades cuando se requiere. • Fomento del dialogo de las partes involucradas con presencia de un mediador. • Pacto de compromisos de reparación y determinación de las herramientas para el seguimiento del mismo por parte del comité de convivencia escolar. Correctivos:
  • 19. Para superar las situaciones de tipo II se requiere según el caso, de la intervención de las autoridades competentes, sin embargo, en el caso de la Institución se deben asumir los siguientes correctivos: • Denuncia a las entidades y autoridades competentes, en caso de que se requiera. • Dialogo mediado entre las partes y determinación de compromisos para la reparación de los daños causados • Expulsión por un tiempo prudente de las instalaciones de la institución o aula de clase, para realizar una obra social que compense el daño causado y represente un aprendizaje. Situaciones de tipo III Las situaciones tipo III son aquellas agresiones que causan un daño físico en una o varias de las personas implicadas, por lo cual se debe determinar si presenta las características de un delito y requiere la atención médica y/o policial de los implicados. Proceso de Atención: • Ofrecimiento de la atención psicológica y médica a las personas afectadas. • Denuncia a las entidades y autoridades competentes, en caso de que se requiera. • Fomento del dialogo de las partes involucradas con presencia de un testigo • Determinación de compromisos para la reparación de los daños y de las personas afectadas. Correctivos: Las situaciones tipo III suceden en gran parte de los casos, porque se agrava una situación tipo I, por lo cual aplican los correctivos de dichas situaciones. Sin embargo y dada la gravedad de las agresiones físicas, se debe acudir a las autoridades y hacer las denuncias correspondientes. CAPITULO III PERFIL DEL ESTUDIANTE ARTÍCULO 10: La Educación que fomenta la Institución Educativa Fernando González Mesa, pretende que los estudiantes se formen bajo los siguientes criterios: · Toma de decisiones libres, autónomas y responsables. · Discernir un compromiso ético y con valores en su opción de vida. · Ser integralmente competente en la ciencia, la tecnología y la investigación. · Vivenciar un compromiso solidario y comunitario. · Estar abierto al cambio en busca de una sociedad más justa y más humana. · Respetuoso, honesto y responsable, comprometido consigo mismo y con los demás. · Tener sentido de gratitud con Dios, con la familia y con el Colegio. · Vivenciar los sacramentos y los mandamientos de su religión en su vida personal.
  • 20. · Ser capaz de solucionar los conflictos de la vida diaria de manera racional y conciliada. CAPITULO IV ACUERDOS GENERALES DE COMPORTAMIENTO PARA LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 11 Todos los estudiantes de la Institución Educativa Fernando González Mesa, están en el deber de cumplir los siguientes acuerdos: 1. Honradez, buenas maneras, respeto a sus profesores y compañeros evitando el mal trato y las palabras soeces. 2. Aceptar respetuosamente la autoridad de los profesores y directivos del plantel. 3. El comportamiento fuera de la Institución (calles, sitios públicos, de diversión o recreativos), debe ser correcto, observando buenas maneras para enaltecer el buen nombre de la institución y el de su conglomerado social 4. Mostrar interés por el uso correcto de los servicios sanitarios, elementos de aseo, muebles y demás enseres del plantel. 5. Responder por los daños causados en la institución en cuanto a la planta física, material Educativo, elementos de oficina, equipos destinados a la ayudas educativas, pupitres útiles y objetos personales de sus compañeros 6. Velar por la conservación de las plantas decorativas del establecimiento y en general de todos aquellos elementos que estén destinados al embellecimiento y funcionamiento de la institución (instalaciones eléctricas, grifos etc.). 7. Evitar todo acto que atente contra la moral de las personas o de sus compañeros en particular. 8. Cumplir puntualmente la jornada escolar, el horario de clases y el que corresponda a cualquier otra actividad o acto en comunidad programado por la institución, observando un comportamiento acorde con las normas de convivencia social. 9. Evitar el uso de joyas finas y accesorios no acordes con el uniforme durante las jornadas de clase o de educación física. La institución no se hace responsable de los objetos personales valiosos, ya que es responsabilidad del estudiante. 10. Ser respetuosas y solidarios con las personas en condición de discapacidad. 11. Colaborar, participar y trabajar en toda clase de acción proyectada para el mejoramiento de la institución y en beneficio de la comunidad. 12. Apagar el teléfono celular y otros dispositivos musicales, dentro de las aulas de clase y eventos culturales internos. 13. Cumplir responsablemente los turnos de aseo. 14. Cumplir responsablemente con las actividades asignadas para el desarrollo de los P.P.P. 15. Responder por la conservación y buen manejo del material audiovisual de cada uno de los salones de clase. 16. Cumplir oportunamente con los compromisos académicos. 17. Buscar la información sobre sus compromisos y resultados académicos y responsabilizarse de sus logros pendientes.
  • 21. 18. Traer los útiles y elementos necesarios para el trabajo y hacer buen uso de ellos. 19. Presentar certificación médica ante eventual incapacidad para realizar ejercicios en clase de educación física. La incapacidad no lo exonera de cumplir con compromisos académicos relacionados con el área. 20. Contribuir con las actividades que el Colegio desarrolle para la conservación y mejoramiento del medio ambiente 21. Justificar la inasistencia al Colegio con incapacidad médica o por escrito de sus padres y/o acudientes, al día siguiente de causada. CAPITULO V DE LOS ESTUDIANTES DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 12: Todo estudiante de la Institución Educativa Fernando González Mesa, tiene derecho: 1. Ser orientado por profesores competentes de estructurada personalidad y pedagógicamente preparados. 2. Recibir de sus profesores testimonio de cultura, moral, civismo y relaciones humanas. 3. Ser tratados con imparcialidad, respeto y consideración. 4. Que se le oriente los programas completos de acuerdo con el plan de estudios vigente y las ayudas educativas. Conocer la programación y la planeación de su enseñanza y recibirla oportunamente. 5. Recibir la jornada de estudios completa. 6. Que sus trabajos sean evaluados y devueltos oportunamente con sus correcciones. 7. Conocer oportunamente los logros y deficiencias en el momento en que se apliquen evaluación oral, escrita, tareas, investigaciones, consultas, etc. 8. Que los criterios evaluados de cada periodo, se ajusten a las normas de ley. 9. Que se les de a conocer sus conceptos definitivos, en cada periodo respetando el derecho a su intimidad, antes de ser consignados en la planilla respectiva de evaluación, después no será viable ninguna reclamación. 10. Los aspectos de convivencia no se desligan de los aspectos académicos en el alcance de los logros previstos por la institución, por lo tanto el estudiante debe mostrar respeto, compromiso e interés en todos los procesos. 11. Presentar justificaciones por inasistencia al orientador de grupo firmadas por el padre de familia. El estudiante que haya justificado su inasistencia, tendrá derecho a presentar trabajos y evaluaciones dentro de los tres días hábiles siguientes a su ausencia, o con acuerdo previo del profesor del área. 12. Que se les expida de forma gratuita certificados de estudio, conducta y constancia de asistencia, o documentos de favorabilidad comunitaria por parte del Gobierno Nacional, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles (Res.12376, Art. 13 de agosto del 1978 y Decreto 180 del 29 de enero de 1. 1.981., Articulo 15) cada vez que soliciten este servicio. 13. Utilizar los elementos didácticos y de recreación siempre y cuando responda económicamente por los daños causados, si se presentasen.
