1. LA MEDICINA LEGAL EN EL PERÚ
MOISÉS PONCE MALAVER MD. MSc.
Médico Legista – Psiquiatra
Trujillo, marzo, 2023
2. LA MEDICINA Y EL DERECHO
La Medicina y el Derecho, íntimamente unidos,
acompañan al ser humano antes de nacer, respecto
de la madre y de la criatura que está en su vientre.
Luego de protegerlo por toda la vida, su muerte debe
ser certificada por un médico.
Lo anterior no es un mero fruto de la casualidad,
sino demuestra que ambas ciencias, la Medicina y el
Derecho, tienen como objeto final de sus acciones al
ser humano, en su total integridad.
Dr. Moisés Ponce Malaver
3. Dr. Moisés Ponce Malaver
¿Qué se requiere para ser Médico Legista?
Para ser un Especialista en Medicina Legal o Médico
Legista, se deben conocer, además de todas las ramas de
la medicina, todo lo concerniente a la jurisprudencia
particularmente en lo que se refiere a los delitos contra
las personas, todo lo que el Código Penal, el Código
Procedimientos Penales, el Código Civil y demás Leyes
que tratan este tema, sociología, antropología,
estadística, química, física, etc.
4. Dr. Moisés Ponce Malaver
El Médico Legista ante el Juez
Por esta razón, es que cuando el Especialista en
Medicina Legal es llamado por el juez para ser
asesorado, el Médico Legista debe informar sin
vaguedades ni teorías, porque no tienen puesto alguno
dentro de la Medicina Legal o Forense.
El criterio del perito médico debe estar basado en sus
conocimientos sólidos de la ciencia médica y las leyes.
5. Dr. Moisés Ponce Malaver
El Médico Legista
El médico legista rebasa los conocimientos del
médico común y tiene que penetrar
forzosamente en el terreno jurídico, es decir, en
las relaciones que las leyes pueden tener con la
vida del individuo en sociedad.
El médico legista es el médico de la justicia. Es
un colaborador imprescindible.
6. ¿Cual es el deber de un Médico Legista?
“Los deberes que el Médico
Legista tiene que cumplir
para con la sociedad en
general, son sin duda los
más brillantes, pero también
los más difíciles”
Paul Augustin Olivier Mahon (1801)
8. Medicina
General
Medicina
Curativa
De acuerdo a:
Etapa de la vida:
- Pediatría -Geriatría
Órgano:
-Cardiología - Oftalmología
De acuerdo a:
Situación:
- Medicina del Trabajo
-Medicina del Deporte
Medicina Social
Medicina Legal:
- Clínica
- Tanatología
- Laboratorio Forense
- Psiquiatría
9. MEDICINA LEGAL
Es la rama de la Medicina Social que se
encarga de resolver los problemas que
le plantea el derecho; haciendo uso de
todas las Ciencias Biológicas y de las
Ciencias Forenses.
Dr. Moisés Ponce Malaver
11. MEDICINA LEGAL
Es la garantía científica de la
neutralidad e imparcialidad.
Neutralidad: Que no participa de ninguna de
las opciones en conflicto.
Imparcialidad: Que no se adhiere a ningún
partido o no entra en ninguna parcialidad.
Dr. Moisés Ponce Malaver
12. ORIGEN
Dr. Moisés Ponce Malaver
Nace de la exigencia de la justicia y está
indisolublemente ligada a ella, tanto por su
naturaleza como por su contenido.
La Búsqueda de la Verdad, único medio de
llegar a la Justicia.
OBJETO DE ESTUDIO
14. Dr. Moisés Ponce Malaver
MÉTODO
MÉTODO CIENTÍFICO
1. OBSERVACIÓN:
a. Simple o Directa
b. Indirecta
2. EXPERIMENTACIÓN
15. 1. DEDUCTIVO: De lo general a lo particular.
2. INDUCTIVO: De lo particular a lo general.
3. ANALOGÍA: Comparación
MÉTODO CIENTÍFICO EN MEDICINA
1. Inspección u Observación (Psiquiatría)
2. Percusión
3. Palpación
4. Auscultación
Dr. Moisés Ponce Malaver
MÉTODO CIENTÉFICO
16. Dr. Moisés Ponce Malaver
TÉCNICA
Percusión
Auscultación
Palpación
Inspección
17. 1. El hombre común tendrá pareceres más o menos
aceptables y útiles.
