1) El documento presenta las etapas y consideraciones generales de los procedimientos de selección establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, incluyendo la licitación pública, el concurso público y la adjudicación simplificada. 2) Detalla cada una de las etapas de la licitación pública como la convocatoria, registro de participantes, formulación de consultas, absolución e integración de bases, presentación y evaluación de ofertas, y otorgamiento de buena pro. 3) Explica que el concurso públic
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GEPUCO060419O - S7 A.R
1. ESCUELA EMPRESARIAL DEL PERÚ
DIPLOMADO EN GESTION PÚBLICA Y
CONTRATACIONES CON EL ESTADO
TEMA: ETAPASY CONSIDERACIONES
GENERALES
Docente: Econ. Adrian Romero Ames
2. LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
LEY Nº 30225 Y DECRETO LEGISLATIVO Nº
1444 QUE LA MODIFICA
DECRETO SUPREMO Nº 344-2018 –
REGLAMENTO
GENERALES:ETAPASY DISPOSICIONES
- LICITACION PUBLICA
- CONCURSO PUBLICO
- ADJUDICACION SIMPLIFICADA
- SELECCIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES
3. Procedimientos de Selección (Ley)
• Una Entidad puede contratar
público,
por medio
adjudicación
de licitación
simplificada,pública, concurso
selección de consultores
precios, subasta inversa electrónica, contratación directa y
demás procedimientos de selección de alcance general
individuales, comparación de
los
que
contemple el reglamento, los que deben respetar los principios
que rigen las contrataciones y los tratados o compromisos
internacionales que incluyan disposiciones sobre contratación
pública.
• Las disposiciones aplicables a los procedimientos de selección
son previstas en el reglamento.
6. Licitación Pública y Concurso Público (Ley)
bienes y obras; y, el concurso público para la contratación
• La licitación pública se utiliza para la contratación de
de
servicios. En ambos casos, se aplican a las contrataciones cuyo
valor estimado o valor referencial, se encuentre dentro de los
márgenes que establece la ley de presupuesto del sector
público.
• El reglamento establece las modalidades de licitación pública y
concursopúblico.
• Los actos públicos deben contar con la presencia de notario
público o juez de paz. Su actuación es desarrollada en el
reglamento.
7. ETAPAS (Reglamento)
La Entidad debe utilizar la Licitación Pública para contratar bienesy
obras. La Licitación Pública contempla las siguientes etapas:
a) Convocatoria.
b) Registro de participantes.
c) Formulación de consultas y observaciones.
d) Absolución de consultas, observaciones e integración de bases.
e) Presentación de ofertas.
f) Evaluación de ofertas.
g) Calificación de ofertas.
h) Otorgamiento de la buena pro.
8. ETAPAS (Reglamento)
El plazo para la presentación de ofertas no puede ser menor de
veintidós (22) días hábiles, computado a partir del día siguiente de la
convocatoria. Asimismo, entre la absolución de consultas,
observaciones e integración de las bases y la presentación de ofertas no
puede mediar menos de siete (7) días hábiles, computados a partir del
día siguiente de su publicación en el SEACE.
Cuando se solicite la emisión de pronunciamiento, entre su publicación
y la fecha de presentación de ofertas no puede mediar menos de siete
(7) díashábiles.
CONVOCATORIA A LICITACION PUBLICA (Reglamento)
La Entidad realiza una convocatoria pública a presentar ofertas, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 del reglamento
(Convocatoria), la que incluye la publicación de las bases
9. Consultas, observaciones e
integración de bases (Reglamento)
Todo participante puede formular consultas y observaciones, a
través del SEACE, respecto de las bases. Las consultas son
solicitudes de aclaración u otros pedidos de cualquier extremo de
las bases. Se presentan en un plazo no menor a diez (10) días
hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria.
En el mismo plazo, el participante puede formular observaciones a
las bases, de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones
a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga
relación con el objeto de contratación.
