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470-399 a. C 
Sócrates. definen 
justicia como 
"Ayudar a los 
amigos y dañar a 
los enemigos". 
En 1931, la noción de justicia social se incorpora plenamente 
a la Doctrina social de la Iglesia Católica, al utilizarla el 
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Hacia fines del siglo XVII John Locke sostendría que la 
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Young (1990) afirma : 
La idea de la justicia 
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procesuales de la 
participación en la 
deliberación en los procesos 
de toma de decisiones. Para 
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el mundo que la aplica debe 
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todos satisfacer sus 
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que todos puedan expresar 
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(1919) 
Organización Internacional del Trabajo (OIT), 
que incorpora la noción de justicia social a su 
Constitución, en la primera frase, como 
fundamento indispensable de la paz universal: 
"Considerando que la paz universal y 
permanente sólo puede basarse en la justicia 
social..." 
Fraser (1997), las reivindicaciones 
de justicia social en el mundo 
actual parecen dividirse en dos 
tipos cada vez más claros. El 
primero, quizá el más afamado, 
hace referencia a las de 
redistribución, reivindicando una 
distribución más justa de bienes y 
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Rawls (1971) destaca de la 
visión utilitaria de la justicia es 
que no importa, excepto de 
manera indirecta, ni cómo se 
distribuya esta suma de 
satisfacciones entre los 
individuos, ni cómo un hombre 
distribuye sus satisfacciones en 
el tiempo. 
Fraser (2008) destaca que el 
planteamiento de Justicia como 
“reconocimiento” surge del reto de 
criticar el concepto tradicional. La 
injusticia no sólo se basa en una 
inadecuada distribución de bienes, 
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ausencia tanto del reconocimiento 
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384.322 a. C. 
Aristóteles. Entiende por 
Justicia Distributiva “dar a 
cada uno lo que le 
corresponde; es decir, en 
proporción a su contribución 
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necesidades y sus méritos 
personales". 
Luigi Taparelli d'Azeglio, 1843, utiliza 
por primera vez el término de Justicia 
Social, en Livorno, Italia, señala lo 
siguiente: "...la justicia social debe igualar 
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Rousseau (1964), por su parte, la 
justicia no puede definirse solo como 
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427.347 a. 
C. 
Platón 
asociaba 
Justicia con 
armonía 
social. 
Santo Tomás de Aquino (1225-1274) 
“dar a cada uno lo suyo”. 
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valoración de una conducta correcta y de lo 
correcto de una situación. Es decir, lo que a 
una persona le corresponde, lo que es suyo, 
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(Sen, 1992), plantea que 
la idea de la justicia se 
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Sostiene que la atención 
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(Nussbaum, 
2006), aborda esa crítica a partir de tres 
elementos que éste deja de lado (lo que ella 
llama los tres problemas no resueltos de la 
justicia): la justicia hacia las personas con 
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internacionales, y al tratamiento de los 
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enfoque de las capacidades ofrece una 
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Para Humboldt, una “educación homogénea” no 
es aconsejable para la formación del individuo, 
dado que una excesiva actuación del Estado 
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Además, una educación independiente de la 
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ciudadanos puedan analizar críticamente, juzgar 
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uno de los legados con mayor 
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nacionales latinoamericanos en la 
segunda mitad del siglo xix en 
cuanto a las relaciones entre 
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1859-1952 
Dewey. 
