La Contraloría General de la República (CGR) y su departamento de Capacitación elaboraron este documento el cual es expuesto en las diferentes jornadas.
Dictamen 47870 Sobre Horas Extras DiurnasNelson Leiva®
Este Dictamen aclara que se pueden cancelar más de 40 horas extras diurnas siempre y cuando estén decretadas, solo así procede el pago, ya que se cancelan sólo 40 horas diurnas o al 25%.
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevoNelson Leiva®
Este dictamen aclara el pago que debe realizarse al personal recién ingresado en los municipios, ya que por omisión se realizaron pagos del trimestre y año completo.
Este documento editado por el conocido profesional Abogado Felipe Hazbún, realiza un análisis de este importante reforma municipal, que hoy en día se aplica y que genera diversas aristas de interpretación que hoy la CGR, lo ha traducido en la serie de dictámenes , los que reconocieron derechos adquiridos de los funcionarios (as) a Contrata.
Una mirada a la Ley Nº 20.922 de MunicipalidadesNelson Leiva®
Este trabajo realizado por Amuch (Asociación Chilena de Municipalidades) con un objetivo analítico y completo de la Ley Nº 20.922, del 25.05.2016, se traduce hoy en este documento que sirve directamente para quienes son los directos partícipes, del municipalismo, como son los: los Ciudadanos (as) Alcaldes, Concejales y los (as) Funcionarios (as) Municipales de Chile
Dictamen 47870 Sobre Horas Extras DiurnasNelson Leiva®
Este Dictamen aclara que se pueden cancelar más de 40 horas extras diurnas siempre y cuando estén decretadas, solo así procede el pago, ya que se cancelan sólo 40 horas diurnas o al 25%.
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevoNelson Leiva®
Este dictamen aclara el pago que debe realizarse al personal recién ingresado en los municipios, ya que por omisión se realizaron pagos del trimestre y año completo.
Este documento editado por el conocido profesional Abogado Felipe Hazbún, realiza un análisis de este importante reforma municipal, que hoy en día se aplica y que genera diversas aristas de interpretación que hoy la CGR, lo ha traducido en la serie de dictámenes , los que reconocieron derechos adquiridos de los funcionarios (as) a Contrata.
Una mirada a la Ley Nº 20.922 de MunicipalidadesNelson Leiva®
Este trabajo realizado por Amuch (Asociación Chilena de Municipalidades) con un objetivo analítico y completo de la Ley Nº 20.922, del 25.05.2016, se traduce hoy en este documento que sirve directamente para quienes son los directos partícipes, del municipalismo, como son los: los Ciudadanos (as) Alcaldes, Concejales y los (as) Funcionarios (as) Municipales de Chile
Dictamen PMGM Caso Jueces de Policía LocalNelson Leiva®
Este Dictamen de la CGR señala que los jueces de policía local (JPL) tienen derecho al pago de la asignación de mejoramiento a la gestión municipal en las condiciones que indica; y, la prestación de servicios a honorarios en el mismo ente edilicio en que se desempeña un cargo como subrogante, produce incompatibilidad de funciones, en las circunstancias que señala.
EN EL PRESENTE ARTÍCULO SE ANALIZA LA LEGALIDAD Y VIABILIDAD DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA BAJO EL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL (CAS) SIN CONCURSO PÚBLICO: SITUACIÓN ESPECIAL DEL PERSONAL DE CONFIANZA Y DIRECTIVO.
Los plazos establecidos por el Estatuto Administrativo de los FF.MM es de seis meses, indica que situaciones generan la interrupción de la prescripción de dicho derecho
Dictamen Autonomía Pago Personal de MunicipalidadesNelson Leiva®
Este Dictamen, señala que los municipios son autónomos para fijar la fecha de pago de las remuneraciones de los funcionarios (as) municipales del país.
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922Nelson Leiva®
Esta presentación realizada por Asemuch al Subdere, buscar vía ley corta reparar el daño que afecta a los funcionarios (as) municipales a Contrata, además de aclarar y modificar los contenidos del Dictamen N° 63201.
Dictamen 81836 sobre límites de gasto en personalNelson Leiva®
Este Dictamen obliga a los municipios a los alcaldes a que deben cumplir con el límite presupuestario legal establecido para gastos en personal a contrata.
Presentación CGR Contratos a Honorarios en MunicipalidadesNelson Leiva®
La Contraloría General de la República (CGR) y su departamento de Capacitación elaboraron este documento el cual es expuesto en las diferentes jornadas.
