1. República Bolivariana de Venezuela
Universidad “Fermín Toro”
Vice-rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela Derecho
Fuentes
del Derecho
Internacional
Privado
BachillerPérezLeidy
Docente: Abg.Ramírez Emily
Derecho InternacionalPrivado
Saia D
2. Fuentes del Derecho Internacional
Privado
Según Bonnemaison “El Derecho Internacional
Privado es aquella rama del Derecho que tiene
como finalidad dirimir conflictos de jurisdicción
internacionales; conflictos ley aplicable y los
conflictos de ejecución y determinar la condición
jurídica de los extranjeros”.
Como se puede observar la finalidad de esta rama
del Derecho se basa en analizar las relaciones
entre ciudadanos que tengan una particularidad.
Como por ejemplo una relación contractual
3. Primera Fuente La
Costumbre
Es admitida como fuente desde el ángulo de
las relaciones internacionales, sobre todo en
las de carácter comercial. Las formas que
adopta la costumbre para manifestarse
como fuente son: Usos del Comercio:
constituye un medio eficaz para evitar el
conflicto de calificaciones que la diversidad
legislativa puede conferir a los términos
usuales de la contratación.
Un ejemplo de Costumbre son las
desarrollada por el comercio a través de la
compra venta de productos de primera o
segunda necesidad
4. Segunda Fuente La
Costumbre
En el Derecho Internacional Privado, la autoridad y
el grado de influencia de la jurisprudencia, como
fuente productora de normas o principios de
solución, varían según se trate de los países de
Derecho escrito o de los sistemas del Common law.
Es por lo observado en la doctrina nacional
que la jurisprudencia es la fuente principal
de sus respectivos sistemas de Derecho
puesto que, esencialmente, las fórmulas
de la solución le los conflictos de leyes
tienen origen en las decisiones de los
tribunales.
5. Tercera los Tratados
Tratados: al acentuarse las diferencias entre las
instituciones del Derecho Internacional Privado de los
diferentes países surgió la necesidad de la
codificación internacional, o sea, de la elaboración de
normas o reglas comunes a dos o más países para la
solución de los conflictos de leyes.
Los tratados dependen del grado de
desarrollo de cada país y las
características de su Derecho
Interno, entre los tratados y la ley
interna debe existir un máximo y un
mínimo de diferencias, de lo
contrario no hacía falta un tratado
para repetir lo dispuesto por la
legislación interna de los Estados, y
esa diferencia debe tener un límite,
pues de lo contrario el tratado sería
ineficaz.