SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 24
MARCO LEGAL
(Rutas y Protocolos
de actuación)
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación
Carrera de Psicopedagogía
RUTAS Y
PROTOCOLOS
FRENTE A
SITUACIONES
DE VIOLENCIA
Universidad Central del Ecuador Marco Legal
Art. 35.-
Art. 66.- Num. 3.
Art. 81.-
Art. 46.- Num.4.
Art. 347.- Num. 6.
Violencia sexual
Constitución
de
la
República
Víctimas de violencia sexual - atención
prioritaria y especializada en ámbito
público y privado.
Protección y atención contra todo tipo de
violencia, maltrato, explotación sexual o
de cualquier otra índole.
Lit. a.- Integridad física, psíquica, moral y
sexual.
Lit. b.- Una vida libre de violencia.
La ley establecerá procedimientos para
juzgamiento y sanción de delitos de violencia
sexual que se cometan contra N.N.A.
Erradicar toda forma de violencia en el sistema
educativo y velar por la integridad física,
psicológica y sexual de las y los estudiantes.
Código
de
la
niñez
y
adolescencia
Art. 11.-
Art. 17.-
Art. 50.-
El interés superior del niño.
Deber jurídico de denunciar.
Derecho a la integridad personal.
Art. 72.-
Art. 79.-
Art. 73.-
Personas obligadas a denunciar dentro
de la comunidad educativa (24h).
Deber de protección en casos de maltrato.
Medidas de protección para casos de
maltrato, abuso, explotación sexual,
trafico y perdida de N.N.A.
Ley
Orgánica
de
Educación
Intercultural
Reglamento
a
la
LOEI
Art. 234.- Num. 2.
Art. 342.-
Art. 339.- Num. 7.
Art. 343.-
Situación de vulnerabilidad.
Violencia sexual, física y psicológica.
Sancionar todo acto que atentare contra
la integridad física, psicológica o sexual
de los estudiantes.
Casos de vulneración de derechos.
Responsabilidad en casos de vulneración
de derechos.
Art. 355.-
Art. 354.-
Art. 358.-
Conductas de acoso sexual para la
sanción.
Deber de denunciar.
Ayuda psicológica.
Art. 7.- Lit. h.
Art. 6.- Lit. cc.
Art. 8.- Lit. l.
Prevención, protección y restitución ante
todo tipo de violencia.
Ser protegidos contra todo tipo de
violencia.
Denunciar ante las autoridades todo acto
de violación de derechos contra todo
miembro de la comunidad educativa.
Art. 11.- Lit. s.
Respetar y proteger la integridad sexual
de los estudiantes.
Violencia sexual
Art. 63.-
Art. 64.5.-
De la protección de derechos en el ámbito
educativo.
Prevención de la violencia en el contexto
educativo.
Art. 64.10.-
Reparación integral: Medidas de
satisfacción, no repetición, rehabilitación y
compensación.
Violencia Intrafamiliar
Constitución
de
la
República
Código
de
la
niñez
y
adolescencia
Art. 35
Art. 44
Art. 38.4
Art. 45
Atención prioritaria a víctimas de
violencia
Protección y atención contra todo tipo de
violencia
Desarrollo integral de NNA
Derechos comunes "tener una familia y
disfrutar de la convivencia"
Art. 66.3
Art. 46
Art. 78
Medidas que aseguren a NNA
Derechos a la integridad personal
Protección de la víctima durante el
proceso legal
Art. 81 Sanción en delitos de violencia
intrafamiliar
Art. 9
Art. 17
Art. 20
Función básica de la familia
Deber jurídico de denunciar "48 horas"
Derecho a la vida
Art. 50
Art. 22
Art. 67
Derecho de tener una familia y
convivencia familiar
Derecho a la integridad personal
Concepto de maltrato
Art. 72 Personas obligadas a denunciar "24 horas"
Art. 73 Deber de protección
Art. 74
Prevención y políticas respecto al
maltrato de NNA
Art. 14
Art. 6
Art. 63.1
Art. 64.9
Art. 63.4
Art. 132.1
Art. 342
Art. 234
Art. 343
Violencia Intrafamiliar
Ley
Orgánica
de
Educación
Intercultural
Obligaciones del estado
Exigibilidad, restitución y protección de
derechos a la educación
Prioridad de la protección de NNA
Debida diligencia
Detección de violencia contra NNA
Infracciones graves
Reglamento
a
la
LOEI
Situación de vulnerabilidad
Casos de vulneración de derechos
Responsabilidades en casos de
vulneración de derechos
Medidas de prevención, protección y
restitución
lit.cc
No revictimización
lit.k
Violencia Institucional
Constitución de la república del Ecuador
Medidas de protección y atención
contra cualquier tipo de violencia
Código de la niñez y adolescencia
Art.38 numeral 4.
Art.66 literal b.
Art.81.
Art.341.
Art.347 numeral 7.
Art.393.
Vida libre de violencia
Procedimientos especiales de
juzgamiento y sanción de delito
de violencia
Condiciones para la protección
integral
Erradicar las formas de
violencia
El Estado garantizará la
seguridad humana
Art.11.
Art.17.
Art.40.
Art.47.
Art.50..
Art. 51..
Art.64.
Art.66.
Art.67.
Art.72.
Art.73.
Art.75.
Art.122.
Interés superior del niño
Deber jurídico de
denunciar
Medidas disciplinarias
Garantías de acceso a
una información
adecuada
Derecho a la
integridad personal
Derecho a la libertad
personal, dignidad,
reputación, honor e imagen
Deberes de los niños/as y
adolescentes
Responsabilidad de los
niños/as y adolescentes
Concepto de maltrato
Personas obligadas a
denunciar
Deber de protección
en caso de maltrato
Prevención de
maltrato institucional
Obligatoriedad
Violencia Institucional
Ley Orgánica de Educación Intercultural
Art. 7
Art.2.2
Reglamento a la LOEI
Art. 14
Art. 18
Art. 63
Art. 64.1
Art. 64.4
Art. 64.10
Art. 134
Lit.a
Lit.f
Interés superior de niños/as y adolescentes
Corresponsabilidad
Lit.c
Lit.h
Ser tratados con justicia y dignidad
Ser protegidos contra todo tipo de violencia
Art. 8-Lit l
Art. 10-Lit z
Art. 11-Lit s
Art. 12-Lit i
Denunciar ante las autoridades actos de violencia
Recibir atención en caso de violación de los derechos
Respetar y proteger la integridad de NNA y denunciar
según lo establecido
Vigilar el respeto a los derechos de sus representados
y denunciar actos de violencia
Exigibilidad, restauración y protección de los
derechos
Obligaciones y responsabilidades de los miembros de
la comunidad educativa
Protección de los derechos en el ámbito educativo
Art. 65.1
Art. 135.2
Art. 137
Art. 138
Definición de violencia escolar
Prevención de violencia en las Instituciones educativas
Reparación integral
Obligaciones de las instituciones educativas en la
solución alternativa de conflictos
Régimen disciplinario de las y los estudiantes
Régimen disciplinario del personal directivo, docente
y administrativo
Potestad Sancionatoria
Infracciones relacionadas con la violación de los
derechos de los NNA
Art. 235
Art. 240
Art. 350
Art. 229 Atención complementaria
Trato preferencial a personas y situaciones de
vulnerabilidad
Nee derivadas de situaciones de vulnerabilidad
Faltas de las y los estudiantes
Casos de vulneración de derechos –Obligaciones
Responsabilidades en casos de vulneración de derechos
Art. 350
Art. 350
Violencia entre estudiantes
Art. 45 Erradicar todas las formas de violencia.
Constitución de la República
Art. 46-Num. 4
Protección y atención contra todo tipo de
violencia, maltrato, explotación sexual o
de cualquier otra​índole.
Art. 66-Lit. b
El Estado adoptará las medidas​
necesarias para
prevenir, eliminar y sancionar toda forma de
violencia.
Código de la Niñez y Adolescencia
Art. 50
Art. 51. Lit b.
Art. 67
Derecho a la integridad personal.
Art. 73
Art. 257
Deberá proporcionárceles relaciones de calidez y
buen trato fundamentadas en el reconocimiento
de su dignidad y el respeto a las diferencias.
Concepto de maltrato. Toda conducta, de acción u
omisión, que provoque o pueda provocar daño a la
integridad o salud fisica, psicológica o sexual de
un niño, niña o adolescente.
Es deber de todas las personas intervenir en el
acto para proteger a un niño, niña o adolescente
en casos flagrantes de maltrato.
Garantías del debido proceso.
Art. 76
Se asegurará el derecho al debido proceso.
Art. 341 El Estado generará las condiciones para la
protección integral de sus habitantes a lo largo​
de sus vidas (...).
Art. 72
Toda persona por profesión u oficio que tenga
conocimiento de un hecho de violencia deberá
denunciarlo dentro de 24 horas.