  • 22. 14. Participar en todas las actividades científicas , culturales, y deportivas que programe la institución y todo acto de comunidad 15. Conocer oportunamente el calendario académico y el cronograma de actividades de la institución. 16. El conocimiento del pacto de convivencia es responsabilidad de los padres de familia, acudientes, estudiantes y profesores. Los Directores de grupo permanentemente promoverán la lectura, análisis e interpretación del pacto. 17. No ser retirados del salón de clase por faltas a la convivencia y o académicos, siempre y cuando no interfiera con el normal desarrollo de las actividades. 18. Participar en la conformación, ejercicio y control del gobierno escolar, para lo cual pueden elegir y ser elegidos por parte de consultas y demás formas de participación democrática. 19. Registrar en el observador los aspectos positivos y negativos de los estudiantes. 20. Adquirir anualmente carne estudiantil o la refrendación respectiva al año que corresponde a su vigencia. 21. Los estudiantes tienen derecho a la puntualidad del profesor en las clases asignada. 22. No se considerara como inasistencia, el estudiante que por cualquier motivo se encuentre en reunión o desempeño de funciones para una actividad en beneficio de la institución, teniendo autorización por escrito de Rectoría. 23. Se tenga en cuenta la coevaluación, la autoevaluación, , y heteroevaluación. 24. Utilizar preguntas que correspondan a la interpretación, argumentación y proposición. 25. A familiarizarse y tener dominio en las pruebas saber ICFES. 26. A que se le respete el debido proceso en caso de incumplimiento a las normas contempladas en el pacto de Convivencia. 27. A recibir estímulos como consecuencia de sus meritos y logros académicos y disciplinarios. 28. A ser valorado, escuchado, respetado, orientado e informado en igualdad de condiciones. 29. Que los criterios de evaluación se ajusten a las necesidades educativas especiales. 30. Recibir cuando sea necesario las veces que lo requiera, apoyo individual y o grupal. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 13. Los estudiantes de la Institución Educativa Fernando González Mesa cumplirán los siguientes deberes: 1. Acatar en su totalidad el Pacto de Convivencia Institucional. 2. Adquirir los elementos de trabajo necesarios para el desarrollo de las actividades curriculares. 3. Contribuir con el aseo permanente de las aulas y demás dependencias de la institución con la colaboración con los compañeros en las respectivas comisiones de aseo. 4. No arrojar desperdicios, ni residuos al piso del aula de clase o en los patios de recreación. En la clase o en actos de comunidad. 5. Presentar trabajos y evaluaciones en las horas y fechas señaladas. 6. Permanecer en los salones durante los cambios de clase. 7. En horas de descanso los estudiantes deben estar fuera de los salones. 8. Respetar la propiedad ajena.
  • 23. 9. Respetar todas las carteleras, anuncios, pintura y elementos ubicados dentro y fuera de las aulas de clase. 10. Para salir del plantel en horas laborales, se debe solicitar permiso al docente o encargado de la disciplina. 11. Asistir puntualmente a todos los actos culturales, deportivos, cívicos y otros que programe la institución. Previa autorización por escrito de sus padres y/o acudientes. 12. Respetar la integridad física y moral de todos y cada uno de los miembros de la institución. 13. Guardar discreción y tacto en todas sus actuaciones, así como también respetar las creencias y convicciones religiosas y políticas de los demás. 14. Respetar los emblemas de la patria y de la institución. 15. Presentarse a la institución bien aseado y decentemente vestido, con el uniforme acordado por la SECRETARIA DE EDUCACION DEPARTAMENTAL. 16. Considerar la biblioteca y la sala de sistemas como un recurso de consulta e información, hacer uso de ella en el horario establecido, cumpliendo fielmente sus reglamentos. 17. Los estudiantes no deberán portar el uniforme en horas de la tarde, sábados, domingos y festivos salvo así lo solicite la institución. 18. No festejar actos dentro y fuera de la institución utilizando elementos que atenten contra la integridad del estudiante o miembros de la Comunidad Educativa. 19. El estudiante debe permanecer en el salón de clase durante el desarrollo de esta y, en caso de ausentarse, debe solicitar permiso al profesor o director de curso. 20. Velar por el cuidado de las instituciones del plantel, paredes, pisos, zonas verdes, etc. 21. Responder por todos los implementos puestos a su disposición (Balones, computadores, pupitre, guías, videos, televisores, DVD, grabadora, video vean, pantalla etc. 22. Entregar oportunamente los informes que la institución envía a padres de familia o quien sea responsable de su estadía en la institución. 23. Ponerse al día con sus trabajos y evaluaciones, cuando por causas justificadas no haya cumplido con sus compromisos académicos. 24. Cumplir con las jornadas de trabajo de los Proyectos Pedagógicos Productivos. DE LA JORNADA ESCOLAR ARTICULO 14. Queda reglamentada la jornada escolar de la siguiente manera. Sede principal Preescolar 8:00 am. 12:00 am. descanso de 20 minutos Primaria: de 8:00 am. A 1:00 pm. descanso de 20 minutos Secundaria: de 8:00 am. A 2:00 pm descanso de 20 minutos Sede Floresta Preescolar 8:00 am. 12:00 am. Primaria: de 8:00 am. A 1:00 pm. descanso de 20 minutos Sede California Preescolar 8:00 am. 12:00 am. Primaria: de 8:00 am. A 1:00 pm. descanso de 20 minutos Sede Caja Rica Preescolar 8:00 am. 12:00 am. Primaria: de 8:00 am. A 1:00 pm. descanso de 20 minutos
