Este documento resume las teorías de la imputación objetiva según Claus Roxin y Gunther Jakobs. Roxin propuso criterios como la disminución del riesgo, la creación de un riesgo jurídicamente relevante y la esfera de protección de la norma. Jakobs planteó cuatro instituciones: el riesgo permitido, el principio de confianza, la prohibición de regreso y la actuación a riesgo propio de la víctima. Ambos autores buscaron restringir el concepto ilimitado de causalidad
La teoría de la imputación objetiva busca determinar si un resultado puede ser atribuido a la conducta de un individuo. Para ello, se debe establecer si dicha conducta creó un riesgo jurídicamente desaprobado que se materializó en el resultado. No hay imputación cuando no se creó un riesgo relevante, el riesgo creado estaba permitido, o el resultado no está cubierto por la norma que se busca proteger. La teoría fue desarrollada por autores alemanes como Roxin y se utiliza cada vez más en la
Este documento resume las teorías sobre el comienzo de la tentativa en el derecho penal. Discute cuándo se considera que una acción pasa de ser preparatoria a ejecutiva (tentativa). La teoría preferible es la de la "inmediatez", que requiere que entre la acción realizada y la acción típica no existan eslabones intermedios esenciales. Para aplicar este criterio, es fundamental conocer la representación del autor sobre el hecho, para determinar si un acto está relacionado de forma inmediata con el acto típ
El documento resume la Teoría de los derechos fundamentales del autor alemán Robert Alexy. Alexy propone investigar las estructuras de conceptos como los derechos fundamentales mediante un análisis lógico. Distingue tres tipos de posiciones jurídicas: derechos a algo, libertad jurídica y competencias. Explica que cuando los principios entran en conflicto deben ser ponderados para determinar cuál debe prevalecer. Su teoría busca dar respuestas racionales a las cuestiones sobre derechos fundamentales libres de
Este documento presenta una introducción a la Teoría General del Delito. Expone las características y funciones del Derecho Penal, así como conceptos clave como la tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad. También describe teorías de la pena como la prevención general y especial, y principios como el de legalidad, intervención mínima y culpabilidad. En resumen, provee una visión general de los elementos y conceptos fundamentales de la Teoría del Delito.
Este documento presenta una introducción al derecho penal. Define el derecho como un conjunto de normas que rigen la conducta humana y pueden imponerse mediante la fuerza del Estado. Define el derecho penal como la rama del derecho público interno relativa a delitos, penas y medidas de seguridad, con el objetivo de crear y conservar el orden social. Distingue entre el sentido objetivo y subjetivo del derecho penal. También distingue entre el derecho penal sustantivo y adjetivo. Finalmente, presenta una breve descripción de las principales escuel
Este documento resume las causas de justificación en el derecho penal, que son circunstancias que excluyen la antijuricidad de una conducta. Describe 12 causas de justificación: ausencia de conducta, atipicidad, legítima defensa, estado de necesidad, obediencia jerárquica, cumplimiento de un deber, consentimiento, impedimento legítimo, inimputabilidad, error, inexigibilidad de otra conducta y caso fortuito.
Este documento presenta un resumen de las principales teorías del delito. Expone conceptos como tipicidad, antijuricidad, culpabilidad y diferentes teorías como el causalismo, causalismo valorativo, irracionalismo y finalismo. También describe las garantías penales y procesales de un Estado democrático como la legalidad, necesidad y culpabilidad.
La teoría de la imputación objetiva busca determinar si un resultado puede ser atribuido a la conducta de un individuo. Para ello, se debe establecer si dicha conducta creó un riesgo jurídicamente desaprobado que se materializó en el resultado. No hay imputación cuando no se creó un riesgo relevante, el riesgo creado estaba permitido, o el resultado no está cubierto por la norma que se busca proteger. La teoría fue desarrollada por autores alemanes como Roxin y se utiliza cada vez más en la
Este documento resume las teorías sobre el comienzo de la tentativa en el derecho penal. Discute cuándo se considera que una acción pasa de ser preparatoria a ejecutiva (tentativa). La teoría preferible es la de la "inmediatez", que requiere que entre la acción realizada y la acción típica no existan eslabones intermedios esenciales. Para aplicar este criterio, es fundamental conocer la representación del autor sobre el hecho, para determinar si un acto está relacionado de forma inmediata con el acto típ
El documento resume la Teoría de los derechos fundamentales del autor alemán Robert Alexy. Alexy propone investigar las estructuras de conceptos como los derechos fundamentales mediante un análisis lógico. Distingue tres tipos de posiciones jurídicas: derechos a algo, libertad jurídica y competencias. Explica que cuando los principios entran en conflicto deben ser ponderados para determinar cuál debe prevalecer. Su teoría busca dar respuestas racionales a las cuestiones sobre derechos fundamentales libres de
Este documento presenta una introducción a la Teoría General del Delito. Expone las características y funciones del Derecho Penal, así como conceptos clave como la tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad. También describe teorías de la pena como la prevención general y especial, y principios como el de legalidad, intervención mínima y culpabilidad. En resumen, provee una visión general de los elementos y conceptos fundamentales de la Teoría del Delito.
Este documento presenta una introducción al derecho penal. Define el derecho como un conjunto de normas que rigen la conducta humana y pueden imponerse mediante la fuerza del Estado. Define el derecho penal como la rama del derecho público interno relativa a delitos, penas y medidas de seguridad, con el objetivo de crear y conservar el orden social. Distingue entre el sentido objetivo y subjetivo del derecho penal. También distingue entre el derecho penal sustantivo y adjetivo. Finalmente, presenta una breve descripción de las principales escuel
Este documento resume las causas de justificación en el derecho penal, que son circunstancias que excluyen la antijuricidad de una conducta. Describe 12 causas de justificación: ausencia de conducta, atipicidad, legítima defensa, estado de necesidad, obediencia jerárquica, cumplimiento de un deber, consentimiento, impedimento legítimo, inimputabilidad, error, inexigibilidad de otra conducta y caso fortuito.
Este documento presenta un resumen de las principales teorías del delito. Expone conceptos como tipicidad, antijuricidad, culpabilidad y diferentes teorías como el causalismo, causalismo valorativo, irracionalismo y finalismo. También describe las garantías penales y procesales de un Estado democrático como la legalidad, necesidad y culpabilidad.
La confirmación es un acto por el que se sanea a uno anterior que adolece de alguna causal de nulidad relativa. De esta manera, el acto saneado queda librado de todo riesgo futuro de impugnabilidad, resultando plenamente valido.
El documento resume los conceptos de antijuridicidad formal y material, y explica la relación entre el tipo penal y la antijuridicidad. También describe el contenido de la antijuridicidad en términos del desvalor de la acción y del resultado. Finalmente, explica las causas de justificación, sus efectos como eximir de responsabilidad, y que un error sobre sus presupuestos objetivos excluye el dolo.
El documento explica varias excepciones procesales en el derecho peruano. Brevemente resume algunas excepciones como la incompetencia, que denuncia cuando un juez no es competente para un caso; la prescripción extintiva, que se plantea cuando ha pasado mucho tiempo y ya no se puede interponer una acción; y las costas y multas que puede imponer un juez si declara infundada una excepción.
TEORIA DEL FUNCIONALISMO DE CLAUS ROXIN Y DE GÚNTHER JAKOBS.pdfALEJANDROLAVERIANOMA1
Este documento describe las teorías funcionalistas del derecho penal de Claus Roxin y Günther Jakobs. Roxin propone un enfoque funcional moderado que mantiene la estructura tripartita del delito pero incorpora criterios de política criminal. Jakobs defiende un funcionalismo radical basado en explicar el derecho penal a partir del funcionamiento de la sociedad y las personas. Ambos enfoques divergen en su metodología, siendo el de Roxin más aceptado por sus implicaciones políticas y soluciones prácticas a problemas de dogmática penal.
