10/2010 Cr. Marcos Verdún Asesor Tributario CPCECABA [email_address]
ANEXO Ley 26.565 (Doble entrada) Requisitos Formas Condiciones Único cuerpo normativo Reglamentación
Circular 04/2010 (BO 21/05/2010) -  Reglamenta art. 10 Ley (Facultades AFIP ) Parámetro Superficie < 40.000 habitantes: INDEC último censo RG 2847 (BO 14/06/2010) –  Procedimiento para exclusión de pleno derecho y recategorización de oficio.  Circular 05/2010 (BO 11/06/2010) -  Causales de exclusión del art. 20 Ley 20 e): Bienes o gastos  personales  incompatibles: No computables ingresos adicionales al Monotributo y compatibles. 20 f) Depósitos incompatibles: excluidos ingresos adicionales al Monotributo y compatibles o pertenecientes a 3ras. personas o cotitulares. 20 k) Renta mínima: No computables bienes de uso adquiridos con ingresos adicionales al Monotributo y compatibles.
Disposición 242/2010 (BO 02/07/2010)  –  Recategorización de oficio – Sanciones  Se establecen las competencias de las áreas dependientes del Fisco.  Áreas competentes: División Fiscalización Monotributo y Autónomos. Resolución 2888/2010 (BO 12/08/2010)  –  Régimen de Información Cuatrimestral Categorías:  F, G, H, I, J, K o L .  Empleadores.
$72.000 a $200.000 $144.000 a $300.000 Locatario: Hasta ($3.750 mensual) De $870 a $2.500 De $35 a $110 $39 - $2.700 NUEVOS VALORES COMPONENTE IMPOSITIVO AMPLIACIÓN TOPES MÁXIMOS ALQUILERES : PARÁMETRO CATEGORIZACIÓN ADECUACIÓN PRECIO UNITARIO MÁXIMO INCREMENTO COTIZACIÓN PREVISIONAL
1, 2 y 3 (últimas cat.)  Reemplaza al Eventual Anual – Índice movilidad previsional (art. 52 L.) Exclusión – recateg.  de OFICO De $46,75 a $70 De $39 a $70 adic. MAYOR FACULTADES A LA AFIP VUELVE CANTIDAD MÍNIMA EMPLEADOS NUEVO RÉGIMEN DE INCLUSIÓN SOCIAL AFIP: ACTUALIZACIÓN TOPES Y CUOTA AUMENTO DE OBRA SOCIAL
Reposición mes siguiente SH: Cat. Mínima D “ Exclusivamente VENTAS” Cat. Límite Ingresos  Límite Superficie  Límite Energía Límite  alquileres Impuesto Locaciones Prestaciones Impuesto Ventas A  $ 12.000 20 m2 2.000 kw $ 9.000 $ 33 $ 33 B $ 24.000 30 m2 3.300 kw $ 9.000 $ 39 $ 39 C $ 36.000 45 m2 5.000 kw $ 9.000 $ 75 $ 75 D $ 48.000 60 m2 6.700 kw $ 18.000 $ 128 $ 118 E $ 72.000 85 m2 10.000 kw $ 18.000 $ 210 $ 194 F $ 96.000 110 m2 13.000 kw $ 27.000 $ 400 $ 310 G $ 120.000 150 m2 16.500 kw $ 27.000 $ 550 $ 405 H $ 144.000 200 m2 20.000 kw $ 36.000 $ 700 $ 505 I $ 200.000 200 m2 20.000 kw $ 45.000 $ 1.600 $ 1.240 J $ 235.000 200 m2 20.000 kw $ 45.000 - $ 2.000 K $ 270.000 200 m2 20.000 kw $ 45.000 - $ 2.350 L $ 300.000 200 m2 20.000 kw $ 45.000 - $ 2.700 Cat. Mínimo empleados J 1 K 2 L 3 Concepto Cuota Actual Cuota Anterior Jubilación $ 110,00 $ 35,00 Obra Social $ 70,00 $ 46,75 OS Adicional $ 70,00 $ 39,00
Art. 3 Ley
Cuatrimestre calendario completo 1 año 4 meses 4 meses PAGO Hasta último día del Mes de adhesión EFECTOS Día de adhesión Art. 12 L. Art. 15 Dto. Art. 29 RG Anualizar Ingresos, Energía y Alquileres
Cuota componente impositivo Ingresos Anuales Evolución Componente Impositivo Cat. B C D E F G H I J K L Ingresos $ 24.000 $ 36.000 $ 48.000 $ 72.000 $ 96.000 $ 120.000 $ 144.000 $ 200.000 $ 235.000 $ 270.000 $ 300.000 Servicios $ 39 $ 75 $ 128 $ 210 $ 400 $ 550 $ 700 $ 1.600 - - - Ventas $ 39 $ 75 $ 118 $ 194 $ 310 $ 405 $ 505 $ 1.240 $ 2.000 $ 2.350 $ 2.700
Caso I Profesional Soltero Ingresos anuales : Según escala del RS IVA :  Posibilidad de trasladar Gastos vinculados a la actividad : 40% de los ingresos Alquiler oficina Expensas, impuestos, etc. Movilidad Capacitación Gastos varios Caso II  Profesional  Casado 1 Hijo SERVICIOS Premisas
SERVICIOS – Profesional Soltero Cat. Ingresos Anuales Deducciones Personales GNI: $10.800 DE: $10.800 Costo Servicio 40% Total deducciones Ganancia Neta sujeta a Impuesto Impuesto Determinado (Ganancias) Cuota anual Monotributo (impositivo) Diferencia B $ 24.000 $ 21.600 $ 9.600 $ 31.200 $ 0 $ 0 $ 468 $ -468 C $ 36.000 $ 21.600 $ 14.400 $ 36.000 $ 0 $ 0 $ 900 $ -900 D $ 48.000 $ 21.600 $ 19.200 $ 40.800 $ 7.200 $ 648 $ 1.536 $ -888 E $ 72.000 $ 21.600 $ 28.800 $ 50.400 $ 21.600 $ 2.604 $ 2.520 $ 84 F $ 96.000 $ 21.600 $ 38.400 $ 60.000 $ 36.000 $ 5.580 $ 4.800 $ 780 G $ 120.000 $ 21.600 $ 48.000 $ 69.600 $ 50.400 $ 8.892 $ 6.600 $ 2.292 H $ 144.000 $ 21.600 $ 57.600 $ 79.200 $ 64.800 $ 12.396 $ 8.400 $ 3.996 I $ 200.000 $ 21.600 $ 80.000 $ 101.600 $ 98.400 $ 21.804 $ 19.200 $ 2.604