10. Si como resultado de una consulta u observación corresponde
precisarse o ajustarse el requerimiento, se solicita la autorización del
área usuaria y se pone en conocimiento de tal hecho a la
dependencia que aprobó el expediente de contratación.
La absolución se realiza de manera motivada mediante pliego
absolutorio de consultas y observaciones que se elabora conforme a
lo que establece el OSCE; en el caso de las observaciones se indica
si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
Consultas, observaciones e
integración de bases (Reglamento)
11. El plazo para que el comité de selección absuelva la totalidad de las
consultas y observaciones presentadas por los participantes y registre las
bases que integren todas las modificaciones previstas en el pliego
absolutorio, así como su respectiva notificación a través del SEACE, no
puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento
del plazo para recibir consultas y observaciones señaladas en las bases.
Cuando exista divergencia entre lo indicado en el pliego de absolución de
consultas y observaciones y la integración de bases, prevalece lo absuelto
en el referido pliego; sin perjuicio, del deslinde de responsabilidades
correspondiente.
En caso el pliego de absolución de consultas y observaciones e
integración de bases incurra en alguno de los supuestos previstos en el
numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley (Declaratoria de nulidad),
corresponde al Titular de la Entidad declarar la nulidad de este acto. Esta
facultad es delegable.
Consultas, observaciones e
integración de bases (Reglamento)
12. Los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y
observaciones, así como, a las bases integradas por el Comité de
Selección por supuestas vulneraciones a la normativa de
contrataciones, a los principios que rigen la contratación pública, u
otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación
pueden ser elevados al OSCE a través del SEACE, en el plazo de
tres (3) días hábiles siguientes de su notificación, efectuándose de
manera previa el pago correspondiente.
Dentro de los tres (3) días hábiles de vencido el plazo para solicitar
la elevación indicada en el numeral anterior, y siempre que ésta se
haya producido, la Entidad registra en el SEACE los documentos
previstos en el TUPAdel OSCE y en la Directiva correspondiente.
Consultas, observaciones e
integración de bases (Reglamento)
13. El pronunciamiento que emite el OSCE se encuentra motivado e
incluye la revisión de oficio sobre cualquier aspecto trascendente
de las bases y realiza la integración definitiva. El plazo para emitir y
notificar el pronunciamiento e integración
SEACE es de doce (12) días hábiles, y se
siguiente de que la Entidad registra en el
definitiva a través del
computa desde el día
SEACE los documentos
previstos en el TUPAdel OSCE y en la Directiva correspondiente.
Contra el pronunciamiento emitido por el OSCE no cabe
interposición de recurso administrativo alguno, siendo de
obligatorio cumplimiento para la Entidad y los proveedores que
participan en el procedimiento de selección.
Consultas, observaciones e
integración de bases (Reglamento)
14. Presentación de ofertas (Reglamento)
La presentación de ofertas se realiza de manera electrónica a
través del
convocatoria,
SEACE durante el periodo establecido en la
salvo que este se postergue de acuerdo a lo
establecido en la Ley y el presente Reglamento.
Para la admisión de las ofertas, el comité de selección verifica la
presentación de los documentos requeridos en los literales a), b),
c), e) y f) del artículo 52 del reglamento (Contenido mínimo de las
ofertas) y determina si las ofertas responden a las características
y/o requisitos funcionales y condiciones de las especificaciones
técnicas especificadas en las bases. De no cumplir con lo
requerido, la oferta se considera no admitida.
Adicionalmente, en el caso de obras, el comité de selección
declara no admitidas las ofertas que no se encuentren dentro de
los límites del valor referencial.
15. Evaluación de las ofertas
(Reglamento)
La evaluación de ofertas consiste en la aplicación de los factores de
evaluación a las ofertas que cumplen con lo señalado en el numeral
73.2 del artículo 73 del reglamento (Presentación de ofertas -
documentos requeridos ), con el objeto de determinar la oferta con
el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas.
16. Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo
siguiente:
a) Cuando la evaluación del precio sea el único factor, se le otorga el máximo
puntaje a la oferta de precio más bajo y se otorga a las demás ofertas puntajes
siguienteinversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la
fórmula:
Pi = Om X PMP
Oi
Donde:
i = Oferta.
Pi = Puntaje de la oferta a evaluar.
Oi = Precio i
Om = Precio de la oferta más baja.
PMP = Puntaje máximo del precio.
Evaluación de las ofertas
(Reglamento)
17. Cuando existan otros factores de evaluación además del precio, el
mejor puntaje se determina en función de los criterios y
procedimientos de evaluación enunciados en las bases. La evaluación
del precio se sujeta a lo dispuesto en el presente literal.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la
determinación del orden de prelación de las ofertas empatadas se
realiza a través de sorteo.
Evaluación de las ofertas
(Reglamento)
18. Calificación (Reglamento)
Luego de culminada la evaluación, el comité de selección califica a
los postores que obtuvieron el primer y segundo lugar, según el
orden de prelación, verificando que cumplan con los requisitos de
calificación especificados en las bases. La oferta del postor que no
cumpla con los requisitos de calificación es descalificada.
Si alguno de los dos (2) postores no cumple con los requisitos de
calificación, el comité de selección verifica los requisitos de
calificación de los postores admitidos, según el orden de prelación
obtenido en la evaluación, hasta identificar dos (2) postores que
cumplan con los requisitos de calificación; salvo que de la revisión
de las ofertas, solo se pueda identificar una (1) que cumpla con
tales requisitos.
19. Calificación (Reglamento)
Tratándose de obras, se aplica lo dispuesto en el párrafo anterior,
debiendo el comité de selección identificar cuatro (4) postores que
cumplan con los requisitos de calificación.
20. Otorgamiento de la buena pro
(Reglamento)
Previo al otorgamiento de la buena pro, el comité de selección
revisa las ofertas económicas que cumplen con los requisitos de
calificación, de conformidad con lo establecido para el rechazo de
ofertas, previsto en el artículo 68 del reglamento (rechazo de
ofertas) de ser el caso.
De rechazarse alguna de las ofertas de acuerdo a lo previsto en el
numeral anterior, el comité de selección revisa el cumplimiento de
los requisitos de calificación de los postores que siguen en el orden
de prelación.
Definida la oferta ganadora, el comité de selección otorga la buena
pro, mediante su publicación en el SEACE
21. Licitación Pública y Concurso
Público para Contratación de Servicios en General
CONVOCATORIA
OTORGAMIENTO
DE BUENAPRO
EVALUACION
DE OFERTAS
REGISTRO DE
PARTICIPANTES
FORMULACION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES
Formul. Mínimo 10 días h
PRESENTACION
DE OFERTAS
EVALUACION DE
OFERTAS
CALIFICACION
DE OFERTAS
23
ABSOLUCION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES E
INTEGRACION DE BASES
Absolu. Máximo 5 días h
23. Condiciones para el uso del concurso
público (Reglamento)
La Entidad utiliza el Concurso Público para
contratar servicios en general, consultorías en
general y consultoría de obras
24. Concurso público para contratar
servicios en general (Reglamento)
El Concurso Público para contratar servicios en
general se rige por las disposiciones aplicables a
la Licitación Pública contempladas en los
76 (Etapas, convocatoria,artículos 70 al
consultas,
calificación
observaciones, presentación de
yofertas, evaluación de ofertas,
otorgamiento de la buena pro).
25. CONTRATACION DE CONSULTORÍA EN GENERAL
Y CONSULTORÍA DE OBRAS (Reg.)
Etapas
El Concurso Público para contratar consultoría en general y consultoría de obra
contempla las siguientes etapas:
a) Convocatoria.
b) Registro de participantes.
c) Formulación de consultas yobservaciones.
d) Absolución de consultas, observaciones e integración de bases.
e) Presentación de ofertas.
f) Calificación de ofertas.
g) Evaluación deofertas.
h) Otorgamiento de la buena pro.
