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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
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PERFIL FORESTAL DE VENEZUELA
2016
Elaborado por el Ing. For. Denny Rosales
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
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i. Introducción
La República Bolivariana de Venezuela, situada en el norte de
Sudamérica, con una superficie total de 91,6 millones de hectáreas,
limita con Colombia, Brasil y Guyana.
Su población es de aproximadamente 31,6 millones de habitantes,
siendo el 85% población urbana.
El pais tiene tres regiones geográficas bien definidas: la región
montañosa formada por la Coordillera de Los Andes en el Occidente
y la Coordillera de la Costa en el Norte; Los Llanos en la región central
y oriental al norte del río Orinoco y el Macizo Guayanés al Sur del
mismo río, en donde se encuentran la mayoría de los bosques en la
región Amazónica.
ii. Zona Forestal
Venezuela es un país privilegiado, que cuenta con una superficie
boscosa de 50 millones de hectáreas, cubierto casi en un 50% por
bosques tropicales, concentrándose en los estados Bolívar, Amazonas
y Delta Amacuro, con un 75% de superficie forestal. De esta superficie
total, 29 millones de hectáreas presentan características que la
definen como bosques con potencialidad productora, con un
volumen de madera estimado en 6.700 millones de metros cúbicos,
de las cuales 3.500 millones corresponden a especies potencialmente
aptas para el mercado.
De estas 29 millones de hectáreas, 15 millones han sido decretados
para la producción forestal permanente en forma sustentable, en
Reservas Forestales, Lotes Boscosos y áreas boscosas bajo protección.
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
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Venezuela posee adicionalmente unos 28 millones de hectáreas
decretadas como zonas protectoras, reservas de biósfera, parques
nacionales, monumentos naturales, lo que representa un 30% de la
superficie del país.
Los estados con baja proporción de bosques son Apure, Cojedes,
Monagas y Anzoátegui en los Llanos, y Carabobo, Lara y Nueva
Esparta, en el centro y el norte del país. Las demás regionales tienen
una proporción boscosa moderada.
En el país se padecen los efectos de la tala, quema,
aprovechamiento y uso indiscriminado de las tierras y explotaciones
ilegales de madera, por ello, en la Gaceta Oficial N° 40.222, de fecha
6 de agosto de 2013, fue publicada la “Ley de Bosques”, con la
finalidad de garantizar la conservación de los bosques y demás
componentes del patrimonio forestal y otras formas de vegetación
silvestre no arbórea, estableciendo los preceptos que rigen el acceso
y manejo de estos recursos naturales, en función de los intereses
actuales y futuros de la Nación, bajo los lineamientos del desarrollo
sustentable y endógeno.
Asimismo, en el artículo 5.2.1 de la Ley Plan de la Patria 2013-2019, se
estableció que se debe promover acciones en el ámbito nacional e
internacional para la protección, conservación y gestión sustentable
de áreas estratégicas, tales como fuentes y reservorios de agua dulce
(superficial y subterránea), cuencas hidrográficas, diversidad
biológica, mares, océanos y bosques.
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
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Se han implementado diferentes estrategias para la protección de los
bosques y las cuencas en el país, con acciones como la creación del
Cuerpo Civil de Guardaparques, que a través del Instituto Nacional
de Parques (Inparques), tienen el compromiso de resguardar las áreas
protegidas por el Estado, generando sanciones que desmotivarán a
quienes intenten hacer mal uso de dichos espacios naturales.
Otra de las estrategias implementadas, es la puesta en marcha del
Plan Nacional “Sembrando el Agua Preservamos la Vida”. Este
proyecto está destinado a la producción de agua en las cuencas y
nacientes de los ríos mediante la plantación de especies forestales,
que permitirán la preservación de las zonas selváticas, incluyendo la
participación directa del Poder Popular, las brigadas ambientales,
guías ambientales y pequeños guardaparques.
Las estrategias son implementadas con el objetivo de orientar hacia
un nuevo modelo de desarrollo forestal, en el cual se promueva lo
colectivo y no lo individual, abriendo un espacio para que las
comunidades participen en el desarrollo de la gestión forestal,
sensibilizándolos en cuanto al cuidado de los bienes naturales para las
generaciones futuras
iii. Política Forestal.
“El objetivo fundamental de la Política Forestal Venezolana, es la
conservación de los ecosistemas forestales y su desarrollo sustentable
para la producción de los bienes y servicios, pero privilegiando al
bosque como ser vivo y no una mercancía”.
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
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Esta aseveración está fundamentada en la Gestión Bolivariana
Socialista (Plan de la Patria 2013-2019), que establece en su Quinto
Objetivo Histórico “Contribuir con la Preservación de la Vida en el
Planeta y la Salvación de la Especie Humana”.
La renovación de la Ley de Bosques, el relanzamiento de la Empresa
Nacional Forestal y el reimpulso de la Misión Árbol, son acciones
impulsadas por el Estado, destinadas a recuperar y conservar la
superficie boscosa venezolana, apoyados en los principios de
corresponsabilidad y participación popular.
iv. Aspectos Institucionales
Con la eliminación de concesiones forestales, decretos sobre rangos
de cortabilidad y protección de árboles semilleros, además de la
puesta en marcha de la Empresa Nacional Forestal Socialista, el
Gobierno Nacional impulsó la nueva gestión para el manejo del
patrimonio forestal del país.
Se trata de “una visión integral desde el punto de vista ambiental, que
busca no alterar las condiciones naturales en un grado tal que
impliquen un riesgo para el mismo ecosistema”.
Venezuela cuenta en la actualidad con más de 16 millones de
hectáreas para la producción forestal, ubicadas en reservas, áreas de
vocación forestal y lotes boscosos.
Entre las reservas más importantes destaca la Reserva Forestal de
Ticoporo, en Barinas, que cuenta con una extensión de 187 mil
hectáreas y que hace un poco más de 30 años estaba poblada con
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
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árboles de grandes magnitudes y una fauna diversa, pero debido a la
supuesta administración irresponsable de los permisos y la ausencia
del Estado en el área, transformaron su uso y destruyeron su principal
recurso.
El Gobierno Nacional ha avanzado en diversas políticas de control,
conservación y de protección, con mayor enfoque al norte del
Orinoco, donde se eliminaron las concesiones forestales, y en la
Reserva Forestal de Ticoporo.
Con la creación de la Empresa Nacional Forestal Socialista se
inspeccionará, bajo un esquema socialista de desarrollo sustentable,
los bienes maderables y no maderables de los bosques del país.
