3. ALEGATO DE APERTURA
Generalidades
• De acuerdo a la estructura y filosofia del proceso,
el juez es el tercero imparcial que juzga sin
prevenir la causa.
• Es la primera oportunidad que tienen las partes
para comunicar su Teoría del Caso ante el
Juzgador, sobre los hechos de lo que se juzga.
• En el alegato de apertura se presenta el caso, en
forma de relato.
• Al hacer la exposición inicial se debe captar la
atención y el interés de los jueces al exponerle un
resumen objetivo de los hechos y la prueba con
que cuentan, para reafirmar lo dicho.
• En el alegato de apertura se hará una “promesa”
de lo que se presentara en el juicio
4. El efecto del mensaje
• Se debe reconocer que el efecto del
mensaje no depende solo del mensaje en
sí, sino de factores tales como:
• A.-. Estados internos del emisor y del
receptor – esto incluye estado de ánimo,
creencias, valores de cada persona.
• B.-. La manera en que cada uno asimila y
procesa la información que recibe.
5. PNL
• Es un sistema de comunicación
eficaz y esta compuesto de tres
elementos_:
• Programación
• Neuro
• Lingüístico
6. PROGRAMACION
• Son los estados internos, las
creencias y valores de cada persona,
cuál es su “modelo del mundo”, y los
pasos que toma para intentar obtener
determinados resultados.
• La PNL asume que en cierta medida,
cada persona puede modificar su
programación, no sin esfuerzo.
7. MEURO
• Es la forma en que cada persona
procesa la información, al privilegiar
algunos sentidos sobre otros, o ciertos
tipos de información sobre otros; los
filtros que aplica, cuál es su manera de
“entender el mundo”, o dicho de otro
modo, de traducir sus vivencias en
procesos mentales.
8. LINGUISTICO
• La forma en que la persona se
expresa, las palabras que utiliza, el
significado que tienen para él o ella,
cómo influyen en otras personas y en
el que las dice.
• En esto, la PNL reconoce que la
comunicación verbal es apenas una
pequeña parte de la comunicación.
9. ¿Qué busca la PNL?
Proveer herramientas y habilidades para
el desarrollo de estados de excelencia en
la comunicación y cambio.
Promover la flexibilidad del
comportamiento, el pensamiento
estratégico y la comprensión de los
procesos mentales.
Enfoque:
Se centra en la estructura subjetiva de la
experiencia humana.
10. El Mapa No Es El Territorio
• No actuamos directamente sobre lo
que acostumbramos a denominar la
realidad, sino sobre una
representación de ella, que es
nuestro mapa personal.
• Cada persona es diferente por lo
tanto cada mapa de la realidad
difiere del mapa del otro.
11. Dinámica de los gráficos
Dinamica de los graficos
• Cada persona aprecia a su forma
12. Cada persona construye su
mapa con base en sus
experiencias.
Perspectivas personales no
significa la realidad en si misma
13. La percepcion individual
• El mundo es una infinidad de posibles
impresiones sensoriales, pero, solo somos
capaces de percibir una pequeña parte de él.
• La parte que podemos percibir es luego filtrada
por nuestra experiencia única, cultura,
lenguaje, creencias, valores, intereses y
suposiciones.
• Cada uno vive una realidad única, construida
por sus propias impresiones sensibles y
experiencias.
• Actuamos de acuerdo a lo que percibimos:
nuestro modelo de mundo.”
• Joseph O´Connor y John Seymur – Introducción a la PNL
15. Cuando nos comunicamos con los demás, por lo
general no tenemos en cuenta esta selección de
información, tan aferrados como estamos a la
creencia de actuar sobre la misma realidad que el
otro, esto es fuente de incomprensión y
malentendidos.
Nuestro modelo de mundo
Comunicación entre personas
16. Conflictos en la
comunicacion
• Muchos conflictos surgen porque
partimos del principio de que el
otro posee las mismas referencias
que nosotros, usa los mismos
itinerarios de pensamiento y debe
saber lo queremos decir.
17. la teoría del caso
Es la brújula de las partes en el proceso.
La teoría del caso es el instrumento
importante, con la cual se organiza
nuestra participacion en el Proceso Penal.
La teoría del caso se define como la
estrategia, plan o visión que tiene cada
parte sobre los hechos que va ha probar.