Semana 06 de derecho constitucional(1) (1)Luis Acosta
El documento discute la interpretación constitucional. Explica que la interpretación constitucional implica asignar significado a las normas constitucionales para resolver problemas y aplicar las normas. También describe diferentes criterios para la interpretación constitucional como la interpretación amplia, el sentido común de las palabras, y la armonización de las disposiciones. Además, menciona los objetivos de la jurisdicción constitucional como afirmar la soberanía constitucional y proteger los derechos fundamentales.
Este documento presenta un resumen del concepto y principios del derecho penal desde una perspectiva sociológica y jurídica. Explica que el derecho penal es un medio de control social y establece normas sobre conductas delictivas y sus penas. Luego describe principios como legalidad, proporcionalidad, culpabilidad y territorialidad que rigen el derecho penal.
La antijuridicidad significa una conducta contraria a las normas jurídicas, mientras que lo injusto incluye la acción típica y antijurídica. Una conducta puede ser formalmente antijurídica al contravenir una prohibición legal, y materialmente antijurídica al causar un daño social. La antijuridicidad permite graduaciones del injusto y sirve para interpretar el tipo y ponderar intereses.
Este documento resume la teoría general del proceso y el derecho procesal. La teoría general del proceso estudia los conceptos y principios comunes a todo proceso jurisdiccional, como la competencia, la acción, y las pruebas. Del derecho procesal regulan la actividad jurisdiccional del estado para aplicar las leyes sustantivas y comprende la organización del poder judicial, la determinación de competencia de los funcionarios, y las normas que regulan la situación del juez y las partes en el proceso.
En la teoría del delito es fundamental conocer y profundizar los aspectos del error de prohibición, que tienen consecuencias en la culpabilidad, a propósito del Còdigo Penal del 2007 de la República de Panamá.
El documento resume la evolución del derecho penal a través de la historia. Comienza con las primeras leyes no codificadas como el Código de Hammurabi que establecían castigos desproporcionados. Luego se desarrollan principios como la distinción entre acciones intencionales y culposas, la tentativa y el delito consumado. Finalmente, se llega a sistemas modernos basados en la culpabilidad, proporcionalidad de penas y legalidad.
Se denomina imputación objetiva a aquella que delimita la responsabilidad penal por un resultado ya en el tipo objetivo.
La fórmula básica que utiliza la imputación objetiva es la siguiente:
"Un resultado es objetivamente imputable, cuando el autor ha creado un riesgo no permitido, el cual se realiza en el resultado típico en su configuración concreta y se encuentra dentro del ámbito de protección de la norma".
Curso teoría del delito icalp jorge valdaJorge Valda
El documento presenta una introducción a la teoría del delito. Brevemente resume:
1) La teoría del delito es fundamental para entender correctamente qué conductas constituyen delitos y cuáles no.
2) Existen diferentes teorías como la teoría causalista que se enfoca en los resultados y la teoría finalista que considera la intención.
3) La conducta humana es un elemento esencial, siendo la voluntad un componente fundamental para que haya acción y responsabilidad penal.
El documento trata sobre la inimputabilidad en el código penal español. Explica que son inimputables los menores de 18 años, personas con anomalías o alteraciones psíquicas que no puedan comprender la ilicitud de sus actos, personas intoxicadas que no buscaron la intoxicación, y personas que actuaron en legítima defensa, estado de necesidad o por miedo insuperable. También habla sobre los estados pasionales como atenuantes de responsabilidad.
Este documento resume los principios de aplicación espacial, temporal y personal de la ley penal. En cuanto a la aplicación espacial, se rige principalmente por el principio de territorialidad, además de excepciones como la personalidad, protección y justicia universal. En la aplicación temporal prima el principio de irretroactividad de la ley más favorable. Y en lo personal, se aplica igualitaria y taxativamente, reconociendo privilegios como la inmunidad e inviolabilidad para ciertos funcionarios.
Este documento trata sobre conceptos básicos de derecho penal como objetivos, fuentes, delitos y faltas. Explica que el derecho penal busca promover el respeto a los bienes jurídicos y establece regulaciones y castigos para delitos y faltas. Define delitos como acciones u omisiones voluntarias o imprudentes contrarias a la ley, mientras que las faltas son ilícitos penales de menor intensidad. También distingue entre delitos de acción pública que requieren investigación estatal y delitos de acción priv
El documento describe los requisitos y procedimientos para constituirse como actor civil en un proceso penal en Perú. Un actor civil solo puede ejercer una acción reparatoria si resulta perjudicado por el delito. Debe presentar una solicitud ante el juez de investigación preparatoria que incluya detalles sobre su identidad, el delito y los daños sufridos, así como pruebas que acrediten su derecho. El juez resolverá la solicitud dentro de los tres días siguientes.
El documento describe las diferentes fases del iter criminis o camino del delito. Consta de una fase interna de concepción del delito, una fase intermedia de manifestación externa de la intención delictiva, y una fase externa de ejecución del delito. La fase interna incluye la ideación, deliberación y decisión, pero sus actos no son punibles por ocurrir en la mente. La fase intermedia comprende actos preparatorios como conspiración o amenazas que pueden ser punibles. La fase externa abarca
Este documento resume el recurso de casación en Venezuela. Explica que es un recurso extraordinario que busca invalidar resoluciones judiciales que hayan aplicado incorrectamente la ley y reemplazarlas por otra resolución. Detalla los requisitos, características y procedimientos del recurso de casación, incluyendo las causales en las que se puede interponer, los plazos, efectos y posibles resultados.
Este documento presenta resumidamente cinco visiones generales del derecho: formalismo jurídico, positivismo jurídico, realismo jurídico, jusnaturalismo y escepticismo jurídico. Describe los rasgos característicos de cada visión y menciona algunos de sus principales exponentes como Kelsen, Hart, Frank, Lewellyn, Radbruch y Finnis. El documento ofrece una introducción general a estas diferentes formas de entender la naturaleza y función del derecho.
Este documento resume la teoría de la imputación objetiva en derecho penal. Explica que esta teoría propone una serie de criterios normativos para determinar cuándo un resultado puede atribuirse a la acción de un autor y cuándo no, independientemente de los datos subjetivos. Estos criterios se basan en el sistema funcionalista teleológico y buscan corregir los problemas que surgen de aplicar teorías puramente causales de la causalidad en derecho penal. La teoría de la imputación objetiva es defendida por autores como Claus Ro
Imputacion objetiva del comportamiento y algunas ref lexiones sobre la impu...Denis A. Aguilar Cabrera
Este documento discute el concepto de "riesgo permitido" en derecho penal. Explica que ciertos riesgos son tolerados por la sociedad debido a su necesidad para el desarrollo social. Señala que para determinar si un comportamiento crea un riesgo jurídicamente relevante, se debe analizar si respeta los deberes de diligencia y los límites de un riesgo razonable desde la perspectiva de una persona promedio. También discute que incrementar el riesgo permitido más allá de esos límites razonables puede dar lugar a
La confirmación es un acto por el que se sanea a uno anterior que adolece de alguna causal de nulidad relativa. De esta manera, el acto saneado queda librado de todo riesgo futuro de impugnabilidad, resultando plenamente valido.
El documento resume los conceptos de antijuridicidad formal y material, y explica la relación entre el tipo penal y la antijuridicidad. También describe el contenido de la antijuridicidad en términos del desvalor de la acción y del resultado. Finalmente, explica las causas de justificación, sus efectos como eximir de responsabilidad, y que un error sobre sus presupuestos objetivos excluye el dolo.
El documento explica varias excepciones procesales en el derecho peruano. Brevemente resume algunas excepciones como la incompetencia, que denuncia cuando un juez no es competente para un caso; la prescripción extintiva, que se plantea cuando ha pasado mucho tiempo y ya no se puede interponer una acción; y las costas y multas que puede imponer un juez si declara infundada una excepción.