SERVICIOS – Profesional – Casado – 1 Hijo Cat. Ingresos Anuales Ded. Pers. GNI:  $10.800 DE:  $10.800 Esp.:  $12.000 Hijo:  $6.000 Costo  Servicio 40% Total deducciones Ganancia Neta sujeta a Impuesto Impuesto Determinado (Ganancias) Cuota anual Monotributo (impositivo) Diferencia B $ 24.000 $ 39.600 $ 9.600 $ 49.200 $ 0 $ 0 $ 468 $ -468 C $ 36.000 $ 39.600 $ 14.400 $ 54.000 $ 0 $ 0 $ 900 $ -900 D $ 48.000 $ 39.600 $ 19.200 $ 58.800 $ 0 $ 0 $ 1.536 $ -1.536 E $ 72.000 $ 39.600 $ 28.800 $ 68.400 $ 3.600 $ 324 $ 2.520 $ -2.196 F $ 96.000 $ 39.600 $ 38.400 $ 78.000 $ 18.000 $ 2.020 $ 4.800 $ -2.780 G $ 120.000 $ 39.600 $ 48.000 $ 87.600 $ 32.400 $ 4.752 $ 6.600 $ -1.848 H $ 144.000 $ 39.600 $ 57.600 $ 97.200 $ 46.800 $ 8.064 $ 8.400 $ -336 I $ 200.000 $ 39.600 $ 80.000 $ 119.600 $ 80.400 $ 16.608 $ 19.200 $ -2.592
LOCACIÓN DE INMUEBLES Ingresos anuales :  Según escala del RS IVA:  Posibilidad de trasladar Gastos presuntos:  5% Amortiz. anual est.:  $3.000 a $10.000 (S/V.O.) Cantidad de Inmuebles :  Hasta 3 unidades Premisas
LOCACIÓN DE INMUEBLES
VENTAS – Situación especial de las últimas categorías EXCLUSIÓN > 80% de Costos + Gastos Mínimo 1 empleado Fuente: “El nuevo monotributo” Melzi – Fernandez 15/01/2010
VENTAS – Situación especial de las últimas categorías EXCLUSIÓN > 80% de Costos + Gastos Mínimo 2 empleados Fuente: “El nuevo monotributo” Melzi – Fernandez 15/01/2010
VENTAS – Situación especial de las últimas categorías EXCLUSIÓN > 80% de Costos + Gastos Mínimo 3 empleados Fuente: “El nuevo monotributo” Melzi – Fernandez 15/01/2010
VENTAS
RESULTADOS FINALES
REGIMENES DE INFORMACIÓN – CARGA ADMINISTRATIVA
Control diario parámetros – Recategorización y DDJJ Informativa (cuatrimestral) Art. 14 RG 2746 RG 2888/2010 Registraciones de compras y ventas Informar Ingresos Informar Gastos Detalle de Activos (inicio y cierre) Sujeto a sanciones por falta de presentación ($200-$400) Detalle de Pasivos (inicio y cierre) Monto Consumido Sujeto a Regímenes de Retención de IVA y Ganancias Ingreso de anticipos Presentación de DDJJ mensual y anual Informar Ingresos ( forma de emisión, Nº de primera y última fc., monto total del período ) Detalle de los 5 principales clientes y proveedores  (CUIT, monto y cantidad de facturas) . Información sobre el local o establecimiento  (condición propietario, alquileres dev., fechas contrato, etc.) Profesionales  (fecha de 1º matriculación o título, CUIT Consejo inscripto (CABA: 33-54666366-9)  Energía consumida  (números de fc., CUIT prestador, KW, CUIT titular servicio) Sólo sujeto a Regímenes de Retención en caso de exclusión
Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Sept. Octubre Noviembre Diciembre Categoría => F o empleador? 30-04 31-08 31-12 Recategorización: del 01 al 20  ( 21 al 30 modificación de datos?) Régimen de Información: – Hasta último día hábil (mes: 01, 05 y 09)
Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Sept. Octubre Noviembre Diciembre ¿Qué período temporal comprende la DDJJ informativa? 30-04 31-08 31-12 01-09 al 31-12 01-01 al 30-04 01-05 al 31-08
Para otro punto de venta Consumidores Finales: No completar – ABC AFIP
LOCALES
LOCAL - Inquilino
Art. 20 y 21 L. Art. 26 y ss. Dto. Art. 23 y ss. RG Gastos o Depósitos Incompatible con los ingresos declarados % Rentabilidad Mínima Categorías : I Categorías: J, K y L  Reg. Gral: Desde la hora CERO del día exclusión
Reingreso después de 3 Años
Art. 27 e) Anexo L, anterior Es nula la Determinación de Oficio que no contenga la exclusión del RS TFN Sotura Ricardo del 14/07/2006 Sala A DETERMINACIÓN DE OFICIO Determinación de los Impuestos Exclusión  RS
Art. 21 L. Art. 26 d) L. Información obrante AFIP Verificaciones Causales de Exclusión ACTA DE CONSTATACIÓN Exclusión Monotributo desde hora cero día causal Alta de Oficio o a solicitud NO controles informáticos NO D.O. para exclusión Apelación art. 74 DR L. 11.683. Efectos DEVOLUTIVOS Efectos suspensivos? (LPA art 12: graves perjuicios o nulidad absoluta)
Inspector notifica Acta  Constatación de Exclusión y pone a disposición elementos que acreditan la exclusión Contribuyente presenta descargo Apelación Art. 74 RG 2847  (BO14/06/2010) Anexo A) 10 DIAS JA dicta Resolución (medidas mejor proveer facultativo) Resolución: Fecha exclusión Alta de Oficio RG Sin plazo
Acta  constatación Planteo Art. 74 DR AFIP podrá iniciar D.O (efectos devolutivos) Planteo apelación TFN Justicia 1° instancia Solicitud de suspensión de DO Dispendio Jurisdiccional Triple identidad: Sujeto causa y objeto Posibilidad de escándalo jurídico Excepción de  Litispendencia
Ley anterior: aplica art. 45 LP (50% al 100%) Ley anterior: Clausura+ multa $100 - $3.000 Art. 26 L. Art. 40 L. 11.683
Art. 26 L.