18. IMPORTANCIA
de la teoria del caso
Nos permite:
• Realizar un análisis estratégico del caso
• Ordenar y clasificar la información
• Adecuar los hechos al tipo penal
• Seleccionar la evidencia relevante
• Detectar debilidades propias y de la otra parte
• Tener los argumentos básicos para tomar
decisiones importantes
19. Contenido de la teoria del caso
1. Fáctico: Identificación de los hechos
relevantes
2. Jurídico: Encuadramiento de los hechos al
tipo penal
3. Probatorio: Permite establecer cuáles son
las pruebas pertinentes
20. CONSTRUCCIÓN DE LA TEORÍA
DEL CASO
El conocimiento íntegro del caso como
presupuesto básico indispensable
Hay que conocer los hechos y el derecho a
aplicar
El que no conoce el caso nada tiene que hacer
en el proceso
21. Secuencia de su elaboracion
• Relato de los hechos
• Determinación de la teoría jurídica
• Construcción de proposiciones fácticas
• Determinación de las evidencias
• Clasificación de la evidencia con miras al
juicio oral
• Identificación de debilidades del caso
• Se debe generar un tema o una frase
22. Primero: Relato de los hechos
Fiscal: A partir del documento policial, la
declaración de la víctima o de algún
testigo.
Defensa: A partir de la declaración del
imputado y testigos.
Actor civil : a partir de la declaracion de la
victima o testigos.
Tercero cilvilmente responsable : A partir
de las testimoniales
23. Segundo: Determinación de la teoría
jurídica
Identificar el tipo penal y sus elementos
Analizar las circunstancias modificatorias
de la responsabilidad: atenuantes,
agravantes, eximentes .
Determinar supuestos de dogmática penal.
Ej. Error de prohibición.
24. Tercero: Construcción de
proposiciones fácticas
Permiten unir el relato de hechos con la
teoría jurídica
Son afirmaciones de hechos que pueden ser
reproducidos en juicio y que dan cuenta de
un elemento de la teoría jurídica
25. Cuarto: Determinación de las evidencias
Las proposiciones fácticas deben estar
acreditadas con los medios de pruebas
declaradas admisibles y pertinentes, en la
etapa intermedia
26. Quinto: Clasificación de la evidencia con
miras al juicio oral
• Antes de ingresar al juicio oral debemos
saber:
• Qué es lo que vamos a emplear,
• En qué orden
• Y cómo lo vamos a formular.
27. Sexto: Identificación de
debilidades del caso
• Debemos saber cuáles son aquellos aspectos
que podrían ser utilizados por la otra parte,
• Ello nos servirá para cubrir oportunamente
nuestras debilidades
28. Septimo: Se debe generar un
tema o frase.
• Se debe buscar una frase a manera de titular
del caso, supuestos:
• El acusado aca presente, A viva fuerza aAbuso
sexualmente de la agraviada “-
• “En el presente caso trata de una confusión de
identidades, no estamos negado la existencia del
occiso: Carlos Alfonso Manuel, pero si afirmamos
que los testigos se equivocaron al señalar a mi
defedido: Juan Pedro Pablo como el responsable de
dicha muerte”
• “Mi patrocinado no ordeno, hizo ni utilizo los
documentos publicos que se menciona como objeto
del delito “.
29. Alegato de apertura del Fiscal
• SE REFERIRA LA ACUSACION ESCRITA.
• INICIANDO CON LOS HECHOS INVESTIGADOS
• CALIFICACION JURIDICA.
• OFRECERA DEMOSTRAR CON PRUEBAS
OFRECIDOS EN LA ETAPA INTERMEDIA.
• RESPONSABILIDAD PENAL Y CIVIL DEL
ACUSADO
• RESPONSABILIDAD DEL TERCERO CIVIL.
• LA PENA Y REPARACION CIVIL.
• SI FUERA EL CASO SOBRE LAS PENAS
ACCESORIAS
30. ALEGATO ORAL DEL ACTOR
CIVIL
• ARGUMENTA SOBRE EL AGRAVIO
CAUSADO.
• DEMOSTRARA EL DERECHO A LA
REPARACION
• DESTACARA LA CUANTIA Y EL
MONTO INDEMNIZATORIO.
• LA RESTITUCION DEL BIEN O PAGO
DE SU VALOR
• ESTA PROHIBIDO CALIFICAR EL
DELITO
31. ALEGATO ORAL DEL ABOGADO
DEL TERCERO CIVIL.
• PUEDE NEGAR EL HECHO ATRIBUIDO
AL ACUSADO
• REFUTARA LA EXISTENCIA DE LA
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
• REFUTARA EL DAÑO O MONTO DE LA
REPARACION CIVIL
• NO DEBE CUESTIONAR EL AMBITO
DEL HECHO.
32. ALEGATO INICIAL DEL ABOGADO
DEFENSOR
• ANALISA LOS ARGUMENTOS DE LA
IMPUTACION ,
• ELEMENTOS Y CIRCUNSTANCIAS DEL
DELITO.
• LA RESPONSABILIDAD CON PRUEBAS
QUE SE ACTUARAN.
• EL GRADO DE PARTICIPACION.
33. ALEGATO INICIAL DEL
ABOGADO DEFENSOR
LA PENALIDAD SOLICITADA
LA REPARACION CIVIL
LA MEDIDA DE SEGURIDAD.
LAS PENAS ACCESORIAS