NORMA Oficial Mexicana NOM-015-
STPS-2001, Condiciones térmicas
elevadas o abatidas-Condiciones de
seguridad e higiene.
OBJETIVO
• Establecer
– Condiciones de seguridad e higiene
– Niveles y tiempos máximos permisibles de
exposición a condiciones térmicas extremas, que
por sus características, tipo de actividades, nivel,
tiempo y frecuencia de exposición, sean capaces
de alterar la salud de los trabajadores.
CAMPO DE APLICACIÓN
• Aplica en todos los centros de trabajo en los
que exista exposición de los trabajadores a
condiciones térmicas
– Provocadas por fuentes que generen que la
temperatura corporal de los trabajadores sea
inferior a 36°C o superior a 38°C
DEFINICIONES
• Calor conectivo:
– Cantidad de energía calorífica que recibe o cede el
cuerpo humano por efecto del medio ambiente
laboral
• Calor radiante:
– Cantidad de energía
calorífica que se emite o
se gana a través de
energía
electromagnética
• Condición térmica
abatida:
– Situación ambiental
capaz de producir
pérdida de calor en el
cuerpo humano
• Condición térmica elevada:
– Es la situación ambiental
capaz de transmitir calor
hacia el cuerpo humano y
tienda a incrementar su
temperatura corporal.
• Condición térmica extrema:
– Situación ambiental capaz de
permitir una ganancia o una
pérdida de calor en el cuerpo
humano en tal magnitud que
modifique el equilibrio
térmico
• Fuentes:
– Maquinaria, equipos o
materiales capaces de
generar condiciones
térmicas extremas en el
medio ambiente de
trabajo
• Grupo de exposición
homogénea:
– Todos los trabajadores
expuestos a condiciones
térmicas semejantes
• Índice de temperatura
de globo bulbo húmedo:
– Interrelación entre la
temperatura de globo,
temperatura del aire y la
humedad relativa, que
permite estimular la
exposición a
temperaturas elevadas
• Índice de viento frío:
– Interrelación entre la
temperatura y velocidad
del aire
• Límite máximo permisibles
de exposición (LMPE):
– Nivel máximo de los
indicadores térmicos del
régimen de trabajo y del
tiempo de exposición
• Temperatura de bulbo
húmedo natural:
– Temperatura que registra el
termómetro cuando,
humedecido su bulbo,
permite la evaporación del
agua sobre él, al estar
expuesto al movimiento
natural del aire
• Temperatura de bulbo seco:
– Temperatura que registra el
termómetro cuando el bulbo
está en contacto con el aire
del medio ambiente
• Temperatura de bulbo
húmedo ventilado:
– Temperatura que registra el
termómetro cuando,
humedecido su bulbo,
permite la evaporación del
agua sobre el, a una
velocidad del aire que
depende del tipo de
psicrómetro utilizado
• Temperatura de globo:
– Nivel termométrico que
se registra cuando se
establece el equilibrio
entre la relación del
calor convectivo y el
calor radiante en el
termómetro de globo
OBLIGACIONES DEL PATRÓN
• Mostrar los documentos
que la presente Norma
le obligue
• Informar a los
trabajadores de los
riesgos de trabajo por
exposición a
temperaturas extremas
• Realizar el
reconocimiento,
evaluación y control
• Elaborar y mantener
actualizado un
informe de riesgos,
evaluación y control
de las áreas
• Aplicar el método para
determinar el tiempo de
exposición de los
trabajadores, considerando
el tipo de condición
térmica
• Proporcionar al POE el
equipo de protección
personal (NOM 017 STPS
2001)
• Cabeza
– Capuchas: exposición a
temperaturas altas y
bajas, puede ir abajo del
casco de protección
personal
• Ojos y cara
– Anteojos de protección:
En caso de estar expuesto
a radiaciones o a
temperaturas bajas
• Capucha aluminizada
con visor dorado
filtrante de radiación
• Capucha impermeable
al frío
• Extremidades superiores
– Guantes contra
temperaturas extremas
– Contra temperaturas bajas
• Tronco
– Mandil contra altas y
bajas temperaturas
– Overol
• Extremidades inferiores
– Cubrebotas aluminizado
– Botas para uso en bajas
temperaturas
• Señalar y restringir el
acceso a las áreas de
exposición a condiciones
térmicas extremas
• Proporcionar
capacitación y
adiestramiento al POE en
materia de seguridad e
higiene
• Llevar a cabo la vigilancia a la salud del POE
– Evaluación médica inicial
– Exploración física
– Realizar al menos un examen médico cada 6
meses
OBLIGACIONES DEL POE
• Colaborar en las actividades derivadas del
reconocimiento, evaluación y control que se
requieran
• Participar en las actividades de capacitación y
adiestramiento en materia de seguridad e
higiene
• Someterse a los exámenes médicos para
valorar los riesgos a su salud
• En caso de tener síntomas de aumento o
decremento de su temperatura corporal, debe
notificarlo al patrón
Norma 015

Norma 015

  • 1.
