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PRINCIPIOS RECTORES DE LA EDUCACION VENEZOLANA
FACILITADOR: JESUS VILLARROEL PARTICIPANTE: INFANTE NAUDELIN
C.I: 30.858.637
San Fernando estado Apure, noviembre 2022.
EDUCACION VENEZOLANA
La educación venezolana es gratuita y de carácter
obligatorio entre los 6 y 15 años de edad: asimismo el
estado garantiza la gratuidad de la enseñanza publica en
la primaria, secundaria y la universitaria.
La educación venezolana cuenta con unos
principios rectores en su sistema de educativo.
Se rige por los principios de integralidad,
solidaridad, cooperación, concurrencia y
corresponsabilidad. El estado busca
asegurar el cumplimiento de estas
condiciones en las instituciones
educaciones privadas autorizadas.
Estos principios están contemplados en la Constitución Nacional y
en la Ley Orgánica de la Educación.
El sistema educativo se fundamenta en principios de unidad,
factibilidad, regionalización, coordinación, flexibilidad e innovación.
• Principios fundamentales de no discriminación, de igualdad de oportunidades y de
trato, solidaridad, y de acceso universal a la educación están anclados en la
Constitución de la UNESCO. Estos principios sustentan el derecho a la educación y
ofrecen la base para la acción normativa de la Organización.
PRINCIPIOS Y VALORES DE LA EDUCACION VENEZOLANA.
Artículo 3. La presente Ley establece como principios de la educación, la democracia participativa y
protagónica, la responsabilidad social, la igualdad entre todos los ciudadanos y ciudadanas sin
discriminaciones de ninguna índole, la formación para la independencia, la libertad y la emancipación, la
valoración y defensa de la soberanía, la formación en una cultura para la paz, la justicia social, el respeto a
los derechos humanos, la práctica de la equidad y la inclusión; la sustentabilidad del desarrollo, el derecho a
la igualdad de género, el fortalecimiento de la identidad nacional, la lealtad a la patria e integración
latinoamericana y caribeña.
Se consideran como valores fundamentales: el respeto a la vida, el amor y la fraternidad, la convivencia
armónica en el marco de la solidaridad, la corresponsabilidad, la cooperación, la tolerancia y la valoración del
bien común, la valoración social y ética del trabajo, el respeto a la diversidad propia de los diferentes grupos
humanos. Igualmente se establece que la educación es pública y social, obligatoria, gratuita, de calidad, de
carácter laico, integral, permanente, con pertinencia social, creativa, artística, innovadora, crítica, pluricultural,
multiétnica, intercultural y plurilingüe.
Artículo 13. La responsabilidad social y la solidaridad constituyen principios básicos de
la formación ciudadana de los y las estudiantes en todos los niveles y modalidades del
Sistema Educativo. Todo y toda estudiante cursante en instituciones y centros
educativos oficiales o privados de los niveles de educación media general y media
técnica del subsistema de educación básica, así como del subsistema de educación
universitaria y de las diferentes modalidades educativas del Sistema Educativo, una
vez culminado el programa de estudio y de acuerdo con sus competencias, debe
contribuir con el desarrollo integral de la Nación, mediante la práctica de actividades
comunitarias, en concordancia con los principios de responsabilidad social y
solidaridad, establecidos en la ley. Las condiciones para dar cumplimiento al contenido
de este artículo serán establecidas en los reglamentos.
Artículo 15. La educación, conforme a los principios y valores de la Constitución de la República y de la presente Ley, tiene como
fines:
1. Desarrollar el potencial creativo de cada ser humano para el pleno ejercicio de su personalidad y ciudadanía, en una sociedad
democrática basada en la valoración ética y social del trabajo liberador y en la participación activa, consciente, protagónica,
responsable y solidaria, comprometida con los procesos de transformación social y consustanciada con los principios de
soberanía y autodeterminación de los pueblos, con los valores de la identidad local, regional, nacional, con una visión indígena,
afrodescendiente, latinoamericana, caribeña y universal.
2. Desarrollar una nueva cultura política fundamentada en la participación protagónica y el fortalecimiento
del Poder Popular, en la democratización del saber y en la promoción de la escuela como espacio de
formación de ciudadanía y de participación comunitaria, para la reconstrucción del espíritu público en los
nuevos republicanos y en las nuevas republicanas con profunda conciencia del deber social.
3. Formar ciudadanos y ciudadanas a partir del enfoque geohistórico con
conciencia de nacionalidad y soberanía, aprecio por los valores patrios,
valorización de los espacios geográficos y de las tradiciones, saberes populares,
ancestrales, artesanales y particularidades culturales de las diversas regiones del
país y desarrollar en los ciudadanos y ciudadanas la conciencia de Venezuela
como país energético y especialmente hidrocarburífero, en el marco de la
conformación de un nuevo modelo productivo endógeno.
4. Fomentar el respeto a la dignidad de las personas y la formación
transversalizada por valores éticos de tolerancia, justicia, solidaridad, paz,
respeto a los derechos humanos y la no discriminación.
5.Impulsar la formación de una conciencia ecológica para preservar la
biodiversidad y la sociodiversidad, las condiciones ambientales y el
aprovechamiento racional de los recursos naturales.
6. Formar en, por y para el trabajo social liberador, dentro de
una perspectiva integral, mediante políticas de desarrollo
humanístico, científico y tecnológico, vinculadas al desarrollo
endógeno productivo y sustentable.