2. El investigador (científico) emite opinión
calificada, dentro del área de incumbencia de su
disciplina, porque posee un “conocimiento
racional, sistemático, exacto, verificable y, por
consiguiente fiable, acerca de su objeto de
estudio” (Conocimiento científico. Mario Bunge)
Dr. Moisés Ponce Malaver
MÉTODO CIENTÍFICO
y ACTUACIÓN FORENSE
19. MÉTODO: del griego methodos (“camino” o “vía”)
hace referencia al medio que se utiliza para llegar a
una cierta meta.
CIENCIA: es un conjunto de técnicas y procedimientos
que se emplean para generar (producir) conocimiento.
Dr. Moisés Ponce Malaver
20. MÉTODO CIENTÍFICO: es un conjunto de normas por el cual
se guía un investigador, para producir conocimiento con rigor y
validez científica. (Lo que hace este método es minimizar la
influencia de la subjetividad del científico en su trabajo).
El método científico está basado en los principios de:
a.- Refutabilidad (Falsabilidad): cualquier proposición
(hipótesis) de la ciencia debe ser susceptible de poder ser
objetada. Es refutable cuando su posible falsedad es
comprobable
b.- Reproducibilidad: un experimento tiene que poder ser
reproducible por cualquier persona, en cualquier lugar.
Es la manera de decir o hacer con un orden una cosa; es el
procedimiento que se sigue en la ciencia para hallar la verdad y
enseñarla.
Dr. Moisés Ponce Malaver
21. Observación
Proposición
Hipótesis
Verificación y
experimetnación
Demostración
Conclusiones
PASOS DEL MÉTODO CIENTÍFICO
1.- Observación: Es la fase inicial. Comprende la
investigación, recolección, análisis y organización de datos
relacionados con el tema que nos interesa.
2.- Proposición: Es el punto de partida de nuestro trabajo.
Plantea la duda (pregunta) que nos proponemos despejar.
3.- Hipótesis: Es el planteamiento de la posible solución
(respuesta) al problema o asunto que vamos a tratar. En este
sentido, se basa en una suposición que marca el plan de
trabajo que nos trazaremos, pues intentaremos demostrar su
validez o falsedad.
4.- Verificación y experimentación: En este paso, se intentará
probar nuestra hipótesis a través de experimentos sujetos al
rigor científico de nuestra investigación.
5.- Demostración: Es la parte donde analizamos si hemos
logrado demostrar nuestra hipótesis apoyándonos en los
datos obtenidos.
6.- Conclusiones: Es la etapa final. Aquí se indican las causas
de los resultados de nuestra investigación, y se reflexiona
sobre el conocimiento científico que generó.
22. TIPOS DE MÉTODOS CIENTÍFICOS
1.- El experimental
2.- El dialéctico
3.- El empírico-analítico
4.- El histórico
5.- El fenomenológico
6.- El hermenéutico.
Cada uno dispone de sus aplicaciones y tiene su propio
campo de acción en el que resulta válido o más útil que
el resto.
23. ELEMENTOS DEL PERITAJE
1. El perito:
a. Condiciones naturales
b. Formación académica básica
c. Conocimiento jurídico
2. La investigación o búsquedad de la verdad.
3. La elaboración del informe pericial.
Dr. Moisés Ponce Malaver
24. 1.- EL PERITO:
a. Cualidades intrínsecas.
b. Formación académica especializada.
c. Conocimientos del derecho.
Dr. Moisés Ponce Malaver
25. 1.- EL PERITO
A.- CUALIDADES INTRÍNSECAS:
1.- Posesión de condiciones ético-científicas.
2.- Formación especializada en Medicina Legal y
Ciencias Forenses.
3.- Otras cualidades:
a. Objetividad
b. Reflexión y sentido común
c. Juicio
d. Prudencia
e. Imparcialidad
f. Veracidad
Dr. Moisés Ponce Malaver
26. 1.- EL PERITO:
B.- Formación básica teórica y práctica de la Medicina
Legal y de las Ciencias Forenses.