Violencia entre estudiantes
Reglamento a la LOEI
Art. 90.- Num. 3
Promoción de la cultura de paz y de no agresión
entre todos los miembros de la comunidad
educativa.
Art. 53.- Num. 3
Elaborar el Código de Convivencia del establecimie
Art. 330
Generar conflictos dentro o fuera de la IE.
Atentar contra la integridad física o
psicológica.
Acoso escolar.
No denunciar ante las autoridades.
Faltas graves de los estudiantes:
Publicaciones difamatorias.
Atentar contra la integridad sexual o encubrir
a los participantes.
Faltas muy graves de los estudiantes:
Ley Orgánica de Educación Intercultural
Art. 331
Acciones educativas disciplinarias resueltas
por la la máxima autoridad o la JDRC.
Art. 344
El proceso disciplinario debe observar todas las
garantías y derechos constitucionales, el respeto
a la dignidad de las personas y el debido proceso.
Art. 7
Art. 8
Art. 18
Art. 50.3
Art. 63
Art. 64
Lit c. Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminación.
Lit h. Ser protegidos contra todo tipo de violencia en los
establecimientos educativos.
Derechos de los estudiantes
Lit e. tratar con dignidad, respeto y sin discriminación a
los miembros de la comunidad educativa.
Lit h. respetar y cumplir los códigos de convivencia
armónica​
.
Lit l. Denunciar ante las autoridades e instituciones todo
acto de violación de derechos.
Obligaciones de los estudiantes
Lit d. Respetar y proteger la integridad física,
psicológica y sexual de las y los estudiantes.
Obligaciones y responsabilidades de los miembros de la
comunidad educativa ​
Lit e. Coordinar acciones participativas de vulneraciones y
promoción de derechos.
Atribuciones del DECE
Art 63.1 Prioridad en la protección. ​
Art 63.2 Aplicación obligatoria. ​
Art 63. 3 Articulación con otros sistemas.
Art. 63.4 Debida diligencia.
Protección de derechos en el ámbito educativo
Art 64.1 Definición de violencia escolar.​
Art 64.5 Prevención de la violencia. ​
Art 64.6 Prevención de la violencia en las instituciones
educativas.
Definición e cultura de paz y convivencia armónica ​
Se considerara la gravedad de la falta según las
siguientes acciones
Art. 3 núm. 8
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Garantizar el derecho a una cultura de paz.
Art. 46 núm. 4
Art. 66 núm. 3
lit. a. b.
Art. 76 núm. 2. 3.
Art. 81
Art. 83 núm. 4
Art. 341
Art. 347 núm. 6
Art. 365
Art. 393
Protección y atención contra todo tipo de violencia.
Integridad física y vida libre de violencia en el
ámbito público y privado.
Presunción de inocencia: nadie podrá ser juzgado ni
sancionado por un acto al momento de cometerse.
La ley establecerá procedimientos especiales y
expeditos para el juzgamiento y sanción de los
delitos de violencia.
Colaborar en el mantenimiento de la paz y de la
seguridad.
El Estado generará las condiciones para la
protección integral.
Erradicar todas las formas de violencia en el
sistema educativo.
Los profesionales de salud no negarán la atención
de emergencia.
El Estado garantizará la seguridad humana.
Art. 17
Art. 19
Art. 40
Art. 64 núm. 3
Art. 67
Art. 72
Art. 73
Art. 74 núm. 2
Art.418
Art. 103 núm. 1
Deber jurídico de denunciar toda persona que
conozca de violacion de derechos en un plazo de
48 horas.
Sanciones por violación de derechos.
Las medidas disciplinarias de las IE excluirán
toda forma de abuso o maltrato.
Concepto de maltrato.
Personas que por su profesión u oficio
conozcan de una situación de violencia están
obligadas a denunciar dentro de 24 horas.
Deber de todas las personas de intervenir en el
acto para la protección en los casos de violencia.
Prevención e investigación de casos de
maltrato.
Faltas graves: agredir de manera verbal o física o
cualquier persona
Mantener comportamiento responsable y
respetuoso que facilite a los progenitores el
adecuado cumplimiento de sus deberes.
Respetar los derechos y garantías individuales
y colectivas.
VIOLENCIA DE ESTUDIANTES, MADRES, PADRES DE FAMILIA Y/O REPRESENTANTES
LEGALES HACIA PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Art. 11
Art. 64.1
Art. 64.2
Art. 64.5
Art. 64.6
Art. 64.7
Art. 64.11
Art. 135.1
Art. 138
Art. 139
Art. 75 núm. 2
Art. 75 núm. 3
Art. 76 núm. 2
Art. 90
Art. 330
Art. 330 núm. 1
Art. 330 núm. 2
Art. 339 núm. 7
Art. 343 núm. 2
Art. 343 núm. 3
Art. 344
LOEI
LOEI
REGLAMENTO A LA LOEI
REGLAMENTO A LA LOEI
Los estudiantes deben denunciar todo acto de
violencia de derechos en contra de un miembro de la
comunidad educativa.
El Estado implementará mecanismos de reparación
de personas víctimas de graves violaciones de
derechos humanos.
Definición de violencia escolar.
Prevención de la violencia en el contexto educativo
por parte del Estado.
La Autoridad Educativa Nacional implementará y
evaluará el Plan Nacional para Erradicación de
violencia en el Contexto Educativo.
No caducidad de acciones administrativas
disciplinarias.
Infracciones relacionadas con violaciones a los
derechos de niños, niñas y adolescentes.
Definición de acoso escolar.
Prevención de la violencia en las instituciones
educativas.
Víctimas de vulneración de derechos tendrán la
garantía de no ser revictimizadas.
El consejo estudiantil debe velar por el cumplimiento
de los deberes y responsabilidades de los estudiantes.
Cada institución educativa debe contar con un Código
de Convivencia.
Los establecimientos educativos deben ejecutar
actividades dirigidas a prevenir y/o corregir la comisión
de faltas de los estudiantes.
Alterar la paz, la convivencia armónica e irrespetar los
Códigos de Convivencia de los Centros Educativos.
Cometer actos de violencia de hecho o de palabra
contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
Sancionar todo acto que atentare contra la integridad
física, psicológica o sexual de los estudiantes,
docentes o directivos.
Investigar las presuntas vulneraciones a los derechos
que atentaren contra los estudiantes.
En los casos de delitos sexuales, únicamente se debe
realizar una investigación conducente a determinar la
responsabilidad y la sanción correspondiente.
Debido proceso.
Colaborar con las autoridades de la institución
educativa en actividades dirigidas a preservar la
seguridad integral de los estudiantes.
Los representantes deben ejercer la veeduría del
respeto de los derechos de los estudiantes.
RUTAS Y
PROTOCOLOS
FRENTE A
EMBARAZO
CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA
Art. 32 Salud sexual y reproductiva
Art. 35 Atención prioritaria
Art. 43 Derechos de las mujeres embarazadas
Art. 69
Protección acción en contra de la
violencia sexual y reproductiva
Art. 347
num. 4,6
El estado garantizará los derechos reproductivos
de maternidad, lactancia, sin limitaciones por
embarazo.
Art. 23
Protección prenatal.- Se sustituirá la aplicación de
penas y medidas privativas de libertad a la mujer
embarazada .
Art. 25
Art.30 lit.3
Art. 41. lit.4
Art. 249. lit.3
Art. 46.4
Art. 51
Art. 66.10
Art. 332
Art. 363
num 6
Tratamiento pertinente para mujeres
embarazadas privadas de su libertad
Derecho a su vida reproductiva
Maternidad y paternidad responsable
Impartir educación sexual en las instituciones
educativas
Asegurar servicios de salud sexual en
especial en el embarazo
Art. 148
Art.193 lit.3
Art. 363 lit.c
Atención al embarazo y al parto.- Se crearán las
condiciones adecuadas para la atención durante el
embarazo y el parto,
Obligaciones de los establecimientos de salud.-
Mantener registros individuales en los que conste la
atención y seguimiento del embarazo
Sanciones prohibidas.-Se incluyen en esta prohibición
las medidas discriminatorias por causa de embarazo o
maternidad de una adolescente
Contenido.- La mujer embarazada tiene derecho, desde
el momento de la concepción, alimentación, salud,
vestuario, vivienda, etc.
Políticas de Protección integral.-Las políticas de
protección especial, adolescentes embarazadas,
maltrato, abuso y explotación sexual
