El documento analiza los artículos 102 al 109 de la Constitución Nacional de Venezuela referentes al sistema educativo. Establece que la educación es un derecho humano y un deber social que debe ser democrática, gratuita y obligatoria. El Estado asumirá la responsabilidad de proveer educación científica, humanística y tecnológica. También garantiza el derecho a una educación integral y permanente para todas las personas.