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NOVEDADES IRPF EJERCICIO 2011




©Patxi Gaztelu                                   1
PRINCIPALES NOVEDADES DEL IRPF EN EL EJERCICIO 2011




                        •Plazos de la Campaña Renta 2011: borrador y autoliquidación
      Gestión del       •Exenciones
       Impuesto




                        •Retribuciones en especie y rendimientos obtenidos
   Rendimientos del
       Trabajo




   Rendimientos del     •Arrendamiento de inmuebles destinados
        capital
     inmobiliario



                        •Actividades Económicas en Estimación Directa
   Rendimientos de      •Actividades Económicas en Estimación Objetiva
     Actividades
     Económicas



                        •Escalas aplicables sobre la base liquidable general
   Escalas y Tipos de
      Gravamen


                        •Deducción general por inversión vivienda habitual
                        •Tramo autonómico deducción por inversión vivienda habitual
   Deducciones de la    •Deducciones generales por alquiler y por obras de mejora en la vivienda habitual
     cuota íntegra      •Deducción por inversión empresarial




    Cuota resultante    •Deducciones de la cuota líquida total
         de la
    autoliquidación



                        •Deducción por nacimiento o adopción
   Minoración de la
   cuota diferencial




©Patxi Gaztelu                                                                                              2
PRINCIPALES NOVEDADES DEL IRPF EN EL EJERCICIO 2011
  Gestión del Impuesto
   Plazos de la campaña Renta   Borrador de declaración:
   2011: borrador y              Obtención del borrador por internet sin necesidad de solicitud previa: desde el 10 de
                                  abril hasta el 2 de julio de 2012
   autoliquidación               Remisión del borrador por parte de la AEAT desde el 3 de mayo
                                 Puesta a disposición del borrador y acceso al mismo por Internet mediante la utilización
                                  de firma electrónica o un nº de referencia suministrado por la AEAT : desde el 10 de
                                  abril hasta el 02 de julio.
                                 Modificación, confirmación o suscripción del borrador:
                                  - Por vía telemática o telefónica: desde el 10.04.2012 hasta el 02.07.2012
                                  - Por vía presencial: desde el 03.05.2012 hasta el 02.07.2012

                                Borrador de declaración:
                                 Presentación y en su caso, ingreso: desde el 03.05 hasta el 02.07.2012. Si se efectúa
                                  domiciliación bancaria del pago hasta el 27.06.2012.
                                 La presentación telemática de determinadas autoliquidaciones podrá efectuarse
                                  mediante la consignación del NIF del contribuyente y del nº de referencia del borrador
                                  o de los datos fiscales suministrados por la AEAT.


   Exenciones                   Se mantiene la exención prevista en el artículo 7.ñ) de la Ley 35/2006 de 28           de
                                noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF                   en
                                adelante) para los premios obtenidos en juegos distintos de la lotería, que            se
                                venían comercializando antes de la entrada en vigor de la Ley 13/2011,                 de
                                regulación del juego.
                                Se declaran exentas las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto
                                con ocasión de determinadas transmisiones de las acciones o participaciones en
                                empresas de nueva o reciente creación.
                                Se declaran exentas las ayudas excepcionales por daños personales en casos de
                                fallecimiento y de incapacidad absoluta y permanente como consecuencia de los
                                movimientos sísmicos acaecidos en el municipio de Lorca (Murcia).



  Rendimientos del Trabajo

   Retribuciones en especie y   Se determinan reglamentariamente los requisitos de las fórmulas indirectas de
   rendimientos obtenidos       pago a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte
                                colectivo de trabajadores entre su lugar de residencia y su centro de trabajo que
                                no se consideran rendimientos en especie y dan lugar a la exención prevista en el
                                artículo 42.2 h) de la LIRPF.
                                Se fija un importe máximo de 300.000 € en la cuantía de los rendimientos
                                íntegros, con un período de generación superior a dos años y que no se
                                obtengan de forma periódica o recurrente así como en aquellos que se califiquen
                                reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el
                                tiempo, sobre los que se aplica la reducción del 40%.
                                Se aplica la reducción del 40% prevista en el artículo 18.2 de la LIRPF a los
                                rendimientos del trabajo derivados del ejercicio de las opciones de compra sobre
                                acciones por los trabajadores que se imputen en períodos impositivos finalizados
                                con posterioridad al 4 de agosto de 2004, cuando las opciones se ejerciten
                                transcurridos más de 2 años desde su concesión, si, además, no se conceden
                                anualmente.
                                No se consideran rendimientos del trabajo en especie los gastos e inversiones
                                efectuados durante 2011 para formar a los empleados en el uso de las nuevas
                                tecnologías, cuando su utilización sólo pueda realizarse fuera del lugar y horario
                                de trabajo.

