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COLEGIO FRANCISCO DE PAULA SANTANDER
INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL- BOSA
JUSTIFICACION
En cumplimiento de lo ordenado en la Ley General de Educación (Ley 115de 1994) y el Decreto
1860 de 1994 ha sido diseñado y estructurado el PRESENTE MANUAL DE CONVIVENCIA.
Este documento fija los parámetros que orientan los comportamientos, acciones y relaciones
entre los miembros de la Comunidad Educativa Santanderista, para la construcción de un
ambiente institucional de cordialidad, armonía, participación y trabajo cooperativo que
favorezcan la sana convivencia, la toma en consenso de las decisiones que afectan a la
colectividad, permitiendo los aprendizajes y el desarrollo integral de los estudiantes.
OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
OBJETIVOS GENERALES
Establecer las normas y pautas de comportamiento que posibiliten la sana convivencia entre
los integrantes de la Comunidad Educativa y la consecución de los logros académicos, sociales
y culturales propuestos.
Fijar criterios y estrategias para el cabal cumplimiento de las normas, la apropiación y vivencia
de valores, la corrección de las faltas, el manejo y solución de los conflictos.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Crear condiciones normativas para la convivencia institucional en los diferentes aspectos de la
labor educativa, que promuevan las relaciones interpersonales de manera dinámica y
participativa con la proyección de la vida social.
Brindar alternativas de comunicación y participación democrática para la solución de conflictos
y la toma de decisiones.
Afianzar mediante la participación el valor de la autonomía para que todos los miembros de la
Comunidad Educativa Santanderista se conviertan en agentes activos de cambio social, cultural
y económico.
FUNDAMENTOS LEGALES
Los fundamentos son razones o principios que sirven de base o cimiento conceptual a un
motivo con que se pretende lograr asegurar un propósito, con el conjunto de disposiciones
constitucionales o jurídicas que se reglamentan y regulan el proceso de la Educación de la
Nación.
Los fundamentos del presente Manual son:
•

La Constitución Política Nacional de 1991.

•

La Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación.

•

El Decreto 1860 de 1994, reglamentario de la ley 115.

•

El decreto 2082 de 1996, Atención a personas con limitaciones o talentos
excepcionales.

•

Decreto Nacional 1290 del MEN 16 DE ABRIL DE 2009.

•

La Ley 734 de 2002.

•

El Decreto 1850 de 2002.

•

Código de la infancia y adolescencia. La ley 1098 del 8 de Noviembre de 2006.

CAPITULO I
IDENTIDAD
El Colegio “FRANCISCO DE PAULA SANTANDER” ES UNA INSTITUCION Educativa de carácter
oficial, dependiente de la Secretaria de Educación de Distrito. Esta ubicada en la calle 61 Sur Nº
80 I 40 Bosa Centro, Localidad 7. Funciona en las jornadas Mañana y Tarde i impartiendo
educación formal mixta de Preescolar, Básica Primaria y Educación Media es decir de grado 0 a
grado 11º en Calendario A.
Cuenta con el reconocimiento oficial de la Secretaria de Educación mediante el Decreto 606
del 26 de julio de 2001, la Resolución 2544 del 28 de Agosto de 2002 autoriza los servicios
educativos de Preescolar y Básica Primaria y Básica Secundaria (0º a 9º) y finalmente de la
Resolución 569 del 16 de Febrero de 2007 aprueba la prestación del servicio en el nivel de
educación media (10º a 11º) y la autoriza para otorgar a los egresados el título de Bachiller
Académico.
Su proyecto Educativo Institucional denominado;”Hacia una formación humanística, integral y
dinamia ara el siglo XXI” se basa en el reconocimiento del ser humano en sus múltiples
dimensiones; biológica, sicológica, espiritual, social y cultural. Busca el perfeccionamiento de
las potencialidades personales a través de tres ejes fundamentales: valores, comunicación y
desarrollo de habilidades del pensamiento.
ORIGEN DE NUESTRO NOMBRE
Francisco de Paula Santander nació el 2 de abril de 1872 en Nuestra Señora del Rosario de
Cúcuta. A los trece años comenzó a asistir al colegio de San Bartolomé, en Santa Fe de Bogotá,
capital de virreinato de nueva granada. Sin poder finalizar sus estudios de leyes, se sumo en
1810al Ejercito libertador y dos años más tarde ya formaba parte de las fuerzas dirigidas por
Simón Bolívar , a quien se unió de forma definitiva en 1817, después de que se retirara,
hostigado por el General realista Pablo Morillo, a la región de los llanos orientales.
El 7 de agosto de 1819 comando uno de ellos dos contingentes independentista que
obtuvieron la decisiva victoria en la batalla de Boyacá frente a las tropas realistas españolas.
Pocos días después fue nombrado por Bolívar vicepresidente de la recién independizada
Nueva Granada, denominada oficialmente República de la Gran Colombia. Desde 1819 asumió
interinamente la presidencia del poder ejecutivo en sustitución del propio libertador, que
continúo al frente del ejército independentista.
A partir de 1826, las discrepancias políticas entre Santander y Bolívar se hicieron evidentes, ya
que aquel defendía una política liberal y quería mantener los principios acordados en la
constitución de 1821, en tanto que el libertador promovía la implantación una norma
constitucional más conservadora y centralista. Participo en la en la fracasada Convención de
Ocaña de abril de 1828 que termino por suponer la definitiva separación entre los
santanderista y los bolivaristas. Poco después de que Bolívar eliminara el cargo de
vicepresidente, Santander fue acusado de participar en el frustrado atentado contra e
libertador que tuvo lugar en septiembre de 1828. Condenado a muerte, vio conmutada su
pena por la de destierro por orden de Bolívar. Desde entonces vivió en Europa y Estados
Unidos.
Dos años después de la muerte del libertador , el 9 de marzo de 1832 resulto elegido
presidente de la recién instaurada República de la Nueva Granada ( surgida después de la
desaparición de la República de la Gran Colombia), cargo que ejerció desde que el 7 de octubre
de ese año regreso de su exilo en Nueva York. Su gobierno puso en marcha una administración
eficaz, desarrollo una política centralista y promovió la instrucción pública. En 1837 le sucedió
su vicepresidente, José Ignacio de Márquez. Desde su calidad de miembro del Congreso
encabezo a partir de entonces la oposición al presidente. Fallece en Santa fe de Bogotá el 6 de
Mayo de 1840.
BREVE RESEÑA HISTORICA DE LA INSTITUCION
Nuestra institución nació como escuela rural en 1938, dando inicio a su construcción por la
gestión del Concejo municipal de Bosa, que en esa época era un municipio cercano a Bogotá y
se desarrollaba como sector agrícola e industrial, rico en historia, pues fue un lugar de
pernoctación de personajes relevantes en acontecimientos patrios. Con el asentamiento de
comunidades religiosas-seminario y monasterio favoreció procesos de institucionalización de
la educación (aunque de manera cerrada) a su lado fueron floreciendo otras institución
educativas. En el año de 1940 se inaugura oficialmente como una escuela de educación
unitaria, la cual consta de dos aulas y una vivienda para dos maestros, generalmente un
matrimonio de pedagogos. En las dos aulas se ensañaba a niños y niñas; en una de los cursos
primero y segundo a cargo de uno de los docentes y en la otra tercero, cuarto y quinto a cargo
del otro docente.
Como resultado de la anexión de Bosa a Bogotá, en la institución se realizan algunos cambios
organizativos, se separa a l estudiantado por sexos, se hace una ampliación del plantel para
trabajar los cinco grados de primaria quedando únicamente para niños ya que es construida
otra institución exclusivamente para niñas.
Posteriormente a causa de los desplazamientos durante la década de los 60, aumenta la
población y se produce la apertura de otras dos instituciones oficiales mediante la adecuación
de casonas: la ”Francisco José de Caldas” que atiende a grado primero y la “Antonio Nariño”
que atiende a grados segundo y tercero; este hecho ocasiono que en nuestra institución
solamente se atendiera a grados cuarto y quinto.
En la década de los 70, hay un auge en Bogotá de construcciones escolares en los sectores de
mayor crecimiento de población, en los que se encuentra Bosa, con lo cual se busca la
necesidad de cobertura. Con la ayuda de la comunidad se realiza una marcha del ladrillo y se
construye un aula más; se optan espacios en la casona para atender a otro grupo de
estudiantes. A final de la década de los 70 se construyen otras dos aulas y nuestra institución
puede atender así dos cursos de estudiantes de los grados primero a quinto de Básica
primaria, pero continúa siendo insuficiente para atender la población del sector.
Por el deterioro de la casona y los proyecto de la administración distrital, en la década de los
90 se inicia otra readecuación de nuestra institución, se construye la parte administrativa y
cuatro aulas, en esta etapa la población estudiantil se traslada de la casona, a la nueva
edificación la cual se acondiciona un mayor número de espacios para poder atender a mas
estudiantes (en lugar de cuatro se abren seis cursos), a principios del 2000 se construye la
casita (aula prefabricada) que permite atender a un curso mas en cada una de las jornadas.
En el 2004 se realiza otra ampliación de la planta física construyendo 7 aulas nuevas y dos
baterías de baños, dando así cabida a la Secundaria completa, lo que permite completar el
servicio educativo en los niveles de Preescolar a Grado Once.
Adaptación de texto elaborado por el Profesor Jorge Rodríguez Fajardo.
COMUNIDAD EDUCATIVA SANTANDERISTA
La Comunidad Educativa del Colegio “FRANCISCO DE PAULA SANTANDER I.E.D” está
constituida por las personas vinculadas a la Institución que tienen responsabilidades directas
en el diseño, desarrollo, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional componen
cada uno de los siguientes estamentos:
•

Padres y Madres de Familia, Acudientes:
Personas mayores de edad, legalmente responsables del cuidado, protección, control y
educación de los infantes y jóvenes estudiantes que asumen este deber firmando en el
registro de matrícula.

•

Los Directivos Docentes y Administrativos:
Quienes cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo dentro de
la institución.
•

Los Docentes: Los vinculados que laboran en la institución.

•

Los Egresados: Preferiblemente los que estén organizados para participar.

•

Los Representantes del Sector Productivo: Circunvecino a la institución.

Todos los integrantes de la comunidad Educativa son legalmente competentes para participar
en la dirección de la Institución Educativa por intermedio de sus representantes en los órganos
del Gobierno Escolar, en los Comités y Comisiones permanentes o temporales, usando los
medios y procedimientos establecidos.
PRINCIPIOS EDUCATIVOS ORIENTADORES
La responsabilidad educativa del Colegio “Francisco de Paula Santander” se fundamenta en los
siguientes postulados:
INTEGRIDAD: La educación asumida como un proceso permanente de formación y evolución
personal, social y cultural, se fundamenta en el concepto del ser humano integral y
multidimensional, con el potencial y la capacidad de desarrollar los cinco aprendizajes básicos:
aprender a aprender, aprender a pensar, aprender a hacer, aprender a ser, aprender a
convivir.
AUTONOMIA: El estudiante es el eje del proceso educativo y por lo tanto, es el principal
responsable de su propio desarrollo de aprendizaje y formación humana integral, con el fin de
convertirse en una persona adulta, capaz de tomar sus propias decisiones y asumir con
responsabilidad la consecuencia de sus actos en el desarrollo y cumplimiento de su propio
Proyecto de Vida.
TRASCENDENCIA: La persona humana, como ser histórico, es protagonista directa de los
acontecimientos ocurridos en su entorno durante su proceso evolutivo de desarrollo
sociocultural, lo cual ha requerido de su participación activa e inteligente para vencer las
circunstancias y transformar el medio, en la constante búsqueda del progreso y bienestar
tanto individual como colectivo.
SOCIABILIDAD: Cada ser humano es único e irrepetible, pero social por naturaleza por lo tanto,
independiente, es decir con necesidades de reconocimiento, comunicación, afecto,
participación y trabajo mancomunado en pos de una mejor calidad de vida colectiva.
DIGNIDAD DE LA PERSONA: Fundamento de todo ser humano, desde la concepción hasta la
muerte. Derecho inalienable a desarrollarse como persona en todas sus dimensiones.
INSTITUCION FAMILIAR: Célula fundamental de la sociedad e instancia básica para el sano
desarrollo de la persona.
FORMACION DE PERSONAS: Proceso integral orientado a favorecer la idoneidad, la integridad
personal, la identidad y le compromiso con Dios, con la Patria, consigo mismo y con el otro.
ESPIRITU CIENTIFICO: Razón de la investigación, la crítica y la creatividad, para la acción
transformadora de la realidad humana y social, con sentido ético.
DIVERSIDAD CULTURAL: Factor dinámico y creativo de desarrollo del ser individual y colectivo
que contribuya a conformar la identidad colombiana.
BIENESTAR HUMANO: Expresión de la justicia, equidad, la solidaridad, la convivencia en la vida
institucional con proyecto social.

CARACTERIZACION ACADEMICA INSTITUCIONAL
a) Nuestra institución busca desarrollar un estilo pedagógico propio:
-

Es una educación integral, centrada en el alumno.

-

Fomentos el desarrollo del pensamiento lógico y de una conciencia crítica.

-

La comunicación como canal para la solución pacifica de conflictos.

-

Se propicia la enseñanza para la comprensión y el aprendizaje cooperativo;

b) Nuestra institución ofrece una enseñanza de calidad porque:

-

Cuida la formación y permanente actualización de profesorado;

-

Participa y colabora en programas de innovación educativa;

-

Busca aprovechar los medios técnicos que ayudan en la tarea educativa,
principalmente las nuevas tecnologías.
FUNDAMENTOS
FUNDAMENTO ANTROPOLOGICO
En el Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D se reconoce al ser humano como sujeto
biológico, psicológico, social y productivo en un proceso de permanente evolución, quien a
partir de la interacción social dentro de una cultura y momento histórico es capaz de
desarrollar sus potencialidades físicas, intelectuales, espirituales y principalmente sociales, las
que le permiten convertirse en un agente activo de cambio.
FUNDAMENTO EPISTEMOLOGICO
La epistemología como sinónimo de Teoría del conocimiento, se ocupa de las distintas formas
de conocer y teorizar sobre el mundo y las personas, en este ámbito están las llamadas
Ciencias Cognitivas o Ciencias el Conocimiento.
En cuanto a la “Teoría del Conocimiento”, la Epistemología tiene intereses por las relaciones
entre pensamiento y conducta o entre teoría y acción, la investigación-acción es una
modalidad recientemente expresada para la resolución de los problemas sociales que
pretende que los agentes del cambio sean las mismas personas que vivencian los problemas, a
través de un circulo recursivo de investigación, practica y evaluación.
El conocimiento que se expresa en palabras, proposiciones o afirmaciones “sobre las cosas” se
diferencian del conocimiento práctico u operativo, catalogado como un “saber hacer”, esta
diferencia no obliga a considerarlos como distintos.
Frente a esta concepción de conocimiento, una función de colegio es propiciar los espacios
para potenciar y socializar los sistemas conceptuales y explicativos que configuran la Ciencia, la
Tecnología, el Arte, lo Social y lo recreativo, las habilidades y destrezas cognitivas, el desarrollo
del pensamiento, el desarrollo motriz; los métodos y técnicas de trabajo.
FUNDAMENTO PEDAGOGICO
Se constituye la pedagogía como una disciplina reconstructiva en la que el saber pedagógico se
construye de manera coherente y sistemática, a partir de la reflexión del hecho educativo y del
quehacer del maestro.
En el Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D se plantean acciones y estrategias por la
intencionalidad de validar, transformar, comunicar manejar los saberes y valores que
propendan por la formación integral de la persona y el mejoramiento de la calidad de vida y
mejoramiento de la calidad de vida a través del ejercicio ético y moral que regule la
convivencia humana de los estudiantes.
FUNDAMENTO AXIOLOGICO
Se conciben los valores como principios y fines que fundamentan y guían la acción humana en
momentos históricos y culturales determinados. Los valores se reconocen, desean y buscan
libremente, se integran a la estructura del conocimiento y marcan la personalidad.
La acción educativa del Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D se fundamente en la
formación y para la libertad, la justicia, el respeto, la solidaridad, la convivencia, la tolerancia y
el trabajo entre otras. Por ende se educa para la construcción de una nueva sociedad con
personas competentes, capaces de adaptarse a los cambios y desafíos del mundo moderno, lo
cual exige un serio trabajo en la formación de valores.
FUNDAMENTOS SOCIOLOGICOS
Los seres humanos son sociables por naturaleza, interdependientes, es decir con necesidades
de reconocimiento, comunicación, afecto e integración con otros individuos de su misma
especia. Para vivir en comunidad requiere el desarrollo de habilidades y actitudes básicas para
la convivencia. Estas son:
El cuidado de sí mismo y del entorno como principio fundamental de la supervivencia.
La comunicación e interacción con los demás como medio para lograr el reconocimiento, la
realización del ser y el progreso individual y colectivo.
El trabajo cooperativo que le permite la participación y la toma de decisiones en consenso en
busca del beneficio común como base de la sana convivencia y el progreso.
L a educación tiene como fin la capacitación, adaptación e integración de los infantes y de los
jóvenes a la sociedad, buscando que desempeñen un rol de análisis crítico y de acción
transformadora de la misma.
MISION
El Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D se compromete a desarrollar las
potencialidades de las y los estudiantes como seres humanos integrales en sus dimensiones
mental, cognitiva, afectiva, física, espiritual, ecológica, ética, social, política, cultural, con
énfasis en valores, comunicación y desarrollo de habilidades del pensamiento.
VISION
El Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D se consolidara en el año 2010 como una
institución formadora de personas autónomas, solidarias, creativas, competentes para la
solución de problemas, capaces de diseñar y cumplir un Proyecto Personal de Vida, como
agentes activos y trascendentes en los cambios sociales y culturales requeridos.
SIMBOLOS INSTITUCIONALES
BANDERA
En Marzo de 2003 el Consejo Directivo adopta como símbolo de nuestra institución la bandera
elegida entre diferentes propuestas presentadas por integrantes de la comunidad Educativa
Santanderista en el Concurso adelantado por tal fin.
La bandera institucional es de forma rectangular, en el ángulo superior izquierdo aparece un
sol en forma de semicírculo amarillo cuyo significado es “la luz de la Sabiduría que nos ilumina
y trasciende nuevas vidas”.
Del sol salen dos líneas rojas que forman tres franjas. El color rojo de las líneas representa “la
alegría, la amistad y el amor como lazos fuertes que nos unen como familia Santanderista”
La franja que ocupa un ángulo superior derecho es de color gris y representa:” la sabiduría
para comprender y apropiar conocimientos y enseñanzas impartidas”.
La franja central que se amplia y ocupa el ángulo inferior izquierdo es de color azul y
representa:”la fe, la virtud proyectada en los sueños, el espíritu de lucha y superación”.
Ubicadas en el ángulo inferior derecho, sobre la franja de color blanco, aparecen las letras F C
P que significan: F=Formación, P= Proyección, S=Social, es decir Formación con Proyección
Social.
ESCUDO
En el año 2004 una Comisión conformada por docentes de las jornadas Mañana y Tarde eligen
entre dos propuestas de escudos, una de cada jornada, el escudo que representara la
Institución. El consejo directivo del año 2206 aprueba un cambio en contorno quedando
conformado con las siguientes características:
FORMA DE ESCUDO: Llamada “piel de Toro”, empleado en los principios del siglo XIX, su forma
se caracteriza por su semejanza a una piel de vacuno curtida. Es el característico escudo
español. De forma casi cuadrada, es el más extendido en toda la heráldica y universalmente se
tiene admitido como el escudo propiamente heráldico. La curva simboliza lo femenino, el
ángulo lo masculino y la unión de las dos energías representa la búsqueda de la armonía.
EL LIBRO: Simboliza la universalidad del saber y entre estos la pedagogía, como saber que
orienta la formación.
LA PLUMA: Simboliza la levedad y ligereza de lo espiritual frente a la densidad de lo material,
de las cosas.
EL APRETON DE MANOS: Simboliza las relaciones fraternales, amistosas.
LA PALMERA: Simboliza éxito, victoria, triunfo.
LAS MONTAÑAS. Simbolizan la proximidad con el mundo espiritual o divino, pues domina el
mundo de los hombres y se eleva hasta el cielo. Es un punto de encuentro entre el cielo y la
tierra.
EL COLOR BLANCO: Significa seguridad, pureza, limpieza; se asocia a la luz, la bondad, la
inocencia. Se le considera el color de la perfección.
EL COLOR VERDE: Simboliza la esperanza, la fe, la amistad, el servicio y el respeto. Es símbolo
de crecimiento, renovación, elevación, grandeza.
EL COLOR ROJO: Representa la energía, la fortaleza, la determinación y el amor.
EL COLOR AZUL: Representa la lealtad, la confianza, la sabiduría, la inteligencia, la fe, la verdad
y el cielo eterno.
CARÁCTER DEL ESTUDIANTE SANTANDERISTA
Las condiciones que deben cumplirse para poder ser estuante del Colegio “Francisco de Paula
Santander” I.E.D son las siguientes:
•

Realizar el proceso de matricula mediante el correcto diligenciamiento de la Hoja de
Matricula, con la correspondiente firma del Padre, la madre o una persona
responsable mayor de edad, que represente al estudiante en calidad de acudiente.

