UNIVERSIDAD ARTURO MICHELENA FACULTAD DE DERECHO DERECHO PENAL II (PARTE ESPECIAL) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  DELITOS CONTRA LAS PERSONAS  PROFESOR: Manuel Trinidade
EL HOMICIDIO SIMPLE  (Artículo 405 del Código Penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  Destrucción de una vida humana   Momento en que comienza la vida humana independiente El ser humano objeto de este delito debe estar vivo   La protección de la vida humana termina con la muerte real  Intención de Matar (animus necandi).  Es irrelevante el error en la persona. La muerte del sujeto pasivo debe ser el resultado, exclusivamente, de la acción u omisión del sujeto activo. Relación de causalidad entre la conducta del agente y el resultado típicamente antijurídico.
EL HOMICIDIO SIMPLE  (Artículo 405 del Código Penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  El sujeto activo y el pasivo es indiferente.   El objeto material   El bien jurídico protegido   La acción   El resultado   La tentativa en el Homicidio  (artículo 80 C.P.V.)  La frustración en el Homicidio Dificultad entre delimitar los actos preparatorios impunes y la tentativa punible . Se delimita a partir del plan del autor y a la descripción de la acción en el tipo legal.
HOMICIDIOS CALIFICADOS  (artículo 406 Código Penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  Homicidio perpetrado por medio de veneno.   Admite los grados de tentativa y de frustración.   Homicidio por medio de incendio.   Conocimiento o no de que en la casa en donde pretende matar a su enemigo también se haya otra persona .   Homicidio por sumersión.   Homicidio cometido mediante la perpetración de algún otro delito contra la conservación de los intereses públicos y privados  (Titulo VII del Libro II del Código Penal) . Homicidio alevoso.   El agente no afronta riesgo alguno ni da al sujeto pasivo la menor posibilidad de defenderse  (art. 77 ordinal 1 CPV). Homicidios por motivos fútiles o innobles .
HOMICIDIOS CALIFICADOS  (artículo 406 Código Penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  7.  Homicidios cometidos en el curso de la ejecución de los delitos previstos en los artículos 451 (hurto simple), 452 (hurtos agravados), 453 (hurtos calificados), 455 (robo), 458 (robo agravado), 460 (secuestro). 8.  Concursos de calificantes.  Ordinal 2do del artículo 406 del código penal. 9.  Parricidio.   El sujeto activo (el descendiente), obre con la intención de matar a su ascendiente y que efectivamente se produzca la muerte de este último.  10.  Filicidio.   11.  Conyugicidio.   12.  Magnicidio.
HOMICIDIOS AGRAVADOS  (artículo 407 Código Penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  Fraticidio.  Es el homicidio intencionalmente cometido en la persona del hermano del agente. Los hermanos pueden ser matrimoniales o extramatrimoniales, ya sea de doble vínculo (hermanos germanos), o de simple vínculo como los consanguíneos o los uterinos. 2. Homicidio agravado previsto en el ordinal 2do del artículo 407 del Código Penal.
DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  EL HOMICIDIO CONCAUSAL  (artículo 408 código penal)   Es menester que el agente tenga la intención de matar al sujeto pasivo . El resultado típicamente antijurídico debe coincidir con la intención del agente. La acción u omisión, considerada aisladamente, debe ser insuficiente para causar la muerte del sujeto pasivo.  La concausa, sea cual fuere, debe constituirse en un elemento activo del resultado típicamente antijurídico.  No admite los grados de tentativa y de frustración.
DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  EL HOMICIDIO CONCAUSAL  (artículo 408 código penal)   Las concausas preexistentes  deben ser desconocidas por el sujeto activo y existen antes de la realización de la acción u omisión del agente Las  concausas supervenientes,  deber ser independientes de su voluntad y se producen después de la acción u omisión del agente.  Clasificación de las concausas preexistentes.  Normales Atípicas Patológicas Clasificación de las concausas supervenientes.  Conducta de la propia víctima Acto de un tercero  Un caso fortuito
EL HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL  (artículo 410 código penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  Homicidio preterintencional propiamente dicho. La voluntad del sujeto activo esta dirigida a causar una lesión.  El resultado que se produce va más allá de su intención.  La conducta del agente debe ser suficiente, por sí sola, para determinar la  muerte de la víctima . Homicidio preterintencional concausal.  La voluntad del sujeto activo esta dirigida a causar una lesión.  El resultado que se produce va más allá de su intención.  La conducta objetiva del agente, por sí sola, no es suficiente para determinar la muerte de la víctima.   Para alcanzar este resultado es necesario que concurra una concausa preexistente o superveniente.
EL HOMICIDIO CULPOSO  (artículo 409 código penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  La Imprudencia.  Constituye una culpa de hacer, en donde el sujeto activo actúa sin buen juicio, moderación, cautela, precaución, o sensatez   La negligencia.   Supone una omisión, un descuido, un no hacer, en el que el sujeto activo deja de realizar una conducta a la que estaba jurídicamente obligado   La Impericia.  Supone una culpa profesional, en la que el sujeto activo carece de la sabiduría, experiencia, práctica, habilidad, conocimientos técnicos o científicos de una determinada profesión, arte u oficio.  El resultado de la muerte del sujeto pasivo ha de ser previsible para el agente.