©Patxi Gaztelu                                                                                                               3
Rendimientos del Capital Inmobiliario

   Arrendamiento de                 La reducción del rendimiento neto procedente del arrendamiento de bienes
   inmuebles destinados a           inmuebles destinados a vivienda se eleva del 50% al 60%
   vivienda                         Se reduce a 30 años el límite superior de edad del arrendatario para poder aplicar
                                    la reducción del 100%
                                    En los arrendamientos procedentes de contratos anteriores a 01.01.2011, la
                                    reducción del 100% se mantiene hasta la fecha en que el arrendatario cumpla 35
                                    años.



  Rendimientos de Actividades Económicas

   Actividades Económicas en        En 2011 se consideran empresas de reducida dimensión aquellas en las que el
   Estimación Directa               importe neto de su cifra de negocios en el período impositivo inmediato anterior
                                    (2010) haya sido inferior a 10M € y se permite a éstas seguir aplicando los
                                    incentivos fiscales de su régimen fiscal especial durante los tres períodos
                                    inmediatos y siguientes a aquel en que se supere el importe de 10M € de cifra de
                                    negocios.
                                    Se suprime el requisito de mantenimiento de empleo para poder amortizar
                                    libremente los elementos de inmovilizado material y de las inversiones
                                    inmobiliarias afectos a actividades económicas, adquiridos en los años 2011,
                                    2012, 2013, 2014 y 2015.


   Actividades Económicas en        Reducción del 65% del rendimiento neto para actividades económicas
   Estimación Objetiva              desarrolladas en el municipio de Lorca (Murcia)



  Escalas y tipos de gravamen

   Escalas aplicables sobre la      Se aprueba una nueva escala general con dos tramos adicionales. Uno a partir
   base liquidable general          de 120.000,20 € con un tipo del 22,5%. Y el otro, a partir de 175.000,20 € con un
                                    tipo del 23,5%.
                                    Todas las CC.AA. han aprobado sus correspondientes escalas.


  Deducciones de la cuota íntegra

   Deducción general por            Con efectos desde 01.01.2011 se restablece la deducción por inversión en
   inversión en vivienda            vivienda habitual, cualquiera que sea la base imponible del contribuyente, con la
   habitual                         única diferencia respecto a la regulación aplicable en el ejercicio 2010 de que se
                                    eleva la base máxima de deducción a 9.040 € en los supuestos de adquisición o
                                    rehabilitación de vivienda y para las cantidades depositadas en cuenta vivienda, y
                                    a 12.080 € en el caso de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda
                                    habitual por razón de discapacidad.


   Tramo autonómico                 Cataluña: mantiene el 9% del régimen especial sólo para los contribuyentes que
   deducción por inversión en       han adquirido o satisfecho cantidades para la construcción de la vivienda habitual
   vivienda habitual                antes del 30.07.2011 y fijando en otro caso, con carácter general, el 7,5%. Para
                                    las obras de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad es
                                    el 15%.
                                    Illes Balears y Murcia han aprobado porcentajes propios de deducción no
                                    diferenciados de lo que establece el artículo 78.2 de la LIRPF



©Patxi Gaztelu                                                                                                           4
Deducciones generales por       Se limita la aplicación de la deducción por alquiler de la vivienda habitual a
   alquiler y por obras de         aquellos contribuyentes cuya base imponible sea < 24.107,20 €, modificándose
   mejora en la vivienda           asimismo la base de la deducción.
   habitual                        Se introduce una nueva deducción por obras de mejora satisfechas y ejecutadas
                                   desde el 07.05.2011 hasta el 31.12.2012 en cualquier vivienda que sea propiedad
                                   del contribuyente (excepto las afectas a actividades económicas) o en el edificio
                                   en que ésta se encuentre, aplicable cuando su base imponible sea inferior a
                                   71.007,20 €
                                   Se mantiene un régimen transitorio para los contribuyentes que con anterioridad
                                   al 07.05.2011 hayan satisfecho cantidades por las que hubieran tenido derecho a
                                   la anterior deducción por obras de mejora en la vivienda habitual.

