El documento discute si los pagos retroactivos de alimentos son inconstitucionales. Explica que los alimentos son un derecho fundamental de acuerdo a la Constitución Mexicana y la Convención de los Derechos del Niño. Además, señala que los niños tienen derecho a satisfacer sus necesidades básicas como alimentación, salud y educación para su desarrollo integral, y que este derecho puede ser retroactivo si se demuestra el parentesco y necesidad del menor durante los años sin recibir alimentos.