Presentación Incentivo Retiro Municipales Nelson Leiva®
Presentación original realizada por el Gobierno, expuesto a la directiva de Asemuch en reunión conjunta. Esta presentación será socializada por las Asemuch y a la vez serán entregadas las propuestas recogidas para tener un sólo documento único de contrapropuesta al gobierno.
Informe CGR 1123/2015 Fiscalización a I. Municipalidad de LLay-LLayNelson Leiva®
Informe de la Contraloría General de la República sobre la I. Municipalidad de LLay Llay de acuerdo a situaciones , denuncias por uso de vehículos municipales y gastos de combustible..
Presentación del Estatuto Administrativo de los Funcionarios MunicipalesNelson Leiva®
Esta presentación realizada por la Contraloría General de la República (CGR) , entrega una visión general del contenido del Estatuto Administrativo de .los Funcionarios Municipales de Chile
Dictamen Gasto Celebración del Día del FF.MMNelson Leiva®
Este dictamen de la CGR señala la correcta imputación de los gastos originados en la Celebración Anual del Día Nacional del Funcionario (a) Municipal de Chile, los cuales son de cargo de cada uno de los municipios de nuestro país.
Importante dictamen que reconsidera en lo pertinente el dictamen N° 10.749 de 2015, en cuanto establece que la antigüedad, por tanto bienos, no se pierden respecto de aquellos funcionarios que ostentaban cargos nominados vieron incrementado sus grados (2 grados bajo el alcalde) en cumplimiento a lo dispuesto en el art. 16 de la ley 18.695, modificado por la ley 20.742.
Este Dictamen señala que la Municipalidad, no puede eliminar los últimos grados de las plantas, tiene que aplicarse de acuerdo a todos los cargos, debiendo quedar la misma cantidad de cargos que habían en la planta municipal.
Presentación Ley 20.922 de Plantas Municipales SubdereNelson Leiva®
Presentación de la Sra Doris Durán, Abogada Asesora de la Subdere , realizó esta presentación (08.06.2016), en el Teatro Municipal de San Felipe, ante 155 funcionarios participantes en las Jornadas Municipales realizadas en San Felipe
Dictamen Financiamiento Celebración día Nacional del FF.MMNelson Leiva®
Este Dictamen del año 2007, aclara que los municipios del país pueden financiar la celebración del Día Nacional del Funcionario Municipal.
Este es el primer dictamen en formato actualizado, ya que la CGR cambio su página web y los formatos a contar de ahora serán como este.
Resumen Ley de Calificaciones MunicipalesNelson Leiva®
Este trabajo realizado por el Dirigente Nacional de Asemuch, Antonio Riquelme Carrillo, en el cual se entregan los elementos contenidos en dicho reglamento, para la correcta aplicación del proceso calificatorio de los funcionarios (as) municipales de Chile
Presentación del Gobierno Incentivo al Retiro 11.Mayo.2017Nelson Leiva®
Esta presentación realizada por el Gobierno, el día 11 de Mayo, ante el directorio de Asemuch , muestra los montos de los beneficios económicos que beneficiarían a los FF.MM del país.
Presentación Gobierno a Asemuch Incentivo al RetiroNelson Leiva®
Esta presentación realizada por el Gobierno el día 13.11.2017, se someterá a la votación de cada una de las organizaciones gremiales que pertenecen a la Asemuch, teniendo como plazo perentorio el día Viernes 17 de Noviembre del 2017
Dictamen PMGM Caso Jueces de Policía LocalNelson Leiva®
Este Dictamen de la CGR señala que los jueces de policía local (JPL) tienen derecho al pago de la asignación de mejoramiento a la gestión municipal en las condiciones que indica; y, la prestación de servicios a honorarios en el mismo ente edilicio en que se desempeña un cargo como subrogante, produce incompatibilidad de funciones, en las circunstancias que señala.
EN EL PRESENTE ARTÍCULO SE ANALIZA LA LEGALIDAD Y VIABILIDAD DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA BAJO EL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL (CAS) SIN CONCURSO PÚBLICO: SITUACIÓN ESPECIAL DEL PERSONAL DE CONFIANZA Y DIRECTIVO.
Los plazos establecidos por el Estatuto Administrativo de los FF.MM es de seis meses, indica que situaciones generan la interrupción de la prescripción de dicho derecho
Dictamen Autonomía Pago Personal de MunicipalidadesNelson Leiva®
Este Dictamen, señala que los municipios son autónomos para fijar la fecha de pago de las remuneraciones de los funcionarios (as) municipales del país.
