El documento describe las bases legales y normas de seguridad y salud en el trabajo en Ecuador. Estas incluyen la jerarquía de leyes, la organización de unidades de seguridad y salud, servicios médicos, comités de seguridad e higiene, reglamentos de higiene y seguridad, y conceptos fundamentales como peligros, riesgos, clasificación de riesgos, identificación y evaluación de riesgos. También cubre temas como control de riesgos, equipos de protección personal, señalización, servicios permanentes
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APOYAR AL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL EN LA GENERACIÓN DE SALIDAS DE INFORMACIÓN Y TABLEROS DE CONTROL REQUERIDOS EN LA UNIDAD DE GESTIÓN DE ANÁLISIS DE INFORMACIÓN, PARA EL SEGUIMIENTO A LAS METAS ESTABLECIDAS EN EL PLAN NACIONAL DE RESPUESTA ANTE LAS ITS, EL VIH, LA COINFECCIÓN TB-VIH, Y LAS HEPATITIS B Y C, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE SUBVENCIÓN NO. COL-H- ENTERITORIO 3042 (CONVENIO NO. 222005), SUSCRITO CON EL FONDO MUNDIAL.
En el marco de la Sexta Cumbre Ministerial Mundial sobre Seguridad del Paciente celebrada en Santiago de Chile en el mes de abril de 2024 se ha dado a conocer la primera Carta de Derechos de Seguridad de Paciente, a nivel mundial, a iniciativa de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Los objetivos del nuevo documento pasan por los siguientes aspectos clave: afirmar la seguridad del paciente como un derecho fundamental del paciente, para todos, en todas partes; identificar los derechos clave de seguridad del paciente que los trabajadores de salud y los líderes sanitarios deben defender para planificar, diseñar y prestar servicios de salud seguros; promover una cultura de seguridad, equidad, transparencia y rendición de cuentas dentro de los sistemas de salud; empoderar a los pacientes para que participen activamente en su propia atención como socios y para hacer valer su derecho a una atención segura; apoyar el desarrollo e implementación de políticas, procedimientos y mejores prácticas que fortalezcan la seguridad del paciente; y reconocer la seguridad del paciente como un componente integral del derecho a la salud; proporcionar orientación sobre la interacción entre el paciente y el sistema de salud en todo el espectro de servicios de salud, incluidos los cuidados de promoción, protección, prevención, curación, rehabilitación y paliativos; reconocer la importancia de involucrar y empoderar a las familias y los cuidadores en los procesos de atención médica y los sistemas de salud a nivel nacional, subnacional y comunitario.
Y ello porque la seguridad del paciente responde al primer principio fundamental de la atención sanitaria: “No hacer daño” (Primum non nocere). Y esto enlaza con la importancia de la prevención cuaternaria, pues cabe no olvidar que uno de los principales agentes de daño somos los propios profesionales sanitarios, por lo que hay que prevenirse del exceso de diagnóstico, tratamiento y prevención sanitaria.
Compartimos el documento abajo, estos son los 10 derechos fundamentales de seguridad del paciente descritos en la Carta:
1. Atención oportuna, eficaz y adecuada
2. Procesos y prácticas seguras de atención de salud
3. Trabajadores de salud calificados y competentes
4. Productos médicos seguros y su uso seguro y racional
5. Instalaciones de atención médica seguras y protegidas
6. Dignidad, respeto, no discriminación, privacidad y confidencialidad
7. Información, educación y toma de decisiones apoyada
8. Acceder a registros médicos
9. Ser escuchado y resolución justa
10. Compromiso del paciente y la familia
Que así sea. Y el compromiso pase del escrito a la realidad.
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APOYAR A ENTERRITORIO CON LAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN DE LA ADOPCIÓN DEL SISCO SSR EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, ASÍ COMO DE LAS METODOLOGÍAS DE ANÁLISIS DE DATOS DEFINIDAS EN EL PROYECTO “AMPLIACIÓN DE LA RESPUESTA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL EN VIH”, PARA EL LOGRO DE LOS INDICADORES DEL ACUERDO DE SUBVENCIÓN SUSCRITO CON EL FONDO MUNDIAL.
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APOYAR DESDE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE ANÁLISIS DE INFORMACIÓN AL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL Y ENTIDADES TERRITORIALES EN LA DEFINICIÓN Y APLICACIÓN DE METODOLOGÍAS DE ANÁLISIS DE INFORMACIÓN, PARA LA OBTENCIÓN DE INDICADORES Y SEGUIMIENTO A LAS METAS NACIONALES E INTERNACIONALES EN ITS, VIH, COINFECCIÓN TB-VIH, HEPATITIS B Y C, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE SUBVENCIÓN NO. COL-H-ENTERITORIO 3042 (CONVENIO NO. 222005), SUSCRITO CON EL FONDO MUNDIAL.
Pòster presentat per la resident psicòloga clínica Blanca Solà al XXIII Congreso Nacional i IV Internacional de la Sociedad Española de Psicología Clínica - ANPIR, celebrat del 23 al 25 de maig a Cadis sota el títol "Calidad, derechos y comunidad: surcando los mares de la especialidad".