AFIP aplica sanción Incumplimiento 15 DIAS Acepta Recategorización Reducción a la mitad (25%) Recategorización Espontánea Sanción Eximida Sanción  Firme (50%) Art. 26 L.
Inspector notifica categoría que corresponde y liquida impuesto y accesorios Contribuyente presenta descargo Apelación Art. 74 RG 2847  (BO14/06/2010) Anexo B) 10 DIAS Si acepta: Voluntario (Sanción eximida) JA dicta Resolución (medidas mejor proveer facultativo) Resolución: Fecha recategorización Liquidación Impuesto + Intereses + Sanciones Sin plazo
Se admite en Casa Habitación Actividades: Anexo RG Servicios :  Hasta 6 operaciones  mismo sujeto. Recurrencia: <$1.000 No deducible en Ganancias salvo actividades AFIP Art. 31 L.
Art. 33 L. Art. 44  Dto. Art. 45 RG 1 2 3
Ventas Locaciones Prestaciones Actividad primaria Continúen Actividad Cooperativas de trabajo Sociedades Máximo 3 socios
Simple unión voluntaria Intención de funcionar jurídicamente (contrato) Sujetos diferentes de sus socios Sociedad de Hecho Condominio Sociedad Irregular Uniones
SA – SRL - SH Monotributo por otra actividad Simultaneas 1° unidad 2° actividad fuera  de la unidad  Compatible con Relación de Dependencia
Categorización Actividad Principal Sumar totalidad de ingresos Mayores  Ingresos
P l aya de Estacionamientos Lavaderos autos Practicas deportivas Diversión Servicios de alojamiento Balnearios camping Enseñanza Reparación Rodados Servicios de depósitos Locación Inmuebles Lavaderos de autos Heladerías Lavado telas Kioscos Juegos electrónicos Art. 13 RG 2746 No aplicable No aplicable
Consultar web AFIP Art. 2 RG 10/1997 RG 2337/07 Inscripción Sociedades RG 2811 – Datos Biométricos
Art. 3 RG 10/1997 Personas Físicas 00 Sociedades de Hecho  Sociedades irregulares Condominios 00 Argentinos/Extranjeros: Copia DNI – LC. Extranjeros sin DNI: Cédula – Migraciones indique carácter de residencia. De corresponder: Copia estatuto o instrumentos fije domicilio legal. DNI socio mayor participación
Art. 3 inciso g) RG 10/1997 AFIP podrá requerir  y/o aceptar otros documentos que acrediten el domicilio denunciado
1 2
Rodriguez Alicia 140219-0 3 4 Adhesión Simulador “ Mi orientación” Web AFIP Exhibir en lugar visible Credencial  y Pago no electrónico Baja automática en IVA
Modificación de domicilio por Internet Por Internet Reglamentación RG 2574/09 2 1
Rodriguez Alicia 140288-0 F. 152 F. 153 F. 154 Formularios de Pago F. 155
Seguridad Social. Empleador
Seguridad Social. Declaración Jurada Obligatorio : 1-10 Régimen General
Exclusión y Baja del Régimen Causales Consecuencias Cómo se tramitan
Exclusión y Baja del Régimen Corte devengamiento  Deuda
Exclusión y Baja del Régimen Voluntario En cualquier momento
Exclusión y Baja del Régimen Reingreso en cualquier momento Regularizando deuda hasta BO  Multinota AFIP Nueva Adhesión y Credencial Art. 36 Dto. Art. 22 RG
Falta reglamentar AFIP Sistema Registral: Desde 2005 Luego de Baja Oficio continuó operando? Solicitar Alta retroactiva Agencia Multinota NO SI Grupo de Enlace AFIP-Consejo Acta de la reunión del 05/08/09 www.consejo.org.ar/impuestos/genlace/genlace.htm
Limite para la deducción en Ganancias S/total de compras, locaciones o prestaciones de servicios DEDUCCIÓN Art. 29 L. Art. 43 Dto.
Limite para la deducción en Ganancias POR CADA EJERCICIO FISCAL Art. 36 RG
Nuevo régimen de retención a monotributistas R.G.  2616 VIGENCIA: 01/05/2010 MISMO SUJETO INGRESOS BRUTOS = MES OPERACIÓN + 11 MESES ANTERIORES EXCLUIDO BIENES DE USO: V.U > 2 AÑOS
Autónomos Jubilados>07/1994:  Jubilación:  SI O.S.:  NO Art. 40 L. LOCADORES DE MUEBLES E INMUEBLES OPTATIVO
Exento de Ganancias e IVA Totalidad de las operaciones Art. 7 Dto 380/2001 Art. 35 RG 2111 (Monotributo) Art. 35 RG 2746 – Incentivo Art. 31 Dto. 01/2010 Presentar  Banco nota Anexo VI RG 2111 Débito automático en cuenta Débito automático tarjeta crédito Devolución: mes marzo 100%: 12 cuotas – 50%: 6 a 11 cuotas año calendario Tasas Generales Tasas Especiales 0,6% Débitos  0,6% Créditos 0,25% Débitos  0,6% Créditos
Monotributo    RI /CF/Exento:  “C” RI     Monotributo: “B” Monotributo    “Monotributo:  “C” Exento    Monotributo:  “B” RG 4104 (Controlador) RG 1415 (Facturación) Art. 14 RG 2485 SERVICIOS VENTAS OPTATIVO SISTEMA RCEL Comprobantes en Línea OPTATIVO OBLIGATORIO: RI VENTA MASIVA CF EXPORTACIÓN: E
Régimen Simplificado Ingresos Brutos CABA Categorización - Tramos e impuestos Vigencia: Desde 01/01/2005 Art. 204 y ss. C.F.CABA OBLIGATORIO Personas Físicas, Sucesión Indivisa y SH e Irregulares < 3 socios. Precio máximo unitario = $870 No realizar importaciones de bienes o servicios Categoría Base imponible  Superficie afectada (hasta) Energía eléctrica consumida (anual) Impuesto en pesos para actividades con alícuotas 3% y superiores Inferiores al 3% más de hasta Anual Mensual Anual Mensual I 0 12.000 20 m2 2.000 Kw 180,00 15,00 90,00 7,50 II 12.000 24.000 30 m2 3.300 Kw 360,00 30,00 180,00 15,00 III 24.000 36.000 45 m2 5.000 Kw 720,00 60,00 360,00 30,00 IV 36.000 48.000 60 m2 6.700 Kw 1.080,00 90,00 540,00 45,00 V 48.000 72.000 85 m2 10.000 Kw 1.440,00 120,00 720,00 80,00 VI 72.000 96.000 110 m2 13.000 Kw 2.180,00 180,00 1.080,00 90,00 VII 96.000 120.000 150 m2 16.500 Kw 2.880,00 240,00 1.440,00 120,00 VIII 120.000 144.000 200 m2 20.000 Kw 3.600,00 300,00 1.800,00 150,00
