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“La persona como sujeto político”
INSTITUCIÓN EDUCATIVA COLEGIO COLSUBSIDIO NUEVA ROMA IED
Educación para el Desarrollo Humano a partir de la Formación para el Trabajo
PROYECTO TRANSVERSAL DE DEMOCRACIA
LA PERSONA COMO SUJETO POLÍTICO
INTEGRANTES DEL PROYECTO
ADRIANA CARDOZO
GINA CARDONA
ELIZABETH CIFUENTES
ADRIANA GUERRERO
Bogotá, diciembre 2 de 2010
“La persona como sujeto político”
CONTEXTUALIZACIÒN
Los nuevos retos que afronta la educación dentro del marco de las nuevas políticas públicas en
Colombia, exige la presentación de una breve descripción de la situación educativa actual, tanto
en el ámbito mundial como en el nacional y local, descripción que constituye además el marco
teórico para comprender las exigencias y cambios que implican el ofrecer una educación de
calidad.
Ante estas necesidades, organismos internacionales como la UNESCO, la UNICEF, el PNUD y
el BANCO MUNDIAL, han suscrito un compromiso con el objeto de satisfacer las demandas de
aprendizaje de todos los habitantes del mundo. Para esto se construyó una serie de
recomendaciones o sugerencias plasmadas en la Conferencia Mundial sobre “Educación Para
todos” realizadas en Jonteim, Tailandia, en 1990 donde se afirma que una educación de calidad
debe favorecer el desarrollo de sus capacidades, lograr una vida y un trabajo digno,
participación plenamente en el desarrollo local y nacional, tomar decisiones informadas y
continuar aprendiendo.
Por otra parte, el gobierno nacional ha preparado su agenda sobre políticas públicas,
mencionadas en el documento Visión Colombia 2019 “para cerrar las brechas sociales”, en el
que se menciona algunas estrategias para mejorar la calidad de los colombianos, centradas en
fundamentos éticos, democráticos, económicos, sociales y educativos. En ese último aspecto, la
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN
COMPETENCIAS
CIUDADANAS
PROYECTO DE
DEMOCRACIA "LA
PERSONA COMO
SUJETO POLITICO"
FORMACIÓN PARA
LA PARTICIPACIÓN
DEMOCRÁTICA
“La persona como sujeto político”
educación se ve como una condición indispensable para alcanzar el mejoramiento económico y
social del país.
Es necesario, entender que bajo estos parámetros se debe formar al estudiante bajo los
principios de una educación integral; de tal manera, que la persona pueda desarrollar todas las
dimensiones cognitiva, psicomotriz, espiritual, ético-axiológica, con el objeto de visualizar y
asumir con responsabilidad sus acciones de forma autónoma, libre y trascendente, que le permita
definir un proyecto de vida productivo y elevar la calidad de la misma. Es así, como la
PARTICIPACION DEMOCRÁTICA EN LA ESCUELA es entendida como una necesidad y un
derecho fundamental que le permite al ser humano desarrollar autonomía y un análisis critico de
sus necesidades sociales.
Es por eso que cada institución tanto del estado como privada, apoya y aporta desde las políticas
públicas a la implementación, ejecución y evaluación de cada estamento que compone la
democratización de la escuela.
POLITICAS EDUCATIVAS NACIONALES, DISTRITALES Y LOCALES
POLITICA EDUCATIVA N. 8
Estimular la participación de la familia, la comunidad e instituciones no gubernamentales en el
desarrollo de las políticas, los programas y los proyectos educativos.
Esta política llama la atención de la familia y de la comunidad en la puesta en marcha de las
políticas publicas consensuadas en el plan Decenal, así como en los programas y proyectos
educativos. Reconoce el aporte de los espacios educativos no escolares a cargo de dichos
actores; y valora y crea condiciones para su activa participación en la tarea nacional de construir
entre todos una educación general inclusiva de calidad con equidad.
CINCO ACCIONES QUE HAN TRANSFORMADO LA EDUCACIÓN EN COLOMBIA
 Gestión participativa: Una educación que incluye todas las voces, como referentes
comunes y un modelo operativo para la participación social en la construcción de la
agenda sectorial. Hoy la educación es nuestra, la hacemos todos, las pensamos todos y
la sentimos todos. (documento: Revolución Educativa Colombia Aprende. M.E.N 2009)
Por lo tanto, el colegio se apoya en las instituciones distritales y locales que proporcionan
información y capacitación para los y las estudiantes que quieren y hacen parte de las instancias
de participación democrática. De esta manera, se hace una contextualización general de la
institución:
“La persona como sujeto político”
El colegio Colsubsidio Nueva Roma, se encuentra ubicado en la Zona Cuarta San Cristóbal Sur
Oriental, atiende una población de estratos 1 y 2, Geográficamente pertenece a la zona media
alta, habitada en su gran mayoría por personas de escasos recursos económicos y con mínimas
posibilidades de un desarrollo comercial
IDENTIFICACIÓN
Nombre de la Institución Colegio IED Colsubsidio Nueva Roma
Dirección Calle 48 sur No. 4-39 Este
Teléfono 5990272/71/70
Ciudad Bogotá D.C.
Estrato Uno
Naturaleza Oficial (Concesión)
Carácter Mixto
Jornada Mañana y tarde
Modalidad Básica Secundaria y media
Director actual Gloria O. Salgado López
Proyecto Contextualizado a grados Transición a undécimo
Nombre del proyecto: “LA PERSONA COMO SUJETO POLITICO”
“La persona como sujeto político”
PLANTEAMIENTO DEL PROYECTO
SITUACION PROBLEMA
Actualmente la institución cuenta con una población estudiantil de 2050 estudiantes, de los
cuales el 100% participa en los procesos democráticos para la elección de sus representantes;
durante el tiempo de gobierno de los y las estudiantes se refleja en ellos poco compromiso para
el alcance de sus propuestas, a pesar del acompañamiento y seguimiento permanente que
hacen los docentes; esta situación es evidenciada por sus pares y al momento de evaluar la
gestión de sus representantes se arrojan resultados preocupantes frente a la efectividad de las
propuestas de los planes de gobierno, de tal forma que el 49% de los encuestados cree que
falta mayor capacidad de liderazgo para asumir el cargo por el cual fue elegido y un 39% opina
que sus representantes no cumplen con lo propuesto en su respectivo plan de gobierno.
Lo anterior lleva a la institución a plantearse la manera de ¿Cómo formar a las y los estudiantes
de la comunidad educativa como " Sujetos políticos", fortaleciendo el desarrollo de los procesos
de participación democrática y de liderazgo y su repercusión en la toma de decisiones asertivas
en el ámbito social?
“La persona como sujeto político”
JUSTIFICACIÓN
Con base en la Ley 115 y el Decreto 1860 de 1994, es de carácter-legal y necesario construir e
incorporar al P.I.E. el proyecto de Educación para la Democracia y valores, para contribuir a la
formación integral del estudiante y al perfil que desde éste desea tener la Institución de acuerdo
a su filosofía, misión , visión y objetivos propuestos; además, se debe preparar a la persona para
que sea partidaria de la convivencia social armónica, tolerante y pacifica, conocedora del sistema
democrático del país, que entienda cuales son sus derechos, deberes y se considere con
capacidad para desempeñar un papel activo y positivo para el progreso personal, familiar y social
La institución lleva a cabo un proceso de fomento para la participación democrática a través del
desarrollo de las competencias ciudadanas con los miembros de la comunidad educativa;
teniendo como resultado un alto índice de participación en el proceso de elección de todas sus
instancias: a pesar de esto, no siempre se cumplen los planes de gobierno, probablemente por
la falta de conciencia del compromiso político y social que tienen las personas elegidas.
De esta manera, el proyecto transversal de democracia orienta su quehacer hacia la formación
de personas bajo la perspectiva "La persona como sujeto político" partiendo de las realidades de
los miembros de la comunidad educativa, donde a través del ejercicio de la participación
democrática e puede construir la paz y la convivencia social, basándose en el respeto y el
cumplimiento de los Derechos Humanos.
El desarrollo de este proyecto permite mirar hacia el futuro con grandes expectativas la formación
de personas líderes con alto sentido de pertenencia a su comunidad y por tanto a país,
considerando que estas acciones son aportes para asumir el gran reto y la mayor responsabilidad
individual y social para cada colombiano, porque la convivencia y la democracia solo son posibles
si entre todos se va construyendo día a día.
OBJETIVOS
“La persona como sujeto político”
OBJETIVO GENERAL
Formar a los y las estudiantes de la comunidad educativa como sujetos políticos a partir de la
divulgación y apropiación de los procesos democráticos que se llevan a cabo en la institución.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
 Promover mecanismos de liderazgo estudiantil en sus representantes con el fin de
fortalecer los canales de comunicación de los diferentes estamentos de la comunidad
educativa
 Fortalecer el conocimiento y la apropiación de las competencias en los y las estudiantes
con el fin de promover la participación democrática
 Vivenciar de manera lúdica y armónica las diferentes formas de participación
democrática
“La persona como sujeto político”
MARCO LÒGICO
DESCRIPCIÒN
ENUNCIADO DE LO QUE SE
PRETENDE
INDICADORES
MEDICIONES PREVISTAS
FUENTES DE VERIFICAIÒN
Formar a los y las estudiantes
de la comunidad educativa
como sujetos políticos a partir
de la divulgación y
apropiación de los procesos
democráticos que se llevan a
cabo en la institución.
