El documento describe los conceptos clave relacionados con el matrimonio y las uniones civiles según la legislación argentina. Explica que el matrimonio es una institución creada por el hombre que ha ido evolucionando, y ahora incluye uniones del mismo sexo. Detalla los requisitos para contraer matrimonio como la edad mínima, el consentimiento de ambas partes, y los impedimentos como el parentesco o un matrimonio previo. También cubre temas como la dispensa judicial, la oposición a un matrimonio,
El documento define el matrimonio como un contrato solemne entre un hombre y una mujer para vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente. Explica los requisitos para contraer matrimonio como la edad, el consentimiento y las formalidades de celebración ante funcionario competente. También establece causales de nulidad y los efectos de los matrimonios celebrados según ritos religiosos.
Este documento resume conceptos clave del derecho de familia y sucesiones en Colombia. Explica temas como el divorcio, el repudio, la legitimación para demandar el divorcio, la indisolubilidad del vínculo matrimonial, la capacidad para contraer matrimonio, las líneas de consanguinidad y afinidad, el error sobre la persona, y extractos de jurisprudencia relacionados con estos temas. También define conceptos como la sucesión intestada, la herencia universal, y resalta algunos aspectos del derecho romano sobre la
clase Nulidades Matrimoniales. Derechos y deberes de los conyuges.pptMuriel Cofre
El documento resume las distintas clasificaciones y tipos de nulidades matrimoniales según el Código Civil y Comercial de la Nación. Explica que existen nulidades absolutas y relativas. Las absolutas son aquellas que contravienen el orden público, como el parentesco o el matrimonio anterior vigente. Las relativas sólo afectan a ciertas personas, como cuando uno de los cónyuges no tenía la edad legal. También describe los legitimados para solicitar cada tipo de nulidad, los plazos y efectos cuando uno o ambos có
1) La comisión propone reformas al Código Civil para fijar la edad mínima para el matrimonio en 18 años y eliminar el requisito de consentimiento parental. 2) También busca simplificar el proceso de divorcio por mutuo consentimiento mediante audiencias de conciliación. 3) Otro objetivo es garantizar la igualdad de derechos entre familias constituidas por matrimonio y unión de hecho.
Este documento presenta el Código de Familia de Honduras. Establece las reglas y regulaciones para las relaciones familiares y el matrimonio en Honduras. Cubre temas como los requisitos para contraer matrimonio, los impedimentos legales para el matrimonio, los deberes de los padres y cónyuges, y la creación de tribunales de familia para resolver asuntos relacionados con el código.
Codigo de familia nicaragua(actualizada 07) (2)honduras2014
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones del Código de Familia de Honduras. Establece las disposiciones generales sobre la organización de la familia y el matrimonio civil, incluyendo los requisitos para contraer matrimonio, los impedimentos, y los procedimientos para la celebración del matrimonio civil.
Este documento presenta el Código de Familia de Honduras. Establece las reglas y regulaciones para las relaciones familiares y el matrimonio en Honduras. Cubre temas como los requisitos para contraer matrimonio, los impedimentos legales para el matrimonio, los deberes de los padres y cónyuges, y la creación de tribunales de familia para resolver asuntos relacionados con el código.
Este documento resume los principales aspectos de la disolución del vínculo matrimonial en Venezuela. Explica las causales de divorcio y separación de cuerpos, así como los procedimientos contencioso y no contencioso. También describe el procedimiento especial para casos que involucren menores de edad, con énfasis en la audiencia de reconciliación y los requisitos para continuar con el proceso. Finalmente, presenta un ejemplo de sentencia de divorcio contencioso.
El documento define el matrimonio como un contrato solemne entre un hombre y una mujer para vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente. Explica los requisitos para contraer matrimonio como la edad, el consentimiento y las formalidades de celebración ante funcionario competente. También establece causales de nulidad y los efectos de los matrimonios celebrados según ritos religiosos.
Este documento resume conceptos clave del derecho de familia y sucesiones en Colombia. Explica temas como el divorcio, el repudio, la legitimación para demandar el divorcio, la indisolubilidad del vínculo matrimonial, la capacidad para contraer matrimonio, las líneas de consanguinidad y afinidad, el error sobre la persona, y extractos de jurisprudencia relacionados con estos temas. También define conceptos como la sucesión intestada, la herencia universal, y resalta algunos aspectos del derecho romano sobre la
clase Nulidades Matrimoniales. Derechos y deberes de los conyuges.pptMuriel Cofre
El documento resume las distintas clasificaciones y tipos de nulidades matrimoniales según el Código Civil y Comercial de la Nación. Explica que existen nulidades absolutas y relativas. Las absolutas son aquellas que contravienen el orden público, como el parentesco o el matrimonio anterior vigente. Las relativas sólo afectan a ciertas personas, como cuando uno de los cónyuges no tenía la edad legal. También describe los legitimados para solicitar cada tipo de nulidad, los plazos y efectos cuando uno o ambos có
1) La comisión propone reformas al Código Civil para fijar la edad mínima para el matrimonio en 18 años y eliminar el requisito de consentimiento parental. 2) También busca simplificar el proceso de divorcio por mutuo consentimiento mediante audiencias de conciliación. 3) Otro objetivo es garantizar la igualdad de derechos entre familias constituidas por matrimonio y unión de hecho.
Este documento presenta el Código de Familia de Honduras. Establece las reglas y regulaciones para las relaciones familiares y el matrimonio en Honduras. Cubre temas como los requisitos para contraer matrimonio, los impedimentos legales para el matrimonio, los deberes de los padres y cónyuges, y la creación de tribunales de familia para resolver asuntos relacionados con el código.
