Que es seguro social, ley del seguro social obligatorio, beneficiarios del seguro social, régimen parcial, instituto venezolano de los seguros sociales, ley orgánica del trabajo los trabajadores y trabajadoras; ley orgánica de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo; sanciones
Que es seguro social, ley del seguro social obligatorio, beneficiarios del seguro social, régimen parcial, instituto venezolano de los seguros sociales, ley orgánica del trabajo los trabajadores y trabajadoras; ley orgánica de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo; sanciones
En Venezuela la nueva ley orgánica de Seguridad Social sostiene que,
la seguridad social "es un derecho humano" y social fundamental e
irrenunciable, garantizado por el Estado a todos los venezolanos
residentes en el territorio de la República, y a los extranjeros
residenciados legalmente en él, independientemente de su capacidad
contributiva, condición social, actividad laboral, medio de
desenvolvimiento, salarios, ingresos y renta, conforme al principio de
progresividad y a los términos establecidos en la Constitución y la leyes
venezolanas.
INFRACCIONES Y SANCIONES.
Reforma Parcial de Ley de Seguro Social
El empleador no entera las cotizaciones al Seguro Social, está obligado a
pagar Intereses de mora, que se calcularán con base en la tasa activa promedio
establecida por el Banco Central de Venezuela vigente para el momento del
incumplimiento, sin perjuicio de las sanciones a que hubiese lugar. (Art. 63)
Intereses de Mora + Cotizaciones atrasadas
Se calculan según Art 91 de la Ley de SSSO
El Decreto Supremo N° 016-2016-TR, publicado el 23 de diciembre de 2016, modifica el artículo 101° del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR. Adecuando el reglamento a la modificación del artículo 49° de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, realizada por el artículo 2° de la Ley N° 30222. La modificación adecua el reglamento a la eliminación la obligación de los empleadores, que no desarrollan actividades de alto riesgo, de realizar los exámenes médicos ocupacionales de ingreso.
En este artículo, se resume los decretos emitidos por el Poder Ejecutivo, que emitió para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19). Se analiza el Decreto Supremo No 008-2020-SA que declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, el Decreto de Urgencia N° 026-2020-EF, que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir el COVID-19, el Decreto Supremo N°044-2020- PCM, que declara Estado de Emergencia Nacional y el Decreto Supremo No 046-2020-PCM el cual hace algunas precisiones sobre los alcances del decreto supremo ante mencionado, dando énfasis al aspecto laboral.
En Venezuela la nueva ley orgánica de Seguridad Social sostiene que,
la seguridad social "es un derecho humano" y social fundamental e
irrenunciable, garantizado por el Estado a todos los venezolanos
residentes en el territorio de la República, y a los extranjeros
residenciados legalmente en él, independientemente de su capacidad
contributiva, condición social, actividad laboral, medio de
desenvolvimiento, salarios, ingresos y renta, conforme al principio de
progresividad y a los términos establecidos en la Constitución y la leyes
venezolanas.
INFRACCIONES Y SANCIONES.
Reforma Parcial de Ley de Seguro Social
El empleador no entera las cotizaciones al Seguro Social, está obligado a
pagar Intereses de mora, que se calcularán con base en la tasa activa promedio
establecida por el Banco Central de Venezuela vigente para el momento del
incumplimiento, sin perjuicio de las sanciones a que hubiese lugar. (Art. 63)
Intereses de Mora + Cotizaciones atrasadas
Se calculan según Art 91 de la Ley de SSSO
El Decreto Supremo N° 016-2016-TR, publicado el 23 de diciembre de 2016, modifica el artículo 101° del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR. Adecuando el reglamento a la modificación del artículo 49° de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, realizada por el artículo 2° de la Ley N° 30222. La modificación adecua el reglamento a la eliminación la obligación de los empleadores, que no desarrollan actividades de alto riesgo, de realizar los exámenes médicos ocupacionales de ingreso.
En este artículo, se resume los decretos emitidos por el Poder Ejecutivo, que emitió para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19). Se analiza el Decreto Supremo No 008-2020-SA que declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, el Decreto de Urgencia N° 026-2020-EF, que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir el COVID-19, el Decreto Supremo N°044-2020- PCM, que declara Estado de Emergencia Nacional y el Decreto Supremo No 046-2020-PCM el cual hace algunas precisiones sobre los alcances del decreto supremo ante mencionado, dando énfasis al aspecto laboral.
DS 010 20TR Disposiciones a trabajo remoto previsto en DUrgenciaMaria Prado Bedoya
D.S.010-2020TR sobre el trabajo remoto, tener en cuenta:
1. Comunicación de la aplicación del trabajo remoto a sus trabajadores: Comunicar las modificaciones del lugar de trabajo, tecnología que usarán, duración de las horas de trabajo, mecanismos de supervisión. Informas además (art.08 sobre los riesgos de Seguridad y Salud en el trabajo por lo cambios desarrollados). Actualice su IPERC.