Efectividad de los planes de
gobiernos de las instancias
de participación estudiantil
Planes de gobierno
Carpetas de personero y
consejo estudiantil
Promover mecanismos de
liderazgo estudiantil en sus
representantes con el fin de
fortalecer los canales de
comunicación de los
diferentes estamentos de la
comunidad educativa
Fortalecer el conocimiento y
la apropiación de las
competencias en los y las
estudiantes con el fin de
promover la participación
democrática
Vivenciar de manera lúdica y
armónica las diferentes
formas de participación
democrática
Número de actividades
lideradas por las instancias
de participación estudiantil
Aplicación de competencias
ciudadanas en los y la
estudiantes de las instancias
de participación estudiantil
Efectividad del proceso de
elección del gobierno escolar
y otras instancias de
participación
Carpetas de los comités de
convivencia y académicos
por curso
cartillas – taller sobre
liderazgo escolar:
carpetas de cada uno de los
órganos del gobierno escolar
y otras instancias de
participación
RESULTADOS Y
ACTIVIDES
RESULTADO:
Cada una de las instancias
de participación estudiantil
Evaluación institucional
“La persona como sujeto político”
cumple con las actividades
propuestas en su plan de
gobierno
ACTIVIDADES
Diseñar tres cartillas – taller
sobre liderazgo escolar:
 Planes de gobierno:
 Ejecución del plan de
gobierno escolar
 Evaluación plan de
gobierno escolar
Establecer estrategias con el
comité de convivencia y
académico de acuerdo a las
necesidades de cada nivel
Realizando seguimiento
permanente al cumplimiento
del plan de gobierno y
estableciendo los planes de
mejora pertinentes.
Carpetas de cada uno de los
órganos del gobierno escolar
y otras instancias de
participación
“La persona como sujeto político”
MARCO INSTITUCIONAL
La institución educativa Colsubsidio Nueva Roma, asume y da respuesta a su misión orientada
al desarrollo humano y la formación para el trabajo, así como a la normatividad vigente, partiendo
desde:
La Constitución Política de Colombia de 1911 y el marco legal de la educación, en los artículos
relacionados con la participación democrática como aspecto fundamental en la escuela
La Constitución Política de 1991 colocó a los colombianos frente a un nuevo paradigma,
paradigma que tocó todos los espacios de la vida social, y entre ellos de manera muy especial,
el ámbito educativo. La carta sugiere la construcción de un nuevo país fundado en los principios
de la democracia participativa, en el respeto y valoración a las diferencias de todo orden y en los
valores de la justicia, la libertad, la igualdad y la solidaridad. Políticos y educadores se pusieron
a la tarea de reglamentar las disposiciones legales que facultarían a las entidades educativas a
desarrollar esos preceptos constitucionales. De ese trabajo colectivo nace la Ley 115 de 1994,
en la que se plasman los fines y objetivos de la educación nacional y se crean los espacios y
mecanismos para hacer viable la construcción de la democracia.
De esta manera la definición de Proyecto Educativo Institucional, del currículo y el plan de
estudios de las instituciones escolares, requiere enmarcarse en los horizontes de país que
plantea la nueva Carta Constitucional y sus disposiciones reglamentarias. Todas ellas esbozan
los nuevos referentes legales de la educación colombiana y, por tanto, del currículo en educación
ética y valores humanos. Ello nos obliga a dar una mirada a estas normas y sus implicaciones.
La Constitución Política sienta las bases cuando plantea:
Con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y
valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos,
a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento
cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente (Art. 67).
También establece que en todas las instituciones de educación, oficiales y privadas, serán
obligatorios el estudio de la Constitución y la instrucción cívica. Así mismo se fomentarán
prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación
ciudadana (Art. 41).
La Ley General de Educación (1994) establece en seis de los trece fines de la educación (art.5º)
el ideal cívico de persona que se debe formar:
“La persona como sujeto político”
1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los
derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física,
psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.
2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios
democráticos de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio
de la tolerancia y de la libertad.
3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida
económica, política, administrativa y cultural de la nación.
4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley; a la cultura nacional, a la historia
colombiana y a los símbolos patrios.
5. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del
país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.
6. La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la
solidaridad y la integración en el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe.
Estos fines se desarrollan como objetivos comunes en todos los niveles educativos con el
propósito del desarrollo integral de los educandos:
a. Formar la personalidad y la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus
derechos y deberes.
b. Proporcionar una sólida formación ética y moral, y fomentar la práctica del respeto a los
derechos humanos.
c. Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los
principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y la
responsabilidad.
d. Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la autoestima,
la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de los sexos, la
afectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica y responsable.
e. Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional.
f. Desarrollar acciones de orientación escolar profesional y ocupacional.
g. Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo.
“La persona como sujeto político”
h. Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos (Art. 13).
Consecuente con lo anterior, se establecen como objetivos específicos de la educación
preescolar (Art. 16), de la educación básica (Art. 29), de la educación básica en el ciclo de
primaria (Art. 21), de la educación básica en el ciclo de secundaria (Art. 22), de la educación
media académica (Art. 30). Además, determina como área obligatoria y fundamental la educación
ética y en valores humanos (Art.23).
Sobre la formación ética y moral señala:
La formación ética y moral se promueve en el establecimiento educativo a través del currículo,
de los contenidos académicos pertinentes, del ambiente, del comportamiento honesto de
directivos, educadores y personal administrativo, de la aplicación recta y justa de las normas de
la institución, y demás mecanismos que contemple el Proyecto Educativo Institucional (Art. 25).
La Ley General de Educación plantea como enseñanza obligatoria, en todos los establecimientos
oficiales o privados, en todos los niveles de la educación básica y media:
a. El estudio, comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, de conformidad
con el artículo 41 de la Constitución Política.
d. La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el
cooperativismo y, en general, la formación en los valores humanos, y
Parágrafo primero. El estudio de estos temas y la formación en tales valores, salvo los numerales
a) y b), no exige asignatura específica. Esta formación debe incorporarse al currículo y
desarrollarse a través de todo el plan de estudios (Art. 14).
El decreto 1860 de 1994, en su artículo 36 reza: ... La enseñanza prevista en el artículo 14 de la
Ley 115 de 1994, se cumplirá bajo la modalidad de proyectos pedagógicos.
La Ley General de Educación establece otros espacios y otras acciones para el desarrollo del
currículo en ética y valores humanos, en todos los establecimientos educativos del Estado y
privados, como son:
1. El gobierno escolar: En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los
estudiantes, de los educadores, de los administradores y de los padres de familia en aspectos
tales como la adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades
sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones
juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en la
vida escolar (Art. 142).
“La persona como sujeto político”
2. El manual de convivencia: Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual
de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes (Art. 87) y
se definan sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa (Art. 17 del
decreto 1860 /94).
3. El personero de los estudiantes: En todos los establecimientos de educación básica y de
educación media y en cada año lectivo, los estudiantes elegirán a un alumno del último grado
que ofrezca el establecimiento, para que actúe como personero de los estudiantes y promotor
de sus derechos y deberes (Art. 94).
Para dar respuesta a lo consignado en la Ley sobre la inclusión de la educación para la
democracia en los Proyectos Educativos Institucionales, se promulgó la resolución 1600 de 1994:
A partir del año de 1994 y de acuerdo con los lineamientos y directivas del Ministerio de
Educación Nacional, todos los establecimientos de educación formal del país, tanto oficiales
como privados, en sus distintos niveles de preescolar, básica y media, incluirán con carácter
obligatorio, dentro de sus Proyectos Educativos Institucionales, el proyecto de Educación para la
Democracia (Art.1º).
El Ministerio de Educación Nacional a través del Instituto para el Desarrollo de la Democracia
Luis Carlos Galán, conjuntamente con las Secretarías de Educación de las entidades territoriales,
diseñará y ejecutará un plan de capacitación de docentes en servicio y demás agentes
formadores para el adecuado desarrollo de los proyectos de Educación para la Democracia. (Art.
6º).
De igual manera, y dada su importancia para Iberoamérica, cabe señalar la declaración de
Mérida (Venezuela) de septiembre de 1997, donde señalan de manera enfática lo siguiente:
Los ministros de Educación de los Países Iberoamericanos, convocados por la Organización de
Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, OEI y el Ministerio de
Educación de Venezuela y constituidos como Conferencia Iberoamericana de Educación, según
lo establecido en los estatutos y el reglamento orgánico de la OEI, para proponer líneas de
cooperación en educación y analizar específicamente todo lo relacionado con el tema de “La
Educación y los valores éticos para la democracia.
Conocido el trabajo realizado y los logros obtenidos por la OEI a través de su programa “La
enseñanza en valores para un mundo en transformación” y vistas sus realizaciones en el campo
de la educación para la democracia, la instamos a que refuerce sus acciones y actividades
programáticas para apoyar a los Ministerios de Educación de Iberoamérica, con el fin de
incentivar la formación de valores éticos para la democracia partiendo de experiencias
“La persona como sujeto político”
nacionales regionales susceptibles de ser potenciadas a través de procesos de integración y
líneas de programación.
En relación con otras instituciones, tanto distritales como privadas, se reglamenta el
funcionamiento de las diferentes figuras de participación estudiantil.
