La Ley 18.405 reforma el sistema previsional policial estableciendo tres regímenes: 1) la Ley 16.333 para quienes tengan 75 puntos al 30/06/2011, 2) un régimen de transición para policías entre 37-40 años con 15 años de servicio al 01/01/2009, y 3) la Ley 18.405 para el resto. Se definen las contingencias cubiertas, requisitos para los tipos de retiro, cálculo del haber de retiro y aportes. También establece la obligación de llevar registros laborales y ajustar
Catálogo con requisitos para cargos de Elección Popular 2016Nelson Leiva®
Este catálogo del Servel sobre inhabilidades e incompatibilidades para postular a cargos de Elección Popular, aclara a los postulantes y a la opinión pública en general que se requiere.
#ReformaPolíticaPAN Propuesta del Partido Acción NacionalLaura Rojas
En conferencia de prensa con el presidente nacional del PAN, Gustavo Madero Muñoz, el coordinador en el Senado de la República, Jorge Luis Preciado; el diputado Fernando Rodríguez Doval, así como senadores y diputados de los Grupos Parlamentarios de Acción Nacional, asistí a la presentación de la propuesta de Reforma Política-Electoral.
Se propone la conformación de un nuevo sistema electoral para el país, con un Instituto Nacional Electoral, un Tribunal de Justicia Electoral y la legislación única en esta materia.
Con ello, se quita la injerencia de los gobernadores en los institutos locales, sobre todo en aquellos estados donde no ha habido alternancia y supone el ahorro de recursos en aquellas funciones que hoy se duplican por el IFE y por esos organismos electorales.
La propuesta contempla el voto de los mexicanos que residen en el extranjero y la regulación del voto electrónico.
Se prevé fortalecer las instituciones y ampliar la participación de los ciudadanos en la vida democrática del país, al fomentar la democracia deliberativa que permita la participación ciudadana en la toma de las decisiones del Gobierno.
Se prevé la reelección de legisladores federales y locales, así como de los Presidentes municipales y los Jefes Delegacionales; y propone la ratificación por parte del Congreso de los Secretarios de Hacienda y de Relaciones Exteriores, así como del responsable de la seguridad pública del país, entre otros. Septiembre 23, 2013.
Catálogo con requisitos para cargos de Elección Popular 2016Nelson Leiva®
Este catálogo del Servel sobre inhabilidades e incompatibilidades para postular a cargos de Elección Popular, aclara a los postulantes y a la opinión pública en general que se requiere.
#ReformaPolíticaPAN Propuesta del Partido Acción NacionalLaura Rojas
En conferencia de prensa con el presidente nacional del PAN, Gustavo Madero Muñoz, el coordinador en el Senado de la República, Jorge Luis Preciado; el diputado Fernando Rodríguez Doval, así como senadores y diputados de los Grupos Parlamentarios de Acción Nacional, asistí a la presentación de la propuesta de Reforma Política-Electoral.
Se propone la conformación de un nuevo sistema electoral para el país, con un Instituto Nacional Electoral, un Tribunal de Justicia Electoral y la legislación única en esta materia.
Con ello, se quita la injerencia de los gobernadores en los institutos locales, sobre todo en aquellos estados donde no ha habido alternancia y supone el ahorro de recursos en aquellas funciones que hoy se duplican por el IFE y por esos organismos electorales.
La propuesta contempla el voto de los mexicanos que residen en el extranjero y la regulación del voto electrónico.
Se prevé fortalecer las instituciones y ampliar la participación de los ciudadanos en la vida democrática del país, al fomentar la democracia deliberativa que permita la participación ciudadana en la toma de las decisiones del Gobierno.
Se prevé la reelección de legisladores federales y locales, así como de los Presidentes municipales y los Jefes Delegacionales; y propone la ratificación por parte del Congreso de los Secretarios de Hacienda y de Relaciones Exteriores, así como del responsable de la seguridad pública del país, entre otros. Septiembre 23, 2013.