Esta empresa tiene entre sus misiones orientar a las comunidades
presentes en el área contentivas del patrimonio forestal en el buen uso
de esos recursos, garantizando la satisfacción de las necesidades
económicas, sociales y la conservación del ambiente.
La creación del nuevo Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo
y Aguas quedó oficializada con la publicación en la Gaceta Oficial
de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.634, del Decreto
Presidencial 1.701.
El Ministerio de Ecosocialismo y Aguas tendrá como competencia el
“ecosocialismo ambiental; agua potable, aguas servidas y
saneamiento ambiental; cuencas hidrográficas, recursos hídricos y
embalses; la planificación y ordenación del territorio; los recursos
naturales y la diversidad biológica; los recursos forestales; así como el
manejo integral ecosocialista de desechos y residuos”. Tendrá 24
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
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entes adscritos y tres viceministerios: de Gestión Ecosocialista del
Ambiente; de Gestión Ecosocialista de Aguas; de Manejo
Ecosocialista de Desechos Sólidos.
La gestión que antes ejercia Seforven - MARNR, ahora es ejercida por
la Dirección General de Patrimonio Forestal del Ministerio del Poder
Popular para el Ecosocialismo y Aguas.
v. Marco Jurídico
Con la promulgación del Decreto Nº 1.701 de fecha 07 de abril del
presente año, a través del cual se creó el Ministerio del Poder Popular
para Ecosocialismo y Aguas, se emprendió la reforma de la
administración ambiental a nivel nacional.
Esta nueva institución, que nace con el reto de introducir la
conciencia ambiental en el modelo alternativo de desarrollo
diseñado en el Plan de la Patria (esto es, el ecosocialismo), tiene como
una de sus tareas principales, el suministro de información ambiental
al público en general.
Leyes, reglamentos, decretos y normas:
 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Capitulo IX De los derechos ambientales, artículos 127, 128, 129.
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No.
5.908 Extraordinario de fecha 19 de febrero de 2009.
 Plan de la Patria, proyecto Nacional Simón Bolívar, Segundo
Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación
2013-2019. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
8
Venezuela No. 6.118 Extraordinario de fecha 4 de diciembre de
2013.
 Ley de Protección a la Fauna Silvestre, publicada en la Gaceta
Oficial de la República de Venezuela No. 29.289 de fecha 11 de
Agosto de 1970.
 Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario,
publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela No. 5.991 Extraordinario de fecha 29 de Julio de 2010.
 Decreto, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la
Administración Pública No. 1.424 de fecha 17 de noviembre de
2014, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No. 6.147 Extraordinario de fecha 17
de noviembre de 2014.
 Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos,
publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela No. 5.554 Extraordinario de fecha 13 de noviembre
de 2001.
 Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley
Orgánica de Planificación Pública y Popular No. 1.406 de fecha
13 de noviembre de 2014, publicada en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No. 6.148 Extraordinario de
fecha 18 de noviembre de 2014.
 Ley de Zonas Costeras, publicada en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No. 37.349 de fecha 19 de
diciembre de 2001.
 Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de los
Espacios Acuáticos No. 1.446 de fecha 17 de noviembre de
2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No. 6.153 Extraordinario de fecha 18
de noviembre de 2014.
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
9
 Decreto, con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la
Ley de Pesca y Acuicultura No. 1.408 de fecha 13 de noviembre
de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No. 6.150 Extraordinario de fecha 18
de noviembre de 2014.
 Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público
Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No. 6.015 Extraordinario de fecha 28
de diciembre de 2010.
 Ley Orgánica del Ambiente, publicada en la Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela No. 5.833 Extraordinario
de fecha 22 de diciembre de 2006.
 Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Prestación
de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento, publicada
en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
No. 38.763 de fecha 6 de septiembre de 2007.
 Ley de Bosques, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No. 40.222 de fecha 6 de agosto de
2013.
 Ley de Gestión de la Diversidad Biológica, publicada en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No.
39.070 de fecha 1° de diciembre de 2008.
 Ley de Gestión Integral de Riesgos Socionaturales y
Tecnológicos, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No. 39.095 de fecha 9 de enero de
2009.
 Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en
Cautiverio, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No. 39.338 de fecha 4 de enero de
2010.Ley de Gestión Integral de la Basura, publicada en la
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Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No.
6.017 Extraordinario de fecha 30 de diciembre de 2010.
 Ley de Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable, publicada
en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
No. 5.556 Extraordinario de fecha 13 de noviembre de 2001.
(Derogada por la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo
Endógeno).
 Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Endógeno,
publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela No. 38.500 de fecha 15 de agosto de 2006.
(Derogada por la Ley de Supresión y Liquidación del Fondo para
el Desarrollo Endógeno).
 Ley de Supresión y Liquidación del Fondo para el Desarrollo
Endógeno, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No. 39.676 de fecha 18 de mayo de
2011.
 Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, publicada en la
Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 3.238
Extraordinario de fecha 11 de agosto de 1983.
 Ley Penal de Ambiente, publicada en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No. 39.913 de fecha 2 de
mayo de 2012.
 Ley de Aguas, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No. 38.595 de fecha 2 de enero de
2007.
 Ley Forestal de Suelos y Aguas, publicada en la Gaceta Oficial
de la República de Venezuela No. 1.004 Extraordinario de fecha
26 de enero de 1966. (De esta Ley quedan vigentes los artículos
82 al 87).
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
11
 Decreto N° 1.257 de fecha 13 de marzo de 1996, mediante el
cual se dictan las Normas sobre Evaluación Ambiental de
Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente, publicado
en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
N° 35.949 de fecha 25 de abril de 1996.
 Decreto N° 4.335 de fecha 6 de marzo de 2006, mediante el cual
se dicta la Reforma del Decreto N° 3.228 de fecha 8 de
noviembre de 2004 contentivo de las Normas para regular y
Controlar el Consumo, la Producción, Importación, Exportación
y el Uso de las Sustancias agotadoras de la Capa de Ozono,
publicada en la gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela N° 38.392 de fecha 7 de marzo de 2006.
 Decreto N° 883 de fecha 11 de octubre de 1995, mediante el
cual se dictan las Normas para la Clasificación y el Control de
Calidad de los Cuerpos de Agua y Vertidores o Efluentes
Líquidos, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 5.021 Extraordinaria de fecha 18 de
octubre de 1995.
 Decreto N° 2.635 de fecha 22 de julio de 1998, mediante el cual
se dicta la Reforma Parcial del decreto N° 2.289 de fecha 18 de
Diciembre de 1997 contentivo de las Normas para el Control de
la Recuperación de Materiales peligrosos y el manejo de los
Desechos Peligrosos, publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 5.245 Extraordinaria de
fecha 3 de agosto de 1998.