TEORIA DEL FUNCIONALISMO DE CLAUS ROXIN Y DE GÚNTHER JAKOBS.pdfALEJANDROLAVERIANOMA1
Este documento describe las teorías funcionalistas del derecho penal de Claus Roxin y Günther Jakobs. Roxin propone un enfoque funcional moderado que mantiene la estructura tripartita del delito pero incorpora criterios de política criminal. Jakobs defiende un funcionalismo radical basado en explicar el derecho penal a partir del funcionamiento de la sociedad y las personas. Ambos enfoques divergen en su metodología, siendo el de Roxin más aceptado por sus implicaciones políticas y soluciones prácticas a problemas de dogmática penal.
Semana 06 de derecho constitucional(1) (1)Luis Acosta
El documento discute la interpretación constitucional. Explica que la interpretación constitucional implica asignar significado a las normas constitucionales para resolver problemas y aplicar las normas. También describe diferentes criterios para la interpretación constitucional como la interpretación amplia, el sentido común de las palabras, y la armonización de las disposiciones. Además, menciona los objetivos de la jurisdicción constitucional como afirmar la soberanía constitucional y proteger los derechos fundamentales.
Este documento presenta un resumen del concepto y principios del derecho penal desde una perspectiva sociológica y jurídica. Explica que el derecho penal es un medio de control social y establece normas sobre conductas delictivas y sus penas. Luego describe principios como legalidad, proporcionalidad, culpabilidad y territorialidad que rigen el derecho penal.
La antijuridicidad significa una conducta contraria a las normas jurídicas, mientras que lo injusto incluye la acción típica y antijurídica. Una conducta puede ser formalmente antijurídica al contravenir una prohibición legal, y materialmente antijurídica al causar un daño social. La antijuridicidad permite graduaciones del injusto y sirve para interpretar el tipo y ponderar intereses.
Este documento resume la teoría general del proceso y el derecho procesal. La teoría general del proceso estudia los conceptos y principios comunes a todo proceso jurisdiccional, como la competencia, la acción, y las pruebas. Del derecho procesal regulan la actividad jurisdiccional del estado para aplicar las leyes sustantivas y comprende la organización del poder judicial, la determinación de competencia de los funcionarios, y las normas que regulan la situación del juez y las partes en el proceso.
En la teoría del delito es fundamental conocer y profundizar los aspectos del error de prohibición, que tienen consecuencias en la culpabilidad, a propósito del Còdigo Penal del 2007 de la República de Panamá.
El documento resume la evolución del derecho penal a través de la historia. Comienza con las primeras leyes no codificadas como el Código de Hammurabi que establecían castigos desproporcionados. Luego se desarrollan principios como la distinción entre acciones intencionales y culposas, la tentativa y el delito consumado. Finalmente, se llega a sistemas modernos basados en la culpabilidad, proporcionalidad de penas y legalidad.
Se denomina imputación objetiva a aquella que delimita la responsabilidad penal por un resultado ya en el tipo objetivo.
La fórmula básica que utiliza la imputación objetiva es la siguiente:
"Un resultado es objetivamente imputable, cuando el autor ha creado un riesgo no permitido, el cual se realiza en el resultado típico en su configuración concreta y se encuentra dentro del ámbito de protección de la norma".
Curso teoría del delito icalp jorge valdaJorge Valda
El documento presenta una introducción a la teoría del delito. Brevemente resume:
1) La teoría del delito es fundamental para entender correctamente qué conductas constituyen delitos y cuáles no.
2) Existen diferentes teorías como la teoría causalista que se enfoca en los resultados y la teoría finalista que considera la intención.
3) La conducta humana es un elemento esencial, siendo la voluntad un componente fundamental para que haya acción y responsabilidad penal.
El documento trata sobre la inimputabilidad en el código penal español. Explica que son inimputables los menores de 18 años, personas con anomalías o alteraciones psíquicas que no puedan comprender la ilicitud de sus actos, personas intoxicadas que no buscaron la intoxicación, y personas que actuaron en legítima defensa, estado de necesidad o por miedo insuperable. También habla sobre los estados pasionales como atenuantes de responsabilidad.
Este documento resume los principios de aplicación espacial, temporal y personal de la ley penal. En cuanto a la aplicación espacial, se rige principalmente por el principio de territorialidad, además de excepciones como la personalidad, protección y justicia universal. En la aplicación temporal prima el principio de irretroactividad de la ley más favorable. Y en lo personal, se aplica igualitaria y taxativamente, reconociendo privilegios como la inmunidad e inviolabilidad para ciertos funcionarios.
Este documento trata sobre conceptos básicos de derecho penal como objetivos, fuentes, delitos y faltas. Explica que el derecho penal busca promover el respeto a los bienes jurídicos y establece regulaciones y castigos para delitos y faltas. Define delitos como acciones u omisiones voluntarias o imprudentes contrarias a la ley, mientras que las faltas son ilícitos penales de menor intensidad. También distingue entre delitos de acción pública que requieren investigación estatal y delitos de acción priv
El documento describe los requisitos y procedimientos para constituirse como actor civil en un proceso penal en Perú. Un actor civil solo puede ejercer una acción reparatoria si resulta perjudicado por el delito. Debe presentar una solicitud ante el juez de investigación preparatoria que incluya detalles sobre su identidad, el delito y los daños sufridos, así como pruebas que acrediten su derecho. El juez resolverá la solicitud dentro de los tres días siguientes.
El documento describe las diferentes fases del iter criminis o camino del delito. Consta de una fase interna de concepción del delito, una fase intermedia de manifestación externa de la intención delictiva, y una fase externa de ejecución del delito. La fase interna incluye la ideación, deliberación y decisión, pero sus actos no son punibles por ocurrir en la mente. La fase intermedia comprende actos preparatorios como conspiración o amenazas que pueden ser punibles. La fase externa abarca
Este documento resume el recurso de casación en Venezuela. Explica que es un recurso extraordinario que busca invalidar resoluciones judiciales que hayan aplicado incorrectamente la ley y reemplazarlas por otra resolución. Detalla los requisitos, características y procedimientos del recurso de casación, incluyendo las causales en las que se puede interponer, los plazos, efectos y posibles resultados.
Este documento presenta resumidamente cinco visiones generales del derecho: formalismo jurídico, positivismo jurídico, realismo jurídico, jusnaturalismo y escepticismo jurídico. Describe los rasgos característicos de cada visión y menciona algunos de sus principales exponentes como Kelsen, Hart, Frank, Lewellyn, Radbruch y Finnis. El documento ofrece una introducción general a estas diferentes formas de entender la naturaleza y función del derecho.
Este documento resume la teoría de la imputación objetiva en derecho penal. Explica que esta teoría propone una serie de criterios normativos para determinar cuándo un resultado puede atribuirse a la acción de un autor y cuándo no, independientemente de los datos subjetivos. Estos criterios se basan en el sistema funcionalista teleológico y buscan corregir los problemas que surgen de aplicar teorías puramente causales de la causalidad en derecho penal. La teoría de la imputación objetiva es defendida por autores como Claus Ro
Imputacion objetiva del comportamiento y algunas ref lexiones sobre la impu...Denis A. Aguilar Cabrera
Este documento discute el concepto de "riesgo permitido" en derecho penal. Explica que ciertos riesgos son tolerados por la sociedad debido a su necesidad para el desarrollo social. Señala que para determinar si un comportamiento crea un riesgo jurídicamente relevante, se debe analizar si respeta los deberes de diligencia y los límites de un riesgo razonable desde la perspectiva de una persona promedio. También discute que incrementar el riesgo permitido más allá de esos límites razonables puede dar lugar a
Este documento analiza la teoría del "Derecho Penal del Enemigo" propuesta por Günther Jakobs. Sostiene que ciertos delincuentes recurrentes deben ser tratados como "enemigos" de la sociedad y no como personas, permitiendo castigos desproporcionados y limitando sus garantías. Sin embargo, esto plantea problemas con los derechos fundamentales. El documento también examina cómo esta teoría ha sido recibida por otros autores y cómo algunas leyes parecen aplicar sus características de manera encubierta.