La democracia no debe entenderle como una 
renta legada por nuestros antecesores que nos 
permite vivir cómodamente. Antes bien, la 
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  • 1. 470-399 a. C Sócrates. definen justicia como "Ayudar a los amigos y dañar a los enemigos". En 1931, la noción de justicia social se incorpora plenamente a la Doctrina social de la Iglesia Católica, al utilizarla el papa Pío XI en la Encíclica Quadragesimo anno. Para Pío XI, la justicia social es un límite al que debe sujetarse la distribución de la riqueza en una sociedad, de modo tal que se reduzca la diferencia entre los ricos y los necesitados: A cada cual, por consiguiente, debe dársele lo suyo en la distribución de los bienes, siendo necesario que la partición de los bienes creados se revoque y se ajuste a las normas del bien común o de la justicia social. 1632-1704 Hacia fines del siglo XVII John Locke sostendría que la mejor inversión de un padre para con su hijo es proporcionarle una “buena educación”, pues ella le garantizaría una futura solvencia económica. Young (1990) afirma : La idea de la justicia subraya… los elementos procesuales de la participación en la deliberación en los procesos de toma de decisiones. Para que una norma sea justa, todo el mundo que la aplica debe tener la oportunidad de ser considerado con una voz eficaz y debe tener la posibilidad de estar de acuerdo con ella sin coacción. Para que una condición social sea justa, debe permitir a todos satisfacer sus necesidades y ejercer su libertad; así la justicia requiere que todos puedan expresar sus necesidades. (1919) Organización Internacional del Trabajo (OIT), que incorpora la noción de justicia social a su Constitución, en la primera frase, como fundamento indispensable de la paz universal: "Considerando que la paz universal y permanente sólo puede basarse en la justicia social..." Fraser (1997), las reivindicaciones de justicia social en el mundo actual parecen dividirse en dos tipos cada vez más claros. El primero, quizá el más afamado, hace referencia a las de redistribución, reivindicando una distribución más justa de bienes y recursos. Rawls (1971) destaca de la visión utilitaria de la justicia es que no importa, excepto de manera indirecta, ni cómo se distribuya esta suma de satisfacciones entre los individuos, ni cómo un hombre distribuye sus satisfacciones en el tiempo. Fraser (2008) destaca que el planteamiento de Justicia como “reconocimiento” surge del reto de criticar el concepto tradicional. La injusticia no sólo se basa en una inadecuada distribución de bienes, recursos o capacidades sino en la ausencia tanto del reconocimiento de la identidad como de la diferencia. 384.322 a. C. Aristóteles. Entiende por Justicia Distributiva “dar a cada uno lo que le corresponde; es decir, en proporción a su contribución a la sociedad, sus necesidades y sus méritos personales". Luigi Taparelli d'Azeglio, 1843, utiliza por primera vez el término de Justicia Social, en Livorno, Italia, señala lo siguiente: "...la justicia social debe igualar de hecho a todos los hombres en lo tocante a los derechos de humanidad,..." Rousseau (1964), por su parte, la justicia no puede definirse solo como una igualdad formal sino como el ejercicio de la libertad, que demanda, además, una serie de condiciones de igualdad material, o si se quiere económica y social. El concepto de contrato es una ley que une los derechos y los deberes con el fin de conducir la justicia a su objeto. 427.347 a. C. Platón asociaba Justicia con armonía social. Santo Tomás de Aquino (1225-1274) “dar a cada uno lo suyo”. Justicia Social, a partir del cual pueden comprenderse las nociones de los derechos (como tener derecho a), y por tanto, la valoración de una conducta correcta y de lo correcto de una situación. Es decir, lo que a una persona le corresponde, lo que es suyo, es a lo que la misma tiene derecho. (Sen, 1992), plantea que la idea de la justicia se encuentra en las libertades reales que gozan los individuos. Sostiene que la atención en las posesiones de medios para la libertad (como por ejemplo, los bienes primarios) no pueden proporcionar las comparaciones interpersonales que constituyan una base informacional de la justicia. (Nussbaum, 2006), aborda esa crítica a partir de tres elementos que éste deja de lado (lo que ella llama los tres problemas no resueltos de la justicia): la justicia hacia las personas con discapacidad, a las relaciones internacionales, y al tratamiento de los animales no humanos. Entiende que el enfoque de las capacidades ofrece una alternativa más adecuada. 1789-1856 Para Humboldt, una “educación homogénea” no es aconsejable para la formación del individuo, dado que una excesiva actuación del Estado conduce a la mediocridad individual y cívica. Además, una educación independiente de la organización estatal permitirá que los futuros ciudadanos puedan analizar críticamente, juzgar y mejorar dicha organización política. 1798-1857. El positivismo de Comte constituye uno de los legados con mayor incidencia en no pocos Estados nacionales latinoamericanos en la segunda mitad del siglo xix en cuanto a las relaciones entre educación, individuo y ciudadanía. 1859-1952 Dewey. La democracia no debe entenderle como una renta legada por nuestros antecesores que nos permite vivir cómodamente. Antes bien, la democracia debe asumirse como una empresa vital constante que debe siempre inquietarnos por lo que aún debemos emprender y conseguir para que todos los ciudadanos –no sólo algunos– tengan condiciones para una vida cierta, digna y promisoria.