Plan de Prevención de Riesgos AChS 2015Nelson Leiva®
Este Plan de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Año 2015 es editado por la Asociación Chilena de Seguridad (AChS) una de las mutuales que cuenta con más materiales y documentos destinados a capacitar a los Comités Paritarios y a los trabajadores de su dependencia.
Plan de Prevención de Riesgos AChS 2015Nelson Leiva®
Este Plan de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Año 2015 es editado por la Asociación Chilena de Seguridad (AChS) una de las mutuales que cuenta con más materiales y documentos destinados a capacitar a los Comités Paritarios y a los trabajadores de su dependencia.
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA, crea y desarrolla ACERTIJO: «CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS». Esta actividad de aprendizaje lúdico que implica de cálculo aritmético y motricidad fina, promueve los pensamientos lógico y creativo; ya que contempla procesos mentales de: PERCEPCIÓN, ATENCIÓN, MEMORIA, IMAGINACIÓN, PERSPICACIA, LÓGICA LINGUISTICA, VISO-ESPACIAL, INFERENCIA, ETCÉTERA. Didácticamente, es una actividad de aprendizaje transversal que integra áreas de: Matemáticas, Neurociencias, Arte, Lenguaje y comunicación, etcétera.
Presentación (Reglas, Normas y Procedimientos) Seguridad Industria
1. Reglamentos, normas y procedimientos para establecer un
programa de Prevención de accidentes y enfermedades
profesionales.
Republica Bolivariana de Venezuela
Universidad «Fermín Toro»
Vicerrectorado Académico
Escuela de Relaciones Industriales
Cabudare - Lara
Dainelys Pérez
V- 20.943.047
2. REGLAMENTO DE
LA LOPCYMAT
Art. 80. Establece que toda
empresa, establecimiento, faena,
cooperativa y otras formas de
asociación debe diseñar una política y
elaborar e implementar un Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo
específico y adecuado a los procesos de
trabajo realizado por el centro de
trabajo.
Art. 81. Refiere que el proyecto o
propuesta del Programa de Seguridad y
Salud en el Trabajo deberá ser elaborado
por el Servicio de Seguridad y Salud en
el Trabajo de la empresa. Dicho
proyecto luego sería sometido a
consideración por el Comité de
Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual
lo aprobará o solicitará su revisión.
Finalmente, dicho deberá ser aprobado
por el INPSASEL.
3. Art. 82 Establece parámetros acerca del contenido del Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo. Dicho programa deberá contener los
siguientes aspectos:
Política de compromiso del patrono
sobre el cumplimiento del programa..
Descripción de los procesos de trabajo,
ya sean de producción o de servicios.
Identificación y evaluación de los riesgos
y procesos peligrosos.
Planes de trabajo para abordar riesgos y
procesos peligrosos existentes, los cuales
deberán incluir al menos:
• Información y capacitación permanente
a los trabajadores y asociados (esto
incluye a las cooperativas).
• Procesos de inspección y evaluación en
materia de seguridad y salud en el trabajo.
• Vigilancia epidemiológica de la salud
de los trabajadores.
• Reglas, normas y procedimientos de
trabajo saludables y seguros.
• Dotación de equipos de protección
personal y colectiva.
• Atención preventiva en salud
ocupacional.
• Planes de contingencia y atención de
emergencias.
• Entre otras
Identificación del patrono y
compromiso de hacer cumplir los
planes
4. NORMA TÉCNICA DE PROGRAMA
DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO (NT-01-2008)
Dicha norma establece con detalle cómo debe realizarse un
Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. A continuación
un breve análisis de la norma.
El Título IV establece los requisitos mínimos que debe
cumplir todo Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo,
ratificando que es el empleador el responsable que se lleve a
cabo la elaboración y aplicación de dicho programa.
Identificar los procesos peligrosos, diagnosticar las
necesidades del centro de trabajo con la
participación activa y validación de los trabajadores
y delegados de prevención.
5. Descripción de todas las etapas de los
procesos productivos de trabajo, la forma
de organización del trabajo, así como los
objetos y los medios involucrados,
incluyendo maquinarias, equipos, materia
prima, sustancias utilizadas, subproductos y
sobrantes, desechos generados, disposición
final de los mismos, impacto ambiental,
organización y división técnica del trabajo,
organigrama, diagrama de flujo,
descripción de las etapas del proceso,
división de las áreas y departamentos,
puestos de trabajo existentes, herramientas
utilizadas, tipo de actividad, empresas
contratistas y la relación entre ellos.
Adoptar medidas preventivas y de
mejoras de los niveles de
protección.
Efectuar la identificación de
los procesos peligrosos
siempre que:
• Se inicie la elaboración del Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Se diseñe, planifique e inicie una nueva
actividad productiva.
• Se aprecie que las actividades de
prevención son inadecuadas o
insuficientes
• Sea requerido por los Delegados de
Prevención, el Comité de Seguridad y
Salud Laboral, los trabajadores o el
INPSASEL, entre otras.
6. Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y su
Declaración
(Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo), la cual deberá:
Ser específico al centro de
trabajo y los procesos
productivos.
Ser preciso y redactado con
claridad para su fácil
comprensión por escrito.
Contener la fecha de
elaboración, la firma del
empleador y de los
Delegados de Prevención.
Ser difundido con fácil acceso a los
trabajadores en todos los ámbitos del
centro de trabajo.
Ser revisado anualmente, para constatar
su vigencia por el Servicio de Seguridad
y Salud en el Trabajo y el Comité de
Seguridad y Salud Laboral.
Proteger la vida y salud de los
empleados a través de la prevención de
accidentes de trabajo, enfermedades
ocupacionales e incidentes relacionados
con el trabajo.
7. Capitulo III
Establece características sobre los planes de trabajo para abordar los
procesos peligrosos, los cuales deberán:
Responder
estrictamente a los
procesos peligrosos
identificados.
Detallar en cada uno de los planes de
trabajo los siguientes aspectos:
• Objetivos, metas y alcance
• Frecuencia de ejecución de las actividades
• Personal involucrado y responsabilidades en
cada una de las actividades
• Procedimiento de ejecución de actividades
previstas en el plan
• Formularios, instrumentos diseñados y
recursos para la ejecución de las actividades
8. El Programa de
Seguridad y Salud en el
Trabajo deberá contar
con un plan de educación
e información teórica y
práctica en materia de
seguridad y salud en el
trabajo con al menos 16
horas trimestrales por
cada trabajador dentro de
la jornada de trabajo, las
cuales podrán aumentar
de acuerdo a los
procesos peligrosos.
Titulo V
De la Norma Técnica de Programa
de Seguridad y Salud en el Trabajo
establece parámetros sobre la
investigación de accidentes de
trabajo y de enfermedades
ocupacionales, lo cual deberá ser
llevado por el Servicio de Seguridad
y Salud en el Trabajo.