Codigo de familia nicaragua(actualizada 07) (2)honduras2014
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones del Código de Familia de Honduras. Establece las disposiciones generales sobre la organización de la familia y el matrimonio civil, incluyendo los requisitos para contraer matrimonio, los impedimentos, y los procedimientos para la celebración del matrimonio civil.
Este documento presenta el Código de Familia de Honduras. Establece las reglas y regulaciones para las relaciones familiares y el matrimonio en Honduras. Cubre temas como los requisitos para contraer matrimonio, los impedimentos legales para el matrimonio, los deberes de los padres y cónyuges, y la creación de tribunales de familia para resolver asuntos relacionados con el código.
Este documento resume los principales aspectos de la disolución del vínculo matrimonial en Venezuela. Explica las causales de divorcio y separación de cuerpos, así como los procedimientos contencioso y no contencioso. También describe el procedimiento especial para casos que involucren menores de edad, con énfasis en la audiencia de reconciliación y los requisitos para continuar con el proceso. Finalmente, presenta un ejemplo de sentencia de divorcio contencioso.
Este documento describe los procedimientos legales para el divorcio y la separación de cuerpos en Venezuela. Explica las siete causales para el divorcio, los dos tipos de separación (contenciosa y no contenciosa), y el proceso para convertir una separación en divorcio. También resume los procedimientos especiales establecidos en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente cuando hay menores de edad involucrados.
Este documento presenta extractos del Código Civil ecuatoriano relacionados con el matrimonio. Define el matrimonio como un contrato entre un hombre y una mujer con el fin de vivir juntos, procrear y apoyarse mutuamente. Describe los requisitos de edad y consentimiento necesarios para contraer matrimonio, así como las causas que lo invalidan o anulan, como la falta de consentimiento libre o la consanguinidad. Explica también los efectos de los matrimonios celebrados en el extranjero.
Texto actualizado al 01 de enero de 2016. Revisión para estudiantes que preparan el examen de grado de Derecho. Subido mediante www.inoponible.cl. (FRAN)
El documento resume los conceptos, naturaleza jurídica, requisitos y efectos del matrimonio según el Código Civil del Distrito Federal de México. Define el matrimonio como la unión libre de dos personas para realizar una comunidad de vida basada en el respeto, igualdad y ayuda mutua. Explica los requisitos de fondo, forma e impedimentos para contraer matrimonio, así como los deberes y derechos que surgen entre los cónyuges y hacia los hijos.
El documento habla sobre el divorcio. Explica que el divorcio es la disolución del vínculo matrimonial ya sea por mutuo acuerdo o por la voluntad de uno de los cónyuges si hay causales como adulterio o abandono. Describe los dos tipos de divorcio, por mutuo acuerdo o por causal y contiene detalles sobre el proceso legal de divorcio incluyendo causales, custodia de hijos, y recursos legales.
1) El documento describe el divorcio, incluyendo sus definiciones, tipos (mutuo consentimiento y causal), y causales legales. 2) Explica el proceso de divorcio por causal, incluyendo la presentación de la demanda, audiencia y sentencia. 3) Proporciona recomendaciones para iniciar el divorcio, como obtener asesoría legal y dialogar sobre hijos y bienes.
Este documento resume los principales aspectos del matrimonio según el Código de la Familia de Panamá. Define el matrimonio como la unión voluntaria entre un hombre y una mujer con capacidad legal. Detalla los impedimentos para contraer matrimonio, las formalidades requeridas, los tipos especiales de matrimonio y los efectos jurídicos del mismo. Además, explica los derechos y deberes de los cónyuges según la ley panameña.
El documento describe los aspectos fundamentales del matrimonio como institución, incluyendo sus requisitos, impedimentos, celebración y efectos. Explica las diferentes etapas del matrimonio desde el noviazgo hasta la disolución, y define conceptos como régimen patrimonial, donaciones antenupciales y separación de bienes.
(1) El documento describe el matrimonio y la unión estable de hecho (concubinato) según la ley venezolana. Define el matrimonio, sus elementos y efectos, y los procedimientos para su celebración y disolución, incluida la nulidad. (2) También explica los elementos de una unión estable de hecho, los requisitos para su declaración judicial, y los procedimientos para la partición y liquidación de la comunidad de bienes resultante. (3) Finalmente, analiza la equiparación de la unión estable al
Este documento resume los principales aspectos relacionados con la investigación o impugnación de la paternidad o maternidad, la nulidad de matrimonio civil y el divorcio según el Código Civil colombiano. Describe las causales y procedimientos para cada uno de estos temas, incluyendo la presentación de demandas, pruebas como exámenes de ADN, medidas cautelares y efectos de las sentencias. El documento provee una guía detallada pero concisa sobre estos asuntos legales relacionados con la familia y el estado civil de acuer
Este documento resume los aspectos clave del matrimonio, el régimen de bienes mancomunados y las capitulaciones matrimoniales según el derecho civil venezolano. Define cada tema, explica sus requisitos legales y efectos. En particular, describe la definición del matrimonio, los requisitos para celebrarlo, los diferentes regímenes de bienes aplicables durante el matrimonio y las capitulaciones matrimoniales como acuerdos prenupciales sobre la distribución de bienes.