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922Nelson Leiva®
Esta presentación realizada por Asemuch al Subdere, buscar vía ley corta reparar el daño que afecta a los funcionarios (as) municipales a Contrata, además de aclarar y modificar los contenidos del Dictamen N° 63201.
Dictamen 81836 sobre límites de gasto en personalNelson Leiva®
Este Dictamen obliga a los municipios a los alcaldes a que deben cumplir con el límite presupuestario legal establecido para gastos en personal a contrata.
Presentación CGR Contratos a Honorarios en MunicipalidadesNelson Leiva®
La Contraloría General de la República (CGR) y su departamento de Capacitación elaboraron este documento el cual es expuesto en las diferentes jornadas.
Presentación Incentivo Retiro Municipales Nelson Leiva®
Presentación original realizada por el Gobierno, expuesto a la directiva de Asemuch en reunión conjunta. Esta presentación será socializada por las Asemuch y a la vez serán entregadas las propuestas recogidas para tener un sólo documento único de contrapropuesta al gobierno.
Informe CGR 1123/2015 Fiscalización a I. Municipalidad de LLay-LLayNelson Leiva®
Informe de la Contraloría General de la República sobre la I. Municipalidad de LLay Llay de acuerdo a situaciones , denuncias por uso de vehículos municipales y gastos de combustible..
Presentación del Estatuto Administrativo de los Funcionarios MunicipalesNelson Leiva®
Esta presentación realizada por la Contraloría General de la República (CGR) , entrega una visión general del contenido del Estatuto Administrativo de .los Funcionarios Municipales de Chile
Dictamen Gasto Celebración del Día del FF.MMNelson Leiva®
Este dictamen de la CGR señala la correcta imputación de los gastos originados en la Celebración Anual del Día Nacional del Funcionario (a) Municipal de Chile, los cuales son de cargo de cada uno de los municipios de nuestro país.
Importante dictamen que reconsidera en lo pertinente el dictamen N° 10.749 de 2015, en cuanto establece que la antigüedad, por tanto bienos, no se pierden respecto de aquellos funcionarios que ostentaban cargos nominados vieron incrementado sus grados (2 grados bajo el alcalde) en cumplimiento a lo dispuesto en el art. 16 de la ley 18.695, modificado por la ley 20.742.
Este Dictamen señala que la Municipalidad, no puede eliminar los últimos grados de las plantas, tiene que aplicarse de acuerdo a todos los cargos, debiendo quedar la misma cantidad de cargos que habían en la planta municipal.
Presentación Ley 20.922 de Plantas Municipales SubdereNelson Leiva®
Presentación de la Sra Doris Durán, Abogada Asesora de la Subdere , realizó esta presentación (08.06.2016), en el Teatro Municipal de San Felipe, ante 155 funcionarios participantes en las Jornadas Municipales realizadas en San Felipe
Dictamen Financiamiento Celebración día Nacional del FF.MMNelson Leiva®
Este Dictamen del año 2007, aclara que los municipios del país pueden financiar la celebración del Día Nacional del Funcionario Municipal.
Este es el primer dictamen en formato actualizado, ya que la CGR cambio su página web y los formatos a contar de ahora serán como este.
Resumen Ley de Calificaciones MunicipalesNelson Leiva®
Este trabajo realizado por el Dirigente Nacional de Asemuch, Antonio Riquelme Carrillo, en el cual se entregan los elementos contenidos en dicho reglamento, para la correcta aplicación del proceso calificatorio de los funcionarios (as) municipales de Chile
Presentación del Gobierno Incentivo al Retiro 11.Mayo.2017Nelson Leiva®
Esta presentación realizada por el Gobierno, el día 11 de Mayo, ante el directorio de Asemuch , muestra los montos de los beneficios económicos que beneficiarían a los FF.MM del país.
Presentación Gobierno a Asemuch Incentivo al RetiroNelson Leiva®
Esta presentación realizada por el Gobierno el día 13.11.2017, se someterá a la votación de cada una de las organizaciones gremiales que pertenecen a la Asemuch, teniendo como plazo perentorio el día Viernes 17 de Noviembre del 2017
Esta exposición realizada en ENATRAM 2016, corresponde a las negociaciones que mantiene Asemuch con el Gobierno de turno, para generar una Ley , que beneficie a los funcionarios y funcionarias municipales que cumplen los requisitos para jubilar.