Jakobs, günther & meliá, manuel cancio derecho penal del enemigomelgario
Este documento presenta dos contribuciones sobre el concepto de "Derecho penal del enemigo". Günther Jakobs analiza cómo la persona ha degenerado en algunos casos a un mero postulado, apareciendo la figura del individuo peligroso o enemigo. Manuel Cancio Meliá critica que lo que se denomina "Derecho penal del enemigo" no puede considerarse realmente Derecho penal, sino medidas de excepción. Ambos autores comparten el diagnóstico pero difieren en las consecuencias, siendo el objetivo de la publicación
Libro taller hans kelsen.la imputacion objetivaMonica Ascurra
El documento presenta siete trabajos académicos sobre la teoría de la imputación objetiva en derecho penal. Los autores analizan conceptos como normativismo, causalidad, tipicidad, culpabilidad e imputabilidad desde diferentes perspectivas teóricas.
Este documento presenta una introducción al derecho penal constitucional en 3 oraciones. Explica que el derecho penal constitucional comprende los principios generales y valores de la constitución así como las normas referidas al sistema penal. Además, describe los principios fundamentales del derecho penal como la legalidad, reserva, lesividad, culpabilidad y proporcionalidad de las penas que buscan proteger los derechos humanos.
13 imputacion objetiva_algunas_consideraciones_doctrinales[1]Gorki Catacora Jara
Este documento trata sobre la teoría de la imputación objetiva en derecho penal. Explica las diferentes teorías sobre la noción de acción, como la teoría causal, finalista y cognitiva. Luego analiza conceptos clave de la imputación objetiva como el riesgo permitido y la prohibición de regreso. Finalmente, examina cómo se aplica la imputación objetiva al análisis del comportamiento y el resultado. El documento provee una introducción histórica y metodológica a este tema complejo de la teoría del delito.
Este documento describe los diferentes sistemas para analizar los elementos de una acción en derecho penal: el sistema causalista, finalista y funcionalista. Según el sistema causalista, una acción requiere el movimiento voluntario de una persona y una relación causal entre ese movimiento y el resultado. El sistema finalista considera que una acción debe estar dirigida a un fin consciente. El sistema funcionalista se enfoca en si la acción refleja la personalidad del autor. La doctrina mayoritaria requiere la voluntad, manifestación exterior y producción de un resultado típico. El
Este documento resume los conceptos fundamentales de la culpabilidad y su aspecto negativo (inculpabilidad) en el derecho penal. Explica que la culpabilidad es el elemento subjetivo del delito y requiere la voluntad y el conocimiento del autor. Describe los grados de culpabilidad (dolo y culpa), sus elementos y clases. También analiza las causas de inculpabilidad como el error esencial de hecho invencible y las eximentes putativas.
La imputación necesaria influye en el sistema procesal penal de tres maneras: 1) Es un derecho fundamental que protege al acusado al requerir que se le informe de manera clara y precisa sobre los cargos en su contra; 2) Da origen al proceso contradictorio y de defensa al permitir que el acusado se defienda de una imputación específica; 3) Es un requisito para la validez de las resoluciones judiciales al requerir que éstas se sustenten en hechos, calificación jurídica y pruebas concret
La teoría del delito ha evolucionado partiendo desde una concepción Causalista, Neoclásica, Finalista, hasta las posturas de la Teoría Funcionalista, tema que es fundamental al estudiar el delito.
El funcionalismo es una teoría sociológica surgida en los años 1930 en Inglaterra que estudia cómo los elementos de una sociedad, como los medios de comunicación, funcionan para mantener el orden establecido. Según esta teoría, los medios deben satisfacer necesidades como estandarizar fenómenos sociales, esclarecer modos de vida, y analizar funciones repetidas. Los medios también se consideran transmisores de la identidad cultural y herramienta para vigilar y controlar a la sociedad.
El documento explica el funcionalismo como una corriente teórica en sociología que ve a las sociedades como sistemas que se autorregulan para mantener el orden establecido. La teoría funcionalista propone que las sociedades tienen mecanismos para regular conflictos y normas de conducta que varían según los medios disponibles. El funcionalismo surgió en los 1930 en Inglaterra y sus principales exponentes fueron Émile Durkheim y Talcott Parsons. Durkheim es considerado el principal exponente por su uso amplio del concepto de función para explic
La Unión Europea ha anunciado nuevas sanciones contra Rusia por su invasión de Ucrania. Las sanciones incluyen prohibiciones de viaje y congelamiento de activos para más funcionarios rusos, así como restricciones a las importaciones de productos rusos de acero y tecnología. Los líderes de la UE esperan que estas medidas adicionales aumenten la presión sobre Rusia para poner fin a su guerra contra Ucrania.
Este documento presenta cuatro esquemas diferentes para clasificar los elementos de un delito: 1) Esquema clásico causalista, 2) Esquema neoclásico valorativo, 3) Esquema finalista ontológico, y 4) Esquema funcionalista teleológico. Cada esquema organiza los elementos de acto, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad de manera diferente.
Direito penal - Parte Geral - Profa. Cristiane Dupretcrisdupret
Este documento fornece informações sobre direito penal brasileiro, incluindo princípios como legalidade e anterioridade, tipos de participação criminal e espécies de penas.
a) La teoría del delito estudia todos los elementos que lo constituyen para comprenderlo como una unidad total. Estos elementos son la acción, tipicidad, culpabilidad y punibilidad.
b) El delito tiene sujetos como el pasivo y activo, y objetos como el material y jurídico, que es la norma o interés violado.
c) La tipicidad es el encuadramiento de la conducta al tipo penal, la culpabilidad son las circunstancias del autor, y la punibilidad caracteriza la acción delictiva.
Este documento resume las definiciones de derecho penal según diferentes autores y describe las características y evolución histórica de este campo del derecho. Explica que el derecho penal se refiere al delincuente, el delito y la pena, y que ha evolucionado de un enfoque de venganza privada a uno más humanitario y científico. También resume las principales escuelas penales, la clásica y la positiva, y sus diferentes postulados sobre la naturaleza del delito y la responsabilidad.
El documento habla sobre polígonos y cuerpos geométricos. Explica que los polígonos se clasifican por el número de lados, como triángulos, cuadriláteros y pentágonos. Luego describe los tipos de triángulos y cuadriláteros según sus lados y ángulos. También cubre cómo calcular el perímetro y área de triángulos y cuadriláteros. Por último, define prismas, pirámides, cilindros, conos y esferas.
Este documento presenta un resumen de las teorías de la imputación objetiva propuestas por Claus Roxin y Günther Jakobs. Roxin propuso que la imputación objetiva debe basarse en si la conducta del autor creó un riesgo no permitido y si ese riesgo se materializó en el resultado. Jakobs criticó las teorías basadas en la causalidad y propuso que la imputación debe analizarse desde la perspectiva del papel social y contextual de cada persona. Ambos autores desarrollaron criterios como la creación de riesgo no
Este documento analiza la teoría de la imputación objetiva en derecho penal. Según esta teoría, para que un resultado sea imputable objetivamente al autor, este debe haber creado un riesgo jurídicamente no permitido que se haya materializado en dicho resultado. La teoría de la imputación objetiva es controversial ya que para imponer una pena se requiere establecer la culpabilidad del autor, lo cual es parte del principio de culpabilidad. El documento explora los fundamentos y desarrollos de esta teoría según diferentes autores.