Este es el proyecto de Ley de Procesos Electorales que la Asamblea Nacional le envío al Presidente, la cual no ha promulgado todavía, porque se rumora que le va hacer unos cambios sin consultar a ningun otro organo del Estado. www.ismaelgarcia.net
Instructivo para la postulación de aspirantes a participar en las eleccione...Ale Altuve
Instructivo para la postulación de aspirantes a
participar en las elecciones primarias del PSUV
donde se elegirán las Candidatas y Candidatos a las
Elecciones Parlamentarias 2015
El JNE estableció el número de candidatos por aplicación de la Cuota de Género, así como el número máximo de candidatos designados directamente por el Partido Político en las Listas de Candidatos para Representantes ante el Parlamento Andino.
La norma que tiene en conflicto a los policias de clase y tropa en este momento en bolivia. cuyo movimiento busca la reivindicacion de sus derechos sociales y un justo salario.
http://www.facebook.com/abogadossantacruz
Con una causa en Misiones, cómo fueron las primeras 50 condenas por femicidio Economis
A la luz de su tipificación en 2012, el trabajo de la unidad a cargo de la fiscal Mariela Labozzetta describe las variables sobre los hechos juzgados, su modo de comisión, las características de víctimas y victimarios y las particularidades de los procesos judiciales, entre otros elementos. Incluye el detalle de todos los fallos analizados.
Este es el proyecto de Ley de Procesos Electorales que la Asamblea Nacional le envío al Presidente, la cual no ha promulgado todavía, porque se rumora que le va hacer unos cambios sin consultar a ningun otro organo del Estado. www.ismaelgarcia.net
Instructivo para la postulación de aspirantes a participar en las eleccione...Ale Altuve
Instructivo para la postulación de aspirantes a
participar en las elecciones primarias del PSUV
donde se elegirán las Candidatas y Candidatos a las
Elecciones Parlamentarias 2015
El JNE estableció el número de candidatos por aplicación de la Cuota de Género, así como el número máximo de candidatos designados directamente por el Partido Político en las Listas de Candidatos para Representantes ante el Parlamento Andino.
La norma que tiene en conflicto a los policias de clase y tropa en este momento en bolivia. cuyo movimiento busca la reivindicacion de sus derechos sociales y un justo salario.
http://www.facebook.com/abogadossantacruz
Con una causa en Misiones, cómo fueron las primeras 50 condenas por femicidio Economis
A la luz de su tipificación en 2012, el trabajo de la unidad a cargo de la fiscal Mariela Labozzetta describe las variables sobre los hechos juzgados, su modo de comisión, las características de víctimas y victimarios y las particularidades de los procesos judiciales, entre otros elementos. Incluye el detalle de todos los fallos analizados.
Dr David Robinson presents the Local Asset Mapping Project of which he is the Principal Investigator. The project aims to map local healthcare services in order to meet the needs of an aging and less mobile population.
Esta exposición realizada en ENATRAM 2016, corresponde a las negociaciones que mantiene Asemuch con el Gobierno de turno, para generar una Ley , que beneficie a los funcionarios y funcionarias municipales que cumplen los requisitos para jubilar.
Presentación Gobierno a Asemuch Incentivo al RetiroNelson Leiva®
Esta presentación realizada por el Gobierno el día 13.11.2017, se someterá a la votación de cada una de las organizaciones gremiales que pertenecen a la Asemuch, teniendo como plazo perentorio el día Viernes 17 de Noviembre del 2017
Presentación del Gobierno Incentivo al Retiro 11.Mayo.2017Nelson Leiva®
Esta presentación realizada por el Gobierno, el día 11 de Mayo, ante el directorio de Asemuch , muestra los montos de los beneficios económicos que beneficiarían a los FF.MM del país.
