1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas
Escuela de Derecho
Estudiante:
Almao, Maryorish
C.I: 26.820.529
Sección: SAIA F
Materia: Derecho Internacional Privado
Profesor: Abg. Emily Ramírez
Barquisimeto, Febrero del 2021
2. conflictos de competencia internacional, conflictos de leyes
internacionales, la cooperación procesal internacional y la condición
jurídica de los extranjeros
Su objeto es resolver conflictos de leyes que surgen cuando interviene un
elemento extranjero a través de un supuesto de hecho que vincula a dos o
más sistemas legales de vigencias simultáneas.
Se rige
Ley Nacional: Normas y principios de
códigos y demás leyes nacionales
factor de conexión
Fuentes Directas: Fuentes Indirectas:
La costumbre:
-Elemento Natural
-Opinión Jurídica de su necesidad
3. Jurisprudencia -
Nacional: interpretación
En un caso análogo el juzgador encuentra allí
un hecho de referencia y resolver un problema
donde no hay norma expresa, o es dudosa y de
difícil interpretación.
Internacional: dictada por tribunales
extranjeros
Tratados internacional:
Tratados públicos: interesados en la
soberanía del Estado y constituye actos
políticos.
Tratados-ley: regula la conducta de los
particulares.
La convención particular: Voluntad
presunta de las partes(principio de
autonomía).
Principios generales del derecho
internacional Privado: Reconocidos por las
naciones civilizadas, serán entre otras fuentes
consideradas por la Corte en la solución de los
casos sometidos a su conocimiento.
Doctrina está constituida por las opiniones
escritas de los estudiosos del Derecho al
reflexionar sobre la validez formal, real o
intrínseca de las normas jurídica.
4. Mediante los cuales se manifiestan y concretan las normas jurídicas que lo
componen
Lograr la justicia a base de aplicación de derecho extranjero cuando sea
necesario para dar al sujeto interesado en la vigencia extraterritorial de la
norma extranjera lo que corresponde.