Documentos normativos
comprometidos con la educación
         igualitaria.
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
En el Preámbulo, aparece formulado el
 principio fundamental de “La calidad
 de la educación para todos los
 alumnos y alumnas, en condiciones
 de equidad y con garantías de
 igualdad de oportunidades”.
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
 Principios:
Principio b, de la Ley “La equidad, que garantice la
  igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no
  discriminación, y actúe como elemento compensador de
  las desigualdades personales, culturales, económicas y
  sociales, con especial atención aquellas que deriven de
  la discapacidad.
En el principio c, la Ley recoge “La transmisión y puesta en
  práctica que favorezca la libertad personal, la
  responsabilidad, la ciudadanía democrática, la
  solidaridad democrática, la tolerancia, la igualdad […]”.
En el principio i., la Ley mantiene “El desarrollo de la
  igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la
  igualdad efectiva entre hombres y mujeres”.
Herramienta de la LOE
Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.




Asegura la impartición de bloques de contenidos basados en:
* Las relaciones humanas, interpersonales entre varones y
  mujeres,
* Desarrollo de actitudes no violentas en la convivencia diaria,
* Deberes y derechos ciudadanos,
* Sociedades democráticas del siglo XXI
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de
Protección contra la Violencia de Género.
En el Título I reza,
“Se      determinarán       medidas      de
  sensibilización, prevención y detección e
  intervención en diferentes ámbitos. En el
  ámbito educativo se especifican las
  obligaciones del sistema para la
  transmisión de valores de respeto a la
  dignidad de las mujeres y a la igualdad
  entre hombres y mujeres”
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de
Medidas de Protección contra la Violencia de
Género

El Capítulo II, artículo 6, que trata sobre el Fomento
  de la igualdad, se señala, “Con el fin de garantizar
  la efectiva igualdad entre hombres y mujeres, las
  Administraciones Educativas velarán para que en
  todos los materiales educativos se eliminen los
  estereotipos sexistas o discriminatorios y para que
  se fomenten el igual valor de hombres y mujeres”.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres
En el Capítulo I, artículo 14, alusivo a Criterios
  generales de actuación de los Poderes Públicos,
  apartado 11 dice, “La implantación de un lenguaje
  no sexista en el ámbito administrativo y su fomento
  en la totalidad de las relaciones sociales, culturales
  y artísticas”
En el Capítulo II, artículo 24 referido a La integración
  del principio de igualdad en la política de
  educación, apartado f. señala “El establecimiento
  de      medidas       educativas     destinadas      al
  reconocimiento y enseñanza del papel de las
  mujeres en la historia”
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres
Dentro el mismo capítulo, la Ley recoge en el artículo
 30 destinado al desarrollo rural “En las actuaciones
 encaminadas al desarrollo del medio rural, se
 incluirán acciones dirigidas a mejorar el nivel
 educativo y de formación de las mujeres y
 especialmente aquellas que favorezcan su
 incorporación al mercado de trabajo y a los órganos
 de dirección de empresas y asociaciones”
El Plan de Estratégico de Igualdad de
Oportunidades (2008-2011)
En el eje 4 referido a Educación, contempla el
  objetivo 6, referido a “Promover que los libros de
  texto y material educativo se editen respondiendo a
  criterios de igualdad y no discriminación,
  incorporando la visión y las aportaciones realizadas
  por mujeres en todos los contenidos escolares y
  académicos”.

Power normas

  • 1.
    Documentos normativos comprometidos conla educación igualitaria.
  • 2.
    Ley Orgánica 2/2006,de 3 de mayo. En el Preámbulo, aparece formulado el principio fundamental de “La calidad de la educación para todos los alumnos y alumnas, en condiciones de equidad y con garantías de igualdad de oportunidades”.
  • 3.
    Ley Orgánica 2/2006,de 3 de mayo.  Principios: Principio b, de la Ley “La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación, y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención aquellas que deriven de la discapacidad. En el principio c, la Ley recoge “La transmisión y puesta en práctica que favorezca la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad democrática, la tolerancia, la igualdad […]”. En el principio i., la Ley mantiene “El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres”.
  • 4.
    Herramienta de laLOE Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos. Asegura la impartición de bloques de contenidos basados en: * Las relaciones humanas, interpersonales entre varones y mujeres, * Desarrollo de actitudes no violentas en la convivencia diaria, * Deberes y derechos ciudadanos, * Sociedades democráticas del siglo XXI
  • 5.
    Ley Orgánica 1/2004,de 28 de diciembre, de Medidas de Protección contra la Violencia de Género. En el Título I reza, “Se determinarán medidas de sensibilización, prevención y detección e intervención en diferentes ámbitos. En el ámbito educativo se especifican las obligaciones del sistema para la transmisión de valores de respeto a la dignidad de las mujeres y a la igualdad entre hombres y mujeres”
  • 6.
    Ley Orgánica 1/2004,de 28 de diciembre, de Medidas de Protección contra la Violencia de Género El Capítulo II, artículo 6, que trata sobre el Fomento de la igualdad, se señala, “Con el fin de garantizar la efectiva igualdad entre hombres y mujeres, las Administraciones Educativas velarán para que en todos los materiales educativos se eliminen los estereotipos sexistas o discriminatorios y para que se fomenten el igual valor de hombres y mujeres”.
  • 8.
    La Ley Orgánica3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres En el Capítulo I, artículo 14, alusivo a Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos, apartado 11 dice, “La implantación de un lenguaje no sexista en el ámbito administrativo y su fomento en la totalidad de las relaciones sociales, culturales y artísticas” En el Capítulo II, artículo 24 referido a La integración del principio de igualdad en la política de educación, apartado f. señala “El establecimiento de medidas educativas destinadas al reconocimiento y enseñanza del papel de las mujeres en la historia”
  • 9.
    La Ley Orgánica3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres Dentro el mismo capítulo, la Ley recoge en el artículo 30 destinado al desarrollo rural “En las actuaciones encaminadas al desarrollo del medio rural, se incluirán acciones dirigidas a mejorar el nivel educativo y de formación de las mujeres y especialmente aquellas que favorezcan su incorporación al mercado de trabajo y a los órganos de dirección de empresas y asociaciones”
  • 10.
    El Plan deEstratégico de Igualdad de Oportunidades (2008-2011) En el eje 4 referido a Educación, contempla el objetivo 6, referido a “Promover que los libros de texto y material educativo se editen respondiendo a criterios de igualdad y no discriminación, incorporando la visión y las aportaciones realizadas por mujeres en todos los contenidos escolares y académicos”.