Propuesta Ufemuch Ley de Incentivo al RetiroNelson Leiva®
Ufemuch también presenta una propuesta para cambiar la postura del gobierno expresada en la presentación del Ministerio de Hacienda, es menester que ambas organizaciones municipales elaboren un documento único para presentárselo al gobierno, lo cual beneficiará al ámbito municipal, especialmente en el cambio de UF a UTM como lo tienen las organizaciones de trabajadores del sector centralizado del estado de Chile.
Propuesta de Asemuch Incentivo al Retiro de los FF.MMNelson Leiva®
Este documento propuesta, entregada hoy Jueves 13.04.2017 al Ministerio de Hacienda, valida entregar beneficios a los trabajadores y trabajadoras municipales en UTM, tal como se entrega a los funcionarios (as) de la administración centralizada del estado.
Mensaje Presidencial Nº 104-364 Incentivo al Retiro de Funcionarios Públicos...Nelson Leiva®
Boletín Presidencial presentado al Congreso Nacional con fecha 24.06.2016 , para una vez aprobado generará la Ley de Incentivo al Retiro de los Funcionarios (as) del Sector Público, la cual beneficiará a los asociados pertenecientes a la multisindical Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF)
La abogada de la Subdere Sra Doris Durán, realizó esta presentación en el marco del Seminario Nacional de Funcionarios Municipales, realizado entre el día 03 al 05 de Mayo en la ciudad de Tomé
Ley N° 20948 Incentivo al Retiro Funcionarios de la Administración del EstadoNelson Leiva®
Esta Ley de Incentivo al Retiro está dirigida a los funcionarios de la Administración Centralizada del Estado, a los cuales les otorga incentivos económicos y otros.
Ley de Plantas Municipales Abogado Sergio NuñezNelson Leiva®
El abogado municipalista Dn Sergio Nuñez realizó esta exposición en ENATRAM 2016, con todos los elementos positivos y negativos , sobre todo por una autonomía que no es tal y que no descentraliza el poder del Estado.
Presentación de Ufemuch Ley de Incentivo al RetiroNelson Leiva®
Presentación realizada en el año 2015 de Ufemuch al Ministro de Hacienda, donde en sus contenidos acerca posiciones con Asemuch y se espera por parte de los trabajadores que estas idea se concreticen en un proyecto que beneficie a quienes jubilan.
Proyecto Ley Incentivo al Retiro Ajunji 25.01.2017Nelson Leiva®
Este boletín presidencial, enviado al parlamento otorga un incentivo al retiro a las (os) funcionarios (as) de la Junta Nacional de Jardines Infantiles del país agrupados en Ajunji.
Esta exposición de la CGR sobre la Ley N° 20922 que afecta al mundo municipal, está enmarcada en las diversas capacitaciones que realiza este órgano de control.
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Nelson Leiva®
En el día de hoy Miércoles 22 de Diciembre se publicó en el Diario Oficial de Chile la Ley N° 21405, la que "Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del Sector Público , concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales"
En la antesala de la publicación de la Ley N° 21405 en el Diario Oficial, que se realizaría mañana Lunes 20 de Diciembre probablemente, se emite el presente decreto por parte del Ministerio de Hacienda
La Cámara de Diputados y Diputadas envía este boletín con fecha 06.Dic.2021, el cual contiene el reajuste a las remuneraciones del Sector Público y concede aguinaldos y bonos
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Nelson Leiva®
Documento oficial del 02.Dic.2021, suscrito entre el Ministerio de Hacienda del Gobierno y los Gremios que confirman la Mesa del Sector Público , donde se encuentra el gremio de los funcionarios (as) municipales de Chile
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021Nelson Leiva®
La Contraloría General de la República emitió el Dictamen E160318/2021 del 29.11.2021 sobre la no autorización a que los municipios puedan vender gas licuado u otro tipo de gas.
La ciudad de San Felipe nacida en el año 1740, siempre ha tenido una trascendencia destacada en la historia de Chile desde sus albores,
Este interesante trabajo de José Antonio Mora revela la inserción e influencia que ha tenido en la génesis de nuestro país la querida Tres veces heroica ciudad de San Felipe de Aconcagua
Este estudio realizado por Hazbún Abogados Asociados analiza el Dictamen E156769 del 17.11.2021, indicando cuales son las nuevas razones para desvincular a dichos funcionarios, el cual recoge los distintos pronunciamientos de los Tribunales de Justicia
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Nelson Leiva®
Esta propuesta constitucional para una nueva institucionalidad en las municipalidades ha sido editada por la Asociación de Municipalidades de Chile (AMUCH) como contribución y apoyo al cambio y fortalecimiento del rol ciudadano en el nuevo municipio chileno.