Presentación Incentivo Retiro Municipales Nelson Leiva®
Presentación original realizada por el Gobierno, expuesto a la directiva de Asemuch en reunión conjunta. Esta presentación será socializada por las Asemuch y a la vez serán entregadas las propuestas recogidas para tener un sólo documento único de contrapropuesta al gobierno.
La abogada de la Subdere Sra Doris Durán, realizó esta presentación en el marco del Seminario Nacional de Funcionarios Municipales, realizado entre el día 03 al 05 de Mayo en la ciudad de Tomé
Ley N° 20948 Incentivo al Retiro Funcionarios de la Administración del EstadoNelson Leiva®
Esta Ley de Incentivo al Retiro está dirigida a los funcionarios de la Administración Centralizada del Estado, a los cuales les otorga incentivos económicos y otros.
Propuesta Ufemuch Ley de Incentivo al RetiroNelson Leiva®
Ufemuch también presenta una propuesta para cambiar la postura del gobierno expresada en la presentación del Ministerio de Hacienda, es menester que ambas organizaciones municipales elaboren un documento único para presentárselo al gobierno, lo cual beneficiará al ámbito municipal, especialmente en el cambio de UF a UTM como lo tienen las organizaciones de trabajadores del sector centralizado del estado de Chile.
Propuesta de Asemuch Incentivo al Retiro de los FF.MMNelson Leiva®
Este documento propuesta, entregada hoy Jueves 13.04.2017 al Ministerio de Hacienda, valida entregar beneficios a los trabajadores y trabajadoras municipales en UTM, tal como se entrega a los funcionarios (as) de la administración centralizada del estado.
RÉGIMEN JUBILATORIO ANSES-IPS
Lugar: Instituto de Estudios Judiciales de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires (Argentina)
Coordinación: Abog. Diego Exequiel Valenzuela
Disertante: Dra. Silvia Ballesteros.
Primer encuentro. Régimen General ANSES-IPS
Sistema Ley 24241 - Ley 9650.
Beneficiarios de Jubilación y Pensión contributivas
Generalidades de la obtención del beneficio por ambos sistemas.
Ventajas y desventajas de cada uno.
Ley 27.260 de "Programa Nacional de Reparación Histórica" (Dec. 894/2016),
Segundo encuentro. Incidencias del Código Civil y Comercial de la Nación
Incidencias del nuevo CCCN en el derecho Previsional ANSES- IPS
Sugerencias de reformas a la Ley 24241 y 9650/80
Ley 18.405 reforma del sistema previsional policial
1. LEY 18.405
Reforma del Sistema Previsional Policial
Ámbito subjetivo de aplicación
Policías comprendidos en la Ley 18.405
Aquellos que el 01/01/2009 tengan:
• menos de 37 años (mujer) o 40 años (hombre) o aún siendo mayores.
• menos de 15 años de servicios efectivos (art. 1º).
Salvo que configuren causal al 30/06/2011, en este caso se regirán por la Ley 16.333.
REGIMEN DE TRANSICION
Aquellos que al 1º de enero de 2009 tengan:
1) 37 años (mujer) o 40 años (hombre) de edad o más.
2) 15 o más años de servicios efectivos siempre y cuando NO configuren causal hasta el
30/06/2011.
IMPORTANTE
TODOS LOS QUE CONFIGUREN CAUSAL AL 30/ 06/ 2011 SE REGIRÁN POR LA LEY 16.333,
INDEPENDIENTEMENTE DE LA EDAD Y SERVICIOS PRESTADOS AL MOMENTO DE ENTRADA EN
VIGENCIA DE LA LEY 18.405, SALVO QUE REALICEN LA OPCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 58.