 Decreto N° 2673 de fecha 19 de agosto de 1998, mediante el
cual se dictan las Normas sobre Calidad del Aire y Control de la
Contaminación Atmosférica, publicada en la Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela N° 4.899 Extraordinaria
de fecha 19 de mayo de 1995.
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
12
 Decreto N° 2.673 de fecha 19 de agosto de 1998, mediante el
cual se dictan las Normas sobre la Emisión de Fuentes Móviles,
publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela N° 36.532 de fecha 4 de septiembre de 1998.
 Decreto N° 1.400 de fecha 10 de julio de 1996, mediante el cual
se dictan las Normas sobre la Regulación y Control del
Aprovechamiento de los Recursos Hídricos y de las Cuencas
Hidrográficas, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 30.013 de fecha 2 de agosto de
1996.
 Decreto 2.210 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual se
dictan las Normas Técnicas y Procedimientos para el Manejo de
Materiales Radiactivos, publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de
fecha 27 de abril de 1992.
 Decreto N° 2.211 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual
se dictan las Normas para control de Generación y Manejo de
Desechos Peligrosos, publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de
fecha 27 de abril de 1992.
 Decreto N° 2.214 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual
se dictan las Normas para la Administración de Actividades
Forestales, en Reservas Forestales, Lotes Boscoso, Áreas
boscosas bajo Protección y Áreas Boscosas en Terrenos de
Propiedad Privada Destinadas a la Producción Forestal
Permanente, publicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de fecha 27 de
abril de 1992.
 Decreto N° 2.216 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual
se dictan las Normas para el manejo de Desechos Sólidos de
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
13
Origen Domésticos, Comercial, Industrial o de cualquier otra
naturaleza, publicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de fecha 27 de
abril de 1992.
 Decreto N° 2.218 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual
se dictan las Normas para la Clasificación y Manejo de
Desechos en Establecimientos de Salud, publicado en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°
4.418 Extraordinaria de fecha 27 de abril de 1992.
 Decreto N° 220 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual
se dictan las Normas para Regular las Actividades Capaces de
Provocar cambios de Flujo, Obstrucción de Causes y Problemas
de Sedimentación, publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de
fecha 27 de abril de 1992.
 Decreto N° 2.267 de fecha 26 de noviembre de 1992, mediante
el cual se dictan las Normas Ambientales para la Apertura de
Picas y Construcción de Vías de Acceso, publicado en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°
35.103 de fecha 1 de diciembre de 1992.
 Decreto N° 227 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual
se dictan las Normas Técnicas Conservacionistas para Controlar
el Ejercicio de la Actividad Pesquera, publicado en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 4.418
Extraordinaria de fecha 27 de abril de 1992.
 La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente
de Trabajo (Lopcymat), publicada en Gaceta Oficial número
38.236, de fecha 26 de julio de 2005, promueve la
implementación del Régimen de Seguridad y Salud en el
Trabajo, abarca la promoción de la salud de los trabajadores,
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
14
la prevención de enfermedades profesionales y accidentes de
trabajo, la atención, rehabilitación y reinserción de los
trabajadores y establece las prestaciones dinerarias que
correspondan por los daños que ocasionen enfermedades
ocupacionales y accidentes de trabajo.
vi. Investigación Forestal y Academia
El objetivo de la investigación forestal en la actualidad se centra en
construir de forma colectiva “un nuevo enfoque en la investigación
que permita formular y adelantar una política forestal nacional que
garantice el uso múltiple sustentable en lo económico, en lo social y
en lo ambiental de los bosques venezolanos”.
En tal sentido, se contemplan tres ejes definitorios que versan sobre: los
nuevos modelos de gobernanza de los bosques; el uso múltiple del
bosque y la participación de las comunidades en el manejo del
recurso bosque.
En cuanto a la educación, la Universidad de los Andes y la UNEG
siguen impartiendo carreras a cinco años de Ingeniería Forestal en la
ULA y la de Ingeniería en Industrias Forestales en la UNEG, existe
también la Ingeniería en Recursos Naturales impatida por la UNELLEZ.
A nivel de estudios superiores están las maestrías en Manejo de
Bosques, Manejo de Cuencas Hidrográficas, Tecnología de Productos
Forestales y Ordenación Territorial y Ambiente en la ULA.
vii. Mecanismo de Desarrollo Limpio - Cambio
Climático
El ministerio para Ecosocialismo y Aguas (Minea) suscribió un acuerdo
con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (Pnud)
para evaluar los inventarios nacionales de gases de invernadero
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
15
como parte del proyecto Segunda Comunicación para Cambio
Climático.
El plan también trata sobre los programas nacionales que contengan
medidas para mitigar los efectos al cambio climático.
Dentro de los proyectos que se desarrollan en la actualidad se
encuentra: el apoyo al fortalecimiento institucional de las
capacidades del Minea, el fortalecimiento del sistema de áreas
protegidas marino-costera de Venezuela y otros relacionados a la
diversidad biológica.
Implementación de la Agenda 2030, que promueve las Naciones
Unidas, la cual está integrada por los 17 Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS). Entre los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible está la
reducción de las desigualdades; la adopción de medidas urgentes
para combatir el cambio climático y sus efectos; la protección,
restablecimiento y la promoción del uso sostenible de los ecosistemas
terrestres; el combate de la pobreza extrema en todas sus formas y la
lucha contra el hambre.
viii. Plantaciones y empleo
La caracterización del sector permite señalar que Venezuela en sus
916.445 Km2, posee un sistema de Áreas Protegidas (Áreas Bajo
Régimen de Administración Especial) que representa el 58,8 % de la
superficie del país. De estas ABRAES, que se clasifican en tres
categorías de acuerdo a sus funciones (estrictamente protectoras,
científicas, educativas y recreacionales; protectoras con usos
normados y productoras); un 17% están destinadas para la
producción forestal, constituidas por Reservas Forestales, Lotes
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
16
Boscosos y Áreas Boscosas Bajo Protección. (Anuario Estadísticas
Forestales, serie 11, Año 2007)
En relación a la distribución territorial de estas unidades, se han
decretado como Reservas Forestales 11,32 millones de hectáreas, 1,22
millones de hectáreas como Lotes Boscosos y 3,38 millones de
hectáreas como Áreas Boscosas Bajo Protección, sumando todo el
sistema de Áreas para la Producción Forestal Permanente 15,92
millones de hectáreas que representan el 17,34 % de la superficie total
del país.
Las áreas de producción de maderas se concentran en la
denominada región Guayana conformada, por los estados Bolívar y
Delta Amacuro. También se ha establecido una superficie de
plantaciones forestales cercana a las 700.000 ha.