CONTRALORIA:
Con el PROYECTO DE ACUERDO No. 071 DE 2008 “Por el cual se crea la Contraloría
Estudiantil en los establecimientos públicos de educación básica y media del Distrito Capital”:
En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y en especial las conferidas por el Decreto
Ley 1421 de 1993 Artículo 1º CONTRALORÍA ESTUDIANTIL. En todos los establecimientos
públicos de educación básica y media del Distrito Capital habrá una Contraloría Estudiantil. La
Contraloría Estudiantil será la encargada de promover y actuar como veedora del buen uso de
los recursos y de los bienes públicos de la institución educativa a la cual pertenece, incluyendo
los del Fondo de Servicios Educativos del respectivo colegio. También los aspectos
contemplados en los artículos 2 a 12.
PERSONERIA
El marco legal del Proyecto Personeros Estudiantiles se rige por la Ley 115 de 1994, el Decreto
1860 de 1994, la Ley 375 de 1997 y demás normas complementarias.
La Ley 115/94, Ley General de Educación, establece la creación del Gobierno Escolar, la figura
de la Personería Estudiantil y el Proyecto Educativo Institucional-PEI, que incluye el Manual de
Convivencia. Estos espacios, actores e instrumentos han congregado a la Comunidad Educativa
para adelantar procesos importantes que contribuyen a democratizar las relaciones sociales, a
legitimar los derechos en el ámbito escolar, contando para ello entre otros, con el apoyo de la
Personería Distrital y la protección de la Corte Constitucional.
Es igualmente importante destacar que el Concejo de Bogotá, mediante el Acuerdo 125 de 2004
“por medio del cual se modifica y adiciona el Acuerdo 21 del 9 de diciembre de 1998, se
implementa la Cátedra de Derechos Humanos, Deberes y Garantías y Pedagogía de la
Reconciliación y se dictan otras disposiciones” busca la convivencia nacional y una cultura de
respeto por los derechos humanos mediante la educación en la autonomía, la responsabilidad
social y colectiva, el pluralismo político, cultural, ideológico y religioso, la tolerancia y la práctica
democrática de la participación.
“La persona como sujeto político”
Este Acuerdo se convierte en otra importante herramienta para que la comunidad educativa, en
especial los Personeros y las Personeras Estudiantiles, promuevan los derechos y deberes de
todos los integrantes de la misma, y puede consultarse en las páginas web de la Personería de
Bogotá, el Concejo de Bogotá y la Secretaría de Educación Distrital
REDES LOCALES Y MESAS LOCALES
La Red Distrital de Personeras y Personeros Estudiantiles reúne a los personeros y personeras
de las 20 localidades.
En los últimos años la Personería Distrital, en su calidad de organismo encargado de defender,
proteger y promover los Derechos Humanos en la ciudad, ha desarrollado un proyecto para el
fortalecimiento de la figura del Personero Estudiantil.
La participación democrática es entendida como un como medio para conseguir mejores
resultados y mayor eficiencia en los proyectos y otra como fin en sí misma, enlazada a la idea
de fortalecimiento democrático. En este sentido, es un proceso de empoderamiento, que mejora
las capacidades y el estatus de los grupos que la integran, a la vez que les dota de mayor control
e influencia sobre los recursos y procesos democráticos.
En la institución, se concibe el gobierno escolar desde el reconocimiento de los integrantes de
la comunidad educativa: todos los estudiantes matriculados, los padres y madres de familia o en
algunos casos los acudientes, los docentes, los directivos de la institución, personal
administrativo, de apoyo y servicios generales y los estudiantes que hayan egresado de nuestra
institución. Todos los integrantes de la comunidad pueden participar a través de representantes
en los órganos del GOBIERNO ESCOLAR. Ellos podrán participar democráticamente de acuerdo
con el Decreto 1860 de 1994 en el Capitulo IV sobre el gobierno escolar y la organización
institucional. La institución se organiza así:
El Consejo Directivo, como instancia directiva de participación de la comunidad educativa y de
orientación académica y administrativa. Está integrado por:
El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y
extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una
asamblea de docentes.
Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación
de Padres de Familia.
Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de estudiantes, entre los alumnos
que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por el colegio.
Un representante de los exalumnos, elegido por el Consejo Directivo.
Un representante de los sectores productivos del área de influencia del sector productivo
“La persona como sujeto político”
Funciones del Consejo Directivo:
Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean
competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el
caso de los establecimientos privados.
Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y
administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los
procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.
Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución.
Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos
alumnos.
Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando
alguno de sus miembros se sienta lesionado.
Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el
rector.
Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo
y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de educación respectiva
o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos
establecidos en la ley y los reglamentos.
Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa;
Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno
que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser
contrarios a la dignidad del estudiante.
Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo
de la institución.
Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias,
culturales, deportivas y recreativas.
Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de
actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva
comunidad educativa.
Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones
educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes
Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto.
Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los convenientes
pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de
los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares, y
Darse su propio reglamento.
1. El Rector, es el representante de la institución ante las autoridades educativas y ejecutor de
las decisiones del gobierno escolar. Las funciones del rector son:
“La persona como sujeto político”
Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del
Gobierno Escolar.
Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de
los recursos necesarios para el efecto
Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el
colegio
Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores
o auspiciadores del colegio y con la comunidad local, para el continuo progreso
académico del colegio y el mejoramiento de la vida comunitaria
Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad
educativa
Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico
Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual
de convivencia
Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del
mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional
Promover actividades de beneficio social que vinculen a la institución con la comunidad
local
Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, concernientes a la
prestación del servicio público educativo
Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el
Proyecto Educativo Institucional.
2. El Consejo Académico, es la instancia superior para participar en la orientación pedagógica
de la institución. Está integrado por el Rector quien lo preside, los directivos docentes y un(a)
docente por cada área definida en el plan de estudios.
El Consejo Académico cumple las siguientes funciones:
Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto
educativo institucional;
Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones
y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente decreto;
Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución;
Participar en la evaluación institucional anual;
“La persona como sujeto político”
Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los
educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general
de evaluación;
Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa, y
Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el
proyecto educativo institucional.
El consejo académico decreto 1860 del 3 de agosto de 1994. art 50 decreto 230 de 11 de febrero
de 2002. Art. 8
Comisiones de Evaluación y Promoción. El Consejo Académico conformará, para cada grado,
una Comisión de evaluación y promoción integrada por un número de hasta tres docentes, un
representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el rector o su
delegado, quien la convocará y la presidirá, con el fin de definir la promoción de los educando y
hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiante que presenten
dificultades.
En la reunión que tendrá la Comisión de evaluación y promoción al finalizar cada período
escolar, se analizarán los casos de educando desempaño básico y bajo en cualquiera
de las áreas y se harán recomendaciones generales o particulares a los profesores, o a
otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y
superación. Analizadas las condiciones de los educandos, se convocará a los padres de
familia o acudientes, al educando y al educador con el fin de presentarles un informe
junto con el plan de refuerzo, y acordar los compromisos por parte de los involucrados.
Las Comisiones, además, analizarán los casos de los educandos con desempeños
excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación,
o promoción anticipada. Igualmente se establecerá si educadores y educandos siguieron
las recomendaciones y cumplieron los compromisos del período anterior. Las decisiones,
observaciones y recomendaciones de cada Comisión se consignarán en actas y éstas
constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de
educandos.
OTRAS INSTANCIAS DE PARTICIPACION
En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un alumno que
curse el último grado que ofrezca la institución encargado, de promover el ejercicio de los
deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los
reglamentos y el manual de convivencia.
EL PERSONERO- El personero tendrá las siguientes funciones:
“La persona como sujeto político”
Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual
podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la
colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación;
Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a
sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el
incumplimiento de las obligaciones de los alumnos;
Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las
solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los
derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y
Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que
haga sus veces. Las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su
intermedio.
El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguiente al de
iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los
estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto
secreto.
El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante
de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
CONSEJO DE ESTUDIANTES: En todos los establecimientos educativos el Consejo de
Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la
participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los
grados ofrecidos por el establecimiento o establecimientos que comparten un mismo Consejo
Directivo.
El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del
calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado,
con el fin de que elijan de su seno mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año
lectivo en curso.
Los estudiantes de nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán
convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que
cursan el tercer grado.
Corresponde al Consejo de Estudiantes:
Darse su propia organización interna;
Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento
y asesorarlo en el cumplimiento de su representación;
“La persona como sujeto político”
Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el
desarrollo de la vida estudiantil.
Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el
manual de convivencia.
Decreto 293 de 2008 "Por el cual se crea y estructura el Consejo Consultivo Distrital de Política
Educativa, los Consejos Consultivos Locales y las Mesas Locales de Política Educativa"
Porque el colegio no es una isla alejada de la realidad local y distrital, el Sistema promueve
diálogos entre las instituciones y entre sus representantes. Se crearon así, las Mesas Locales de
Política Educativa, y entre estas una mesa de estudiantes conformada por los Personeros
escolares y el representante ante el Consejo Directivo de cada colegio, así como por un
estudiante más, elegido por cada uno de los Consejos Estudiantiles.
Esta mesa local de estudiantes debe elegir un representante que participe en el Consejo
Consultivo Local de Política Educativa que será el espacio local de discusión de la política entre
todos los actores. La mesa distrital de estudiantes, estará conformada por un representante de
cada Mesa Local de Estudiantes.
Vale recodar que la figura del cabildante menor se estableció mediante el Acuerdo 116 de 2003,
que elige a menores entre los 7 y 17 años, inclusive, de colegios distritales de la ciudad.
ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA: El Consejo Directivo de todo establecimiento educativo
promoverá la constitución de una asociación de padres de familia, para lo cual podrá citar a una
asamblea constitutiva, suministrar espacio o ayudas de secretaría, contribuir en el recaudo de
cuotas de sostenimiento o apoyar las iniciativas existentes.
La asociación, además de las funciones que su reglamento determine, podrá desarrollar
actividades como las siguientes:
Velar por el cumplimiento del proyecto educativo institucional y su continua evaluación,
para lo cual podrá contratar asesorías especializadas;
Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea
educativa que les corresponde, y
Promover el proceso de constitución del consejo de padres de familia, como apoyo a la
función pedagógica que les compete.
EL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: Como órgano de la asociación de padres de familia,
es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso
“La persona como sujeto político”
pedagógico del establecimiento. Está integrado por los voceros, elegidos por mayoría de votos,
de los padres y madres de los estudiantes que cursan cada uno de los diferentes grados.
Según el Decreto 1286 DE 2005, articulo 7, las funciones del Consejo de Padres de Familia son:
Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las
evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado.
Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de
competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la
Educación Superior ICFES.
Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el
establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en
las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de lo objetivos
planteados.
Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar
estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los
aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la
autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a
promover los derechos del niño.
Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación
entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la
Constitución y la Ley.
Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los
educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de
integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.
Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de
acuerdo con el Decreto 230 de 2002.
Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan
de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del
Decreto 1860 de 1994.
Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del
establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9
del presente decreto.
Parágrafo 1. El rector o director del establecimiento educativo proporcionará toda la información
necesaria para que el Consejo de Padres pueda cumplir sus funciones.
“La persona como sujeto político”
Parágrafo 2. El Consejo de Padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones
en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando
asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o
autoridades
COMITÉ DE CONVIVENCIA acuerdo número 004 del 2000.
ARTICULO SEGUNDO: COMPOSICIÓN: Harán parte integral de los Comités de Convivencia:
Los representantes del personal docente ante el Consejo Directivo u otro elegido por los
profesores.
EL representante de los estudiantes ante el Consejo directivo u otro elegido por los
estudiantes.
El representante del Consejo Estudiantil.
El Personero de los estudiantes.
Dos (2) representantes de los padres de familia y dos (2) representantes de otras
instituciones.
El Coordinador de disciplina o de convivencia o quien haga sus vences, quien lo presidirá
Un representante del personal administrativo y/o operativo del plantel, elegido por éstos
mismos.
ARTÍCULO TERCERO: OBJETIVOS: Las finalidades principales de los Comités de Convivencia
serán las siguientes:
Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad educativa.
Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales, los derechos
del niño y las garantías que amparan a la comunidad educativa.
Desarrollar foros y talleres con la comunidad educativa con el objetivo de promover la
convivencia y los valores dentro de los ámbitos institucional, estudiantil y familiar.
Promover la vinculación de las entidades educativas a los programas de convivencia y
resolución pacífica de los conflictos que adelanten las diferentes entidades distritales.
Instalar mesas de conciliación cuando alguno o algunos de los actores de la comunidad
educativa lo solicite con el objetivo de resolver pacíficamente sus conflictos. Para tal
efecto, el Comité designará un conciliador cuando las partes en conflicto lo estimen
conveniente.
Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes, docentes y estudiantes,
y los que surjan entre estos últimos.
Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el
manual de convivencia.
COMITÉ CONSULTIVO Decreto 400 de 14 de Marzo de 2001
“La persona como sujeto político”
ARTÍCULO 2o. INTEGRACIÓN. Cada Consejo Consultivo estará integrado de la siguiente
manera:
El Rector del establecimiento educativo.
Un Representante de los docentes de la institución elegido por el cuerpo de profesores.
Un Representante de los estudiantes, que debe estar cursando el último grado de
educación media, seleccionado por los estudiantes de último año.
Dos Representantes del sector productivo del municipio o de la región geográfica donde
se ubica el plantel.
ARTÍCULO 3o. Funciones del consejo consultivo para el relacionamiento de la educación media
con el sector empresarial. Son funciones del Consejo Consultivo para el relacionamiento de la
educación media con el sector empresarial:
Analizar el entorno económico, político y social, así como su impacto sobre los
establecimientos de educación media.
Proponer políticas, programas y proyectos para el fortalecimiento de la educación y de
sus relaciones con el sector empresarial dentro del marco ofrecido por la Ley 590 de
2000.
Promover y fomentar dentro de las áreas académicas de la educación media,
particularmente en las ciencias económicas y políticas, el espíritu empresarial y la
creación de empresas.
Fomentar la interrelación entre gremios y unidades del sector productivo, y las
instituciones de educación media, así como la pertinencia de la educación impartida con
respecto de las necesidades de capital humano del sector empresarial.
Contribuir al desarrollo de políticas municipales, distritales, locales y departamentales,
para el acercamiento del sector Productivo de la región y la educación media.
Promover con las autoridades regionales o municipales de educación, planes de apoyo
a la educación por parte del sector productivo.
Estimular las relaciones entre el establecimiento educativo de enseñanza media, el
Sistema Nacional de Formación Profesional y el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena.
COMITÉ AMBIENTAL ESCOLAR acuerdo 166 del 23 de septiembre del 2005 del consejo de
Bogotá.
ARTÍCULO PRIMERO .- Crease el Comité Ambiental en cada institución educativa pública y
privada del Distrito Capital, como órgano asesor en materia ambiental del Gobierno Escolar, en
el marco del Proyecto Educativo Institucional PEI.
“La persona como sujeto político”
PARÁGRAFO: El Comité Ambiental Escolar será organizado por el Consejo Directivo en cada
institución educativa, a través de sistemas de selección democráticos, participativos y equitativos
garantizando el acceso voluntario de estudiantes, docentes y padres de familia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Tendrán calidad de vigías ambientales escolares, un estudiante
designado por curso. Hará parte del Comité Ambiental Escolar, el estudiante delegado por grado,
escogido entre los vigías ambientales escolares. Los vigías ambientales, actuarán como
veedores ambientales al interior de la institución educativa y como dinamizadores de la política
nacional, distrital y local de educación ambiental, de acuerdo a las funciones asignadas al Comité
Ambiental.
ARTÍCULO TERCERO.- Funciones del Comité Ambiental Escolar
Asesorar al Gobierno Escolar, con el fin de fortalecer la dimensión ambiental al interior
de la institución educativa.
Liderar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del Proyecto Ambiental
Escolar (PRAE) y realizar la gestión necesaria para el desarrollo del mismo.
Adelantar proyectos y programas que apunten a la preservación y mejoramiento
ambiental en el marco del Proyecto Ambiental Escolar (PRAE.)
Proponer programas y proyectos para el desarrollo del servicio social obligatorio en
materia ambiental, de los estudiantes de educación media vocacional (grados 10 y 11).
Generar espacios pedagógicos educativos para crear y fortalecer valores ambientales,
sociales y culturales, así como fortalecer la importancia del cuidado y mejoramiento del
ambiente de acuerdo con el calendario ambiental.
Promover el derecho a un ambiente sano en el marco del desarrollo de la Cátedra de
Derechos Humanos.
Promover la formulación e implementación de los Planes Integrales de Gestión
Ambiental (PIGA) en las Instituciones Educativas.
Lo anteriormente mencionado se encuentra registrado en el manual de convivencia de la
institución en el capítulo IX Gobierno Escolar.
Por otra parte, dentro del marco institucional el colegio Colsubsidio Nueva Roma, constituye uno
de los pilares sobre el que se fundamenta la labor pedagógica la cual parte de la
interdisciplinariedad y la transversalidad vista desde el desarrollo integral con el fortalecimiento
del desarrollo humano, así lo deja notar su PEI: “Educación para el desarrollo humano a partir
de la formación para el trabajo”.
La institución orienta su labor pedagógica a formar integralmente niños y niñas. En esta
institución todas las áreas del conocimiento orientan su asignatura sin desconocer el fin común,
que propone alcanzar el pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le
“La persona como sujeto político”
impone los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación
integral, físico, psíquico, intelectual, moral, espiritual, social, afectivo, ético, cívico y demás
valores humanos”. Lo anterior de conformidad con el Artículo 67 de la Constitución Política.
Es a través del planteamiento de proyectos transversales, como el de democracia, que los y las
estudiantes se pueden formar de manera integral; es así como, los procesos democráticos se
plantean de manera transversal aplicando el conocimiento a la vida diaria y tomar la cotidianidad
como una de las herramientas de trabajo, otorgando así al del desarrollo humano, la significación
que éste requiere para lograr la efectividad, sin desconocer las dimensiones en las que se
desenvuelve, mediante una formación integral, donde el desarrollo afectivo, intelectual, cognitivo,
físico, social y espiritual, hace de la labor educativa, un quehacer pertinente, coherente y
coyuntural, acorde con las políticas mundiales, nacionales, distritales y locales que enmarcan la
educación como un proceso con calidad;.