No es posible emitir un juicio científico desde la
ignorancia que generalmente se acompaña de la
soberbia e imprudencia.
C.- CONOCIMIENTOS DE DERECHO: que le
permitan captar exactamente el sentido de la misión que
le sean encomendadas y el alcance de las conclusiones
que aporte en sus informes.
Dr. Moisés Ponce Malaver
27. 1.- EL PERITO
Taras:
1. El orgullo que ciega.
2.- La ignorancia que no hace dudar de nada.
3.- La deshonestidad que envilece y degrada.
Dr. Moisés Ponce Malaver
28. EL BUEN PERITO
1. Valentía: para sostener lo que opina
2. “Duda razonable”: debe sabe dudar
3. Honestidad a toda prueba
4. Desconfiar de lo evidente ( patognomónico)
5. No ser dogmático
6. Aceptar lo admitido y aprobado por todas las ciencias
7. No creer en la infalibilidad de la técnica
8. Sana crítica
9. Saber lo que sabe y lo que ignora
10.Estar actualizado
Dr. Moisés Ponce Malaver
29. 2.- LA INVESTIGACION DE LA VERDAD PERICIAL:
Método Científico:
a. Deducción
b. Inducción
c. Analogía.
Técnica:
a.- Observación: Directa o Indirecta.
b.- Experimentación.
Dr. Moisés Ponce Malaver
30. 2. LA INVESTIGACIÓN DE LA VERDAD
PERICIAL
a. Investigación vs exploración
b. Normas médico legales
c. Normas legales
Dr. Moisés Ponce Malaver
31. INVESTIGACIÓN
PELIGRO:
1. Llegar a conclusiones sin la rigurosa comprobación.
2. Concluir o generalizar sin haber recogido un número
suficiente de hechos.
3. Conclusiones mediante interpretaciones inadecuadas o
forzadas.
Dr. Moisés Ponce Malaver
32. 3.- ELABORACIÓN DEL INFORME PERICIAL:
Lenguaje claro, sencillo, preciso porque va a ser
utilizado por un profesional no relacionado con las
ciencias de la salud.
a.- Certeza Matemática: Basada en criterios.
c.- Certeza Física: Basada en una realidad.
d.- Certeza Médico Legal: Conclusión basada en una
realidad de acuerdo a criterios preestablecidos.
b.-Certeza Moral: Basada en la intuición.
Dr. Moisés Ponce Malaver
33. INFORME MÉDICO LEGAL
Grados de certeza o veracidad:
a. La certeza matemática
b. La certeza moral
c. La certeza física
d. La certeza legal
“Si lo científico es demostrable,
Lo imparcial es ser honesto”
Dr. Moisés Ponce Malaver
34. 3. EL INFORME PERICIAL: CONCLUSIONES.
a. Afirma
b. Niega
c. Lleva a la duda.
Dr. Moisés Ponce Malaver
35. DECÁLOGO MÉDICO LEGAL
1º El perito debe de actuar con la ciencia del médico , la
veracidad del testigo y la ecuanimidad del juez.
2º Es necesario abrir los ojos y cerrar los oídos.
3º La excepción puede ser de tanto valor como la regla.
4º Desconfiar de los signos patognomónicos.
5º Hay que seguir el Método Cartesiano.
6º No fiarse de la memoria.
7º Una autopsia no puede rehacerse.
8º Pensar con claridad para escribir con precisión.
9º El arte de las conclusiones consiste en la medida.
10ºLa ventaja de la Medicina Legal, está en no formar
una inteligencia exclusiva y estrechamente
especializada.
NERIO ROJAS.
Dr. Moisés Ponce Malaver
37. RECONOCIMIENTO MÉDICO LEGAL
Dr. Moisés Ponce Malaver
DEFINICIÓN: Es un procedimiento médico de implicancia legal
ETIMOLOGÍA: Latín: Es la acción y efecto de reconocer (se).
Prefijo “re” = “repetición”
Verbo “cognoscere” = “conocer”
Sufijo “mento” = “instrumento”
El verbo refiere a examinar algo o alguien con cuidado, a
registrar algo para conocer su contenido, a confesar alguna
situación o a aceptar un nuevo estado de cosas.