Sin embargo la contribución de la industria de la madera al desarrollo
y crecimiento económico del país ha sido poca, debido a varios
factores entre los que destacan; políticas incoherentes, problemas de
control y vigilancia por parte del Estado, dificultad de acceso a las
áreas forestales, inadecuada o nula educación ambiental de la
población, poco incentivo para desarrollar este subsector de la
economía, entre otros, (Carrero et al 2008).
Los datos de contribución del sector forestal al empleo y a la
economía no se encuentran disponibles oficialmente en forma
sistemática. El último dato de generación de empleo realizado en
base al Censo Económico de 2009, realizado por el Banco Central de
Venezuela, estimaba que el sector silvicultura incluido en un sector
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
17
más amplio empleaba en forma directa alrededor de 1.165.832
trabajadores.
El sector madera forestal comprende todas las actividades
relacionadas con el aprovechamiento de los recursos forestales, sean
estos maderables o no maderables, por lo que en su composición
existen actividades de extracción y transformación de madera, tanto
primaria como secundaria, además de una importante industria muy
vinculada con el sector, como la industrial del papel.
La investigación destaca la existencia desde el 2003 del Sindicato
Único Nacional de Trabajadores, Profesionales, Técnicos
Administrativos de la Industria de la Madera, afines anexos similares y
conexos de Venezuela (SUNTIMAVEN) y del Sindicato de trabajadores
de la Industria de la Madera, Afines y Conexos del Distrito Capital y
Estado Miranda (SITRAMADERA) y otros estados del país; así como del
sindicato único profesional de trabajadores del bosque y de la
industria de la madera conexos y afines del Estado Bolívar;
En la industria de pulpa de papel y cartón en Venezuela tenemos las
siguientes empresas: Smurfit cartones de Venezuela, Manpa, Papeles
Venezolanos ca, grupo kimberly, Clark Venezuela ca, Venepal S.A.
c.a. y grupo Adcdle Cartiere. Este sector demanda 3.400 empleos
directos y 8.000 indirectos. Por otra parte, el estudio señala que para
el periodo estudiado el despido interanual es del 12,9 % indicado que
ese aspecto se debe a la crisis económica y política que afecta al
país.
Las actividades de plantaciones forestales generan 13.600 empleos
directos y 25.000 indirectos a nivel nacional tanto masculino como
femenino no especializado.
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
18
En el sector madera-forestal encontramos al Grupo Empresarial
MASISA, Terranova de Venezuela; Empresa Forestal Socialista de
Venezuela (Unidad Imataca V, 440 empleos directos y dos mil empleos
indirectos) y Desarrollos Forestales San Carlos II.
El régimen de subcontratación en el sector forestal-madera se
encuentra en las actividades de aprovechamiento y silvicultura. No se
conoce concesionaria (pública o privada) que tenga como personal
fijo a los motosierristas que ejecutan la tumba y el roleo; el recurrir a
subcontratistas conlleva que la gran mayoría de obreros forestales de
montaña no goza de los beneficios y seguridad de un contrato
colectivo ni seguros privados o Seguro Social que los ampare en caso
de accidentes o enfermedades que los afecten a largo plazo.
Como conclusiones el mapeo presenta dos aspectos importantes:
1) Señala que existe una disminución de industrias y empresas
(pequeñas, medianas y grandes: carpinterías, fábricas de muebles,
artesanías, aserraderos, fábricas de chapas, aglomerados,) forestales
lo que genera una disminución considerable de trabajo y empleo en
el sector.
2) En relación a las organizaciones sindicales del sector forestal
madera se puede señalar que han disminuido en alto grado su
participación, ello debido en gran parte el efecto en cadena que ha
producido la inactividad laboral, debido al cierre de industrias y
empresas al serles rescindidos los contratos administrativos de manejo
de bosques en Abraes forestales por el Ministerio del Ambiente.
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
19
ix. Aprovechamiento e Industrialización
El aprovechamiento e industrialización de la madera y sus derivados
son de competencia del Ministerio del Poder Popular de Industrias y
Comercio, la cual se creó mediante decreto nacional el 26 de
noviembre de 2011. Este ministerio reemplazó al Ministerio del Poder
Popular para las Industrias Básicas y Minería. Entre sus funciones
principales del ministerio está en formular, regular, ejecutar, hacer
seguimiento y evaluación de las políticas, planes y proyectos, para
promover la creación de pequeñas y medianas industrias dentro de
Venezuela.
El control se lleva mediante el Registro Nacional de Industrias
Forestales (REGIFOR), que es de carácter único, público y obligatorio,
como se expresa en el artículo 124 del Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley de Bosques, publicado en Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 40.222, de fecha 6 de agosto
de 2013.
La ejecución se enmarca dentro del Motor Forestal, que prioriza el
procesamiento de semillas, papel y madera de plantaciones, es uno
de los 15 motores productivos activados por el Estado para potenciar
la economía del país y crear un nuevo sistema económico productivo
nacional. Es considerado uno de los más importantes, dado que de él
depende el inicio de la activación de la cadena productiva desde el
punto de vista forestal, que tradicionalmente ha funcionado de
manera aislada y en la actualidad se busca integrarlo a la cadena
productiva nacional.
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
20
El Estado también le ha dado impulso al proyecto del Complejo
Industrial Maderero Libertadores de América - CIMLA, que contempla
la activación de 5 aserraderos más la planta de pulpa y papel -
PULPACA, y se estructuró una "agenda forestal" para fortalecer el
sector, mediante:
1. Aprobación de recursos para plantar 15mil hectáreas.
2. Plan para la instalación de 5 aserraderos.
3. Plan para la culminación e inauguración de PULPACA.
4. Plan especial para multiplicación de carpinterías comunales (5 mil
a nivel nacional).
La empresa Maderas del Orinoco C.A., ente adscrito al Ministerio del
Poder Popular para Industrias y Comercio (MPPIC), representa para el
Estado, la alternativa hacia una economía diversificada, La maderera
estatal es pilar para promover el desarrollo conjunto entre los sectores
público y privado de la industria instalada en el país productora de
madera, pulpa y papel. Es el ente responsable por la activación del
Motor Forestal inclusive con fines de exportación.
Con una trayectoria cercana a cinco décadas, la empresa
procesadora y transformadora de madera, es pionera en Venezuela
en el establecimiento de plantaciones de Pino Caribe a las que se han
sumado en los últimos años otras especies como Acacia, Eucalipto,
Teca y Saladillo; producto de una actividad forestal que se desarrolla
en los estados Monagas, Anzoátegui, Bolívar, Falcón, Apure, Barinas y
Aragua.