Aplicación de los criterios de imputación objetiva al delito culposo de lesiónCarlos Londoño Mölner
Este documento discute la aplicación de los criterios de imputación objetiva al delito culposo de lesiones. Explica que la imputación objetiva se ha convertido en la doctrina dominante para determinar la responsabilidad penal en delitos de resultado como lesiones culposas. Analiza criterios como la creación de riesgo, la realización del riesgo y el ámbito de protección de la norma para evaluar si un resultado puede imputarse objetivamente al autor. También examina conceptos como el riesgo permitido y los límites de la autopuesta en peligro
El documento trata sobre la tentativa de delito y el desistimiento. Explica que la tentativa consiste en actos dirigidos a cometer un delito sin lograr la consumación. Se castiga para prevenir delitos y proteger bienes jurídicos. Se diferencia la tentativa inacabada de la acabada. También cubre teorías que fundamentan el castigo de la tentativa, límites, y definiciones de tentativa idónea e inidónea.
El documento presenta un resumen de la teoría del delito funcionalista moderada de Claus Roxin. Esta teoría propone que la acción es una manifestación de la personalidad, el tipo es un elemento de enlace sistemático y el injusto reemplaza a la antijuridicidad. La culpabilidad y responsabilidad consideran la imputabilidad, necesidad preventiva y fin preventivo especial. La imputación objetiva y ampliación de la culpabilidad a la responsabilidad son dos piezas centrales de esta concepción funcionalista moderada.
Presentacion power ENJ-300: Curso Teoría General del Delito. Módulo VII: La T...ENJ
El documento resume la teoría de la tentativa de delito. Explica que la tentativa consiste en actos dirigidos a producir un resultado prohibido por la ley sin lograr la consumación. Se justifica el castigo de la tentativa y los actos preparatorios por razones preventivas. También define los límites del castigo de la tentativa y las excepciones. Explora las teorías subjetivas, objetivas y mixtas que fundamentan su castigo y cómo se regula en el Código Penal Dominicano. Por último, analiza los aspectos objetivos de no incl
de la imputacion objetiva en la jurisprudencia peruAlfonso Azpeitia
Este documento presenta un resumen de la teoría de la imputación objetiva y analiza su desarrollo en la jurisprudencia peruana a partir de 2011. Introduce la teoría, sus orígenes y antecedentes. Explica que la teoría de la imputación objetiva busca limitar la responsabilidad penal a aquellos casos donde se crea un riesgo jurídicamente relevante para el bien jurídico protegido. Finalmente, analiza algunas sentencias clave en la recepción de esta teoría en el derecho peruano.
imputacion objetiva_pariona El presente trabajo realiza una aproximación a la...Paco Medina Pmc
La imputación objetiva es la atribución de una acción a un resultado, cuando esa acción crea un peligro no permitido o jurídicamente desaprobado, siendo dicho resultado correlato lógico del riesgo creado, es decir, de la concreción de dicho peligro.
El presente trabajo realiza una aproximación a la evolución de los criterios de imputación penal en el sistema jurídico peruano.
El documento trata sobre la tipicidad como categoría del delito. Explica que la tipicidad ha evolucionado de ser una categoría meramente objetiva a incorporar aspectos subjetivos. También describe los elementos del tipo objetivo como la acción, relación de causalidad y resultado, así como las teorías de causalidad. Finalmente, distingue entre elementos descriptivos y normativos del tipo.
El documento presenta una introducción a la teoría del delito. Expone brevemente las principales teorías del delito a través de la historia, incluyendo el causalismo naturalista, el causalismo valorativo, el finalismo y el funcionalismo. También define los elementos constitutivos del delito según cada teoría, como la conducta, la tipicidad, la antijuricidad y la culpabilidad. Finalmente, resume las concepciones jurídica, filosófica y dogmática del delito.
El documento habla sobre la tentativa de delito. Indica que las tentativas de infracciones graves serán sancionadas como el hecho consumado, mientras que las tentativas de infracciones menos graves solo serán punibles si la ley lo establece expresamente. Luego discute diferentes teorías que fundamentan el castigo de la tentativa y aspectos como el comienzo de la ejecución desde una perspectiva objetiva.
Este documento discute el contenido y función del derecho penal. Explica que el derecho penal protege a la sociedad de comportamientos antisociales mediante normas y sanciones. Distingue entre normas prohibitivas, prescriptivas y permisivas. También diferencia entre derecho penal objetivo (normas) y subjetivo (sanciones). Finalmente, analiza los conceptos de delito y pena, indicando que el delito requiere un comportamiento prohibido y culpable, mientras que la pena es una sanción pública con fines de retribución, prevención
La teoría de la acción finalista fue creada por Hans Welzel como una alternativa a la teoría causalista dominante. Sostiene que para determinar si hubo un delito, es necesario considerar no solo los elementos objetivos sino también la intención u objetivo final de la acción. A diferencia del causalismo, la teoría finalista examina primero el tipo subjetivo (intención) junto con los elementos objetivos al definir un delito. También enfatiza que la culpabilidad debe basarse en la personalidad del autor y no solo en las consecuencias del hecho
ENJ-2-301: Presentación Módulo VIII Curso Teoría del Delito AJPENJ
Este documento presenta el módulo VIII del curso Teoría del Delito sobre la culpabilidad. Analiza las teorías sobre el desarrollo evolutivo de la culpabilidad desde el siglo XIX hasta la actualidad normativa finalista, así como los supuestos de inimputabilidad y errores de prohibición. El módulo se impartirá durante una semana con actividades como un foro de discusión, la redacción de un ensayo y un control de lectura para analizar la aplicación de la culpabilidad en casos penales.
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Ensayo sobre el concepto material del delito. sentido y límites de la pena es...Gonzalo Falcon Cartes
Este documento presenta un resumen de las principales teorías sobre la justificación de la pena estatal propuestas por Claus Roxin en su obra "Problemas Básicos del Derecho Penal". Roxin critica las teorías de la retribución, prevención especial y prevención general, y propone su propia teoría unificadora dialéctica. Sin embargo, el autor del documento plantea algunas dudas sobre las críticas de Roxin y sugiere que no analiza a profundidad otras teorías eclécticas.
La teoría del delito cumple una función mediadora entre la ley y los casos concretos. Según la teoría, para imputar un delito a alguien, el hecho debe ser típico, antijurídico y culpable: debe coincidir con la descripción de la ley, no estar justificado, y el autor debe haber actuado con conocimiento de la ilicitud o haber podido conocerla.
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones del tema "La culpabilidad y el principio de culpabilidad". El documento analiza la evolución del concepto de culpabilidad desde sus orígenes hasta las concepciones actuales, abordando diferentes enfoques como el psicológico, personalizado y normativo. Además, examina la polémica actual sobre el principio de culpabilidad y las posturas que proponen su abandono.
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones del tema "La culpabilidad y el principio de culpabilidad". Aborda la evolución del concepto de culpabilidad desde sus orígenes hasta las concepciones actuales, y analiza la polémica en torno al principio de culpabilidad y su abandono propuesto por algunas posturas. El documento fue escrito por Augusto Padilla Huaman, estudiante de Derecho de la Universidad Cesar Vallejo en Trujillo, Perú, para su curso de Computación I en 2013.
1) La culpabilidad se refiere al reproche personal al autor por no haber evitado cometer una acción antijurídica a pesar de haber podido hacerlo.
2) Existen diferentes opiniones sobre cuál es el objeto del juicio de culpabilidad, siendo las más comunes la voluntad de acción, la expresión de la personalidad del autor, o el hecho antijurídico en relación con la actitud interna del autor.
3) Para determinar la culpabilidad, se debe considerar si el autor estaba en condiciones de actuar de acuerdo
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Sentencia corte constitucional motivacion, debido proceso, interes superior d...Kevin Cabezas Paez
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Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
La imputación objetiva fundamento y consecuencias roxin y jakobs
1. LA IMPUTACIÓN OBJETIVA: FUNDAMENTO Y CONSECUENCIAS
DOGMÁTICAS A PARTIR DE LAS CONCEPCIONES FUNCIONALISTAS DE
ROXIN Y JAKOBS.