•

Entregar con la Hoja de Matricula una fotocopia del Documento de Identidad Personal
de el/la estudiante y una copia del Registro Civil de Nacimiento, dos (2 fotos
actualizadas a color de 2 x 4 cm.

•

Si él/ella estudiante ingresa por primera vez a la institución debe presentar
Certificados de estudio en hoja membreteada original de los anteriores grados
cursados.

•

La niña o el niño que ingresa a Preescolar debe presentar también el correspondiente
Certificado de Vacunas.

La matricula es el acto que formaliza la vinculación de la niña, el niño o el/la joven al servicio
educativo del Colegio; en el momento de firmar la hoja de Matricula las partes se
comprometen a cumplir las normas legales e institucionales vigentes; el/la estudiante se
compromete a estudiar con interés, a dedicar el tiempo necesario para cumplir con las
obligaciones académicas, a actuar positiva y eficazmente en los procesos de aprendizaje,
capacitación y desarrollo de la formación personal y social con base en su propio Proyecto
Personal de Vida.
•

Se pierde la condición de Estudiante Santanderista cuando:

•

Se completa el ciclo de Educación Media y se obtiene el título de bachiller.

•

Se presenta inasistencia mayor al 20% de las clases sin debida justificación, SIEE Art.
3.4.3 y 3.4.4

•

Se reprueba un grado que se repite.
•

Se presentan problemas de convivencia y después de llevar a cabo el debido proceso.

•

El Consejo Directivo determina la cancelación de matrícula y la exclusión del plantel.

PERFILES
Perfil: Es el conjunto de rasgos ideales, de actitudes y comportamientos, que se pretenden de
una persona o un determinado grupo de personas.
PERFIL DEL ESTUDIANTE:
El Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D pretende de su labor educativa con los
estudiantes, contribuir a su formación como personas con:
•

Autoestima, es decir capaces de reconocer, aceptar y valorar su propia identidad y
características individuales.

•

Autonomía, es decir con capacidad para tomar decisiones de manera responsable,
ética, moral y libre, para el desarrollo progresivo de su propio proyecto de vida
personal.

•

Capacidad para desarrollar la creatividad, el análisis, la critica reflexiva, para elaborar y
ejecutar proyectos, así como para manejar y resolver conflictos.

•

Capacidad para desarrollar la investigación, la construcción del conocimiento y el
desarrollo del espíritu científico en busca del saber.

•

Capacidad para promover la convivencia armónica que contribuya positiva y
solidariamente al desarrollo y crecimiento de la comunidad a la cual pertenece.

PERFIL DE EL/LA DOCENTE:
Articulo 37 ley 115 de 1994.
El docente que labora en el Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D debe ser:
-

Conocedor, respetuoso y cumplidor de la Constitución Nacional, las leyes, normas,
decretos y demás ordenamientos jurídicos a los que está obligado como
ciudadano colombiano y como servidor público.

-

Pedagogo profesional con vocación de servicio identificado con la filosofía de la
institución, que demuestra su sentido de pertenencia y compromiso por medio de
sus actitudes y acciones cotidianas.

-

Comunicativo, con capacidad para escuchar, dispuesto al dialogo, conciliador,
comprensivo, respetuoso de la opinión ajena.

-

Analítico, critico, creativo, con espíritu investigativo, con mente abierta a la
innovación, a los cambios conceptuales y metódicos.

-

Coherente en sus palabras y acciones, que educa con el ejemplo siendo modelo de
comportamiento personal y social.

-

Responsable, respetuoso, organizado, justo y ecuánime en su labor educativa.

-

Consciente de sus capacidades y fortalezas, reconoce con humildad sus errores y
los corrige.

PERFIL DEL(A) ACUDIENTE:

El acudiente que forma parte de la Comunidad Educativa del Colegio “Francisco de Paula
Santander” I.E.D debe ser una persona que:
-

Conoce, respeta y acata las normas y reglamentos contenidos en el presente
Manual de Convivencia Social.

-

Demuestra identidad y sentido de pertenencia que por medio de acciones
concretas en beneficio de la institución y de la Comunidad Educativa en general.
-

Actúa solidariamente proponiendo, apoyando, realizando acciones
contribuyen a mejorar la labor institucional en beneficio de los estudiantes.

que

Es responsable en el cumplimiento de:

-

Sus compromisos económicos son la institución de a cuerdo a lo estipulado
legalmente.

-

Su deber de controlar, orientar y apoyar el desempeño académico y de
comportamiento de su(s) hijo(s).

-

Las funciones correspondientes en caso de asumir algún cargo de Gobierno
Escolar, comisión o Comité Institucional.

-

Brinda a su(s) hijo(s) un adecuado ambiente familiar de comunicación, respeto y
afecto para que logren un óptimo desarrollo en sus múltiples dimensiones.

PERFIL ADMINISTRATIVO
El personal Administrativo que labora en el Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D . Debe
ser:
-

Conocedor, respetuoso y cumplidor de la Constitución Nacional, las leyes, normas,
decretos y demás ordenamientos jurídicos a los que está obligado como ciudadano
colombiano y como servidor público.

-

Profesional con vocación de servicio, identificado con la filosofía de la institución,
que demuestre su sentido de pertenencia y compromiso por medio de sus
actitudes y acciones cotidianas.

-

Responsable, respetuoso, organizado, honesto, que demuestra coherencia entre
sus palabras y sus acciones.
-

Dispuesto a prestar sus servicios con diligencia y eficacia, cumpliendo a cabalidad
con las funciones asignadas.

-

De buenos modales, atendiendo a todas las personas en general, con amabilidad y
respeto, orientando y ayudando de manera positiva y eficiente.

-

Cuidadoso en el uso y control de los elementos de trabajo de su dependencia y de
los de la institución en general.

CAPITULO 2
GOBIERNO ESCOLAR
El Gobierno Escolar está constituido por los siguientes órganos:
1. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la Comunidad
Educativa y de orientación académica y administración del establecimiento.

2. El Consejo Académico: Como instancia superior para participar en la orientación
pedagógica del establecimiento.

3. El rector: como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y
ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar.
Los representantes en los órganos colegiados son elegidos para periodos anuales, pero
continúan ejerciendo sus funciones hasta cuando son reemplazados. En caso de vacancia, se
eligira su remplazo por el resto del periodo.
CONSEJO DIRECTIVO
El consejo Directivo está integrado por:
1. El Rector: Quien lo preside y convoca ordinariamente una vez por mes y
extraordinariamente cuando lo considere conveniente.

2. Dos representantes del personal Docentes: Elegidos por la junta directiva de la
Asociación de Padres de Familia.
3. Dos representantes de Padres de Familia elegidos por la junta directiva de la
Asociación de Padres de Familia.

4. Un representante de estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los
alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la
institución.

5. Un representante de los ex alumnos elegido por el Consejo Directivo, de ternas
presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos, o en su efecto,
por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante
de los estudiantes.

6. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local. El
representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por
las respectivas organizaciones.
FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO:
Las funciones del Consejo Directivo son las siguientes:
a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento en la Institución.

b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los Docentes y
Administrativos con los estudiantes de la institución y después de haber agotado los
procedimientos previstos del Manual de Convivencia.

c. Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la institución.

d. Fijar criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos
estudiantes.

e. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando
alguno de sus miembros se sienta lesionado.

f.

Aprobar el plan anual de actualización académica del personal Docente presentado
por el Rector.
g. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del
currículo y del Plan de Estudios.

h. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.

i.

Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del
estudiante. En ningún caso las sanciones pueden lesionar la dignidad personal de los
estudiantes.

j.

Participar en la evaluación de los Docentes, Directivos Docentes y Personal
Administrativo de la Institución.

k. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias,
culturales, deportivas, y recreativas.

l.

Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización
de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva
Comunidad Educativa.

m. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones
educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

n. Fomentar la conformación de Asociación de Padres de Familia y Estudiantes.

o. Reglamentar los procesos electorales previstos para la conformación del Gobierno
Escolar.

p. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes
de pagos legalmente autorizados efectuados por los Padres de Familia, responsables
de la educación de los estudiantes.
q. Darse su propio reglamento.

CONSEJO ACADEMICO
El Consejo Académico esta integrado por el Rector quien lo preside, los Coordinadores y un
docente por cada área definida en el plan de estudios.
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO
a. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo.

b. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes que fueren necesarios.

c. Organizar el Plan de Estudios y orientar su ejecución.

d. Participar de la evaluación institucional anual.

e. Integrar las Comisiones de Evaluación y Promoción, asignarle sus funciones y
supervisar el cumplimiento de las mismas.

f.

Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la Evaluación Educativa.

g. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuye el
Proyecto Educativo Institucional.

RECTOR
Es el representante legal del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las
decisiones del Gobierno Escolar.
FUNCIONES DEL RECTOR
De acuerdo con la Ley 715 DEL 21 DE Diciembre de 2001 las Funciones del Rector o Director de
las instituciones educativas públicas, que serán designados por concurso, además de las
funciones señaladas en otras normas, tendrá las siguientes:
a.

Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los
distintos actores de la comunidad educativa.

b. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los
distintos órganos del Gobierno Escolar.

c. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad
Escolar.

d. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su
ejecución.

e. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales
para el logro de las metas educativas.

f.

Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al
personal docentes y administrativo y reporte las novedades e irregularidades del
personal a la secretaria de Educación Distrital, Municipal, Departamental o quien haga
sus veces.

g. Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y
los permisos.

h. Participar en la definición de perfiles para la seleccione del personal docente, y en su
elección definitiva.

i.

Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos
docentes y administrativos de su cargo.

j.

Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario
de conformidad con las normas sobre la materia.
k. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario
de conformidad con las normas vigentes.

l.

Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.

m. Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo
con sus requerimientos.

n. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución.

o. Rendir un informar al Consejo Directivo de la institución Educativa al menos cada seis
meses.
p. Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le
asignen, en los términos de la presente ley.

q. Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres
de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de
cada uno de ellos.

r.

Las demás que le asigne el gobernador o alcalde para la correcta prestación del
servicio educativo.

OTRAS INSTANCIAS DE PARTICIPACION
PERSONERO
Es el representante elegido democráticamente por los estudiantes, entre los alumnos que se
encuentra cursando el último grado de educación ofrecido por la institución. Es el encargado
de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la
Constitución Política Nacional, las leyes y las normas del Manual de Convivencia.
FUNCIONES DEL PERSONERO:
Son funciones del personero.
a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, usando los
medios de comunicación interna del establecimiento, contando con la colaboración
del Consejo de Estudiantes.

b. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que se presenten los estudiantes sobre la
violación de sus derechos, o las quejas que formule cualquier otro miembro de la
comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

c. Presentar ante el Rector las peticiones que considere necesarias para proteger los
Derechos de los Estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes.

d. Presentar los reclamos que considere necesarios para beneficio de la Comunidad
Educativa y la buena marcha de la Institución.

CONSEJO DE ESTUDIANTES
Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza al continuo ejercicio de la
participación de los estudiantes en la Institución. Está integrado por un representante de
cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento, elegidos democráticamente por
sus compañeros.
FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES
Corresponde al Consejo de estudiantes:
a. Darse su propia organización interna.

b. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y asesorarlo
en el cumplimiento de sus funciones.

c. Invitar a las reuniones a aquellos estudiantes que puedan presentar iniciativas o
propuestas para el desarrollo de la vida estudiantil.

d. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores.
CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
Tiene como finalidad asegurar la participación de los acudientes en el proceso educativo.
Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres(3) padres de Familia por cada uno de los
grados que ofrezca el colegio.
El Rector del Colegio convocara a los Padres de Familia para que elijan a sus
representantes en el Consejo de Padres, dentro del primer de actividades.
La elección de los representantes de los padres se efectuara en Reunión por grados, por
mayoría, con la presencia de al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los Padres, o de
los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión.
La conformación del consejo de padres es obligatoria en todos los establecimientos
educativos, no requiere registro ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrá
establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirá
como mínimo tres veces al año por convocatoria del Rector o por derecho propio.
FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
Corresponde al consejo de Padres de Familia:
a. Contribuir con el Rector o Director en el análisis, difusión y uso de los resultados se
las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado.

b. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el
establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los
estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadanía y la creación de la cultura
de la legalidad.

c. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en logro de los objetivos
planeados.

d. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a
desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el
afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio
extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y
especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.

e. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y
concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
f.

Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de
la constitución de la Ley.

g. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental
de los educandos, la solución de las dificultades del aprendizaje, la detección de
problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.

h. Elegir al Padre de Familia que participara en la Comisión de Evaluación y
Promoción de acuerdo al Decreto 1290 del MEN del 16 de Abril de 2009.

i.

Presentar las propuestas de modificación del proyecto Educativo Institucional que
surjan en los padres de familia de conformidad con lo visto en el Artículo 14, 15 y
16 del Decreto 1860 de 1994.

j.

Elegir los dos representantes de los padres de familia en Consejo Directivo del
establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del
Artículo 9 del presente Decreto.

k. Organizar los comités de Trabajo que guarden afinidad con el Proyecto Educativo
Institucional y el Plan de Mejoramiento del Colegio, de conformidad con los planes
de trabajo que acuerde con el Rector. Los comités podrán contar con la
participación de un directivo o docente del colegio designado por el Rector.

ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES DE FAMILIA
Es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la
decisión libre y voluntaria de los padres y madres de Familia de los estudiantes. Solo puede
existir una asociación en el Colegio y tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios
estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión están
separados de los del colegio.
Cuando en número de afiliados a la Asociación alcance la mitad mas uno de los acudientes del
Colegio, la Asamblea de la Asociación eligira uno de los dos representantes de los acudientes
ante el Consejo Directivo, caso en el cual el Consejo de Padres eligira solamente a un acudiente
como miembro del Consejo Directivo.
FINALIDADES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
Las principales finalidades de la Asociación son las siguientes:
•

Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el Plan de Mejoramiento del
Colegio.

•

Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos
los miembros de la Comunidad Educativa.

•

Promover los procesos de formación y actualización de los Padres y Madres de Familia.

•

Apoyar a las Familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias
para mejorar sus resultados de aprendizaje.

•

Promover entre los Padres y Madres de Familia una cultura de convivencia, solución
pacifica de los conflictos y compromiso con la legalidad.

•

Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y
propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de
conformidad con lo establecido en Articulo 315 del Decreto 2737 de 1989.

COORDINADOR ACADÉMICO
FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO
Según la Resolución 13342 del 23 de Julio de 1982 las funciones del Coordinador Académico
son:
a. Participar en el Comité curricular en el de Administración, del fondo de servicios
Docente y en los demás en que sea requerido.

b. Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional.

c. Dirigir la planeación y programas académicos de acuerdo con los objetivos y criterios
curriculares.
d. Organizar a los profesores por los departamentos de acuerdo con las normas vigentes
y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos.

e. Coordinar la acción académica con la administración de alumnos y profesores.

f.

Establecer canales y mecanismos de comunicación.

g. Dirigir y supervisar la educación y evaluación de las actividades académicas.
h. Dirigir la evaluación de rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar la
retención escolar.

i.

Programar la asignación académica de los Docentes y elaborar el horario general de las
clases del plantel, en colaboración con los Jefes de Departamento y el Coordinador de
Disciplina, presentarlos al Rector para su aprobación.

j.

Fomentar la investigación científica para el logro de los procesos educativos.

k. Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.

l.

Rendir periódicamente el informe al Rector del Plantel sobre el resultado de las
actividades académicas.

m. Presentar al Rector las necesidades del material didáctico de los departamentos.

n. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y
materiales confiados a su manejo.

o. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del
cargo.
COORDINADOR(A) DE CONVIVENCIA
FUNCIONES DEL COORDINADOR DE CONVIVENCIA
Según la Resolución 13342 del 23 de Julio de 1982 las funciones del coordinador de
Convivencia son.
a. Participar en el Comité Curricular y en los demás en que sea requerido.

b. Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional.

c. Dirigir la planeación y programación de la administración de alumnos y profesores de
acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.

d. Organizar las direcciones de Grupo para que sean las ejecutoras inmediatas de
Administración de alumnos.

e. Coordinar la acción de la unidad a su cargo con la Coordinación Académica, servicio
del Bienestar de Padres de Familia y demás estamentos de la Comunidad Educativa.

f.

Establecer canales y mecanismos de comunicación.

g. Supervisar la ejecución de las actividades de su Dependencia.
h. Colaborar con el Coordinador Académico en la distribución de las asignaturas y en la
elaboración del horario general de clases del plantel.

i.

Llevar los registros y controles necesarios para la administración de profesores y
alumnos.

j.

Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.

k. Rendir periódicamente informe al Rector del Plantel sobre las actividades de su
Dependencia.
l.

Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y
materiales confiados a su manejo.

m. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del
cargo.

DOCENTES
FUNCIONES DE LOS DOCENTES
Según la Resolución 13342 del 23 de Julio de 1982 son funciones de los Docentes:
a. Participar en la elaboración del planeamiento y programación de las actividades
del área respectiva.

b. Programar y organizar las actividades de enseñanza-aprendizaje de las asignaturas
a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel
área.

c. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su
personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.

d. Participar en la realización de actividades complementarias.

e. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso EnseñanzaAprendizaje.

f.

Aplicar oportunamente en Coordinación con el Jefe de Departamento o con el
Coordinador Académico informe del rendimiento de los alumnos a su cargo, al
término de cada uno de los periodos de evaluación, certificando las calificaciones
con su firma.

g. Participar en la administración de alumnos conforme lo determine el reglamento
de la Institución y presentar los casos especiales a los Coordinadores, al Director
de Grupo y/o a la Consejería para su tratamiento.
h. Presentar periódicamente informe al Jefe del Departamento o en defecto al
Coordinador Académico, sobre el desarrollo de las actividades propias a su cargo.

i.

Ejercer la Dirección de Grupo cuando le sean asignada.

j.

Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las
Directivas del Plantel.

k. Cumplir la Jornada Laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas
vigentes.

l.

Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados.

m. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las
Directivas del Plantel.

n. Atender a Padres de Familia, de acuerdo con el horario establecido en el Plantel.

o. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y
materiales confiados a su manejo.

p. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza
del cargo.

DIRECTORES DE CURSO
FUNCIONES DE LOS DIRECTORES DE CURSO
Según la Resolución 13342 del 23 de Julio de 1982 son funciones del Director de grupo:
a. Participar en el planteamiento y programación de la administración de
alumnos, teniendo en cuenta sus condiciones socio-económicas y
características personales.
b. Ejecutar el programa de inducción de los alumnos del grupo confiados a su
Dirección.

c. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en
los estudiantes.

d. Orientar a los alumnos en las tomas de decisiones sobre su comportamiento y
aprovechamiento académico, en coordinación con los servicios de bienestar.

e. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos y lograr en
Coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas.

f.

Establecer comunicación permanente con los Profesores y Padres de Familia o
acudientes para coordinar la acción educativa.

g. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los alumnos de
grupo a su cargo en Coordinación con los servicios de bienestar.

h. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su
cargo.

i.

Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados con
los Coordinadores del Plantel.

GOBIERNO DE AULA
El Gobierno de Aula está constituido por el monitor de curso y cuatro comités; de Salud, de
Decoración y de Medio Ambiente, de Democracia y Convivencia, de Recreación y Deportes.
Tiene como finalidad apoyar y facilitar a quien ejerce la Dirección de curso, la planeación,
organización, ejecución, control y evaluación de actividades académicas, deportivas y
culturales constituidas dentro del marco institucional.
El cargo de Monitor de curso es ejercido por un(a) estudiante elegido por sus compañeros.
FUNCIONES DEL MONITOR DE CURSO
a. Representar el grupo en reuniones o actividades en que se requiera.

b. Servir de canal de comunicación entre sus compañeros de grupo y el Director de Curso
o los demás estamentos de la institución.

c. Colaborar en la solución de conflictos o la toma de decisiones buscando el bien común.

d. Velar por el cumplimiento de los deberes y el respeto a los derechos por parte de sus
compañeros.

e. Presentar propuestas personales o del grupo que tengan como objetivo del beneficio
común.

f.