Asimismo, más de 2000 trabajadores materializan las diversas
actividades de la cadena productiva de Maderas del Orinoco, desde
la producción de semillas de Pino Caribe, hasta la elaboración de
PERFIL FORESTAL VENEZOLANO
21
productos terminados que se distribuyen a todas las regiones de la
nación.
Actualmente el aserradero Uverito pasó de producir 20 mil metros
cúbicos de madera aserrada al año, para producir 200 mil metros
cúbicos, para ello se cuenta con el bosque de pino caribe más
grande del mundo. Del bosque se extrae madera gruesa, para la
industria del aserrío y madera delgada para la pulpa de papel, que,
con la culminación de PULPACA se procesarán 100 mil toneladas para
consumo interno y 150 mil para exportación. Hasta los momentos el
Sector Público abarca más del 80% de esta actividad, es por ello que
las estadísticas en el Sector Privado han quedado muy bajo perfil y por
ende no se cuenta con información fidedigna para compartir.

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Perfil forestal de venezuela

  • 1. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 1 PERFIL FORESTAL DE VENEZUELA 2016 Elaborado por el Ing. For. Denny Rosales
  • 2. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 2 i. Introducción La República Bolivariana de Venezuela, situada en el norte de Sudamérica, con una superficie total de 91,6 millones de hectáreas, limita con Colombia, Brasil y Guyana. Su población es de aproximadamente 31,6 millones de habitantes, siendo el 85% población urbana. El pais tiene tres regiones geográficas bien definidas: la región montañosa formada por la Coordillera de Los Andes en el Occidente y la Coordillera de la Costa en el Norte; Los Llanos en la región central y oriental al norte del río Orinoco y el Macizo Guayanés al Sur del mismo río, en donde se encuentran la mayoría de los bosques en la región Amazónica. ii. Zona Forestal Venezuela es un país privilegiado, que cuenta con una superficie boscosa de 50 millones de hectáreas, cubierto casi en un 50% por bosques tropicales, concentrándose en los estados Bolívar, Amazonas y Delta Amacuro, con un 75% de superficie forestal. De esta superficie total, 29 millones de hectáreas presentan características que la definen como bosques con potencialidad productora, con un volumen de madera estimado en 6.700 millones de metros cúbicos, de las cuales 3.500 millones corresponden a especies potencialmente aptas para el mercado. De estas 29 millones de hectáreas, 15 millones han sido decretados para la producción forestal permanente en forma sustentable, en Reservas Forestales, Lotes Boscosos y áreas boscosas bajo protección.
  • 3. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 3 Venezuela posee adicionalmente unos 28 millones de hectáreas decretadas como zonas protectoras, reservas de biósfera, parques nacionales, monumentos naturales, lo que representa un 30% de la superficie del país. Los estados con baja proporción de bosques son Apure, Cojedes, Monagas y Anzoátegui en los Llanos, y Carabobo, Lara y Nueva Esparta, en el centro y el norte del país. Las demás regionales tienen una proporción boscosa moderada. En el país se padecen los efectos de la tala, quema, aprovechamiento y uso indiscriminado de las tierras y explotaciones ilegales de madera, por ello, en la Gaceta Oficial N° 40.222, de fecha 6 de agosto de 2013, fue publicada la “Ley de Bosques”, con la finalidad de garantizar la conservación de los bosques y demás componentes del patrimonio forestal y otras formas de vegetación silvestre no arbórea, estableciendo los preceptos que rigen el acceso y manejo de estos recursos naturales, en función de los intereses actuales y futuros de la Nación, bajo los lineamientos del desarrollo sustentable y endógeno. Asimismo, en el artículo 5.2.1 de la Ley Plan de la Patria 2013-2019, se estableció que se debe promover acciones en el ámbito nacional e internacional para la protección, conservación y gestión sustentable de áreas estratégicas, tales como fuentes y reservorios de agua dulce (superficial y subterránea), cuencas hidrográficas, diversidad biológica, mares, océanos y bosques.
  • 4. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 4 Se han implementado diferentes estrategias para la protección de los bosques y las cuencas en el país, con acciones como la creación del Cuerpo Civil de Guardaparques, que a través del Instituto Nacional de Parques (Inparques), tienen el compromiso de resguardar las áreas protegidas por el Estado, generando sanciones que desmotivarán a quienes intenten hacer mal uso de dichos espacios naturales. Otra de las estrategias implementadas, es la puesta en marcha del Plan Nacional “Sembrando el Agua Preservamos la Vida”. Este proyecto está destinado a la producción de agua en las cuencas y nacientes de los ríos mediante la plantación de especies forestales, que permitirán la preservación de las zonas selváticas, incluyendo la participación directa del Poder Popular, las brigadas ambientales, guías ambientales y pequeños guardaparques. Las estrategias son implementadas con el objetivo de orientar hacia un nuevo modelo de desarrollo forestal, en el cual se promueva lo colectivo y no lo individual, abriendo un espacio para que las comunidades participen en el desarrollo de la gestión forestal, sensibilizándolos en cuanto al cuidado de los bienes naturales para las generaciones futuras iii. Política Forestal. “El objetivo fundamental de la Política Forestal Venezolana, es la conservación de los ecosistemas forestales y su desarrollo sustentable para la producción de los bienes y servicios, pero privilegiando al bosque como ser vivo y no una mercancía”.