Giovanna F. Vélez Fernández.
I.- ANTECEDENTES.
La teoría de la imputación objetiva tal como la conocemos actualmente tiene como
precedente la filosofía idealista del derecho cuyo máximo exponente es Hegel. En
efecto, el objetivo del concepto de acción propuesto por Hegel y desarrollado por
la escuela hegeliana del siglo XIX consistía en imputar al sujeto, de la multiplicidad
de cursos causales, sólo aquellos que podían ser considerados como su obra. En
este orden de ideas, imputación significaba, en opinión del criminalista hegeliano
Berner: “cargar algo objetivo en la cuenta del sujeto“.
Posteriormente en 1870, y en una época marcada por el auge del naturalismo
penal, la idea de imputación personal por los hechos cometidos se trasladó a un
segundo plano, pues se impuso el dogma del principio causal. En ese contexto, el
análisis tuvo como eje principal determinar si el autor había causado la lesión al
bien jurídico mediante una conducta corporal voluntaria en el sentido de la fórmula
de la conditio sine-qua-non.
El concepto causal de la teoría de la equivalencia de condiciones por su alcance
ilimitado y su ineficacia para resolver algunos casos como la desviación del curso
causal y la causalidad alternativa entre otros condujo a su abandono a inicios del
siglo XX. Así, a partir de entonces se reconoció que el concepto causal ilimitado
debía ser restringido al campo del tipo objetivo.
En este orden de ideas, un primer paso para solucionar el problema dogmático
que planteaba la equivalencia de condiciones fue la teoría de la condición
adecuada, la cual sin embargo no dejaba de ser extensiva por la dificultad de
determinar cual era la condición relevante. En ese contexto, la teoría de la
imputación objetiva nace en 1970 cuando Roxin en el libro de Homenaje a Honig
plantea su vinculación con el criterio de creación de un riesgo jurídicamente
relevante de una lesión típica del bien jurídico.
II.- PLANTEAMIENTO DE LAS POSTURAS DE ROXIN Y JAKOBS.
Escapa a los límites de este trabajo realizar un análisis exhaustivo de todas las
categorías y criterios planteados por ambos autores, es por ello que nos
limitaremos a señalar brevemente las características principales de las propuestas
de Roxin y Jakobs para luego determinar en base a dichas categorías cuales son
los problemas dogmáticos y aportes de ambas posturas.
2. II.1 Postulados de Claus Roxin.
Roxin, a quien se considera el máximo representante de una perspectiva de la
imputación objetiva vinculada al “principio de riesgo”, sintetiza la teoría de la
imputación objetiva, del siguiente modo, “un resultado causado por el sujeto que
actúa, sólo debe ser imputado al causante como su obra y sólo cumple el tipo
objetivo cuando el comportamiento del autor haya creado un riesgo no permitido
para el objeto de acción (1) cuando el riesgo se haya realizado en el resultado
concreto (2) y cuando el resultado se encuentre dentro del alcance del tipo (3)”1
.
Se trata a juicio de Roxin, de que la imputación del tipo objetivo presupone la
realización de un peligro, comprendido dentro del alcance del tipo penal , creado
por el autor y no encubierto por el riesgo permitido. Este autor pretendió con la
teoría de la imputación objetiva, restringir de modo “objetivo” el concepto
ilimitadamente “objetivista”. A Roxin le importó, ante todo, confrontar, a través de
una perspectiva objetiva de la imputación, la incorporación del dolo al tipo del
ilícito. El escribió que la “tarea de la dogmática” consiste en la introducción de
criterios de imputación generales y objetivos determinados normativamente2
.
Según la teoría de la imputación objetiva, la delimitación debe sujetarse a si el
resultado ocasionado ha sido alcanzado por la realización de un peligro creado por
el autor y no abarcado por el riesgo permitido.
Roxin al comienzo de su exposición sobre la imputación objetiva, escribió que
debe “aclararse como tiene que obtenerse la relación entre el sujeto del delito y el
resultado para que el resultado pueda imputarse a un sujeto del delito determinado
como su acción”3
. Este autor señala que, hay que “comprobar que el resultado es
la obra del autor”.
Por su parte, la teoría de la imputación objetiva se comprende con más precisión
si ella es aplicada a una característica de la acción, a saber, el ser peligrosa con
relación al resultado. En este sentido, si la causación del resultado concreto
depende del azar y está fuera del dominio del autor, entonces no existirá desde un
principio, una acción dirigida a causar el resultado4
. Por los demás, el punto de
vista del dominio del suceso causal no es extraño a la dogmática jurídico penal.
Por lo expuesto, Roxin propuso una serie de criterios normativos, cuyo
denominador común está en el “principio de riesgo”, según el cual, partiendo del
resultado, el tema estaba en determinar si la conducta del autor creó o no un
riesgo jurídicamente relevante de lesión típica de un bien jurídico en relación con
dicho resultado5
.
1
CANCIO MELIÁ, Manuel. “Líneas Básicas de la Teoría de la Imputación
Objetiva”. Madrid: Ediciones Jurídicas Cuyo, p. 52
2
JOSCHIM HIRSCH, Hans: “Acerca de la Teoría de la Imputación Objetiva”,
p.428. En: Revista Peruana de Ciencias Penales N° 9.
3
Ibid, p.440.
4
Ibid, p.444.
5
Ibid, p. 56.
3. Los criterios propuestos por Roxin para determinar el juicio de imputación objetiva
del resultado son los siguientes: a) la disminución del riesgo; b) la creación de un
riesgo jurídicamente relevante; c) el incremento del riesgo permitido y d) la esfera
de protección de la norma.
a. La “disminución del riesgo”.- Criterio mediante el cual puede negarse la
imputación objetiva en los casos de desviación de un resultado grave, que
haya llevado a producir uno leve.
b. La creación de un riesgo jurídico-penalmente relevante o no permitido
(o creación de un riesgo prohibido).- Según este criterio se procede
negar la imputación objetiva cuando la acción no ha creado el riesgo
relevante de una lesión al bien jurídico.
c. Aumento del riesgo permitido.- En estos casos procede negar la
imputación objetiva cuando la conducta del autor no ha significado una
elevación del riesgo permitido porque el resultado se hubiera producido
igualmente aunque el autor hubiera actuado con la diligencia debida.
d. Esfera de protección o ámbito de aplicación de la norma.- Este criterio
permite solucionar aquellos casos en los que, aunque el autor ha creado o
incrementado un riesgo que origina un resultado lesivo, éste no debe ser
imputado al no haberse producido dentro del ámbito de protección de la
norma, es decir si el resultado no era aquel que la norma quería evitar.
II.2 Postulados Normativistas de Gunther Jakobs
Para Jakobs la teoría de la imputación objetiva cumple un papel fundamental que
permite determinar los ámbitos de responsabilidad dentro de la teoría del delito,
así faculta constatar cuando una conducta tiene carácter (objetivamente) delictivo.
La teoría de la imputación objetiva se divide para Jakobs en dos niveles:
La calificación del comportamiento como típico (imputación objetiva del
comportamiento); y,
La constatación –en el ámbito de los delitos de resultado- de que el resultado
producido queda explicado precisamente por el comportamiento
objetivamente imputable (imputación objetiva del resultado).6
En el primer nivel de la imputación objetiva, la imputación de comportamientos,
Jakobs propone cuatro instituciones dogmáticas a través de las cuales ha de
establecerse el juicio de tipicidad:
a) El riesgo permitido: Parte de una definición claramente normativa del
“riesgo”, desligada de probabilidades estadísticas de lesión. El riesgo
permitido se define como el estado normal de interacción, es decir, como el
vigente status quo de libertades de actuación, desvinculado de la
ponderación de intereses que dio lugar a su establecimiento, hasta el punto
6
Günther Jakobs y Cancio Meliá. “El Sistema Funcionalista del Derecho Penal”.