Es la acción de distinguir a un sujeto o una cosa entre los demás.
El reconocimiento se logra a partir del análisis de las
características propias de la persona o el objeto.
Cuando se reconoce, se concreta la individualización o la
identificación.
38. RECONOCIMIENTO MÉDICO LEGAL
DEFINICIÓN: Es un procedimiento médico de
implicancia legal
CARACTERÍSTICAS:
Solicitado por la autoridad competente
En personas en procesos judiciales
Requisito: Identidad de la Persona
Lo realiza cualquier médico o profesional de la salud
en ausencia de un Médico Legista
De acuerdo al CPP o NCPP
El resultado se emite en Certificado Médico Legal
Dr. Moisés Ponce Malaver
39. * Estudio de la lesión.
* Mecanismos de producción de la lesión.
* Determinación del objeto agresor.
* Valoración del daño corporal.
* Baremación.
R. M. L.: TECNICA
Dr. Moisés Ponce Malaver
40. HISTORIA DE LA MEDICINA LEGAL
MOISÉS PONCE MALAVER MD. MSc.
Médico Legista – Psiquiatra
Trujillo, marzo, 2023
41. MEDICINA SUMERIA (3200 – 2500 A.C.)
Las normas del bien ordenaban la concordia, la
verdad, la honestidad, la fidelidad, la virtud, la
honradez y el contacto permanente con el bien.
Faltas peor castigadas eran la discordia, la mentira,
la estafa, el adulterio, la prostitución, el robo y la
brujería.
42. MEDICINAACADIA (2500-1800 A.C.)
La ejecución masiva de prisioneros volvió a los acadios
expertos en el arte de asesinar.
Sus conocimientos anatómicos tenían base en los
sacrificios rituales y en la atención de los heridos de
guerra.
43. MEDICINA BABILÓNICA (1800 – 1100 A.C.)
Códigos legales heredados de los sumerios o diseñados
por ellos mismos, son la base de muchos conceptos
jurídicos aún vigentes:
Leyes de Urukagina (Sumeria 2350 AC)
Leyes de UrNammu (Sumeria 2100 AC)
Leyes de LipitIshtar (Sumeria 1930 AC)
Leyes de Eshunna ( Babilonia 1900 AC)
Código de Hammurabi (Babilonia 175 AC) -Ley del Talión -
44. •
Código de Hammurabi:
Disciplinar a los libertinos, impedir la agresión al más
débil, creación de tribunales de justicia y de
apelación, fijación de salarios e indemnizaciones por
accidentes de trabajo, establecimiento de contratos e
intereses por prestamos, protección de niños, viudas y
huérfanos, organización del recaudo de impuestos,
servicio militar obligatorio temporal.
Mujeres con iguales derechos que Hombres.
45. Código de Hammurabi:
Sentencias terribles. Castigaba con la muerte el falso
testimonio, la cobardía en combate, la violación
carnal y el adulterio.
Severo con el ejercicio médico.
Diferenciación entre anatomopatólogo, internista
primitivo y cirujano.
46. MEDICINAASIRIA (1300 – 625 AC)
Escribieron códigos jurídicos basados en soluciones de
conciliación privada.
Criminales convictos los degollaban vivos.
Muerte al causante del aborto provocado.
Expertos en mutilaciones corporales.
Tratados de diagnósticos y tratamientos.
47. MEDICINA CALDEA (626 – 538 AC)
La vida era lo más importante.
Diferencia entre el médico estudiado y el empírico.
Símbolo de la “medicina científica” eran las serpientes
cruzadas sobre un bastón.
48. MEDICINA EGIPCIA (3000 – 525 AC)
Tratados de anatomía, trauma, patología general y
cardiovascular.
Conocimientos obstétricos entre otros.
Medicina Socializada.
49. Dr. Moisés Ponce Malaver
IMHOTEP (3000 AC): “PRIMER MEDICO LEGISTA”
• Primer Ministro de Zoser
• Arquitecto de la 1º Pirámide de Sakkara
• Sacerdote
• Juez
• Médico
Responsabilidad Médica – Especialidades – Castigo al
médico arrojándolo al rio Nilo.