  • 24. DE LA ASISTENCIA GENERAL ARTÍCULO 15. Los estudiantes deben presentarse a la institución 10 minutos antes de la hora indicada (8:00 am.) Todos los estudiantes que utilizan el transporte vía Carrizales Betania, deberán estar en la carretera a las 7:30 a.m. 1. Todo estudiante esta obligado a asistir como mínimo al plantel el 76% de la intensidad horaria de cada área académica. 2. Estudiante que injustificadamente no asista a clases, a su regreso debe presentarse con el padre de familia o acudiente ante el Director para los fines pertinentes (Código de Infancia y Adolescencia Art.23). 3. Toda ausencia por enfermedad u otros motivos debe ser justificada oportunamente. En caso de ausencia prolongada debe presentarse con el padre o acudiente con la debida justificación. En ningún caso se admiten justificaciones por teléfono. 4. El estudiante que se sienta incapacitado para ejecutar actividades físicas o que presente alguna enfermedad deberá presentar la respectiva incapacidad médica, informando oportunamente al titular del área, Este estudiante, quedara supeditado a presentar trabajos teóricos o de investigación. DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS ARTICULO 16. Las aplicaciones de este pacto de convivencia de conformidad con los lineamientos del PEI, será para mejorar el comportamiento de los estudiantes y por ende para caracterizar y responsabilizar su cumplimiento; sin embargo además del buen ejemplo de directivos, docentes y de las observaciones que se hagan para el buen desempeño comunitario o en privado en las labores diarias, extractase y eventos programados por la Institución de tipo cultural, pedagógico y lúdico se debe aclarar las faltas de comportamiento general y así hacer los correctivos necesarios y pertinentes para cada caso; aplicando el debido proceso en cada uno de ellos, de esta manera el presente pacto de convivencia pretende conllevar a una formación de calidad, ahondando en los valores y las buenas relaciones interpersonales de toda la comunidad Educativa. Las faltas al pacto de convivencia de nuestra Institución Están clasificadas en LEVES, GRAVES Y MUY GRAVES. FALTAS LEVES ARTICULO 17. Son aquellas que NO causan graves traumatismos en el desarrollo de las labores Educativas, pero que manifiestan comportamientos inadecuados del estudiante
  • 25. y que de alguna manera lesionan los derechos de los miembros de la Comunidad Educativa. Estas faltas serán consignadas en el observador del estudiante y la acumulación de tres dará como consecuencia una falta grave. Son consideradas faltas LEVES: 1. Portar inadecuadamente el uniforme. 2. Llegar tarde a la institución 3. Arrojar basuras contaminando y deteriorando el ambiente Escolar. 4. Usar maquillaje y accesorios con los uniformes no acordes con los aceptados por al presente pacto de convivencia 5. Trato descortés, burlas, gestos a sus compañeros, docentes o miembros de la comunidad Educativa 6. La falta en el cumplimiento en las labores educativas. 7. Ingresar a oficinas, y dependencias de la institución sin ser autorizados. 8. Permanecer en los salones en los tiempos de descansos 9. Dejar de asistir a los eventos programados por la institución 10. Salirse del salón sin autorización en horas de clase. 11. Esconder o extraviar útiles de los compañeros. 12. Incumplir con las tareas asignadas en las semanas de disciplina 13. Incumplir con el aseo del salón de clases. 14. Jugar con elementos dentro del salón de clase. 15. Hacer comentarios que denigren el buen nombre de una persona o de la Institución. 16. Faltar al respeto a miembros de la Comunidad Educativa o personas de la comunidad Betaniense. 17. Utilizar el uniforme en horas que no correspondan a la jornada Escolar. 18. Realizar ventas o patrocinarlas sin la debida autorización de la dirección o Consejo Directivo. 19. Utilizar elementos de la institución sin autorización. 20. No acatar las observaciones y recomendaciones realizadas por directivos, profesores, o asesor del curso. 21. Participar o promover juegos de azar, monedas, electrónicos durante la jornada escolar. 22. Utilizar celulares o cualquier dispositivo de sonido en horas de clase. 23. Faltar a clases sin causa justificada. 24. Entrar o salir de la institución si autorización del responsable de la disciplina o encargado del momento. 25. Llamar a sus compañeros o miembros de la comunidad con apodos. 26. Incumplimiento en las actividades asignadas en los distintos proyectos productivos y pedagógicos de la Institución. 27. No hacer buen uso de las diferentes dependencias de la Institución. CORRECTIVOS PEDAGOGICOS: 1. Llamado de atención verbal al estudiante 2. Amonestación escrita en el observador de la estudiante, impuesta por el docente o directivo docente que conoce la falta.