Editorial GRIJLEY, Primera Edición, diciembre 2000, p 23.
4. que en muchos casos se trata de un mecanismo de constitución de una
determinada configuración social por aceptación histórica; dicho de otro
modo, se refiere más a la identidad de la sociedad que a procesos expresos
de ponderación.
b) Principio de confianza: Determina cuándo existe, con ocasión del
desarrollo de una actividad generadora de un cierto riesgo (permitido), la
obligación de tener en cuenta los fallos de otros sujetos que también
interviene en dicha actividad (de modo que si no se procediera así, el riesgo
dejaría de ser permitido), y cuándo se puede confiar lícitamente en la
responsabilidad de esos otros sujetos.
c) Prohibición de regreso: Con ella pretende Jakobs enmarcar de forma
sistemática la teoría de la participación dentro de la imputación objetiva. La
prohibición de regreso satisface la necesidad de limitar el ámbito de la
participación punible, tanto para comportamiento imprudentes como
dolosos, con base a criterios objetivo-normativos. De ese modo, la
prohibición de regreso se presenta en cierto modo como el reverso de la
participación punible.
d) Actuación a riesgo propio de la víctima o competencia de la víctima:
Mediante esta institución Jakobs propone tener en cuenta la intervención de
la víctima en el suceso. En este punto, la teoría de la imputación objetiva
implica la introducción de elementos valorativos que determinan cuáles son
los límites de la libertad de actuación, implica, en este sentido, el
establecimiento de esferas de responsabilidad.
III.- PROBLEMÁTICA A PARTIR DE AMBAS CONCEPCIONES
Uno de los problemas principales que plantea la teoría de la imputación objetiva,
según los postulados de Roxin, está dada por la presencia de elementos
subjetivos en el tipo objetivo. Así, la crítica a la teoría de la imputación objetiva se
basa en la premisa de que los tipos objetivos y subjetivos deben ser estrictamente
diferenciados y que para esta diferenciación existen criterios unívocos7
.
En esta línea de pensamiento, un sector de la doctrina siguiendo criterios
dogmáticos plantea que, cuando el autor ha realizado determinadas circunstancias
fundamentadoras de riesgo con conocimiento y conscientemente, es posible
afirmar que ha creado un riesgo no permitido y realizado el tipo objetivo de un
homicidio, lesión, etc. Partiendo de esa premisa es completamente legítimo
sostener que también determinados factores subjetivos resulten significativos para
la imputación objetiva.
7
STRUENSEE, Eberhard: “Acerca de la Legitimación de la Imputación
Objetiva, como categoría complementaria del Tipo Objetivo”, p. 768. En:
Revista Peruana de Ciencias Penales N° 6.
5. Si la imputación al tipo objetivo depende de factores subjetivos, y el dolo solo tiene
por objeto sucesos semejantes, que son imputables al tipo objetivo, entonces él
debería forzosamente extenderse a los “conocimientos especiales”.
Roxin para hacer frente a estas críticas sostiene que la teoría de la imputación
objetiva y su dependencia de factores subjetivos desemboca en la problemática de
la autoreferencia del dolo. Para Roxin el dolo sólo se refiere a elementos del tipo,
por tanto exigir a un sujeto conocimientos especiales, es una exigencia externa a
los elementos del tipo y que traería consigo la ampliación de la punibilidad,
situación que sólo se puede evitar a través de una teoría de la imputación objetiva.
Por lo demás, el juicio sobre la novedad dogmática de contenidos de la conciencia
relevantes para la imputación que no son ningún elemento del tipo, es resuelto por
Roxin de la siguiente manera: “lo que es presupuesto necesario de un elemento
del tipo debe también a su vez pertenecer al tipo”8
.
Roxin para salvar el tema de la intención frente al resultado improbable sostiene
que:”pues es indiscutible que el autor subjetivamente quería precisamente aquello
que objetivamente ha causado”9
. Una punibilidad seria únicamente excluida a
través de la negación de la imputación objetiva. “solo porque no juzgamos ya en el
plano objetivo, una causación de muerte puramente accidental como matar a otro
en sentido jurídico, un dolo referido a ella no es dolo de homicidio”.
La opinión todavía dominante cree que existen acciones que, a pesar del idéntico
contenido de la representación deben ser adjudicadas en una zona, conforme
diferenciaciones en los planos volitivos o emocionales.
Roxin abre al curso causal concreto, un camino de regreso al dolo, a saber “la
realización del plan”. Ella debe ser la regla de valoración en la “imputación al dolo
frente a desviaciones causales” para la imputación al tipo subjetivo. Pero un curso
causal solo puede ser generalmente registrado y definido como “desviación”
cuando se lo compara con otro curso, del cual aquel se desvía.
Un segundo problema estaría en relación a los tipos imprudentes, pues en estos
delitos el conocimiento especial constituye sólo una categoría provisoria, ya que la
dogmática dominante todavía no ha encontrado una casa propia para lo subjetivo
en la imprudencia “objetiva”, o sea en la violación al deber de cuidado.
Es importante señalar en este punto que la teoría de la imputación objetiva
persigue un importante deseo sistemático, al esforzarse por reducir nuevamente a
una estructura uniforme a los conceptos separados por la corriente de ilícito
doloso e imprudente. Con esto se le deben agradecer esenciales reconocimientos
y profundizaciones dogmáticas.
La problemática en torno a la postura de Jakobs radica en relación al principio de
confianza. Y por ello cada vez, ocupa un lugar mas preeminente como objeto de
discusión doctrinal, pues la figura del principio de confianza esta estrechamente
relacionada con la configuración de la sociedad como una sociedad con
8
Ibid, p.771.
9
Ibid, p.758.
6. constantes contactos altamente anónimos y en la que impera el reparto de trabajo
y funciones. El principio de confianza, pues, esta estrechamente relacionado con
la delimitación de ámbitos de organización y responsabilidad.
En el campo de la dogmática del delito imprudente este principio tiene una función
muy concreta: delimitar el alcance de la norma de cuidado determinando los
límites del deber de cuidado, atención o diligencia con respecto a la actuación de
terceras personas.
El problema planteado desde al doctrina es en relación a que una institución de
esta naturaleza sólo operaría en una sociedad estructurada y altamente
organizada como las sociedades europeas. Ciertamente cuando Jakobs plantea el
cumplimiento de la norma, su estabilización y el principio de confianza está
pensando en que todas las sociedades se rigen por cánones como la sociedad
alemana de la cual es parte. Sin embargo, en una sociedad como la nuestra estas
consideraciones dogmáticas posibilitarían cierto grado de impunidad.
IV.- APORTES A LA TEORÍA DEL DELITO Y CONSECUENCIAS DOGMÁTICAS
DEL DESARROLLO DE LA TEORÍA DE LA IMPUTACIÓN OBJETIVA.
Respecto a la legitimidad de la Imputación Objetiva como categoría
complementaria del Tipo Objetivo.
Uno de los principales aportes y consecuencias dogmáticas derivadas de la teoría
de la imputación objetiva, es que se ocupa de problemas centrales de la estructura
general del delito. En efecto, la teoría de la imputación objetiva logra un tipo
objetivo unitario para los delitos dolosos de resultado y los delitos culposos. Si se
añade que según la opinión dominante la previsibilidad individual no representa
sino una cuestión de la culpabilidad del delito imprudente, resulta entonces
nuevamente que, según la teoría de la imputación objetiva, el tipo del delito
culposo es, en su totalidad, idéntico al tipo objetivo del delito doloso de resultado.