  • 5. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 5 Esta aseveración está fundamentada en la Gestión Bolivariana Socialista (Plan de la Patria 2013-2019), que establece en su Quinto Objetivo Histórico “Contribuir con la Preservación de la Vida en el Planeta y la Salvación de la Especie Humana”. La renovación de la Ley de Bosques, el relanzamiento de la Empresa Nacional Forestal y el reimpulso de la Misión Árbol, son acciones impulsadas por el Estado, destinadas a recuperar y conservar la superficie boscosa venezolana, apoyados en los principios de corresponsabilidad y participación popular. iv. Aspectos Institucionales Con la eliminación de concesiones forestales, decretos sobre rangos de cortabilidad y protección de árboles semilleros, además de la puesta en marcha de la Empresa Nacional Forestal Socialista, el Gobierno Nacional impulsó la nueva gestión para el manejo del patrimonio forestal del país. Se trata de “una visión integral desde el punto de vista ambiental, que busca no alterar las condiciones naturales en un grado tal que impliquen un riesgo para el mismo ecosistema”. Venezuela cuenta en la actualidad con más de 16 millones de hectáreas para la producción forestal, ubicadas en reservas, áreas de vocación forestal y lotes boscosos. Entre las reservas más importantes destaca la Reserva Forestal de Ticoporo, en Barinas, que cuenta con una extensión de 187 mil hectáreas y que hace un poco más de 30 años estaba poblada con
  • 6. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 6 árboles de grandes magnitudes y una fauna diversa, pero debido a la supuesta administración irresponsable de los permisos y la ausencia del Estado en el área, transformaron su uso y destruyeron su principal recurso. El Gobierno Nacional ha avanzado en diversas políticas de control, conservación y de protección, con mayor enfoque al norte del Orinoco, donde se eliminaron las concesiones forestales, y en la Reserva Forestal de Ticoporo. Con la creación de la Empresa Nacional Forestal Socialista se inspeccionará, bajo un esquema socialista de desarrollo sustentable, los bienes maderables y no maderables de los bosques del país. Esta empresa tiene entre sus misiones orientar a las comunidades presentes en el área contentivas del patrimonio forestal en el buen uso de esos recursos, garantizando la satisfacción de las necesidades económicas, sociales y la conservación del ambiente. La creación del nuevo Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo y Aguas quedó oficializada con la publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.634, del Decreto Presidencial 1.701. El Ministerio de Ecosocialismo y Aguas tendrá como competencia el “ecosocialismo ambiental; agua potable, aguas servidas y saneamiento ambiental; cuencas hidrográficas, recursos hídricos y embalses; la planificación y ordenación del territorio; los recursos naturales y la diversidad biológica; los recursos forestales; así como el manejo integral ecosocialista de desechos y residuos”. Tendrá 24
  • 7. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 7 entes adscritos y tres viceministerios: de Gestión Ecosocialista del Ambiente; de Gestión Ecosocialista de Aguas; de Manejo Ecosocialista de Desechos Sólidos. La gestión que antes ejercia Seforven - MARNR, ahora es ejercida por la Dirección General de Patrimonio Forestal del Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo y Aguas. v. Marco Jurídico Con la promulgación del Decreto Nº 1.701 de fecha 07 de abril del presente año, a través del cual se creó el Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo y Aguas, se emprendió la reforma de la administración ambiental a nivel nacional. Esta nueva institución, que nace con el reto de introducir la conciencia ambiental en el modelo alternativo de desarrollo diseñado en el Plan de la Patria (esto es, el ecosocialismo), tiene como una de sus tareas principales, el suministro de información ambiental al público en general. Leyes, reglamentos, decretos y normas:  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Capitulo IX De los derechos ambientales, artículos 127, 128, 129. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 5.908 Extraordinario de fecha 19 de febrero de 2009.  Plan de la Patria, proyecto Nacional Simón Bolívar, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
  • 8. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 8 Venezuela No. 6.118 Extraordinario de fecha 4 de diciembre de 2013.  Ley de Protección a la Fauna Silvestre, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 29.289 de fecha 11 de Agosto de 1970.  Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 5.991 Extraordinario de fecha 29 de Julio de 2010.  Decreto, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública No. 1.424 de fecha 17 de noviembre de 2014, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.147 Extraordinario de fecha 17 de noviembre de 2014.  Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 5.554 Extraordinario de fecha 13 de noviembre de 2001.  Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular No. 1.406 de fecha 13 de noviembre de 2014, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.148 Extraordinario de fecha 18 de noviembre de 2014.  Ley de Zonas Costeras, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 37.349 de fecha 19 de diciembre de 2001.  Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos No. 1.446 de fecha 17 de noviembre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.153 Extraordinario de fecha 18 de noviembre de 2014.
  • 9. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 9  Decreto, con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley de Pesca y Acuicultura No. 1.408 de fecha 13 de noviembre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.150 Extraordinario de fecha 18 de noviembre de 2014.  Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.015 Extraordinario de fecha 28 de diciembre de 2010.  Ley Orgánica del Ambiente, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 5.833 Extraordinario de fecha 22 de diciembre de 2006.  Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 38.763 de fecha 6 de septiembre de 2007.  Ley de Bosques, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 40.222 de fecha 6 de agosto de 2013.  Ley de Gestión de la Diversidad Biológica, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.070 de fecha 1° de diciembre de 2008.  Ley de Gestión Integral de Riesgos Socionaturales y Tecnológicos, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.095 de fecha 9 de enero de 2009.  Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.338 de fecha 4 de enero de 2010.Ley de Gestión Integral de la Basura, publicada en la
  • 10. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 10 Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 6.017 Extraordinario de fecha 30 de diciembre de 2010.  Ley de Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 5.556 Extraordinario de fecha 13 de noviembre de 2001. (Derogada por la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Endógeno).  Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Endógeno, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 38.500 de fecha 15 de agosto de 2006. (Derogada por la Ley de Supresión y Liquidación del Fondo para el Desarrollo Endógeno).  Ley de Supresión y Liquidación del Fondo para el Desarrollo Endógeno, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.676 de fecha 18 de mayo de 2011.  Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 3.238 Extraordinario de fecha 11 de agosto de 1983.  Ley Penal de Ambiente, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.913 de fecha 2 de mayo de 2012.  Ley de Aguas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 38.595 de fecha 2 de enero de 2007.  Ley Forestal de Suelos y Aguas, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 1.004 Extraordinario de fecha 26 de enero de 1966. (De esta Ley quedan vigentes los artículos 82 al 87).
  • 11. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 11  Decreto N° 1.257 de fecha 13 de marzo de 1996, mediante el cual se dictan las Normas sobre Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 35.949 de fecha 25 de abril de 1996.  Decreto N° 4.335 de fecha 6 de marzo de 2006, mediante el cual se dicta la Reforma del Decreto N° 3.228 de fecha 8 de noviembre de 2004 contentivo de las Normas para regular y Controlar el Consumo, la Producción, Importación, Exportación y el Uso de las Sustancias agotadoras de la Capa de Ozono, publicada en la gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.392 de fecha 7 de marzo de 2006.  Decreto N° 883 de fecha 11 de octubre de 1995, mediante el cual se dictan las Normas para la Clasificación y el Control de Calidad de los Cuerpos de Agua y Vertidores o Efluentes Líquidos, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.021 Extraordinaria de fecha 18 de octubre de 1995.  Decreto N° 2.635 de fecha 22 de julio de 1998, mediante el cual se dicta la Reforma Parcial del decreto N° 2.289 de fecha 18 de Diciembre de 1997 contentivo de las Normas para el Control de la Recuperación de Materiales peligrosos y el manejo de los Desechos Peligrosos, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.245 Extraordinaria de fecha 3 de agosto de 1998.  Decreto N° 2673 de fecha 19 de agosto de 1998, mediante el cual se dictan las Normas sobre Calidad del Aire y Control de la Contaminación Atmosférica, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 4.899 Extraordinaria de fecha 19 de mayo de 1995.
  • 12. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 12  Decreto N° 2.673 de fecha 19 de agosto de 1998, mediante el cual se dictan las Normas sobre la Emisión de Fuentes Móviles, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 36.532 de fecha 4 de septiembre de 1998.  Decreto N° 1.400 de fecha 10 de julio de 1996, mediante el cual se dictan las Normas sobre la Regulación y Control del Aprovechamiento de los Recursos Hídricos y de las Cuencas Hidrográficas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 30.013 de fecha 2 de agosto de 1996.  Decreto 2.210 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual se dictan las Normas Técnicas y Procedimientos para el Manejo de Materiales Radiactivos, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de fecha 27 de abril de 1992.  Decreto N° 2.211 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual se dictan las Normas para control de Generación y Manejo de Desechos Peligrosos, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de fecha 27 de abril de 1992.  Decreto N° 2.214 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual se dictan las Normas para la Administración de Actividades Forestales, en Reservas Forestales, Lotes Boscoso, Áreas boscosas bajo Protección y Áreas Boscosas en Terrenos de Propiedad Privada Destinadas a la Producción Forestal Permanente, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de fecha 27 de abril de 1992.  Decreto N° 2.216 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual se dictan las Normas para el manejo de Desechos Sólidos de
  • 13. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 13 Origen Domésticos, Comercial, Industrial o de cualquier otra naturaleza, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de fecha 27 de abril de 1992.  Decreto N° 2.218 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual se dictan las Normas para la Clasificación y Manejo de Desechos en Establecimientos de Salud, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de fecha 27 de abril de 1992.  Decreto N° 220 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual se dictan las Normas para Regular las Actividades Capaces de Provocar cambios de Flujo, Obstrucción de Causes y Problemas de Sedimentación, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de fecha 27 de abril de 1992.  Decreto N° 2.267 de fecha 26 de noviembre de 1992, mediante el cual se dictan las Normas Ambientales para la Apertura de Picas y Construcción de Vías de Acceso, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 35.103 de fecha 1 de diciembre de 1992.  Decreto N° 227 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual se dictan las Normas Técnicas Conservacionistas para Controlar el Ejercicio de la Actividad Pesquera, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de fecha 27 de abril de 1992.  La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat), publicada en Gaceta Oficial número 38.236, de fecha 26 de julio de 2005, promueve la implementación del Régimen de Seguridad y Salud en el Trabajo, abarca la promoción de la salud de los trabajadores,
  • 14. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 14 la prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, la atención, rehabilitación y reinserción de los trabajadores y establece las prestaciones dinerarias que correspondan por los daños que ocasionen enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo. vi. Investigación Forestal y Academia El objetivo de la investigación forestal en la actualidad se centra en construir de forma colectiva “un nuevo enfoque en la investigación que permita formular y adelantar una política forestal nacional que garantice el uso múltiple sustentable en lo económico, en lo social y en lo ambiental de los bosques venezolanos”. En tal sentido, se contemplan tres ejes definitorios que versan sobre: los nuevos modelos de gobernanza de los bosques; el uso múltiple del bosque y la participación de las comunidades en el manejo del recurso bosque. En cuanto a la educación, la Universidad de los Andes y la UNEG siguen impartiendo carreras a cinco años de Ingeniería Forestal en la ULA y la de Ingeniería en Industrias Forestales en la UNEG, existe también la Ingeniería en Recursos Naturales impatida por la UNELLEZ. A nivel de estudios superiores están las maestrías en Manejo de Bosques, Manejo de Cuencas Hidrográficas, Tecnología de Productos Forestales y Ordenación Territorial y Ambiente en la ULA. vii. Mecanismo de Desarrollo Limpio - Cambio Climático El ministerio para Ecosocialismo y Aguas (Minea) suscribió un acuerdo con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (Pnud) para evaluar los inventarios nacionales de gases de invernadero
  • 15. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 15 como parte del proyecto Segunda Comunicación para Cambio Climático. El plan también trata sobre los programas nacionales que contengan medidas para mitigar los efectos al cambio climático. Dentro de los proyectos que se desarrollan en la actualidad se encuentra: el apoyo al fortalecimiento institucional de las capacidades del Minea, el fortalecimiento del sistema de áreas protegidas marino-costera de Venezuela y otros relacionados a la diversidad biológica. Implementación de la Agenda 2030, que promueve las Naciones Unidas, la cual está integrada por los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Entre los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible está la reducción de las desigualdades; la adopción de medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos; la protección, restablecimiento y la promoción del uso sostenible de los ecosistemas terrestres; el combate de la pobreza extrema en todas sus formas y la lucha contra el hambre. viii. Plantaciones y empleo La caracterización del sector permite señalar que Venezuela en sus 916.445 Km2, posee un sistema de Áreas Protegidas (Áreas Bajo Régimen de Administración Especial) que representa el 58,8 % de la superficie del país. De estas ABRAES, que se clasifican en tres categorías de acuerdo a sus funciones (estrictamente protectoras, científicas, educativas y recreacionales; protectoras con usos normados y productoras); un 17% están destinadas para la producción forestal, constituidas por Reservas Forestales, Lotes
  • 16. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 16 Boscosos y Áreas Boscosas Bajo Protección. (Anuario Estadísticas Forestales, serie 11, Año 2007) En relación a la distribución territorial de estas unidades, se han decretado como Reservas Forestales 11,32 millones de hectáreas, 1,22 millones de hectáreas como Lotes Boscosos y 3,38 millones de hectáreas como Áreas Boscosas Bajo Protección, sumando todo el sistema de Áreas para la Producción Forestal Permanente 15,92 millones de hectáreas que representan el 17,34 % de la superficie total del país. Las áreas de producción de maderas se concentran en la denominada región Guayana conformada, por los estados Bolívar y Delta Amacuro. También se ha establecido una superficie de plantaciones forestales cercana a las 700.000 ha. Sin embargo la contribución de la industria de la madera al desarrollo y crecimiento económico del país ha sido poca, debido a varios factores entre los que destacan; políticas incoherentes, problemas de control y vigilancia por parte del Estado, dificultad de acceso a las áreas forestales, inadecuada o nula educación ambiental de la población, poco incentivo para desarrollar este subsector de la economía, entre otros, (Carrero et al 2008). Los datos de contribución del sector forestal al empleo y a la economía no se encuentran disponibles oficialmente en forma sistemática. El último dato de generación de empleo realizado en base al Censo Económico de 2009, realizado por el Banco Central de Venezuela, estimaba que el sector silvicultura incluido en un sector
  • 17. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 17 más amplio empleaba en forma directa alrededor de 1.165.832 trabajadores. El sector madera forestal comprende todas las actividades relacionadas con el aprovechamiento de los recursos forestales, sean estos maderables o no maderables, por lo que en su composición existen actividades de extracción y transformación de madera, tanto primaria como secundaria, además de una importante industria muy vinculada con el sector, como la industrial del papel. La investigación destaca la existencia desde el 2003 del Sindicato Único Nacional de Trabajadores, Profesionales, Técnicos Administrativos de la Industria de la Madera, afines anexos similares y conexos de Venezuela (SUNTIMAVEN) y del Sindicato de trabajadores de la Industria de la Madera, Afines y Conexos del Distrito Capital y Estado Miranda (SITRAMADERA) y otros estados del país; así como del sindicato único profesional de trabajadores del bosque y de la industria de la madera conexos y afines del Estado Bolívar; En la industria de pulpa de papel y cartón en Venezuela tenemos las siguientes empresas: Smurfit cartones de Venezuela, Manpa, Papeles Venezolanos ca, grupo kimberly, Clark Venezuela ca, Venepal S.A. c.a. y grupo Adcdle Cartiere. Este sector demanda 3.400 empleos directos y 8.000 indirectos. Por otra parte, el estudio señala que para el periodo estudiado el despido interanual es del 12,9 % indicado que ese aspecto se debe a la crisis económica y política que afecta al país. Las actividades de plantaciones forestales generan 13.600 empleos directos y 25.000 indirectos a nivel nacional tanto masculino como femenino no especializado.