Art. 209 d): Diferencia entre venta-compra (op. Financieras, intermediarios, agencias publicidad, etc.). Art. 209 f), incorporado por L. 2997 con efecto a partir del 1/1/2009. Art. 209 e) CF CABA Art. 209 c) CF CABA Art. 209 a) y b) CF CABA Régimen Simplificado Ingresos Brutos CABA SUJETOS DE CONVENIO SUPERAR LOS PARÁMETROS  y SOC. Excluidas Determinadas BASES  IMPONIBLES ESPECIALES CONSTRUCCIÓN COMERCIO MAYORISTA
R. 59/2010, con efecto a partir del 1/3/2010 R. 194/2010, con efecto a partir del 1/4/2010. Régimen Simplificado Ingresos Brutos CABA PRACTICAS DEPORTIVAS, LAVADEROS  AUTO PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO ALOJAMIENTOS, GERIATRICOS, DEPOSITOS RESTAURANTES, BARES, EXPENDIO COMIDAS
Art. 216 CF CABA Régimen Simplificado Ingresos Brutos CABA
Resumen de antecedentes relevantes Grupo de Enlace AFIP-Consejo  Baja de Oficio del régimen. Efectos del Reingreso : El alta retroactiva por baja de oficio se debe solicita por multinota en agencia (Acta del 05/08/2009). Baja de Oficio del régimen. Obligaciones del Régimen General : La norma no tiene como objeto la exclusión del responsable de dicho régimen, sino que apunta a mantener alto el nivel de cumplimiento ya sea de pago o de categorización (Acta del 24/09/2008). Baja de Oficio del régimen. Utilización del mismo talonario de facturación.  Una vez regularizada la situación, se mantiene la condición anterior del contribuyente, por lo que puede seguir utilizando las facturas en existencia (Acta del 23/04/2008). Quiosco + Alquileres exentos de IVA.  En tanto los alquileres resulten exentos en el IVA, no serían un impedimento para incorporarse al RS teniendo en cuenta que a efectos de verificar su inclusión al mismo y la categorización, deberá consignarse la sumatoria de los ingresos –locaciones y quiosco. Independientemente de ello, podrá inscribirse en el impuesto a las ganancias y tributar por las rentas obtenidas de los inmuebles (Acta del 19/09/2007).
Resumen de antecedentes relevantes Grupo de Enlace AFIP-Consejo  Valor Locativo : Un contribuyente Monotributista posee una casa de veraneo, la exención del IG del RS alcanza al valor locativo?. No debe considerarse el valor locativo como un mayor ingreso a los efectos del monotributo ni como una unidad de explotación. Sin embargo el valor locativo estará gravado en el IG (Acta del  22/08/2007). Ingresos brutos computables. Impuestos nacionales. Su inclusión.  El IVA al ser un impuesto nacional se encuentra dentro del cómputo de los ingresos brutos a los fines de verificar la inclusión en el RS o para la categorización (Acta del 01/08/2007). Incompatibilidad con la condición de RI en el IVA . Préstamo de dinero resulta ser una actividad gravada por IVA, pero excluida del RS. En estos casos en particular pueden coexistir ambos sistemas (IVA por actividades excluidas en el Monotributo y RS por actividades incluidas en el mismo) Acta del 20/06/2007. Director de Sociedad y Monotributista . Baja automática en Ganancias y autónomos. La adhesión al monotributo implica la baja automática en Ganancias y autónomos. En tal caso el Monotributista deberá inscribirse nuevamente en dichos regímenes (Acta del 28/06/2006).
Resumen de antecedentes relevantes Grupo de Enlace AFIP-Consejo  Concepto de actividades : Un profesional en ciencias económicas con más de un título (p.ej. contador público, licenciado en administración, etc). ¿Se considera una sola actividad profesional? Si se trata de un profesional con distintos títulos (p. ej. contador y abogado). ¿Se considera una sola actividad profesional? Respuesta AFIP : El concepto de actividades se da por matrícula y no por título. Es por ello que, en el primer caso estamos en presencia de una sola actividad y de  dos  en el caso del profesional contador y abogado (Acta del 30/11/2005). Intermediarios :¿Los intermediarios (por ejemplo los locutorios) que facturan junto con los ingresos por sus comisiones aquellos que corresponden a sus comitentes, a los efectos de su categorización deben considerar solamente los ingresos propios o, por el contrario, el monto total de los ingresos facturados? Conforme a lo establecido en el artículo 3° de la ley del gravamen el ingreso bruto referido en la misma se conforma por los ingresos correspondientes a operaciones realizadas por cuenta propia o ajena (Acta del 16/03/2005)
Gracias por su amable atención Cr. Marcos Verdún Asesor Tributario CPCECA Consultas Matriculados: 5382-9252 [email_address]

Nuevo Monotributo

  • 1.
    10/2010 Cr. MarcosVerdún Asesor Tributario CPCECABA [email_address]
  • 2.
    ANEXO Ley 26.565(Doble entrada) Requisitos Formas Condiciones Único cuerpo normativo Reglamentación
  • 3.