Este instructivo ha sido emitido por la Contraloría General de la República con la finalidad de incorporar y recopilar los distintos fallos de los Tribunales Superiores de Justicia
La I. Municipalidad de San Felipe tiene este formato para quienes desean comenzar una actividad comercial, industrial, profesional o de alcoholes, obtener su patente CIPA, la cual puede ejercer en la jurisdicción comunal de San Felipe, en la parte posterior se encuentran los requisitos y documentación exigida.
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesNelson Leiva®
En la comuna de Las Condes se reunirán más de medio millar de funcionarios y funcionarias municipales provenientes de todos los municipios del país.
Este evento organizado por Asemuch comienza el 24 de Abril y finaliza este Viernes 27 de Abril del 2018
Este manual diseñado para el Deco Magic TV que contiene el sistema de canales HD de los canales afiliados a Anatel Chile.
Cabe señalar que en este sistema solo cancelas el valor del equipo y no tiene ningún cobro adicional, ni mensualidades, con una nitidez y sonido más avanzado que los de la TV paga.
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaNelson Leiva®
Este documento elaborado por dos expertos en políticas públicas de la UC, muestra un serio trabajo sobre el tema de la modernización municipal y la forma de construirla
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesNelson Leiva®
Esta circular del Ministerio del Interior señala lo principal, que a contar de esta fecha las regiones se denominarán solo por su nombre y no por número.
Este Dictamen señala que para efectos de la confección del escalafón, tratándose de períodos discontinuos de desempeño, debe considerarse como fecha de ingreso al municipio respectivo la que corresponda a la primera designación del funcionario de que se trate.
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasNelson Leiva®
Este Dictamen aclara y modifica todos los puntos sobre la tratativa de el personal a contrata, clarifica este tema que ha sido sancionado por la Corte Suprema recientemente.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
1. BONIFICACIONES POR RETIRO VOLUNTARIO
PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALES
REGIDOS POR LEYES N s. 18.883 Y 19.378,
Y DESTINACIONES
División de Municipalidades
Subdivisión Jurídica
2. BONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO
LEY N 20.649
División de Municipalidades
Subdivisión Jurídica
Artículo 1º: otorga una bonificación por retiro voluntario para
aquellos funcionarios municipales regidos por el Título II
del decreto ley Nº 3.551, de 1980, y por la ley Nº 18.883,
Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, que
entre el 1 de enero de 2011 y el 30 de junio de 2014, ambas
fechas inclusive, cumplan 60 ó 65 años de edad -según se
trate de mujeres u hombres-, y cesen en sus cargos por
aceptación de su renuncia voluntaria, en los plazos a que
se refieren los artículos 2º y 3 del primer cuerpo legal citado,
y a más tardar el día 31 de marzo de 2015.
3. REQUISITOS PARA ACCEDER A LA
BONIFICACIÓN
ENCONTRARSE EN FUNCIONES A LA ENTRADA EN VIGENCIA
DE LA LEY N° 20.649
ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2011 Y EL 30 DE JUNIO DE 2014,
AMBAS FECHAS INCLUSIVE, CUMPLIR 60 Ó 65 AÑOS DE
EDAD
CESAR EN FUNCIONES POR RENUNCIA VOLUNTARIA AL
CARGO EN EL PLAZO QUE ESTABLECE LA LEY
4. Artículo 2 : Podrán acceder a la bonificación hasta un
total de 2.550 beneficiarios, de conformidad con los cupos
anuales y modalidades que se indican
Año 2013: 1.600 cupos máximo.
PLAZO DE POSTULACIÓN Y CUPOS
¿Quiénes pueden postular?
Personal que cumpla la edad exigida
entre el 1 de enero y 31 de diciembre de
2013, el primer trimestre de ese año
Dejación voluntaria del cargo: hasta el
31 de diciembre de 2014
5. AÑO 2014: 950 cupos máximo.
¿Quiénes pueden postular?
Personal que cumpla la edad exigida
entre el 1 de enero y 30 de junio de
2014, el primer trimestre de ese año.
Dejación voluntaria del cargo: hasta
el 31 de marzo de 2015.
6. Artículo 14: Los funcionarios y funcionarias que al 31
de diciembre de 2010 ya hubiesen cumplido los
requisitos de edad del artículo 1 , podrán
excepcionalmente postular a las bonificaciones.
Deberán hacer efectiva su renuncia dentro de los 90
días siguientes a la publicación de la resolución que
les otorgue el beneficio.
200 cupos: 100 para el 2013, y 100 para el 2014.