Infracciones contra el derecho a la educación.- Los
establecimientos educativos que nieguen o dificulten
el ingreso por razones de salud, discapacidad, etnia,
embarazo, etc.
Oportunidad para ejecutar la medida socioeducativa.-
Ninguna adolescente embarazada, cualquiera que sea su
período de gestación, podrá ser privada de su libertad.
Art. 7
lit. e, k
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN
INTERCULTURAL
DECE: Los servicios de este
organismo
deben llegar a todos los estudiantes
de cada establecimiento educativo
Diseñar e implementar estrategias
para la protección integral de los
estudiantes
REGLAMENTO LOEI
CODIFICADO
Art. 53
lit. 5
Art. 58
Art. 90
lit. 1,2,6
Desarrollo de valores éticos,
respeto a la dignidad humana y
derechos, ningún tipo de
discriminación
Situación de vulnerabilidad:
menores en situación de
emabarazo
Art. 234
lit. 10
Recibir gratuitamente
servicios de salud, social,
psicológicos.
Confidencialidad
Art. 3
lit. e
Art. 11
lit. s
Art. 10
lit. m
Permisos de maternidad y
paternidad
Proteger y respetar la
integridad física,
psicológica, emocional,
sexual de los estudiantes
Libre información sobre la
sexualidad y reproducción
RUTAS Y PROTOCOLOS DE
ACTUACIÓN EN SITUACIONES DE
USO/CONSUMO DE SUSTANCIAS
Universidad Central del Ecuador Marco Legal
Uso y consumo de sustancias
Constitución
de
la
República
del
Ecuador
Código
de
la
Niñez
y
Adolecencia
Art. 27
Art. 44
Art. 46 lit. 5
La educación se centrará en el ser
humano.
Desarrollo integral de los niños/as y
adolescentes coordinados de
información, prevención y control del
consumo de sustancias.
Prevención contra el uso de
estupefacientes o psicotrópicos.
Art. 364
Art. 76 Aseguramiento al derecho del debido
proceso.
Programas coordinados de información,
prevención y control del consumo de
sustancias.
Art. 2
Art. 32
Art. 11
Art. 39, lit 3
Sujetos protegidos
Interés superior del niño
Vivir en un ambiente que garantice su salud,
seguridad alimentaria y desarrollo integral.
Participar activamente en el desarrollo del
proceso educativo.
Art. 306
Art. 305
Art. 309
Inimputabilidad de los adolescentes.
Responsabilidad de los adolescentes con
medidas socioeducativas
Objetivos de la investigación y la
determinación de la responsabilidad.
Art. 311 Se presupone la inocencia del estudiante.
Uso y consumo de sustancias
Ley
Orgánica
de
Educación
intercultural
Reglamento
general
a
la
LOEI
Art. 3 lit n
Art. 8 lit h
Art. 132 lit f
Información y prevención del uso de
sustancias nocivas para la salud.
Respetar y cumplir los códigos de
convivencia armónica.
Falta grave, incentivar, publicitar,
fomentar o permitir el uso/ consumo de
todo tipo de sustancias
Art. 140 lit 3 Toda persona se presume inocente.
Art. 44
Art. 333 faltas
graves, inciso 3
Art. 344
Atribuciones del director o rector, inciso
16. Ejecutar acciones para la seguridad
de los estudiantes
El consumo de alcohol, tabaco o
sustancias estupefacientes o
psicotrópicas ilegales
Debido proceso.
RUTAS Y PROTOCOLOS FRENTE A
SITUACIONES DE PRESUNCIÓN DE
PROMOCIÓN/COMERCIALIZACIÓN
DE ALCOHOL, TABACO Y OTRAS
DROGAS
CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Art. 46.
num. 5
Medidas que aseguren a niños,
niñas y adolescentes.-
Prevención contra el uso de
estupefacientes o psicotrópicos y
el uso de bebidas alcohólicas y
otras sustancias nocivas para la
salud.
Art. 364
Desarrollar programas
coordinados de información,
prevención y control.
Art. 46.
num. 1
Prohibiciones derecho a la
información.- Circulación de
publicaciones, videos, y
grabaciones destinados a la niñez y
adolescencia.
Art. 364.
lit. e
Garantías información adecuada.-
Impedir difusión de información
inadecuada en horario familiar.
Art. 78.
num. 2
Derecho a protección contra
formas de abuso.- Participación y
producción, comercialización y
publicidad de las sustancias.
Art. 81
Derecho a la protección contra la
explotación laboral.
Art. 87.
num. 2
Trabajos prohibidos.- Actividades
que implican la manipulación de
sustancias explosivas,
psicotrópicas, tóxicas, peligrosas.
Art. 193.
num. 3
Políticas de protección integral.-
Políticas de protección especial.
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN
INTERCULTURAL
REGLAMENTO A LA LOEI
Art. 3. lit. n Fines de la educación.-
Prevención del uso de
estupefacientes y psicotrópicos,
del consumo de bebidas
alcohólicas y otras sustancias
nocivas para la salud y desarrollo.
Art. 132.1.
lit. f
Infracciones graves.- Incentivar,
publicitar, fomentar o permitir el
uso, consumo, promoción o
comercialización de alcohol,
cigarrillos, drogas o sustancias
sujetas a fiscalización.
Art. 145.
num. 1
Prohibiciones a los usuarios.- El
ingreso, consumo, distribución o
comercialización de alcohol,
tabaco u otras sustancias
estupefacientes o psicotrópicas.
Art. 330.
num. 1.
Faltas graves.- Consumir alcohol,
tabaco o sustancias
estupefacientes o psicotrópicas
ilegales dentro de la institución.
Art. 343.
num. 2
Casos de vulneración de derechos.-
Investigar las presuntas
vulneraciones a los derechos.
Derivar el tratamiento del caso a
las unidades correspondientes.
Art. 134. lit.
e
Régimen disciplinario de las y los
estudiantes.- No cumplir con las
disposiciones de la presente ler.
Faltas muy graves.- Comercializar
o promover dentro de la
institución educativa alcohol,
tabaco o sustancias
estupefacientes o psicotrópicas
ilegales.
Art. 343.
num. 5
RUTAS Y PROTOCOLOS FRENTE A
SITUACIONES DE FLAGRANCIA EN
CONSUMO DE SUSTANCIAS EN LAS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Universidad Central del Ecuador Marco Legal
CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA
Art. 35.
num. 5
Atención prioritaria de los niños, niñas y
personas en situación de vulnerabilidad.
Derechos:
Numeral 3 Derecho a la integridad personal
Literal a. Física, psíquica, moral y sexual.
Numeral 19. Protección de datos de carácter
personal
Numeral 21. El derecho a la inviolabilidad y
al secreto de la correspondencia física y
virtual
Art. 76
Art. 6. Igualdad y no discriminación.
Art. 11 El interés superior del niño
Art. 64.
Deberes de los niños, niñas y
adolescentes literal 3, 4 y 5.
Art. 257 Garantías del debido proceso
Art. 305 Inimputabilidad de los
adolescentes
Art. 307
Políticas de pInimputabilidad y
exención de responsabilidad de
niños y niñas
Art. 66.
Garantías Básicas:
Numeral 6 Establecer proporcionalidad entre
las infracciones y sanciones penales.
Numeral 7 Derecho a la defensa.
Literal a. No podrán ser privados del
derecho a la defensa
Literal c. Ser escuchados en igualdad de
condiciones.
Literal e. No podrán ser juzgados por
ninguna autoridad sin la presencia de un
abogado.
Prioridad absoluta
Art. 12
LEY ORGÁNICA DE
EDUCACIÓN INTERCULTURAL
REGLAMENTO A LA LEY ORGÁNICA
DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL
Art. 2.1
Principios rectores de la educación
Literal b No discriminación
Literal c Igualdad de oportunidades y
trato
Principios de aplicación de la ley
Literal a Interés Superior de los niños,
niñas y adolescentes
Principios del Sistema Nacional de
Educación
Literal f Flexibilidad
Enfoques
Literal b primera infancia, niñez y
adolescencia
Las necesidades y derechos Deberán ser
centro de las políticas públicas.
Fines de la educación
La inculcación del respeto y práctica de
derechos humanos, democracia,
participación y justicia
De las garantías y principios del proceso
disciplinario.
Art. 3
Art. 145.
Art. 145 Prohibiciones a los
usuarios literal 1 Ingreso,
consumo, distribuciones de
drogas.
Art. 330 Faltas de los
estudiantes Faltas muy graves
Comercializar dentro de la
institución drogas
Art. 331 Acciones educativas
disciplinarias. Para faltas muy
graves
Art 343. Responsabilidades en
casos de vulneración de derechos
literal 1, 2,6 y 7
Art. 344 Debido proceso.
Art. 330
Art. 343
Art. 344
Art. 2.2
Art. 331
Art. 2.3
Art. 2.5
Art. 140