Además de lo expuesto, el proyecto de democracia se contextualiza desde la gestión de calidad,
bajo el modelo organizativo coherente y pertinente con el contexto, que facilita la planeación
estratégica, fomentando el liderazgo y propiciando el trabajo en equipo para llegar a medir
resultados mediante el impacto social obtenido. Es importante también tener en cuenta que el
modelo organizativo de la institución no se hace realidad sino va de la mano con el modelo de
gestión que aplica, en este caso se puede llegar a sugerir la gestión integral ya que en ella se
une la gestión estratégica, la gestión por procesos y la gestión humana o cultural (Galardón Santa
Fe de Bogotá 2003), de esta manera cuando se plasme un trabajo en el aula, a través del
desdoblamiento estratégico, que parte desde el gerente educativo, puede encontrar en el
desarrollo del currículo una herramienta más para acercarse a otras instituciones y trabajar de
la mano para el bien común.
Lo anterior no solo permite asegurar la labor de forma pertinente y coherente con la realidad de
la comunidad educativa, sino que, desde la gerencia hasta el aula de clase la institución ofrece
herramientas para mejorarla. De esta manera, se potencializa el ser humano a partir de la misma
confianza que se le brinda ya que tanto el estudiante, formador, padre y madre de familia se
comprometen en el desarrollo del proceso educativo y la escuela cobra vida, es así que todo lo
que se ve en ella se convierte en espacios para aprender y aplicar, sin desconocer las alianzas
estratégicas que se realizan con algunas instituciones públicas y privadas que conllevan a la
efectividad del mismo.
“La persona como sujeto político”
GOBIERNO
ESCOLAR IED
COLSUBSIDIO
NUEVA
ROMA
PERSONERIA
DISTRITAL
CONTRALORIA
DISTRITAL
CADEL: MESA
LOCAL DE SAN
CRISTOBAL
“La persona como sujeto político”
MARCO CONCEPTUAL
DEMOCRACIA
El vocablo democracia deriva del griego DEMOS: pueblo y KRATOS: gobierno o autoridad, y
significa gobierno o autoridad del pueblo. De allí que se defina a la democracia como "la doctrina
política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno y también al mejoramiento de la
condición del pueblo". Sin embargo, en la actualidad, el concepto de democracia no se limita al
de una forma determinada de gobierno, sino también a un conjunto de reglas de conducta para
la convivencia social y política.
La democracia como estilo de vida es un modo de vivir basado en el respeto a la dignidad
humana, la libertad y los derechos de todos y cada uno de los miembros de la comunidad. La
democracia como forma de gobierno es la participación del pueblo en la acción gubernativa por
medio del sufragio y del control que ejerce sobre lo actuado por el estado. (Roa 2009).
Cuando se defienden los derechos de cada miembro de la comunidad educativa con respeto y
dignidad, cuando se vela por el cumplimiento de las funciones de cada representante del
gobierno escolar y las otras instancias de participación, la institución propicia la más amplia
participación posible de los miembros de la comunidad educativa generando una real
participación democrática a través de la elaboración e implementación de un manual de
convivencia hecho en conjunto con toda la comunidad respetando el debido proceso del que
tiene derecho todo ser humano y ejerciendo el derecho a elegir sus representantes.
Lo anterior se ha podido lograr gracias al trabajo que se implementado de manera transversal
en el colegio sobre competencias ciudadanas, entendidas como:
COMPETENCIAS CIUDADANAS
Las competencias ciudadanas son los conocimientos y las habilidades cognitivas, emocionales
y comunicativas que hacen posible que las personas participen en la construcción de una
sociedad democrática, pacífica e incluyente. (Colombia aprende, ¿qué son las competencias
ciudadanas? 2005)
El Colegio Colsubsidio Nueva Roma, fiel a los principios democráticos, ha establecido una serie
de estrategias que permiten fomentar la sana convivencia a través de las competencias
ciudadanas, requisito indispensable para conocer, ser y actuar en la sociedad.
“La persona como sujeto político”
El Ministerio de Educación Nacional ha establecido que ”Las competencias ciudadanas son los
conocimientos y las habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que hacen posible que
las personas participen en la construcción de una sociedad democrática, pacífica e incluyente”;
de esta forma, se propicia en la IED una cultura dialogante, donde los estudiante, docentes y
demás miembros de la comunidad educativa encuentran espacios de concertación, alternativas
de solución ante las diferentes situaciones cotidianas, así mismo se vive el respeto por el otro,
se posibilita la inclusión en el aula y mejora la convivencia. .
Según lo anterior, se establece en el mismo documento que no sólo las cátedras de Sociales o
los Proyectos Trasversales establecidos para tal fin, son las únicas responsables de la formación
ciudadana, al contrario el articulado de las áreas de formación constituye una fuente asertiva
para el manejo de normas que favorezcan las interacciones constructivas. Involucrar a los
estudiantes en la definición de estas normas permite no solamente que puedan expresar sus
argumentos y llegar a acuerdos sobre temas complejos, sino que comprendan mejor el sentido
que las normas tienen para la convivencia. Sin embargo, la institución educativa como tal debe
apoyarse en la familia, como núcleo primordial social, ya que desde allí se propicia el nacimiento
de los primeros saberes, valores, principios y comportamientos para la sociedad.
Las competencias ciudadanas se trabajan desde los siguientes tres ámbitos temáticos:
1. Construcción de la Convivencia y la Paz
2. Participación y Responsabilidad Democrática y
3. Pluralidad, Identidad y Valoración de las Diferencias.
Una forma que tiene la institución de fortalecer los procesos formativos integrales de sus
estudiantes es el de constituir de manera democrática los diferentes órganos de participación de
los padres de familia, donde ellos tienen la posibilidad de opinar, decidir y ejecutar planes de
acción orientados a la consecución de las metas institucionales y a la construcción del proyecto
de vida de sus hijos e hijas.
Para responder a los requerimientos de una educación para la convivencia y la ciudadanía, el
MEN se encuentra desarrollando el Programa de Competencias Ciudadanas, el cual incluye, en
el 2003, la definición de los estándares de competencias ciudadanas, que son criterios claros y
públicos que permiten establecer cuál es la enseñanza que deben recibir los estudiantes en cada
uno de los ciclos de la educación. Son el punto de referencia de lo que un(a) estudiante puede
estar en capacidad de saber y saber hacer, en determinada área y en determinado nivel de
escolaridad.
Entre el desarrollo de competencias se definen los siguientes aspectos como:
“La persona como sujeto político”
 Conocimientos relevantes para el ejercicio de la ciudadanía
 Actitudes hacia la ciudadanía
 Acciones ciudadanas
 Ambientes democráticos
 Competencias cognitivas
 Manejo de emociones
 Empatía
Bajo estos parámetros, la participación es un concepto que ha estado presente en la práctica de
todas las comunidades en el mundo. Sin embargo, la existencia de este concepto dentro del
discurso político se ha venido desarrollando en la modernidad y se ha estado empleando en las
instituciones educativas, con el fin de fomentar la participación ciudadana en los(as) jóvenes.
En este siglo es indispensable pensar en la importancia de conocer y ser parte de los procesos
electorales a nivel nacional, regional, municipal o local. Es por esto que la formación de sujetos
políticos desde la escuela es la base para asegurar el desarrollo de personas capaces de decidir,
pensar y participar en las decisiones más adecuadas para el beneficio de la sociedad.
A pesar de los retos que se plantea El Ministerio de Educación Nacional, de establecer Las
competencias ciudadanas y definirlas como conocimientos y habilidades cognitivas, emocionales
y comunicativas que hacen posible que las personas participen en la construcción de una
sociedad democrática, pacífica e incluyente, esto no es suficiente para asegurar el impacto que
se debe tener sobre los (as) estudiantes, y la conciencia que se pretende crear en cada uno de
ellos (as).
“La participación y la acción política convencional son hechos que aparecen desvalorados en las
opiniones de los estudiantes sobre la experiencia democrática en la escuela.” (Montero, 1995)
“Este planteamiento nos lleva a problematizar la socialización política en la escuela y sus
posibilidades en la conformación de una cultura democrática proclive al desarrollo de individuos
con capacidad para tramitar sus intereses en una experiencia comunicada y compartida” (Dewey,
J. 1997).
Entonces, el desafío de la escuela es encontrar los mecanismos adecuados para promover y
estimular correctamente la importancia que tiene la participación escolar, como un ejercicio de
preparación para ejercer los derechos ciudadanos, como los que ofrece la ley 104 de 1994 sobre
la participación ciudadana. La responsabilidad de las instituciones educativas con respecto a la
formación de sujetos políticos que puedan decidir en el futuro, es una de las más trascendentales
para el desarrollo y progreso de un país, pues con ciudadanos capaces de elegir un
“La persona como sujeto político”
representante que incluya en sus políticas soluciones adecuadas, el estado será realmente
democrático.
Como personas pertenecientes a una sociedad democrática- constitucional, la posición del
ciudadano actual demanda revitalizar la conciencia constitucional para la supervivencia, pues se
ha dejado olvidado el conocimiento del funcionamiento del Estado y alejado de la “ley
fundamental”.
“La persona como sujeto político”
METODOLOGIA
INVESTIGACIÓN-ACCIÓN PARTICIPATIVA.
Reconocer la labor que debe realizar el docente en la acción pedagógica, implica poder
evidenciar la interacción de personas dentro de un contexto humano, con la capacidad de
plantear acciones efectivas permitiendo la formación de personas capaces de enfrentar los
problemas del diario vivir y por consiguiente logren mejorar la calidad de vida propia y la de su
comunidad. Por tanto, es necesario fortalecer y agilizar el proceso educativo en la
transversalidad de las competencias ciudadanas planteadas desde el proyecto con miras a la
formación de la persona como sujeto político” en la institución, con respecto al conocimiento,
aplicación y beneficios que brinda el trabajo pedagógico basado en la INVESTIGACIÓN
ACCIÓN.