    Circular 04/2010 (BO21/05/2010) - Reglamenta art. 10 Ley (Facultades AFIP ) Parámetro Superficie < 40.000 habitantes: INDEC último censo RG 2847 (BO 14/06/2010) – Procedimiento para exclusión de pleno derecho y recategorización de oficio. Circular 05/2010 (BO 11/06/2010) - Causales de exclusión del art. 20 Ley 20 e): Bienes o gastos personales incompatibles: No computables ingresos adicionales al Monotributo y compatibles. 20 f) Depósitos incompatibles: excluidos ingresos adicionales al Monotributo y compatibles o pertenecientes a 3ras. personas o cotitulares. 20 k) Renta mínima: No computables bienes de uso adquiridos con ingresos adicionales al Monotributo y compatibles.
  • 4.
    Disposición 242/2010 (BO02/07/2010) – Recategorización de oficio – Sanciones Se establecen las competencias de las áreas dependientes del Fisco. Áreas competentes: División Fiscalización Monotributo y Autónomos. Resolución 2888/2010 (BO 12/08/2010) – Régimen de Información Cuatrimestral Categorías: F, G, H, I, J, K o L . Empleadores.
  • 5.
    $72.000 a $200.000$144.000 a $300.000 Locatario: Hasta ($3.750 mensual) De $870 a $2.500 De $35 a $110 $39 - $2.700 NUEVOS VALORES COMPONENTE IMPOSITIVO AMPLIACIÓN TOPES MÁXIMOS ALQUILERES : PARÁMETRO CATEGORIZACIÓN ADECUACIÓN PRECIO UNITARIO MÁXIMO INCREMENTO COTIZACIÓN PREVISIONAL
  • 6.
    1, 2 y3 (últimas cat.) Reemplaza al Eventual Anual – Índice movilidad previsional (art. 52 L.) Exclusión – recateg. de OFICO De $46,75 a $70 De $39 a $70 adic. MAYOR FACULTADES A LA AFIP VUELVE CANTIDAD MÍNIMA EMPLEADOS NUEVO RÉGIMEN DE INCLUSIÓN SOCIAL AFIP: ACTUALIZACIÓN TOPES Y CUOTA AUMENTO DE OBRA SOCIAL
  • 7.
    Reposición mes siguienteSH: Cat. Mínima D “ Exclusivamente VENTAS” Cat. Límite Ingresos Límite Superficie Límite Energía Límite alquileres Impuesto Locaciones Prestaciones Impuesto Ventas A $ 12.000 20 m2 2.000 kw $ 9.000 $ 33 $ 33 B $ 24.000 30 m2 3.300 kw $ 9.000 $ 39 $ 39 C $ 36.000 45 m2 5.000 kw $ 9.000 $ 75 $ 75 D $ 48.000 60 m2 6.700 kw $ 18.000 $ 128 $ 118 E $ 72.000 85 m2 10.000 kw $ 18.000 $ 210 $ 194 F $ 96.000 110 m2 13.000 kw $ 27.000 $ 400 $ 310 G $ 120.000 150 m2 16.500 kw $ 27.000 $ 550 $ 405 H $ 144.000 200 m2 20.000 kw $ 36.000 $ 700 $ 505 I $ 200.000 200 m2 20.000 kw $ 45.000 $ 1.600 $ 1.240 J $ 235.000 200 m2 20.000 kw $ 45.000 - $ 2.000 K $ 270.000 200 m2 20.000 kw $ 45.000 - $ 2.350 L $ 300.000 200 m2 20.000 kw $ 45.000 - $ 2.700 Cat. Mínimo empleados J 1 K 2 L 3 Concepto Cuota Actual Cuota Anterior Jubilación $ 110,00 $ 35,00 Obra Social $ 70,00 $ 46,75 OS Adicional $ 70,00 $ 39,00
  • 8.
  • 9.
    Cuatrimestre calendario completo1 año 4 meses 4 meses PAGO Hasta último día del Mes de adhesión EFECTOS Día de adhesión Art. 12 L. Art. 15 Dto. Art. 29 RG Anualizar Ingresos, Energía y Alquileres
  • 11.
    Cuota componente impositivoIngresos Anuales Evolución Componente Impositivo Cat. B C D E F G H I J K L Ingresos $ 24.000 $ 36.000 $ 48.000 $ 72.000 $ 96.000 $ 120.000 $ 144.000 $ 200.000 $ 235.000 $ 270.000 $ 300.000 Servicios $ 39 $ 75 $ 128 $ 210 $ 400 $ 550 $ 700 $ 1.600 - - - Ventas $ 39 $ 75 $ 118 $ 194 $ 310 $ 405 $ 505 $ 1.240 $ 2.000 $ 2.350 $ 2.700
  • 12.
    Caso I ProfesionalSoltero Ingresos anuales : Según escala del RS IVA : Posibilidad de trasladar Gastos vinculados a la actividad : 40% de los ingresos Alquiler oficina Expensas, impuestos, etc. Movilidad Capacitación Gastos varios Caso II Profesional Casado 1 Hijo SERVICIOS Premisas
  • 13.
    SERVICIOS – ProfesionalSoltero Cat. Ingresos Anuales Deducciones Personales GNI: $10.800 DE: $10.800 Costo Servicio 40% Total deducciones Ganancia Neta sujeta a Impuesto Impuesto Determinado (Ganancias) Cuota anual Monotributo (impositivo) Diferencia B $ 24.000 $ 21.600 $ 9.600 $ 31.200 $ 0 $ 0 $ 468 $ -468 C $ 36.000 $ 21.600 $ 14.400 $ 36.000 $ 0 $ 0 $ 900 $ -900 D $ 48.000 $ 21.600 $ 19.200 $ 40.800 $ 7.200 $ 648 $ 1.536 $ -888 E $ 72.000 $ 21.600 $ 28.800 $ 50.400 $ 21.600 $ 2.604 $ 2.520 $ 84 F $ 96.000 $ 21.600 $ 38.400 $ 60.000 $ 36.000 $ 5.580 $ 4.800 $ 780 G $ 120.000 $ 21.600 $ 48.000 $ 69.600 $ 50.400 $ 8.892 $ 6.600 $ 2.292 H $ 144.000 $ 21.600 $ 57.600 $ 79.200 $ 64.800 $ 12.396 $ 8.400 $ 3.996 I $ 200.000 $ 21.600 $ 80.000 $ 101.600 $ 98.400 $ 21.804 $ 19.200 $ 2.604
  • 14.