Más contenido relacionado

Similar a Marco Legal Rutas y Protocolos.pdf

A.14.benitez.nancy.sociedad.contemporanea
A.14.benitez.nancy.sociedad.contemporanea  A.14.benitez.nancy.sociedad.contemporanea
A.14.benitez.nancy.sociedad.contemporanea rocio123gr
 
A14.lema.bladmir.sociedad.com
A14.lema.bladmir.sociedad.comA14.lema.bladmir.sociedad.com
A14.lema.bladmir.sociedad.comBladimir Lema
 
A14.arias.vanessa.sociedad contemporanea
A14.arias.vanessa.sociedad contemporaneaA14.arias.vanessa.sociedad contemporanea
A14.arias.vanessa.sociedad contemporaneavane324
 
Constitución de la República del Ecuador 2008
Constitución de la República del Ecuador 2008Constitución de la República del Ecuador 2008
Constitución de la República del Ecuador 2008KarinaPaca1
 
derecho de los niños y adolecentes
derecho de los niños y adolecentesderecho de los niños y adolecentes
derecho de los niños y adolecentesdelouran
 
Denuncia de maltrato a niños y adolescentes
Denuncia de maltrato a niños y adolescentesDenuncia de maltrato a niños y adolescentes
Denuncia de maltrato a niños y adolescentesKaterineElizalde
 
Marco normativo nacional definitivo 1
Marco normativo nacional   definitivo 1Marco normativo nacional   definitivo 1
Marco normativo nacional definitivo 1NCecily
 
A14.perez.nicole.sociedad contemporanea
A14.perez.nicole.sociedad contemporaneaA14.perez.nicole.sociedad contemporanea
A14.perez.nicole.sociedad contemporaneaNicolePrez23
 
Presentacion Ley de La Mujer.pptx
Presentacion Ley de La Mujer.pptxPresentacion Ley de La Mujer.pptx
Presentacion Ley de La Mujer.pptxRicardo Velasco
 
Código de la Niñez y Adolescencia. TITULO III
Código de la Niñez y Adolescencia. TITULO IIICódigo de la Niñez y Adolescencia. TITULO III
Código de la Niñez y Adolescencia. TITULO IIIKathy Valeria Andrade
 
A14. andrade dayanna.sociedadc
A14. andrade dayanna.sociedadcA14. andrade dayanna.sociedadc
A14. andrade dayanna.sociedadcDayannaAndrade3
 
Cívica de octavo año tema la equidad e igualdad de género
Cívica de octavo año tema la equidad e igualdad de géneroCívica de octavo año tema la equidad e igualdad de género
Cívica de octavo año tema la equidad e igualdad de géneroMCMurray
 
RUTAS Y PROTOCOLOS VIOLENCIA 3ra Ed. 2da imp.pptx
RUTAS Y PROTOCOLOS VIOLENCIA 3ra Ed. 2da imp.pptxRUTAS Y PROTOCOLOS VIOLENCIA 3ra Ed. 2da imp.pptx
RUTAS Y PROTOCOLOS VIOLENCIA 3ra Ed. 2da imp.pptxDianaCevallos30
 
Protección de datos e imagen de las niñas, niños y adolescentes en casos de v...
Protección de datos e imagen de las niñas, niños y adolescentes en casos de v...Protección de datos e imagen de las niñas, niños y adolescentes en casos de v...
Protección de datos e imagen de las niñas, niños y adolescentes en casos de v...YESSICA NATALI CORREA MARTINEZ
 

Similar a Marco Legal Rutas y Protocolos.pdf (20)

A.14.benitez.nancy.sociedad.contemporanea
A.14.benitez.nancy.sociedad.contemporanea  A.14.benitez.nancy.sociedad.contemporanea
A.14.benitez.nancy.sociedad.contemporanea
 