Por otro lado, los ejemplos principales que han sido tratados por la imputación
objetiva como delitos imprudentes implican una relación de contrariedad al deber
exigido y que debe existir entre la acción descuidada y el resultado y los casos del
llamado fin de protección de la norma. En esta línea argumentativa, la acción
prohibida se agota, en el delito imprudente, en el comportamiento voluntario
considerado contrario al cuidado, por ejemplo: Si alguien conduce su coche con
exceso de velocidad y arrolla fatalmente a un peatón que se cruzaba en forma
contraria a las leyes del trafico y esto de todos modos hubiera ocurrido aun a la
velocidad permitida, entonces el resultado no es producto de la contrariedad al
cuidado en la forma de conducir y con ello, falta uno de los presupuestos
específicos del delito imprudente de resultado10
.
10
JOSCHIM HIRSCH, Hans, op cit, p.436.
7. Imputación Objetiva en los delitos imprudentes.
Sobre el comportamiento ilícito en los delitos imprudentes la imputación objetiva
dio lugar a que en la fundamentación del ilícito tampoco se pudiera permanecer en
la mera causación (en el sentido de la teoría de la equivalencia) del resultado. Así,
como elementos determinantes, que constituyen el ilícito del delito imprudente
fueron descubiertos y elaborados con mayor detalle la violación al cuidado y la
relación de antijuricidad.
La teoría de la imputación objetiva ha cambiado el nombre de estos elementos y
en vez de ellos habla de “creación de un peligro jurídicamente relevante o sea,
prohibido” y de “realización de este peligro en el resultado típico”. De este modo su
tracionera procedencia de la dogmática de la imprudencia es terminologicamente
encubierta, ello facilita el sugerir su relevancia práctica para el delito doloso.
La teoría de la imputación objetiva aspira a eliminar esta desigualdad, e imputar al
delito doloso también aquello que es apto para el delito imprudente. El anhelo de
la asimilación de los tipos objetivos se basa esencialmente en dos motivos.
Por un lado, como ya se mencionó se trata de una cierta necesidad de armonía
para la unificación de las estructuras dogmáticas. Por otro, el enriquecimiento del
tipo objetivo en el delito imprudente parece demostrar que existe, algo como un
“ilícito objetivo”, que en relación al tipo objetivo (tradicional) del delito doloso, es
caracterizado a través de elementos complementarios. Esto fue, y es, motivo de la
teoría de la imputación objetiva para retocar también el tipo objetivo del delito
doloso en su contenido.
“Autopuesta en peligro por responsabilidad propia”
La autopuesta en peligro constituye un límite de la “imputación objetiva”. Así,
“quien únicamente ocasiona, posibilita o favorece el acto de la deseada y
efectuada autopuesta en peligro por propia responsabilidad (dolosa o imprudente),
participa en un acontecimiento que no es típico, ni por eso mismo, un suceso
punible”11
.
La posibilidad de que un “superior conocimiento de los hechos” conduzca a la
realización del tipo (imprudente) constituye, en rigor, la figura de la autoría mediata
a través de la utilización de la “victima sin dolo” como herramienta.
Principio de Confianza
Uno de los principales aportes de la teoría de la imputación objetiva propuesta por
Jakobs radica en el principio de confianza. Así, los ciudadanos confían en la
vigencia de las normas o de forma más personalizada, en que los otros respetaran
las normas, lo cual es un principio básico de nuestro ordenamiento jurídico. Y
como principio general del derecho puede presentar una importante utilidad como
criterio normativo de imputación dentro el marco de la teoría jurídica del delito12
.
11
STRUENSEE, Eberhard, op cit, p.766.
12
FEIJOO SÁNCHEZ, Bernardo: “El principio de confianza como criterio
normativo de Imputación en el Derecho Penal”, p. 38. En: “Derecho Penal y
8. El papel que el principio de confianza puede tener como criterio de imputación,
radica principalmente en que constituye un límite normativo de la responsabilidad
penal. Especialmente como criterio normativo de imputación que delimita el
alcance de los tipos penales, poniendo un especial énfasis en aquellos mas
necesitados de configuración doctrinal o jurisprudencial: los delitos puros de
resultado (homicidio, lesiones, daños, etc).
No se trata de hacer referencia al principio de confianza desde la perspectiva de
las potenciales victimas del delito, sino desde la perspectiva de aquellas personas
que pueden dañar o poner en peligro bienes jurídicos si entran en contacto con
personas que incumplen las normas. Evidentemente las consecuencias
dogmáticas del principio de confianza que se de una confianza en la vigencia de la
norma o, en todo caso-desde una perspectiva mas personal- en que los otros
respetaran las normas.
Desde esta perspectiva el principio de confianza ha tenido una función dogmática
más evidente y consolidada.
El principio de confianza, como principio general, se puede tener en cuenta como
criterio interpretativo dentro de la teoría jurídica del delito cuando se trata de
desvalorar jurídico-penalmente conductas interrelacionadas, entrelazadas o cuya
peligrosidad depende del comportamiento de terceras personas. La ubicación de
este principio será adecuada donde se analice la infracción del deber de cuidado
al tratarse de un criterio de determinación de dicha infracción. Así, si esta solo se
tiene en cuenta en el juicio de culpabilidad, el principio de confianza será un
elemento de la culpabilidad13
.
De otro lado, si la infracción del deber de cuidado se tiene en cuenta ya como un
elemento de la tipicidad, el principio de confianza será un elemento del tipicidad. A
su vez, para los que consideren que el deber objetivo de cuidado es un elemento
del tipo objetivo el principio de confianza habrá de tenerse en cuenta en este
ámbito doctrinal, mientras que los que consideren que la infracción del deber (en
el delito doloso o en el delito imprudente) es un elemento de imputación personal
que ha de analizarse en el ámbito de la tipicidad con posterioridad a la
constatación del tipo objetivo ubicaremos en este ultimo lugar el principio de
confianza. En definitiva, la ubicación dogmática del principio de confianza como
criterio de determinación del deber de cuidado depende de la construcción
dogmática de la imprudencia que mantenga cada autor.
El principio de confianza en el sentido tradicional otorgado por la doctrina tiene
una mayor relevancia en el delito imprudente y por ello consideramos que este es
el papel dogmático más importante de dicho principio. Sin embargo, la teoría de la
imputación objetiva, como teoría normativa o teleológico-valorativa del tipo,
permite tener en cuenta como criterios interpretativos principios como el de
Criminología”, revista del Instituto de Ciencias Penales y Criminológicas,
Volumen XXI Número 69, Mayo/ Agosto 2000.
13
Ibid, p. 71.
9. autorresponsabilidad, el de delimitación de ámbitos de decisión y responsabilidad
o el de confianza.
Como ha señalado recientemente Jakobs, un hecho doloso conforme a la norma
de cuidado seria una contradictio in adiecto. Jakobs cuando afirma que “si la
norma no se reconoce como efectiva frente a los comportamientos” se aminora su
valor como criterio rector de la conducta, se defrauda (aunque solo sea caso por
caso) la confianza de los ciudadanos en el reconocimiento de la norma14
.
Es importante señalar que el principio de confianza ha cumplido un rol importante
no sólo en el seno de la dogmática de la imprudencia, sino también en la
importancia que pueden tener en el marco del creciente proceso de
normativización de la tipicidad principios como el de confianza y el de
autorresponsabilidad. La teoría de la imputación objetiva, no añade un elemento
de análisis dentro de la estructura del delito, aunque ofrezca nuevos criterios
dogmáticos sino una nueva forma o perspectiva de análisis de la tipicidad con la
que no se tienen en cuenta criterios de imputación naturalisticos, sino
fundamentalmente normativos.
En consecuencia, el principio de confianza opera dogmáticamente como un limite
de la norma de conducta(o si se prefiere, de la conducta típica o de la imputación
del comportamiento).
14
Ibid.