Este documento resume las disposiciones legales sobre los efectos del cese de las uniones convivenciales en Argentina. El cese puede darse por mutuo acuerdo, voluntad unilateral de uno de los convivientes o por fallecimiento de uno de ellos. Un conviviente puede solicitar una compensación económica si sufre un desequilibrio económico a causa de la convivencia. El juez también puede atribuir el uso de la vivienda familiar a uno de los convivientes por hasta 2 años.