Presentar las respectivas quejas o reclamos cuando se viole algún derecho individual o
colectivo.

g. Llevar el control diario de asistencia del grupo y rendir informe a Coordinación de
Convivencia.

h. Rendir informe al Director de Curso sobre su labor y el desempeño del grupo.

CAPITULO3
DEBERES Y DERECHOS
El derecho es la facultad natural de todo ser humano para hacer o exigir todo aquello que
legítimamente le conduce a cumplir los fines de su existencia, es decir, lo que la ley o la
autoridad han establecido a favor de las personas.
Los derechos son sistemas de normas que reglamentan las condiciones y comportamientos
humanos dentro de la convivencia de las personas para poder conformar un grupo social en el
cual reine en armonía y el respeto a la diferencia.
Los derechos colectivos prevalecen sobre los derechos individuales. Para exigir el respeto de
los derechos por parte de los demás se debe cumplir con los propios deberes.
Se entiende como deber toda conducta a la que esta obligada la persona humana por razón de
la justicia, la religión, la moral, la ética, las leyes o la propia conciencia.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

OJO CUADROS
DERECHO DE LOS EGRESADOS
Todo estudiante egresado del Plantel que se encuentre a paz y salvo con la institución tiene
derecho a:
Que se le expidan certificaciones de rendimiento académico, conducta, comportamiento.
A ser atendidos por los Administrativos, Directivos y Docentes cuando así lo requieran, dentro
de los tiempos asignados para tal fin.
A formar parte del Consejo Directivo a través de elecciones democráticas.
A participar en actividades sociales, culturales y deportivas de la Institución con proyección a la
comunidad.
DERECHOS Y DEBERES DEL ACUDIENTE
DERECHOS
Los principales derechos de los padres de Familia en relación con la educación de sus hijos son.
1. Elegir el tiempo de educación que de acuerdo convicciones, procure el desarrollo
integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la Ley.
2. Recibir información del Estado sobre los establecimientos Educativos que se
encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo.
3. Conocer con anticipación o en el momento de la matricula las características del
establecimiento educativo, los principios que orientan el Proyecto Educativo
Institucional, el Manual de Convivencia, el Plan de Estudios, Las Estrategias
Pedagógicas Básicas, en el sistema de Evaluación Escolar y el Plan de Mejoramiento
Institucional.
4. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del
proceso educativo de sus hijos, y sobre el grado de idoneidad del personal docente y
directo de la institución Educativa.
5. Participar el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están
matriculados sus hijos y de manera especial, en la construcción, ejecución y
modificación del Proyecto Educativo Institucional.
6. Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del
establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo
de sus hijos.
7. Recibir durante el año escolar y en forma periódica información sobre el rendimiento
académico del comportamiento de sus hijos.
8. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad
de servicio educativo, y en particular, del establecimiento en que se encuentra
matriculados sus hijos.
9. Elegir y ser elegidos para representar a los Padres de Familia en los órganos en
Gobierno Escolar y ante las autoridades públicas, en la ley General de Educación y en
sus Reglamentos.
10. Ejercer el derecho de la Asociación con el propósito de mejorar los procesos
educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor
educación y el desarrollo armónico de4 sus hijos.
Además de los anteriores, el Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D reconoce los
siguientes derechos de los acudientes:
a. Recibir en el momento de la matricula el Manual de Convivencia para asi poder
cumplirlo.
b. A ser informado periódicamente, tanto de manera verbal como por escrito sobre
el rendimiento académico y el comportamiento de los hijos.
c. Ser atendido con respeto, cordialidad y eficiencia por los Administrativos,
Profesores y Directivos del Colegio.
d. Ser estimulados por su colaboración, entrega y permanencia en las diferentes
actividades del Colegio.
e. Participar en las elecciones democráticas para conformar la Asociación de Padres
de Familia, Consejos y Órganos de Gobierno Escolar que se consideren
pertinentes.
f.

Recibir colaboración eficiente y oportuna por todos los estamentos del Plantel
para realizar actividades en beneficio de la Comunidad Educativa.

g. Participar en el desarrollo del PEI.
h. Solicitar constancias o documentos en horarios establecidos por el Colegio, y que
le sean entregados oportunamente.
i.

Participar en las reformas y ajustes del presente Manual de Convivencia y demás
procesos institucionales.
j.

Ser atendidos por los Administrativos, Docentes y Directivos en los días y horas
establecidos en el colegio, o por fuera de estos en caso de una urgencia justificada.

k. Solicitar de manera respetuosa y cortes a los Directivos y Docentes el
cumplimiento de sus funciones.
l.

Dar opiniones que favorezcan el crecimiento de la institución.

m. Recibir información oportuna sobre problemas de puntualidad, inasistencia, bajo
rendimiento académico, mal comportamiento de su(s) hijo(s) para aplicar los
correctivos correspondientes.
n. Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el
desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la Ley.
o. Permitir al acudiente que en caso de no poder asistir delegue por escrito a un
mayor de edad.
p. Participar en el proceso de auto evaluación anual del establecimiento educativo.

DEBERES
Además de los establecidos en el Art. 3 del Decreto 1286 del 27 de Abril de 2005 son
Obligaciones de la Familia (Ley 1098 de 2006):
1. La Familia tendrá la obligación de promover la igualdad de derechos, el afecto,
la solidaridad, y el respeto reciproco entre todos sus integrantes.
2. Cualquier forma de violencia en la Familia se considera destructiva de su
armonía y unidad y debe ser sancionada.
3. Son obligaciones de la Familia garantizar los derechos de los niños, niñas y
adolecentes.
4. Protegerles contra cualquier acto que amenace o vulnere se vida, su dignidad,
y su integridad personal.
5. Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño, formulación y
ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de interés para la
infancia, la adolescencia y la Familia.
6. Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus derechos y
responsabilidades y, en el derecho se autonomía.
7. Inscribirles desde que nacen el Registro Civil de Nacimiento.
8. Proporcionarles las condiciones necesarias para que alcancen una nutrición y
una salud adecuada, que le permite el optimo desarrollo físico, psicomotor,
mental, intelectual, emocional y afectivo y educarles en la salud preventiva y
en la higiene.
9. Promover el ejercicio responsable de lo0s derechos sexuales y reproductivos y
colaborar con la escuela en la educación sobre este tema.
10. Incluirlos en el sistema de salud y de seguridad social desde el momento de su
nacimiento y llevarlos en forma oportuna a los controles periódicos de salud, a
la vacunación y demás servicios médicos.
11. Asegurarles desde su nacimiento el acceso a la educación y proveer las
condiciones y medios para su adecuado desarrollo, garantizando su
continuidad y permanencia en el ciclo educativo.
12. Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique maltrato físico,
sexual o psicológico, y asistir a los centros de orientación y tratamiento cuando
sea requerida.
13. Abstenerse de exponer a los niños, niñas y adolescentes a situaciones de
explotación económica.
14. Decidir libre y responsablemente el número de hijos e hijas a los que se pueda
sostener y formar.
15. Respetar las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y
adolescentes y estimular sus expresiones artísticas y sus habilidades
científicas y tecnológicas.
16. Brindarles las condiciones necesarias para la recreación y la participación en
actividades deportivas y culturales de sus intereses.
17. Prevenirles y mantenerle informados sobre los efectos nocivos del uso y
consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales.
18. Proporcionarles a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad un trato
digno e igualitario con todos los miembros de la Familia y generara
condiciones de equidad, oportunidades y autonomía para que puedan ejercer
sus derechos. Habilitar espacios adecuados y garantizarles su participación en
los asuntos relacionados en su entorno familiar y social.

DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
1. Ser líderes institucionales fomentando la responsabilidad, la cooperación y la
participación de actividades del Plantel.
2. Ser voceros de las necesidades prioritarias de la Comunidad Educativa.
3. Fijar mediante consenso la cuota de la Asociación de Padres.
4. Informar a los Directivos y Docentes las actividades programadas por la asociación a
cumplir en el año lectivo escolar.
5. Cumplir con la planeación trazada, teniendo en cuenta que en ella se dé prioridad a
necesidades locativas, didácticas, pedagógicas y de estimulo educativo.
6. Solicitar el apoyo a entidades externas para la consecución y adquisición de
materiales.
7. Presentar periódicamente un Balance por escrito de sus inversiones.
8. Promover a través de actividades, la integración de todos los estamentos de la
Comunidad Educativa.
9. Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional.
10. Conocer y cumplir el Manual de Convivencia.
DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
DERECHOS
1. A ser tratados con respeto por parte de todos los miembros de la Comunidad
Educativa Santanderista.
2. A solicitar permisos y a que se les conceda cuando está debidamente justificado.
3. A recibir estímulos por parte de las Directivas por sus buenos servicios, el buen
desempeño o cuando se realiza acciones destacadas en bien de la comunidad
Educativa.
4. A cuestionar todo aquello que afecte sus derechos personales y laborales.
5. A que se le expida oportunamente las constancias y certificaciones que requieran.
6. A disfrutar de las vacaciones completas a que tiene derecho, otorgadas de su
dependencia laboral.
7. A todas las demás consagrados a la Legislación Laboral.
8. Recibiré un trato respetuoso, cordial y considerado.
9. A recibir colaboración oportuna en todas las actividades en que se requiera.
10. A que se le respete la jornada laboral establecida.
11. A tener libertad de actuar de acuerdo con los lineamientos éticos de su servidor
público.
12. A poder desarrollar con idoneidad, responsabilidad, ética y sentido de pertenencia con
las labores asignadas.
DEBERES
1. Cumplo con puntualidad el horario establecido.
2. Me abstengo de reprender a los alumnos y aviso a los Docentes en caso de faltas que
ellos cometan.
3. Entrego al inicio de la jornada los salones, corredores, patios, baños y oficinas
debidamente aseados y no ocasiono demoras en el inicio de las clases por tardanza al
cumplir con mis obligaciones.
4. No permito la salida de alumnos si no llevan la respectiva autorización.
5. Aviso al Profesor o Coordinador cuando algún alumno deje olvidados objetos y hago
correspondiente entrega de ellos.
6. Velo por la conservación de los documentos, útiles, equipos y demás bienes de la
institución que me sean confiados.
7. No entrego a ninguna persona elemento alguno que este bajo mi cuidado sin la
autorización respectiva.
8. Mantengo relaciones cordiales y doy buen trato a todos los miembros de la
Comunidad Educativa.
9. Ayudo a personal docente, Coordinadores, Administrativos y Rector en las diferentes
actividades institucionales cuando se requiera.
10. Permanezco en la institución durante toda la jornada laboral asignada, en caso de
retirarme antes, lo hago con el respectivo permiso.
11. Observo una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad de mi cargo.
12. Ejerzo de manera diligente, eficaz, y oportuna las funciones y responsabilidades
propias de mi cargo.

CAPITULO 4
CRITERIOS DE CONVIVENCIA
COMITÉ DE CONVIVENCIA SANTANDERISTA
Tiene como objetivo general una nueva cultura hacia la convivencia, que involucre a todos los
estamentos de la Comunidad Educativa.
ACUERDO NUMERO 04 DEL 2000
“POR EL CUAL SE CREAN LOS COMITES DE CONVIVENCIA EN LOS ESTABLECIMIENTOS
EDUCATIVOS OFICIALES Y PRIVADOS DEL DISTRITO CAPITAL”.
El consejo de Santa Fe de Bogotá DISTRITO CAPITAL
En uso de sus facultades legales y en especial a la que confiere el Decreto Ley 1421 de 1993
ACUERDA.
ART. 1: Créanse los Comités de Convivencia en los establecimientos educativos Oficiales y
Privados del Distrito Capital.
ART 2: COMPOSICIÓN: Harán parte integral de los Comités de Convivencia.
1. Los representantes del personal docente ante el Consejo Directivo u otro elegido por
los profesores.
2. El representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo u otro elegido por
estudiantes.
3. El representante del Consejo Estudiantil.
4. El Personero de los estudiantes.
5. Dos (2) representantes de los Padres de Familia y dos (2) representantes de otras
instituciones.
6. El Coordinador de Disciplina o de Convivencia o quien haga sus veces, quien lo
presidirá.
7. Un (1) representante de personal administrativo y/o Operativo de Plante, elegido por
estos mismos.
ART. 3:
OBJETIVOS: Las finalidades principales de los Comités de Convivencia serán las siguientes:
a. Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la Comunidad Educativa.
b. Desarrollar actividades para divulgación de los derechos fundamentales, los derechos
del niño y las garantías que amparan a la comunidad Educativa.
c. Desarrollar foros y talleres con la Comunidad Educativa con el objetivo de promover la
convivencia y labores dentro de los ámbitos institucionales, estudiantil, familiar.
d. Promover la vinculación de las entidades Educativas a los programas de Convivencia y
resolución pacífica de los conflictos que adelantan las diferentes entidades Distritales.
e. Instalar mesas de conciliación cuando algún o algunos de los actores de la Comunidad
Educativa los solicite con el objetivo de resolver pacíficamente los conflictos. Para tal
objetivo, el Comité designara un conciliador cuando las partes del conflicto lo estimen
conveniente.
f.

Evaluar y mediar los conflictos que se presente entre Docentes y estudiantes y los
que surjan entre estos últimos.

g. Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el
Manual de Convivencia.
ART 4:
FUNCIONAMIENTO: Los Comités de Convivencia se instalaran dentro de los primeros sesenta
(60) días calendario escolar y se reunirán ordinariamente cada dos (2) meses.
Además, lo podrán hacer extraordinariamente cuando los miembros del comité lo estimen
conveniente.
ART. 5:
METODOLOGIA: Los Comités de Convivencia establecerá su propia metodología de trabajo,
teniendo en cuenta los objetivos definidos en el presente acuerdo y las disposiciones que
contemple el Manual de Convencía de cada Institución Educativa.
ART.6: L a secretaria de Educación Distrital, por lo menos dos (2) al año o con la regularidad
que sea necesaria, enviara a los colegios distrital toda la información seleccionada sobre
temas de convivencia ciudadana, para efectos de mantener informados a los comités de
convivencia.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C, a los veintitrés (23) días del mes febrero de dos mil (2000)
El alcalde mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO. El Presidente del consejo de Santa Fe de
Bogotá, D.C, LEO CESAR DIAGO CASASBUENAS. El Secretaria general del consejo de Santa Fe de
Bogotá D.C OSCAR DARIO RAMIREZ CEPEDA.
NOTA: fue publicado en el registro distrital Nº 2104 de marzo 09 del 2000
CONDUCTAS SANCIONABLES:
La llegada tarde al platel.
La evasión de clases, no ingresar o ausentarse de clase sin autorización del docente.
No presentar justificación escrita del padre o acudiente en caso de inasistencia.
Consumir Alimentos en horas de clase o formaciones.
Propiciar o generar desordenes que impidan el normal desarrollo de las clases; el uso de
elementos tales como: celulares, wallman, revistas, etc.
Presentarse a la institución con el uniforme incompleto, desordenado, con accesorios no
reglamentarios (adornos, maquillaje,etc)
Agresión física y/o verbal hacia los compañeros o cualquier otro miembro de la comunidad
educativa.
Apropiación de elementos ajenos.
Intentar o hacer fraude en evaluaciones, trabajos, planillas y registro de seguimiento.
Incumplimiento en la entrega de comunicados de la institución a los acudientes y/o
falsificación de firmas.
Encubrir faltas o interferir en la investigación de alguna.
Realizar actos, que afecten el buen nombre de la institución (riñas, escándalos públicos, etc.)
Hacer rifas y/o apuestas.
Realizar ventas sin el aval del consejo directivo.
Asumir una actitud desafiante frente a los llamados de atención.
Desobedecer orientaciones impartidas por docentes, orientadores, directivos o cualquier
instancia del gobierno escolar. (Personal administrativo, servicios generales y vigilancia)
Incumplir con las normas de comportamiento y seguridad establecidas en el aula de sistemas.
Laboratorios biblioteca y otras dependencias de la institución.
Fumar en el colegio o fuera de él portando el uniforme
Presentarse en estado de ebriedad o bajo efectos de otro tipo de sustancias. (SPA)
Incumplimiento en el horario de entrada y salida del colegio y evasión de clases.
PROCESO CORRECTIVO FORMATIVO PARA FALTAS DE CONVIVENCIA
Se establecen criterios y procedimientos que garantizan y preservan acuerdos de solidaridad,
tolerancia, respeto mutuo y equidad en la concertación de cualquier clase de conflicto
individual o colectivo de los miembros de la comunidad.
El debido proceso:
Permite establecer acciones pedagógicas que permita al estudiante Santanderista:
a. Conocer la falta en al que ha incurrido.
b. Conocer las pruebas que lo comprometen.
c. Hacer los descargos pertinentes.
d. Estar acompañado en todo el seguimiento por sus padres de familia o acudiente legal.
e. Contar con el apoyo del servicio de orientación.
f.

Conocer y asumir las consecuencias de su incumplimiento en el presente manual
g. Asumir compromisos y cumplirlos en los tiempos establecidos.
Cuando un (a) estudiante Santanderista incurre en una de las faltas de convivencia
establecidas en el presente manual tiene derecho al siguiente proceso:
PRIMERO: a un llamado de atención en el marco de un dialogo formativo y reflexivo que
permita un primer compromiso registrado en el observador de el estudiante por el docente
conocedor de la situación
SEGUNDO: si hay reincidencia interviene el director de curso quien hace citación a padres de
familia, informe de situación del incumplimiento, establece acciones pedagógicas y hace el
respectivo registro y seguimiento de compromisos en el observador.
TERCERO: Si se persiste en la dificultad e incumplimiento el Director de Curso hace remisión a
Coordinación desde allí, se hace una nueva citación a Padres de Familia, y si el caso lo amerita,
a través del servicio de Orientación se remite a instituciones especializadas y el apoyo
psicopedagógico. Coordinación hace el seguimiento para garantizar el cumplimiento de
acuerdos y compromisos.
CUARTO: Si se agotan las instancias anteriores y se continúa con el incumplimiento
Coordinación hace remisión a Rectoría para la asignación de un periodo de reflexión en la casa
hasta por tres días, con las respectivas consecuencias académicas. En este periodo el
estudiante realiza una actividad pedagógica concertada entre todas las personas implicadas;
orientado al análisis de su incumplimiento y a asumir un cambió de actitud. Lo presenta en
Coordinación para el visto bueno y la orden de reintegro a clase.
EL COMITÉ DE CONVIVECIA DE JORADA ASIGNARA UM PERIODO DE REFLEXION CON EL AVAL
DEL SEÑOR RECTOR DE MAXIMO 3 DIAS HABILES.
QUINTO: Si agotadas las acciones pedagógicas establecidas en cada una de las instancias
anteriores se persiste en el incumplimiento Coordinación convoca al Comité de Convivencia
para analizar el caso, realizar el debido el proceso y el seguimiento en el observador del
estudiante. Se citan los padres de familia y al estudiante comprometido. Establecerá acuerdos,
como órgano conciliador, y nuevas acciones pedagógicas con tiempos para ser cumplidas.
Coordinación hace el registro y la evaluación pertinente. De no existir cumplimiento ni actitud
de cambio el Comité remite el caso al consejo Directivo quien puede tomar la acción
resolutoria de cambio de ambiente escolar o cancelación de matrícula y se efectúa mediante
Resolución Rectoral.
NOTA: TODAS LAS ETAPAS DEL DEBIDO PROCESO DEBEN QUEDAR COSIGNADAS EN EL
OBSERVADOR DEL ESTUDIANTE Y FIRMADAS.
PROCEDIMIENTO CORRECTIVO PARA FALTAS DE MAYOR GRAVEDAD:
Son faltas de mayor gravedad:
1.