Este documento contiene las disposiciones legales sobre el matrimonio en Panamá. Establece que el matrimonio es la unión voluntaria entre un hombre y una mujer, y reconoce los matrimonios civiles y religiosos. Detalla los impedimentos para contraer matrimonio como la edad, el parentesco o estar actualmente casado. También especifica las formalidades requeridas para celebrar un matrimonio civil válido como presentar certificados y celebrarlo ante un funcionario autorizado y testigos. Finalmente, menciona algunos matri
1) El documento discute el concepto de matrimonio, concubinato y uniones estables de hecho. Define el matrimonio como una unión entre un hombre y una mujer que tiene carácter de permanencia y perpetuidad. 2) Explica las diferencias entre la nulidad y anulabilidad matrimonial, señalando que la nulidad no puede ser convalidada mientras que la anulabilidad sí. 3) Resalta que las uniones estables de hecho tienen los mismos efectos que el matrimonio según la constitución, aunque difieren
El matrimonio civil en Perú solo puede ser celebrado por un Oficial de Registro Civil. Los requisitos para contraer matrimonio incluyen tener al menos 16 años para los hombres y 14 para las mujeres, gozar de salud mental, y no estar actualmente casado. El matrimonio está prohibido entre parientes consanguíneos, entre adoptantes y adoptados, y entre asesinos y víctimas. La voluntad de casarse debe manifestarse ante el Oficial de Registro Civil con dos testigos. El matrimonio también se puede efectuar mediante un poder notarial.
Este documento contiene varios artículos relacionados con el matrimonio civil en Honduras. Establece los requisitos para contraer matrimonio como la edad mínima, el consentimiento de los padres si son menores de edad, los impedimentos por parentesco o estado civil previo, y los documentos requeridos como el certificado médico y actas de disolución de uniones anteriores. También regula aspectos como la autorización de matrimonios en el extranjero, situaciones de emergencia y quienes están facultados para celebrarlos
Este documento resume los principales conceptos del derecho de familia y sucesiones en Argentina. Define la familia desde un concepto amplio y restringido, y explica los diferentes tipos de parentesco como la naturaleza, reproducción asistida, adopción y afinidad. También describe el matrimonio, sus principios de libertad e igualdad, y sus efectos patrimoniales y extrapatrimoniales como la asistencia y los alimentos entre los cónyuges.
Este documento presenta una nueva ley de matrimonio civil en Chile. Establece los requisitos para contraer matrimonio, como la edad mínima, el consentimiento libre y la ausencia de impedimentos. También regula los trámites previos como la manifestación de intención y la información a los contrayentes. El matrimonio debe celebrarse ante un oficial del registro civil con dos testigos.
Este documento presenta el Código de Familia de Honduras. Establece las normas y procedimientos relacionados con la organización y funcionamiento de la familia, incluyendo el matrimonio, los requisitos para contraer matrimonio, los impedimentos para el matrimonio y las diligencias preliminares para la celebración del matrimonio.
Este documento resume conceptos clave sobre el matrimonio, divorcio y concubinato. Brevemente describe: 1) El matrimonio como una unión voluntaria entre dos personas ante la ley que conlleva derechos y obligaciones; 2) Los dos tipos de matrimonio (civil y religioso) y sus elementos; y 3) Los tipos de divorcio (voluntario y necesario) y sus requisitos legales.
La solicitud que se presente ante los tribunales de justicia debe contener: (1) los nombres completos del solicitante y su representante legal, así como su domicilio y datos de contacto; (2) una relación de los hechos del caso; (3) el fundamento legal en que se basa la solicitud; (4) los nombres de las personas contra quienes se reclama un derecho; (5) la petición formulada de manera precisa; y (6) la firma del solicitante o su representante legal. El juez debe dictar una sentencia congruente con
REGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO parte 2.pptxMuriel Cofre
El régimen patrimonial del matrimonio regula las cuestiones económicas y de bienes durante el matrimonio y después de su disolución. Existen dos tipos de régimen: comunidad de bienes y separación de bienes. En el régimen de separación de bienes, cada cónyuge administra sus propios bienes de forma independiente y responde individualmente por sus deudas, salvo excepciones. Este régimen finaliza con la disolución del matrimonio o su modificación.
CLASE Regimen de comunidad DISOLUCION.pptMuriel Cofre
1) El documento describe las causales de extinción del régimen de comunidad en el matrimonio según el Código Civil y Comercial de Argentina, incluyendo la muerte de uno de los cónyuges, la anulación del matrimonio, el divorcio, y la separación judicial de bienes.
2) Durante el período de indivisión poscomunitaria que sigue a la extinción del régimen, se aplican diferentes reglas dependiendo de si uno de los cónyuges ha fallecido o no.
3) Los cónyuges tienen obligaciones como inform
Este documento describe los procedimientos legales para el divorcio y la separación de cuerpos en Venezuela. Explica las siete causales para el divorcio, los dos tipos de separación (contenciosa y no contenciosa), y el proceso para convertir una separación en divorcio. También resume los procedimientos especiales establecidos en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente cuando hay menores de edad involucrados.
Este documento presenta extractos del Código Civil ecuatoriano relacionados con el matrimonio. Define el matrimonio como un contrato entre un hombre y una mujer con el fin de vivir juntos, procrear y apoyarse mutuamente. Describe los requisitos de edad y consentimiento necesarios para contraer matrimonio, así como las causas que lo invalidan o anulan, como la falta de consentimiento libre o la consanguinidad. Explica también los efectos de los matrimonios celebrados en el extranjero.
Texto actualizado al 01 de enero de 2016. Revisión para estudiantes que preparan el examen de grado de Derecho. Subido mediante www.inoponible.cl. (FRAN)
El documento resume los conceptos, naturaleza jurídica, requisitos y efectos del matrimonio según el Código Civil del Distrito Federal de México. Define el matrimonio como la unión libre de dos personas para realizar una comunidad de vida basada en el respeto, igualdad y ayuda mutua. Explica los requisitos de fondo, forma e impedimentos para contraer matrimonio, así como los deberes y derechos que surgen entre los cónyuges y hacia los hijos.
