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¿QUE ES LA ACCION DE TUTELA?
 La acción de tutela, como mecanismo
encargado para la protección de
derechos fundamentales, ha sido
herramienta utilizada por gran parte de
la población más vulnerable, quienes de
manera permanente también se ven
afectados por las acciones u omisiones
de quienes ostentan el poder tanto
público como privado.
INSTRUCCIONES PARA
              INVOCARLA Y OBTENERLA
1.      Acuda en cualquier momento (día hábil o
festivo), ante cualquier juzgado (preferiblemente
un juzgado con jurisdicción en el lugar en donde
ocurrió la violación del derecho) y solicite, en
forma escrita o verbal, acción de tutela para su
(s) derecho (s) vulnerado.
2.      Si usted tiene algún impedimento
personal, haga su solicitud a través de un
intermediario o acuda directamente al defensor
del pueblo.
3.       Adjunte los nombres completos y lugares de
residencia del solicitante y del acusado del agravio; y
mencione los hechos que motivan la solicitud.
4.       Describa los hechos tan claramente como le
sea posible. No necesita llenar ningún formalismo
especial ni conocer o citar noma jurídica alguna
5.       Si el juez correspondiente considera que usted
debe corregir su solicitud o agregar datos, corríjala y
preséntela de nuevo dentro de los tres días siguientes.
6.       Si usted tiene pruebas que puede y quiere
presentar, agréguelas a su solicitud; ya que ellas
podrían ayudar al juez en su investigación y decisión.
Sin embargo, no es indispensable aportar tales
pruebas.
7.      Tenga en cuenta que:
a.      Quien ha sido acusado por usted de violar su
derecho, tiene tres días de plazo para presentar su
defensa.
b.      El juez tiene diez días para dictar su fallo.
8.      Si usted desea impugnar el fallo del juez,
deberá hacerlo dentro de los tres días siguientes a la
decisión del juez.
9.      Si su caso es sometió a segunda instancia
usted deberá esperar el fallo del juez durante un plazo
máximo de veinte días.
10.     Si su caso es sometido a consideración de la
corte constitucional, eta tendrá un plazo hasta tres
meses para revisarlo. (Editores, 1996, pág. 13 a 15)
PRESUPUESTOS DE
                 PROCEDIBILIDAD
1.       Que el derecho involucrado sea un
derecho constitucional fundamentado.
2.       Que ese derecho se haya amenazado o
vulnerado por acción u omisión de un agente
estatal y excepcionalmente por un particular.
3.       Como exigencia negativa y formal, es
necesario que no haya otro medio defensivo de
orden legal. Es por eso que se afirma que la
tutela es un mecanismo subsidiario o accesorio.
(Juan Vega Gómez, 2002, pág. 138 a 140)

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  • 1. ¿QUE ES LA ACCION DE TUTELA? La acción de tutela, como mecanismo encargado para la protección de derechos fundamentales, ha sido herramienta utilizada por gran parte de la población más vulnerable, quienes de manera permanente también se ven afectados por las acciones u omisiones de quienes ostentan el poder tanto público como privado.
  • 2. INSTRUCCIONES PARA INVOCARLA Y OBTENERLA 1. Acuda en cualquier momento (día hábil o festivo), ante cualquier juzgado (preferiblemente un juzgado con jurisdicción en el lugar en donde ocurrió la violación del derecho) y solicite, en forma escrita o verbal, acción de tutela para su (s) derecho (s) vulnerado. 2. Si usted tiene algún impedimento personal, haga su solicitud a través de un intermediario o acuda directamente al defensor del pueblo.
  • 3. 3. Adjunte los nombres completos y lugares de residencia del solicitante y del acusado del agravio; y mencione los hechos que motivan la solicitud. 4. Describa los hechos tan claramente como le sea posible. No necesita llenar ningún formalismo especial ni conocer o citar noma jurídica alguna 5. Si el juez correspondiente considera que usted debe corregir su solicitud o agregar datos, corríjala y preséntela de nuevo dentro de los tres días siguientes. 6. Si usted tiene pruebas que puede y quiere presentar, agréguelas a su solicitud; ya que ellas podrían ayudar al juez en su investigación y decisión. Sin embargo, no es indispensable aportar tales pruebas.
  • 4. 7. Tenga en cuenta que: a. Quien ha sido acusado por usted de violar su derecho, tiene tres días de plazo para presentar su defensa. b. El juez tiene diez días para dictar su fallo. 8. Si usted desea impugnar el fallo del juez, deberá hacerlo dentro de los tres días siguientes a la decisión del juez. 9. Si su caso es sometió a segunda instancia usted deberá esperar el fallo del juez durante un plazo máximo de veinte días. 10. Si su caso es sometido a consideración de la corte constitucional, eta tendrá un plazo hasta tres meses para revisarlo. (Editores, 1996, pág. 13 a 15)
  • 5. PRESUPUESTOS DE PROCEDIBILIDAD 1. Que el derecho involucrado sea un derecho constitucional fundamentado. 2. Que ese derecho se haya amenazado o vulnerado por acción u omisión de un agente estatal y excepcionalmente por un particular. 3. Como exigencia negativa y formal, es necesario que no haya otro medio defensivo de orden legal. Es por eso que se afirma que la tutela es un mecanismo subsidiario o accesorio. (Juan Vega Gómez, 2002, pág. 138 a 140)