Además, las nuevas tendencias educativas reconocen la importancia de los diferentes
protagonistas de la educación involucrándolos en la escuela, haciendo de ella un espacio de
transformación positiva; entonces, desde la educación para la democracia es el camino para
generar la política de la responsabilidad social. Siendo así, orienta su acción hacia la
contextualización del ejercicio de liderazgo a través de la realización de diagnósticos reales de
la comunidad en la que se encuentra y el planteamiento de alternativas coherentes y pertinentes
para la solución de las necesidades detectadas. De ahí, que el proyecto educativo institucional
se convierte con facilidad en todo un proyecto de investigación basado en la acción y en la
participación.
Con lo anteriormente mencionado, se considera indispensable basar el proyecto de democracia
bajo los parámetros de la investigación Acción Participativa, si se tiene el deseo de orientar y
liderar procesos macros de mirada futurista y transformacional. Por tanto, el trabajo que se
INVESTIGACIÓN
ACCIÓN
PARTICIPACIÓN
COMPETENCIAS
CIUDADANAS
GABINETE
ESCOLAR
LA PERSONA COMO
SUJETO POLÍTICO
“La persona como sujeto político”
presenta retoma seis autores idóneos y controvertidos en el tema orientando el trabajo
investigativo en el aula de forma general así:
 JHON ELLIOTT: Práctica reflexiva y autónoma del quehacer pedagógico, el desarrollo
curricular.
 JULIA BLANDEZ Planteamiento de problemas cotidianos en el aula y sus posibles
soluciones
 BERNARDO RESTREPO Investigación centrada en la práctica docente. El maestro
como investigador
 CIRO PARRA MORENO La IA centrada en el desarrollo curricular que beneficie el
entorno social, la práctica docente y su formación permanente.
 LA TORRE A, RINCON D, ARNAZI Surge el movimiento de Investigación Acción en el
contexto colaborativo entre maestros e investigadores del currículo dirigido al problema
de cómo realizar problemas valores fundamentales en la acción.
 MIGUEL MARTÍNEZ
Orienta al desarrollo de las competencias de los participantes a partir de la solución de
un problema social concreto, desarrollado partir de la implementación de un proceso
cíclico. Por tanto, se convierte en una metodología de resistencia contra el pensamiento
positivista, dejando ver la posibilidad de hacer investigación desde la práctica axiológica
que va en pro del mejoramiento de una sociedad.
La investigación acción, se convierte en la herramienta facilitadora de los cambios culturales,
trabajo nada fácil, pero por sobretodo se debe fortalecer el desarrollo humano integral desde el
proyecto “la persona como sujeto político”, para que se constituyan verdaderos desafíos de las
prácticas educativas impregnadas de una visión humanística e investigativa, como eje
fundamental de un proyecto de vida que modifique su educación desde sus cimientos.
La IAP, se puede entender como el “proceso de articulación que debe darse entre la formación
pedagógica y la producción de conocimientos… entre la teoría y la practica” promoviendo el
espíritu investigativo a través del constante descubrimiento de los fenómenos naturales y
sociales que lo rodean y reafirmando la idea de que el conocimiento es una construcción
colectiva, cambiante e incluyente. De esta forma, la curiosidad, creatividad y los intereses
particulares de las estudiantes se constituye en insumo fundamental del proceso investigativo
escolar, permitiendo que formadores y estudiantes emprendan nuevas iniciativas en la
producción de conocimiento escolar basadas en el aprendizaje por descubrimiento y el constante
cuestionamiento sobre su realidad inmediata invitando así a transformarla.
En la medida en que la comunidad va tomando conciencia de su contexto y del gran
compromiso que tiene frente a los posibles cambios políticos y sociales, y relaciona el
procedimiento que él mismo realiza en el aula; se convierte entonces, en aquella persona que
dinamiza el proceso investigativo, a partir del planteamiento y desarrollo de las distintas etapas
“La persona como sujeto político”
que visualizan la elaboración del diagnostico, la planeación, la acción, la observación y la
reflexión; proponiendo, orientando, reorientando y acompañando el proceso de formación del
estudiante y de él mismo. Visto desde esta perspectiva, la práctica pedagógica se convierte en
una práctica social (Eliot 1994), donde a través de la motivación para el ejercicio democrático
genere conciencia de su acción social.
Se retoma el planteamiento claro y sencillo que hace el investigador CIRO PARRA MORENO
par el desarrollo de la misma:
El autor considera en el proceso investigativo tres 3 etapas:
1. La planificación: que Parte de una idea.
2. La ejecución: Realizada a través de las acciones. La observación
3. La evaluación, contemplando los resultados para la mejora.
Con lo anterior, y para hacer la propuesta una acción verdadera se ofrece la oportunidad para
que el estudiante explore y analice cuáles son las posibles relaciones entre diferentes órganos
de las ramas del poder público, derechos y deberes ciudadanos y las implicaciones que esto
tiene en la organización general de cada una de estas y del Estado se plantea:
LAS COMPETENCIAS CIUDADANAS VIVIDAS DESDE LA CONFORMACIÒN DEL GABINETE
ESCOLAR:
El gabinete ministerial concebido desde la estructura del estado nacional, determinando las
funciones y responsabilidades políticas y sociales de cada uno de los integrantes, con el fin de
acercar a los y las estudiantes a la realidad de la organización gubernamental de nuestro país.
Para ello, y tomando la propuesta planteada desde el año 2007 por el colegio Bolivariano de
Risaralda, se designan los cargos para ejercer el rol de funcionario estudiantil de la siguiente
manera:
“La persona como sujeto político”
CONFORMACIÓN DEL GABINETE ESTUDIANTIL IED COLSUBSIDIO NUEVA ROMA
GRADO REPRESENTANTES DEL GABINETE ESTUDIANTIL
DÉCIMO 2 Fórmulas de Personería Estudiantil
2 Fórmulas Presidencia Estudiantil
2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso)
NOVENO 2 Candidatos para Alcaldía (Representante de Curso)
1 Registrador
1 Fiscal General Estudiantil
1 Cabildante Estudiantil
1 Contralor Estudiantil
1 Procurador Estudiantil
OCTAVO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso)
SÉPTIMO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso)
SEXTO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso)
QUINTO 2 Formulas Vicepresidente
2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso)
CUARTO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso)
TERCERO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso)
SEGUNDO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso)
PRIMERO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso)
“La persona como sujeto político”
EVALUACIÓN
CARACTERÌSTICAS GENERALES DE EVALUACIÒN:
En la actualidad, la evaluación es considerada como factor imprescindible para la mejora
continua dentro del proceso educativo que vive actualmente la sociedad, adquiriendo sentido
en la medida que comprueba la eficacia y posibilita el perfeccionamiento de la acción pedagógica,
siendo ésta el medio facilitador para la formación de personas idóneas capaces de responder a
los retos económicos, políticos y sociales de una sociedad globalizada.
De la misma forma, la evaluación es un proceso continuo, ordenado y sistemático de recogida
de información cuantitativa y cualitativa, que responde a ciertas exigencias – valida, dependiente,
fiable, de ser cotejada o comparada con criterios establecidos que permite emitir juicios de valor
fundamentados, que faciliten la toma de decisiones y que afecten el objeto evaluado (González
2006).
Es así como la evaluación, actualmente, se ha convertido en un tema relevante en los centros
educativos porque permite reflexionar sobre el proceso de enseñanza – aprendizaje que
desarrolla toda la comunidad.
El proceso que se desarrolla a partir de la evaluación, en este caso de un proyecto académico,
da a conocer algunos factores que afectan las actividades desarrolladas en las instituciones
educativas, no obstante el decir que afectan puede interpretarse de dos maneras: la primera que
favorece las metas institucionales y la segunda que presentan alguna dificultad para alcanzar las
mismas.
De esta manera, el evaluar un proyecto educativo facilita el mejoramiento de las prácticas
educativas y permite que éstas se conozcan y estén al servicio de la comunidad, especialmente,
de los estudiantes; además de permitir que con su realimentación el nivel de calidad educativa
de la institución mejore constantemente.
Aunque este tipo de evaluación es válida y útil para algunos objetivos, tal como el de comparar
a una persona con su grupo de referencia o la norma, deja por fuera otros aspectos importantes
del desarrollo de la persona y no permite tener una visión integral de la misma.
La nueva Significación de la evaluación escolar: Una concepción más amplia de la evaluación
escolar implica “a todos los componentes de la educación: formadores, administradores,
programas y otros, y constituye un proceso interactivo con la enseñanza, para su orientación y
desarrollo. Este proceso consiste en proyectar, obtener y organizar información y argumentos
que permitan a las personas interesadas participar en el debate critico sobre un programa
especifico” (...) La finalidad de la evaluación no es resolver o evitar un conflicto, sino proporcionar
la información básica necesaria a los implicados en el proceso educativo (Ministerio de
Educación Nacional Al tablero 2009)
“La persona como sujeto político”
Desde esta perspectiva, se debe ampliar la concepción de la evaluación e involucrar no solo el
desempeño del estudiante frente a una serie de conocimientos y adquisición de habilidades sino
también los procesos externos que se llevan a cabo en dicho proceso. Además de lo anterior,
no solo se debe evaluar el desarrollo cognoscitivo sino otros aspectos del desarrollo de la
persona para lograr una evaluación integral.