2. Medio empleados: La empleadora determina los medio y facilidades necesarias para el acceso del trabajador. Importante tener en cuenta confidencialidad de la información, seguridad de los datos y restricción de accesos.
3. Compensación de gastos: en caso que el los medios o mecanismos sean proporcionados por el/la trabajador/a.
Exceptúanse a las personas afectadas a casas particulares, restaurantes y bares y gimnasios al aire libre, y ampliación de construcción privada, en determinados Municipios de la Provincia de Buenos Aires.
Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para reducir el impacto negativo en la economía de los hogares afectados por las medidas de aislamiento e inmovilización social obligatoria a nivel nacional
Esta iniciativa tratada en conjunto con AMPROE y otras asociaciones y cámaras a nivel nacional, da visibilidad a uno de los sectores más golpeados por el COVID-19.
Publicado en diario La Gaceta ampliación por tres meses la captación de aport...Proceso Digital
Este miércoles fue publicado en el diario oficial La Gaceta, el decreto ejecutivo 83-2020 con fecha de 2 de abril, que notifica la suspensión del pago de contribuyentes del Régimen de Aportaciones Privadas (RAP).
Incentivos tributarios para el sector de la construcciónMara Resio
Se publicó en el Boletín Oficial la ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda que además de diferimiento en el pago de impuestos para quienes inviertan en obras en construcción habilita la normalización (blanqueo) de la tenencia en moneda nacional y extranjera para la compra de dichos departamentos.
El Gobierno creó un registro en el cual deberán anotarse las personas que posean este tipo de plantas en sus domicilios para los fines autorizados. La medida se anunció a través de la Resolución 800/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
La AFIP reglamentó el régimen de registración de los contratos de alquiler. En la práctica, esto significará que tanto propietarios, inmobiliarias o inquilinos podrán formalizar el contrato
La situación actualizada de los países con los que Argentina posee mayor tráf...Mara Resio
Migraciones publicó un detallado informe sobre las condiciones de ingreso y permanencia que impusieron los distintos países con los que Argentina posee mayor tráfico aéreo para que aquellos que decidan viajar tengan una fuente oficial donde consultar.
Grandes fortunas: el Gobierno reglamentó la leyMara Resio
El Gobierno reglamentó la ley de Aporte Solidario y Extraordinario para morigerar los efectos de la pandemia (ley 27605/2020) -conocida también como aporte de las grandes fortunas- y sus detalles se conocieron al publicarse la edición del Boletín Oficial correspondiente al viernes 29 de enero.
La medida rige desde las cero horas de este viernes hasta el 9 de enero. Se bloquean los pasos limítrofes y los vuelos con cuatro países europeos y Australia
El Ministerio de Salud de la Nación autorizó con “carácter de emergencia” la vacuna rusa contra el COVID-19 Sputnik V, desarrollada por el Centro Nacional Gamaleya de Epidemiología y Microbiología de Rusia.
Salud autorizó el uso de emergencia de la vacuna rusaMara Resio
ARTÍCULO 1°.- Autorizase con carácter de emergencia la vacuna Gam-COVID-Vac, denominada Sputnik V,
desarrollada por el Centro Nacional Gamaleya de Epidemiología y Microbiología de Rusia, en virtud de lo
establecido por los artículos 8° y 9° de la Ley 27.573. y de conformidad con las recomendaciones de la
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica.
La Cámara Federal de Paraná declaró inconstitucional los aumentos de las jubilaciones por decreto aplicadas por el Gobierno por ser inferiores a los establecidos mediante la fórmula suspendida por la ley 27.541 de Emergencia dictada a fines de 2019.
Las firmas que produzcan yerba mate en el territorio nacional deberán regirse por un reglamento de recepción y secansa de la yerba mate y el producto antes de llegar al público no podrá tener presencia de palo y polvo superior al 35%.
Argentina da un paso histórico. Desde hoy todas las personas que necesiten cultivar o que alguien lo haga por ellas para tratar enfermedades van a poder hacerlo legalmente.
En el formulario de denuncia del Sistema URGE, la policía debe anotar en los datos personales de la denunciante, el vínculo con la víctima, si pertenece a la comunidad de pueblos originarios, si es migrante, cuál es su lengua materna y si necesita un intérprete, si tiene cobertura social o de salud, y si cuenta con un abogado.
Violencia de género: registros únicos de denunciasMara Resio
El Gobierno Nacional anunció la creación de un “Sistema Único de Registro de Denuncias por Violencia de Género (URGE)" destinado a homogeneizar la actuación de las fuerzas de seguridad y la atención a la ciudadanía ante casos de esta índole.