    SERVICIOS – Profesional– Casado – 1 Hijo Cat. Ingresos Anuales Ded. Pers. GNI: $10.800 DE: $10.800 Esp.: $12.000 Hijo: $6.000 Costo Servicio 40% Total deducciones Ganancia Neta sujeta a Impuesto Impuesto Determinado (Ganancias) Cuota anual Monotributo (impositivo) Diferencia B $ 24.000 $ 39.600 $ 9.600 $ 49.200 $ 0 $ 0 $ 468 $ -468 C $ 36.000 $ 39.600 $ 14.400 $ 54.000 $ 0 $ 0 $ 900 $ -900 D $ 48.000 $ 39.600 $ 19.200 $ 58.800 $ 0 $ 0 $ 1.536 $ -1.536 E $ 72.000 $ 39.600 $ 28.800 $ 68.400 $ 3.600 $ 324 $ 2.520 $ -2.196 F $ 96.000 $ 39.600 $ 38.400 $ 78.000 $ 18.000 $ 2.020 $ 4.800 $ -2.780 G $ 120.000 $ 39.600 $ 48.000 $ 87.600 $ 32.400 $ 4.752 $ 6.600 $ -1.848 H $ 144.000 $ 39.600 $ 57.600 $ 97.200 $ 46.800 $ 8.064 $ 8.400 $ -336 I $ 200.000 $ 39.600 $ 80.000 $ 119.600 $ 80.400 $ 16.608 $ 19.200 $ -2.592
  • 15.
    LOCACIÓN DE INMUEBLESIngresos anuales : Según escala del RS IVA: Posibilidad de trasladar Gastos presuntos: 5% Amortiz. anual est.: $3.000 a $10.000 (S/V.O.) Cantidad de Inmuebles : Hasta 3 unidades Premisas
  • 16.
  • 17.
    VENTAS – Situaciónespecial de las últimas categorías EXCLUSIÓN > 80% de Costos + Gastos Mínimo 1 empleado Fuente: “El nuevo monotributo” Melzi – Fernandez 15/01/2010
  • 18.
    VENTAS – Situaciónespecial de las últimas categorías EXCLUSIÓN > 80% de Costos + Gastos Mínimo 2 empleados Fuente: “El nuevo monotributo” Melzi – Fernandez 15/01/2010
  • 19.
    VENTAS – Situaciónespecial de las últimas categorías EXCLUSIÓN > 80% de Costos + Gastos Mínimo 3 empleados Fuente: “El nuevo monotributo” Melzi – Fernandez 15/01/2010
  • 20.
  • 21.
  • 22.
    REGIMENES DE INFORMACIÓN– CARGA ADMINISTRATIVA
  • 23.
    Control diario parámetros– Recategorización y DDJJ Informativa (cuatrimestral) Art. 14 RG 2746 RG 2888/2010 Registraciones de compras y ventas Informar Ingresos Informar Gastos Detalle de Activos (inicio y cierre) Sujeto a sanciones por falta de presentación ($200-$400) Detalle de Pasivos (inicio y cierre) Monto Consumido Sujeto a Regímenes de Retención de IVA y Ganancias Ingreso de anticipos Presentación de DDJJ mensual y anual Informar Ingresos ( forma de emisión, Nº de primera y última fc., monto total del período ) Detalle de los 5 principales clientes y proveedores (CUIT, monto y cantidad de facturas) . Información sobre el local o establecimiento (condición propietario, alquileres dev., fechas contrato, etc.) Profesionales (fecha de 1º matriculación o título, CUIT Consejo inscripto (CABA: 33-54666366-9) Energía consumida (números de fc., CUIT prestador, KW, CUIT titular servicio) Sólo sujeto a Regímenes de Retención en caso de exclusión
  • 24.
    Enero Febrero MarzoAbril Mayo Junio Julio Agosto Sept. Octubre Noviembre Diciembre Categoría => F o empleador? 30-04 31-08 31-12 Recategorización: del 01 al 20 ( 21 al 30 modificación de datos?) Régimen de Información: – Hasta último día hábil (mes: 01, 05 y 09)
  • 25.
    Enero Febrero MarzoAbril Mayo Junio Julio Agosto Sept. Octubre Noviembre Diciembre ¿Qué período temporal comprende la DDJJ informativa? 30-04 31-08 31-12 01-09 al 31-12 01-01 al 30-04 01-05 al 31-08
  • 27.
    Para otro puntode venta Consumidores Finales: No completar – ABC AFIP
  • 28.
  • 29.
  • 30.
    Art. 20 y21 L. Art. 26 y ss. Dto. Art. 23 y ss. RG Gastos o Depósitos Incompatible con los ingresos declarados % Rentabilidad Mínima Categorías : I Categorías: J, K y L Reg. Gral: Desde la hora CERO del día exclusión
  • 31.
  • 32.
    Art. 27 e)Anexo L, anterior Es nula la Determinación de Oficio que no contenga la exclusión del RS TFN Sotura Ricardo del 14/07/2006 Sala A DETERMINACIÓN DE OFICIO Determinación de los Impuestos Exclusión RS
  • 33.
    Art. 21 L.Art. 26 d) L. Información obrante AFIP Verificaciones Causales de Exclusión ACTA DE CONSTATACIÓN Exclusión Monotributo desde hora cero día causal Alta de Oficio o a solicitud NO controles informáticos NO D.O. para exclusión Apelación art. 74 DR L. 11.683. Efectos DEVOLUTIVOS Efectos suspensivos? (LPA art 12: graves perjuicios o nulidad absoluta)
  • 34.
    Inspector notifica Acta Constatación de Exclusión y pone a disposición elementos que acreditan la exclusión Contribuyente presenta descargo Apelación Art. 74 RG 2847 (BO14/06/2010) Anexo A) 10 DIAS JA dicta Resolución (medidas mejor proveer facultativo) Resolución: Fecha exclusión Alta de Oficio RG Sin plazo
  • 35.
    Acta constataciónPlanteo Art. 74 DR AFIP podrá iniciar D.O (efectos devolutivos) Planteo apelación TFN Justicia 1° instancia Solicitud de suspensión de DO Dispendio Jurisdiccional Triple identidad: Sujeto causa y objeto Posibilidad de escándalo jurídico Excepción de Litispendencia
  • 36.