Para garantizar esta concepción, la evaluación debe contemplar algunas características
fundamentales: Ser constante y permanente, coherente, prospectiva, contextualizada, Flexible,
Involucrar el acompañamiento, Contemplar lo planos afectivos, creativos y cognoscitivos
En todas las instituciones de educación, oficiales y privadas, serán obligatorios el estudio de la
Constitución y la instrucción cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el
aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana (Art. 41). . De ese trabajo
colectivo nace la Ley 115 de 1994, en la que se plasman los fines y objetivos de la educación
nacional y se crean los espacios y mecanismos para hacer viable la construcción de la
democracia en la escuela.
Dicho proyecto es orientado al diseño y aplicación de un producto, al aprovechamiento de los
espacios para el desarrollo de las personas sin más limitaciones que las que le imponen los
derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física,
psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos,
Fomentando en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los
principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y la
responsabilidad.
La evaluación de proyectos, en sus distintos tipos, contempla una serie de criterios base que
permiten establecer sus conclusiones:
CRITERIOS DE EVALUACIÒN:
No existen criterios únicos, por lo general los criterios surgen en función de la naturaleza de cada
proyecto pero existe cierto consenso en la necesidad de analizar la pertinencia, eficacia,
eficiencia y sostenibilidad de los proyectos. Pertinencia o relevancia: Observa la congruencia
entre los objetivos del proyecto y las necesidades identificadas y los intereses de la población e
instituciones (consenso social). Se observa especialmente en la evaluación ex-ante pero también
en los demás tipos de evaluación.
 Eficacia: Es el grado en que se han cumplido los objetivos. Se observa en las
evaluaciones de tipo continua y ex-post.
“La persona como sujeto político”
 Eficiencia: Indica el modo en que se han organizado y empleado los recursos disponibles
en la implementación del proyecto. Este criterio es usual en el análisis costo-beneficio
realizado en la evaluación ex-ante.
Sostenibilidad: Establece que es la medida en que la población y/o las instituciones mantienen
vigentes los cambios logrados por el proyecto una vez que este ha finalizado. Suele considerarse
en las evaluaciones de impacto.
REQUISITOS PARA LA EVALAUCIÒN DE PROYECTOS:
Es fundamental considerar la evaluación desde las propias necesidades, y alcances de las
acciones para con la población meta.
Toda evaluación cumpla algunos requisitos metodológicos para garantizar que la información
que genere puede ser usada en la toma de decisiones. Así, se espera que todo proceso de
evaluación sea:
 Objetivo: Debe medirse y analizarse los hechos definidos tal como se presentan.
 Imparcial: La generación de conclusiones del proceso de evaluación debe ser neutral,
transparente e imparcial. Quienes realizan la evaluación no deben tener intereses
personales o conflictos con la unidad ejecutora del proyecto.
 Válido: Debe medirse lo que se ha planificado medir, respetando las definiciones
establecidas. En caso el objeto de análisis sea demasiado complejo para una medición
objetiva, debe realizarse una aproximación cualitativa inicial.
 Confiable: Las mediciones y observaciones deben ser registradas adecuadamente,
preferentemente recurriendo a verificaciones.
 Creíble: Todas las partes involucradas en el proyecto deben tener confianza en la
idoneidad e imparcialidad de los responsables de la evaluación, quienes a su vez deben
mantener una política de transparencia y rigor profesional.
 Oportuno: Debe realizarse en el momento adecuado, evitando los efectos negativos que
produce el paso del tiempo.
 Útil: Debe ser útil y elaborarse en un lenguaje conciso y directo, entendible para todos
los que accedan a la información elaborada, los resultados de una evaluación no deben
dirigirse sólo a quienes tienen altos conocimientos técnicos sino que debe servir para
que cualquier involucrado pueda tomar conocimiento de la situación del proyecto.
“La persona como sujeto político”
 Participativo: Debe incluirse a todos los involucrados en el proyecto, buscando de reflejar
sus experiencias, necesidades, intereses y percepciones.
 Retroalimentador: Un proceso de evaluación debe garantizar la diseminación de los
hallazgos y su asimilación por parte de los involucrados en el proyecto (desde las altas
esferas hasta los beneficiarios), para así fomentar el aprendizaje organizacional.
 Costo/eficaz: La evaluación debe establecer una relación positiva entre su costo
(económico, de tiempo y recursos) y su contribución en valor agregado para la
experiencia de los involucrados en el proyecto.
QUÈ SE EVALÙA?
 La participación en todos los procesos democráticos de la comunidad educativa.
 La elaboración y ejecución de los planes de gobierno en cada una de las instancias de
participación.
 Las metas propuestas.
 El desarrollo de competencias ciudadanas.
CÓMO SE EVALUA?
Se evidencia con la elección de cada uno de los órganos del gobierno escolar y otras instancias:
 Consejo directivo
 Consejo académico
OTRAS INSTANCIAS
Planes de gobierno de:
 Consejo de padres
 Asociación de padres
 Representante de curso
 Personero estudiantil
Seguimiento y ejecución de los planes operativos.
El desarrollo de las competencias ciudadanas desde las competencias comunicativa,
interpretativa, argumentativa y propositiva acompañada de estrategias participativas de
autoevaluación, coevaluación y heteroevaluacion, desarrollando evidencias de las actividades
realizadas. (actas correspondientes, listados de asistencia y archivos fotográficos o de video
“La persona como sujeto político”
como prueba del desarrollo de las capacitación y actividades organizadas por el gobierno
escolar).
“La persona como sujeto político”
AREA
ESTRATÈGICA
META ESTRATÈGICA ESTRATEGIASCLAVES PLAN OPERATIVO
QUÉ PARA QUÉ CÓMO QUIÉN CUÁNDO DÓNDE RECURSOS
GESTIÒN
ACADEMICA
El 97% de cada una de
las instancias de
participación
estudiantil cumple con
las actividades
propuestas en su plan
de gobierno
Implementar una propuesta
de capacitación para el
consejo estudiantil y
personero que fortalezca la
formación en liderazgo a
partir de la ejecución de
propuestas planteadas en
los planes de gobierno
Diseñar planes de
gobierno que
fortalezcan el sentido
de pertenecía en la
institución
Garantizar la ejecución
de las metas
propuestas para una
mejor disposición frente
a la labor de las
diferentes instancias de
participación estudiantil
Diseñar tres cartillas – taller
sobre liderazgo escolar:
 Planes de
gobierno:
 Ejecución del plan
de gobierno escolar
 Evaluación plan de
gobierno escolar
Integrantes
del proyecto
de
democracia
Cartilla 1: 4 de
febrero
Cartilla 2: 26 de
marzo
Cartilla 3: 30 de
junio
Audiovisuales Computador
Papel
Marcadores
Fotocopias
Video beam
Apoyar las
actividades que
promuevan las
diferentes instancias
de la institución.
Establecer estrategias con el
comité de convivencia y
académico de acuerdo a las
necesidades de cada nivel
La semana
siguiente de la
entrega de cada
corte académico
Revisar el
cumplimiento de los
planes de gobierno
propuestos por cada
instancia de
participación
estudiantil.
Realizando seguimiento
permanente al cumplimiento del
plan de gobierno y
estableciendo los planes de
mejora pertinentes.
Reuniones
programadas
quincenales de
acuerdo a la
planeación
institucional
“La persona como sujeto político”
BIBLIOGRAFÍA
Blandez, Julia Ángel. La Investigación=Acción: Un reto para el profesorado. Magisterio.
Bogotá, 2001. Pág. 23, 35.
CERDA GUTIÉRREZ; Hugo. El Proyecto de Aula. El aula como sistema de investigación y
construcción de conocimientos. Magisterio. Bogotá, 2002. Pág. 99.
Conferencia Mundial de Educación para Todos, BIRF/UNICEF/UNESCO/PNUD,9 de marzo de
l.990,Jomtien, Tailandia, Cuarta Reunión del Comité Regional Intergubernamental de Proyecto
Principal de Educación en América Latina y del Caribe(Promdiac1V), 21 al 25 de abril de l.991,
Quito, Ecuador.
DE ZAYA ÁLVAREZ Carlos M y GONZÁLEZ AGUDELO Elvia M. Lecciones de Didáctica
General. Magisterio. Bogotá, 2003 Pág. 65
Elliott Jhon. El cambio educativo desde la Investigación Acción. Santillana. Medellín, 2000. Pág.
96 – 111
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La calidad de la Educación: ejes para su definición y evaluación, Inés Aguerredondo, Revista
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LA TORRE A, RINCON D, ARNAZI. Bases Metodológicas de la Investigación Educativa.
Barcelona: Educación experiencias, 2003.Pág. 276, 277
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Proyecto Educativo Líderes Siglo XXI, GUIA 1, Conceptos Básicos de Calidad, MEALS DE
COLOMBIA S.A. Bogotá, D.C. 2000.
Romero Belcy, Galvis Gloria. El currículo planteado a través de la Pedagogía Problémica.
Proyecto de investigación. Bogotá, 2007 pág. 72
S. Kemmis, Citado por Escalante, I. La educación escolar en el contexto de una educación para
la diversidad. Articulo publicado en: educando para educar. Año 3. mayo de 2002, No. 4. México.