Estudio de caso
Estudio de casoEstudio de caso
Estudio de caso
 
Examen final
Examen finalExamen final
Examen final
 
A14.lema.bladmir.sociedad.com
A14.lema.bladmir.sociedad.comA14.lema.bladmir.sociedad.com
A14.lema.bladmir.sociedad.com
 
A14.arias.vanessa.sociedad contemporanea
A14.arias.vanessa.sociedad contemporaneaA14.arias.vanessa.sociedad contemporanea
A14.arias.vanessa.sociedad contemporanea
 
Constitución de la República del Ecuador 2008
Constitución de la República del Ecuador 2008Constitución de la República del Ecuador 2008
Constitución de la República del Ecuador 2008
 
Universidad técnica de ambato
Universidad técnica de ambatoUniversidad técnica de ambato
Universidad técnica de ambato
 
derecho de los niños y adolecentes
derecho de los niños y adolecentesderecho de los niños y adolecentes
derecho de los niños y adolecentes
 
Denuncia de maltrato a niños y adolescentes
Denuncia de maltrato a niños y adolescentesDenuncia de maltrato a niños y adolescentes
Denuncia de maltrato a niños y adolescentes
 
Marco normativo nacional definitivo 1
Marco normativo nacional   definitivo 1Marco normativo nacional   definitivo 1
Marco normativo nacional definitivo 1
 
A14.perez.nicole.sociedad contemporanea
A14.perez.nicole.sociedad contemporaneaA14.perez.nicole.sociedad contemporanea
A14.perez.nicole.sociedad contemporanea
 
Articulos
ArticulosArticulos
Articulos
 
Presentacion Ley de La Mujer.pptx
Presentacion Ley de La Mujer.pptxPresentacion Ley de La Mujer.pptx
Presentacion Ley de La Mujer.pptx
 
Código de la Niñez y Adolescencia. TITULO III
Código de la Niñez y Adolescencia. TITULO IIICódigo de la Niñez y Adolescencia. TITULO III
Código de la Niñez y Adolescencia. TITULO III
 
A14. andrade dayanna.sociedadc
A14. andrade dayanna.sociedadcA14. andrade dayanna.sociedadc
A14. andrade dayanna.sociedadc
 
Esi leyes
Esi leyesEsi leyes
Esi leyes
 
Cívica de octavo año tema la equidad e igualdad de género
Cívica de octavo año tema la equidad e igualdad de géneroCívica de octavo año tema la equidad e igualdad de género
Cívica de octavo año tema la equidad e igualdad de género
 
RUTAS Y PROTOCOLOS VIOLENCIA 3ra Ed. 2da imp.pptx
RUTAS Y PROTOCOLOS VIOLENCIA 3ra Ed. 2da imp.pptxRUTAS Y PROTOCOLOS VIOLENCIA 3ra Ed. 2da imp.pptx
RUTAS Y PROTOCOLOS VIOLENCIA 3ra Ed. 2da imp.pptx
 
pepepepe
pepepepepepepepe
pepepepe
 
Protección de datos e imagen de las niñas, niños y adolescentes en casos de v...
Protección de datos e imagen de las niñas, niños y adolescentes en casos de v...Protección de datos e imagen de las niñas, niños y adolescentes en casos de v...
Protección de datos e imagen de las niñas, niños y adolescentes en casos de v...
 

Más de NadiaAndrango

introduccion_a_la_quimica.pdf
introduccion_a_la_quimica.pdfintroduccion_a_la_quimica.pdf
introduccion_a_la_quimica.pdfNadiaAndrango
 
Teorías de la educación.pdf
Teorías de la educación.pdfTeorías de la educación.pdf
Teorías de la educación.pdfNadiaAndrango
 
Características de la educación.pdf
Características de la educación.pdfCaracterísticas de la educación.pdf
Características de la educación.pdfNadiaAndrango
 
FYLUM ARTRÓPODA.pdf
FYLUM ARTRÓPODA.pdfFYLUM ARTRÓPODA.pdf
FYLUM ARTRÓPODA.pdfNadiaAndrango
 

Más de NadiaAndrango (6)

introduccion_a_la_quimica.pdf
introduccion_a_la_quimica.pdfintroduccion_a_la_quimica.pdf
introduccion_a_la_quimica.pdf
 
Numeros naturales
Numeros naturalesNumeros naturales
Numeros naturales
 
Teorías de la educación.pdf
Teorías de la educación.pdfTeorías de la educación.pdf
Teorías de la educación.pdf
 
Características de la educación.pdf
Características de la educación.pdfCaracterísticas de la educación.pdf
Características de la educación.pdf
 
FYLUM ARTRÓPODA.pdf
FYLUM ARTRÓPODA.pdfFYLUM ARTRÓPODA.pdf
FYLUM ARTRÓPODA.pdf
 
EQUINODERMOS.pdf
EQUINODERMOS.pdfEQUINODERMOS.pdf
EQUINODERMOS.pdf
 

Último

TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxlclcarmen
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSYadi Campos
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Lourdes Feria
 
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAFORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAEl Fortí
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dstEphaniiie
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIAFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIIsauraImbrondone
 
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptxEstrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptxdkmeza
 
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdfProgramacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxzulyvero07
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxlupitavic
 
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficiosCriterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficiosJonathanCovena1
 
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptxORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptxnandoapperscabanilla
 
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesPIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesYanirisBarcelDelaHoz
 
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCVValoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCVGiustinoAdesso1
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptxFelicitasAsuncionDia
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptxdeimerhdz21
 

Último (20)

TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAFORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes d
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIAFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
 
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptxEstrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
 
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdfProgramacion Anual Matemática5    MPG 2024  Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática5 MPG 2024 Ccesa007.pdf
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
 
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
 
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficiosCriterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
 
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptxORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
 
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesPIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
 
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCVValoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
 
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdfTema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
 