  • 26. 3. Suspensión de clases con trabajo social dentro de la institución, orientado a la corrección de la falta por la cual fue amonestado, con sustentación ante la comunidad estudiantil por un lapso no mayor a (3) días. PARÁGRAFO: Los estudiantes que incurran en las faltas anteriormente mencionadas, tendrán derecho a hacer los descargos correspondientes siguiendo el conducto regulas o apoyados en el Personero Estudiantil. FALTAS GRAVES ARTICULO 18. Las faltas graves son todas aquellas que dañan la armonía en la Institución, atentando contra el buen nombre de ella; aquellas que evidencian la falta de sentido de pertenencia, y no se acercan a los parámetros y objetivos del perfil del estudiante del Fernando González Mesa. 1. Cometer (3) tres faltas leves, con reincidencia en una de ellas o de distinto orden. 2. Faltar continuamente sin causa justificada a las horas de clase, o actos de comunidad. 3. Realizar expresiones o actitudes tendientes a la pornografía que atenten contra la dignidad y el respeto a sus compañeros o demás miembros de la Comunidad Educativa. 4. Cometer fraude cualquier tipo de suplantación en evaluaciones, trabajos académicos debidamente comprobados por el docente. 5. Escupir intencionadamente a cualquier miembro de la Comunidad Educativa 6. Mantener en permanente conflicto con personas de la Institución dentro y fuera de ella. 7. Suplantar la autoridad o tomar atribuciones que no les corresponde. 8. Presentar bajo rendimiento académico y/o las faltas disciplinarias continuas. 9. La no devolución a tiempo de documentos enviados a padres de familia como: citaciones, circulares y comunicaciones etc... 10. Jugar dinero dentro de institución. 11. Promocionar pugnas y rivalidades que conlleven a enfrentamientos de cualquier índole. 12. Dañar, material de la institución (muebles, material pedagógico) rayar paredes como también el uso inadecuado de implementos de la Institución... 13. Presentar mal comportamiento en actos comunitarios, eventos deportivos o culturales y formaciones. 14. Cualquier daño ocasionado a las instalaciones. 15. Irrespeto a los emblemas patrios o símbolos de la Institución. 16. El no acatamiento a las observaciones hechas por personal directivo o Docente dentro y fuera del plantel, (Actividades extractase, Actos Comunitarios pedagógicos y representaciones del colegio.). 17. Agredir física o verbalmente a un compañero 18. Hacer toque de timbre sin ser autorizados. 19. Hacer uso inadecuado de los baños. 20. Hacer Uso del celular en horas de clase. 21. Escribir graffiti dentro y fuera de la institución 22. Complicidad en la pérdida o extravío de elementos o implementos escolares. 23. Hacer burlas o comentarios a estudiantes con alguna discapacidad física. 24. El no cuidado del medio ambiente y aplicación de dicho proyecto.
  • 27. 25. No asistir a actividades de recuperación previa citación del docente. 26. Asistir sin uniforme a actividades de recuperación. 27. Incumplir con el servicio social obligatorio que asigne el colegio. CORRECTIVOS PEDAGOGICOS: 1. Amonestación por escrito en el observador del estudiante y citación al padre de familia por el docente. 2. Suspensión de clases con trabajo orientado en espacios dentro de la Institución, por un término de hasta tres (3) días. 3. Programación de trabajo comunitario o social que hasta por tres días. 4. Firma de acta de compromiso por parte del estudiante, sus padres o acudientes. 5. Pérdida del cupo para el año siguiente. NOTA: De acuerdo con el Sistema Integrado de Evaluación (SIE) todo estudiante que quiera ingresar o solicitar reingreso a la Institución y que venga de programas de validación de estudios por ciclos deberá presentar una evaluación de conocimientos para poder acceder al cupo. FALTAS MUY GRAVES ARTICULO 19. Son consideradas faltas muy graves cada uno de los comportamientos enunciados a continuación: 1. Asumir conductas con características de acoso o abuso sexual 2. Agresión verbal o física, insultos y palabras denigrantes. 3. Las faltas contempladas en la legislación nacional y que constituyan hecho punible. 4. Destrucción con plena intención de muebles y enceres de la institución, implementos de deportivos útiles de compañeros y daño a los equipos de sistema, herramientas y panadería. 5. Presentarse a la Institución bajo los efectos de cualquier sustancia Psicoactiva. 6. Falsificación de firmas en documentos, boletines de calificaciones, excusas, permisos, citaciones etc. 7. Celebrar con huevos o harina el cumpleaños de compañeros dentro o en los alrededores de la institución. 8. Agresiones a mano armada dentro y fuera del plantel. 9. Portar armas o sustancias que pongan en peligro la integridad física de los miembros de la comunidad educativa. 10. Expender, negociar o mostrar material pornográfico. 11. Promover o participar en peleas o escándalos dentro o fuera del Colegio. 12. Inducir a otros estudiantes a cometer faltas muy graves. 13. Hacer dibujos, pasquines, grafitis, expresiones vulgares o irrespetuosas dentro y fuera de la Institución. 14. Difundir mensajes de texto o correos electrónicos que dañen o afecten la integridad moral de cualquier miembro de la comunidad educativa.
  • 28. 15. Adulterar, sustraer o hacer uso de documentos ajenos con el fin de beneficiarse de ellos. 16.Hacer fraude en evaluaciones y/o presentación de trabajos. 17. Amenazas a miembros de la Comunidad Educativa. 18. Asistir a la Institución bajo efectos de cualquier estimulante o alucinógeno 19. Fumar dentro o fuera de la institución durante el desarrollo de eventos curriculares y extracurriculares. 20. Robar o estafar a sus compañeros o llevarse cosas ajenas o de la institución. 21. Evadir las clases u otras actividades pedagógicas y académicas. 22. Participar en cultos satánicos, espiritismo brujería y demás. 23. Uso de juegos de azar dentro de la institución 24. Traer a la institución videos, revistas y demás elementos pornográficos. 25. Promover actos de indisciplina (eructos, gases corporales) en el aula de clase durante el desarrollo de actividades académicas. 26. Ocasionar manifestaciones que causen temor en la comunidad Educativa 27. Intimidar física y psicológicamente a compañeros, docentes, o directivos. 28. Recaudar o disponer de manera fraudulenta dineros de compañeros, docentes y directivos de la Institución. 29. Todo acto que vayan en contra de la normatividad del Código de Infancia y Adolescencia. CORRECTIVOS PEDAGOGICOS: 1. Llamado de atención por escrito en el observador del estudiante, se le comunicara al padre de familia para su firma. 2. Desarrollo de actividades orientadas a la reflexión que produjo su falta y sustentación ante la comunidad estudiantil. Terminada la activad pedagógica se integrara al grupo. 3. Acta de compromiso frente a la acumulación de faltas leves en reunión con el profesor del área, director de grado y el estudiante para determinar la conducta del estudiante implicado. 4. Perdida de cupo para el año siguiente. 5. Cancelación de matrícula. PARAGRAFO En reunión con docentes y delegados de los estudiantes se hará la respectiva calificación del comportamiento general de los estudiantes, teniendo en cuenta los seguimientos hechos a los estudiantes al igual que la exaltación a estudiantes con comportamientos excelentes. ARTICULO 20. CIRCUNSTANCIAS EXIMIENTES: Se considera las siguientes: 1. Su edad, y desarrollo psicoafectivo, mental, volitivo y sus circunstancias personales, familiares y sociales. 2. El haber obrado por motivos nobles o altruistas 3. El haber observado buena conducta anterior.
