El Comité de Convivencia Escolar tiene las siguientes funciones: 1) evaluar y mediar conflictos dentro de la comunidad educativa, 2) promover actividades que fomenten la convivencia como la ciudadanía, derechos humanos y prevención de violencia, y 3) establecer un cronograma de reuniones mensuales y dar a conocer la información del comité.
Presentación hecha por el Prof. Antonio Paredes el 16 de Enero del 2013 en el auditorio naranja en la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Central de Venezuela
Presentación hecha por el Prof. Antonio Paredes el 16 de Enero del 2013 en el auditorio naranja en la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Central de Venezuela
Ley 1620 POR LA CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR
Ley 1620 POR LA CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR
El niño posee dentro de sí, desde antes de nacer directrices para desarrollarse psíquicamente. Los adultos somos simples colaboradores en esta construcción que hace de sí mismo; el infante requiere del amor y cuidado de sus padres y adultos que le proporcionan un medio ambiente preparado en donde sea posible la acción y la selección .
El adulto debe conocer la psicología humana y la pedagogía de la buena enseñanza para brindar los ambientes adecuados para que el niño aprenda a valorar el sentido de libertad se inter-dependice mediante su desarrollo psicofísico y se apropie de estos valores.
Las capacidades sociomotrices son las que hacen posible que el individuo se pueda desenvolver socialmente de acuerdo a la actuación motriz propias de cada edad evolutiva del individuo; Martha Castañer las clasifica en: Interacción y comunicación, introyección, emoción y expresión, creatividad e imaginación.
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
Funciones del comité de convivencia escolar
1. 1. Evaluar y mediar conflictos que se presenten al interior de los estamentos
de la comunidad Educativa.
2. Promover actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad
Educativa, tales como: construcción de ciudadanía, el ejercicio de los
derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de
la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
3. Establecer el Cronograma de reuniones en forma mensual y dar publicidad
al Comité especialmente, respecto de los integrantes, funciones y calendario
de reuniones.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones
conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de
los miembros de la comunidad educativa
6. Establecer correctivos a los estudiantes que incumplan el Manual de
Convivencia, Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones
establecidas en el Manual de Convivencia, y presentar informes a la
respectiva instancia
7. Llevar registros de todas las sesiones de trabajo y procesos realizados.
FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR