Analisis de estados finanacieros practica de paresarfunes1964
Proyecto de evaluación de pares de análisis élite sa de cv practica , medición análisis de evaluación vertical y horizontal de los informes financieros. TecdeMonterreyX: HC_IFA.1x
Información financiera y su análisis Alfredo Rivera Funes
Analisis de estados finanacieros practica de paresarfunes1964
Proyecto de evaluación de pares de análisis élite sa de cv practica , medición análisis de evaluación vertical y horizontal de los informes financieros. TecdeMonterreyX: HC_IFA.1x
Información financiera y su análisis Alfredo Rivera Funes
Caso practico: La empresa comercial “EL SOL S.A.C”, identificada con RUC N° 20102420706 con domicilio en la calle Miguel Iglesias N° 611 – Los Olivos; tiene como actividad principal la comercialización en el país de productos alimenticios y abarrotes en general, desarrolla actividades desde el año 1999.
Para efectos de la declaración anual del Impuesto a la renta de Tercera Categoría del ejercicio gravable 2013 presenta la siguiente información...
Presentación del Taller sobre Nuevo Monotributo por Desarrollo Profesional, del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Caso practico: La empresa comercial “EL SOL S.A.C”, identificada con RUC N° 20102420706 con domicilio en la calle Miguel Iglesias N° 611 – Los Olivos; tiene como actividad principal la comercialización en el país de productos alimenticios y abarrotes en general, desarrolla actividades desde el año 1999.
Para efectos de la declaración anual del Impuesto a la renta de Tercera Categoría del ejercicio gravable 2013 presenta la siguiente información...
Presentación del Taller sobre Nuevo Monotributo por Desarrollo Profesional, del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"La reforma tributaria", una ponencia de Francisco FranconettiRocío Gutiérrez Micó
El abogado y director de Ribesalat, Francisco Franconetti, director de Ribesalat, impartió en el Palma TRYP Bosque una interesante ponencia sobre la Reforma Tributaria.
Declaración anual personas morales sector primariofemarcontadores
Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras (Formato 25). El impuesto del ejercicio se pagará mediante declaración que presentarán las personas morales durante el mes de marzo del año siguiente Art. 74 LISR
Desarrollo Profesional: una experiencia exitosa acompañando a los jóvenes pro...Flavia Melzi
Presentación en el 18 Congreso Nacional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Area: Educación, Política y Desarrollo Profesional
Ley 26.476, Intereses por aportes no retenidosFlavia Melzi
Título: Intereses por aportes no retenidos en el marco de la ley 26.476
Autores: Melzi, Flavia I.
Publicado en: La Ley Primera hora (www.laleyonline.com.ar)
Presentación de Flavia Melzi en el Ciclo de Novedades Salariales en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Anna Lucia Alfaro Dardón, Harvard MPA/ID. The international successful Case Study of Banco de Desarrollo Rural S.A. in Guatemala - a mixed capital bank with a multicultural and multisectoral governance structure, and one of the largest and most profitable banks in the Central American region.
INCAE Business Review, 2010.
Anna Lucía Alfaro Dardón
Dr. Ivan Alfaro
Dr. Luis Noel Alfaro Gramajo
Entre las novedades introducidas por el Código Aduanero (Ley 22415 y Normas complementarias), quizás la más importante es el articulado referido a la determinación del Valor Imponible de Exportación; es decir la base sobre la que el exportador calcula el pago de los derechos de exportación.
Anna Lucia Alfaro Dardón, Harvard MPA/ID.
Opportunities, constraints and challenges for the development of the small and medium enterprise (SME) sector in Central America, with an analytical study of the SME sector in Nicaragua. - focused on the current supply and demand gap for credit and financial services.
Anna Lucía Alfaro Dardón
Dr. Ivan Alfaro
PREVENCION DELITOS RELACIONADOS COM INT.pptxjohnsegura13
Concientizar y sensibilizar a los funcionarios, sobre la importancia de promover la seguridad en sus operaciones de comercio internacional, mediante la unificación de criterios relacionados con la trazabilidad de sus operaciones.
6. Ingresos Brutos Vigentes Locaciones o prestaciones de servicios Resto de actividades $ 72.000 $ 144.000 Ingresos Brutos Anuales
7. Ingresos Brutos Según el Proyecto Todas las actividades Venta de Cosa Mueble $ 200.000 $ 300.000 Ingresos Brutos Anuales ¿Y la actividad primaria????
9. Parámetros Vigentes Magnitudes Físicas Precio unitario de Ventas de Cosa Mueble $ 870.- Energía Eléctrica (10.000/20.000.KW) Superficie afectada ( 85 / 200 m 2 ) a)
10. Parámetros Del proyecto Magnitudes Físicas Precio unitario de Ventas de Cosa Mueble $ 2.500.- Energía Eléctrica (10.000/20.000.KW) Superficie afectada ( 85 / 200 m 2 ) Alquiler devengado anual ($ 9.000.- / $ 45.000.-) a)
20. Nuevas Categorías TODAS LAS ACTIVIDADES 45.000 20.000 200 200.000 I 36.000 20.000 200 144.000 H 27.000 16.500 150 120.000 G 27.000 13.000 110 96.000 F 18.000 10.000 5 72.000 E 18.000 6.700 60 48.000 D 9.000 5.000 45 36.000 C 9.000 3.300 30 24.000 B 9.000 2.000 20 12.000 A Alquileres Devengados $ Energía Eléctrica Consumida KW Superficie Afectada M2 Ingresos Brutos Categoría
21. Nuevas Categorías Venta de bienes 3 45.000 20.000 200 300.000 L 2 45.000 20.000 200 270.000 K 1 45.000 20.000 200 235.000 J 45.000 20.000 200 200.000 I 36.000 20.000 200 144.000 H 27.000 16.500 150 120.000 G 27.000 13.000 110 96.000 F 18.000 10.000 5 72.000 E 18.000 6.700 60 48.000 D 9.000 5.000 45 36.000 C 9.000 3.300 30 24.000 B 9.000 2.000 20 12.000 A Mínimo Empleados Alquileres Devengados $ Energía Eléctrica Consumida KW Superficie Afectada M2 Ingresos Brutos Categoría
22. Cotizaciones Vigentes Componente impositivo $ 505,00 -- H $ 405,00 -- G $ 310,00 -- F $ 194,00 $ 210,00 E $ 118,00 $ 128,00 D $ 75,00 $ 75,00 C $ 39,00 $ 39,00 B $ 33,00 $ 33,00 A Resto de Actividades Locaciones y prestaciones de servicios Categoría
23. Nuevas Cotizaciones Componente impositivo 3 trabajadores $ 2.700,00 -- L 2 trabajadores $ 2.350,00 -- K 1 Trabajador $ 2.000,00 -- J $ 1.240,00 $ 1.600,00 I $ 505,00 $ 700,00 H $ 405,00 $ 550,00 G $ 310,00 $ 400,00 F $ 194,00 $ 210,00 E $ 118,00 $ 128,00 D $ 75,00 $ 75,00 C $ 39,00 $ 39,00 B $ 33,00 $ 33,00 A Resto de Actividades Locaciones y prestaciones de servicios Categoría
24. Comparación SERVICIOS $ 1.780,00 $ 70,00 $ 110,00 $ 1.600,00 -- -- -- -- I 200.000 $ 880,00 $ 70,00 $ 110,00 $ 700,00 -- -- -- -- H 144.000 $ 730,00 $ 70,00 $ 110,00 $ 550,00 -- -- -- -- G 120.000 $ 580,00 $ 70,00 $ 110,00 $ 400,00 -- -- -- -- F 96.000 $ 390,00 $ 70,00 $ 110,00 $ 210,00 $ 291,75 $ 46,75 $ 35,00 $ 210,00 E 72.000 $ 308,00 $ 70,00 $ 110,00 $ 128,00 $ 209,75 $ 46,75 $ 35,00 $ 128,00 D 48.000 $ 255,00 $ 70,00 $ 110,00 $ 75,00 $ 156,75 $ 46,75 $ 35,00 $ 75,00 C 36.000 $ 219,00 $ 70,00 $ 110,00 $ 39,00 $ 120,75 $ 46,75 $ 35,00 $ 39,00 B 24.000 $ 213,00 $ 70,00 $ 110,00 $ 33,00 $ 114,75 $ 46,75 $ 35,00 $ 33,00 A 12.000 TOTAL OBRA SOCIAL SEG. SOCIAL IMPUESTO TOTAL OBRA SOCIAL SEG. SOCIAL IMPUESTO COTIZACIÓN PROYECTADA COTIZACIÓN ACTUAL CAT Ingresos Brutos
28. 6. RÉGIMEN DE SANCIONES Y PROCEDIMIENTO PARA RECATEGORIZACIÓN O EXCLUSIÓN DE OFICIO
29. Exclusión de oficio Se labra acta de constatación (salvo cuando verificaciones sean por sistemas informáticos) y comunica al contribuyente exclusión de pleno derecho. Alta de oficio en los tributos del régimen general. Impuesto integrado abonado: pago a cuenta de los tributos adeudados del régimen general
30. Recategorización de oficio AFIP recategorizará de oficio, “liquidando” la deuda resultante y “aplicando” la sanción del 50% sobre las cotizaciones que hubieren correspondido abonar en la categoría que corresponde
33. Sanciones MATERIALES No categorización o recategorización Inexactitud o falsedad Se eliminan multa 45 y 46 LPT Se crea nueva multa
34. Sanciones REDUCCIÓN ACEPTACIÓN RECATEGORIZACIÓN DENTRO DE LOS 15 DÍAS DE NOTIFICACIÓN RECATEGORIZACIÓN DEL CONTRIBUYENTE ANTES DE QUE LE LLEGUE LA LIQUIDACIÓN Reduce 50% Se condona
35. Recursos La Exclusión, Recategorización, Determinación y Sanción podrá ser recurrida mediante interposición de “ Recurso de Apelación ” previsto en el Art. 74 del Decreto 1397/79”
Notas del editor
Equiparación de autónomos con relación de dependencia Decreto 1866/06 (BO 15/12/2006) modifica Decreto 433/94 que reglamenta art. 8 ley 24241, estableciendo las nuevas categorías de autónomos. Profesiones y oficios hasta $ 20.000.- anuales $ 142.96 y desde esa cifra $ 200.14. Los autónomos se recategorizan en junio de cada año y montos a pagar se actualizan s/ley 26.417 por rentas de referencia en función del haber mínimo garantizado correspondiente a dichas rentas (Res. 6 Secretaría de la Seg.Slocial 25/2/2009). Sin embargo las escalas para categorizarse no se actualizan.