Marco Legal Rutas y Protocolos.pdf

  • 1. MARCO LEGAL (Rutas y Protocolos de actuación) UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación Carrera de Psicopedagogía
  • 2. RUTAS Y PROTOCOLOS FRENTE A SITUACIONES DE VIOLENCIA Universidad Central del Ecuador Marco Legal
  • 3. Art. 35.- Art. 66.- Num. 3. Art. 81.- Art. 46.- Num.4. Art. 347.- Num. 6. Violencia sexual Constitución de la República Víctimas de violencia sexual - atención prioritaria y especializada en ámbito público y privado. Protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra índole. Lit. a.- Integridad física, psíquica, moral y sexual. Lit. b.- Una vida libre de violencia. La ley establecerá procedimientos para juzgamiento y sanción de delitos de violencia sexual que se cometan contra N.N.A. Erradicar toda forma de violencia en el sistema educativo y velar por la integridad física, psicológica y sexual de las y los estudiantes. Código de la niñez y adolescencia Art. 11.- Art. 17.- Art. 50.- El interés superior del niño. Deber jurídico de denunciar. Derecho a la integridad personal. Art. 72.- Art. 79.- Art. 73.- Personas obligadas a denunciar dentro de la comunidad educativa (24h). Deber de protección en casos de maltrato. Medidas de protección para casos de maltrato, abuso, explotación sexual, trafico y perdida de N.N.A.
  • 4. Ley Orgánica de Educación Intercultural Reglamento a la LOEI Art. 234.- Num. 2. Art. 342.- Art. 339.- Num. 7. Art. 343.- Situación de vulnerabilidad. Violencia sexual, física y psicológica. Sancionar todo acto que atentare contra la integridad física, psicológica o sexual de los estudiantes. Casos de vulneración de derechos. Responsabilidad en casos de vulneración de derechos. Art. 355.- Art. 354.- Art. 358.- Conductas de acoso sexual para la sanción. Deber de denunciar. Ayuda psicológica. Art. 7.- Lit. h. Art. 6.- Lit. cc. Art. 8.- Lit. l. Prevención, protección y restitución ante todo tipo de violencia. Ser protegidos contra todo tipo de violencia. Denunciar ante las autoridades todo acto de violación de derechos contra todo miembro de la comunidad educativa. Art. 11.- Lit. s. Respetar y proteger la integridad sexual de los estudiantes. Violencia sexual Art. 63.- Art. 64.5.- De la protección de derechos en el ámbito educativo. Prevención de la violencia en el contexto educativo. Art. 64.10.- Reparación integral: Medidas de satisfacción, no repetición, rehabilitación y compensación.
  • 5. Violencia Intrafamiliar Constitución de la República Código de la niñez y adolescencia Art. 35 Art. 44 Art. 38.4 Art. 45 Atención prioritaria a víctimas de violencia Protección y atención contra todo tipo de violencia Desarrollo integral de NNA Derechos comunes "tener una familia y disfrutar de la convivencia" Art. 66.3 Art. 46 Art. 78 Medidas que aseguren a NNA Derechos a la integridad personal Protección de la víctima durante el proceso legal Art. 81 Sanción en delitos de violencia intrafamiliar Art. 9 Art. 17 Art. 20 Función básica de la familia Deber jurídico de denunciar "48 horas" Derecho a la vida Art. 50 Art. 22 Art. 67 Derecho de tener una familia y convivencia familiar Derecho a la integridad personal Concepto de maltrato Art. 72 Personas obligadas a denunciar "24 horas" Art. 73 Deber de protección Art. 74 Prevención y políticas respecto al maltrato de NNA
  • 6. Art. 14 Art. 6 Art. 63.1 Art. 64.9 Art. 63.4 Art. 132.1 Art. 342 Art. 234 Art. 343 Violencia Intrafamiliar Ley Orgánica de Educación Intercultural Obligaciones del estado Exigibilidad, restitución y protección de derechos a la educación Prioridad de la protección de NNA Debida diligencia Detección de violencia contra NNA Infracciones graves Reglamento a la LOEI Situación de vulnerabilidad Casos de vulneración de derechos Responsabilidades en casos de vulneración de derechos Medidas de prevención, protección y restitución lit.cc No revictimización lit.k
  • 7. Violencia Institucional Constitución de la república del Ecuador Medidas de protección y atención contra cualquier tipo de violencia Código de la niñez y adolescencia Art.38 numeral 4. Art.66 literal b. Art.81. Art.341. Art.347 numeral 7. Art.393. Vida libre de violencia Procedimientos especiales de juzgamiento y sanción de delito de violencia Condiciones para la protección integral Erradicar las formas de violencia El Estado garantizará la seguridad humana Art.11. Art.17. Art.40. Art.47. Art.50.. Art. 51.. Art.64. Art.66. Art.67. Art.72. Art.73. Art.75. Art.122. Interés superior del niño Deber jurídico de denunciar Medidas disciplinarias Garantías de acceso a una información adecuada Derecho a la integridad personal Derecho a la libertad personal, dignidad, reputación, honor e imagen Deberes de los niños/as y adolescentes Responsabilidad de los niños/as y adolescentes Concepto de maltrato Personas obligadas a denunciar Deber de protección en caso de maltrato Prevención de maltrato institucional Obligatoriedad
  • 8. Violencia Institucional Ley Orgánica de Educación Intercultural Art. 7 Art.2.2 Reglamento a la LOEI Art. 14 Art. 18 Art. 63 Art. 64.1 Art. 64.4 Art. 64.10 Art. 134 Lit.a Lit.f Interés superior de niños/as y adolescentes Corresponsabilidad Lit.c Lit.h Ser tratados con justicia y dignidad Ser protegidos contra todo tipo de violencia Art. 8-Lit l Art. 10-Lit z Art. 11-Lit s Art. 12-Lit i Denunciar ante las autoridades actos de violencia Recibir atención en caso de violación de los derechos Respetar y proteger la integridad de NNA y denunciar según lo establecido Vigilar el respeto a los derechos de sus representados y denunciar actos de violencia Exigibilidad, restauración y protección de los derechos Obligaciones y responsabilidades de los miembros de la comunidad educativa Protección de los derechos en el ámbito educativo Art. 65.1 Art. 135.2 Art. 137 Art. 138 Definición de violencia escolar Prevención de violencia en las Instituciones educativas Reparación integral Obligaciones de las instituciones educativas en la solución alternativa de conflictos Régimen disciplinario de las y los estudiantes Régimen disciplinario del personal directivo, docente y administrativo Potestad Sancionatoria Infracciones relacionadas con la violación de los derechos de los NNA Art. 235 Art. 240 Art. 350 Art. 229 Atención complementaria Trato preferencial a personas y situaciones de vulnerabilidad Nee derivadas de situaciones de vulnerabilidad Faltas de las y los estudiantes Casos de vulneración de derechos –Obligaciones Responsabilidades en casos de vulneración de derechos Art. 350 Art. 350
  • 9. Violencia entre estudiantes Art. 45 Erradicar todas las formas de violencia. Constitución de la República Art. 46-Num. 4 Protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra​índole. Art. 66-Lit. b El Estado adoptará las medidas​ necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia. Código de la Niñez y Adolescencia Art. 50 Art. 51. Lit b. Art. 67 Derecho a la integridad personal. Art. 73 Art. 257 Deberá proporcionárceles relaciones de calidez y buen trato fundamentadas en el reconocimiento de su dignidad y el respeto a las diferencias. Concepto de maltrato. Toda conducta, de acción u omisión, que provoque o pueda provocar daño a la integridad o salud fisica, psicológica o sexual de un niño, niña o adolescente. Es deber de todas las personas intervenir en el acto para proteger a un niño, niña o adolescente en casos flagrantes de maltrato. Garantías del debido proceso. Art. 76 Se asegurará el derecho al debido proceso. Art. 341 El Estado generará las condiciones para la protección integral de sus habitantes a lo largo​ de sus vidas (...). Art. 72 Toda persona por profesión u oficio que tenga conocimiento de un hecho de violencia deberá denunciarlo dentro de 24 horas.