Convocatoria y demásetapas
La tramitación de las etapas de convocatoria, registro de participantes, formulación de
consultas y observaciones, absolución de consultas y observaciones e integración de las
bases se realizan conforme a lo establecido en los artículos 71 y 72 (Licitación Pública)
26. Presentación de Ofertas (Reg.)
La presentación de ofertas se realiza de manera electrónica a
través del
convocatoria,
SEACE durante el periodo establecido
salvo que este se posterguede
en la
acuerdo a lo
establecido en la Ley y el presente Reglamento.
Para la admisión de las ofertas, el comité de selección verifica la
presentación de los documentos requeridos en los literales a), b),
c), d) y e) del artículo 52 del reglamento (Contenido mínimo de las
ofertas) y determina si las ofertas responden a las características
y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia. De no
cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
27. Calificación y Evaluación de las
ofertas técnicas (Reg.)
El comité de selección determina si las ofertas técnicas cumplen
los requisitos de calificación previstos en las bases. La oferta que
no cumpla con dichos requisitos es descalificada.
Solo pasan a la etapa de evaluación las ofertas técnicas que
cumplen con lo señalado en el numeral anterior. La evaluación se
realiza conforme a los factores de evaluación enunciados en las
bases.
28. Calificación y Evaluación de las
ofertas técnicas (Reg.)
Las reglas de la evaluación técnica son las siguientes:
a)El comité de selección evalúa las ofertas de acuerdo
con los factores de evaluación previstos en las bases.
b)Las ofertas técnicas que contengan algún tipo de
información que forme parte de la oferta económica
son descalificadas.
c)Las ofertas técnicas que no alcancen el puntaje
mínimo especificado en las bases son descalificadas.
29. Evaluación de Ofertas Económicas (Reg.)
El comité de selección solo evalúa las ofertas económicas de los
postores que alcanzaron el puntaje técnico mínimo y en el caso de
consultoría de obras, rechaza las ofertas que exceden los límites
previstos en el artículo 28 de la Ley (Rechazo de ofertas).
30. El comité de selección evalúa las ofertas económicas, asignando
un puntaje de cien (100) a la oferta de precio más bajo y otorga a
las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus
respectivos precios, según la siguiente fórmula:
Pi = Om xPMP
Oi
Donde:
i = Oferta.
Pi = Puntaje de la oferta a evaluar.
Oi = Precio i
Om = Precio de la oferta más baja.
PMP = Puntaje máximo del precio.
Evaluación de Ofertas Económicas (Reg.)
31. Para determinar el puntaje total de las ofertas, que es el promedio ponderado de
ambas evaluaciones, se aplica la siguiente fórmula:
PTPi = c1PTi + c2 Pei
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
Pti = Puntaje por evaluación técnica del postor i
Pei = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1= Coeficiente de ponderación para la evaluación Técnica c2=
Coeficiente de ponderación para la evaluación Económica
Los coeficientes de ponderación cumplen las siguientes condiciones:
0.80 < c1 <0.90;y
0.10 < c2 <0.20
La suma de ambos coeficientes debe ser igual a la unidad (1.00).
La oferta evaluada como la mejor es la que obtiene el mayor puntaje total.
Evaluación de las ofertas (Reg.)
32. Otorgamiento de la buena pro (Reg.)
Previo al otorgamiento de la buena pro, el comité de selección
revisa las ofertas económicas, de conformidad con lo establecido
para el rechazo de ofertas, previsto en el artículo 68 del
reglamento (Rechazo de ofertas), de ser el caso.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, el
otorgamiento de la buena pro se efectúa siguiendo estrictamente
el siguiente orden:
a) Al postor que haya obtenido el mejor puntaje técnico; o
b) A través desorteo.
Definida la oferta ganadora, el comité de selección otorga la buena
pro, mediante su publicación en el SEACE.
33. Concurso de Proyectos
Arquitectónicos (Reg.)