   Deducción por inversión         En el ejercicio 2011 dejan de ser aplicables por los contribuyentes que
   empresarial                     determinaban su rendimiento neto por el método de estimación directa
                                   determinadas deducciones del régimen general de la Ley del Impuesto sobre
                                   Sociedades que han sido suprimidas.
                                   En el ejercicio 2011 los contribuyentes que determinaban su rendimiento neto por
                                   el método de estimación objetiva dejan de poder aplicar la deducción para el
                                   fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación previstas en
                                   el artículo 36 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
                                   Se incluyen nuevas deducciones en el ámbito empresarial vinculadas a
                                   determinados acontecimientos de excepcional interés público:
                                          “2011: Año Orellana”
                                          “Mundobasket 2014”
                                          “Campeonato del Mundo de Balonmano Absoluto Masculino 2013”
                                          “Tricentenario de la Biblioteca Nacional de España”
                                          “IV Centenario del fallecimiento del pintor Doménico Theotocopuli, El Greco”
                                          “VIII Centenario de la Consagración de la Catedral de Santiago de Compostela”




  Cuota resultante de la autoliquidación

   Deducciones de la cuota         En el ejercicio 2011 no pueden practicarse deducción alguna por doble
   líquida total                   imposición de dividendos pendientes de aplicar, procedentes de 2006, por haber
                                   finalizado en 2010 el plazo de 4 años previsto en la DT 7ª.4 de la LIRPF para
                                   llevarlo a cabo.



  Minoración de la cuota diferencial

   Deducción por nacimiento o      Se suprime desde el 01.01.2011 la deducción por nacimiento o adopción
   adopción


  Otras cuestiones de interés
                                   El importe del IPREM en el ejercicio 2011 asciende a 7.455,14 €.
                                   El interés legal del dinero en el ejercicio 2011 se ha fijado en el 4%
                                   El salario medio anual del conjunto de los declarantes del IRPF se fija en 22.100
                                   para el ejercicio 2011.




©Patxi Gaztelu                                                                                                             5
DEDUCCIONES AUTONOMICAS DEL IRPF EN EL EJERCICIO 2011

      Comunidad          Por circunstancias         Relativas a la vivienda habitual        Por donativos y donaciones          Otros conceptos deducibles
      Autónoma
                       personales y familiares


                   Nacimiento o adopción           Alquiler de vivienda habitual por    Donativos a fundaciones con         Por gastos educativos.
         Madrid    Adopción internacional           jóvenes.                              fines culturales, asistenciales,    Deducción complementaria al
                   Acogimiento no remunerado de    Inversión vivienda habitual de        sanitarios o análogos.               tramo autonómico de la
                    de mayores de 65 años y/o        nueva construcción.                                                        deducción por inversión en
                    discapacitados                  Incrementos coste financiación                                             vivienda habitual.
                   Familias con dos ó más           ajena.                                                                    Adquisición acciones de nuevas
                    descendientes e ingresos                                                                                    entidades.
                    reducidos                                                                                                  Fomento del autoempleo de
                                                                                                                                jóvenes.
                                                                                                                               Inversiones en entidades
                                                                                                                                cotizadas en Mercado Alternativo
                                                                                                                                Bursátil.