  • 29. 4. Ignorancia invencible 5. El haber sido inducido a cometer la falta por alguien mayor en edad y/o madurez psicoafectiva. 6. Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causan dolor psíquico o físico. 7. Procurar voluntariamente después de cometida la falta, anular o disminuir sus consecuencias. CAPITULO VI COMPETENCIAS PARA APLICAR LOS CORRECTIVOS ARTÍCULO 21. Para aplicar las anteriores faltas disciplinarias, por parte del señor rector y los docentes, se procederá de la siguiente forma. 1. Tres llamadas de atención verbal hecho por el profesor o rector, el cual quedará registrado en la ficha de seguimiento y observador del alumno. 2. La reincidencia de una falta, amerita citación al padre de familia o acudiente, quien escuchará en presencia del estudiante las observaciones registradas por el profesor de disciplina. El compromiso final será de ambas partes el cual debe contribuir a la solución inmediata del problema ya sea académico o disciplinario. 3. Trabajos de carácter pedagógico y formativo, por uno a tres días, mediante resolución impartida por el rector, en los cuales el estudiante debe realizar trabajos de carácter pedagógico y formativo dentro de la institución y supervisada por el profesor de disciplina. ARTICULO 22. PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO Y SEGUIMIENTO. 1. Tres llamados de atención verbal dejando constancia por escrito en el observador del alumno; por el docente o rector. 2. Llamado de atención escrito por el director de curso con asistencia del padre de familia. 3. Dialogo con el rector o quien haga sus veces, continuación del proceso con compromiso del padre, alumno y acompañamiento de la orientadora escolar. 4. También son aplicables otros correctivos como: la suspensión de estímulos, no permitir la asistencia en actos programados por la institución, todo ello mediante acuerdo escrito. 5. Análisis del conflicto en el consejo directivo. El consejo directivo es quien tomará las decisiones pertinentes al problema, de acuerdo a su gravedad, después de haber escuchado cada una de sus partes y el previo conocimiento del proceso con el docente, 6. Suspensión temporal de acuerdo a las decisiones del consejo directivo. Se puede dar la opción para que se realice un trabajo que eduque y corrija el problema.
  • 30. 7. Cancelación de matrícula y/o sugerirle cambio de institución con el visto bueno del consejo directivo. En este último caso, se le notifica por escrito un mes antes de finalizar al año escolar al padre de familia, para que realice el trámite correspondiente. Según la gravedad de la falta, el rector puede tomar decisiones y aplicación de sanción, salvo el caso de exclusión que compete al consejo directivo, teniendo en cuenta los preceptos del código de la infancia y adolescencia. La reincidencia de una falta leve permite la suspensión del derecho a participar en la actividad extractase o complementaria de la institución o el cambio de grupo del estudiante. La institución debe contar con el servicio de orientador, ya sea realizado por el profesor, el cual procurará que el estudiante no sea sancionado ya que lo que debe buscar, son los recursos necesarios para formar al estudiante como persona íntegra. UNIFORME INSTITUCIONAL ARTICULO 23. Por decreto..... Y por razones de economía, presentación, sentido de pertenencia, disciplina se estableció un uniforme único para nuestro departamento, que el estudiante debe portar con orgullo y dignidad de la siguiente manera. UNIFORME · Pantalón azul. · Media azul. · Camibuso blanco con cuello, con el escudo de la institución. · Portar correa negra con el pantalón. · Zapato negro colegial. UNIFORME · Falda azul prensada con cotilla a cuatro (4) centímetros sobre la rodilla. · Camibuso blanco con cuello con el escudo de la institución. · Media azul oscura. · Zapato negro colegial. Nota: En la cabeza debe llevar quien lo necesite moños o balacas color blanco, negro o azul. El Camibuso debe ir dentro del pantalón y/o falda UNIFORME DE EDUCACION FISICA
  • 31. Se portará buzo blanco cuello en V. En el lado izquierdo debe llevar el escudo de la institución. Sudadera con bolsillos laterales en ojal color vinotinto, con embone amarillo oro, tenis rojos o negros y medias de blancas. PARAGRAFO 1: El estudiante o la estudiante que desee usar camiseta protección. Deberá ser también completamente blanca sin figuras ni estampados, ni colores que desvirtúen la presentación del uniforme. Los estudiantes deberán presentaren a la institución con el uniforme que corresponda a la actividad a realizar en el día. El que porte el uniforme de educación física sin justificación se hará acreedor a un llamado de atención. RECONOCIMIENTO DE MERITOS A LOS ESTUDIANTES. ARTICULO 24. Son estímulos para los estudiantes de la Institución Educativa Fernando González Mesa, los siguientes. Los estudiantes que sobresalgan por su buen comportamiento y excelente rendimiento académico o por sobresalir en actividades deportivas que enaltezcan el buen nombre de la Institución se harán merecedores a un reconocimiento según (Artículo 101 de la ley 115/94.) 1. Exaltar e imponer medallas como mejor estudiante al termino de la educación básica (noveno grado ) y mejor estudiante al termino de la media académica , a los estudiantes que tengan los mejores registros escolares y comportamiento social. (Decreto social 1860/94. Articulo 51.) 2. Izar el pabellón nacional cuando el estudiante obtenga un rendimiento académico excelente y su comportamiento general durante el periodo sea excelente. 3. Celebración del día de la familia en la fecha establecida en el calendario escolar. 4. Medalla de perseverancia a los estudiantes que hayan cursado continuamente sus estudios en la institución desde preescolar hasta el último grado que ofrece la institución. 5. Menciones honoríficas por conducta y aprovechamiento que a criterio del director de grupo se haga merecedores. 8. Otorgar mención de honor al estudiante que se destaque como mejor deportista durante el año lectivo, con buen rendimiento académico y buen comportamiento social.