Inciso final: establece un sistema de prelación para el
caso que haya mayor número de postulantes que cupos.
CUPOS ADICIONALES
7. DICTAMEN N°
37.250/14
El otorgamiento de las bonificaciones que
contempla el artículo 14 de la ley N° 20.649,
se encuentra limitado por un número anual
de cupos a los que se accede de acuerdo
con el orden de prioridad que determina la
ley.
La sola presentación de dicha solicitud no
confiere el derecho a percibir la anotada
bonificación, la que constituye una mera
expectativa, sujeta a la cantidad de cupos
disponibles, en relación con el orden de
prelación en el cual se sitúen los
peticionarios.
8. Plazo especial para las funcionarias:
Artículo 2 , incisos cuarto y quinto: las funcionarias podrán
postergar su decisión de postular.
Podrán participar en cualquier período de postulación con cargo a
los cupos del año respectivo.
Si quedan seleccionadas deberán hacer efectiva su renuncia hasta
el 31 de marzo del año siguiente.
Las que no queden seleccionadas por falta de cupos, pasarán a
integrar de forma preferente el listado de seleccionados para el
proceso correspondiente al año siguiente.
Se aplica el mismo criterio para los funcionarios que cumpliendo los
requisitos no queden seleccionados en su respectivo período de
postulación.
9. Situación de los funcionarios que a la fecha de la
entrada en vigencia de la ley, ya habían cumplido la
edad para jubilar:
Artículo 3 : quienes hubieren cumplido la edad exigida
entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de
2012, podrán postular en el proceso correspondiente al
año 2013, debiendo presentar su solicitud dentro del
primer trimestre de esa última anualidad, y hacer efectivo
su retiro voluntario hasta el mismo período de 2014.
10. MONTO DE LA BONIFICACIÓN
Artículo 5°
Será el equivalente a un mes de
remuneración por cada año de servicio o
fracción superior a seis meses prestados
por el funcionario en la administración
municipal, con un máximo de seis meses. Se
reconocerán los períodos discontinuos
siempre que ellos sean superiores a un año,
o al menos, uno de ellos sea superior a 5
años.
11. ARTICULO 5 , inciso segundo: el Alcalde, previo acuerdo del
concejo municipal, podrá otorgar a los funcionarios beneficiarios de la
bonificación de que se trata, en las condiciones y dentro del período
señalado, una bonificación por retiro complementaria, la que en
conjunto con la establecida en el inciso primero, no podrá
sobrepasar los años de servicios prestados en la administración
municipal, ni ser superior a once meses de bonificación.
El alcalde y el concejo no podrán acordar bonificaciones por retiro
complementarias para algunos funcionarios, excluyendo a otros,
como tampoco diferenciadas entre ellos.
BONIFICACIÓN COMPLEMENTARIA
12. Artículo 7º, inciso primero: los funcionarios municipales a
quienes se conceda la bonificación regulada en ese texto
legal, tienen derecho a percibir, por una sola vez, una
bonificación adicional equivalente a 395 UF, siempre que a
la fecha de postulación del beneficio cuenten con un mínimo
de diez años de servicios continuos o discontinuos
prestados en la administración municipal, en los términos del
inciso primero del artículo 5º.
Dicho monto alude a una jornada de 44 horas semanales. Si
fuere menor se calculará proporcionalmente.
Su pago es de cargo fiscal (SUBDERE- RESOLUCIÓN-
visación DIPRES)
BONIFICACIÓN ADICIONAL
13. PAGO DE LA BONIFICACIÓN
ÉPOCA DEL PAGO
Artículo 6°: el pago de las bonificaciones
procederá inmediatamente después del cese de
funciones, sea por aplicación de la causal prevista
en las letras a) o b) del artículo 144 de la ley N°
18.883, según corresponda. (aceptación de
renuncia u obtención de jubilación)
BASE DE CÁLCULO
promedio de las remuneraciones mensuales
últimos 12 meses anteriores al cese de funciones,
actualizadas según IPC
14. INCOMPATIBILIDAD Y PROHIBICIÓN
INCOMPATIBILIDAD
PROHIBICIÓN
Artículo 8°: ambas bonificaciones serán
incompatibles con toda otra indemnización por
concepto de término de relación laboral
Artículo 9°: los funcionarios no podrán ser
nombrados ni contratados asimilados a grado ni a
honorarios en establecimientos de salud públicos,
municipales, corporaciones o entidades
administradoras, ni municipalidades, ni
instituciones que conformen la Administración del
Estado
15. Artículo 1 : el personal regido por la ley N 19.378,
Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, que
cumpla con los requisitos que ese mismo precepto
detalla, tendrá derecho a percibir una bonificación por
retiro voluntario equivalente a un mes de
remuneración imponible por cada año de servicio y
fracción superior a seis meses prestados en
establecimientos de salud públicos, municipales o
corporaciones de salud municipal, con un máximo de
once meses.
BONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO
LEY N 20.589
16. REQUISITOS (ARTÍCULO 1 , INCISO CUARTO)
CUMPLIMIENTO DE LA EDAD
PRESENTAR SU POSTULACIÓN DURANTE EL SEGUNDO
TRIMESTRE DE 2012 O PRIMER TRIMESTRE DE 2013
HACER EFECTIVA SU RENUNCIA VOLUNTARIA HASTA EL
PRIMER TRIMESTRE DEL AÑO SIGUIENTE A SU
POSTULACIÓN
17. Artículo 1 , incisos segundo, tercero y quinto:
Podrán acceder a la bonificación hasta un total de 2.100
beneficiarios, de conformidad con los cupos anuales y modalidades
que se indican:
AÑO 2012: 500 cupos máximo.
PLAZO DE POSTULACIÓN Y CUPOS
¿Quiénes pueden postular?
Personal que cumpla la edad exigida,
entre el 1 de enero y 31 de diciembre de
2012, el segundo trimestre de ese año.
Dejación voluntaria del cargo: hasta el
primer trimestre del año siguiente al
de la postulación.
18. AÑO 2013: 800 cupos máximo.
PLAZO DE POSTULACIÓN Y CUPOS
¿Quiénes pueden postular?
Personal que cumpla la edad exigida, entre
el 1 de enero y 31 de diciembre de 2013, el
primer trimestre de ese año.
Dejación voluntaria del cargo: hasta el
primer trimestre del año siguiente al de
la postulación.
19. AÑO 2014: máximo de 800 cupos.
PLAZO DE POSTULACIÓN Y CUPOS
¿Quiénes pueden postular?
Personal que cumpla los requisitos de
edad, entre el 1 de enero y 30 de
junio de 2014.
Presentar su postulación durante el
primer trimestre de 2014, y hacer
efectiva su renuncia voluntaria hasta
el primer trimestre de 2015.
20. Artículo 9 : Los funcionarios y funcionarias que al 31 de
diciembre de 2010 ya hubiesen cumplido los requisitos de
edad del artículo 1 , podrán excepcionalmente postular a las
bonificaciones en cualquier período.
Deberán hacer efectiva su renuncia dentro de los 90 días
siguientes a la publicación de la resolución que les otorgue el
beneficio (SUBDERE-RESOLUCIÓN- visación DIPRES)
200 cupos: 50 para el 2012, 100 para el 2013, y 50 para el
2014.
Inciso segundo: establece un sistema de prelación para el
caso que haya mayor número de postulantes que cupos.
CUPOS ADICIONALES
21. Plazo especial para las funcionarias:
Artículo 1 , incisos ocho y nueve: las funcionarias podrán
participar en cualquier período de postulación con cargo a los
cupos del año respectivo.
Si quedan seleccionadas deberán hacer efectiva su renuncia hasta
el primer trimestre del año siguiente.
Las que no queden seleccionadas por falta de cupos, pasarán a
integrar de forma preferente el listado de seleccionados para el
proceso correspondiente al año siguiente, sin necesidad de postular
nuevamente.
Se aplica el mismo criterio para los funcionarios que cumpliendo los
requisitos no queden seleccionados en su respectivo período de
postulación.
22. Situación de los funcionarios que a la fecha de la
entrada en vigencia de la ley ya habían cumplido la
edad para jubilar:
Artículo 2 : quienes hubieren cumplido la edad exigida
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011,
podrán postular en el proceso correspondiente al año
2012, debiendo presentar su solicitud dentro del segundo
trimestre de esa última anualidad, y hacer efectivo su
retiro voluntario hasta el primer trimestre de 2013.
23. Artículo 1 , inciso primero: la aludida bonificación será
equivalente a un mes de remuneración imponible por
cada año de servicio o fracción superior a seis meses
prestados por en establecimientos de salud públicos,
municipales o corporaciones de salud municipal, con un
máximo de once meses.
MONTO DE LA BONIFICACIÓN
24. Artículo 5º, inciso primero: el personal a quien se conceda la
bonificación regulada en ese texto legal, tiene derecho a
percibir una bonificación adicional equivalente a 395 UF.