CONTINGENCIAS SOCIALES CUBIERTAS (ART 2º)
• Retiro
• Invalidez
• Vejez
• Sobrevivencia
PRESTACIONES (ART 4º)
Norma
aplicable
Ley 16.333 Régimen de transición (arts. 36 a 41 de la
Ley 18.405)
Ley 18.405
Policías
comprendidos
Aquellos que
posean 75 puntos al
30/06/2011
Quienes tengan 37 o 40 años de edad o más +
15 años servicios
menos o más de 37 o 40
años de edad Y menos de
15 años de servicios
2. • Retiro
• Subsidio transitorio por incapacidad parcial
• Pensiones de supervivencia
REGIMEN DE RETIROS
CALIFICACION ART (5º)
A) Retiro común
B) Retiro por incapacidad total
C) Retiro por acto directo de servicio
D) Retiro por edad avanzada
RETIRO COMUN
Requisitos para la configuración de la causal:
• 60 años de edad
• 35 años de servicios*
* El art. 17, literal A, define qué se entiende por servicios.
BONIFICACION
Los servicios policiales efectivos de los funcionarios pertenecientes al subescalafón
ejecutivo serán bonificados (Art. 18). El art. 56 regula transitoriamente la bonificación: 7 años
fictos por cada 5 años de servicios efectivos.
I) Literal A)
a) Incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo.
b) sobrevenida en actividad o período de subsidio transitorio por incapacidad.
c) 2 años (mayores de 25 años edad) o 6 meses de servicios policiales efectivos (menores de
25 años de edad).
II) Literal C)
a) Incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo.
b) Sobrevenida dentro de los 2 años siguientes al cese voluntario o al vencimiento del
período transitorio por incapacidad.
c) 10 años de servicios policiales efectivos.
d) No ser beneficiario de otra jubilación.
3. III) Literal B)
a) Incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo.
b) A causa o en ocasión de servicio.
c) Cualquier tiempo de servicios.
IV) Literal D)
a) 60 años de edad.
b) No ser beneficiario de otra jubilación.
c) Haber sido beneficiario del subsidio transitorio por incapacidad parcial por el término
máximo.(*)
SUBSIDUO TRANSITORIO POR INCAPACIDAD PARCIAL
(*) Este subsidio está regulado por el Art. 10 y refiere a la hipótesis en que la persona se
incapacita en forma absoluta y permanente para la tarea habitual. El plazo máximo de
prestación es de 3 años (Art. 10.2).
Retiro por incapacidad por acto directo de servicio.
Requisitos (Art. 8):
a) Incapacidad absoluta y permanente para toda tarea.
b) A causa o en ocasión de la prevención, investigación, represión y combate de
siniestros, accidentales o no, o de los delitos y faltas contenidas en el Código Penal,
leyes especiales y contravenciones administrativas en que esté dispuesta la
intervención del personal policial.
c) Cualquiera sea el tiempo de servicios.
RETIRO POR EDAD AVANZADA
Requisitos:
a) 70 años de edad.
b) 15 años de servicios.
c) Cese voluntario con posterioridad al 01/01/2009.
d) Imposibilidad de configurar otra causal de retiro por acumulación de servicios al
amparo de la Ley 17.819.
e) No poseer otra jubilación o subsidio transitorio por incapacidad parcial.
CALIFICACION DE LOS SERVICIOS
1) Servicios: Actividades de cualquier inclusión.
2) Servicios policiales: Actividades amparadas por el Servicio de Retiros y Pensiones
Policiales.
4. 3) Servicios policiales efectivos: Tiempo calendario cumplido efectivamente en
actividades amparadas por el SRPP.
SUELDO BASICO DE RETIRO (SBR)
• Promedio mensual actualizado de todas las asignaciones sujetas a montepío de los 60
meses anteriores al cese o de los 5 años de mejores asignaciones computables.
* En caso de incapacidad total o acto directo, si no se alcanza a 60 meses, se tomará el
promedio mensual correspondiente a los servicios prestados.
ASIGNACIONES
• Por retiro común:
. 50% al configurar causal.
. 0,5% más por año que exceda el mínimo de años de servicios, hasta 5%.