Definición
El Concurso de Proyectos Arquitectónicos para lase utiliza
la elaboración decontratación de consultorías de obra para
expediente técnico de obras urbanas, edificaciones y afines,
mediante el cual se evalúa la propuesta arquitectónica.
Órgano a cargo del procedimiento de selección
Para el Concurso de Proyectos Arquitectónicos, la Entidad designa
un comité de selección.
Para la evaluación de la propuesta arquitectónica se designa o
contrata a un jurado independiente compuesto por tres (3)
arquitectos de reconocida trayectoria y experiencia profesional.
34. Concurso de Proyectos
Arquitectónicos (Reg.)
Desarrollo del procedimiento
Para el Concurso de Proyectos Arquitectónicos rige lo dispuesto en los
artículos 79 al 84 del reglamento, ( Etapas, convocatoria, presentación de
ofertas, calificación y evaluación de ofertas técnicas, evaluación de ofertas
técnicas y otorgamiento de la buena pro de contratación de consultoría en
general y consultoría de obras) debiendo observarse además losiguiente:
a)La evaluación técnica comprende la asignación de puntaje por el factor
“Propuesta arquitectónica”.
b)El comité de selección asigna puntaje a dicho factor con base a la
decisión vinculante del jurado independiente, la cual consta en el
respectivo informe que se publica en el SEACE conjuntamente con las actas
de evaluación de ofertas.
c)La asignación de puntaje del factor “Propuesta arquitectónica” no es
apelable
35. Licitación Pública y Concurso
Público para Contratación de Servicios en General
CONVOCATORIA
OTORGAMIENTO
DE BUENAPRO
EVALUACION
DE OFERTAS
REGISTRO DE
PARTICIPANTES
FORMULACION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES
Formul. Mínimo 10 días h
PRESENTACION
DE OFERTAS
EVALUACION DE
OFERTAS
CALIFICACION
DE OFERTAS
37
ABSOLUCION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES E
INTEGRACION DE BASES
Absolu. Máximo 5 días h
36. Concurso público para contratación de consultoría
en general y consultoría de obras
CONVOCATORIA
OTORGAMIENTO
DE BUENAPRO
CALIFICACION
DE OFERTAS
REGISTRO DE
PARTICIPANTES
FORMULACION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES
Formul. Mínimo 10 días h
PRESENTACION
DE OFERTAS
EVALUACION DE
OFERTAS
EVALUACION
DE OFERTAS
38
ABSOLUCION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES E
INTEGRACION DE BASES
Absolu. Máximo 5 días h
37. Concurso Público – Concurso de Proyectos
Arquitectónicos
CONVOCATORIA
OTORGAMIENTO
DE BUENAPRO
REGISTRO DE
PARTICIPANTES
FORMULACION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES
Formul. Mínimo 10 días h
PRESENTACION
DE OFERTAS
39
ABSOLUCION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES E
INTEGRACION DE BASES
Absolu. Máximo 5 días h
CALIFICACION
DE OFERTAS
EVALUACION
DE OFERTAS
39. Adjudicación Simplificada (Ley)
La adjudicación simplificada se utiliza
contratación de bienes y servicios, con excepción
para la
de
los servicios a
individuales, así
por consultoresser prestados
como para la ejecución de obras,
cuyo valor estimado o referencial, según corresponda,
se encuentre dentro de los márgenes que establece la
ley de presupuesto del sector público.
40. Etapas de la Adjudicación
Simplificada (Reg.)
La Adjudicación Simplificada para contratar bienes, servicios,
consultoría en general, consultorías de obras y ejecución de obras
contempla las siguientes etapas:
a) Convocatoria.
b) Registro de participantes.
c) Formulación de consultas y observaciones.
d) Absolución de consultas, observaciones e integración de bases.
e) Presentación de ofertas.
f) Evaluación y calificación.
g) Otorgamiento de la buena pro.
Mediante la Adjudicación Simplificada no es posible convocar un
concurso de proyectos arquitectónicos.
41. Procedimiento de la Adjudicación
Simplificada (Reg.)