La tenencia de sustancias psicoactivas y el porte de armas o cualquier tipo de objeto
con el cual se intimide, agreda o cause daño a un miembro de la Comunidad.
2. Hurto comprobado.
3. Participación de pandillas o grupos que se conviertan en amenaza para la integridad de
otros.
4. El consumo de bebidas alcohólicas y psicoactivas.
5. Venta de sustancias psicoactivas.
6. Agresión física o verbal a cualquier miembro de la comunidad educativa.
7. Amenaza e intimidación constante a cualquier miembro de la comunidad.
8. La reincidencia e faltas de menor gravedad le da el carácter de falta grave.
Cuando se presente una de estas faltas se aplicara a l siguiente proceso: el/la Coordinador(a)
solicita al/la estudiante entregar un informe por escrito detallado de los hechos dándole la
oportunidad de presentar pruebas que sustente las razones expuestas. Se cita a los padres de
familia o a los acudientes y se convoca al comité de convivencia institucional a una reunión
extraordinaria para analizar el caso. De considerarse necesario se remite al Consejo Directivo
para el denuncio formal ante las autoridades competentes.
Los casos que no se contemplen en el presente Manual de Convivencia y que atenten contra la
integridad de algún miembro de la Comunidad educativa Santanderista, tendrá el mismo
procedimiento correctivo y formativo de acuerdo con el nivel de gravedad.
CAPITULO 5
SISTEMA INSTITUCIONAL DE ESTUDIANTES SIEE
-ACUERDO 01Del 11 de Febrero de 2010
Por el cual el Consejo Directivo acoge y pone en vigencia el Sistema institucional de evaluación
de estudiante SIEE del Colegio “ Francisco de Paula Santander “ I.E.D- Bosa.
1. DISPOSICIONES GENERALES
PRINCIPIOS ORIENTADORES SANTANDERISTAS.
El sistema institucional de evaluación de estudiantes SIEE “Francisco de Paula Santander“
I.E.D- Bosa, se fundamenta en los siguientes fundamentos educativos:
INTEGRIDAD: La educación asumida como un proceso permanente de formación y evaluación
personal, social y cultural, se fundamenta en el concepto del ser humano integral y
multidimensional, con el potencial y la capacidad de desarrollar los cinco aprendizajes básicos;
aprender a aprender, aprender a pensar, aprender a ser, aprender a hacer, aprender a
convivir.
AUTONOMIA: El estudiante es el eje del proceso educativo y por lo tanto es el principal
responsable de su propio desarrollo de aprendizaje y formación humana integral, con el fin de
convertirse en una persona adulta, capaz de tomar decisiones y asumir con responsabilidad la
consecuencia de sus actos en el desarrollo y cumplimiento de su proyecto de vida.
TRASCENDENCIA: La persona humana como ser histórico es un protagonista directo de los
acontecimientos ocurridos en su entorno durante su proceso evolutivo de desarrollo sociocultural, lo cual ha requerido de su participación activa e inteligente para vencer las
circunstancias y transformar el medio, en la constante búsqueda de progreso y el bienestar
tanto individual como colectiva.
SOCIABILIDAD: Cada ser humano es único e irrepetible, pero social por naturaleza por lo tanto,
independiente, es decir con necesidades de reconocimiento, comunicación, afecto,
participación y trabajo mancomunado en pos de una mejor calidad de vida colectiva.
2. PROPOSITO DE EVALUACION INSTITUCIONAL DE LOS ESTUDIANTES.
(ART. 3 Decreto Nal. 1290 MEN) Son propósitos de evaluación de los estudiantes en el ámbito
institucional:
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de
aprendizaje para valorar sus avances.
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos
desarrollados con el desarrollo integral del estudiante.
3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para
apoyar a los estudiantes que presentan debilidades y desempeños superiores en su
proceso formativo.
4. Determinar la promoción de los estudiantes.
5. Aportar información para el ajuste e implementación de Plan de Mejoramiento
Institucional.
3. CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION
El criterio es la condición que permite realizar una elección, tomar una decisión o hacer un
juicio de calor sobre los ejes de aprendizaje de los escolares y sobre su promoción.
Se entiende por criterios las metas o desempeños que se establecen como experiencia de
logro que se desea alcanzar mediante un trabajo pedagógico, durante un tiempo determinado.
Se puede hablar de criterios de evaluación y de promoción de un ciclo educativo, de un grado,
de un periodo académico, de una unidad didáctica, de un bloque temático, de una clase o de
un proyecto; por cuanto, estas son las unidades de tiempo o estrategias pedagógicas básicas
sobre las cuales se establecen metas alcanzadas en relación con los procesos de desarrollo
humano de los estudiantes a partir de las áreas que conforman el plan de estudios.
En particular, los criterios de evaluación se establecen de manera concertada con los docentes,
con los estudiantes y con los padres de familia y su nivel de complejidad, dependiendo del
periodo de tiempo en el que desean alcanzar. Cualquiera sea el nivel de complejidad, los
criterios deben ser claros, alcanzados en el periodo de tiempo fijado y verificables.
3.1 DEFINICION DE LOS CRITERIOS DE EVALUACION
No es suficiente planear, hace falta comprobar hasta qué punto se han conseguido los
objetivos definidos en la misma para poder tomar decisiones. Por eso la función de la
evaluación no se reduce a una simple medida o calificación, va mas allá, implica el contrastar lo
que se mide con lo que se pretende conseguir para luego tomar decisiones.
Hace falta definir la diferencia entre evaluar y calificar. Evaluar significa valorar en función de
una medida preestablecida mientras que calificar supone dar un valor como resultado final.
Por ellos evaluación es la contrastación de resultados en función de unos criterios
preestablecidos, permitiendo la retroalimentación.
3.2 CRITERIOS DE EVALUACION.
El sistema de evaluación de estudiantes SIEE, “Francisco de Paula Santander “ I.E.D- Bosa, se
fundamenta en los siguientes criterios:
3.2.1 Permanente: Los procesos y actividades que la conforman deberán estar distribuidos a lo
largo de cada uno de los periodos académicos, atendiendo a la estrategia pedagógica del
modelo de enseñanza para la comprensión.
3.2.2 Sistema: Cada proceso de actividad que conforma la evaluación responden a una
concepción global de la misma.
3.2.3 Acumulativa: Produce, al término del periodo académico una valoración definida en la
que se reflejan según la ponderación contemplada en la programación, todos los procesos y
actividades relacionadas ordinariamente durante cada periodo y año electivo.
3.2.4 Objetividad: Esto es, compuesta por procedimientos que tienden a valorar el real
desempeño del estudiante.
3.2.5 Formativa: En cuanto retroalimenta el proceso de formación del estudiante y refuerza la
estrategia de aprende a aprender. La valoración deberá en todo caso respetar la libertad de
pensamiento y de opinión de estudiante y apreciar positivamente su capacidad de formarse un
criterio propio fundamentado y racional.
3.2.6 Cualitativa: Que permita mirar al ser humano de una manera integral, dialógica y
formativa de cada estudiante, siendo consecuentes con el desarrollo de cada uno de las
acciones dentro del proceso académico reflejado de manera numérica y porcentual.
3.2.7 Proyectiva: En lo posible siempre deben existir criterios previos para la evaluación, o de
lo contrario, se pierde todo punto de referencia dejando sin sustento el propósito de evaluar.
3.3 COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCION
El Consejo académico conformara, para cada ciclo, una Comisión de Evaluación y Promoción,
integrada por todos los docentes que desarrollan la labor académica en el ciclo
correspondiente, un representante de padres de familia y de estudiantes, el rector o se
delegado ( Coordinador académico o de ciclo), quien convocara y presidirá, con el fin de definir
la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de superación para
estudiantes que presenten dificultades, las cuales deberán ser consignadas en las
observaciones del informe del desempeño académico.
En la reunión de Comisión de Evaluación y Promoción al finalizar cada periodo académico, se
analizaran los casos de educandos con desempeños bajos en cualquiera de las áreas y se hará
recomendaciones o sugerencias generales o particulares a los profesores, o a otras instancias
del colegio, en términos de actividades de nivelación o mejoramiento.
Las comisiones, además, analizaran los casos de los estudiantes con desempeños
excepcionalmente superiores con el fin de recomendar actividades especiales de
profundización, o promoción anticipada Igualmente se establecerá si educadores y estudiantes
siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del periodo anterior. Las
decisiones, observaciones y recomendaciones de cada comisión se consignara en actas y estas
constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de los educandos.
3.4 CRITERIOS DE PROMOCION POR GRADOS
3.4.1 El estudiante deberá reiniciar el grado cuando obtiene valoración BAJO en dos (2) o mas
áreas.
3.4.2 Si el estudiante no aprueba un (1) área, deberá presentar y sustentar actividades de
nivelación de manera obligatoria. No tiene derecho a esta promoción el estudiante que haya
obtenido valoración BAJO en la misma área en dos años consecutivos.
3.4.3 La inasistencia no justificada del 20% o más a las actividades académicas de un área
determina la pérdida de la misma y en caso de no aprobar un área más, la reprobación escolar.
3.4.4 No se dará académica al estudiante en caso de inasistencia consecutiva equivalente al
30% o más, a las actividades académicas correspondientes al año escolar.
3.4.5 En el ciclo 1 (preescolar, primero y segundo), NO habrá reprobación de grado. Solamente
se definirá la promoción al finalizar el ciclo (segundo, Grado). Si el estudiante no aprueba las
dimensiones comunicativas y cognitivas deberá reiniciar el segundo grado. En los demás ciclos
la promoción se realizara grado por grado.
32.4.6 La última semana de cada periodo escolar estar destinada al plan de mejoramiento
individual y a la presentación de las pruebas que acrediten la nivelación.
3.4.7 La evaluación de Convivencia está inmersa en todas y cada una de las áreas y asignaturas.
Adicionalmente en el boletín aparecerá una descripción general de su comportamiento, la cual
será evaluada en forma cualitativa y cuantitativa, no se considera área de conocimiento, sin
embargo su aprobación será tenida en cuenta para garantizar la permanencia de la institución.
3.4.8 Cuando el estudiante no alcanzara los desempeños básicos en un área después de haber
aplicado actividades de nivelación al terminar el año escolar tiene derecho a presentar pruebas
de suficiencia en la primera semana del calendario académico del siguiente año lectivo. En
caso de superar dichas pruebas será promovido, de lo contrario deberá reiniciar el último
grado.
PARAGRAFO: En caso de tener áreas pendientes en algún grado del ciclo, seguirá el
procedimiento descrito en este numeral(3.4.8) para poder definir su promoción al ciclo
siguiente o en caso la obtención de Título de Bachiller.
4. CRITERIO DE PROMOCION POR CICLOS.
Terminado el último grado correspondiente a cada ciclo, se certificara dicho proceso, teniendo
en cuenta, que el estudiante haya alcanzado por lo menos una valoración de desempeño
BASICO en todas las áreas del conocimiento.
5. PROMOCION ANTICIPADA DE GRADO
Durante el primer periodo del año escolar el consejo académico, previo conocimiento de
los padres de familia, recomendara ante el consejo directivo la promoción anticipada al
grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo
cognitivo, personal y social (convivencia) en el marco de las competencias básicas del
grado en todas las áreas (90-100).
6. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA A LA
ESCALA NACIONAL.
Con la escala valorativa establecida por el Decreto Nacional 1290 de 2009, la
homologación en la institución será así:

CUADRO PG 25
7. PERIODOS ACADEMICOS.
En el Colegio “Francisco de Paula Santander” IED de Bosa, las cuarenta (40) semanas de
actividad académica, se dividirán en los tres (3) periodos académicos, con la siguiente
duración y valoración para el resultado final:

CUADRO 2 PG 25
8. ESTATREGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS ESTUDIANTES:
Una finalidad primordial de la Evaluación está dirigida al mejoramiento del aprendizaje de
los estudiantes y al énfasis de los procesos. Es por ello que el/la docente debe seleccionar
las técnicas e instrumentos de evaluación que contribuyan a garantizar la construcción
permanente de conocimientos mediante aprendizajes de calidad.
TECNICA: Es el procedimiento mediante el cual se llevara a cabo la evaluación. Algunas
técnicas de evaluación son: Observación, cuestionarios, resolución de problemas,
proyectos, elaboración de productos. Corresponde al Como se va a evaluar.
INSTRUMENTO: Es el medio a través el cual se busca obtener la información pertinente.
Algunos instrumentos son: Lista de cotejo, escala de estimación, pruebas, portafolios,
proyectos monografías, mapas conceptuales entre otros. Corresponde al Con que se va a
evaluar.
9. PROCESOS DE AUTO EVALUACION
La autoevaluación se tendrá en cuanta en la valoración del aspecto Actitudinal; es decir, en
el SER, que será justificada por los estudiantes. Los docentes establecerán los criterios para
su aplicación y valoración durante el proceso.
10. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGOGICAS
PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTE.
10.1 Analizadas las condiciones de los estudiantes, se convocara a los padres de familia o
acudientes, al estudiante y al docente respectivo con el fin de presentarles un informe y
acordar los compromisos por parte de los involucrados.
10.2 Los padres de familia apoyaran los procesos académicos y de convivencia
comprometiéndose en las actividades programadas por la institución a través de la
participación permanente en talleres, escuela de padres, reuniones de grado, entre otros.
Se dejara registro escrito por su participación.
10.3 El grupo interdisciplinar (Orientadora, director de grupo, docentes y Coordinadores)
acompañara a los estudiantes que presentan dificultades en su desempeño escolar,
registrando en forma escrita en el observador sobre su proceso y avances.
10.4 Los docentes diseñaran actividades de nivelación para los estudiantes que persistan
en el bajo desempeño en un área, que se entregara con el informe final para que sea
desarrollado en los tiempos establecidos en el numeral (3.4.8) con la orientación de los
docentes y con el acompañamiento de los padres de familia; la valoración del proceso será
la correspondiente al nivel básico como máximo de acuerdo con la escala institucional.
11. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DEL
ESTABLECIMIENTO EDUCAIVO CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS
ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION.
El SIEE se fundamenta en las normas legales vigentes y se estructura a través del aporte y
acompañamiento de los docentes; en este sentido, los directivos y docentes cumplirán con
las disposiciones legales establecidas así:
11.1 Los docentes presentaran a coordinación académica previa revisión del asesor de
área de una matriz de evaluación por periodo en cada una de las asignaturas que
desarrolle; de este instrumento se obtendrá la información que se registrara en el informe
evaluativo del estudiante.
11.2 El coordinador académico y/o el equipo directivo analizara en forma permanente los
casos especiales de bajo desempeño académico determinara las directrices tendientes a la
superación de las dificultades.
11.3 El Consejo Directivo, el Consejo Académico y el grupo directivos docentes velaran por
el cumplimiento de lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes
SIEE.
12. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES ACADEMICOS DE LOS ESTUDIANTES.
La estructura de los boletines, contendrá la información básica sobre los desempeños de
cada estudiante, descritos en tres periodos académicos según consta la escala de
valoración institucional y su equivalencia con la escala nacional, determinada por el
Decreto 1290 del 2009.
13. INASISTENCIA, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION Y RESOLUCION DE
RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA, ACUDIENTES Y ESTUDIANTES SOBRE LA
EVALUACION Y PROMOCION.
13.1 INSTANCIAS DE ATENCION Y RESOLUCION DE RECLAMACION.
Las instancias establecidas como Conducto regular del sistema de Evaluación de
estudiantes del Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D para la atención y resolución
de reclamaciones son:
13.2 Docente de asignatura: Evaluador principal y responsable del proceso. Es
considerado/a como la primera instancia.
13.3 Coordinador(a) de Ciclo: 2ª instancia de análisis, mediación y resolución de las
dificultades académicas a nivel individual y grupal durante el periodo.
13.4 Coordinación académica: 3ª instancia de análisis, mediación y solución de
reclamaciones hechas por acudientes y estudiantes de manera individual y grupal.
13.5 Comisión de Evaluación: 4ª instancia de carácter colectivo para el análisis y solución
de las reclamaciones presentadas por estudiantes y acudientes.
13.6 Consejo Académico: 5ª instancia de carácter colectivo a nivel institucional para la
solución de situaciones académicas que ameritan atención especial y excepcional.
13.7 Consejo Directivo: Última instancia de la institución para la solución de reclamaciones
académicas de los estudiantes y acudientes. Efectúa pronunciamiento definitivo sobre la
situación de reclamo.
13.2 PROCEDIMIENTOS PARA LA SOLUCION DE RECLAMCIONES.
La reclamación debe presentarse de la siguiente forma de manera escrita por parte del
peticionario teniendo el procedimiento que se presenta a continuación:
13.2.1Debera ser presentada por parte de el/la estudiante y su acudiente.
13.2.2 Deberá ser en un término máximo de 3 días hábiles posteriores a la entrega de los
informes académicos, parciales de periodo o finales.
13.2.3 Deberá ser presentada directamente el/la docente que haya realizado la
calificación.
13.2.4 El docente deberá recibir la petición y responderla a través de documento escrito
en un término máximo de tres (3) días hábiles, con el visto bueno (Vº.Bº) del jefe del Área
y de Coordinador Académico.
En caso de no ser satisfactoria la respuesta dada a la reclamación inicial por parte de el/la
docente se continuara presentando a las demás instancias superiores de acuerdo a lo
establecido en el conducto regular.
El estudiante y su acudiente una vez sean informados de pronunciamiento de respuesta,
deberán presentar la petición en un termino de máximo de 5 días hábiles posteriores a la
entrega de la decisión de la primera instancia. Sera considerada instancia superior la
inmediata en orden de jerarquía de quienes profirieron el último pronunciamiento.
Deberá entonces la instancia respectiva responderla en un máximo de diez días hábiles en
el sentido de ratificar o cambiar la decisión de la primera instancia. Ante esta decisión,
proceden los recursos de reposición ante la comisión de evaluación y promoción
respectiva y el curso de apelación ante una instancia superior inmediata que para el caso
es el consejo directivo. Los términos de respuesta del recurso de reposición no podrán ser
mayores a diez días hábiles.
14 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.
El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a:
1. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos personales y
sociales.
2. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios,
procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año
escolar.
3. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las
respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.
4. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades
y potenciar las fortalezas en el aprendizaje.

15. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.
El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, debe:
1. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el
establecimiento educativo. (Manual de Convivencia )
2. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus
debilidades.
16. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA.
En el proceso formativo de sus hijos los padres de familia tienen los siguientes derechos:
1. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: Criterios,
procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año
escolar.
2. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.
3. Recibir los informes periódicos de evaluación.
4. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el
proceso de evaluación de sus hijos.
17. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
De conformidad con las normas vigentes, los padres de familia deben:
1. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios
y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción
escolar.
2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.
3. Asistir y participar del análisis de los informes periódicos de evaluación.
4. Realizar oportunamente las reclamaciones sobre el proceso de evaluación de sus hijos
atendiendo a lo descrito en el numeral 13 de este.
18. REGISTRO ESCOLAR.
El establecimiento educativo, llevara un registro actualizado de los estudiantes que contenga,
además de los datos de identificación personal, el informe de valoración por grados y el estado
de la evaluación, que incluya las novedades académicas que surjan. (Observador del
Estudiante y Actas de comisión de evaluación y promoción)
19. CONSTANCIAS DE DESEMPEÑO.
El establecimiento educativo, a solicitud del padre de familia debe emitir constancias de
desempeño de cada grado cursado, en las que se consignaran los resultados de los informes
periódicos.
Cuando la constancia desempeño reporte que ele estudiante ha sido promovido al siguiente
grado y se traslade de un establecimiento educativo a otro, será matriculado en el grado al que
fue promovido según el reporte. Si el establecimiento educativo receptor, a través de una
evaluación diagnostica, considera que el estudiante necesita procesos de apoyo para estar
acorde con las exigencias académicas del nuevo curso, debe implementarlos.
20 GRADUACION
Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de Bachiller Académico,
cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados por el
establecimiento educativo en su proyecto educativo institucional, de acuerdo con la ley y las
normas reglamentarias además de lo contemplado en el SIEE.
21. VIGENCIA
El sistema institucional de evaluación de estudiantes del Colegio “Francisco de Paula
Santander” I.E.D se acoge y se pone en vigencia por parte del Consejo directivo para su
correspondiente aplicación a partir de la presente fecha, Jueves 11 de Febrero del 2010.
CAPITULO 6
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
5.1 SECRETARIA
HORARIOS DE ATENCION
Martes y jueves de 9:30 A.M a 11:30 A.M y en la tarde de 2:30 P.M a 4:00 P.M.
Los estudiantes se atienden únicamente en la hora de descanso y en su respectiva jornada.
FUNCIONES:
Atención a padres, acudientes, estudiantes, y demás miembros de la comunidad educativa.
Organización de proceso de matriculas.
Manejo de archivo y gestión documental.
Manejo de documentación de estudiantes.
Expedición de: Certificados y constancias.
Expedición de certificados de validación de grado 5º
Diligenciamiento de certificados de escolaridad.
Registros académicos: Actas de grado y Diplomas.
Revisión y actualización de los documentos de los estudiantes de grado 11.
Rendir informes a rectoría y coordinación sobre los estudiantes pendientes de documentación
y dificultades de valoraciones académicas.
Coordinar y regular el proceso de graduación.
Divulgación de la comunicación interna y externa.
Manejo de agenda de rectoría.
1. SOLICITUD DE CERTIFICADO Y CONSTANCIAS DE ESTUDIOS.
Hacer una consignación por cada certificado en el Banco de Bogotá cuenta Nº 796034940
escribiendo en la parte superior los puntos nombre y apellido del estudiante, número de
identificación, curso, año, jornada y número telefónico fijo. Presentar la copia del documento
de identidad del estudiante.
NOTA: El certificado se entrega 8 días después de la solicitud.
2. RETIRO DE DOCUMENTACION:
Solicitud hecha por el padre o acudiente legal del estudiante debe dejar fotocopia de su
documento de identidad. Diligenciar el respectivo formato de retiro con el visto bueno de
Coordinación quien verifica que el estudiante continúe dentro del sistema de matrícula para
garantizar el DERECHO A LA EDUCACION.
LEGALIZACION DE MATRICULA.
Se realizan las fechas programadas por la SECRETARIA DE EDUCACION.
Se envía circular informativa sobre los costos educativos y fechas especificas de la matricula.
Para los estudiantes antiguos la realiza el director de curso quien entrega la lista y la
documentación completa a secretaria.
Para los estudiantes nuevos el cupo es asignado a través del CADEL y de acuerdo con la
disponibilidad de cupos.
5.2 PORTERIA.
Para el ingreso de acudientes se debe presentar el respectivo formato de citación diligenciado
por el docente, el coordinador o la Orientadora. (El formato es entregado en coordinación de
convivencia). La atención a acudientes se realiza en el horario de atención que cada docente
maneja y que está ubicado en la portería.
Si un (a) acudiente requiere ser atendido por un docente, sin citación, será atendido por
coordinación quien decide si la citación amerita la interrupción de clase.
Los estudiantes que requieran ingresar al colegio en jornada contraria, especialmente los
servicio social, debe presentarse correctamente uniformados.
Las personas ajenas a la institución son anunciadas en coordinación quien autoriza el ingreso. Y
una vez autorizada presenta un documento de identidad y se registra en la minuta de portería.
Para la atención en portería se debe anunciar primero con el/la vigilante, pasar luego a
secretaria y en caso de ser pertinente, ingresar al despacho del rector.
Una vez cerrada la puerta al inicio de la jornada escolar es el coordinador de convivencia el
único autorizado para ingresar estudiantes que llegan tarde y realizar el respectivo registro.
Manual convivencia y gobierno escolar
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Manual convivencia y gobierno escolar