    Ley anterior: aplicaart. 45 LP (50% al 100%) Ley anterior: Clausura+ multa $100 - $3.000 Art. 26 L. Art. 40 L. 11.683
  • 37.
  • 38.
    AFIP aplica sanciónIncumplimiento 15 DIAS Acepta Recategorización Reducción a la mitad (25%) Recategorización Espontánea Sanción Eximida Sanción Firme (50%) Art. 26 L.
  • 39.
    Inspector notifica categoríaque corresponde y liquida impuesto y accesorios Contribuyente presenta descargo Apelación Art. 74 RG 2847 (BO14/06/2010) Anexo B) 10 DIAS Si acepta: Voluntario (Sanción eximida) JA dicta Resolución (medidas mejor proveer facultativo) Resolución: Fecha recategorización Liquidación Impuesto + Intereses + Sanciones Sin plazo
  • 40.
    Se admite enCasa Habitación Actividades: Anexo RG Servicios : Hasta 6 operaciones mismo sujeto. Recurrencia: <$1.000 No deducible en Ganancias salvo actividades AFIP Art. 31 L.
  • 41.
    Art. 33 L.Art. 44 Dto. Art. 45 RG 1 2 3
  • 43.
    Ventas Locaciones PrestacionesActividad primaria Continúen Actividad Cooperativas de trabajo Sociedades Máximo 3 socios
  • 44.
    Simple unión voluntariaIntención de funcionar jurídicamente (contrato) Sujetos diferentes de sus socios Sociedad de Hecho Condominio Sociedad Irregular Uniones
  • 45.
    SA – SRL- SH Monotributo por otra actividad Simultaneas 1° unidad 2° actividad fuera de la unidad Compatible con Relación de Dependencia
  • 46.
    Categorización Actividad PrincipalSumar totalidad de ingresos Mayores Ingresos
  • 47.
    P l ayade Estacionamientos Lavaderos autos Practicas deportivas Diversión Servicios de alojamiento Balnearios camping Enseñanza Reparación Rodados Servicios de depósitos Locación Inmuebles Lavaderos de autos Heladerías Lavado telas Kioscos Juegos electrónicos Art. 13 RG 2746 No aplicable No aplicable
  • 48.
    Consultar web AFIPArt. 2 RG 10/1997 RG 2337/07 Inscripción Sociedades RG 2811 – Datos Biométricos
  • 49.
    Art. 3 RG10/1997 Personas Físicas 00 Sociedades de Hecho Sociedades irregulares Condominios 00 Argentinos/Extranjeros: Copia DNI – LC. Extranjeros sin DNI: Cédula – Migraciones indique carácter de residencia. De corresponder: Copia estatuto o instrumentos fije domicilio legal. DNI socio mayor participación
  • 50.
    Art. 3 incisog) RG 10/1997 AFIP podrá requerir y/o aceptar otros documentos que acrediten el domicilio denunciado
  • 51.
  • 52.
    Rodriguez Alicia 140219-03 4 Adhesión Simulador “ Mi orientación” Web AFIP Exhibir en lugar visible Credencial y Pago no electrónico Baja automática en IVA
  • 53.
    Modificación de domiciliopor Internet Por Internet Reglamentación RG 2574/09 2 1
  • 54.
    Rodriguez Alicia 140288-0F. 152 F. 153 F. 154 Formularios de Pago F. 155
  • 55.
  • 56.
    Seguridad Social. DeclaraciónJurada Obligatorio : 1-10 Régimen General
  • 57.
    Exclusión y Bajadel Régimen Causales Consecuencias Cómo se tramitan
  • 58.
    Exclusión y Bajadel Régimen Corte devengamiento Deuda
  • 59.
    Exclusión y Bajadel Régimen Voluntario En cualquier momento
  • 60.
    Exclusión y Bajadel Régimen Reingreso en cualquier momento Regularizando deuda hasta BO Multinota AFIP Nueva Adhesión y Credencial Art. 36 Dto. Art. 22 RG
  • 61.
    Falta reglamentar AFIPSistema Registral: Desde 2005 Luego de Baja Oficio continuó operando? Solicitar Alta retroactiva Agencia Multinota NO SI Grupo de Enlace AFIP-Consejo Acta de la reunión del 05/08/09 www.consejo.org.ar/impuestos/genlace/genlace.htm
  • 62.
    Limite para ladeducción en Ganancias S/total de compras, locaciones o prestaciones de servicios DEDUCCIÓN Art. 29 L. Art. 43 Dto.
  • 63.
    Limite para ladeducción en Ganancias POR CADA EJERCICIO FISCAL Art. 36 RG
  • 64.
    Nuevo régimen deretención a monotributistas R.G. 2616 VIGENCIA: 01/05/2010 MISMO SUJETO INGRESOS BRUTOS = MES OPERACIÓN + 11 MESES ANTERIORES EXCLUIDO BIENES DE USO: V.U > 2 AÑOS
  • 65.
    Autónomos Jubilados>07/1994: Jubilación: SI O.S.: NO Art. 40 L. LOCADORES DE MUEBLES E INMUEBLES OPTATIVO
  • 66.
    Exento de Gananciase IVA Totalidad de las operaciones Art. 7 Dto 380/2001 Art. 35 RG 2111 (Monotributo) Art. 35 RG 2746 – Incentivo Art. 31 Dto. 01/2010 Presentar Banco nota Anexo VI RG 2111 Débito automático en cuenta Débito automático tarjeta crédito Devolución: mes marzo 100%: 12 cuotas – 50%: 6 a 11 cuotas año calendario Tasas Generales Tasas Especiales 0,6% Débitos 0,6% Créditos 0,25% Débitos 0,6% Créditos
  • 67.
    Monotributo  RI /CF/Exento: “C” RI  Monotributo: “B” Monotributo  “Monotributo: “C” Exento  Monotributo: “B” RG 4104 (Controlador) RG 1415 (Facturación) Art. 14 RG 2485 SERVICIOS VENTAS OPTATIVO SISTEMA RCEL Comprobantes en Línea OPTATIVO OBLIGATORIO: RI VENTA MASIVA CF EXPORTACIÓN: E
  • 69.