  • 32. 9. Medalla al mérito patrio para el estudiante que al finalizar el año lectivo escolar, halla izado el pabellón nacional el mayor número de veces y registrado en libro de actas. PARAGRAFO: El rector determinará por medio de resolución interna motivada, el otorgamiento de estos estímulos y menciones de acuerdo con el concepto de los profesores, la cual será leída públicamente en el acto de clausura o graduación. CAPITULO Vll DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES. ARTÍCULO 25. Son deberes que se comprometen a cumplir los padres o acudientes: 1. interesarse por el comportamiento social y disciplinario de sus hijos dentro y fuera de la institución. Art. 23 código de la Infancia Adolescencia. 2. Preocuparse por el rendimiento académico de sus hijos y las actividades curriculares que la institución programe. 3. Proporcionar el material de estudio que requiera el estudiante adentro del cumplimiento de las tareas escolares. 4. promover y rescatar los valores éticos, espirituales, morales, culturales y sociales de sus hijos. Art.39 numeral03 código de infancia y adolescencia. 5. Infundir a los hijos el respeto a sus compañeros de estudio, profesores y demás funcionarios de la institución. 6. pagar a tiempo lo concerniente al servicio de sala de sistemas y boletines. 7. preocuparse diariamente por los trabajos académicos dejados a sus hijos. 8. Proporcionar los uniformes diario y de educación física e inculcarles el buen uso de los mismos. 9. Responder por los daños ocasionados por sus hijos a la planta física, material didáctico, computadores y otros de la institución. (Incluyendo perdida de libros.) 10. Asistir al plantel dando cumplimento de citaciones que se les haga por parte de directivos de grupo o profesores de la institución. 11. presentar excusa firmada por el padre de familia o acudiente en caso de inasistencia del estudiante al plantel educativo. 12. ser respetuoso al solicitar cualquier información con los profesores o directivo. 13. Asistir oportunamente a los talleres de escuela de padres programados por la institución. 14. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 15. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable. 16. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.
  • 33. 17. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo. 18. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas. 19. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas. 20. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo. 21. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE. ARTICULO 26. Son derecho de los padres de familia o acudientes los siguientes: 1. Recibir por escrito y en forma oportuna informe del rendimiento académico y del comportamiento disciplinario y social de los hijos. 2. Recibir trato cortés por parte de directivos y docentes. 3. Ser asesorados en la orientación de sus hijos. 4. Participar dentro de los programas de escuela de padres. 5. Recibir informar, cumplir oportuna de las novedades educativas, normas y decisiones en el manejo del plantel. 6. Vinculación de la familia en la educación a través de talleres, conferencias y otras actividades programadas. 7. Aceptar con rectitud las quejas y reclamos dando conceptos personales como padre de familia. 8. Recibir constancias de pago por todo concepto. 9. Dialogo constante con directivos, docentes y padres de familia. 10. Que las reuniones programadas sean concisas, estructuradas y con tiempo limitado. 11. Garantizar la asistencia total de rector y docentes en las asambleas de padres de familia. 12. Participar dentro de los programas de escuela de padres. 13. Elegir y ser elegidos en la junta directiva de la asociación de padres de familia y en el consejo de padres de familia de la institución (decreto 1860/94, art 30-31 y decreto 1286 del 2005). CORRECTIVOS PARA LOS PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO 27. Para los padres de familia que sin causa justificada y por escrito no asistan a las reuniones que realice la institución, su hijo no será aceptado a clase, hasta tanto no se acerque el padre de familia y/o acudiente, ante el rector o docente a justificar su ausencia.
  • 34. Cuando el estudiante no cumple con los materiales de trabajo para sus labores curriculares, el padre de familia deberá hacerse presente en el plantel, previa notificación, Pago de daños causados y reposición de elementos destruidos por sus hijos. FALTA DE LOS PADRES Y COMPROMISOS QUE ADQUIEREN ARTÍCULO 28. Los siguientes casos de negatividad específica de los padres de familia o acudiente son considerados como faltas graves y pueden generar la cancelación del cupo del estudiante para el año siguiente. 1. Cuando los padres del estudiante acuden a la simulación y/o alteración de documentos, certificados, boletines, firmas, recibos de pago o utilicen documentos comerciales dolosos. 2. Cuando hagan reclamaciones escandalosas o comentarios públicos que atenten contra la integridad de algunos de los docentes, rector de la institución 3. Cuando incurran en actos que atenten contra el patrimonio moral, intelectual y físico de la institución o de sus integrantes. 4. cuando irrespeten en forma verbal injuriosa o física al recto, docentes dentro y fuera de la institución. 5. Cuando sin previa justificación no asistan a dos de las reuniones de entrega de boletines y demás actos escolares que convoque la institución. PROCEDIMIENTO CUANDO EL PADRE DE FAMILIA INCURRA EN UNA O MAS FALTAS ARTÍCULO 29. Previo conocimiento de la falta se procederá a tomar los correctivos pertinentes mediante el seguimiento del conducto regular que comprende: 1. Llamada de atención verbal por parte del docente o rector. 2. La inasistencia a las citaciones o reuniones convocadas por el plantel ocasionará el no recibimiento del estudiante en la institución, hasta que el padre de familia o al acudiente se hagan presentes para h hacer descargo o hace compromisos. CONDUCTO REGULAR PARA RECLAMOS Y SUGERENCIAS ARTÍCULO 30. La primera persona que atienda a los padres de familia o a los estudiantes para reclamos o sugerencias es el docente del área o el director de grupo. En caso de no dar solución a la inquietud, deberá dirigirse a la segunda instancia que es el rector. ESTIMULO A LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES ARTÍCULO 31. Son estímulos para los padres de familia o acudientes los siguientes:
  • 35. 1. Exaltación publica de padres de familia en honor al cumplimiento de funciones propias de su cargo. 2. Integrar a los padres de familia en actividades recreativas, culturales, deportivas, convivencias, excursiones, otros. 3. Integrar a los padres de familia en las celebraciones especiales como las del día de la familia, día del educador, día de la institución. 4. Solidaridad en el trabajo comunitario con la comunidad educativa en caso de calamidad o en ocasiones requeridas. 5. Participación en talleres y seminarios programados por la institución o invitados por entidades varias. 6. Crear e integrar la escuela de padres de la institución. CAPITULO VIII DE LOS EDUCADORES El educador es el orientador en el establecimiento educativo de un proceso de formación, enseñanza y aprendizaje, de los educandos acordes con las expectativas sociales culturales, éticas y morales de la familia y sociedad. DERECHO DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCION Artículo 32. Teniendo en cuenta el estatuto docente, la ley general de educación y sus decretos reglamentarios, el decreto ley 1278 (estatuto de profesionalización docente), la ley 715 del 2001 y sus decretos reglamentarios, se han establecido los siguientes derechos: 1. Opinar e intervenir activamente en lo que atañe en el planeación y buena marcha de la institución. 2. Ser valorado y aceptar la asignación académica de acuerdo a sus capacidades y especialidad. 3. Ser estimulado y promovido a cargo de responsabilidad a cargo del plantel. 4. Ser atendido en su información, reclamos y justas peticiones. 5. Recibir las orientaciones necesarias del manejo de los planes de asignatura, de área y otros propios de su trabajo. 6. Que se le brinden las oportunidades para la formación y actualización. 7. Ser elegido para conformar cualquiera de los comités que existen en la institución. 8. Ser respaldado en las decisiones que tomo cuando son justas y miran la corrección y formación de los estudiantes. 9. Tener autonomía de cátedra y respeto en el desarrollo de sus clases por parte de directivos, profesores, padres de familia y estudiantes. 10. Ser evaluados con base a los lineamientos del ministerio de educación nacional. 11. Que se le otorguen permisos por concepto de calamidad domestica, problemas personales y familiares, estudios debidamente justificados (ajustados al artículos 65 del estatuto docente y articulo 57 del decreto 1278 del 2002).