. Si se configuró causal a partir de los sesenta años se adicionará 3%; si no se configuró causal
se adicionará mientras no la configure, 2% hasta los 70 años de edad.
• Por incapacidad total y monto del subsidio transitorio por incapacidad parcial: 65% del
SBR (Art. 20)
En caso de subsidio transitorio por incapacidad parcial, se abonará por la Unidad Ejecutora
con los haberes previstos para el sueldo presupuestal.
• Por incapacidad total por acto directo:
. 100% del SBR equivalente como mínimo al Grado de Oficial Sub Ayudante.
. Se considerará la antigüedad real del policía.
• Por edad avanzada:
. 50% del SBR.
. Se adicionará 1% por cada año que exceda los 15 años de servicios, con un tope de 64%.
MONTO MINIMO Y MAXIMO
• Mínimo: $ 2219
• Máximo: $ 30.000
* Estos valores serán actualizados conforme lo previsto en el artículo 54.
Suspensión del goce de retiro o pensión
Procedencia:
. Con el procesamiento por la comisión de un delito que traiga aparejada pena de
penitenciaría.
. Mientras esté privado de libertad.
Beneficiarios en caso de suspensión del retiro
Beneficiarios:
5. .Quienes tendrían derecho a pensión y a petición de ellos:
a) Exclusivamente en caso de esposo/a, concubino/a o hijos: 66% de la asignación de
retiro.
b) Esposo/a, concubino/a o hijos en concurrencia: 75% de la asignación de retiro.
REGIMEN DE TRANSICION
PRESENTACIONES
• Retiro común
• Retiro por incapacidad total
• Retiro por acto directo de servicio
¿ Cuándo se configura la causal de retiro común?
• Policías ejecutivos: 76 puntos.
• Subescalafones de apoyo:
A) 76 puntos entre el 01/07/2011 y el 30/06/2013
B) 77 puntos entre el 01/07/2013 y el 30/06/2015
C) A partir del 01/07/2015 se requieren 60 años de edad y 35 años de servicios.*
* Los años trabajados con anterioridad al 01/ 01/ 2009 se computarán a razón de 5 por 4.
6. Sueldo básico de retiro ( Art. 39)
• Promedio mensual de las asignaciones computables actualizadas de los últimos 12
meses de servicios.
• Se adicionará un semestre por cada semestre de vigencia de la historia laboral, hasta
alcanzar los 60 meses.
Asignación de retiro ( Art. 40)
A) Para la causal de retiro común:
Se aplicará sobre el SBR los siguientes porcentajes:
. 01/07/2011 al 30/06/2012: 80%
. 01/07/2012 al 30/06/2014: 75%
. 01/07/2014 al 30/06/2015: 70%
. desde el 01/07/2015: 50%
*Los porcentajes se incrementarán conforme el Art. 21, hasta el 85%.
• Para la causal de retiro por incapacidad total: 65 % del SBR.
• Para la causal de retiro por incapacidad total por acto directo de servicio: Art. 23.
MATERIA GRAVADA
• Todo ingreso que el policía perciba, en dinero o especie como retribución por los
servicios personales.
Los aportes correspondientes a la DNSP y al STSP serán de cargo del personal policial y se
calcularán sobre toda la materia gravada.
Servicios a terceros y otras partidas (art. 43)
Serán gravadas progresivamente:
. de 01/01/2009 al 30/12/2009: 50%
. de 01/01/2010 al 30/12/2010: 70%
. de 01/01/2011 al 30/12/2011: 90%
. de 01/01/2012 en adelante: 100%
La compensación por el riesgo de función y la prima técnica así como los viáticos por
alimentación tendrán el mismo régimen de aportación.
• Las mencionadas partidas se considerarán para el cálculo del SBR tomando el
promedio mensual actualizado de los últimos 60 meses de servicios (Art. 53).