50. MEDICINA FENICIA
Expertos conocedores de accidentes de trabajo a nivel
de astilleros, en las refinerías de metales y en el mar.
Máscaras grotescas permanentes en la cara, para
prevenir la enfermedad.
51. MEDICINA HITITA (1680 – 1340 AC)
Influencia egipcia.
Delitos como el aborto no eran castigados con la
muerte, sino con multas sumamente onerosas.
Código de los Hititas (1400 a.C.): Relación medicina-
ley.
52. MEDICINA HEBREA
Médicos: Tribu sacerdotal Levi.
Importancia a la higiene personal y pública.
Prohibida práctica clínica: deficiencias visuales,
actuar al anochecer, en días nublados, en
habitaciones oscuras o en sétimo día.
Talmud (Siglo VI DC): Conocimientos de anatomía
por disección de cadáveres en Alejandría y examen de
animales.
53. MEDICINA GRIEGA
“Juramento Hipocrático”:
Respeto a los maestros y estudiantes, prohibiciones
referidas al perjuicio al paciente, los medicamentos
peligrosos, el aborto, la cirugía, las relaciones sexuales
con el enfermo o sus familiares y la revelación de los
secretos concernientes a la persona enferma.
Método hipocrático: Observación, estudio, evaluación y
ayuda.
54. MEDICINA ROMANA: Influencia Griega.
Doce tablas, tuvieron vigencia durante nueve siglos, a
partir del año 451 AC:
CODIGO DE LAS 12 TABLAS (451 AC – 500 DC)
incluían normas relativas a la:
- Responsabilidad del Enfermo Mental.
- Duración del Embarazo.
55. Dr. Moisés Ponce Malaver
CÓDIGO DE JUSTINIANO (529 – 564 DC):
- Regula la Práctica de la medicina, Cirugía y
Obstetricia.
- Imponía penas por Mal Praxis.
- “PERITO MÉDICO”: se establecía el papel de experto
médico dentro de la administración de justicia.
MEDICINA ROMANA: Influencia Griega.
56. MEDICINA DEL SIGLO XIII
EDAD MEDIA(476 – 1453):
Constituyó choque de razas más importante de la
humanidad.
Conocimiento de la anatomía se perfeccionó en la época
de las cruzadas debido a la costumbre de desarticular
los cuerpos.
Clero: único segmento de población letrado y de
formación intelectual dirigida.
57. MEDICINA DEL SIGLO XIII
ÁRABES: Estándares sumamente altos.
Posición del médico privilegiada. Tenían la obligación
de especializarse en algún campo de la medicina.
CHINA: Expertos médico-legales, estudiaron todas las
formas de muerte conocidas, enseñando a reconocer
casos de homicidio, suicidio, trauma, envenenamiento y
otros.
Hsi Yuan Lu (Escrito por un juez). Clasificación de la
lesiones de acuerdo con el instrumento que lo producía
y su gravedad según la región del organismo en que
estuviera localizada.
58. MEDICINA DEL SIGLO XIII
CIVILIZACIÓN MAYA (siglos IV y XVI):
Sacerdotes con importantes funciones sociales.
Importancia al embarazo.
Conceptos de estética.
59. MEDICINA DEL SIGLO XIV y XV
Dr. Moisés Ponce Malaver
• CODIGO DE BAMBERG (1507): Hay exigencias, como obligación de
recurrir a peritaje médico en casos de: homicidio, infanticidio, envenenamiento y
errores de arte médico.
• CODIGO CAROLINO (1537): “El Perito Médico debe Auxiliar a los
jueces en los casos de heridas, envenenamiento, ahorcadura, sumersión,
infanticidio, aborto y otros tipos de lesiones.
• AMBROSIO PARÉ (1575): Metodología para preparar Informes Médico
Legales y Enfermedades simuladas.
• FORTUNATO FIDELI (1602): De Relationibus Medicorum (1621 y
1635). Medicina Forense de los Milagros.
• PAOLO ZACCHIAS (1621): Questiones Médico Legales.