  • 36. 12. Seguir el procedimiento normal y personal para los llamados de atención (articulo 29 de las constitución política ) DEBERES DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCION ARTICULOS 33. De conformidad al decreto 2277 de 1979, ley 115 de 1994 art 73 y 87 y su decreto reglamentarios, decreto – ley 1278 del 2002 (estatuto de profesionalización docente), ley 715 del 2001 y sus decretos reglamentarios, Ley 1620 y decreto 1965 de 2013 se han establecido los siguientes deberes: 1. Elaborar los planes curriculares del proyecto educativo institucional (PEI.) y entregarlos a coordinación oportunamente en las fechas establecidas. 2. Entregar plan de área y asignaturas y plan de aula actualizado para incorporarlo en el PEI. durante la etapa de planeación y mejoramiento institucional al señor Rector. 3. Participar en la evaluación institucional del plantel. 4. Elaboración de programas de asignaturas siguiendo una secuencia lógica entre: programación de asignatura y proyectos pedagógicos. 5. Dar un buen ejemplo en los cumplimientos de los deberes. 6. asistir puntualmente y participar en todas la actividades de la institución, colaborando con la disciplina y el desarrollo de las misma. 7. Establecer fechas de evaluación y actividades de los estudiantes teniendo en cuenta no recargar las actividades académicas de los estudiantes al terminar el periodo o el año escolar. 8. Permanecer en la institución durante la jornada diaria escolar durante 6 horas dando cumplimiento a sus asignación académica y demás 9. Compromisos acordados (decreto 1850 del 2002) 10. participar de las reuniones o convocatorias que programe la institución 11. En jornada contraria. 12. Ser diligente en el cumplimiento de los turnos y acompañamiento de 13. Disciplina de acuerdo al plan establecido. 14. Atender con cortesía a los padres de familia y/o acudiente cuando sea solicitado. 15. Concertar con los estudiantes la solución pacifica de conflictos presentados, en caso de no lograr acuerdos, acudir a otros estamentos a quienes atañen estas funciones. 16. Proporcionar relaciones interpersonales entre profesores y alumnos acorde con las diferencias individuales y los requerimientos de la sana convivencia. 17. Estar siempre dispuesto a escuchar a los alumnos buscando siempre la solución justa a sus problemas e inquietudes dentro de las normas de mutuo respeto, 18. Tratar a todas las personas sin distinción de raza religión, origen social, posición económica, ideas políticas o filosóficas. 19. Dar una orientación y preparación académica constructiva acorde con los objetivos de la educación. 20. Colaborar activamente en el proceso de humanización y personalización que exige la educación integral.
  • 37. 21. Seleccionar los temas de clase, dándole especial importancia a las necesidades y expectativas de los estudiantes. 22. Preparar cuidadosamente sus clases y proveerse de material didáctico necesario. 23. Dar a conocer oportunamente a sus estudiantes los resultados de sus trabajos, pruebas y consultas, lo mismo que las investigaciones. 24. Atender los reclamos presentados por los estudiantes inmediatamente después de presentar la evaluación, con una explicación satisfactoria de la nota o concepto evaluador. 25. Orientar la organización y aseo de las aulas, que se realizaran por turnos en cada curso. 26. Entregar planes de clase, planillas y demás registros escritos en las fechas programadas en el cronograma general de la institución. 27. Informar y solicitar por escrito autorización para ausentarse del trabajo en caso de enfermedad calamidad domestica o fuerza mayor. 28. Respaldar afirmaciones y sanciones con hechos comprobados aceptando que tanto el como los estudiantes son susceptibles de cometer errores. 29. Colaborar con otras actividades que programe la institución fuera de la jornada laboral, que redunden el bien del establecimiento y la buena imagen. 30. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. 31. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. 32. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 33. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo. 34. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. ESTIMULOS PARA DOCENTES DE LA INSTITUCION ARTÍCULO 34. Son estímulos para los docentes de la institución los siguientes: 1. La institución reconoce y exalta el 15 de mayo de cada año, como el día del educador, por su labor al servicio de la juventud. 2. Participar en las jornadas de convivencia e integración docente. 3. Participar en seminarios, talleres, foros etc. que redunde en la capacitación personal y profesional del docente. 4. Exaltar públicamente el desempeño del docente en ceremonias de clausura o actos de graduación de bachilleres.