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  • 1. NOVEDADES IRPF EJERCICIO 2011 ©Patxi Gaztelu 1
  • 2. PRINCIPALES NOVEDADES DEL IRPF EN EL EJERCICIO 2011 •Plazos de la Campaña Renta 2011: borrador y autoliquidación Gestión del •Exenciones Impuesto •Retribuciones en especie y rendimientos obtenidos Rendimientos del Trabajo Rendimientos del •Arrendamiento de inmuebles destinados capital inmobiliario •Actividades Económicas en Estimación Directa Rendimientos de •Actividades Económicas en Estimación Objetiva Actividades Económicas •Escalas aplicables sobre la base liquidable general Escalas y Tipos de Gravamen •Deducción general por inversión vivienda habitual •Tramo autonómico deducción por inversión vivienda habitual Deducciones de la •Deducciones generales por alquiler y por obras de mejora en la vivienda habitual cuota íntegra •Deducción por inversión empresarial Cuota resultante •Deducciones de la cuota líquida total de la autoliquidación •Deducción por nacimiento o adopción Minoración de la cuota diferencial ©Patxi Gaztelu 2
  • 3. PRINCIPALES NOVEDADES DEL IRPF EN EL EJERCICIO 2011 Gestión del Impuesto Plazos de la campaña Renta Borrador de declaración: 2011: borrador y  Obtención del borrador por internet sin necesidad de solicitud previa: desde el 10 de abril hasta el 2 de julio de 2012 autoliquidación  Remisión del borrador por parte de la AEAT desde el 3 de mayo  Puesta a disposición del borrador y acceso al mismo por Internet mediante la utilización de firma electrónica o un nº de referencia suministrado por la AEAT : desde el 10 de abril hasta el 02 de julio.  Modificación, confirmación o suscripción del borrador: - Por vía telemática o telefónica: desde el 10.04.2012 hasta el 02.07.2012 - Por vía presencial: desde el 03.05.2012 hasta el 02.07.2012 Borrador de declaración:  Presentación y en su caso, ingreso: desde el 03.05 hasta el 02.07.2012. Si se efectúa domiciliación bancaria del pago hasta el 27.06.2012.  La presentación telemática de determinadas autoliquidaciones podrá efectuarse mediante la consignación del NIF del contribuyente y del nº de referencia del borrador o de los datos fiscales suministrados por la AEAT. Exenciones Se mantiene la exención prevista en el artículo 7.ñ) de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF en adelante) para los premios obtenidos en juegos distintos de la lotería, que se venían comercializando antes de la entrada en vigor de la Ley 13/2011, de regulación del juego. Se declaran exentas las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de determinadas transmisiones de las acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación. Se declaran exentas las ayudas excepcionales por daños personales en casos de fallecimiento y de incapacidad absoluta y permanente como consecuencia de los movimientos sísmicos acaecidos en el municipio de Lorca (Murcia). Rendimientos del Trabajo Retribuciones en especie y Se determinan reglamentariamente los requisitos de las fórmulas indirectas de rendimientos obtenidos pago a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte colectivo de trabajadores entre su lugar de residencia y su centro de trabajo que no se consideran rendimientos en especie y dan lugar a la exención prevista en el artículo 42.2 h) de la LIRPF. Se fija un importe máximo de 300.000 € en la cuantía de los rendimientos íntegros, con un período de generación superior a dos años y que no se obtengan de forma periódica o recurrente así como en aquellos que se califiquen reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, sobre los que se aplica la reducción del 40%. Se aplica la reducción del 40% prevista en el artículo 18.2 de la LIRPF a los rendimientos del trabajo derivados del ejercicio de las opciones de compra sobre acciones por los trabajadores que se imputen en períodos impositivos finalizados con posterioridad al 4 de agosto de 2004, cuando las opciones se ejerciten transcurridos más de 2 años desde su concesión, si, además, no se conceden anualmente. No se consideran rendimientos del trabajo en especie los gastos e inversiones efectuados durante 2011 para formar a los empleados en el uso de las nuevas tecnologías, cuando su utilización sólo pueda realizarse fuera del lugar y horario de trabajo. ©Patxi Gaztelu 3
  • 4. Rendimientos del Capital Inmobiliario Arrendamiento de La reducción del rendimiento neto procedente del arrendamiento de bienes inmuebles destinados a inmuebles destinados a vivienda se eleva del 50% al 60% vivienda Se reduce a 30 años el límite superior de edad del arrendatario para poder aplicar la reducción del 100% En los arrendamientos procedentes de contratos anteriores a 01.01.2011, la reducción del 100% se mantiene hasta la fecha en que el arrendatario cumpla 35 años. Rendimientos de Actividades Económicas Actividades Económicas en En 2011 se consideran empresas de reducida dimensión aquellas en las que el Estimación Directa importe neto de su cifra de negocios en el período impositivo inmediato anterior (2010) haya sido inferior a 10M € y se permite a éstas seguir aplicando los incentivos fiscales de su régimen fiscal especial durante los tres períodos inmediatos y siguientes a aquel en que se supere el importe de 10M € de cifra de negocios. Se suprime el requisito de mantenimiento