1. Ing. M. Sc. David Yedra
ANALISTA EN SEGURIDAD OCUPACIONAL
RESPONSABLE DE LA GESTIÓN DE CALIDAD – RIESGOS Y MEDIO AMBIENTE
HOSPITAL PROVINCIAL PUYO
BASE LEGAL Y NORMAS DE SEGURIDAD
Y SALUD EN EL TRABAJO
3. UNIDAD DE SEGURIDAD
Y SALUD
Empresas con más de 100 trabajadores
/ 50 a 100 categorizadas de alto riesgo.
•Contarán con una Unidad dirigida por un técnico
en la materia que reportará a la más alta autoridad
de la empresa o entidad.
Funciones:
•Reconocimiento y evaluación de riesgos;
•Control de Riesgos profesionales;
•Promoción y adiestramiento de los trabajadores;
•Asesoramiento técnico.
•Registro de la accidentalidad, ausentismo y evaluación estadística
de los resultados.
•Decreto 2393 Reglamento
de Seguridad y salud de los
trabajadores y mejoramiento
del medio ambiente de
trabajo. Art. 15. Numeral 1.
4. SERVICIO MÉDICO •Código del Trabajo Art. 430 Numeral 2.
•Decreto 2393 Reglamento de Seguridad
y salud de los trabajadores y
mejoramiento del medio ambiente de
trabajo. Art. 16.
•Acuerdo No. 1404 Reglamento para el
funcionamiento de los servicios médicos
de empresas.
Las empresas con cien o más trabajadores organizarán obligatoriamente los Servicios Médicos con la
planta física adecuada.
•Los Servicios Médicos de Empresa, serán dirigidos por un Médico General, con
experiencia en Salud Ocupacional o Salud Pública. El personal de enfermería
trabajará a tiempo completo, cubriendo todos los turnos de labor de la empresa.
Funciones:
•HIGIENE DEL TRABAJO
•ESTADO DE SALUD DEL TRABAJADOR
•RIESGOS DEL TRABAJO
•DE LA EDUCACIÓN HIGIÉNICO-SANITARIA DE LOS TRABAJADORES
•DE LA SALUD Y SEGURIDAD EN FAVOR DE LA PRODUCTIVIDAD
5. COMITÉ DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO
•Decreto 2393 Reglamento
de Seguridad y salud de los
trabajadores y mejoramiento
del medio ambiente de
trabajo. Art. 14.
6. COMITÉ DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO
En todo centro de trabajo en que laboren más de quince trabajadores
deberá organizarse un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo.
Funciones:
• Promover la observancia de las disposiciones sobre prevención de
riesgos profesionales.
• Analizar y opinar sobre el Reglamento de Seguridad e Higiene.
• Realizar la inspección general de edificios, instalaciones y equipos de
los centros de trabajo.
• Conocer los resultados de las investigaciones que realicen organismos
especializados, sobre los accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales.
• Realizar sesiones mensuales.
• Cooperar y realizar campañas de prevención de riesgos.
• Analizar las condiciones de trabajo en la empresa.
• Vigilar el cumplimiento del Reglamento .
9. FUNDAMENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Peligro: Es una condición o situación con potencial
daño para el trabajador.
Riesgo: Probabilidad de que un peligro se materialice.
Sus consecuencias son accidentes o enfermedades
profesionales.
RIESGO
CONCEPTOS
PELIGRO
10. R. Físicos
R. Mecánicos
R. Ergonómicos
R. Psicosociales
R. Biológicos
R. Químicos
CLASIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE RIESGOS LABORALES
12. IDENTIFICACIÓN SUBJETIVA
• Identificación cualitativa: Diversa técnicas
• Listas de comprobación ( Check List)
• Análisis de seguridad en el trabajo (JSA)
• Análisis de peligros y operatividad ( AOSPP)
• Análisis de modos de fallos
• Otros.
• Identificación cuantitativa: Técnicas estandarizadas de
identificación
• Árbol de fallos y efectos
• Análisis de fiabilidad humana
• Mapa de Riesgos
• Otras.
13. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS
R. Físicos
R. Mecánicos
R. Ergonómicos
R. Psicosociales
R. Biológicos
R. Químicos
Exposición a radiaciones Ionizantes.
Exposición a radiaciones no Ionizantes.
Ruido.
Exposición a gases y vapores.
Exposición a sustancias químicas.
Exposición a sustancias nocivas o tóxicas.
Posturas forzadas (de pie, sentada, encorvada, acostada).
Movimientos repetitivos.
Caída de personas al mismo nivel.
Caída de objetos en manipulación.
Choque contra objetos inmóviles.
Golpes/cortes por herramientas.
Exposición a virus, hongos o bacterias.
Contacto con pacientes.
Manipulación de muestras biológicas.
Manipulación de desechos cortopunzantes.
Inoculación de medicamentos.
Turnos rotativos
Fuga de Paciente
Violencia Laboral (verbal)
Carga Mental
CLASIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE RIESGOS LABORALES
14.