  • 38. CAPITULO IX DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES (RECTOR) DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES EN LA INSTITUCION ARTÍCULO 33: Los siguientes derechos están ajustados a la Resolución 13342 de 1.982, ley 115 de 1.994 con sus decretos reglamentarios, ley 715 de 2.001: 1. Ser escuchados y atendidos ante organismos de orden local, departamental o nacionales sus peticiones inquietudes sugerencias y reclamos, antes de tomar determinaciones y con la debida prontitud y eficacia, cada vez que lo requiere para defender su dignidad personal y el beneficio de la institución que orienta. 2. Ser respaldado en tales peticiones por la comunidad educativa. 3. Ser informado oportunamente sobre proyectos y planes educativos emanados del núcleo de desarrollo educativo municipal, secretaria de educación Dptal. y de otro organismo de cofinanciaciòn. 4. Tener autonomía, privacidad colaboración en el desarrollo de su trabajo según sus funciones. 5. Recibir orientación, formación y asesoría oportuna frente a la expedición de normas educativas. DEBERES DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES EN LA INSTITUCION ARTÍCULO 34: De conformidad con el manual de funciones y las leyes que rigen la educación, son deberes lo siguientes: 1. Presentar sugerencias, inquietudes y reclamos con la debida oportunidad ante las entidades de administración educativa, municipal, departamental, nacional, cada vez que sea necesario para el buen desarrollo de la comunidad educativa. 2. Respetar a todos agentes educativos y a las autoridades del ramo. 3. Interesarse en conseguir la información correspondiente a proyectos y planes educativos emanados de las autoridades educativas, lineamientos, propuestas y políticas del MEN y legislación educativa, económica y laboral, que tengan que ver con el adecuado funcionamiento institucional. 4. Exigir el lugar, los elementos de trabajo, los recursos y las condiciones adecuadas para el buen desarrollo de sus funciones. 5. Promover buenas relaciones con los miembros de la comunidad educativa para fomentar una adecuada colaboración en sus actividades administrativas. 6. Respetar las decisiones de la asamblea general de padres de familia que redunde el beneficio de la institución y se ajuste a las normas legales. Solicitar asesoría jurídica cada vez que la Institución lo requiera. 7. Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la Ley. 8. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.
  • 39. 9. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 10. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos. CAPITULO X GOBIERNO ESCOLAR ARTICULO 35: Organismo fundamental para la orientación de los diferentes procesos en la cual participa la comunidad educativa. (Padres, docentes, estudiantes.) FUNCIONES DEL GOBIERNO ESCOLAR · Fomentar el desarrollo institucional · Integrar los diferentes entes que conforman el gobierno escolar implementando la transversalidad en la educación. · Promover los Proyectos Pedagógicos Productivos mejorando la calidad institucional y comunitaria. · Incentivar la comunidad con miras democráticas, la paz y la sana convivencia. · Gestionar ante las diferentes entidades gubernamentales recursos económicos y materiales. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO · Las estipuladas en el artículo 144 de la Ley general de educación (Ley 115 de 1994) y (Decreto 1860 de 1994) · FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO · Las estipuladas en el artículo 45 de la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) y (Decreto 1860 de 1994) EL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL ARTICULO 36: Según lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 115 de 1994 la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional que se ejecuta en un determinado establecimiento o Institución educativa. SE COMPONE DE LOS SIGUIENTES ESTAMENTOS:
  • 40. · Los estudiantes matriculados · Los padres y madres responsables de la educación de los estudiantes · El cuerpo de docentes que laboran en la Institución Educativa Fernando González Mesa y sus sedes. · Directivo docente y administrativos escolares que cumplen funciones en la prestación del servicio educativo. · Miembros del sector productivo de la región que participan en el desarrollo de los proyectos pedagógicos productivos. · Los egresados de la Institución Educativa organizados para participar. Los integrantes de la comunidad educativa deben participar en el direccionamiento de la Institución educativa y diferentes sedes que la constituyen y lo realizarán por medio de los representantes legales en los órganos del Gobierno escolar, utilizando los medios y procedimientos de la Ley (Decreto 1860 de 1994) OBLIGATORIEDAD DEL GOBIERNO ESCOLAR (ARTÍCULO 19 DECRETO 1860 DE 1994) Es obligatorio para todas las Instituciones Educativas conformar democráticamente el Gobierno Escolar y demás estamentos (artículo 142 de Ley 115 de 1994) ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR (ARTÍCULO 20 DECRETO 1860 DE 1994) El Gobierno Escolar en la Institución Educativa Fernando González Mesa estará conformado por los siguientes miembros: · El Consejo Directivo como ente de participación de la comunidad educativa y de orientación administrativa de la Institución. · El Consejo Académico como instancia certificada para participar en la organización pedagógica de la Institución Educativa. · El rector como ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar y como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y administrativas en general. Estos representantes en los órganos colegiados serán elegidos para períodos anuales y sus funciones se darán por terminadas cuando sean reemplazados para el resto del período. ORGANISMOS DEL GOBIERNO ESCOLAR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA FERNANDO GONZALEZ MESA El Consejo Directivo de la Institución Educativa Fernando González Mesa funcionará como instancia superior de la comunidad, orientación académica y administrativa del establecimiento.
  • 41. INTEGRANTES: · El rector de la Institución, quien lo convocará y lo presidirá · Dos representantes de los docentes de la Institución. · Dos representantes de los padres de familia · Un representante de los estudiantes, quien debe estar cursando el grado superior de la Institución · Un representante del sector productivo FUNCIONES · Tomar las decisiones que afecten al funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad · Ser mediador entre docentes, administrativos con estudiantes, luego de haber agotado el conducto regular previsto en el pacto de convivencia. · Utilizar los pactos de convivencia en la Institución de conformidad con las normas vigentes · Elaborar y promover los proyectos pedagógicos productivos en la Institución. · Defender y garantizar los derechos de la comunidad Educativa cuando se estén lesionando. · Planear y evaluar proyectos educativos de la institución teniendo en cuenta el plan de estudios sometiéndolos a consideración ante los organismos que le corresponda garantizando los requisitos establecidos por la ley · Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa · Establecer estímulos y correctivos para el buen desempeño académico e incorporarse al pacto de convivencia · Incurrir en la evaluación de desempeño anual de los docentes, directivo docente, hacer las recomendaciones y tomar los correctivos · Participar en las actividades comunitarias, culturales, deportivas, recreativas y sociales de la Institución. · Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones. · Aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de recolectarlos. · Fijar las prioridades en la ejecución del gasto de los recursos de los fondos de servicios educativos. · Administrar los fondos de servicios educativos priorizando las necesidades propuestas por el rector. · Utilizar adecuadamente los recursos siempre y cuando sirvan al mejoramiento de la calidad educativa institucional. · Promover la evaluación y actualización permanente del PEI modificándolo si es necesario con previa consulta al Consejo Académico. · Las demás propias de su carácter administrador de los fondos de servicios educativos.