de empleo para poder amortizar libremente los elementos de inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, adquiridos en los años 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015. Actividades Económicas en Reducción del 65% del rendimiento neto para actividades económicas Estimación Objetiva desarrolladas en el municipio de Lorca (Murcia) Escalas y tipos de gravamen Escalas aplicables sobre la Se aprueba una nueva escala general con dos tramos adicionales. Uno a partir base liquidable general de 120.000,20 € con un tipo del 22,5%. Y el otro, a partir de 175.000,20 € con un tipo del 23,5%. Todas las CC.AA. han aprobado sus correspondientes escalas. Deducciones de la cuota íntegra Deducción general por Con efectos desde 01.01.2011 se restablece la deducción por inversión en inversión en vivienda vivienda habitual, cualquiera que sea la base imponible del contribuyente, con la habitual única diferencia respecto a la regulación aplicable en el ejercicio 2010 de que se eleva la base máxima de deducción a 9.040 € en los supuestos de adquisición o rehabilitación de vivienda y para las cantidades depositadas en cuenta vivienda, y a 12.080 € en el caso de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad. Tramo autonómico Cataluña: mantiene el 9% del régimen especial sólo para los contribuyentes que deducción por inversión en han adquirido o satisfecho cantidades para la construcción de la vivienda habitual vivienda habitual antes del 30.07.2011 y fijando en otro caso, con carácter general, el 7,5%. Para las obras de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad es el 15%. Illes Balears y Murcia han aprobado porcentajes propios de deducción no diferenciados de lo que establece el artículo 78.2 de la LIRPF ©Patxi Gaztelu 4
  • 5. Deducciones generales por Se limita la aplicación de la deducción por alquiler de la vivienda habitual a alquiler y por obras de aquellos contribuyentes cuya base imponible sea < 24.107,20 €, modificándose mejora en la vivienda asimismo la base de la deducción. habitual Se introduce una nueva deducción por obras de mejora satisfechas y ejecutadas desde el 07.05.2011 hasta el 31.12.2012 en cualquier vivienda que sea propiedad del contribuyente (excepto las afectas a actividades económicas) o en el edificio en que ésta se encuentre, aplicable cuando su base imponible sea inferior a 71.007,20 € Se mantiene un régimen transitorio para los contribuyentes que con anterioridad al 07.05.2011 hayan satisfecho cantidades por las que hubieran tenido derecho a la anterior deducción por obras de mejora en la vivienda habitual. Deducción por inversión En el ejercicio 2011 dejan de ser aplicables por los contribuyentes que empresarial determinaban su rendimiento neto por el método de estimación directa determinadas deducciones del régimen general de la Ley del Impuesto sobre Sociedades que han sido suprimidas. En el ejercicio 2011 los contribuyentes que determinaban su rendimiento neto por el método de estimación objetiva dejan de poder aplicar la deducción para el fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación previstas en el artículo 36 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Se incluyen nuevas deducciones en el ámbito empresarial vinculadas a determinados acontecimientos de excepcional interés público:  “2011: Año Orellana”  “Mundobasket 2014”  “Campeonato del Mundo de Balonmano Absoluto Masculino 2013”  “Tricentenario de la Biblioteca Nacional de España”  “IV Centenario del fallecimiento del pintor Doménico Theotocopuli, El Greco”  “VIII Centenario de la Consagración de la Catedral de Santiago de Compostela” Cuota resultante de la autoliquidación Deducciones de la cuota En el ejercicio 2011 no pueden practicarse deducción alguna por doble líquida total imposición de dividendos pendientes de aplicar, procedentes de 2006, por haber finalizado en 2010 el plazo de 4 años previsto en la DT 7ª.4 de la LIRPF para llevarlo a cabo. Minoración de la cuota diferencial Deducción por nacimiento o Se suprime desde el 01.01.2011 la deducción por nacimiento o adopción adopción Otras cuestiones de interés El importe del IPREM en el ejercicio 2011 asciende a 7.455,14 €. El interés legal del dinero en el ejercicio 2011 se ha fijado en el 4% El salario medio anual del conjunto de los declarantes del IRPF se fija en 22.100 para el ejercicio 2011. ©Patxi Gaztelu 5
  • 6. DEDUCCIONES AUTONOMICAS DEL IRPF EN EL EJERCICIO 2011 Comunidad Por circunstancias Relativas a la vivienda habitual Por donativos y donaciones Otros conceptos deducibles Autónoma personales y familiares  Nacimiento o adopción  Alquiler de vivienda habitual por  Donativos a fundaciones con  Por gastos educativos. Madrid  Adopción internacional jóvenes. fines culturales, asistenciales,  Deducción complementaria al  Acogimiento no remunerado de  Inversión vivienda habitual de sanitarios o análogos. tramo autonómico de la de mayores de 65 años y/o nueva construcción. deducción por inversión en discapacitados  Incrementos coste financiación vivienda habitual.  Familias con dos ó más ajena.  Adquisición acciones de nuevas descendientes e ingresos entidades. reducidos  Fomento del autoempleo de jóvenes.  Inversiones en entidades cotizadas en Mercado Alternativo Bursátil. ©Patxi Gaztelu 6