El documento habla sobre el divorcio. Explica que el divorcio es la disolución del vínculo matrimonial ya sea por mutuo acuerdo o por la voluntad de uno de los cónyuges si hay causales como adulterio o abandono. Describe los dos tipos de divorcio, por mutuo acuerdo o por causal y contiene detalles sobre el proceso legal de divorcio incluyendo causales, custodia de hijos, y recursos legales.
1) El documento describe el divorcio, incluyendo sus definiciones, tipos (mutuo consentimiento y causal), y causales legales. 2) Explica el proceso de divorcio por causal, incluyendo la presentación de la demanda, audiencia y sentencia. 3) Proporciona recomendaciones para iniciar el divorcio, como obtener asesoría legal y dialogar sobre hijos y bienes.
Este documento resume los principales aspectos del matrimonio según el Código de la Familia de Panamá. Define el matrimonio como la unión voluntaria entre un hombre y una mujer con capacidad legal. Detalla los impedimentos para contraer matrimonio, las formalidades requeridas, los tipos especiales de matrimonio y los efectos jurídicos del mismo. Además, explica los derechos y deberes de los cónyuges según la ley panameña.
El documento describe los aspectos fundamentales del matrimonio como institución, incluyendo sus requisitos, impedimentos, celebración y efectos. Explica las diferentes etapas del matrimonio desde el noviazgo hasta la disolución, y define conceptos como régimen patrimonial, donaciones antenupciales y separación de bienes.
(1) El documento describe el matrimonio y la unión estable de hecho (concubinato) según la ley venezolana. Define el matrimonio, sus elementos y efectos, y los procedimientos para su celebración y disolución, incluida la nulidad. (2) También explica los elementos de una unión estable de hecho, los requisitos para su declaración judicial, y los procedimientos para la partición y liquidación de la comunidad de bienes resultante. (3) Finalmente, analiza la equiparación de la unión estable al
Este documento resume los principales aspectos relacionados con la investigación o impugnación de la paternidad o maternidad, la nulidad de matrimonio civil y el divorcio según el Código Civil colombiano. Describe las causales y procedimientos para cada uno de estos temas, incluyendo la presentación de demandas, pruebas como exámenes de ADN, medidas cautelares y efectos de las sentencias. El documento provee una guía detallada pero concisa sobre estos asuntos legales relacionados con la familia y el estado civil de acuer
Este documento resume los aspectos clave del matrimonio, el régimen de bienes mancomunados y las capitulaciones matrimoniales según el derecho civil venezolano. Define cada tema, explica sus requisitos legales y efectos. En particular, describe la definición del matrimonio, los requisitos para celebrarlo, los diferentes regímenes de bienes aplicables durante el matrimonio y las capitulaciones matrimoniales como acuerdos prenupciales sobre la distribución de bienes.
Este documento contiene las disposiciones legales sobre el matrimonio en Panamá. Establece que el matrimonio es la unión voluntaria entre un hombre y una mujer, y reconoce los matrimonios civiles y religiosos. Detalla los impedimentos para contraer matrimonio como la edad, el parentesco o estar actualmente casado. También especifica las formalidades requeridas para celebrar un matrimonio civil válido como presentar certificados y celebrarlo ante un funcionario autorizado y testigos. Finalmente, menciona algunos matri
1) El documento discute el concepto de matrimonio, concubinato y uniones estables de hecho. Define el matrimonio como una unión entre un hombre y una mujer que tiene carácter de permanencia y perpetuidad. 2) Explica las diferencias entre la nulidad y anulabilidad matrimonial, señalando que la nulidad no puede ser convalidada mientras que la anulabilidad sí. 3) Resalta que las uniones estables de hecho tienen los mismos efectos que el matrimonio según la constitución, aunque difieren
El matrimonio civil en Perú solo puede ser celebrado por un Oficial de Registro Civil. Los requisitos para contraer matrimonio incluyen tener al menos 16 años para los hombres y 14 para las mujeres, gozar de salud mental, y no estar actualmente casado. El matrimonio está prohibido entre parientes consanguíneos, entre adoptantes y adoptados, y entre asesinos y víctimas. La voluntad de casarse debe manifestarse ante el Oficial de Registro Civil con dos testigos. El matrimonio también se puede efectuar mediante un poder notarial.
Este documento contiene varios artículos relacionados con el matrimonio civil en Honduras. Establece los requisitos para contraer matrimonio como la edad mínima, el consentimiento de los padres si son menores de edad, los impedimentos por parentesco o estado civil previo, y los documentos requeridos como el certificado médico y actas de disolución de uniones anteriores. También regula aspectos como la autorización de matrimonios en el extranjero, situaciones de emergencia y quienes están facultados para celebrarlos
Este documento resume los principales conceptos del derecho de familia y sucesiones en Argentina. Define la familia desde un concepto amplio y restringido, y explica los diferentes tipos de parentesco como la naturaleza, reproducción asistida, adopción y afinidad. También describe el matrimonio, sus principios de libertad e igualdad, y sus efectos patrimoniales y extrapatrimoniales como la asistencia y los alimentos entre los cónyuges.
Este documento presenta una nueva ley de matrimonio civil en Chile. Establece los requisitos para contraer matrimonio, como la edad mínima, el consentimiento libre y la ausencia de impedimentos. También regula los trámites previos como la manifestación de intención y la información a los contrayentes. El matrimonio debe celebrarse ante un oficial del registro civil con dos testigos.
Este documento presenta el Código de Familia de Honduras. Establece las normas y procedimientos relacionados con la organización y funcionamiento de la familia, incluyendo el matrimonio, los requisitos para contraer matrimonio, los impedimentos para el matrimonio y las diligencias preliminares para la celebración del matrimonio.
Este documento resume conceptos clave sobre el matrimonio, divorcio y concubinato. Brevemente describe: 1) El matrimonio como una unión voluntaria entre dos personas ante la ley que conlleva derechos y obligaciones; 2) Los dos tipos de matrimonio (civil y religioso) y sus elementos; y 3) Los tipos de divorcio (voluntario y necesario) y sus requisitos legales.
La solicitud que se presente ante los tribunales de justicia debe contener: (1) los nombres completos del solicitante y su representante legal, así como su domicilio y datos de contacto; (2) una relación de los hechos del caso; (3) el fundamento legal en que se basa la solicitud; (4) los nombres de las personas contra quienes se reclama un derecho; (5) la petición formulada de manera precisa; y (6) la firma del solicitante o su representante legal. El juez debe dictar una sentencia congruente con
REGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO parte 2.pptxMuriel Cofre
El régimen patrimonial del matrimonio regula las cuestiones económicas y de bienes durante el matrimonio y después de su disolución. Existen dos tipos de régimen: comunidad de bienes y separación de bienes. En el régimen de separación de bienes, cada cónyuge administra sus propios bienes de forma independiente y responde individualmente por sus deudas, salvo excepciones. Este régimen finaliza con la disolución del matrimonio o su modificación.
CLASE Regimen de comunidad DISOLUCION.pptMuriel Cofre
1) El documento describe las causales de extinción del régimen de comunidad en el matrimonio según el Código Civil y Comercial de Argentina, incluyendo la muerte de uno de los cónyuges, la anulación del matrimonio, el divorcio, y la separación judicial de bienes.
2) Durante el período de indivisión poscomunitaria que sigue a la extinción del régimen, se aplican diferentes reglas dependiendo de si uno de los cónyuges ha fallecido o no.
3) Los cónyuges tienen obligaciones como inform
Las uniones convivenciales generan ciertos efectos patrimoniales y obligaciones durante la convivencia. Los convivientes tienen la libre administración de sus bienes propios y deben asistencia mutua. También deben contribuir a los gastos del hogar y son responsables solidarios por deudas contraídas para necesidades familiares. Respecto a la vivienda familiar, ninguno puede disponer de ella sin consentimiento del otro si la unión fue inscripta.
2.22. SOLARI-MONTALTO Disolución del Matrimonio. Convenio regulador Segundo ...Muriel Cofre
Este documento resume las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) sobre la disolución del matrimonio por divorcio. Establece que el divorcio puede ser solicitado por uno o ambos cónyuges y ya no requiere alegar una causa. Además, regula los efectos del divorcio como la distribución de bienes, atribución de la vivienda familiar y compensaciones económicas. Finalmente, indica los plazos y procedimientos judiciales para tramitar el divorcio y resolver cualquier desacuerdo entre los
2.22 SOLARI MONTALTO Cese de la convivencia (2) (1).pptxMuriel Cofre
Las uniones convivenciales pueden cesar por mutuo acuerdo de las partes, por la voluntad unilateral de uno de los convivientes o por la muerte o nueva unión de uno de ellos. Tras el cese, el conviviente que sufra un desequilibrio económico tiene derecho a una compensación cuya cuantía será determinada por el juez en base a la situación patrimonial y aportes de cada uno. Asimismo, el juez podrá atribuir el uso de la vivienda familiar a uno de los convivientes por hasta 2 años si cuida hij
2.22 SOLARI- MONTALTO Derechos y deberes del matrimonio.pptxMuriel Cofre
Este documento resume los derechos y deberes del matrimonio según los artículos 431 al 434 del Código Civil y Comercial de la Nación. Los cónyuges deben asistirse mutuamente y prestarse alimentos durante la vida en común y separación. Los alimentos pueden continuar después del divorcio si una parte está enferma o carece de recursos. El derecho a alimentos cesa si desaparece la causa, se inicia una nueva unión o hay indignidad.
2.22 6 SEP. SOLARI- MOTNALTO REGIMEN MATRIMONIAL DEL MATRIMONIO.pptxMuriel Cofre
1) El régimen de comunidad de ganancias rige de manera supletoria cuando los cónyuges no eligen otro régimen en el contrato matrimonial.
2) Los bienes se clasifican como propios o gananciales según su origen y fecha de adquisición. Los bienes propios son aquellos adquiridos antes del matrimonio o recibidos a título gratuito durante él, mientras que los gananciales son los adquiridos onerosamente durante la comunidad.
3) Cada cónyuge administra y dispone libremente de
2do. 2021. SOLARI-MONTALTO Estado de Flia y Parenteso.pptxMuriel Cofre
El documento resume cuatro clases de parentesco en el derecho vigente: por consanguinidad, por adopción, por reproducción humana asistida y por afinidad. Explica los conceptos de grado, línea, tronco y rama y cómo se computa el parentesco en las líneas recta y colateral. También distingue entre hermanos bilaterales y unilaterales y describe cómo se establece el parentesco por adopción y afinidad.
El documento resume la evolución del derecho de las familias en Argentina. Explica que el Código Civil y Comercial de 2015 refleja cambios como el reconocimiento de uniones que no se basan en el matrimonio y las técnicas de reproducción asistida. También destaca que las normas deben interpretarse desde una perspectiva de género y respetando los tratados internacionales de derechos humanos.
clase convenciones matrimoniales disposiciones comunes para todos los regimen...Muriel Cofre
Las convenciones matrimoniales son acuerdos entre futuros cónyuges para regular sus relaciones patrimoniales. Pueden incluir la designación de bienes, deudas, donaciones y la elección de un régimen patrimonial. Requieren escritura pública y sólo rigen si se celebra el matrimonio. Los cónyuges deben contribuir al sostenimiento del hogar y los hijos en común, y requieren consentimiento para disponer de la vivienda familiar o retirar muebles.