  • 1. COLEGIO FRANCISCO DE PAULA SANTANDER INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL- BOSA JUSTIFICACION En cumplimiento de lo ordenado en la Ley General de Educación (Ley 115de 1994) y el Decreto 1860 de 1994 ha sido diseñado y estructurado el PRESENTE MANUAL DE CONVIVENCIA. Este documento fija los parámetros que orientan los comportamientos, acciones y relaciones entre los miembros de la Comunidad Educativa Santanderista, para la construcción de un ambiente institucional de cordialidad, armonía, participación y trabajo cooperativo que favorezcan la sana convivencia, la toma en consenso de las decisiones que afectan a la colectividad, permitiendo los aprendizajes y el desarrollo integral de los estudiantes. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA OBJETIVOS GENERALES Establecer las normas y pautas de comportamiento que posibiliten la sana convivencia entre los integrantes de la Comunidad Educativa y la consecución de los logros académicos, sociales y culturales propuestos. Fijar criterios y estrategias para el cabal cumplimiento de las normas, la apropiación y vivencia de valores, la corrección de las faltas, el manejo y solución de los conflictos. OBJETIVOS ESPECIFICOS Crear condiciones normativas para la convivencia institucional en los diferentes aspectos de la labor educativa, que promuevan las relaciones interpersonales de manera dinámica y participativa con la proyección de la vida social. Brindar alternativas de comunicación y participación democrática para la solución de conflictos y la toma de decisiones. Afianzar mediante la participación el valor de la autonomía para que todos los miembros de la Comunidad Educativa Santanderista se conviertan en agentes activos de cambio social, cultural y económico. FUNDAMENTOS LEGALES Los fundamentos son razones o principios que sirven de base o cimiento conceptual a un motivo con que se pretende lograr asegurar un propósito, con el conjunto de disposiciones constitucionales o jurídicas que se reglamentan y regulan el proceso de la Educación de la Nación. Los fundamentos del presente Manual son:
  • 2. • La Constitución Política Nacional de 1991. • La Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación. • El Decreto 1860 de 1994, reglamentario de la ley 115. • El decreto 2082 de 1996, Atención a personas con limitaciones o talentos excepcionales. • Decreto Nacional 1290 del MEN 16 DE ABRIL DE 2009. • La Ley 734 de 2002. • El Decreto 1850 de 2002. • Código de la infancia y adolescencia. La ley 1098 del 8 de Noviembre de 2006. CAPITULO I IDENTIDAD El Colegio “FRANCISCO DE PAULA SANTANDER” ES UNA INSTITUCION Educativa de carácter oficial, dependiente de la Secretaria de Educación de Distrito. Esta ubicada en la calle 61 Sur Nº 80 I 40 Bosa Centro, Localidad 7. Funciona en las jornadas Mañana y Tarde i impartiendo educación formal mixta de Preescolar, Básica Primaria y Educación Media es decir de grado 0 a grado 11º en Calendario A. Cuenta con el reconocimiento oficial de la Secretaria de Educación mediante el Decreto 606 del 26 de julio de 2001, la Resolución 2544 del 28 de Agosto de 2002 autoriza los servicios educativos de Preescolar y Básica Primaria y Básica Secundaria (0º a 9º) y finalmente de la Resolución 569 del 16 de Febrero de 2007 aprueba la prestación del servicio en el nivel de educación media (10º a 11º) y la autoriza para otorgar a los egresados el título de Bachiller Académico. Su proyecto Educativo Institucional denominado;”Hacia una formación humanística, integral y dinamia ara el siglo XXI” se basa en el reconocimiento del ser humano en sus múltiples dimensiones; biológica, sicológica, espiritual, social y cultural. Busca el perfeccionamiento de las potencialidades personales a través de tres ejes fundamentales: valores, comunicación y desarrollo de habilidades del pensamiento. ORIGEN DE NUESTRO NOMBRE Francisco de Paula Santander nació el 2 de abril de 1872 en Nuestra Señora del Rosario de Cúcuta. A los trece años comenzó a asistir al colegio de San Bartolomé, en Santa Fe de Bogotá, capital de virreinato de nueva granada. Sin poder finalizar sus estudios de leyes, se sumo en 1810al Ejercito libertador y dos años más tarde ya formaba parte de las fuerzas dirigidas por
  • 3. Simón Bolívar , a quien se unió de forma definitiva en 1817, después de que se retirara, hostigado por el General realista Pablo Morillo, a la región de los llanos orientales. El 7 de agosto de 1819 comando uno de ellos dos contingentes independentista que obtuvieron la decisiva victoria en la batalla de Boyacá frente a las tropas realistas españolas. Pocos días después fue nombrado por Bolívar vicepresidente de la recién independizada Nueva Granada, denominada oficialmente República de la Gran Colombia. Desde 1819 asumió interinamente la presidencia del poder ejecutivo en sustitución del propio libertador, que continúo al frente del ejército independentista. A partir de 1826, las discrepancias políticas entre Santander y Bolívar se hicieron evidentes, ya que aquel defendía una política liberal y quería mantener los principios acordados en la constitución de 1821, en tanto que el libertador promovía la implantación una norma constitucional más conservadora y centralista. Participo en la en la fracasada Convención de Ocaña de abril de 1828 que termino por suponer la definitiva separación entre los santanderista y los bolivaristas. Poco después de que Bolívar eliminara el cargo de vicepresidente, Santander fue acusado de participar en el frustrado atentado contra e libertador que tuvo lugar en septiembre de 1828. Condenado a muerte, vio conmutada su pena por la de destierro por orden de Bolívar. Desde entonces vivió en Europa y Estados Unidos. Dos años después de la muerte del libertador , el 9 de marzo de 1832 resulto elegido presidente de la recién instaurada República de la Nueva Granada ( surgida después de la desaparición de la República de la Gran Colombia), cargo que ejerció desde que el 7 de octubre de ese año regreso de su exilo en Nueva York. Su gobierno puso en marcha una administración eficaz, desarrollo una política centralista y promovió la instrucción pública. En 1837 le sucedió su vicepresidente, José Ignacio de Márquez. Desde su calidad de miembro del Congreso encabezo a partir de entonces la oposición al presidente. Fallece en Santa fe de Bogotá el 6 de Mayo de 1840. BREVE RESEÑA HISTORICA DE LA INSTITUCION Nuestra institución nació como escuela rural en 1938, dando inicio a su construcción por la gestión del Concejo municipal de Bosa, que en esa época era un municipio cercano a Bogotá y se desarrollaba como sector agrícola e industrial, rico en historia, pues fue un lugar de pernoctación de personajes relevantes en acontecimientos patrios. Con el asentamiento de comunidades religiosas-seminario y monasterio favoreció procesos de institucionalización de la educación (aunque de manera cerrada) a su lado fueron floreciendo otras institución educativas. En el año de 1940 se inaugura oficialmente como una escuela de educación unitaria, la cual consta de dos aulas y una vivienda para dos maestros, generalmente un matrimonio de pedagogos. En las dos aulas se ensañaba a niños y niñas; en una de los cursos primero y segundo a cargo de uno de los docentes y en la otra tercero, cuarto y quinto a cargo del otro docente. Como resultado de la anexión de Bosa a Bogotá, en la institución se realizan algunos cambios organizativos, se separa a l estudiantado por sexos, se hace una ampliación del plantel para
  • 4. trabajar los cinco grados de primaria quedando únicamente para niños ya que es construida otra institución exclusivamente para niñas. Posteriormente a causa de los desplazamientos durante la década de los 60, aumenta la población y se produce la apertura de otras dos instituciones oficiales mediante la adecuación de casonas: la ”Francisco José de Caldas” que atiende a grado primero y la “Antonio Nariño” que atiende a grados segundo y tercero; este hecho ocasiono que en nuestra institución solamente se atendiera a grados cuarto y quinto. En la década de los 70, hay un auge en Bogotá de construcciones escolares en los sectores de mayor crecimiento de población, en los que se encuentra Bosa, con lo cual se busca la necesidad de cobertura. Con la ayuda de la comunidad se realiza una marcha del ladrillo y se construye un aula más; se optan espacios en la casona para atender a otro grupo de estudiantes. A final de la década de los 70 se construyen otras dos aulas y nuestra institución puede atender así dos cursos de estudiantes de los grados primero a quinto de Básica primaria, pero continúa siendo insuficiente para atender la población del sector. Por el deterioro de la casona y los proyecto de la administración distrital, en la década de los 90 se inicia otra readecuación de nuestra institución, se construye la parte administrativa y cuatro aulas, en esta etapa la población estudiantil se traslada de la casona, a la nueva edificación la cual se acondiciona un mayor número de espacios para poder atender a mas estudiantes (en lugar de cuatro se abren seis cursos), a principios del 2000 se construye la casita (aula prefabricada) que permite atender a un curso mas en cada una de las jornadas. En el 2004 se realiza otra ampliación de la planta física construyendo 7 aulas nuevas y dos baterías de baños, dando así cabida a la Secundaria completa, lo que permite completar el servicio educativo en los niveles de Preescolar a Grado Once. Adaptación de texto elaborado por el Profesor Jorge Rodríguez Fajardo. COMUNIDAD EDUCATIVA SANTANDERISTA La Comunidad Educativa del Colegio “FRANCISCO DE PAULA SANTANDER I.E.D” está constituida por las personas vinculadas a la Institución que tienen responsabilidades directas en el diseño, desarrollo, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional componen cada uno de los siguientes estamentos: • Padres y Madres de Familia, Acudientes: Personas mayores de edad, legalmente responsables del cuidado, protección, control y educación de los infantes y jóvenes estudiantes que asumen este deber firmando en el registro de matrícula. • Los Directivos Docentes y Administrativos: Quienes cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo dentro de la institución.
  • 5. • Los Docentes: Los vinculados que laboran en la institución. • Los Egresados: Preferiblemente los que estén organizados para participar. • Los Representantes del Sector Productivo: Circunvecino a la institución. Todos los integrantes de la comunidad Educativa son legalmente competentes para participar en la dirección de la Institución Educativa por intermedio de sus representantes en los órganos del Gobierno Escolar, en los Comités y Comisiones permanentes o temporales, usando los medios y procedimientos establecidos. PRINCIPIOS EDUCATIVOS ORIENTADORES La responsabilidad educativa del Colegio “Francisco de Paula Santander” se fundamenta en los siguientes postulados: INTEGRIDAD: La educación asumida como un proceso permanente de formación y evolución personal, social y cultural, se fundamenta en el concepto del ser humano integral y multidimensional, con el potencial y la capacidad de desarrollar los cinco aprendizajes básicos: aprender a aprender, aprender a pensar, aprender a hacer, aprender a ser, aprender a convivir. AUTONOMIA: El estudiante es el eje del proceso educativo y por lo tanto, es el principal responsable de su propio desarrollo de aprendizaje y formación humana integral, con el fin de convertirse en una persona adulta, capaz de tomar sus propias decisiones y asumir con responsabilidad la consecuencia de sus actos en el desarrollo y cumplimiento de su propio Proyecto de Vida. TRASCENDENCIA: La persona humana, como ser histórico, es protagonista directa de los acontecimientos ocurridos en su entorno durante su proceso evolutivo de desarrollo sociocultural, lo cual ha requerido de su participación activa e inteligente para vencer las circunstancias y transformar el medio, en la constante búsqueda del progreso y bienestar tanto individual como colectivo. SOCIABILIDAD: Cada ser humano es único e irrepetible, pero social por naturaleza por lo tanto, independiente, es decir con necesidades de reconocimiento, comunicación, afecto, participación y trabajo mancomunado en pos de una mejor calidad de vida colectiva. DIGNIDAD DE LA PERSONA: Fundamento de todo ser humano, desde la concepción hasta la muerte. Derecho inalienable a desarrollarse como persona en todas sus dimensiones.
  • 6. INSTITUCION FAMILIAR: Célula fundamental de la sociedad e instancia básica para el sano desarrollo de la persona. FORMACION DE PERSONAS: Proceso integral orientado a favorecer la idoneidad, la integridad personal, la identidad y le compromiso con Dios, con la Patria, consigo mismo y con el otro. ESPIRITU CIENTIFICO: Razón de la investigación, la crítica y la creatividad, para la acción transformadora de la realidad humana y social, con sentido ético. DIVERSIDAD CULTURAL: Factor dinámico y creativo de desarrollo del ser individual y colectivo que contribuya a conformar la identidad colombiana. BIENESTAR HUMANO: Expresión de la justicia, equidad, la solidaridad, la convivencia en la vida institucional con proyecto social. CARACTERIZACION ACADEMICA INSTITUCIONAL a) Nuestra institución busca desarrollar un estilo pedagógico propio: - Es una educación integral, centrada en el alumno. - Fomentos el desarrollo del pensamiento lógico y de una conciencia crítica. - La comunicación como canal para la solución pacifica de conflictos. - Se propicia la enseñanza para la comprensión y el aprendizaje cooperativo; b) Nuestra institución ofrece una enseñanza de calidad porque: - Cuida la formación y permanente actualización de profesorado; - Participa y colabora en programas de innovación educativa; - Busca aprovechar los medios técnicos que ayudan en la tarea educativa, principalmente las nuevas tecnologías.
  • 7. FUNDAMENTOS FUNDAMENTO ANTROPOLOGICO En el Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D se reconoce al ser humano como sujeto biológico, psicológico, social y productivo en un proceso de permanente evolución, quien a partir de la interacción social dentro de una cultura y momento histórico es capaz de desarrollar sus potencialidades físicas, intelectuales, espirituales y principalmente sociales, las que le permiten convertirse en un agente activo de cambio. FUNDAMENTO EPISTEMOLOGICO La epistemología como sinónimo de Teoría del conocimiento, se ocupa de las distintas formas de conocer y teorizar sobre el mundo y las personas, en este ámbito están las llamadas Ciencias Cognitivas o Ciencias el Conocimiento. En cuanto a la “Teoría del Conocimiento”, la Epistemología tiene intereses por las relaciones entre pensamiento y conducta o entre teoría y acción, la investigación-acción es una modalidad recientemente expresada para la resolución de los problemas sociales que pretende que los agentes del cambio sean las mismas personas que vivencian los problemas, a través de un circulo recursivo de investigación, practica y evaluación. El conocimiento que se expresa en palabras, proposiciones o afirmaciones “sobre las cosas” se diferencian del conocimiento práctico u operativo, catalogado como un “saber hacer”, esta diferencia no obliga a considerarlos como distintos. Frente a esta concepción de conocimiento, una función de colegio es propiciar los espacios para potenciar y socializar los sistemas conceptuales y explicativos que configuran la Ciencia, la Tecnología, el Arte, lo Social y lo recreativo, las habilidades y destrezas cognitivas, el desarrollo del pensamiento, el desarrollo motriz; los métodos y técnicas de trabajo. FUNDAMENTO PEDAGOGICO Se constituye la pedagogía como una disciplina reconstructiva en la que el saber pedagógico se construye de manera coherente y sistemática, a partir de la reflexión del hecho educativo y del quehacer del maestro. En el Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D se plantean acciones y estrategias por la intencionalidad de validar, transformar, comunicar manejar los saberes y valores que propendan por la formación integral de la persona y el mejoramiento de la calidad de vida y mejoramiento de la calidad de vida a través del ejercicio ético y moral que regule la convivencia humana de los estudiantes. FUNDAMENTO AXIOLOGICO Se conciben los valores como principios y fines que fundamentan y guían la acción humana en momentos históricos y culturales determinados. Los valores se reconocen, desean y buscan libremente, se integran a la estructura del conocimiento y marcan la personalidad.
  • 8. La acción educativa del Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D se fundamente en la formación y para la libertad, la justicia, el respeto, la solidaridad, la convivencia, la tolerancia y el trabajo entre otras. Por ende se educa para la construcción de una nueva sociedad con personas competentes, capaces de adaptarse a los cambios y desafíos del mundo moderno, lo cual exige un serio trabajo en la formación de valores. FUNDAMENTOS SOCIOLOGICOS Los seres humanos son sociables por naturaleza, interdependientes, es decir con necesidades de reconocimiento, comunicación, afecto e integración con otros individuos de su misma especia. Para vivir en comunidad requiere el desarrollo de habilidades y actitudes básicas para la convivencia. Estas son: El cuidado de sí mismo y del entorno como principio fundamental de la supervivencia. La comunicación e interacción con los demás como medio para lograr el reconocimiento, la realización del ser y el progreso individual y colectivo. El trabajo cooperativo que le permite la participación y la toma de decisiones en consenso en busca del beneficio común como base de la sana convivencia y el progreso. L a educación tiene como fin la capacitación, adaptación e integración de los infantes y de los jóvenes a la sociedad, buscando que desempeñen un rol de análisis crítico y de acción transformadora de la misma. MISION El Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D se compromete a desarrollar las potencialidades de las y los estudiantes como seres humanos integrales en sus dimensiones mental, cognitiva, afectiva, física, espiritual, ecológica, ética, social, política, cultural, con énfasis en valores, comunicación y desarrollo de habilidades del pensamiento. VISION El Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D se consolidara en el año 2010 como una institución formadora de personas autónomas, solidarias, creativas, competentes para la solución de problemas, capaces de diseñar y cumplir un Proyecto Personal de Vida, como agentes activos y trascendentes en los cambios sociales y culturales requeridos. SIMBOLOS INSTITUCIONALES BANDERA En Marzo de 2003 el Consejo Directivo adopta como símbolo de nuestra institución la bandera elegida entre diferentes propuestas presentadas por integrantes de la comunidad Educativa Santanderista en el Concurso adelantado por tal fin. La bandera institucional es de forma rectangular, en el ángulo superior izquierdo aparece un sol en forma de semicírculo amarillo cuyo significado es “la luz de la Sabiduría que nos ilumina y trasciende nuevas vidas”.
  • 9. Del sol salen dos líneas rojas que forman tres franjas. El color rojo de las líneas representa “la alegría, la amistad y el amor como lazos fuertes que nos unen como familia Santanderista” La franja que ocupa un ángulo superior derecho es de color gris y representa:” la sabiduría para comprender y apropiar conocimientos y enseñanzas impartidas”. La franja central que se amplia y ocupa el ángulo inferior izquierdo es de color azul y representa:”la fe, la virtud proyectada en los sueños, el espíritu de lucha y superación”. Ubicadas en el ángulo inferior derecho, sobre la franja de color blanco, aparecen las letras F C P que significan: F=Formación, P= Proyección, S=Social, es decir Formación con Proyección Social. ESCUDO En el año 2004 una Comisión conformada por docentes de las jornadas Mañana y Tarde eligen entre dos propuestas de escudos, una de cada jornada, el escudo que representara la Institución. El consejo directivo del año 2206 aprueba un cambio en contorno quedando conformado con las siguientes características: FORMA DE ESCUDO: Llamada “piel de Toro”, empleado en los principios del siglo XIX, su forma se caracteriza por su semejanza a una piel de vacuno curtida. Es el característico escudo español. De forma casi cuadrada, es el más extendido en toda la heráldica y universalmente se tiene admitido como el escudo propiamente heráldico. La curva simboliza lo femenino, el ángulo lo masculino y la unión de las dos energías representa la búsqueda de la armonía. EL LIBRO: Simboliza la universalidad del saber y entre estos la pedagogía, como saber que orienta la formación. LA PLUMA: Simboliza la levedad y ligereza de lo espiritual frente a la densidad de lo material, de las cosas. EL APRETON DE MANOS: Simboliza las relaciones fraternales, amistosas. LA PALMERA: Simboliza éxito, victoria, triunfo. LAS MONTAÑAS. Simbolizan la proximidad con el mundo espiritual o divino, pues domina el mundo de los hombres y se eleva hasta el cielo. Es un punto de encuentro entre el cielo y la tierra. EL COLOR BLANCO: Significa seguridad, pureza, limpieza; se asocia a la luz, la bondad, la inocencia. Se le considera el color de la perfección. EL COLOR VERDE: Simboliza la esperanza, la fe, la amistad, el servicio y el respeto. Es símbolo de crecimiento, renovación, elevación, grandeza. EL COLOR ROJO: Representa la energía, la fortaleza, la determinación y el amor. EL COLOR AZUL: Representa la lealtad, la confianza, la sabiduría, la inteligencia, la fe, la verdad y el cielo eterno.
  • 10. CARÁCTER DEL ESTUDIANTE SANTANDERISTA Las condiciones que deben cumplirse para poder ser estuante del Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D son las siguientes: • Realizar el proceso de matricula mediante el correcto diligenciamiento de la Hoja de Matricula, con la correspondiente firma del Padre, la madre o una persona responsable mayor de edad, que represente al estudiante en calidad de acudiente. • Entregar con la Hoja de Matricula una fotocopia del Documento de Identidad Personal de el/la estudiante y una copia del Registro Civil de Nacimiento, dos (2 fotos actualizadas a color de 2 x 4 cm. • Si él/ella estudiante ingresa por primera vez a la institución debe presentar Certificados de estudio en hoja membreteada original de los anteriores grados cursados. • La niña o el niño que ingresa a Preescolar debe presentar también el correspondiente Certificado de Vacunas. La matricula es el acto que formaliza la vinculación de la niña, el niño o el/la joven al servicio educativo del Colegio; en el momento de firmar la hoja de Matricula las partes se comprometen a cumplir las normas legales e institucionales vigentes; el/la estudiante se compromete a estudiar con interés, a dedicar el tiempo necesario para cumplir con las obligaciones académicas, a actuar positiva y eficazmente en los procesos de aprendizaje, capacitación y desarrollo de la formación personal y social con base en su propio Proyecto Personal de Vida. • Se pierde la condición de Estudiante Santanderista cuando: • Se completa el ciclo de Educación Media y se obtiene el título de bachiller. • Se presenta inasistencia mayor al 20% de las clases sin debida justificación, SIEE Art. 3.4.3 y 3.4.4 • Se reprueba un grado que se repite.
  • 11. • Se presentan problemas de convivencia y después de llevar a cabo el debido proceso. • El Consejo Directivo determina la cancelación de matrícula y la exclusión del plantel. PERFILES Perfil: Es el conjunto de rasgos ideales, de actitudes y comportamientos, que se pretenden de una persona o un determinado grupo de personas. PERFIL DEL ESTUDIANTE: El Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D pretende de su labor educativa con los estudiantes, contribuir a su formación como personas con: • Autoestima, es decir capaces de reconocer, aceptar y valorar su propia identidad y características individuales. • Autonomía, es decir con capacidad para tomar decisiones de manera responsable, ética, moral y libre, para el desarrollo progresivo de su propio proyecto de vida personal. • Capacidad para desarrollar la creatividad, el análisis, la critica reflexiva, para elaborar y ejecutar proyectos, así como para manejar y resolver conflictos. • Capacidad para desarrollar la investigación, la construcción del conocimiento y el desarrollo del espíritu científico en busca del saber. • Capacidad para promover la convivencia armónica que contribuya positiva y solidariamente al desarrollo y crecimiento de la comunidad a la cual pertenece. PERFIL DE EL/LA DOCENTE: Articulo 37 ley 115 de 1994.
  • 12. El docente que labora en el Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D debe ser: - Conocedor, respetuoso y cumplidor de la Constitución Nacional, las leyes, normas, decretos y demás ordenamientos jurídicos a los que está obligado como ciudadano colombiano y como servidor público. - Pedagogo profesional con vocación de servicio identificado con la filosofía de la institución, que demuestra su sentido de pertenencia y compromiso por medio de sus actitudes y acciones cotidianas. - Comunicativo, con capacidad para escuchar, dispuesto al dialogo, conciliador, comprensivo, respetuoso de la opinión ajena. - Analítico, critico, creativo, con espíritu investigativo, con mente abierta a la innovación, a los cambios conceptuales y metódicos. - Coherente en sus palabras y acciones, que educa con el ejemplo siendo modelo de comportamiento personal y social. - Responsable, respetuoso, organizado, justo y ecuánime en su labor educativa. - Consciente de sus capacidades y fortalezas, reconoce con humildad sus errores y los corrige. PERFIL DEL(A) ACUDIENTE: El acudiente que forma parte de la Comunidad Educativa del Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D debe ser una persona que: - Conoce, respeta y acata las normas y reglamentos contenidos en el presente Manual de Convivencia Social. - Demuestra identidad y sentido de pertenencia que por medio de acciones concretas en beneficio de la institución y de la Comunidad Educativa en general.
  • 13. - Actúa solidariamente proponiendo, apoyando, realizando acciones contribuyen a mejorar la labor institucional en beneficio de los estudiantes. que Es responsable en el cumplimiento de: - Sus compromisos económicos son la institución de a cuerdo a lo estipulado legalmente. - Su deber de controlar, orientar y apoyar el desempeño académico y de comportamiento de su(s) hijo(s). - Las funciones correspondientes en caso de asumir algún cargo de Gobierno Escolar, comisión o Comité Institucional. - Brinda a su(s) hijo(s) un adecuado ambiente familiar de comunicación, respeto y afecto para que logren un óptimo desarrollo en sus múltiples dimensiones. PERFIL ADMINISTRATIVO El personal Administrativo que labora en el Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D . Debe ser: - Conocedor, respetuoso y cumplidor de la Constitución Nacional, las leyes, normas, decretos y demás ordenamientos jurídicos a los que está obligado como ciudadano colombiano y como servidor público. - Profesional con vocación de servicio, identificado con la filosofía de la institución, que demuestre su sentido de pertenencia y compromiso por medio de sus actitudes y acciones cotidianas. - Responsable, respetuoso, organizado, honesto, que demuestra coherencia entre sus palabras y sus acciones.
  • 14. - Dispuesto a prestar sus servicios con diligencia y eficacia, cumpliendo a cabalidad con las funciones asignadas. - De buenos modales, atendiendo a todas las personas en general, con amabilidad y respeto, orientando y ayudando de manera positiva y eficiente. - Cuidadoso en el uso y control de los elementos de trabajo de su dependencia y de los de la institución en general. CAPITULO 2 GOBIERNO ESCOLAR El Gobierno Escolar está constituido por los siguientes órganos: 1. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la Comunidad Educativa y de orientación académica y administración del establecimiento. 2. El Consejo Académico: Como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. 3. El rector: como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar. Los representantes en los órganos colegiados son elegidos para periodos anuales, pero continúan ejerciendo sus funciones hasta cuando son reemplazados. En caso de vacancia, se eligira su remplazo por el resto del periodo. CONSEJO DIRECTIVO El consejo Directivo está integrado por: 1. El Rector: Quien lo preside y convoca ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 2. Dos representantes del personal Docentes: Elegidos por la junta directiva de la Asociación de Padres de Familia.
  • 15. 3. Dos representantes de Padres de Familia elegidos por la junta directiva de la Asociación de Padres de Familia. 4. Un representante de estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución. 5. Un representante de los ex alumnos elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos, o en su efecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes. 6. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: Las funciones del Consejo Directivo son las siguientes: a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento en la Institución. b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los Docentes y Administrativos con los estudiantes de la institución y después de haber agotado los procedimientos previstos del Manual de Convivencia. c. Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la institución. d. Fijar criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes. e. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. f. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal Docente presentado por el Rector.
  • 16. g. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del Plan de Estudios. h. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa. i. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante. En ningún caso las sanciones pueden lesionar la dignidad personal de los estudiantes. j. Participar en la evaluación de los Docentes, Directivos Docentes y Personal Administrativo de la Institución. k. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas, y recreativas. l. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva Comunidad Educativa. m. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. n. Fomentar la conformación de Asociación de Padres de Familia y Estudiantes. o. Reglamentar los procesos electorales previstos para la conformación del Gobierno Escolar. p. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados efectuados por los Padres de Familia, responsables de la educación de los estudiantes.