CASOS PARA SER ANALIZADOS  DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  A infiere a B cinco heridas, con el propósito de lesionarlo. Una vez herido, lo habría podido salvar si lo hubiera llevado a un centro hospitalario. Pero se dice: “Ahora que se muera”, B muere desangrado.  A he decidido matar a B, quien se encuentra en el mismo café, en la mesa del frente, pero dice: “lo mato dentro de una hora, que viva un rato más, yo soy generoso”, además de generoso, es muy extravagante y muy amante de las películas de pistoleros. Saca su revolver y comienza a darle vueltas, como lo ha visto en las películas, y en tal acción se le escapa un tiro causando la muerte de B.
CASOS PARA SER ANALIZADOS  DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  3. A quiere matar a B, para lo cual se apresta comprando veneno, sustancia que mantiene en su poder desde hace ocho días, planeando echarla en el vaso de B el sábado siguiente, a cuyo efecto lo había invitado a unas copas. El día planeado A no puede salir de su casa por presentarse un apagón en toda la ciudad. 4.  A, por odio a un candidato político, dispara sobre una de sus vallas publicitarias en horas de la madrugada, ocasionándole la muerte a B quien por ser indigente dormía detrás de la referida valla.
CASOS PARA SER ANALIZADOS  DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  5. A, en estado de embriaguez, entra en una fuerte discusión con su hijo B y con animo de castigarlo saca un cuchillo y le infiere una herida en su mano izquierda. Debido a que B es hemofílico, posteriormente fallece.  6. A se interna en el bosque en un día de cacería buscando presa. Al cabo de un rato ve mover las ramas y como ello ocurría por el bajadero del venado hacia el río, se apresta a disparar, apunta, acciona y cae B muerto en medio de gritos, quien era un campesino que por allí andaba cogiendo bejuco.
CASOS PARA SER ANALIZADOS  DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL  7. Entre Pedro y Juan se suscitó una fuerte discusión. El tío de Juan, Diego, ahí presente, desenfundó un arma de fuego y la dirigió contra Pedro, pero el disparo hizo blanco en Tomás, quien se interpuso tratando de evitar el problema. 8. A con intención de matar a B, le efectúa un disparo en la cabeza, y luego se de cuenta que se ha equivocado y ha matado a C. 9. A dispara contra B, pero debido a que tiene mala puntería su disparo alcanza a C y le causa la muerte.

Homicidios

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    UNIVERSIDAD ARTURO MICHELENAFACULTAD DE DERECHO DERECHO PENAL II (PARTE ESPECIAL) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL DELITOS CONTRA LAS PERSONAS PROFESOR: Manuel Trinidade
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    EL HOMICIDIO SIMPLE (Artículo 405 del Código Penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL Destrucción de una vida humana Momento en que comienza la vida humana independiente El ser humano objeto de este delito debe estar vivo La protección de la vida humana termina con la muerte real Intención de Matar (animus necandi). Es irrelevante el error en la persona. La muerte del sujeto pasivo debe ser el resultado, exclusivamente, de la acción u omisión del sujeto activo. Relación de causalidad entre la conducta del agente y el resultado típicamente antijurídico.
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    EL HOMICIDIO SIMPLE (Artículo 405 del Código Penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL El sujeto activo y el pasivo es indiferente. El objeto material El bien jurídico protegido La acción El resultado La tentativa en el Homicidio (artículo 80 C.P.V.) La frustración en el Homicidio Dificultad entre delimitar los actos preparatorios impunes y la tentativa punible . Se delimita a partir del plan del autor y a la descripción de la acción en el tipo legal.
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    HOMICIDIOS CALIFICADOS (artículo 406 Código Penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL Homicidio perpetrado por medio de veneno. Admite los grados de tentativa y de frustración. Homicidio por medio de incendio. Conocimiento o no de que en la casa en donde pretende matar a su enemigo también se haya otra persona . Homicidio por sumersión. Homicidio cometido mediante la perpetración de algún otro delito contra la conservación de los intereses públicos y privados (Titulo VII del Libro II del Código Penal) . Homicidio alevoso. El agente no afronta riesgo alguno ni da al sujeto pasivo la menor posibilidad de defenderse (art. 77 ordinal 1 CPV). Homicidios por motivos fútiles o innobles .
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    HOMICIDIOS CALIFICADOS (artículo 406 Código Penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL 7. Homicidios cometidos en el curso de la ejecución de los delitos previstos en los artículos 451 (hurto simple), 452 (hurtos agravados), 453 (hurtos calificados), 455 (robo), 458 (robo agravado), 460 (secuestro). 8. Concursos de calificantes. Ordinal 2do del artículo 406 del código penal. 9. Parricidio. El sujeto activo (el descendiente), obre con la intención de matar a su ascendiente y que efectivamente se produzca la muerte de este último. 10. Filicidio. 11. Conyugicidio. 12. Magnicidio.