1.22 SOLARI-MONTALTO Filiacion. THRA. Determinacion de la filiacion.pptMuriel Cofre
El documento resume los principales aspectos de la filiación según el Código Civil y Comercial de Argentina. Define la filiación como el vínculo jurídico entre padres e hijos que puede surgir por naturaleza, reproducción asistida o adopción. Explica las fuentes y efectos iguales de la filiación, independientemente de su origen. También cubre temas como el consentimiento requerido para las técnicas de reproducción asistida y la determinación de la filiación en el matrimonio.
Este documento describe las uniones convivenciales y los pactos de convivencia según el Código Civil y Comercial de la Nación. Define una unión convivencial como la relación entre dos personas que viven juntas y comparten un proyecto de vida en común de manera pública, notoria, estable y permanente. Establece requisitos como la mayoría de edad, ausencia de vínculos familiares y una convivencia mínima de dos años. Además, explica que los pactos de convivencia pueden regular cuestiones como las contribuciones
2.22 SOLARI MONTALTO Cese de la convivencia (2).pptxMuriel Cofre
Este documento resume las disposiciones legales sobre los efectos del cese de las uniones convivenciales en Argentina. El cese puede darse por mutuo acuerdo, voluntad unilateral de uno de los convivientes o por fallecimiento de uno de ellos. Un conviviente puede solicitar una compensación económica si sufre un desequilibrio económico a causa de la convivencia. El juez también puede atribuir el uso de la vivienda familiar a uno de los convivientes por hasta 2 años.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
exposicion taller de argumentacion juridica y oratoria
PP MATRIMONIO .pptx
1. DERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONES
CATEDRA: DR. NESTOR SOLARI
FACULTAD DE DERECHO - UBA
MATRIMONIO
2. MATRIMONIO
CONCEPTO CREADO POR EL HOMBRE PARA DISEÑAR UN MODELO DE FAMILIA.
PROVIENE DEL LATIN (MATRIS : MADRE – MUNIUM: CARGA) .
ÉSTE CONCEPCTO HA IDO EVOLUCIONANDO POR LO QUE PODEMOS DECIR QUE
SIMBOLIZA UNA INSTITUCION DINAMICA.
LEY 26.618 DEL AÑO 2010 INCLUYE UNIONES DE PERSONAS DEL MISMO SEXO A LA
INSTITUCIÓN MATRIMONIAL SUPRIMIENDOSE LA DIVERSIDAD DE SEXO COMO
CONDICION DE SU EXISTENCIA.
SE HA AVANAZADO HACIA LA AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD ADMITIENDOSE EL
DIVORCIO UNILATERAL Y SIN NECESIDAD DE ALEGAR CAUSALES COMO LO
DISPONIA EL ANTIGUO CRITERIO LEGISLATIVO DONDE EL ORDEN PUBLICO
PREDOMINABA EN LA INSTITUCION MATRIMONIAL.
3. ESPONSALES
ART 401 CCyCN no se reconocen
esponsales de futuro ni habrá
acción para exigir el
cumplimiento de la promesa de
matrimonio, sin perjuicio de las
reglas del enriquecimiento sin
causa o de la restitución de
donaciones.
CONCEPTO: CONSTITUYE
LA PROMESA QUE DOS
PERSONAS SE HACEN DE
CONTRAER MATRIMONIO
EN EL FUTURO
CARACTERES:
• PREVIA.
• BILATERAL.
• NO ES FORMAL
4. Interpretación y
aplicación de las
normas
ARTICULO 402.- Ninguna norma
puede ser interpretada ni aplicada
en el sentido de limitar, restringir,
excluir o suprimir la igualdad de
derechos y obligaciones de los
integrantes del matrimonio, y los
efectos que éste produce, sea
constituido por dos personas de
distinto o igual sexo.
5. IMPEDIMENTOS
MATRIMONIALES
Concepto : los impedimentos son las causas
por las cuales la ley obstaculiza la celebración
del matrimonio.
Aptitud nupcial: esta constituida por las
condiciones y requisitos que debe cumplir
una persona para celebrar válidamente un
matrimonio.
Toda persona tiene libertad para contraer
matrimonio, salvo los impedimentos
expresados en el articulo 403 del CCCN.
6. Clasificación
impedimentos
Dirimentes: son aquellos que se sanciona con la nulidad (absoluta y relativa)
Impedientes: son aquellos que no se sancionan con la nulidad del matrimonio sino
con otro tipo de sanciones.
Absolutos: cuando no existe posibilidad de subsanar el impedimento.
Relativos: cuando el impedimento es subsanable.
Perpetuos: son los impedimentos que no desaparecen por el transcurso del tiempo,
ej nunca me podre casar con mi padre.
Temporales: Desaparecen por el transcurso del tiempo. Por ej. Caso de los menores
de edad, se pueden casar cuando cumplan 18 años.
Dispensables: se puede requerir autorización legal o judicial. Por ej. El caso de los
menores de edad, pueden contraer matrimonio con la autorización de sus
representantes legales.
7. IMPEDIMENTOS
MATRIMONIALES
ARTICULO 403.- Impedimentos matrimoniales. Son impedimentos
dirimentes para contraer matrimonio:
a) el parentesco en línea recta en todos los grados, cualquiera que sea
el origen del vínculo;
b) el parentesco entre hermanos bilaterales y unilaterales, cualquiera
que sea el origen del vínculo;
c) la afinidad en línea recta en todos los grados;
d) el matrimonio anterior, mientras subsista;
e) haber sido condenado como autor, cómplice o instigador del
homicidio doloso de uno de los cónyuges;
f) tener menos de dieciocho años; (16 A años puede contraer
matrimonio con autorización de sus padres art. 403)
g) la falta permanente o transitoria de salud mental que le impide tener
discernimiento para el acto matrimonial
8. DISPENSA JUDICIAL:
Quienes no tuvieran la edad
mínima para contraer
matrimonio o personas a
quienes les faltare salud
mental, pueden recurrir a la vía
judicial y obtener la dispensa
para celebrar el matrimonio.
