c3.hu3.p1.p3.El ser humano como ser histórico.pptx
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1. PPoorrttaall ddee llaa AAddmmiinniissttrraacciióónn
Participantes:
Adechedera, Thais
Albarran, Francisco
Bastardo, Armando
Hernández, Jhan
Osorio, José
Vizcaya, Heber
PPúúbblliiccaa NNaacciioonnaall
2. MISIÓN
• Generar las políticas que permitan la incorporación
integral de las comunidades, en el desarrollo político,
económico y social del municipio.
• Promover la participación y el protagonismo de las
comunidades en la formación, ejecución y control de la
gestión pública.
• Mejorar de forma progresiva la calidad de vida y
bienestar del Ciudadano, mediante la prestación de los
servicios necesarios, para garantizar el buen vivir de las
caraqueñas y los caraqueños.
3. VISIÓN
• Constituirse como una institución comprometida y estrechamente
vinculada a los procesos de organización popular, capaz de brindar
a la comunidad los medios necesarios para el desarrollo de los
gobiernos parroquiales y estimular la formación de una conciencia
reflexiva y crítica para dar paso al hombre nuevo.
•
Ser una institución dinámica y flexible pero al mismo tiempo firme
en los principios en los cuales se cimienta la democracia
protagónica y participativa del pueblo de Caracas, con un personal
altamente calificado y motivado para cumplir los retos planteados
por este proceso revolucionario de transformación social de la
ciudad.
4. Fortalezas - Debilidades
• Atractivo diseño.
• Facilita la participación e
interacción ciudadana.
• Se encuentra inmersa en
todas las redes sociales.
• Muestras sitios y lugares
emblemáticos de interés
cultural.
• Muestra eventos a realizarse
en la comunidad.
• Tips de seguridad ciudadana
• Servicios no habilitados.
• Fallas al ingresar datos para
verificación conformación o
estatus del tramite.
• Información no actualizada
• No ofrecen servicios bancarios
en líneas. (cancelación de
tramites).
• No permite descarga de
documentos señalados en la
pagina Web
5. 1.- Dirigir el Gobierno y Administración Municipal y ejercer la representación del Municipio.
2.- Ejecutar, dirigir e inspeccionar los servicios y obras municipales.
3.- Dictar Reglamentos, Decretos, Resoluciones y demás actos administrativos de la entidad.
4.- Suscribir los contratos que celebre la entidad; disponer gastos y ordenar pagos, conforme
a lo que establezcan las Ordenanzas.
5.- Ejercer la máxima autoridad en materia de administración de personal y, en tal carácter,
nombrarlo, removerlo o destituirlo, conforme a los procedimientos establecidos, con
excepción del personal asignado a la Cámara, Secretaría y Sindicato Municipal, cuya
administración corresponde al Concejo o Cabildo, a proposición de los respectivos
titulares.
6.- Someter a la consideración del Concejo o Cabildo el Plan y los Programas de trabajo de la
gestión local, así como el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Gastos,
de acuerdo a las normas previstas en esta Ley, y en el ordenamiento jurídico municipal o
Distrital.
7.- Presentar a la consideración del Concejo o Cabildo Proyectos de Ordenanzas, con las
exposiciones de motivos que los fundamenten.
8.- Elaborar y disponer la ejecución de los planes de desarrollo urbano local, sancionados por
el Concejo o Cabildo.
Funciones
6. 1.- Dirigir el Gobierno y Administración Municipal y ejercer la representación del Municipio.
2.- Ejecutar, dirigir e inspeccionar los servicios y obras municipales.
3.- Dictar Reglamentos, Decretos, Resoluciones y demás actos administrativos de la entidad.
4.- Suscribir los contratos que celebre la entidad; disponer gastos y ordenar pagos, conforme
a lo que establezcan las Ordenanzas.
5.- Ejercer la máxima autoridad en materia de administración de personal y, en tal carácter,
nombrarlo, removerlo o destituirlo, conforme a los procedimientos establecidos, con
excepción del personal asignado a la Cámara, Secretaría y Sindicato Municipal, cuya
administración corresponde al Concejo o Cabildo, a proposición de los respectivos
titulares.
6.- Someter a la consideración del Concejo o Cabildo el Plan y los Programas de trabajo de la
gestión local, así como el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Gastos,
de acuerdo a las normas previstas en esta Ley, y en el ordenamiento jurídico municipal o
Distrital.
7.- Presentar a la consideración del Concejo o Cabildo Proyectos de Ordenanzas, con las
exposiciones de motivos que los fundamenten.
8.- Elaborar y disponer la ejecución de los planes de desarrollo urbano local, sancionados por
el Concejo o Cabildo.
Funciones