La Adjudicación Simplificada para la contratación de bienes,
servicios en general y obras se realiza conforme a las reglas
previstas en los artículos 71 al 76 del Reglamento (Etapas de la
Licitación Pública ); en la contratación de consultoría en general y
consultoría de obra, se aplican las disposiciones previstas en los
artículos 80 al 84 del Reglamento (Etapas en el Concurso Público
para la contratación de consultoría en general y consultoría de obra
); en ambos casos se observa lo siguiente:
42. a) El plazo mínimo para formular consultas y observaciones es de
dos (2) días hábiles y el plazo máximo para su absolución e
integración de bases es de dos (2) días hábiles. Para el caso de
ejecución de obras, el plazo mínimo para formularlas es de tres
(3) días hábiles y el plazo máximo para su absolución e
integración de bases es de tres (3) días.
b)No puede solicitarse la elevación de los cuestionamientos al
pliego de absolución de consultas, observaciones e integración de
bases.
c)La presentación de ofertas se efectúa en un plazo mínimo de tres
(3) días hábiles, contados desde la publicación del pliego de
absolución de consultas y observaciones e integración de las
bases.
Procedimiento de la Adjudicación
Simplificada (Reg.)
43. La presentación de las ofertas se realiza
electrónica a través del SEACE durante
de manera
el periodo
establecido en la convocatoria, salvo que este se postergue
establecido en la Ley y el presentede acuerdo a lo
Reglamento.
Presentación de ofertas (Reg.)
44. Solución en caso de empate (Reg.)
Tratándose de bienes, servicios en general y obras en el supuesto de que dos
(2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de prelación de las
ofertas empatadas se efectúa siguiendo estrictamente el siguiente orden:
a)Las microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con
discapacidad o a los consorcios conformados en su totalidad por estas
empresas, siempre que acrediten tener tales condiciones de acuerdo con la
normativa de la materia; o
b)Las microempresas y pequeñas empresas o a los consorcios conformados en
su totalidad por estas, siempre que acrediten tener tal condición de acuerdo
con la normativa de la materia; o
c) A través de sorteo
45. Solución en caso de empate (Reg.)
En el caso de consultorías en general y consultoría de obras en el supuesto que
dos (2) o más ofertas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectúa
observando estrictamente el siguiente orden:
a)Las microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con
discapacidad o a los consorcios conformados en su totalidad por estas
empresas, siempre que acrediten tener tales condiciones de acuerdo con la
normativa de la materia; o
b)Las microempresas y pequeñas empresas o a los consorcios conformados en
su totalidad por estas, siempre que acrediten tener tal condición de acuerdo
con la normativa de la materia; o
c)Al postor que haya obtenido el mejor puntaje técnico;
o
d) A través de sorteo.
46. Adjudicación Simplificada para la contratación de
bienes, servicios en general y obras
CONVOCATORIA
OTORGAMIENTO
DE BUENAPRO
REGISTRO DE
PARTICIPANTES
FORMULACION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES
Formul. Mínimo 2 días h
PRESENTACION
DE OFERTAS
EVALUACION DE
OFERTASEVALUACION Y
CALIFICACION DE
DE OFERTAS
48
ABSOLUCION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES E
INTEGRACION DE BASES
Absolu. Máximo 2 días h
Mín.3
díash.
47. Adjudicación Simplificada para la contratación de
consultoría en general y consultoría de obras
CONVOCATORIA
OTORGAMIENTO
DE BUENAPRO
REGISTRO DE
PARTICIPANTES
FORMULACION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES
Formul. Mínimo 2 días h
PRESENTACION
DE OFERTAS
EVALUACION DE
OFERTASEVALUACION Y
CALIFICACION DE
DE OFERTAS
49
ABSOLUCION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES E
INTEGRACION DE BASES
Absolu. Máximo 2 días h
Mín.3
díash.