  • 18. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 18 En el sector madera-forestal encontramos al Grupo Empresarial MASISA, Terranova de Venezuela; Empresa Forestal Socialista de Venezuela (Unidad Imataca V, 440 empleos directos y dos mil empleos indirectos) y Desarrollos Forestales San Carlos II. El régimen de subcontratación en el sector forestal-madera se encuentra en las actividades de aprovechamiento y silvicultura. No se conoce concesionaria (pública o privada) que tenga como personal fijo a los motosierristas que ejecutan la tumba y el roleo; el recurrir a subcontratistas conlleva que la gran mayoría de obreros forestales de montaña no goza de los beneficios y seguridad de un contrato colectivo ni seguros privados o Seguro Social que los ampare en caso de accidentes o enfermedades que los afecten a largo plazo. Como conclusiones el mapeo presenta dos aspectos importantes: 1) Señala que existe una disminución de industrias y empresas (pequeñas, medianas y grandes: carpinterías, fábricas de muebles, artesanías, aserraderos, fábricas de chapas, aglomerados,) forestales lo que genera una disminución considerable de trabajo y empleo en el sector. 2) En relación a las organizaciones sindicales del sector forestal madera se puede señalar que han disminuido en alto grado su participación, ello debido en gran parte el efecto en cadena que ha producido la inactividad laboral, debido al cierre de industrias y empresas al serles rescindidos los contratos administrativos de manejo de bosques en Abraes forestales por el Ministerio del Ambiente.
  • 19. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 19 ix. Aprovechamiento e Industrialización El aprovechamiento e industrialización de la madera y sus derivados son de competencia del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Comercio, la cual se creó mediante decreto nacional el 26 de noviembre de 2011. Este ministerio reemplazó al Ministerio del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería. Entre sus funciones principales del ministerio está en formular, regular, ejecutar, hacer seguimiento y evaluación de las políticas, planes y proyectos, para promover la creación de pequeñas y medianas industrias dentro de Venezuela. El control se lleva mediante el Registro Nacional de Industrias Forestales (REGIFOR), que es de carácter único, público y obligatorio, como se expresa en el artículo 124 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Bosques, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.222, de fecha 6 de agosto de 2013. La ejecución se enmarca dentro del Motor Forestal, que prioriza el procesamiento de semillas, papel y madera de plantaciones, es uno de los 15 motores productivos activados por el Estado para potenciar la economía del país y crear un nuevo sistema económico productivo nacional. Es considerado uno de los más importantes, dado que de él depende el inicio de la activación de la cadena productiva desde el punto de vista forestal, que tradicionalmente ha funcionado de manera aislada y en la actualidad se busca integrarlo a la cadena productiva nacional.
  • 20. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 20 El Estado también le ha dado impulso al proyecto del Complejo Industrial Maderero Libertadores de América - CIMLA, que contempla la activación de 5 aserraderos más la planta de pulpa y papel - PULPACA, y se estructuró una "agenda forestal" para fortalecer el sector, mediante: 1. Aprobación de recursos para plantar 15mil hectáreas. 2. Plan para la instalación de 5 aserraderos. 3. Plan para la culminación e inauguración de PULPACA. 4. Plan especial para multiplicación de carpinterías comunales (5 mil a nivel nacional). La empresa Maderas del Orinoco C.A., ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Industrias y Comercio (MPPIC), representa para el Estado, la alternativa hacia una economía diversificada, La maderera estatal es pilar para promover el desarrollo conjunto entre los sectores público y privado de la industria instalada en el país productora de madera, pulpa y papel. Es el ente responsable por la activación del Motor Forestal inclusive con fines de exportación. Con una trayectoria cercana a cinco décadas, la empresa procesadora y transformadora de madera, es pionera en Venezuela en el establecimiento de plantaciones de Pino Caribe a las que se han sumado en los últimos años otras especies como Acacia, Eucalipto, Teca y Saladillo; producto de una actividad forestal que se desarrolla en los estados Monagas, Anzoátegui, Bolívar, Falcón, Apure, Barinas y Aragua. Asimismo, más de 2000 trabajadores materializan las diversas actividades de la cadena productiva de Maderas del Orinoco, desde la producción de semillas de Pino Caribe, hasta la elaboración de
  • 21. PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 21 productos terminados que se distribuyen a todas las regiones de la nación. Actualmente el aserradero Uverito pasó de producir 20 mil metros cúbicos de madera aserrada al año, para producir 200 mil metros cúbicos, para ello se cuenta con el bosque de pino caribe más grande del mundo. Del bosque se extrae madera gruesa, para la industria del aserrío y madera delgada para la pulpa de papel, que, con la culminación de PULPACA se procesarán 100 mil toneladas para consumo interno y 150 mil para exportación. Hasta los momentos el Sector Público abarca más del 80% de esta actividad, es por ello que las estadísticas en el Sector Privado han quedado muy bajo perfil y por ende no se cuenta con información fidedigna para compartir.