• MENOR DE EDAD: si el menor de edad no tiene
autorización de sus padres entre los 16 y 18
años, o si fuere menor de 16 años deberá
recurrir a la dispensa judicial, el juez mantendrá
una entrevista con los futuros contrayentes y
con sus representantes, la decisión tendrá en
cuenta la edad y el grado de madurez de los
contrayentes.
• FALTA DE SALUD MENTAL: art 405 la dispensa
puede otorgarse previo dictamen del equipo
interdisciplinario sobre la comprensión de las
consecuencias jurídicas del acto.
9. TUTOR Y TUTELADO:
SITUACION FRENTE AL
MATRIMONIO
• TUTELA Y DISPENSA JUDICIAL: art. 404. la
dispensa para el matrimonio entre el tutor (o
sus descendientes) y el tutelado puede ser
otorgada si:
• Surge la voluntad de contraer matrimonio de las
partes (oír a las partes)
• Opinión de los representantes legales del
tutelado
• Que se hayan aprobado las cuentas de la
administración.
Si se lleva a cabo el matrimonio sin dispensa
judicial, el matrimonio será valido, solo se
impondrá sanción patrimonial por incumplimiento,
consiste en el cese de ser retribuido por el cargo,
de conformidad a lo establecido en el inc d) del
art. 129.
10. REQUISITOS DE
EXISTENCIA DEL
MATRIMONIO
ARTICULO 406.-. Para la existencia del
matrimonio es indispensable el consentimiento
de ambos contrayentes expresado personal y
conjuntamente ante la autoridad competente
para celebrarlo, excepto lo previsto en este
Código para el matrimonio a distancia.
El acto que carece de este requisito no produce
efectos civiles.
11. Consentimiento
puro y simple
ARTICULO 408.- Consentimiento puro
y simple. El consentimiento
matrimonial no puede someterse a
modalidad alguna. Cualquier plazo,
condición o cargo se tiene por no
expresado, sin que ello afecte la
validez del matrimonio.
12. OPOSICIÓN A
LA
CELEBRACIÓN
DEL
MATRIMONIO
ARTICULO 410.- Oposición a la
celebración del matrimonio. Sólo pueden
alegarse como motivos de oposición los
impedimentos establecidos por ley.
La oposición que no se funde en la
existencia de alguno de esos
impedimentos debe ser rechazada sin
más trámite.
13. ARTICULO 411.- Legitimados para la oposición. El
derecho a deducir oposición a la celebración del
matrimonio por razón de impedimentos compete:
a) al cónyuge de la persona que quiere contraer
otro matrimonio;
b) a los ascendientes, descendientes y hermanos
de alguno de los futuros esposos, cualquiera sea
el origen del vínculo;
c) al Ministerio Público, que debe deducir
oposición cuando tenga conocimiento de esos
impedimentos, especialmente, por la denuncia de
cualquier persona realizada de conformidad con
lo dispuesto en el artículo siguiente.
OPOSICIÓN A
LA
CELEBRACIÓN
DEL
MATRIMONIO
14. FORMA Y REQUISITOS DE LA
OPOSICIÓN
ARTICULO 413. La oposición se
presenta al oficial público del Registro
que ha de celebrar el matrimonio
verbalmente o por escrito con
expresión de:
a) nombre y apellido, edad, estado de
familia, profesión y domicilio del
oponente;
b) vínculo que une al oponente con
alguno de los futuros contrayentes;
c) impedimento en que se funda la
oposición;
d) documentación que prueba la
existencia del impedimento y sus
referencias, si la tiene; si no la tiene, el
lugar donde está, y cualquier otra
información útil.
Cuando la oposición se deduce en
forma verbal, el oficial público debe
levantar acta circunstanciada, que
firma con el oponente o con quien
firme a su ruego, si aquél no sabe o no
puede firmar. Cuando se deduce por
escrito, se debe transcribir en el libro
de actas con las mismas formalidades.
15. PROCEDIMIENTO DE LA OPOSICIÓN
ARTICULO 414.- Procedimiento de la oposición. Deducida la oposición el oficial público la hace
conocer a los contrayentes. Si alguno de ellos o ambos admite la existencia del impedimento
legal, el oficial público lo hace constar en acta y no celebra el matrimonio. Si los contrayentes no
lo reconocen, deben expresarlo ante el oficial público dentro de los tres días siguientes al de la
notificación; éste levanta un acta, remite al juez competente copia autorizada de todo lo actuado
con los documentos presentados y suspende la celebración del matrimonio.
El juez competente debe sustanciar y decidir la oposición por el procedimiento más breve que
prevea la ley local. Recibida la oposición, da vista por tres días al Ministerio Público. Resuelta la
cuestión, el juez remite copia de la sentencia al oficial público.
16. CUMPLIMIENTO
DE LA
SENTENCIA.
ARTICULO 415.- Cumplimiento de la sentencia.
Recibido el testimonio de la sentencia firme que
desestima la oposición, el oficial público procede
a celebrar el matrimonio.
Si la sentencia declara la existencia del
impedimento, el matrimonio no puede celebrarse.
En ambos casos, el oficial público debe anotar la
parte dispositiva de la sentencia al margen del
acta respectiva.
17. SUSPENSIÓN DE LA CELEBRACIÓN
ARTICULO 417.-. Si de las diligencias previas no resulta probada la
habilidad de los contrayentes, o se deduce oposición, el oficial público
debe suspender la celebración del matrimonio hasta que se pruebe la
habilidad o se rechace la oposición, haciéndolo constar en acta, de la
que debe dar copia certificada a los interesados, si la piden.