    NORMA Oficial MexicanaNOM-015- STPS-2001, Condiciones térmicas elevadas o abatidas-Condiciones de seguridad e higiene.
  • 2.
    OBJETIVO • Establecer – Condicionesde seguridad e higiene – Niveles y tiempos máximos permisibles de exposición a condiciones térmicas extremas, que por sus características, tipo de actividades, nivel, tiempo y frecuencia de exposición, sean capaces de alterar la salud de los trabajadores.
  • 3.
    CAMPO DE APLICACIÓN •Aplica en todos los centros de trabajo en los que exista exposición de los trabajadores a condiciones térmicas – Provocadas por fuentes que generen que la temperatura corporal de los trabajadores sea inferior a 36°C o superior a 38°C
  • 4.
    DEFINICIONES • Calor conectivo: –Cantidad de energía calorífica que recibe o cede el cuerpo humano por efecto del medio ambiente laboral
  • 5.
    • Calor radiante: –Cantidad de energía calorífica que se emite o se gana a través de energía electromagnética • Condición térmica abatida: – Situación ambiental capaz de producir pérdida de calor en el cuerpo humano
  • 6.
    • Condición térmicaelevada: – Es la situación ambiental capaz de transmitir calor hacia el cuerpo humano y tienda a incrementar su temperatura corporal. • Condición térmica extrema: – Situación ambiental capaz de permitir una ganancia o una pérdida de calor en el cuerpo humano en tal magnitud que modifique el equilibrio térmico
  • 7.
    • Fuentes: – Maquinaria,equipos o materiales capaces de generar condiciones térmicas extremas en el medio ambiente de trabajo • Grupo de exposición homogénea: – Todos los trabajadores expuestos a condiciones térmicas semejantes
  • 8.
    • Índice detemperatura de globo bulbo húmedo: – Interrelación entre la temperatura de globo, temperatura del aire y la humedad relativa, que permite estimular la exposición a temperaturas elevadas • Índice de viento frío: – Interrelación entre la temperatura y velocidad del aire
  • 9.
    • Límite máximopermisibles de exposición (LMPE): – Nivel máximo de los indicadores térmicos del régimen de trabajo y del tiempo de exposición • Temperatura de bulbo húmedo natural: – Temperatura que registra el termómetro cuando, humedecido su bulbo, permite la evaporación del agua sobre él, al estar expuesto al movimiento natural del aire
  • 10.
    • Temperatura debulbo seco: – Temperatura que registra el termómetro cuando el bulbo está en contacto con el aire del medio ambiente • Temperatura de bulbo húmedo ventilado: – Temperatura que registra el termómetro cuando, humedecido su bulbo, permite la evaporación del agua sobre el, a una velocidad del aire que depende del tipo de psicrómetro utilizado
  • 11.
    • Temperatura deglobo: – Nivel termométrico que se registra cuando se establece el equilibrio entre la relación del calor convectivo y el calor radiante en el termómetro de globo
  • 13.
    OBLIGACIONES DEL PATRÓN •Mostrar los documentos que la presente Norma le obligue • Informar a los trabajadores de los riesgos de trabajo por exposición a temperaturas extremas
  • 14.
    • Realizar el reconocimiento, evaluacióny control • Elaborar y mantener actualizado un informe de riesgos, evaluación y control de las áreas
  • 15.
    • Aplicar elmétodo para determinar el tiempo de exposición de los trabajadores, considerando el tipo de condición térmica • Proporcionar al POE el equipo de protección personal (NOM 017 STPS 2001)
  • 16.
    • Cabeza – Capuchas:exposición a temperaturas altas y bajas, puede ir abajo del casco de protección personal • Ojos y cara – Anteojos de protección: En caso de estar expuesto a radiaciones o a temperaturas bajas
  • 17.
    • Capucha aluminizada convisor dorado filtrante de radiación • Capucha impermeable al frío
  • 18.
    • Extremidades superiores –Guantes contra temperaturas extremas – Contra temperaturas bajas
  • 19.
    • Tronco – Mandilcontra altas y bajas temperaturas – Overol
  • 20.
    • Extremidades inferiores –Cubrebotas aluminizado – Botas para uso en bajas temperaturas
  • 21.
    • Señalar yrestringir el acceso a las áreas de exposición a condiciones térmicas extremas • Proporcionar capacitación y adiestramiento al POE en materia de seguridad e higiene
  • 22.
    • Llevar acabo la vigilancia a la salud del POE – Evaluación médica inicial – Exploración física – Realizar al menos un examen médico cada 6 meses
  • 23.
    OBLIGACIONES DEL POE •Colaborar en las actividades derivadas del reconocimiento, evaluación y control que se requieran • Participar en las actividades de capacitación y adiestramiento en materia de seguridad e higiene
  • 24.
    • Someterse alos exámenes médicos para valorar los riesgos a su salud • En caso de tener síntomas de aumento o decremento de su temperatura corporal, debe notificarlo al patrón