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    HOMICIDIOS AGRAVADOS (artículo 407 Código Penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL Fraticidio. Es el homicidio intencionalmente cometido en la persona del hermano del agente. Los hermanos pueden ser matrimoniales o extramatrimoniales, ya sea de doble vínculo (hermanos germanos), o de simple vínculo como los consanguíneos o los uterinos. 2. Homicidio agravado previsto en el ordinal 2do del artículo 407 del Código Penal.
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    DERECHO PENAL II- PARTE ESPECIAL EL HOMICIDIO CONCAUSAL (artículo 408 código penal) Es menester que el agente tenga la intención de matar al sujeto pasivo . El resultado típicamente antijurídico debe coincidir con la intención del agente. La acción u omisión, considerada aisladamente, debe ser insuficiente para causar la muerte del sujeto pasivo. La concausa, sea cual fuere, debe constituirse en un elemento activo del resultado típicamente antijurídico. No admite los grados de tentativa y de frustración.
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    DERECHO PENAL II- PARTE ESPECIAL EL HOMICIDIO CONCAUSAL (artículo 408 código penal) Las concausas preexistentes deben ser desconocidas por el sujeto activo y existen antes de la realización de la acción u omisión del agente Las concausas supervenientes, deber ser independientes de su voluntad y se producen después de la acción u omisión del agente. Clasificación de las concausas preexistentes. Normales Atípicas Patológicas Clasificación de las concausas supervenientes. Conducta de la propia víctima Acto de un tercero Un caso fortuito
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    EL HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL (artículo 410 código penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL Homicidio preterintencional propiamente dicho. La voluntad del sujeto activo esta dirigida a causar una lesión. El resultado que se produce va más allá de su intención. La conducta del agente debe ser suficiente, por sí sola, para determinar la muerte de la víctima . Homicidio preterintencional concausal. La voluntad del sujeto activo esta dirigida a causar una lesión. El resultado que se produce va más allá de su intención. La conducta objetiva del agente, por sí sola, no es suficiente para determinar la muerte de la víctima. Para alcanzar este resultado es necesario que concurra una concausa preexistente o superveniente.
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    EL HOMICIDIO CULPOSO (artículo 409 código penal) DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL La Imprudencia. Constituye una culpa de hacer, en donde el sujeto activo actúa sin buen juicio, moderación, cautela, precaución, o sensatez La negligencia. Supone una omisión, un descuido, un no hacer, en el que el sujeto activo deja de realizar una conducta a la que estaba jurídicamente obligado La Impericia. Supone una culpa profesional, en la que el sujeto activo carece de la sabiduría, experiencia, práctica, habilidad, conocimientos técnicos o científicos de una determinada profesión, arte u oficio. El resultado de la muerte del sujeto pasivo ha de ser previsible para el agente.
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    CASOS PARA SERANALIZADOS DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL A infiere a B cinco heridas, con el propósito de lesionarlo. Una vez herido, lo habría podido salvar si lo hubiera llevado a un centro hospitalario. Pero se dice: “Ahora que se muera”, B muere desangrado. A he decidido matar a B, quien se encuentra en el mismo café, en la mesa del frente, pero dice: “lo mato dentro de una hora, que viva un rato más, yo soy generoso”, además de generoso, es muy extravagante y muy amante de las películas de pistoleros. Saca su revolver y comienza a darle vueltas, como lo ha visto en las películas, y en tal acción se le escapa un tiro causando la muerte de B.
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    CASOS PARA SERANALIZADOS DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL 3. A quiere matar a B, para lo cual se apresta comprando veneno, sustancia que mantiene en su poder desde hace ocho días, planeando echarla en el vaso de B el sábado siguiente, a cuyo efecto lo había invitado a unas copas. El día planeado A no puede salir de su casa por presentarse un apagón en toda la ciudad. 4. A, por odio a un candidato político, dispara sobre una de sus vallas publicitarias en horas de la madrugada, ocasionándole la muerte a B quien por ser indigente dormía detrás de la referida valla.
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    CASOS PARA SERANALIZADOS DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL 5. A, en estado de embriaguez, entra en una fuerte discusión con su hijo B y con animo de castigarlo saca un cuchillo y le infiere una herida en su mano izquierda. Debido a que B es hemofílico, posteriormente fallece. 6. A se interna en el bosque en un día de cacería buscando presa. Al cabo de un rato ve mover las ramas y como ello ocurría por el bajadero del venado hacia el río, se apresta a disparar, apunta, acciona y cae B muerto en medio de gritos, quien era un campesino que por allí andaba cogiendo bejuco.
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    CASOS PARA SERANALIZADOS DERECHO PENAL II - PARTE ESPECIAL 7. Entre Pedro y Juan se suscitó una fuerte discusión. El tío de Juan, Diego, ahí presente, desenfundó un arma de fuego y la dirigió contra Pedro, pero el disparo hizo blanco en Tomás, quien se interpuso tratando de evitar el problema. 8. A con intención de matar a B, le efectúa un disparo en la cabeza, y luego se de cuenta que se ha equivocado y ha matado a C. 9. A dispara contra B, pero debido a que tiene mala puntería su disparo alcanza a C y le causa la muerte.