  • 17. q. Darse su propio reglamento. CONSEJO ACADEMICO El Consejo Académico esta integrado por el Rector quien lo preside, los Coordinadores y un docente por cada área definida en el plan de estudios. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO a. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo. b. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes que fueren necesarios. c. Organizar el Plan de Estudios y orientar su ejecución. d. Participar de la evaluación institucional anual. e. Integrar las Comisiones de Evaluación y Promoción, asignarle sus funciones y supervisar el cumplimiento de las mismas. f. Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la Evaluación Educativa. g. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuye el Proyecto Educativo Institucional. RECTOR Es el representante legal del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar. FUNCIONES DEL RECTOR De acuerdo con la Ley 715 DEL 21 DE Diciembre de 2001 las Funciones del Rector o Director de las instituciones educativas públicas, que serán designados por concurso, además de las funciones señaladas en otras normas, tendrá las siguientes:
  • 18. a. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa. b. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar. c. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad Escolar. d. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución. e. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas. f. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docentes y administrativo y reporte las novedades e irregularidades del personal a la secretaria de Educación Distrital, Municipal, Departamental o quien haga sus veces. g. Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos. h. Participar en la definición de perfiles para la seleccione del personal docente, y en su elección definitiva. i. Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos de su cargo. j. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas sobre la materia.
  • 19. k. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes. l. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación. m. Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus requerimientos. n. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución. o. Rendir un informar al Consejo Directivo de la institución Educativa al menos cada seis meses. p. Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la presente ley. q. Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos. r. Las demás que le asigne el gobernador o alcalde para la correcta prestación del servicio educativo. OTRAS INSTANCIAS DE PARTICIPACION PERSONERO Es el representante elegido democráticamente por los estudiantes, entre los alumnos que se encuentra cursando el último grado de educación ofrecido por la institución. Es el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política Nacional, las leyes y las normas del Manual de Convivencia. FUNCIONES DEL PERSONERO: Son funciones del personero.
  • 20. a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, usando los medios de comunicación interna del establecimiento, contando con la colaboración del Consejo de Estudiantes. b. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que se presenten los estudiantes sobre la violación de sus derechos, o las quejas que formule cualquier otro miembro de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. c. Presentar ante el Rector las peticiones que considere necesarias para proteger los Derechos de los Estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes. d. Presentar los reclamos que considere necesarios para beneficio de la Comunidad Educativa y la buena marcha de la Institución. CONSEJO DE ESTUDIANTES Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza al continuo ejercicio de la participación de los estudiantes en la Institución. Está integrado por un representante de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento, elegidos democráticamente por sus compañeros. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES Corresponde al Consejo de estudiantes: a. Darse su propia organización interna. b. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y asesorarlo en el cumplimiento de sus funciones. c. Invitar a las reuniones a aquellos estudiantes que puedan presentar iniciativas o propuestas para el desarrollo de la vida estudiantil. d. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores.
  • 21. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA Tiene como finalidad asegurar la participación de los acudientes en el proceso educativo. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres(3) padres de Familia por cada uno de los grados que ofrezca el colegio. El Rector del Colegio convocara a los Padres de Familia para que elijan a sus representantes en el Consejo de Padres, dentro del primer de actividades. La elección de los representantes de los padres se efectuara en Reunión por grados, por mayoría, con la presencia de al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los Padres, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión. La conformación del consejo de padres es obligatoria en todos los establecimientos educativos, no requiere registro ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrá establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria del Rector o por derecho propio. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA Corresponde al consejo de Padres de Familia: a. Contribuir con el Rector o Director en el análisis, difusión y uso de los resultados se las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado. b. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadanía y la creación de la cultura de la legalidad. c. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en logro de los objetivos planeados. d. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. e. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
  • 22. f. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la constitución de la Ley. g. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades del aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. h. Elegir al Padre de Familia que participara en la Comisión de Evaluación y Promoción de acuerdo al Decreto 1290 del MEN del 16 de Abril de 2009. i. Presentar las propuestas de modificación del proyecto Educativo Institucional que surjan en los padres de familia de conformidad con lo visto en el Artículo 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994. j. Elegir los dos representantes de los padres de familia en Consejo Directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del Artículo 9 del presente Decreto. k. Organizar los comités de Trabajo que guarden afinidad con el Proyecto Educativo Institucional y el Plan de Mejoramiento del Colegio, de conformidad con los planes de trabajo que acuerde con el Rector. Los comités podrán contar con la participación de un directivo o docente del colegio designado por el Rector. ASOCIACIÓN DE PADRES Y MADRES DE FAMILIA Es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres y madres de Familia de los estudiantes. Solo puede existir una asociación en el Colegio y tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión están separados de los del colegio. Cuando en número de afiliados a la Asociación alcance la mitad mas uno de los acudientes del Colegio, la Asamblea de la Asociación eligira uno de los dos representantes de los acudientes ante el Consejo Directivo, caso en el cual el Consejo de Padres eligira solamente a un acudiente como miembro del Consejo Directivo. FINALIDADES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA Las principales finalidades de la Asociación son las siguientes:
  • 23. • Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el Plan de Mejoramiento del Colegio. • Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. • Promover los procesos de formación y actualización de los Padres y Madres de Familia. • Apoyar a las Familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje. • Promover entre los Padres y Madres de Familia una cultura de convivencia, solución pacifica de los conflictos y compromiso con la legalidad. • Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en Articulo 315 del Decreto 2737 de 1989. COORDINADOR ACADÉMICO FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO Según la Resolución 13342 del 23 de Julio de 1982 las funciones del Coordinador Académico son: a. Participar en el Comité curricular en el de Administración, del fondo de servicios Docente y en los demás en que sea requerido. b. Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional. c. Dirigir la planeación y programas académicos de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.
  • 24. d. Organizar a los profesores por los departamentos de acuerdo con las normas vigentes y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos. e. Coordinar la acción académica con la administración de alumnos y profesores. f. Establecer canales y mecanismos de comunicación. g. Dirigir y supervisar la educación y evaluación de las actividades académicas. h. Dirigir la evaluación de rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar la retención escolar. i. Programar la asignación académica de los Docentes y elaborar el horario general de las clases del plantel, en colaboración con los Jefes de Departamento y el Coordinador de Disciplina, presentarlos al Rector para su aprobación. j. Fomentar la investigación científica para el logro de los procesos educativos. k. Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes. l. Rendir periódicamente el informe al Rector del Plantel sobre el resultado de las actividades académicas. m. Presentar al Rector las necesidades del material didáctico de los departamentos. n. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. o. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. COORDINADOR(A) DE CONVIVENCIA
  • 25. FUNCIONES DEL COORDINADOR DE CONVIVENCIA Según la Resolución 13342 del 23 de Julio de 1982 las funciones del coordinador de Convivencia son. a. Participar en el Comité Curricular y en los demás en que sea requerido. b. Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional. c. Dirigir la planeación y programación de la administración de alumnos y profesores de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares. d. Organizar las direcciones de Grupo para que sean las ejecutoras inmediatas de Administración de alumnos. e. Coordinar la acción de la unidad a su cargo con la Coordinación Académica, servicio del Bienestar de Padres de Familia y demás estamentos de la Comunidad Educativa. f. Establecer canales y mecanismos de comunicación. g. Supervisar la ejecución de las actividades de su Dependencia. h. Colaborar con el Coordinador Académico en la distribución de las asignaturas y en la elaboración del horario general de clases del plantel. i. Llevar los registros y controles necesarios para la administración de profesores y alumnos. j. Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes. k. Rendir periódicamente informe al Rector del Plantel sobre las actividades de su Dependencia.
  • 26. l. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. m. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. DOCENTES FUNCIONES DE LOS DOCENTES Según la Resolución 13342 del 23 de Julio de 1982 son funciones de los Docentes: a. Participar en la elaboración del planeamiento y programación de las actividades del área respectiva. b. Programar y organizar las actividades de enseñanza-aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel área. c. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo. d. Participar en la realización de actividades complementarias. e. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso EnseñanzaAprendizaje. f. Aplicar oportunamente en Coordinación con el Jefe de Departamento o con el Coordinador Académico informe del rendimiento de los alumnos a su cargo, al término de cada uno de los periodos de evaluación, certificando las calificaciones con su firma. g. Participar en la administración de alumnos conforme lo determine el reglamento de la Institución y presentar los casos especiales a los Coordinadores, al Director de Grupo y/o a la Consejería para su tratamiento.
  • 27. h. Presentar periódicamente informe al Jefe del Departamento o en defecto al Coordinador Académico, sobre el desarrollo de las actividades propias a su cargo. i. Ejercer la Dirección de Grupo cuando le sean asignada. j. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las Directivas del Plantel. k. Cumplir la Jornada Laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes. l. Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados. m. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las Directivas del Plantel. n. Atender a Padres de Familia, de acuerdo con el horario establecido en el Plantel. o. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. p. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. DIRECTORES DE CURSO FUNCIONES DE LOS DIRECTORES DE CURSO Según la Resolución 13342 del 23 de Julio de 1982 son funciones del Director de grupo: a. Participar en el planteamiento y programación de la administración de alumnos, teniendo en cuenta sus condiciones socio-económicas y características personales.
  • 28. b. Ejecutar el programa de inducción de los alumnos del grupo confiados a su Dirección. c. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes. d. Orientar a los alumnos en las tomas de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico, en coordinación con los servicios de bienestar. e. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos y lograr en Coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas. f. Establecer comunicación permanente con los Profesores y Padres de Familia o acudientes para coordinar la acción educativa. g. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los alumnos de grupo a su cargo en Coordinación con los servicios de bienestar. h. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo. i. Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados con los Coordinadores del Plantel. GOBIERNO DE AULA El Gobierno de Aula está constituido por el monitor de curso y cuatro comités; de Salud, de Decoración y de Medio Ambiente, de Democracia y Convivencia, de Recreación y Deportes. Tiene como finalidad apoyar y facilitar a quien ejerce la Dirección de curso, la planeación, organización, ejecución, control y evaluación de actividades académicas, deportivas y culturales constituidas dentro del marco institucional. El cargo de Monitor de curso es ejercido por un(a) estudiante elegido por sus compañeros. FUNCIONES DEL MONITOR DE CURSO
  • 29. a. Representar el grupo en reuniones o actividades en que se requiera. b. Servir de canal de comunicación entre sus compañeros de grupo y el Director de Curso o los demás estamentos de la institución. c. Colaborar en la solución de conflictos o la toma de decisiones buscando el bien común. d. Velar por el cumplimiento de los deberes y el respeto a los derechos por parte de sus compañeros. e. Presentar propuestas personales o del grupo que tengan como objetivo del beneficio común. f. Presentar las respectivas quejas o reclamos cuando se viole algún derecho individual o colectivo. g. Llevar el control diario de asistencia del grupo y rendir informe a Coordinación de Convivencia. h. Rendir informe al Director de Curso sobre su labor y el desempeño del grupo. CAPITULO3 DEBERES Y DERECHOS El derecho es la facultad natural de todo ser humano para hacer o exigir todo aquello que legítimamente le conduce a cumplir los fines de su existencia, es decir, lo que la ley o la autoridad han establecido a favor de las personas. Los derechos son sistemas de normas que reglamentan las condiciones y comportamientos humanos dentro de la convivencia de las personas para poder conformar un grupo social en el cual reine en armonía y el respeto a la diferencia. Los derechos colectivos prevalecen sobre los derechos individuales. Para exigir el respeto de los derechos por parte de los demás se debe cumplir con los propios deberes.
  • 30. Se entiende como deber toda conducta a la que esta obligada la persona humana por razón de la justicia, la religión, la moral, la ética, las leyes o la propia conciencia. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES OJO CUADROS DERECHO DE LOS EGRESADOS Todo estudiante egresado del Plantel que se encuentre a paz y salvo con la institución tiene derecho a: Que se le expidan certificaciones de rendimiento académico, conducta, comportamiento. A ser atendidos por los Administrativos, Directivos y Docentes cuando así lo requieran, dentro de los tiempos asignados para tal fin. A formar parte del Consejo Directivo a través de elecciones democráticas. A participar en actividades sociales, culturales y deportivas de la Institución con proyección a la comunidad. DERECHOS Y DEBERES DEL ACUDIENTE DERECHOS Los principales derechos de los padres de Familia en relación con la educación de sus hijos son. 1. Elegir el tiempo de educación que de acuerdo convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la Ley. 2. Recibir información del Estado sobre los establecimientos Educativos que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo. 3. Conocer con anticipación o en el momento de la matricula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, el Plan de Estudios, Las Estrategias Pedagógicas Básicas, en el sistema de Evaluación Escolar y el Plan de Mejoramiento Institucional. 4. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos, y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directo de la institución Educativa. 5. Participar el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están matriculados sus hijos y de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del Proyecto Educativo Institucional.
  • 31. 6. Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos. 7. Recibir durante el año escolar y en forma periódica información sobre el rendimiento académico del comportamiento de sus hijos. 8. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad de servicio educativo, y en particular, del establecimiento en que se encuentra matriculados sus hijos. 9. Elegir y ser elegidos para representar a los Padres de Familia en los órganos en Gobierno Escolar y ante las autoridades públicas, en la ley General de Educación y en sus Reglamentos. 10. Ejercer el derecho de la Asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de4 sus hijos. Además de los anteriores, el Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D reconoce los siguientes derechos de los acudientes: a. Recibir en el momento de la matricula el Manual de Convivencia para asi poder cumplirlo. b. A ser informado periódicamente, tanto de manera verbal como por escrito sobre el rendimiento académico y el comportamiento de los hijos. c. Ser atendido con respeto, cordialidad y eficiencia por los Administrativos, Profesores y Directivos del Colegio. d. Ser estimulados por su colaboración, entrega y permanencia en las diferentes actividades del Colegio. e. Participar en las elecciones democráticas para conformar la Asociación de Padres de Familia, Consejos y Órganos de Gobierno Escolar que se consideren pertinentes. f. Recibir colaboración eficiente y oportuna por todos los estamentos del Plantel para realizar actividades en beneficio de la Comunidad Educativa. g. Participar en el desarrollo del PEI. h. Solicitar constancias o documentos en horarios establecidos por el Colegio, y que le sean entregados oportunamente. i. Participar en las reformas y ajustes del presente Manual de Convivencia y demás procesos institucionales.
  • 32. j. Ser atendidos por los Administrativos, Docentes y Directivos en los días y horas establecidos en el colegio, o por fuera de estos en caso de una urgencia justificada. k. Solicitar de manera respetuosa y cortes a los Directivos y Docentes el cumplimiento de sus funciones. l. Dar opiniones que favorezcan el crecimiento de la institución. m. Recibir información oportuna sobre problemas de puntualidad, inasistencia, bajo rendimiento académico, mal comportamiento de su(s) hijo(s) para aplicar los correctivos correspondientes. n. Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la Ley. o. Permitir al acudiente que en caso de no poder asistir delegue por escrito a un mayor de edad. p. Participar en el proceso de auto evaluación anual del establecimiento educativo. DEBERES Además de los establecidos en el Art. 3 del Decreto 1286 del 27 de Abril de 2005 son Obligaciones de la Familia (Ley 1098 de 2006): 1. La Familia tendrá la obligación de promover la igualdad de derechos, el afecto, la solidaridad, y el respeto reciproco entre todos sus integrantes. 2. Cualquier forma de violencia en la Familia se considera destructiva de su armonía y unidad y debe ser sancionada. 3. Son obligaciones de la Familia garantizar los derechos de los niños, niñas y adolecentes. 4. Protegerles contra cualquier acto que amenace o vulnere se vida, su dignidad, y su integridad personal. 5. Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño, formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de interés para la infancia, la adolescencia y la Familia. 6. Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades y, en el derecho se autonomía. 7. Inscribirles desde que nacen el Registro Civil de Nacimiento. 8. Proporcionarles las condiciones necesarias para que alcancen una nutrición y una salud adecuada, que le permite el optimo desarrollo físico, psicomotor,
  • 33. mental, intelectual, emocional y afectivo y educarles en la salud preventiva y en la higiene. 9. Promover el ejercicio responsable de lo0s derechos sexuales y reproductivos y colaborar con la escuela en la educación sobre este tema. 10. Incluirlos en el sistema de salud y de seguridad social desde el momento de su nacimiento y llevarlos en forma oportuna a los controles periódicos de salud, a la vacunación y demás servicios médicos. 11. Asegurarles desde su nacimiento el acceso a la educación y proveer las condiciones y medios para su adecuado desarrollo, garantizando su continuidad y permanencia en el ciclo educativo. 12. Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique maltrato físico, sexual o psicológico, y asistir a los centros de orientación y tratamiento cuando sea requerida. 13. Abstenerse de exponer a los niños, niñas y adolescentes a situaciones de explotación económica. 14. Decidir libre y responsablemente el número de hijos e hijas a los que se pueda sostener y formar. 15. Respetar las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes y estimular sus expresiones artísticas y sus habilidades científicas y tecnológicas. 16. Brindarles las condiciones necesarias para la recreación y la participación en actividades deportivas y culturales de sus intereses. 17. Prevenirles y mantenerle informados sobre los efectos nocivos del uso y consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales. 18. Proporcionarles a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad un trato digno e igualitario con todos los miembros de la Familia y generara condiciones de equidad, oportunidades y autonomía para que puedan ejercer sus derechos. Habilitar espacios adecuados y garantizarles su participación en los asuntos relacionados en su entorno familiar y social. DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA 1. Ser líderes institucionales fomentando la responsabilidad, la cooperación y la participación de actividades del Plantel. 2. Ser voceros de las necesidades prioritarias de la Comunidad Educativa. 3. Fijar mediante consenso la cuota de la Asociación de Padres.
  • 34. 4. Informar a los Directivos y Docentes las actividades programadas por la asociación a cumplir en el año lectivo escolar. 5. Cumplir con la planeación trazada, teniendo en cuenta que en ella se dé prioridad a necesidades locativas, didácticas, pedagógicas y de estimulo educativo. 6. Solicitar el apoyo a entidades externas para la consecución y adquisición de materiales. 7. Presentar periódicamente un Balance por escrito de sus inversiones. 8. Promover a través de actividades, la integración de todos los estamentos de la Comunidad Educativa. 9. Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional. 10. Conocer y cumplir el Manual de Convivencia. DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DERECHOS 1. A ser tratados con respeto por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa Santanderista. 2. A solicitar permisos y a que se les conceda cuando está debidamente justificado. 3. A recibir estímulos por parte de las Directivas por sus buenos servicios, el buen desempeño o cuando se realiza acciones destacadas en bien de la comunidad Educativa. 4. A cuestionar todo aquello que afecte sus derechos personales y laborales. 5. A que se le expida oportunamente las constancias y certificaciones que requieran. 6. A disfrutar de las vacaciones completas a que tiene derecho, otorgadas de su dependencia laboral. 7. A todas las demás consagrados a la Legislación Laboral. 8. Recibiré un trato respetuoso, cordial y considerado. 9. A recibir colaboración oportuna en todas las actividades en que se requiera. 10. A que se le respete la jornada laboral establecida. 11. A tener libertad de actuar de acuerdo con los lineamientos éticos de su servidor público. 12. A poder desarrollar con idoneidad, responsabilidad, ética y sentido de pertenencia con las labores asignadas.
  • 35. DEBERES 1. Cumplo con puntualidad el horario establecido. 2. Me abstengo de reprender a los alumnos y aviso a los Docentes en caso de faltas que ellos cometan. 3. Entrego al inicio de la jornada los salones, corredores, patios, baños y oficinas debidamente aseados y no ocasiono demoras en el inicio de las clases por tardanza al cumplir con mis obligaciones. 4. No permito la salida de alumnos si no llevan la respectiva autorización. 5. Aviso al Profesor o Coordinador cuando algún alumno deje olvidados objetos y hago correspondiente entrega de ellos. 6. Velo por la conservación de los documentos, útiles, equipos y demás bienes de la institución que me sean confiados. 7. No entrego a ninguna persona elemento alguno que este bajo mi cuidado sin la autorización respectiva. 8. Mantengo relaciones cordiales y doy buen trato a todos los miembros de la Comunidad Educativa. 9. Ayudo a personal docente, Coordinadores, Administrativos y Rector en las diferentes actividades institucionales cuando se requiera. 10. Permanezco en la institución durante toda la jornada laboral asignada, en caso de retirarme antes, lo hago con el respectivo permiso. 11. Observo una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad de mi cargo. 12. Ejerzo de manera diligente, eficaz, y oportuna las funciones y responsabilidades propias de mi cargo. CAPITULO 4 CRITERIOS DE CONVIVENCIA COMITÉ DE CONVIVENCIA SANTANDERISTA Tiene como objetivo general una nueva cultura hacia la convivencia, que involucre a todos los estamentos de la Comunidad Educativa. ACUERDO NUMERO 04 DEL 2000
  • 36. “POR EL CUAL SE CREAN LOS COMITES DE CONVIVENCIA EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES Y PRIVADOS DEL DISTRITO CAPITAL”. El consejo de Santa Fe de Bogotá DISTRITO CAPITAL En uso de sus facultades legales y en especial a la que confiere el Decreto Ley 1421 de 1993 ACUERDA. ART. 1: Créanse los Comités de Convivencia en los establecimientos educativos Oficiales y Privados del Distrito Capital. ART 2: COMPOSICIÓN: Harán parte integral de los Comités de Convivencia. 1. Los representantes del personal docente ante el Consejo Directivo u otro elegido por los profesores. 2. El representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo u otro elegido por estudiantes. 3. El representante del Consejo Estudiantil. 4. El Personero de los estudiantes. 5. Dos (2) representantes de los Padres de Familia y dos (2) representantes de otras instituciones. 6. El Coordinador de Disciplina o de Convivencia o quien haga sus veces, quien lo presidirá. 7. Un (1) representante de personal administrativo y/o Operativo de Plante, elegido por estos mismos. ART. 3: OBJETIVOS: Las finalidades principales de los Comités de Convivencia serán las siguientes: a. Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la Comunidad Educativa. b. Desarrollar actividades para divulgación de los derechos fundamentales, los derechos del niño y las garantías que amparan a la comunidad Educativa. c. Desarrollar foros y talleres con la Comunidad Educativa con el objetivo de promover la convivencia y labores dentro de los ámbitos institucionales, estudiantil, familiar. d. Promover la vinculación de las entidades Educativas a los programas de Convivencia y resolución pacífica de los conflictos que adelantan las diferentes entidades Distritales. e. Instalar mesas de conciliación cuando algún o algunos de los actores de la Comunidad Educativa los solicite con el objetivo de resolver pacíficamente los conflictos. Para tal objetivo, el Comité designara un conciliador cuando las partes del conflicto lo estimen conveniente.
  • 37. f. Evaluar y mediar los conflictos que se presente entre Docentes y estudiantes y los que surjan entre estos últimos. g. Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia. ART 4: FUNCIONAMIENTO: Los Comités de Convivencia se instalaran dentro de los primeros sesenta (60) días calendario escolar y se reunirán ordinariamente cada dos (2) meses. Además, lo podrán hacer extraordinariamente cuando los miembros del comité lo estimen conveniente. ART. 5: METODOLOGIA: Los Comités de Convivencia establecerá su propia metodología de trabajo, teniendo en cuenta los objetivos definidos en el presente acuerdo y las disposiciones que contemple el Manual de Convencía de cada Institución Educativa. ART.6: L a secretaria de Educación Distrital, por lo menos dos (2) al año o con la regularidad que sea necesaria, enviara a los colegios distrital toda la información seleccionada sobre temas de convivencia ciudadana, para efectos de mantener informados a los comités de convivencia. PUBLIQUESE Y CUMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C, a los veintitrés (23) días del mes febrero de dos mil (2000) El alcalde mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO. El Presidente del consejo de Santa Fe de Bogotá, D.C, LEO CESAR DIAGO CASASBUENAS. El Secretaria general del consejo de Santa Fe de Bogotá D.C OSCAR DARIO RAMIREZ CEPEDA. NOTA: fue publicado en el registro distrital Nº 2104 de marzo 09 del 2000 CONDUCTAS SANCIONABLES: La llegada tarde al platel. La evasión de clases, no ingresar o ausentarse de clase sin autorización del docente. No presentar justificación escrita del padre o acudiente en caso de inasistencia. Consumir Alimentos en horas de clase o formaciones. Propiciar o generar desordenes que impidan el normal desarrollo de las clases; el uso de elementos tales como: celulares, wallman, revistas, etc. Presentarse a la institución con el uniforme incompleto, desordenado, con accesorios no reglamentarios (adornos, maquillaje,etc)