15. GP = C X P X E
GP = grado de Peligrosidad
C = consecuencias
P = probabilidad
E = Exposición
Para aplicar este método se utilizan las siguientes tablas:
Valor Consecuencia
10 Muerte y/o daños mayores afectación mayor:
6 Lesiones permanente, daños moderados
4 Lesiones no permanentes, daños leves
1 Heridas leves, daños económicos leves.
Valor Probabilidad
10 Resultado probable y esperado, si el riesgo actualiza
7 Posible probabilidad de ocurrencia del 50%:
4 Rara coincidencia, probabilidad ocurrencia 20%
1 Probabilidad ocurrencia menos del 5%.
Valor Exposición (tiempo)
10 El riesgo ocurre continuamente o mucha veces día
5 Frecuentemente o una vez al día:
2 Ocasionalmente o una vez a la semana
1 Remotamente se conoce que ha sucedido:
EVALACUÓN DE RIESGOS
Evaluación de riesgos significa medir la intensidad del elemento emisor y compararlo con
estándares de referencia.
Método de William Fine
Establece el grado de peligrosidad, determina la
gravedad del riesgos.
GRADO DE PELIGROSIDAD
DEL RIESGO ANALIZADO
R. BAJO GP < 18
R. MEDIO 18< GP <85
R ALTO 85< GP <200
R. CRITICO GP > 200
16. 2. MEDICIÓN DE LOS
FACTORES DE
RIESGO
Método reconocido
Equipo calibrado
Profesional competente
IDENTIFICACIÓN, MEDICIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS
17. R. Físicos
R. Mecánicos
R. Ergonómicos
R. Psicosociales
R. Biológicos
R. Químicos
MAPA DE RIESGOS
•Decisión 584 Instrumento Andino
de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Capítulo III-Artículo 11 Literal b).
19. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
•Decreto 2393
Reglamento de
Seguridad y salud de
los trabajadores y
mejoramiento del
medio ambiente de
trabajo. Título VI.
PROTECCIÓN
PERSONAL.
Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo
HOSPITAL PROVINCIAL PUYO Art. 2 ítem g y Art. 4 ítem f
20. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
•Debe considerarse como el último recurso de
reducción del riesgo en el lugar de trabajo.
•Utilización adecuada.
•Obligatoriedad del uso.
•Mantenimiento y conservación.
21. SEÑALETICA
•Decreto 2393
Reglamento de
Seguridad y salud
de los trabajadores
y mejoramiento del
medio ambiente de
trabajo. Capítulo VI.
Señalización de
Seguridad. 1
Prohibitiva
Preventiva
Informativa
Obligación
Contra Incendios
22. SERVICIOS PERMANENTES
•Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud
de los trabajadores y mejoramiento del medio
ambiente de trabajo. Art. 37,38, 39, 40, 41, 42, 42,
43, 44, 45, 49, 50, 51 y 52.
•Salubridad y Ambientación en Comedores.
•Salubridad y Almacenamiento Adecuado de Alimentos.
•Dotación de Agua para Consumo Humano
•Salubridad y Número Adecuado de:
•Servicios Sanitarios
•Lavabos
•Vestuarios
•Duchas
23. ACCIDENTES Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES
•Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Art. 7 Literal f); Art. 11 Literal g)
•Decreto 2393 Reglamento de Seguridad y salud de los trabajadores y mejoramiento
del medio ambiente de trabajo. Art. 15 Literal d)
•Resolución 390 Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo. Art. 41,
42, 43 y 52.
•Notificación
•Estadística
•Investigación
•Índices
24. PLAN DE EMERGENCIAS Y SIMULACROS
•Decisión 584
Instrumento Andino de
Seguridad y Salud en el
Trabajo.
Capítulo III Art. 16.
•Reglamento de
prevención, mitigación y
protección contra
incendios.
25. HISTORIA DE EXPOSICIÓN LABORAL
•Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de
los servicios médicos de empresas Capitulo 4 Art. 11 Numeral
2 Literal a). EXAMENES DE PRE EMPLEO,
PERIODICOS Y DE RETIRO
•Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. Art. 14 y 22.
•Acuerdo No. 1404 Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de
empresas Capitulo 4 Art. 11 Numeral 2 Literal b).
26. VIGILANCIA ESPECÍFICA DE ACUERDO A LOS
FACTORES DE RIESGO
•Resolución 390
Reglamento del Seguro
General de Riesgos del
Trabajo. Capitulo 1 Art. 3
literal h)
•Acuerdo No. 1404
Reglamento para el
funcionamiento de los
servicios médicos de
empresas Capitulo 4 Art.
11 Numeral 2 Literal c).
27. MORBILIDAD POR GRUPO DE RIESGO
•Acuerdo No. 1404
Reglamento para el
funcionamiento de los
servicios médicos de
empresas. Art. 11 numeral 5
literal b).
•Acuerdo Ministerial 220
Compromiso con el Ministerio
de trabajo y empleo en
materia de Seguridad y Salud.
Literal c).