Creado el 2 de julio de 1998 Mensaje de elevaciòn se facultaba al PEN a elevar hasta el 100% los montos que definen la condición de pequeño contribuyente en razón de posibles variaciones económicas Reforma 2003 tambièn se considero oportuno modificar los parámetros como consecuencia de la crisis y devaluación, pero no se hizo. Ya por entonces se proponia elevar de 144.000 a 240.000.- y 120.000.- para servicios Artìculo 10 de la ley, en su último párrafo faculta al PEN a incrementar hasta un 50% los parámetros y precios máximos unitarios de ventas de cosa mueble.
Ingresos brutos: Incluyen impuestos excepto internos a los cigarrillos, adicional de emergencia a cigarrillos, y combustibles líquidos No se integran ventas de bienes de uso (permanencia 12 meses mínimos y vidá útil desde 2 años) No computables: Salarios, jubilaciones, pensiones, cargos públicos, ejercicio de dirección, administración, conducción de sociedades no incluidas en el régimen, o incluidas pero no adheridas. Inversiones financieras y participaciones en utilidades sociales no incluidas en el régimen Por estos ingresos deben cumplirse las obligaciones fiscales (Ganancias) y previsionales respectivas
Ingresos brutos: Modifica la descripción de actividades, si bien luego no modifica el alcance de más de una actividad en cuanto a su encuadre En la ley vigente se incluye la actividad primaria en el segundo tramo. En esta no queda claro. Dependiendo de qué actividad se realice. Incluyen impuestos excepto internos a los cigarrillos, adicional de emergencia a cigarrillos, y combustibles líquidos No se integran ventas de bienes de uso (permanencia 12 meses mínimos y vidá útil desde 2 años) No computables: Salarios, jubilaciones, pensiones, cargos públicos, ejercicio de dirección, administración, conducción de sociedades no incluidas en el régimen, o incluidas pero no adheridas. Inversiones financieras y participaciones en utilidades sociales no incluidas en el régimen Por estos ingresos deben cumplirse las obligaciones fiscales (Ganancias) y previsionales respectivas
Ingresos brutos: Incluyen impuestos excepto internos a los cigarrillos, adicional de emergencia a cigarrillos, y combustibles líquidos No se integran ventas de bienes de uso (permanencia 12 meses mínimos y vidá útil desde 2 años) No computables: Salarios, jubilaciones, pensiones, cargos públicos, ejercicio de dirección, administración, conducción de sociedades no incluidas en el régimen, o incluidas pero no adheridas. Inversiones financieras y participaciones en utilidades sociales no incluidas en el régimen Por estos ingresos deben cumplirse las obligaciones fiscales (Ganancias) y previsionales respectivas
Ingresos brutos: Incluyen impuestos excepto internos a los cigarrillos, adicional de emergencia a cigarrillos, y combustibles líquidos No se integran ventas de bienes de uso (permanencia 12 meses mínimos y vidá útil desde 2 años) No computables: Salarios, jubilaciones, pensiones, cargos públicos, ejercicio de dirección, administración, conducción de sociedades no incluidas en el régimen, o incluidas pero no adheridas. Inversiones financieras y participaciones en utilidades sociales no incluidas en el régimen Por estos ingresos deben cumplirse las obligaciones fiscales (Ganancias) y previsionales respectivas
Ingresos brutos: Incluyen impuestos excepto internos a los cigarrillos, adicional de emergencia a cigarrillos, y combustibles líquidos No se integran ventas de bienes de uso (permanencia 12 meses mínimos y vidá útil desde 2 años) No computables: Salarios, jubilaciones, pensiones, cargos públicos, ejercicio de dirección, administración, conducción de sociedades no incluidas en el régimen, o incluidas pero no adheridas. Inversiones financieras y participaciones en utilidades sociales no incluidas en el régimen Por estos ingresos deben cumplirse las obligaciones fiscales (Ganancias) y previsionales respectivas
Importaciones: en régimen vigente sólo refiere a NO REALIZAR importaciones. Pero ahora se requiere que no se hubieran efectuado durante los últimos doce meses. Exige 1 empleado
Se regula un plazo de tres meses para integrar el personal ante supuestos de distracto que reducen personal.
Se regula un plazo de tres meses para integrar el personal ante supuestos de distracto que reducen personal.
ARTICULO 52
Artículo 21
Artículo 26
Artículo 26: 50% sobre el monto que hubiere correspondido abonar
Artículo 26
Artículo 26
Artículo 26: 50% sobre el monto que hubiere correspondido abonar