    Régimen Simplificado IngresosBrutos CABA Categorización - Tramos e impuestos Vigencia: Desde 01/01/2005 Art. 204 y ss. C.F.CABA OBLIGATORIO Personas Físicas, Sucesión Indivisa y SH e Irregulares < 3 socios. Precio máximo unitario = $870 No realizar importaciones de bienes o servicios Categoría Base imponible Superficie afectada (hasta) Energía eléctrica consumida (anual) Impuesto en pesos para actividades con alícuotas 3% y superiores Inferiores al 3% más de hasta Anual Mensual Anual Mensual I 0 12.000 20 m2 2.000 Kw 180,00 15,00 90,00 7,50 II 12.000 24.000 30 m2 3.300 Kw 360,00 30,00 180,00 15,00 III 24.000 36.000 45 m2 5.000 Kw 720,00 60,00 360,00 30,00 IV 36.000 48.000 60 m2 6.700 Kw 1.080,00 90,00 540,00 45,00 V 48.000 72.000 85 m2 10.000 Kw 1.440,00 120,00 720,00 80,00 VI 72.000 96.000 110 m2 13.000 Kw 2.180,00 180,00 1.080,00 90,00 VII 96.000 120.000 150 m2 16.500 Kw 2.880,00 240,00 1.440,00 120,00 VIII 120.000 144.000 200 m2 20.000 Kw 3.600,00 300,00 1.800,00 150,00
  • 70.
    Art. 209 d):Diferencia entre venta-compra (op. Financieras, intermediarios, agencias publicidad, etc.). Art. 209 f), incorporado por L. 2997 con efecto a partir del 1/1/2009. Art. 209 e) CF CABA Art. 209 c) CF CABA Art. 209 a) y b) CF CABA Régimen Simplificado Ingresos Brutos CABA SUJETOS DE CONVENIO SUPERAR LOS PARÁMETROS y SOC. Excluidas Determinadas BASES IMPONIBLES ESPECIALES CONSTRUCCIÓN COMERCIO MAYORISTA
  • 71.
    R. 59/2010, conefecto a partir del 1/3/2010 R. 194/2010, con efecto a partir del 1/4/2010. Régimen Simplificado Ingresos Brutos CABA PRACTICAS DEPORTIVAS, LAVADEROS AUTO PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO ALOJAMIENTOS, GERIATRICOS, DEPOSITOS RESTAURANTES, BARES, EXPENDIO COMIDAS
  • 72.
    Art. 216 CFCABA Régimen Simplificado Ingresos Brutos CABA
  • 74.
    Resumen de antecedentesrelevantes Grupo de Enlace AFIP-Consejo Baja de Oficio del régimen. Efectos del Reingreso : El alta retroactiva por baja de oficio se debe solicita por multinota en agencia (Acta del 05/08/2009). Baja de Oficio del régimen. Obligaciones del Régimen General : La norma no tiene como objeto la exclusión del responsable de dicho régimen, sino que apunta a mantener alto el nivel de cumplimiento ya sea de pago o de categorización (Acta del 24/09/2008). Baja de Oficio del régimen. Utilización del mismo talonario de facturación. Una vez regularizada la situación, se mantiene la condición anterior del contribuyente, por lo que puede seguir utilizando las facturas en existencia (Acta del 23/04/2008). Quiosco + Alquileres exentos de IVA. En tanto los alquileres resulten exentos en el IVA, no serían un impedimento para incorporarse al RS teniendo en cuenta que a efectos de verificar su inclusión al mismo y la categorización, deberá consignarse la sumatoria de los ingresos –locaciones y quiosco. Independientemente de ello, podrá inscribirse en el impuesto a las ganancias y tributar por las rentas obtenidas de los inmuebles (Acta del 19/09/2007).
  • 75.
    Resumen de antecedentesrelevantes Grupo de Enlace AFIP-Consejo Valor Locativo : Un contribuyente Monotributista posee una casa de veraneo, la exención del IG del RS alcanza al valor locativo?. No debe considerarse el valor locativo como un mayor ingreso a los efectos del monotributo ni como una unidad de explotación. Sin embargo el valor locativo estará gravado en el IG (Acta del 22/08/2007). Ingresos brutos computables. Impuestos nacionales. Su inclusión. El IVA al ser un impuesto nacional se encuentra dentro del cómputo de los ingresos brutos a los fines de verificar la inclusión en el RS o para la categorización (Acta del 01/08/2007). Incompatibilidad con la condición de RI en el IVA . Préstamo de dinero resulta ser una actividad gravada por IVA, pero excluida del RS. En estos casos en particular pueden coexistir ambos sistemas (IVA por actividades excluidas en el Monotributo y RS por actividades incluidas en el mismo) Acta del 20/06/2007. Director de Sociedad y Monotributista . Baja automática en Ganancias y autónomos. La adhesión al monotributo implica la baja automática en Ganancias y autónomos. En tal caso el Monotributista deberá inscribirse nuevamente en dichos regímenes (Acta del 28/06/2006).
  • 76.
    Resumen de antecedentesrelevantes Grupo de Enlace AFIP-Consejo Concepto de actividades : Un profesional en ciencias económicas con más de un título (p.ej. contador público, licenciado en administración, etc). ¿Se considera una sola actividad profesional? Si se trata de un profesional con distintos títulos (p. ej. contador y abogado). ¿Se considera una sola actividad profesional? Respuesta AFIP : El concepto de actividades se da por matrícula y no por título. Es por ello que, en el primer caso estamos en presencia de una sola actividad y de dos en el caso del profesional contador y abogado (Acta del 30/11/2005). Intermediarios :¿Los intermediarios (por ejemplo los locutorios) que facturan junto con los ingresos por sus comisiones aquellos que corresponden a sus comitentes, a los efectos de su categorización deben considerar solamente los ingresos propios o, por el contrario, el monto total de los ingresos facturados? Conforme a lo establecido en el artículo 3° de la ley del gravamen el ingreso bruto referido en la misma se conforma por los ingresos correspondientes a operaciones realizadas por cuenta propia o ajena (Acta del 16/03/2005)
  • 77.
    Gracias por suamable atención Cr. Marcos Verdún Asesor Tributario CPCECA Consultas Matriculados: 5382-9252 [email_address]