  • 10. Violencia entre estudiantes Reglamento a la LOEI Art. 90.- Num. 3 Promoción de la cultura de paz y de no agresión entre todos los miembros de la comunidad educativa. Art. 53.- Num. 3 Elaborar el Código de Convivencia del establecimie Art. 330 Generar conflictos dentro o fuera de la IE. Atentar contra la integridad física o psicológica. Acoso escolar. No denunciar ante las autoridades. Faltas graves de los estudiantes: Publicaciones difamatorias. Atentar contra la integridad sexual o encubrir a los participantes. Faltas muy graves de los estudiantes: Ley Orgánica de Educación Intercultural Art. 331 Acciones educativas disciplinarias resueltas por la la máxima autoridad o la JDRC. Art. 344 El proceso disciplinario debe observar todas las garantías y derechos constitucionales, el respeto a la dignidad de las personas y el debido proceso. Art. 7 Art. 8 Art. 18 Art. 50.3 Art. 63 Art. 64 Lit c. Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminación. Lit h. Ser protegidos contra todo tipo de violencia en los establecimientos educativos. Derechos de los estudiantes Lit e. tratar con dignidad, respeto y sin discriminación a los miembros de la comunidad educativa. Lit h. respetar y cumplir los códigos de convivencia armónica​ . Lit l. Denunciar ante las autoridades e instituciones todo acto de violación de derechos. Obligaciones de los estudiantes Lit d. Respetar y proteger la integridad física, psicológica y sexual de las y los estudiantes. Obligaciones y responsabilidades de los miembros de la comunidad educativa ​ Lit e. Coordinar acciones participativas de vulneraciones y promoción de derechos. Atribuciones del DECE Art 63.1 Prioridad en la protección. ​ Art 63.2 Aplicación obligatoria. ​ Art 63. 3 Articulación con otros sistemas. Art. 63.4 Debida diligencia. Protección de derechos en el ámbito educativo Art 64.1 Definición de violencia escolar.​ Art 64.5 Prevención de la violencia. ​ Art 64.6 Prevención de la violencia en las instituciones educativas. Definición e cultura de paz y convivencia armónica ​ Se considerara la gravedad de la falta según las siguientes acciones
  • 11. Art. 3 núm. 8 CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Garantizar el derecho a una cultura de paz. Art. 46 núm. 4 Art. 66 núm. 3 lit. a. b. Art. 76 núm. 2. 3. Art. 81 Art. 83 núm. 4 Art. 341 Art. 347 núm. 6 Art. 365 Art. 393 Protección y atención contra todo tipo de violencia. Integridad física y vida libre de violencia en el ámbito público y privado. Presunción de inocencia: nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un acto al momento de cometerse. La ley establecerá procedimientos especiales y expeditos para el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia. Colaborar en el mantenimiento de la paz y de la seguridad. El Estado generará las condiciones para la protección integral. Erradicar todas las formas de violencia en el sistema educativo. Los profesionales de salud no negarán la atención de emergencia. El Estado garantizará la seguridad humana. Art. 17 Art. 19 Art. 40 Art. 64 núm. 3 Art. 67 Art. 72 Art. 73 Art. 74 núm. 2 Art.418 Art. 103 núm. 1 Deber jurídico de denunciar toda persona que conozca de violacion de derechos en un plazo de 48 horas. Sanciones por violación de derechos. Las medidas disciplinarias de las IE excluirán toda forma de abuso o maltrato. Concepto de maltrato. Personas que por su profesión u oficio conozcan de una situación de violencia están obligadas a denunciar dentro de 24 horas. Deber de todas las personas de intervenir en el acto para la protección en los casos de violencia. Prevención e investigación de casos de maltrato. Faltas graves: agredir de manera verbal o física o cualquier persona Mantener comportamiento responsable y respetuoso que facilite a los progenitores el adecuado cumplimiento de sus deberes. Respetar los derechos y garantías individuales y colectivas. VIOLENCIA DE ESTUDIANTES, MADRES, PADRES DE FAMILIA Y/O REPRESENTANTES LEGALES HACIA PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
  • 12. Art. 11 Art. 64.1 Art. 64.2 Art. 64.5 Art. 64.6 Art. 64.7 Art. 64.11 Art. 135.1 Art. 138 Art. 139 Art. 75 núm. 2 Art. 75 núm. 3 Art. 76 núm. 2 Art. 90 Art. 330 Art. 330 núm. 1 Art. 330 núm. 2 Art. 339 núm. 7 Art. 343 núm. 2 Art. 343 núm. 3 Art. 344 LOEI LOEI REGLAMENTO A LA LOEI REGLAMENTO A LA LOEI Los estudiantes deben denunciar todo acto de violencia de derechos en contra de un miembro de la comunidad educativa. El Estado implementará mecanismos de reparación de personas víctimas de graves violaciones de derechos humanos. Definición de violencia escolar. Prevención de la violencia en el contexto educativo por parte del Estado. La Autoridad Educativa Nacional implementará y evaluará el Plan Nacional para Erradicación de violencia en el Contexto Educativo. No caducidad de acciones administrativas disciplinarias. Infracciones relacionadas con violaciones a los derechos de niños, niñas y adolescentes. Definición de acoso escolar. Prevención de la violencia en las instituciones educativas. Víctimas de vulneración de derechos tendrán la garantía de no ser revictimizadas. El consejo estudiantil debe velar por el cumplimiento de los deberes y responsabilidades de los estudiantes. Cada institución educativa debe contar con un Código de Convivencia. Los establecimientos educativos deben ejecutar actividades dirigidas a prevenir y/o corregir la comisión de faltas de los estudiantes. Alterar la paz, la convivencia armónica e irrespetar los Códigos de Convivencia de los Centros Educativos. Cometer actos de violencia de hecho o de palabra contra cualquier miembro de la comunidad educativa. Sancionar todo acto que atentare contra la integridad física, psicológica o sexual de los estudiantes, docentes o directivos. Investigar las presuntas vulneraciones a los derechos que atentaren contra los estudiantes. En los casos de delitos sexuales, únicamente se debe realizar una investigación conducente a determinar la responsabilidad y la sanción correspondiente. Debido proceso. Colaborar con las autoridades de la institución educativa en actividades dirigidas a preservar la seguridad integral de los estudiantes. Los representantes deben ejercer la veeduría del respeto de los derechos de los estudiantes.
  • 14. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Art. 32 Salud sexual y reproductiva Art. 35 Atención prioritaria Art. 43 Derechos de las mujeres embarazadas Art. 69 Protección acción en contra de la violencia sexual y reproductiva Art. 347 num. 4,6 El estado garantizará los derechos reproductivos de maternidad, lactancia, sin limitaciones por embarazo. Art. 23 Protección prenatal.- Se sustituirá la aplicación de penas y medidas privativas de libertad a la mujer embarazada . Art. 25 Art.30 lit.3 Art. 41. lit.4 Art. 249. lit.3 Art. 46.4 Art. 51 Art. 66.10 Art. 332 Art. 363 num 6 Tratamiento pertinente para mujeres embarazadas privadas de su libertad Derecho a su vida reproductiva Maternidad y paternidad responsable Impartir educación sexual en las instituciones educativas Asegurar servicios de salud sexual en especial en el embarazo Art. 148 Art.193 lit.3 Art. 363 lit.c Atención al embarazo y al parto.- Se crearán las condiciones adecuadas para la atención durante el embarazo y el parto, Obligaciones de los establecimientos de salud.- Mantener registros individuales en los que conste la atención y seguimiento del embarazo Sanciones prohibidas.-Se incluyen en esta prohibición las medidas discriminatorias por causa de embarazo o maternidad de una adolescente Contenido.- La mujer embarazada tiene derecho, desde el momento de la concepción, alimentación, salud, vestuario, vivienda, etc. Políticas de Protección integral.-Las políticas de protección especial, adolescentes embarazadas, maltrato, abuso y explotación sexual Infracciones contra el derecho a la educación.- Los establecimientos educativos que nieguen o dificulten el ingreso por razones de salud, discapacidad, etnia, embarazo, etc. Oportunidad para ejecutar la medida socioeducativa.- Ninguna adolescente embarazada, cualquiera que sea su período de gestación, podrá ser privada de su libertad.