AUMENTO NOMINAL DE SUELDOS
• Se aumentará el monto nominal de los sueldos en el porcentaje necesario, a los
efectos de que las retribuciones líquidas no se vean afectadas por las nuevas
aportaciones.
7. DEVOLUCION DE MONTEPIO (ART 45º)
• Desde el 01/ 01/ 2009, NO se realizarán más devoluciones de montepío, salvo los
generados con anterioridad a dicha fecha.
ASIGNACIONES COMPUTABLE
• Principio de congruencia (Art.46):
Asignaciones computables: ingresos individuales en idéntica medida en que constituyan
materia gravada.
• Ficto Casa Habitación (Art. 47):
Este beneficio no será aplicable salvo para quienes al momento de la vigencia de la ley se
encontraren ocupando vivienda en las condiciones previstas por la normativa vigente.
Recursos del SRPP (Art. 48)
• Aportes patronales: 19,5 %
• Aportes personales: 15%
• Contribución especial por servicios bonificados (art. 19).
• Montepío a cargo de retirados y pensionistas según el régimen vigente.
• Tributos afectados específicamente a éste régimen por disposición legal.
Asistencia
REGISTRO DE HISTORIA LABORAL
• La DNASSP está obligada a llevar los registros de historia laboral de sus afiliados activos
y retirados.
Contenido mínimo:
. Tiempo de servicios policiales.
. Asignaciones computables.
. Aportes correspondientes.
Obligación de las Unidades Ejecutoras
Brindar mensualmente información:
. Personal del policía
. Sobre su carrera funcional
. Sobre los datos de las liquidaciones mensuales de cada uno.
Plazo para informar los datos anteriores al 01/ 01/ 2009:
. 12 meses a partir de la mencionada fecha
8. Consecuencia de la omisión:
.Sanción al Jerarca de la Unidad respectiva.
Información al funcionario (Art. 52)
• Todo policía tendrá derecho a solicitar en cualquier momento información sobre su
historia laboral.
• En caso de errores u omisiones dispondrá el policía de un plazo de 180 días para
observarla.
• En caso de que dichos errores u omisiones sean detectados por la DNASSP, deberá de
oficio enmendarla.
DISPOCICIONES GENERALES
Referencia a valores constantes (Art. 54)
• Serán ajustados mediante el procedimiento y oportunidades establecidas en el artículo
67 de la Constitución.
Excepción a las incompatibilidades (Art. 55)
• Las prestaciones que el funcionario pudiera obtener por el régimen de ahorro
individual: art. 6º de la Ley 16.713, no obstan a la percepción del retiro por
incapacidad total en el caso del literal C del artículo 7, ni a la del retiro por edad
avanzada.
Plazo para solicitar el retiro (Art. 57)
• Dentro de los 180 días del cese o configuración de la causal: La prestación se servirá
desde la configuración de la causal o cese.
Si la solicitud es posterior, la prestación se servirá desde la fecha de la solicitud.
Incompatibilidades (Art. 59)
Con la realización de actividades para el Ministerio del Interior, como contratado civil o
policial, salvo que se trate de cargos políticos o de particular confianza, o cargos docentes en la
Escuela Nacional de Policía.
Ajuste de las pasividades (Art. 60)
• Desde el 01/01/2009:
HABER MENSUAL DE RETIRO: El sueldo vigente a la fecha de cese, actualizado hasta el mes
anterior inmediato de acuerdo al IMS.
PRIMER AJUSTE DE PASIVIDAD: En base al IMS, tomando en cuenta el mes anterior al inicio
de la prestación
Derogaciones (Art. 61)
• Se derogan todas las normas opuestas a la presente ley.
• Se derogan para los retiros regidos por esta ley, el descuento de montepío a pasivos.
9. • Los funcionarios de los subescalafones de apoyo tienen como edad de retiro
obligatorio la de los demás funcionarios públicos ( 70 años).