“Padre de la Medicina Legal”
“Padre de la Psiquiatría Forense”
60. MEDICINA DEL SIGLO XVII
Síntesis del Renacimiento y comienzo de la edad
moderna.
Posición del médico modesta, servil, con otros oficios.
Honorarios impuestos por el enfermo rico, la mayoría
pagaba en especie.
Tratamiento desafortunado: condenado a muerte por el
rey y, en el mejor de los casos arrojado de la corte.
ESPAÑA: Exámenes para los aspirantes luego de
estudios universitarios, no se admitía a judíos y
musulmanes. Autorizaciones estrictas para cada oficio.
61. FRANCIA
Dr. Moisés Ponce Malaver
• MATEO JOSÉ ORFILA: Tratado de los venenos(1814),
Lecciones de Medicina Legal en 1821.
• AMBROISE AUGUSTE TARDIEU: “Manchas de Tardieu”.
• PAUL CAMILLE HIPPOLITE BOUARDEL: Cours de
Médicine Légale.
• VICTOR BALTHAZARD
• ALPHONSE LACASSAGNE
• PAUL CHAVIGNY
• CAMILLE SIMONIN
62. ESPAÑA
Dr. Moisés Ponce Malaver
• PEDRO MATA Y FONTANET: Tratado de
Medicina Legal (1921).
•ANTONIO LECHA MARZO: “Autopsias y
Embalsamamientos” (1917).
•LEOPOLDO LOPEZ GÓMEZ & JUAN ANTONIO
GISBERTH CALABUIG: Tratado de Medicina Legal.
63. ITALIA
1209: Papa Inocencio III reconoce el papel de los Peritos
Médico Legales.
CESARE LOMBROSO (1830 – 1909).
Dr. Moisés Ponce Malaver
ARGENTINA
NERIO ROJAS (1890 – 1971).
E.F.P. BONNET
- Medicinal Legal (1980).
- Psicopatología y Psiquiatría Forenses (1983).
64. COLOMBIA
• GUILLERMO URIBE CUALLA: Medicina Legal y
Psiquiatría Forense.
• RICARDO MORA IZQUIERDO (Psiquiatra Forense).
Dr. Moisés Ponce Malaver
COSTA RICA
EDUARDO VARGAS ALVARADO
65. PERÚ
1. HAMPICAMAYOC
2. HUAMAC (Aprendiz)
3. CCAMASCA O SONCOYOC: Médico del Pueblo
4. CHUKRI-HAMPI-CAMAYOC: Cirujanos
5. CUYRICUC O HACARICUC: Cuy
6. ICHURI o AUCACHIC: Confesor, Psicoterapeuta.
Dr. Moisés Ponce Malaver
66. FUNCIONES DE HAMPICAMACYOC
1. Determinar la Edad: Ejercito, Matrimonio.
2. Establecer la Virginidad: Vírgenes del Sol,
esposa de los nobles.
3. Identificar a las Prostitutas: Papayrunas.
4. Identificar a los Warminchu.
Dr. Moisés Ponce Malaver
67. LEGISLACIÓN INCA
• HUAMAN POMA DE AYALA: Responsabilidad Penal del
Médico (Lapidación, descuartizamiento).
• FRANCISCO DE TOLEDO: Aborto: “Si alguno hacía
mover a alguna mujer preñada con hechizos o por golpes que le
daba, tenía pena de muerte y la mujer preñada que toma algo
para mover tenía la misma pena”.
• PADRE CALANCHA: “El médico era juzgado como
asesino del paciente y se le condenaba a muerte. Después de
matarlo de le deshonraba y despreciaba y cuando el cadáver del
paciente era enterrado, se ataba una soga entre el difunto y el
cadáver del médico que quedaba a la intemperie, fuera de la
tumba, donde era devorado por las fieras y aves de rapiña”
Dr. Moisés Ponce Malaver
68. COLONIA
• Acta de Exhumación del cadáver del Marqués y
Conquistador del Perú Don Francisco Pizarro,
realizada en la Ciudad de los Reyes en enero de 1544
por Orden de Gonzalo Pizarro.
• SIGLOS XVIII: “De los signos de la muerte en la
difunta embarazada”.