18. Modalidad ordinaria
de celebración
ARTICULO 416.- Solicitud inicial. Quienes pretenden contraer matrimonio
deben presentar ante el oficial público encargado del Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas correspondiente al domicilio de
cualquiera de ellos, una solicitud que debe contener:
a) nombres y apellidos, y número de documento de identidad, si lo tienen;
b) edad;
c) nacionalidad, domicilio y el lugar de su nacimiento;
d) profesión;
e) nombres y apellidos de los padres, nacionalidad, números de
documentos de identidad si los conocen, profesión y domicilio;
f) declaración sobre si han contraído matrimonio con anterioridad. En caso
afirmativo, el nombre y apellido del anterior cónyuge, lugar de celebración
del matrimonio y causa de su disolución, acompañando certificado de
defunción o copia debidamente legalizada de la sentencia ejecutoriada
que hubiera anulado o disuelto el matrimonio anterior, o declarado la
muerte presunta del cónyuge anterior, según el caso.
Si los contrayentes o alguno de ellos no sabe escribir, el oficial público
debe levantar acta que contenga las mismas enunciaciones.
19. Celebración del matrimonio.
ARTICULO 418.- El matrimonio debe celebrarse públicamente, con la comparecencia de los futuros
cónyuges, por ante el oficial público encargado del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas
que corresponda al domicilio de cualquiera de ellos.
Si se celebra en la oficina que corresponde a ese oficial público, se requiere la presencia de dos testigos
y las demás formalidades previstas en la ley. El número de testigos se eleva a cuatro si el matrimonio se
celebra fuera de esa oficina.
En el acto de la celebración del matrimonio el oficial público da lectura al artículo 431, recibe de cada
uno de los contrayentes la declaración de que quieren respectivamente constituirse en cónyuges, y
pronuncia que quedan unidos en matrimonio en nombre de la ley.
La persona que padece limitaciones en su aptitud para comunicarse en forma oral debe expresar su
voluntad por escrito o por cualquier otra manera inequívoca.
20. ACTA DE MATRIMONIO Y COPIA.
ARTICULO 420.- Acta de matrimonio y copia.
La celebración del matrimonio se consigna en un acta que debe contener:
a) fecha del acto;
b) nombre y apellido, edad, número de documento de identidad si lo tienen, estado civil,
nacionalidad, profesión, domicilio y lugar de nacimiento de los comparecientes;
c) nombre y apellido, número de documento de identidad, nacionalidad, profesión, y
domicilio de sus respectivos padres, si son conocidos;
d) lugar de celebración;
e) dispensa del juez cuando corresponda;
f) mención de si hubo oposición y de su rechazo;
21. ACTA DE MATRIMONIO Y COPIA
g) declaración de los contrayentes de que se toman por esposos, y del oficial público de que quedan
unidos en matrimonio en nombre de la ley;
h) nombre y apellido, edad, número de documento de identidad si lo tienen, estado de familia,
profesión y domicilio de los testigos del acto;
i) declaración de los contrayentes de si se ha celebrado o no convención matrimonial y, en caso
afirmativo, su fecha y el registro notarial en el que se otorgó;
j) declaración de los contrayentes, si se ha optado por el régimen de separación de bienes;
k) documentación en la cual consta el consentimiento del contrayente ausente, si el matrimonio es
celebrado a distancia.
El acta debe ser redactada y firmada inmediatamente por todos los que intervienen en el acto, o por
otros a su ruego, si no pueden o no saben hacerlo.
El oficial público debe entregar a los cónyuges, de modo gratuito, copia del acta de matrimonio y de la
libreta de familia expedida por Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas.
22. MODALIDAD EXTRAORDINARIA
DE CELEBRACIÓN
ARTICULO 421.- Matrimonio en artículo de muerte. El oficial público puede celebrar
matrimonio con prescindencia de todas o de alguna de las formalidades previstas
en la Sección 1ª, cuando se justifica que alguno de los contrayentes se encuentra en
peligro de muerte, con el certificado de un médico y, donde no lo hay, con la
declaración de dos personas.
En caso de no poder hallarse al oficial público encargado del Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas, el matrimonio en artículo de muerte puede
celebrarse ante cualquier juez o funcionario judicial, quien debe levantar acta de la
celebración, haciendo constar las circunstancias mencionadas en el artículo 420 con
excepción del inciso f) y remitirla al oficial público para que la protocolice.
23. MATRIMONIO
A DISTANCIA
ARTICULO 422.-. El matrimonio a
distancia es aquel en el cual el
contrayente ausente expresa su
consentimiento personalmente, en el
lugar en que se encuentra, ante la
autoridad competente para celebrar
matrimonios, según lo previsto en este
Código en las normas de derecho
internacional privado.
24. PRUEBA DEL
MATRIMONIO
ARTICULO 423.- Regla general. Excepciones. Posesión
de estado. El matrimonio se prueba con el acta de su
celebración, su testimonio, copia o certificado, o con
la libreta de familia expedidos por el Registro de
Estado Civil y Capacidad de las Personas.
Cuando existe imposibilidad de presentarlos, la
celebración del matrimonio puede probarse por otros
medios, justificando esta imposibilidad.
La posesión de estado, por sí sola, no es prueba
suficiente para establecer el estado de casados o
para reclamar los efectos civiles del matrimonio.
25. ANÁLISIS DE FALLO:
N., V.E. y otra s/ Inconstitucionalidad
(29/11/2016)
TRIBUNAL COLEGIADO DE FAMILIA NRO 5.
ROSARIO, SANTA FE