  • 38. Agresión física y/o verbal hacia los compañeros o cualquier otro miembro de la comunidad educativa. Apropiación de elementos ajenos. Intentar o hacer fraude en evaluaciones, trabajos, planillas y registro de seguimiento. Incumplimiento en la entrega de comunicados de la institución a los acudientes y/o falsificación de firmas. Encubrir faltas o interferir en la investigación de alguna. Realizar actos, que afecten el buen nombre de la institución (riñas, escándalos públicos, etc.) Hacer rifas y/o apuestas. Realizar ventas sin el aval del consejo directivo. Asumir una actitud desafiante frente a los llamados de atención. Desobedecer orientaciones impartidas por docentes, orientadores, directivos o cualquier instancia del gobierno escolar. (Personal administrativo, servicios generales y vigilancia) Incumplir con las normas de comportamiento y seguridad establecidas en el aula de sistemas. Laboratorios biblioteca y otras dependencias de la institución. Fumar en el colegio o fuera de él portando el uniforme Presentarse en estado de ebriedad o bajo efectos de otro tipo de sustancias. (SPA) Incumplimiento en el horario de entrada y salida del colegio y evasión de clases. PROCESO CORRECTIVO FORMATIVO PARA FALTAS DE CONVIVENCIA Se establecen criterios y procedimientos que garantizan y preservan acuerdos de solidaridad, tolerancia, respeto mutuo y equidad en la concertación de cualquier clase de conflicto individual o colectivo de los miembros de la comunidad. El debido proceso: Permite establecer acciones pedagógicas que permita al estudiante Santanderista: a. Conocer la falta en al que ha incurrido. b. Conocer las pruebas que lo comprometen. c. Hacer los descargos pertinentes. d. Estar acompañado en todo el seguimiento por sus padres de familia o acudiente legal. e. Contar con el apoyo del servicio de orientación. f. Conocer y asumir las consecuencias de su incumplimiento en el presente manual
  • 39. g. Asumir compromisos y cumplirlos en los tiempos establecidos. Cuando un (a) estudiante Santanderista incurre en una de las faltas de convivencia establecidas en el presente manual tiene derecho al siguiente proceso: PRIMERO: a un llamado de atención en el marco de un dialogo formativo y reflexivo que permita un primer compromiso registrado en el observador de el estudiante por el docente conocedor de la situación SEGUNDO: si hay reincidencia interviene el director de curso quien hace citación a padres de familia, informe de situación del incumplimiento, establece acciones pedagógicas y hace el respectivo registro y seguimiento de compromisos en el observador. TERCERO: Si se persiste en la dificultad e incumplimiento el Director de Curso hace remisión a Coordinación desde allí, se hace una nueva citación a Padres de Familia, y si el caso lo amerita, a través del servicio de Orientación se remite a instituciones especializadas y el apoyo psicopedagógico. Coordinación hace el seguimiento para garantizar el cumplimiento de acuerdos y compromisos. CUARTO: Si se agotan las instancias anteriores y se continúa con el incumplimiento Coordinación hace remisión a Rectoría para la asignación de un periodo de reflexión en la casa hasta por tres días, con las respectivas consecuencias académicas. En este periodo el estudiante realiza una actividad pedagógica concertada entre todas las personas implicadas; orientado al análisis de su incumplimiento y a asumir un cambió de actitud. Lo presenta en Coordinación para el visto bueno y la orden de reintegro a clase. EL COMITÉ DE CONVIVECIA DE JORADA ASIGNARA UM PERIODO DE REFLEXION CON EL AVAL DEL SEÑOR RECTOR DE MAXIMO 3 DIAS HABILES. QUINTO: Si agotadas las acciones pedagógicas establecidas en cada una de las instancias anteriores se persiste en el incumplimiento Coordinación convoca al Comité de Convivencia para analizar el caso, realizar el debido el proceso y el seguimiento en el observador del estudiante. Se citan los padres de familia y al estudiante comprometido. Establecerá acuerdos, como órgano conciliador, y nuevas acciones pedagógicas con tiempos para ser cumplidas. Coordinación hace el registro y la evaluación pertinente. De no existir cumplimiento ni actitud de cambio el Comité remite el caso al consejo Directivo quien puede tomar la acción resolutoria de cambio de ambiente escolar o cancelación de matrícula y se efectúa mediante Resolución Rectoral. NOTA: TODAS LAS ETAPAS DEL DEBIDO PROCESO DEBEN QUEDAR COSIGNADAS EN EL OBSERVADOR DEL ESTUDIANTE Y FIRMADAS. PROCEDIMIENTO CORRECTIVO PARA FALTAS DE MAYOR GRAVEDAD: Son faltas de mayor gravedad: 1. La tenencia de sustancias psicoactivas y el porte de armas o cualquier tipo de objeto con el cual se intimide, agreda o cause daño a un miembro de la Comunidad.
  • 40. 2. Hurto comprobado. 3. Participación de pandillas o grupos que se conviertan en amenaza para la integridad de otros. 4. El consumo de bebidas alcohólicas y psicoactivas. 5. Venta de sustancias psicoactivas. 6. Agresión física o verbal a cualquier miembro de la comunidad educativa. 7. Amenaza e intimidación constante a cualquier miembro de la comunidad. 8. La reincidencia e faltas de menor gravedad le da el carácter de falta grave. Cuando se presente una de estas faltas se aplicara a l siguiente proceso: el/la Coordinador(a) solicita al/la estudiante entregar un informe por escrito detallado de los hechos dándole la oportunidad de presentar pruebas que sustente las razones expuestas. Se cita a los padres de familia o a los acudientes y se convoca al comité de convivencia institucional a una reunión extraordinaria para analizar el caso. De considerarse necesario se remite al Consejo Directivo para el denuncio formal ante las autoridades competentes. Los casos que no se contemplen en el presente Manual de Convivencia y que atenten contra la integridad de algún miembro de la Comunidad educativa Santanderista, tendrá el mismo procedimiento correctivo y formativo de acuerdo con el nivel de gravedad. CAPITULO 5 SISTEMA INSTITUCIONAL DE ESTUDIANTES SIEE -ACUERDO 01Del 11 de Febrero de 2010 Por el cual el Consejo Directivo acoge y pone en vigencia el Sistema institucional de evaluación de estudiante SIEE del Colegio “ Francisco de Paula Santander “ I.E.D- Bosa. 1. DISPOSICIONES GENERALES PRINCIPIOS ORIENTADORES SANTANDERISTAS. El sistema institucional de evaluación de estudiantes SIEE “Francisco de Paula Santander“ I.E.D- Bosa, se fundamenta en los siguientes fundamentos educativos: INTEGRIDAD: La educación asumida como un proceso permanente de formación y evaluación personal, social y cultural, se fundamenta en el concepto del ser humano integral y multidimensional, con el potencial y la capacidad de desarrollar los cinco aprendizajes básicos; aprender a aprender, aprender a pensar, aprender a ser, aprender a hacer, aprender a convivir.
  • 41. AUTONOMIA: El estudiante es el eje del proceso educativo y por lo tanto es el principal responsable de su propio desarrollo de aprendizaje y formación humana integral, con el fin de convertirse en una persona adulta, capaz de tomar decisiones y asumir con responsabilidad la consecuencia de sus actos en el desarrollo y cumplimiento de su proyecto de vida. TRASCENDENCIA: La persona humana como ser histórico es un protagonista directo de los acontecimientos ocurridos en su entorno durante su proceso evolutivo de desarrollo sociocultural, lo cual ha requerido de su participación activa e inteligente para vencer las circunstancias y transformar el medio, en la constante búsqueda de progreso y el bienestar tanto individual como colectiva. SOCIABILIDAD: Cada ser humano es único e irrepetible, pero social por naturaleza por lo tanto, independiente, es decir con necesidades de reconocimiento, comunicación, afecto, participación y trabajo mancomunado en pos de una mejor calidad de vida colectiva. 2. PROPOSITO DE EVALUACION INSTITUCIONAL DE LOS ESTUDIANTES. (ART. 3 Decreto Nal. 1290 MEN) Son propósitos de evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional: 1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje para valorar sus avances. 2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos desarrollados con el desarrollo integral del estudiante. 3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presentan debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. 4. Determinar la promoción de los estudiantes. 5. Aportar información para el ajuste e implementación de Plan de Mejoramiento Institucional. 3. CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION El criterio es la condición que permite realizar una elección, tomar una decisión o hacer un juicio de calor sobre los ejes de aprendizaje de los escolares y sobre su promoción. Se entiende por criterios las metas o desempeños que se establecen como experiencia de logro que se desea alcanzar mediante un trabajo pedagógico, durante un tiempo determinado. Se puede hablar de criterios de evaluación y de promoción de un ciclo educativo, de un grado, de un periodo académico, de una unidad didáctica, de un bloque temático, de una clase o de un proyecto; por cuanto, estas son las unidades de tiempo o estrategias pedagógicas básicas sobre las cuales se establecen metas alcanzadas en relación con los procesos de desarrollo humano de los estudiantes a partir de las áreas que conforman el plan de estudios. En particular, los criterios de evaluación se establecen de manera concertada con los docentes, con los estudiantes y con los padres de familia y su nivel de complejidad, dependiendo del
  • 42. periodo de tiempo en el que desean alcanzar. Cualquiera sea el nivel de complejidad, los criterios deben ser claros, alcanzados en el periodo de tiempo fijado y verificables. 3.1 DEFINICION DE LOS CRITERIOS DE EVALUACION No es suficiente planear, hace falta comprobar hasta qué punto se han conseguido los objetivos definidos en la misma para poder tomar decisiones. Por eso la función de la evaluación no se reduce a una simple medida o calificación, va mas allá, implica el contrastar lo que se mide con lo que se pretende conseguir para luego tomar decisiones. Hace falta definir la diferencia entre evaluar y calificar. Evaluar significa valorar en función de una medida preestablecida mientras que calificar supone dar un valor como resultado final. Por ellos evaluación es la contrastación de resultados en función de unos criterios preestablecidos, permitiendo la retroalimentación. 3.2 CRITERIOS DE EVALUACION. El sistema de evaluación de estudiantes SIEE, “Francisco de Paula Santander “ I.E.D- Bosa, se fundamenta en los siguientes criterios: 3.2.1 Permanente: Los procesos y actividades que la conforman deberán estar distribuidos a lo largo de cada uno de los periodos académicos, atendiendo a la estrategia pedagógica del modelo de enseñanza para la comprensión. 3.2.2 Sistema: Cada proceso de actividad que conforma la evaluación responden a una concepción global de la misma. 3.2.3 Acumulativa: Produce, al término del periodo académico una valoración definida en la que se reflejan según la ponderación contemplada en la programación, todos los procesos y actividades relacionadas ordinariamente durante cada periodo y año electivo. 3.2.4 Objetividad: Esto es, compuesta por procedimientos que tienden a valorar el real desempeño del estudiante. 3.2.5 Formativa: En cuanto retroalimenta el proceso de formación del estudiante y refuerza la estrategia de aprende a aprender. La valoración deberá en todo caso respetar la libertad de pensamiento y de opinión de estudiante y apreciar positivamente su capacidad de formarse un criterio propio fundamentado y racional. 3.2.6 Cualitativa: Que permita mirar al ser humano de una manera integral, dialógica y formativa de cada estudiante, siendo consecuentes con el desarrollo de cada uno de las acciones dentro del proceso académico reflejado de manera numérica y porcentual. 3.2.7 Proyectiva: En lo posible siempre deben existir criterios previos para la evaluación, o de lo contrario, se pierde todo punto de referencia dejando sin sustento el propósito de evaluar. 3.3 COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCION El Consejo académico conformara, para cada ciclo, una Comisión de Evaluación y Promoción, integrada por todos los docentes que desarrollan la labor académica en el ciclo
  • 43. correspondiente, un representante de padres de familia y de estudiantes, el rector o se delegado ( Coordinador académico o de ciclo), quien convocara y presidirá, con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de superación para estudiantes que presenten dificultades, las cuales deberán ser consignadas en las observaciones del informe del desempeño académico. En la reunión de Comisión de Evaluación y Promoción al finalizar cada periodo académico, se analizaran los casos de educandos con desempeños bajos en cualquiera de las áreas y se hará recomendaciones o sugerencias generales o particulares a los profesores, o a otras instancias del colegio, en términos de actividades de nivelación o mejoramiento. Las comisiones, además, analizaran los casos de los estudiantes con desempeños excepcionalmente superiores con el fin de recomendar actividades especiales de profundización, o promoción anticipada Igualmente se establecerá si educadores y estudiantes siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del periodo anterior. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada comisión se consignara en actas y estas constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de los educandos. 3.4 CRITERIOS DE PROMOCION POR GRADOS 3.4.1 El estudiante deberá reiniciar el grado cuando obtiene valoración BAJO en dos (2) o mas áreas. 3.4.2 Si el estudiante no aprueba un (1) área, deberá presentar y sustentar actividades de nivelación de manera obligatoria. No tiene derecho a esta promoción el estudiante que haya obtenido valoración BAJO en la misma área en dos años consecutivos. 3.4.3 La inasistencia no justificada del 20% o más a las actividades académicas de un área determina la pérdida de la misma y en caso de no aprobar un área más, la reprobación escolar. 3.4.4 No se dará académica al estudiante en caso de inasistencia consecutiva equivalente al 30% o más, a las actividades académicas correspondientes al año escolar. 3.4.5 En el ciclo 1 (preescolar, primero y segundo), NO habrá reprobación de grado. Solamente se definirá la promoción al finalizar el ciclo (segundo, Grado). Si el estudiante no aprueba las dimensiones comunicativas y cognitivas deberá reiniciar el segundo grado. En los demás ciclos la promoción se realizara grado por grado. 32.4.6 La última semana de cada periodo escolar estar destinada al plan de mejoramiento individual y a la presentación de las pruebas que acrediten la nivelación. 3.4.7 La evaluación de Convivencia está inmersa en todas y cada una de las áreas y asignaturas. Adicionalmente en el boletín aparecerá una descripción general de su comportamiento, la cual será evaluada en forma cualitativa y cuantitativa, no se considera área de conocimiento, sin embargo su aprobación será tenida en cuenta para garantizar la permanencia de la institución. 3.4.8 Cuando el estudiante no alcanzara los desempeños básicos en un área después de haber aplicado actividades de nivelación al terminar el año escolar tiene derecho a presentar pruebas de suficiencia en la primera semana del calendario académico del siguiente año lectivo. En
  • 44. caso de superar dichas pruebas será promovido, de lo contrario deberá reiniciar el último grado. PARAGRAFO: En caso de tener áreas pendientes en algún grado del ciclo, seguirá el procedimiento descrito en este numeral(3.4.8) para poder definir su promoción al ciclo siguiente o en caso la obtención de Título de Bachiller. 4. CRITERIO DE PROMOCION POR CICLOS. Terminado el último grado correspondiente a cada ciclo, se certificara dicho proceso, teniendo en cuenta, que el estudiante haya alcanzado por lo menos una valoración de desempeño BASICO en todas las áreas del conocimiento. 5. PROMOCION ANTICIPADA DE GRADO Durante el primer periodo del año escolar el consejo académico, previo conocimiento de los padres de familia, recomendara ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social (convivencia) en el marco de las competencias básicas del grado en todas las áreas (90-100). 6. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA A LA ESCALA NACIONAL. Con la escala valorativa establecida por el Decreto Nacional 1290 de 2009, la homologación en la institución será así: CUADRO PG 25 7. PERIODOS ACADEMICOS. En el Colegio “Francisco de Paula Santander” IED de Bosa, las cuarenta (40) semanas de actividad académica, se dividirán en los tres (3) periodos académicos, con la siguiente duración y valoración para el resultado final: CUADRO 2 PG 25 8. ESTATREGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS ESTUDIANTES: Una finalidad primordial de la Evaluación está dirigida al mejoramiento del aprendizaje de los estudiantes y al énfasis de los procesos. Es por ello que el/la docente debe seleccionar las técnicas e instrumentos de evaluación que contribuyan a garantizar la construcción permanente de conocimientos mediante aprendizajes de calidad. TECNICA: Es el procedimiento mediante el cual se llevara a cabo la evaluación. Algunas técnicas de evaluación son: Observación, cuestionarios, resolución de problemas, proyectos, elaboración de productos. Corresponde al Como se va a evaluar.
  • 45. INSTRUMENTO: Es el medio a través el cual se busca obtener la información pertinente. Algunos instrumentos son: Lista de cotejo, escala de estimación, pruebas, portafolios, proyectos monografías, mapas conceptuales entre otros. Corresponde al Con que se va a evaluar. 9. PROCESOS DE AUTO EVALUACION La autoevaluación se tendrá en cuanta en la valoración del aspecto Actitudinal; es decir, en el SER, que será justificada por los estudiantes. Los docentes establecerán los criterios para su aplicación y valoración durante el proceso. 10. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTE. 10.1 Analizadas las condiciones de los estudiantes, se convocara a los padres de familia o acudientes, al estudiante y al docente respectivo con el fin de presentarles un informe y acordar los compromisos por parte de los involucrados. 10.2 Los padres de familia apoyaran los procesos académicos y de convivencia comprometiéndose en las actividades programadas por la institución a través de la participación permanente en talleres, escuela de padres, reuniones de grado, entre otros. Se dejara registro escrito por su participación. 10.3 El grupo interdisciplinar (Orientadora, director de grupo, docentes y Coordinadores) acompañara a los estudiantes que presentan dificultades en su desempeño escolar, registrando en forma escrita en el observador sobre su proceso y avances. 10.4 Los docentes diseñaran actividades de nivelación para los estudiantes que persistan en el bajo desempeño en un área, que se entregara con el informe final para que sea desarrollado en los tiempos establecidos en el numeral (3.4.8) con la orientación de los docentes y con el acompañamiento de los padres de familia; la valoración del proceso será la correspondiente al nivel básico como máximo de acuerdo con la escala institucional. 11. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCAIVO CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION. El SIEE se fundamenta en las normas legales vigentes y se estructura a través del aporte y acompañamiento de los docentes; en este sentido, los directivos y docentes cumplirán con las disposiciones legales establecidas así: 11.1 Los docentes presentaran a coordinación académica previa revisión del asesor de área de una matriz de evaluación por periodo en cada una de las asignaturas que desarrolle; de este instrumento se obtendrá la información que se registrara en el informe evaluativo del estudiante. 11.2 El coordinador académico y/o el equipo directivo analizara en forma permanente los casos especiales de bajo desempeño académico determinara las directrices tendientes a la superación de las dificultades.
  • 46. 11.3 El Consejo Directivo, el Consejo Académico y el grupo directivos docentes velaran por el cumplimiento de lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes SIEE. 12. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES ACADEMICOS DE LOS ESTUDIANTES. La estructura de los boletines, contendrá la información básica sobre los desempeños de cada estudiante, descritos en tres periodos académicos según consta la escala de valoración institucional y su equivalencia con la escala nacional, determinada por el Decreto 1290 del 2009. 13. INASISTENCIA, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION Y RESOLUCION DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA, ACUDIENTES Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACION Y PROMOCION. 13.1 INSTANCIAS DE ATENCION Y RESOLUCION DE RECLAMACION. Las instancias establecidas como Conducto regular del sistema de Evaluación de estudiantes del Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D para la atención y resolución de reclamaciones son: 13.2 Docente de asignatura: Evaluador principal y responsable del proceso. Es considerado/a como la primera instancia. 13.3 Coordinador(a) de Ciclo: 2ª instancia de análisis, mediación y resolución de las dificultades académicas a nivel individual y grupal durante el periodo. 13.4 Coordinación académica: 3ª instancia de análisis, mediación y solución de reclamaciones hechas por acudientes y estudiantes de manera individual y grupal. 13.5 Comisión de Evaluación: 4ª instancia de carácter colectivo para el análisis y solución de las reclamaciones presentadas por estudiantes y acudientes. 13.6 Consejo Académico: 5ª instancia de carácter colectivo a nivel institucional para la solución de situaciones académicas que ameritan atención especial y excepcional. 13.7 Consejo Directivo: Última instancia de la institución para la solución de reclamaciones académicas de los estudiantes y acudientes. Efectúa pronunciamiento definitivo sobre la situación de reclamo. 13.2 PROCEDIMIENTOS PARA LA SOLUCION DE RECLAMCIONES. La reclamación debe presentarse de la siguiente forma de manera escrita por parte del peticionario teniendo el procedimiento que se presenta a continuación: 13.2.1Debera ser presentada por parte de el/la estudiante y su acudiente. 13.2.2 Deberá ser en un término máximo de 3 días hábiles posteriores a la entrega de los informes académicos, parciales de periodo o finales.
  • 47. 13.2.3 Deberá ser presentada directamente el/la docente que haya realizado la calificación. 13.2.4 El docente deberá recibir la petición y responderla a través de documento escrito en un término máximo de tres (3) días hábiles, con el visto bueno (Vº.Bº) del jefe del Área y de Coordinador Académico. En caso de no ser satisfactoria la respuesta dada a la reclamación inicial por parte de el/la docente se continuara presentando a las demás instancias superiores de acuerdo a lo establecido en el conducto regular. El estudiante y su acudiente una vez sean informados de pronunciamiento de respuesta, deberán presentar la petición en un termino de máximo de 5 días hábiles posteriores a la entrega de la decisión de la primera instancia. Sera considerada instancia superior la inmediata en orden de jerarquía de quienes profirieron el último pronunciamiento. Deberá entonces la instancia respectiva responderla en un máximo de diez días hábiles en el sentido de ratificar o cambiar la decisión de la primera instancia. Ante esta decisión, proceden los recursos de reposición ante la comisión de evaluación y promoción respectiva y el curso de apelación ante una instancia superior inmediata que para el caso es el consejo directivo. Los términos de respuesta del recurso de reposición no podrán ser mayores a diez días hábiles. 14 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a: 1. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos personales y sociales. 2. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar. 3. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas. 4. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades y potenciar las fortalezas en el aprendizaje. 15. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, debe: 1. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el establecimiento educativo. (Manual de Convivencia )
  • 48. 2. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades. 16. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA. En el proceso formativo de sus hijos los padres de familia tienen los siguientes derechos: 1. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: Criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar. 2. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes. 3. Recibir los informes periódicos de evaluación. 4. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos. 17. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA De conformidad con las normas vigentes, los padres de familia deben: 1. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar. 2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos. 3. Asistir y participar del análisis de los informes periódicos de evaluación. 4. Realizar oportunamente las reclamaciones sobre el proceso de evaluación de sus hijos atendiendo a lo descrito en el numeral 13 de este. 18. REGISTRO ESCOLAR. El establecimiento educativo, llevara un registro actualizado de los estudiantes que contenga, además de los datos de identificación personal, el informe de valoración por grados y el estado de la evaluación, que incluya las novedades académicas que surjan. (Observador del Estudiante y Actas de comisión de evaluación y promoción) 19. CONSTANCIAS DE DESEMPEÑO. El establecimiento educativo, a solicitud del padre de familia debe emitir constancias de desempeño de cada grado cursado, en las que se consignaran los resultados de los informes periódicos. Cuando la constancia desempeño reporte que ele estudiante ha sido promovido al siguiente grado y se traslade de un establecimiento educativo a otro, será matriculado en el grado al que fue promovido según el reporte. Si el establecimiento educativo receptor, a través de una evaluación diagnostica, considera que el estudiante necesita procesos de apoyo para estar acorde con las exigencias académicas del nuevo curso, debe implementarlos.
  • 49. 20 GRADUACION Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de Bachiller Académico, cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados por el establecimiento educativo en su proyecto educativo institucional, de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias además de lo contemplado en el SIEE. 21. VIGENCIA El sistema institucional de evaluación de estudiantes del Colegio “Francisco de Paula Santander” I.E.D se acoge y se pone en vigencia por parte del Consejo directivo para su correspondiente aplicación a partir de la presente fecha, Jueves 11 de Febrero del 2010. CAPITULO 6 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS 5.1 SECRETARIA HORARIOS DE ATENCION Martes y jueves de 9:30 A.M a 11:30 A.M y en la tarde de 2:30 P.M a 4:00 P.M. Los estudiantes se atienden únicamente en la hora de descanso y en su respectiva jornada. FUNCIONES: Atención a padres, acudientes, estudiantes, y demás miembros de la comunidad educativa. Organización de proceso de matriculas. Manejo de archivo y gestión documental. Manejo de documentación de estudiantes. Expedición de: Certificados y constancias. Expedición de certificados de validación de grado 5º Diligenciamiento de certificados de escolaridad. Registros académicos: Actas de grado y Diplomas. Revisión y actualización de los documentos de los estudiantes de grado 11. Rendir informes a rectoría y coordinación sobre los estudiantes pendientes de documentación y dificultades de valoraciones académicas. Coordinar y regular el proceso de graduación. Divulgación de la comunicación interna y externa. Manejo de agenda de rectoría.
  • 50. 1. SOLICITUD DE CERTIFICADO Y CONSTANCIAS DE ESTUDIOS. Hacer una consignación por cada certificado en el Banco de Bogotá cuenta Nº 796034940 escribiendo en la parte superior los puntos nombre y apellido del estudiante, número de identificación, curso, año, jornada y número telefónico fijo. Presentar la copia del documento de identidad del estudiante. NOTA: El certificado se entrega 8 días después de la solicitud. 2. RETIRO DE DOCUMENTACION: Solicitud hecha por el padre o acudiente legal del estudiante debe dejar fotocopia de su documento de identidad. Diligenciar el respectivo formato de retiro con el visto bueno de Coordinación quien verifica que el estudiante continúe dentro del sistema de matrícula para garantizar el DERECHO A LA EDUCACION. LEGALIZACION DE MATRICULA. Se realizan las fechas programadas por la SECRETARIA DE EDUCACION. Se envía circular informativa sobre los costos educativos y fechas especificas de la matricula. Para los estudiantes antiguos la realiza el director de curso quien entrega la lista y la documentación completa a secretaria. Para los estudiantes nuevos el cupo es asignado a través del CADEL y de acuerdo con la disponibilidad de cupos. 5.2 PORTERIA. Para el ingreso de acudientes se debe presentar el respectivo formato de citación diligenciado por el docente, el coordinador o la Orientadora. (El formato es entregado en coordinación de convivencia). La atención a acudientes se realiza en el horario de atención que cada docente maneja y que está ubicado en la portería. Si un (a) acudiente requiere ser atendido por un docente, sin citación, será atendido por coordinación quien decide si la citación amerita la interrupción de clase. Los estudiantes que requieran ingresar al colegio en jornada contraria, especialmente los servicio social, debe presentarse correctamente uniformados. Las personas ajenas a la institución son anunciadas en coordinación quien autoriza el ingreso. Y una vez autorizada presenta un documento de identidad y se registra en la minuta de portería. Para la atención en portería se debe anunciar primero con el/la vigilante, pasar luego a secretaria y en caso de ser pertinente, ingresar al despacho del rector. Una vez cerrada la puerta al inicio de la jornada escolar es el coordinador de convivencia el único autorizado para ingresar estudiantes que llegan tarde y realizar el respectivo registro.