48. Adjudicación Simplificada para la ejecución de
obras
CONVOCATORIA
OTORGAMIENTO
DE BUENAPRO
REGISTRO DE
PARTICIPANTES
FORMULACION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES
Formul. Mínimo 3 días h
PRESENTACION
DE OFERTAS
EVALUACION DE
OFERTASEVALUACION Y
CALIFICACION DE
DE OFERTAS
50
ABSOLUCION DE
CONSULTAS Y
OBSERVACIONES E
INTEGRACION DE BASES
Absolu. Máximo 3 días h
Mín.3
díash.
50. Selección de Consultores Individuales
(Ley)
La selección de consultores individuales se utiliza para
la contratación de servicios de
que no se necesita equipos
consultoría en los
de personal niapoyo
profesional adicional, y en tanto la experiencia y las
calificaciones de la persona natural que preste el
servicio son los requisitos primordiales para atender la
necesidad, conforme a lo que establece el reglamento,
dentro
ley de
siempre que su valor estimado se encuentre
de los márgenes que establece la
presupuesto del sector público.
51. Condiciones para el uso de la selección
de consultores individuales (Reg.)
La Entidad puede optar por convocar un
procedimiento de Selección de Consultores
Individuales cuando se cumplan los requisitos
previstos en el artículo 24 de la Ley (Selección de
Consultores Individuales). No se puede convocar
un procedimiento de Selección de Consultores
Individuales para la consultoría de obras.
52. Etapas de la selección de consultores
individuales (Reg.)
La selección de consultores individuales
contempla las siguientes etapas:
1. Convocatoria.
2. Registro de participantes.
3. Recepción de expresiones de interés.
4. Calificación y evaluación.
5. Otorgamiento de la buena pro.
53. Convocatoria (Reg.)
El comité de selección realiza una convocatoria
pública a través del SEACE solicitando la
presentación de expresiones de interés, para lo
cual establece un plazo máximo de
presentación. Dicha convocatoria contiene los
términos de referencia del servicio requerido,
que incluye el perfil del consultor.
54. Recepción de expresiones de interés
(Reg.)
Los participantes presentan a través del SEACE sus
expresiones de interés, dentro del plazo previsto en
la solicitud de expresión de interés, el cual no puede
ser menor de cinco (5) días hábiles contados desde
el día siguiente de la convocatoria, mediante los
formatos requeridos en la solicitud de expresión de
interés, junto con la documentación que sustente
los requisitos de calificación y los factores de
evaluación. La presentación de expresiones de
interés implica la aceptación del precio fijado en los
documentos del procedimiento.
55. Calificación y Evaluación (Reg.)
El comité de selección califica las expresiones de interés, en un
plazo no mayor a tres (3) días hábiles de vencido el plazo para su
recepción, consignando el resultado en acta debidamente
motivada, la que se publica en el SEACE, conjuntamente con el
cronograma de entrevistas personales para la evaluación.
El comité evalúa a los postores calificados asignando puntajes
conforme a los siguientes factores:
a) Experiencia en la especialidad: sesenta (60) puntos.
b) Calificaciones: treinta (30) puntos.
c) Entrevista: diez (10) puntos.
Los criterios de la entrevista son considerados en los documentos
estándar que elabore el OSCE.
56. Otorgamiento de la buena pro (Reg.)
La buena pro se otorga mediante su publicación en
el SEACE, al postor que obtuvo el mejor puntaje, a
más tardar al día hábil siguiente de realizadas las
entrevistas. En el supuesto que dos o más ofertas
empaten el otorgamiento de la buena pro se efectúa
a través de sorteo.
Una vez otorgada la conformidad de la prestación, el
producto de la consultoría es publicado en el portal
institucional de la Entidad contratante, salvo la
información calificada como secreta, confidencial o
reservada por la normativa de la materia.
57. Selección de Consultores Individuales
CONVOCATORIA
OTORGAMIENTO
DE BUENAPRO
REGISTRO DE
PARTICIPANTES
CALIFICACION
Y EVALUACION
Min. 5 días háb.
RECEPCION DE
EXPRESIONES
DE INTERES
59