1.Https://unate.org/instituciones-educativas/tu-
preguntaste-cuales-son-los-principios-fundamentales-de-
la-educacion-en-venezuela.html
2.https://planipolis.iiep.unesco.org/sites/default/files/ress
ources/venezuela_ley_organica_educacion.pdf
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS.

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  • 1. PRINCIPIOS RECTORES DE LA EDUCACION VENEZOLANA FACILITADOR: JESUS VILLARROEL PARTICIPANTE: INFANTE NAUDELIN C.I: 30.858.637 San Fernando estado Apure, noviembre 2022.
  • 2. EDUCACION VENEZOLANA La educación venezolana es gratuita y de carácter obligatorio entre los 6 y 15 años de edad: asimismo el estado garantiza la gratuidad de la enseñanza publica en la primaria, secundaria y la universitaria.
  • 3. La educación venezolana cuenta con unos principios rectores en su sistema de educativo. Se rige por los principios de integralidad, solidaridad, cooperación, concurrencia y corresponsabilidad. El estado busca asegurar el cumplimiento de estas condiciones en las instituciones educaciones privadas autorizadas.
  • 4. Estos principios están contemplados en la Constitución Nacional y en la Ley Orgánica de la Educación. El sistema educativo se fundamenta en principios de unidad, factibilidad, regionalización, coordinación, flexibilidad e innovación. • Principios fundamentales de no discriminación, de igualdad de oportunidades y de trato, solidaridad, y de acceso universal a la educación están anclados en la Constitución de la UNESCO. Estos principios sustentan el derecho a la educación y ofrecen la base para la acción normativa de la Organización.
  • 5. PRINCIPIOS Y VALORES DE LA EDUCACION VENEZOLANA. Artículo 3. La presente Ley establece como principios de la educación, la democracia participativa y protagónica, la responsabilidad social, la igualdad entre todos los ciudadanos y ciudadanas sin discriminaciones de ninguna índole, la formación para la independencia, la libertad y la emancipación, la valoración y defensa de la soberanía, la formación en una cultura para la paz, la justicia social, el respeto a los derechos humanos, la práctica de la equidad y la inclusión; la sustentabilidad del desarrollo, el derecho a la igualdad de género, el fortalecimiento de la identidad nacional, la lealtad a la patria e integración latinoamericana y caribeña. Se consideran como valores fundamentales: el respeto a la vida, el amor y la fraternidad, la convivencia armónica en el marco de la solidaridad, la corresponsabilidad, la cooperación, la tolerancia y la valoración del bien común, la valoración social y ética del trabajo, el respeto a la diversidad propia de los diferentes grupos humanos. Igualmente se establece que la educación es pública y social, obligatoria, gratuita, de calidad, de carácter laico, integral, permanente, con pertinencia social, creativa, artística, innovadora, crítica, pluricultural, multiétnica, intercultural y plurilingüe.
  • 6. Artículo 13. La responsabilidad social y la solidaridad constituyen principios básicos de la formación ciudadana de los y las estudiantes en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo. Todo y toda estudiante cursante en instituciones y centros educativos oficiales o privados de los niveles de educación media general y media técnica del subsistema de educación básica, así como del subsistema de educación universitaria y de las diferentes modalidades educativas del Sistema Educativo, una vez culminado el programa de estudio y de acuerdo con sus competencias, debe contribuir con el desarrollo integral de la Nación, mediante la práctica de actividades comunitarias, en concordancia con los principios de responsabilidad social y solidaridad, establecidos en la ley. Las condiciones para dar cumplimiento al contenido de este artículo serán establecidas en los reglamentos. Artículo 15. La educación, conforme a los principios y valores de la Constitución de la República y de la presente Ley, tiene como fines: 1. Desarrollar el potencial creativo de cada ser humano para el pleno ejercicio de su personalidad y ciudadanía, en una sociedad democrática basada en la valoración ética y social del trabajo liberador y en la participación activa, consciente, protagónica, responsable y solidaria, comprometida con los procesos de transformación social y consustanciada con los principios de soberanía y autodeterminación de los pueblos, con los valores de la identidad local, regional, nacional, con una visión indígena, afrodescendiente, latinoamericana, caribeña y universal.
  • 7. 2. Desarrollar una nueva cultura política fundamentada en la participación protagónica y el fortalecimiento del Poder Popular, en la democratización del saber y en la promoción de la escuela como espacio de formación de ciudadanía y de participación comunitaria, para la reconstrucción del espíritu público en los nuevos republicanos y en las nuevas republicanas con profunda conciencia del deber social. 3. Formar ciudadanos y ciudadanas a partir del enfoque geohistórico con conciencia de nacionalidad y soberanía, aprecio por los valores patrios, valorización de los espacios geográficos y de las tradiciones, saberes populares, ancestrales, artesanales y particularidades culturales de las diversas regiones del país y desarrollar en los ciudadanos y ciudadanas la conciencia de Venezuela como país energético y especialmente hidrocarburífero, en el marco de la conformación de un nuevo modelo productivo endógeno.
  • 8. 4. Fomentar el respeto a la dignidad de las personas y la formación transversalizada por valores éticos de tolerancia, justicia, solidaridad, paz, respeto a los derechos humanos y la no discriminación. 5.Impulsar la formación de una conciencia ecológica para preservar la biodiversidad y la sociodiversidad, las condiciones ambientales y el aprovechamiento racional de los recursos naturales. 6. Formar en, por y para el trabajo social liberador, dentro de una perspectiva integral, mediante políticas de desarrollo humanístico, científico y tecnológico, vinculadas al desarrollo endógeno productivo y sustentable.