  • 15. Art. 7 lit. e, k LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL DECE: Los servicios de este organismo deben llegar a todos los estudiantes de cada establecimiento educativo Diseñar e implementar estrategias para la protección integral de los estudiantes REGLAMENTO LOEI CODIFICADO Art. 53 lit. 5 Art. 58 Art. 90 lit. 1,2,6 Desarrollo de valores éticos, respeto a la dignidad humana y derechos, ningún tipo de discriminación Situación de vulnerabilidad: menores en situación de emabarazo Art. 234 lit. 10 Recibir gratuitamente servicios de salud, social, psicológicos. Confidencialidad Art. 3 lit. e Art. 11 lit. s Art. 10 lit. m Permisos de maternidad y paternidad Proteger y respetar la integridad física, psicológica, emocional, sexual de los estudiantes Libre información sobre la sexualidad y reproducción
  • 16. RUTAS Y PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN EN SITUACIONES DE USO/CONSUMO DE SUSTANCIAS Universidad Central del Ecuador Marco Legal
  • 17. Uso y consumo de sustancias Constitución de la República del Ecuador Código de la Niñez y Adolecencia Art. 27 Art. 44 Art. 46 lit. 5 La educación se centrará en el ser humano. Desarrollo integral de los niños/as y adolescentes coordinados de información, prevención y control del consumo de sustancias. Prevención contra el uso de estupefacientes o psicotrópicos. Art. 364 Art. 76 Aseguramiento al derecho del debido proceso. Programas coordinados de información, prevención y control del consumo de sustancias. Art. 2 Art. 32 Art. 11 Art. 39, lit 3 Sujetos protegidos Interés superior del niño Vivir en un ambiente que garantice su salud, seguridad alimentaria y desarrollo integral. Participar activamente en el desarrollo del proceso educativo. Art. 306 Art. 305 Art. 309 Inimputabilidad de los adolescentes. Responsabilidad de los adolescentes con medidas socioeducativas Objetivos de la investigación y la determinación de la responsabilidad. Art. 311 Se presupone la inocencia del estudiante.
  • 18. Uso y consumo de sustancias Ley Orgánica de Educación intercultural Reglamento general a la LOEI Art. 3 lit n Art. 8 lit h Art. 132 lit f Información y prevención del uso de sustancias nocivas para la salud. Respetar y cumplir los códigos de convivencia armónica. Falta grave, incentivar, publicitar, fomentar o permitir el uso/ consumo de todo tipo de sustancias Art. 140 lit 3 Toda persona se presume inocente. Art. 44 Art. 333 faltas graves, inciso 3 Art. 344 Atribuciones del director o rector, inciso 16. Ejecutar acciones para la seguridad de los estudiantes El consumo de alcohol, tabaco o sustancias estupefacientes o psicotrópicas ilegales Debido proceso.
  • 19. RUTAS Y PROTOCOLOS FRENTE A SITUACIONES DE PRESUNCIÓN DE PROMOCIÓN/COMERCIALIZACIÓN DE ALCOHOL, TABACO Y OTRAS DROGAS
  • 20. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Art. 46. num. 5 Medidas que aseguren a niños, niñas y adolescentes.- Prevención contra el uso de estupefacientes o psicotrópicos y el uso de bebidas alcohólicas y otras sustancias nocivas para la salud. Art. 364 Desarrollar programas coordinados de información, prevención y control. Art. 46. num. 1 Prohibiciones derecho a la información.- Circulación de publicaciones, videos, y grabaciones destinados a la niñez y adolescencia. Art. 364. lit. e Garantías información adecuada.- Impedir difusión de información inadecuada en horario familiar. Art. 78. num. 2 Derecho a protección contra formas de abuso.- Participación y producción, comercialización y publicidad de las sustancias. Art. 81 Derecho a la protección contra la explotación laboral. Art. 87. num. 2 Trabajos prohibidos.- Actividades que implican la manipulación de sustancias explosivas, psicotrópicas, tóxicas, peligrosas. Art. 193. num. 3 Políticas de protección integral.- Políticas de protección especial.
  • 21. LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL REGLAMENTO A LA LOEI Art. 3. lit. n Fines de la educación.- Prevención del uso de estupefacientes y psicotrópicos, del consumo de bebidas alcohólicas y otras sustancias nocivas para la salud y desarrollo. Art. 132.1. lit. f Infracciones graves.- Incentivar, publicitar, fomentar o permitir el uso, consumo, promoción o comercialización de alcohol, cigarrillos, drogas o sustancias sujetas a fiscalización. Art. 145. num. 1 Prohibiciones a los usuarios.- El ingreso, consumo, distribución o comercialización de alcohol, tabaco u otras sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Art. 330. num. 1. Faltas graves.- Consumir alcohol, tabaco o sustancias estupefacientes o psicotrópicas ilegales dentro de la institución. Art. 343. num. 2 Casos de vulneración de derechos.- Investigar las presuntas vulneraciones a los derechos. Derivar el tratamiento del caso a las unidades correspondientes. Art. 134. lit. e Régimen disciplinario de las y los estudiantes.- No cumplir con las disposiciones de la presente ler. Faltas muy graves.- Comercializar o promover dentro de la institución educativa alcohol, tabaco o sustancias estupefacientes o psicotrópicas ilegales. Art. 343. num. 5
  • 22. RUTAS Y PROTOCOLOS FRENTE A SITUACIONES DE FLAGRANCIA EN CONSUMO DE SUSTANCIAS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Universidad Central del Ecuador Marco Legal
  • 23. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Art. 35. num. 5 Atención prioritaria de los niños, niñas y personas en situación de vulnerabilidad. Derechos: Numeral 3 Derecho a la integridad personal Literal a. Física, psíquica, moral y sexual. Numeral 19. Protección de datos de carácter personal Numeral 21. El derecho a la inviolabilidad y al secreto de la correspondencia física y virtual Art. 76 Art. 6. Igualdad y no discriminación. Art. 11 El interés superior del niño Art. 64. Deberes de los niños, niñas y adolescentes literal 3, 4 y 5. Art. 257 Garantías del debido proceso Art. 305 Inimputabilidad de los adolescentes Art. 307 Políticas de pInimputabilidad y exención de responsabilidad de niños y niñas Art. 66. Garantías Básicas: Numeral 6 Establecer proporcionalidad entre las infracciones y sanciones penales. Numeral 7 Derecho a la defensa. Literal a. No podrán ser privados del derecho a la defensa Literal c. Ser escuchados en igualdad de condiciones. Literal e. No podrán ser juzgados por ninguna autoridad sin la presencia de un abogado. Prioridad absoluta Art. 12
  • 24. LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL REGLAMENTO A LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL Art. 2.1 Principios rectores de la educación Literal b No discriminación Literal c Igualdad de oportunidades y trato Principios de aplicación de la ley Literal a Interés Superior de los niños, niñas y adolescentes Principios del Sistema Nacional de Educación Literal f Flexibilidad Enfoques Literal b primera infancia, niñez y adolescencia Las necesidades y derechos Deberán ser centro de las políticas públicas. Fines de la educación La inculcación del respeto y práctica de derechos humanos, democracia, participación y justicia De las garantías y principios del proceso disciplinario. Art. 3 Art. 145. Art. 145 Prohibiciones a los usuarios literal 1 Ingreso, consumo, distribuciones de drogas. Art. 330 Faltas de los estudiantes Faltas muy graves Comercializar dentro de la institución drogas Art. 331 Acciones educativas disciplinarias. Para faltas muy graves Art 343. Responsabilidades en casos de vulneración de derechos literal 1, 2,6 y 7 Art. 344 Debido proceso. Art. 330 Art. 343 Art. 344 Art. 2.2 Art. 331 Art. 2.3 Art. 2.5 Art. 140