Debe tener una antigüedad mínima de 10 años en
establecimientos de salud públicos, municipales o
corporaciones de salud municipal.
Dicho monto alude a una jornada completa de 44 horas
semanales, o suma de jornadas por ese total. Si fuere menor
se calculará proporcionalmente.
Se pagará en la misma oportunidad que la bonificación del
artículo 1 .
BONIFICACIÓN ADICIONAL
25. Artículo 6º, inciso primero: cuando la bonificación
adicional sea inferior a 10,5 meses de la remuneración
imponible percibida, se otorgará una bonificación
adicional complementaria de cargo fiscal, de un monto
que permita alcanzar dicho guarismo, con un tope de
hasta un mes de la remuneración imponible percibida.
Se pagará en la misma oportunidad que la bonificación
del artículo 1 .
BONIFICACIÓN ADICIONAL COMPLEMENTARIA
26. PAGO DE LA BONIFICACIÓN
ÉPOCA DEL PAGO
Artículo 4°: se pagará directamente una vez que
esté tramitado el acto administrativo que
disponga el cese de funciones.
BASE DE CÁLCULO
Artículo 4°: promedio de las remuneraciones
mensuales imponibles, últimos 12 meses
anteriores al retiro, actualizadas según IPC
EFECTO
El término de la relación laboral se producirá
cuando el empleador pague la totalidad del
beneficio (constancia formal)
27. PROHIBICIÓN
PROHIBICIÓN
Artículo 7°: los funcionarios no podrán ser
nombrados ni contratados asimilados a grado ni a
honorarios en establecimientos de salud públicos,
municipales, corporaciones o entidades
administradoras de salud municipal, ni
municipalidades, ni instituciones que conformen
la Administración del Estado (5 años)
28. Artículo 70 ley N 18.883: “Los funcionarios solo podrán ser
destinados a desempeñar funciones propias del cargo para el
que han sido designados dentro de la municipalidad
correspondiente. Las destinaciones deberán ser ordenadas
por el alcalde de la respectiva municipalidad”.
La destinación implica prestar servicios en funciones de la
misma jerarquía en cualquier localidad de la comuna o
agrupación de comunas en su caso.
Artículo 71 ley N 18.883: “Cuando la destinación implique un
cambio de residencia habitual, deberá notificarse al funcionario
con treinta días de anticipación, a lo menos, de la fecha en
que deba asumir sus nuevas labores”.
DESTINACIONES
29. Dictamen N
60.564/05
Destinaciones del personal regido por la ley N 19.378,
se regulan supletoriamente por el art/70 de la ley N
18.883, en virtud del cual, solo pueden ser destinados a
desempeñar funciones propias del cargo para el que han
sido designados dentro de la municipalidad
correspondiente, previa orden del alcalde, quien evaluara
y determinara la oportunidad y conveniencia de decretar
tal medida.
Dictamen N°
65.594/12
La indicada atribución tiene como limitante que se trate
de funciones propias del cargo para las cuales ha sido
designado el empleado dentro de la entidad edilicia, lo
que conlleva prestar servicios de la misma jerarquía
30. Artículo 25 ley Nº 19.296: los dirigentes de las Asociaciones de
Funcionarios gozarán de fuero, esto es, de inamovilidad en sus
cargos y, según el inciso segundo de esa disposición, no pueden ser
trasladados de localidad o de la función que desempeñaren sin su
autorización por escrito.
Dictamen N 34.817, de 2010, concluyó que la citada norma otorga
una protección especial a los dirigentes gremiales, garantizándoles el
derecho a continuar desarrollando las mismas tareas que cumplían a
la fecha de la correspondiente elección, y a no ser cambiados de
localidad.
SITUACIÓN DE LOS DIRIGENTES
GREMIALES
31. FUERO GREMIAL
Dictamen
N 49.376/12
El mencionado fuero no significa que las autoridades no
puedan disponer el cambio de oficina de dichos
dirigentes, como quiera que, según lo señalado, el
beneficio en análisis sólo les confiere, en lo que interesa,
el derecho a no modificar la función ni la localidad
Dictamen
N°42.418/13
La superioridad puede, sin afectar el fuero de que gozan,
redestinar a los dirigentes de asociaciones a cualquiera
de las unidades que posea la respectiva entidad, aun
cuando aquellas puedan encontrarse ubicadas en
distintos edificios, pero en la misma localidad y sin alterar
sus funciones, siendo innecesario fundar ese cambio de
dependencia en una reestructuración