Es una presentación de los juicios orales en materia penal específicamente que , nos brinda una breve pero precisa información a lo que es un juicio oral, la reforma penal en México, y si México esta realmente preparado para los juicios orales.
Con esta presentación se pretende dar a conocer como funciona actualmente nuestro sistema acusatorio y como se pretende establecer a un mediano plazo en nuestro país.
2. En México se rige con un esquema de justicia inquisitivo mixto, es decir, con rasgos inquisitivos y
acusatorios.
• Sistema inquisitivo: Sistema de persecución penal en el que están concentradas las facultades
de investigar, acusar y juzgar en un solo individuo, que es el juez. Se caracteriza por ser
formalizado, y por tener procedimientos escritos y reservados.
• *Sistema acusatorio: Sistema acusatorio es aquel sistema de persecución penal en el cual están
separadas las funciones de investigar, acusar y juzgar, permitiendo que el Estado pueda impartir
justicia de manera imparcial.
• En México contamos con juicios mixtos, en los que predomina lo escrito, como lo es en
el sistema inquisitivo, y también se aprecia la argumentación oral, como lo es en el
sistema acusatorio.
3. El propósito de la Reforma, es regular el sistema procesal penal
acusatorio en nuestro derecho mexicano. Así como aplicar diversas
modificaciones al sistema penitenciario y de seguridad pública, con
el fin de dotar al Estado de elementos suficientes que permitan
combatir la criminalidad, la impunidad, así como procurar e impartir
justicia en forma pronta y clara
El nuevo modelo procesal requiere de un cambio trascendental en el
rol de la institución del Ministerio Público en el proceso penal
4. •Establecer un estándar de pruebas para librar una orden de aprehensión.
•Señalar un concepto constitucional de delincuencia organizada y las
excepciones en su tratamiento procesal.
•Crear la figura y establecer las facultades de los jueces de control.
•Señalar mecanismos alternativos de solución de controversias.
•Precisar los requisitos para el auto de vinculación a proceso.
•Establecer las bases jurídicas para el sistema procesal
acusatorio, fortaleciéndose los principios de presunción de inocencia, derechos
de la víctima, cargas procesales, acción privativa.
•Fijar un régimen transitorio en lo que se legisla respecto del nuevo sistema.
Procesal penal acusatoria en la Federación y las Entidades Federativas.
5. *Es una etapa del procedimiento acusatorio adversarial. Este consta de la etapa de
investigación, etapa intermedia y etapa de juicio oral.
*Un juicio oral es una audiencia que se lleva a cabo para decidir la culpabilidad
o inocencia del imputado
*Se inicia con los alegatos de apertura de la defensa y la fiscal.
*Se desahogan las pruebas, se dan los alegatos de clausura y el juzgador
resuelven de manera inmediata sobre la responsabilidad o no del imputado en
el delito
6. 1. Investigación: Establece los hechos y averiguar el delito, asegurar los
testigos y víctimas.
2. Etapa intermedia: Preparación del juicio oral en la que se presentan los
escritos de acusación y defensa.
3. Juicio oral: Se practican las pruebas en el juicio, se interrogan a los
testigos, intervienen peritos, ministerio fiscal, responsables civiles, los
perjudicados, se le concede la palabra al acusado para expresar su última
palabra y el juez dicta la sentencia.
7. Algunos estados que practican los juicios orales son:
*Nuevo León
* Chihuahua
* Oaxaca
* Estado de México
El propósito de la reforma es que a partir del 2016 el país
deje de aplicar el sistema de justicia inquisitorio, basado en
la integración de expedientes escritos, a uno acusatorio
fundamentado en juicios orales públicos.
8. México no está preparado para que el derecho penal se enfrente a los
juicos orales, es necesario que se profesionalice el ministerio público
así como los jueces, para evitar una mala copia de un sistema penal
como el estadunidense. ( Cerisola, 2011)
Los ministerios públicos y los jueces, no están preparados para el
cambio que se busca dar en materia de derecho penal, pese a que éste
se dé paulatinamente, de aquí a 2016.
Aun cuando México tiene instancias legales tan importantes como el
Poder Judicial de la Federación, para dar el paso hacia los juicios orales
no se cuenta con el profesionalismo que ello requiere
9. Como argumenta Enrique Díaz Aranda doctor en Derecho Penal de la
Universidad Complutense de Madrid, España. “México no está preparado
para la realización de los llamados juicios orales, este sistema de oralidad
pretende mejorar la impartición de justicia, sin embargo nuestro país no
cuenta ni con la capacitación ni la estructura en la materia”.
En nuestro país hace falta mayor capacitación de las autoridades
encargadas de la impartición de justicia, así como infraestructura, para que
los juicios orales sean factibles.
actualmente quienes cuentan con mayor preparación en los juicios orales
son los abogados defensores, lo que pone en desventaja a los ministerios
públicos, poco capacitados en el tema.
Ejemplo claro es el del estado de Oaxaca, donde durante el primer año de
poner en marcha los juicios orales, todos los casos fueron perdido por la
fiscalía, lo cual pone de manifestó la falta de capacitación.
10. Nos podemos dar cuenta que los juicios orales en su esencia son de
gran ayuda al agilizar y repartir equitativamente la justicia, pero en
nuestro país hace falta mucha cultura jurídica y capacitación de
nuestras autoridades para poder llevar a cabo este nuevo sistema
adversarial que si bien no es del todo bueno, trae consigo un cambio
favorable a nuestro país, hay que poner énfasis en la capacitación del
ministerio público, jueces y demás instancias encargadas de la
repartición de justicia para que pueda funcionar sin problema
alguno.