• 1781: “Zelo Sacerdotal para con los niños no nacidos”.
R.P. Francisco Gonzáles Laguna.
Dr. Moisés Ponce Malaver
69. REPÚBLICA
• 1855: Donde no hubiese Médico de Policía, los médicos Titulares
informaran a la Autoridad judicial sobre los asuntos Médico
Legales…..Decreto Dictatorial del 4-06-1855.
• 1918: Ley 2949 del 12-12-1918: Cambia la Denominación de
Médicos de Policía por MÉDICOS LEGISTAS.
• El Asesinato de Francisco Pizarro (1945): Guillermo Fernández
Dávila
• 09-11-1947: REGLAMENTO GENERAL DE MORGUES.
• 26-07-1956: OFICINA MEDICO LEGAL.
Dr. Moisés Ponce Malaver
70. ERA MODERNA
• 23-05-1985: Ley Nº 28128: Ley de Creación del
Instituto de Medicina Legal.
• 1986: D. S. Nº 004-86 JUS: R. O. F. del Instituto de
Medicina Legal.
•
• 06-03-1996: Sociedad Peruana de Psiquiatría Forense.
• 22-11-1997: Sociedad Peruana de Medicina Legal.
Dr. Moisés Ponce Malaver
71. INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL DEL PERÚ
“DR. LEONIDAS AVENDAÑO URETA”
MOISÉS PONCE MALAVER MD. MSc.
Médico Legista – Psiquiatra
Trujillo, marzo, 2023
72. DIVISIONES
1. CLÍNICA FORENSE: “Vivos” (DICLIFOR)
2. TANATOLOGÍA FORENSE: “Muertos”
(DITANFOR)
3. LABORATORIO FORENSE: “Toxicología”
Incluye anatomía patológica, patología clínica y
odontología, Biología Molecular (LABIMOG).
(LATOQUIL)
4. PSIQUIATRÍA FORENSE: Análisis de la
Conducta Criminal.
Dr. Moisés Ponce Malaver
76. CLÍNICA FORENSE
1. Lesionología Forense
2. Gineco – Obstetricia Forense
3. Pediatría Forense
4. Estudios Post Facto: Responsabilidad Médica
5. PSIQUIATRÍA FORENSE
Dr. Moisés Ponce Malaver
77. CLÍNICA FORENSE
1. Lesiones: Lesiones contusas, por PAF, por suceso de tránsito,
por mordedura canina, por Violencia Familiar.
2. Examen de detenidos
3. Edad aproximada
4. Presunta Responsabilidad Médica
5. Estado de Salud actual
6. Examen Psicosomático
7. Diagnóstico Laboral por accidente de trabajo
8. Post-facto ampliación de reconocimiento
9. Examen por presunta Tortura
10. Desplazamiento para pericia clínica fuera de la Institución
11. Ampliación de reconocimiento Médico legal
12. Reconocimiento para el transplante de córnea
78. GINECO OBSTETRICIA FORENSE
Examen de Integridad Sexual.
Examen por presunto aborto.
Determinación del estado gestacional.
Determinación de parto anterior.
Determinación de Sexo.
80. PSIQUIATRÍA FORENSE
Estudio de la conducta Criminal.
1. Asesinos Seriales
2. Violadores seriales
3. Feminicidio
4. Torturas Físicas y Mentales (Psicológicas)
5. Emoción Violenta
6. Interdicción
81. 1. Salud y/o Enfermedad mental: Establece si una persona es
sana mentalmente o no y si puede asumir responsabilidad o
no por los actos que realiza.
2. Personalidad: Determina la forma de ser y la conducta de una
persona y explica sus “tendencias”.
3. Peligrosidad (Beneficios Penitenciarios): Permite establecer la
Peligrosidad Social y el Grado de Reincidencia delictual.
4. Imputabilidad: En casos especiales como Retardo mental,
Intervalo lúcido, Psicosis controladas.
5. Interdicción: Establece la capacidad de actuar u obrar, es
decir si la persona se encuentra en pleno uso de sus facultades
mentales para tomar decisiones trascendentales.
6. Farmacodependencia: Delimita si una persona es dependiente
a las drogas, consumidor habitual, el nivel de consciencia
durante el consumo de drogas y su relación con el delito.