Argentina recibirá nuevamente a los turistas de los países limítrofes desde las 00hs del viernes. Los pasajeros pueden ingresar desde el Aeropuerto Internacional de Ezeiza o desde la terminal marítima de Buquebús.
La Oficina Anticorrupción decidió renunciar como querellante esta todas las investigaciones por hechos de corrupción que comprometen a exfuncionarios y funcionarios actuales por falta de personal.
La Corte absolvió a Jorge Enrique González NievaMara Resio
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad, absolvió a Jorge Enrique González Nieva por los delitos de robo con homicidio resultante y portación de arma de guerra por los que había sido condenado a la pena de veinticinco años de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 del Departamento Judicial de Morón.
Denuncia por espionaje a familiares del Ara San JuanMara Resio
La interventora de la Agencia Federal de Inteligencia presentó esta mañana ante la justicia federal de Mar del Plata una denuncia por espionaje ilegal realizado sobre familiares de los y las tripulantes del ARA San Juan, mientras el submarino aún permanecía desaparecido. En el texto, Cristina Caamaño subrayó que “las tareas” ventiladas “no se encuentran ordenadas ni autorizadas por ningún magistrado; sólo fueron dispuestas por las autoridades del organismo que hoy se encuentra intervenido”.
La Oficina de Violencia Doméstica (OVD), a cargo de la vicepresidenta del máximo tribunal, Dra. Elena Highton de Nolasco, elaboró un informe especial sobre mujeres, adolescentes y adultas, afectadas por hechos de violencia doméstica, de 14 años y más que tenían o tuvieron un vínculo de pareja con su agresor, y reveló que el tiempo promedio de maltrato casi alcanzaba los 6 años.
Pòster presentat pel doctor José Ferrer, metge de l'equip d'Innovació de BSA, al XX Congrés de la Sociedad Española del Dolor, celebrat a León del 29 al 31 de maig de 2024.
Presentació de Elena Cossin i Maria Rodriguez, infermeres de Badalona Serveis Assistencials, a la Jornada de celebració del Dia Internacional de les Infermeres, celebrada a Badalona el 14 de maig de 2024.
Presentació de Isaac Sánchez Figueras, Yolanda Gómez Otero, Mª Carmen Domingo González, Jessica Carles Sanz i Mireia Macho Segura, infermers i infermeres de Badalona Serveis Assistencials, a la Jornada de celebració del Dia Internacional de les Infermeres, celebrada a Badalona el 14 de maig de 2024.
via de administracion subcutanea princios cientificos
Licencia excepcional por el coronavirus
1. https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/226497/20200310
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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 178/2020
RESOL-2020-178-APN-MT
Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2020
VISTO las recomendaciones con origen en el Ministerio de Salud de la Nación, y
CONSIDERANDO
Que el nuevo coronavirus (COVID-19), como es de público conocimiento, se propaga aceleradamente a nivel
mundial.
Que las áreas competentes trabajan incansablemente para proteger la salud de la población,
Que atento que el virus que causa el COVID – 19 se está propagando de persona a persona, resulta de vital
importancia la pronta aislación de ellas a efectos que no representen un riesgo de infección para otras.
Que en tal sentido es necesario atender desde el ámbito laboral las contingencias que esta urgente necesidad de
aislamiento de personas en riesgo eventual de padecer la enfermedad, genera.
Que por tal motivo, corresponde brindar a los trabajadores y trabajadoras, tanto del sector público cuanto del sector
privado en relación de dependencia, las garantías que derivadas de su relación de trabajo pudieran verse afectadas
por esta contingencia, de manera tal que la misma no altere los derechos que le son normativamente reconocidos.
Que a tal fin, corresponde otorgarles con carácter excepcional licencia especial que permita cumplir con las
prevenciones sanitarias establecidas en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación o en su caso con
los protocolos y tratamientos médicos pertinentes sin que tal situación afecte cualesquiera de los elementos
esenciales de su vínculo laboral, necesarios para cubrir los requerimientos básicos del grupo familiar.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Otórguese licencia excepcional a todas aquellas personas trabajadoras del sector público o privado
en relación de dependencia que habiendo ingresado al país desde el exterior, en forma voluntaria permanezcan en
sus hogares, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación.
2. https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/226497/20200310
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ARTICULO 2º.- La licencia establecida en el artículo precedente no afectará la normal percepción de las
remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que por ley o Convenio les
correspondiere percibir.
ARTICULO 3º.- La licencia excepcional prevista en la presente no se computará a los fines de considerar toda otra
prevista normativamente o por Convenio y que pudieran corresponder al uso y goce del trabajador.
ARTICULO 4º.- Autorícese a la Secretaría de Trabajo a dictar las normas reglamentarias y complementarias a que
la presente pudiera dar lugar.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. Claudio Omar Moroni
e. 10/03/2020 N° 13002/20 v. 10/03/2020
Fecha de publicación 10/03/2020