PSIQUIATRÍA FORENSE GENERAL
Dr. Moisés Ponce Malaver
82. 7. Simulación: Delimita estados patológicos reales, Reacciones
carcelarias con Simulación de enfermedades físicas y
mentales.
8. Validación del testimonio: Establece el Grado de Veracidad de
las Declaraciones, en personas que cambian de versión o se
retractan de una denuncia.
9. Emoción Violenta: En Homicidios Pasionales o Lesiones.
10. Miedo Insuperable: Explica el estado emocional de una
persona en el momento de la comisión de un delito.
11. Estado puerperal: En relación con Infanticidio.
12. Alteraciones de la Percepción: Ciegos, Sordos o Mudos reales
y simulados.
13. Torturas Psicológicas: En casos de Delitos contra la
Humanidad.
PSIQUIATRÍA FORENSE GENERAL
Dr. Moisés Ponce Malaver
83. 14. Necropsia psicológica: Reconstrucción socio-psico-patológica
de una persona, después de fallecida o en algún período
específico de su vida.
15. Valoración del daño psíquico: Maltrato psicológico, DCH.
16. Estudio de la responsabilidad profesional de los psiquiatras:
Negligencia, Impericia, Imprudencia.
17. Perfil sexual: Establece conducta sexual, variantes,
disfunciones o trastornos sexuales.
18. Capacidad sexual: Capacidad para relacionarse con otras
personas y poder procrear
19. Intervalo Lúcido: Psicosis controladas.
20. Diagnóstico psiquiátrico a través de: Escritura, imágenes,
pinturas, etc.
21. Estudio Psicodinámico de la familia: S.A.P.
22. Estudios de la identidad sexual: Transexualismo
PSIQUIATRÍA FORENSE GENERAL
Dr. Moisés Ponce Malaver
84. 1. Penal: Estudios de imputabilidad en menores, retardo,
enajenación, Deprivación sensorial, secuestros.
2. Civil: Divorcio por causal, ludopatías, tenencia, S.A.P.
3. Militar: TEPT, Psicosis reactivas.
4. Canónico: Divorcio, fenómenos místicos.
5. Administrativo: Stress laboral, acoso sexual, Bullying.
PSIQUIATRÍA FORENSE ESPECIAL
Dr. Moisés Ponce Malaver
85. 1. AMOR
2. ODIO
3. CELOS
4. COLERA, IRA
5. VENGANZA
6. MIEDO
EMOCIÓNES COMO ATENUANTE
Dr. Moisés Ponce Malaver
86. PROCESO DE VICTIMIZACIÓN PSÍQUICA
1. ETAPA SHOCK: o Fase de Negación en incredulidad, como
consecuencia del miedo paralizante .
2. ETAPA DE MIEDO: o Fenómeno Timérico
3. ETAPA MIXTA DE :
APATÍA Y RESIGNACIÓN: consecuencia de una
depresión traumática
RABIA: que se alterna con la anterior.
4. ETAPA DE RESOLUCIÓN DEL CONFLICTO: que puede
llevar adoptar una actitud hipervigilante, en revisión de valores
y creencias sobre las que afirmaba su existencia, sentimientos
de revanchismo pleitista o contrariamente, identificación con el
agresor. (Esbec Rodríguez.1994)
Dr. Moisés Ponce Malaver
87. PSICOLOGÍA FORENSE
1. Violencia Familiar
2. Roles Parentales en casos de Tenencia
3. Delitos Contra la Libertad Sexual
4. Determinación de Cociente Intelectual
5. Entrevista en Salas Privadas (Cámara de Gesell o
Salas de entrevista Única) en delitos contra la
libertad sexual, Trata de Personas, Explotación
sexual.
6. Desplazamiento para pericia clínica fuera de la
Institución.
91. EQUIPOS ESPECIALIZADO
1. EQUIPO FORENSE ESPECIALIZADO (EFE)
2. EQUIPO FORENSE ESPECIALIZADO EN
MEDIO AMBIENTE (EFOMA)
3. EQUIPO FORENSE ESPECIALIZADO EN
TORTURAS