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  • 1. “La persona como sujeto político” INSTITUCIÓN EDUCATIVA COLEGIO COLSUBSIDIO NUEVA ROMA IED Educación para el Desarrollo Humano a partir de la Formación para el Trabajo PROYECTO TRANSVERSAL DE DEMOCRACIA LA PERSONA COMO SUJETO POLÍTICO INTEGRANTES DEL PROYECTO ADRIANA CARDOZO GINA CARDONA ELIZABETH CIFUENTES ADRIANA GUERRERO Bogotá, diciembre 2 de 2010
  • 2. “La persona como sujeto político” CONTEXTUALIZACIÒN Los nuevos retos que afronta la educación dentro del marco de las nuevas políticas públicas en Colombia, exige la presentación de una breve descripción de la situación educativa actual, tanto en el ámbito mundial como en el nacional y local, descripción que constituye además el marco teórico para comprender las exigencias y cambios que implican el ofrecer una educación de calidad. Ante estas necesidades, organismos internacionales como la UNESCO, la UNICEF, el PNUD y el BANCO MUNDIAL, han suscrito un compromiso con el objeto de satisfacer las demandas de aprendizaje de todos los habitantes del mundo. Para esto se construyó una serie de recomendaciones o sugerencias plasmadas en la Conferencia Mundial sobre “Educación Para todos” realizadas en Jonteim, Tailandia, en 1990 donde se afirma que una educación de calidad debe favorecer el desarrollo de sus capacidades, lograr una vida y un trabajo digno, participación plenamente en el desarrollo local y nacional, tomar decisiones informadas y continuar aprendiendo. Por otra parte, el gobierno nacional ha preparado su agenda sobre políticas públicas, mencionadas en el documento Visión Colombia 2019 “para cerrar las brechas sociales”, en el que se menciona algunas estrategias para mejorar la calidad de los colombianos, centradas en fundamentos éticos, democráticos, económicos, sociales y educativos. En ese último aspecto, la EDUCACIÓN FORMACIÓN EN COMPETENCIAS CIUDADANAS PROYECTO DE DEMOCRACIA "LA PERSONA COMO SUJETO POLITICO" FORMACIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA
  • 3. “La persona como sujeto político” educación se ve como una condición indispensable para alcanzar el mejoramiento económico y social del país. Es necesario, entender que bajo estos parámetros se debe formar al estudiante bajo los principios de una educación integral; de tal manera, que la persona pueda desarrollar todas las dimensiones cognitiva, psicomotriz, espiritual, ético-axiológica, con el objeto de visualizar y asumir con responsabilidad sus acciones de forma autónoma, libre y trascendente, que le permita definir un proyecto de vida productivo y elevar la calidad de la misma. Es así, como la PARTICIPACION DEMOCRÁTICA EN LA ESCUELA es entendida como una necesidad y un derecho fundamental que le permite al ser humano desarrollar autonomía y un análisis critico de sus necesidades sociales. Es por eso que cada institución tanto del estado como privada, apoya y aporta desde las políticas públicas a la implementación, ejecución y evaluación de cada estamento que compone la democratización de la escuela. POLITICAS EDUCATIVAS NACIONALES, DISTRITALES Y LOCALES POLITICA EDUCATIVA N. 8 Estimular la participación de la familia, la comunidad e instituciones no gubernamentales en el desarrollo de las políticas, los programas y los proyectos educativos. Esta política llama la atención de la familia y de la comunidad en la puesta en marcha de las políticas publicas consensuadas en el plan Decenal, así como en los programas y proyectos educativos. Reconoce el aporte de los espacios educativos no escolares a cargo de dichos actores; y valora y crea condiciones para su activa participación en la tarea nacional de construir entre todos una educación general inclusiva de calidad con equidad. CINCO ACCIONES QUE HAN TRANSFORMADO LA EDUCACIÓN EN COLOMBIA  Gestión participativa: Una educación que incluye todas las voces, como referentes comunes y un modelo operativo para la participación social en la construcción de la agenda sectorial. Hoy la educación es nuestra, la hacemos todos, las pensamos todos y la sentimos todos. (documento: Revolución Educativa Colombia Aprende. M.E.N 2009) Por lo tanto, el colegio se apoya en las instituciones distritales y locales que proporcionan información y capacitación para los y las estudiantes que quieren y hacen parte de las instancias de participación democrática. De esta manera, se hace una contextualización general de la institución:
  • 4. “La persona como sujeto político” El colegio Colsubsidio Nueva Roma, se encuentra ubicado en la Zona Cuarta San Cristóbal Sur Oriental, atiende una población de estratos 1 y 2, Geográficamente pertenece a la zona media alta, habitada en su gran mayoría por personas de escasos recursos económicos y con mínimas posibilidades de un desarrollo comercial IDENTIFICACIÓN Nombre de la Institución Colegio IED Colsubsidio Nueva Roma Dirección Calle 48 sur No. 4-39 Este Teléfono 5990272/71/70 Ciudad Bogotá D.C. Estrato Uno Naturaleza Oficial (Concesión) Carácter Mixto Jornada Mañana y tarde Modalidad Básica Secundaria y media Director actual Gloria O. Salgado López Proyecto Contextualizado a grados Transición a undécimo Nombre del proyecto: “LA PERSONA COMO SUJETO POLITICO”
  • 5. “La persona como sujeto político” PLANTEAMIENTO DEL PROYECTO SITUACION PROBLEMA Actualmente la institución cuenta con una población estudiantil de 2050 estudiantes, de los cuales el 100% participa en los procesos democráticos para la elección de sus representantes; durante el tiempo de gobierno de los y las estudiantes se refleja en ellos poco compromiso para el alcance de sus propuestas, a pesar del acompañamiento y seguimiento permanente que hacen los docentes; esta situación es evidenciada por sus pares y al momento de evaluar la gestión de sus representantes se arrojan resultados preocupantes frente a la efectividad de las propuestas de los planes de gobierno, de tal forma que el 49% de los encuestados cree que falta mayor capacidad de liderazgo para asumir el cargo por el cual fue elegido y un 39% opina que sus representantes no cumplen con lo propuesto en su respectivo plan de gobierno. Lo anterior lleva a la institución a plantearse la manera de ¿Cómo formar a las y los estudiantes de la comunidad educativa como " Sujetos políticos", fortaleciendo el desarrollo de los procesos de participación democrática y de liderazgo y su repercusión en la toma de decisiones asertivas en el ámbito social?
  • 6. “La persona como sujeto político” JUSTIFICACIÓN Con base en la Ley 115 y el Decreto 1860 de 1994, es de carácter-legal y necesario construir e incorporar al P.I.E. el proyecto de Educación para la Democracia y valores, para contribuir a la formación integral del estudiante y al perfil que desde éste desea tener la Institución de acuerdo a su filosofía, misión , visión y objetivos propuestos; además, se debe preparar a la persona para que sea partidaria de la convivencia social armónica, tolerante y pacifica, conocedora del sistema democrático del país, que entienda cuales son sus derechos, deberes y se considere con capacidad para desempeñar un papel activo y positivo para el progreso personal, familiar y social La institución lleva a cabo un proceso de fomento para la participación democrática a través del desarrollo de las competencias ciudadanas con los miembros de la comunidad educativa; teniendo como resultado un alto índice de participación en el proceso de elección de todas sus instancias: a pesar de esto, no siempre se cumplen los planes de gobierno, probablemente por la falta de conciencia del compromiso político y social que tienen las personas elegidas. De esta manera, el proyecto transversal de democracia orienta su quehacer hacia la formación de personas bajo la perspectiva "La persona como sujeto político" partiendo de las realidades de los miembros de la comunidad educativa, donde a través del ejercicio de la participación democrática e puede construir la paz y la convivencia social, basándose en el respeto y el cumplimiento de los Derechos Humanos. El desarrollo de este proyecto permite mirar hacia el futuro con grandes expectativas la formación de personas líderes con alto sentido de pertenencia a su comunidad y por tanto a país, considerando que estas acciones son aportes para asumir el gran reto y la mayor responsabilidad individual y social para cada colombiano, porque la convivencia y la democracia solo son posibles si entre todos se va construyendo día a día. OBJETIVOS
  • 7. “La persona como sujeto político” OBJETIVO GENERAL Formar a los y las estudiantes de la comunidad educativa como sujetos políticos a partir de la divulgación y apropiación de los procesos democráticos que se llevan a cabo en la institución. OBJETIVOS ESPECIFICOS  Promover mecanismos de liderazgo estudiantil en sus representantes con el fin de fortalecer los canales de comunicación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa  Fortalecer el conocimiento y la apropiación de las competencias en los y las estudiantes con el fin de promover la participación democrática  Vivenciar de manera lúdica y armónica las diferentes formas de participación democrática
  • 8. “La persona como sujeto político” MARCO LÒGICO DESCRIPCIÒN ENUNCIADO DE LO QUE SE PRETENDE INDICADORES MEDICIONES PREVISTAS FUENTES DE VERIFICAIÒN Formar a los y las estudiantes de la comunidad educativa como sujetos políticos a partir de la divulgación y apropiación de los procesos democráticos que se llevan a cabo en la institución. Efectividad de los planes de gobiernos de las instancias de participación estudiantil Planes de gobierno Carpetas de personero y consejo estudiantil Promover mecanismos de liderazgo estudiantil en sus representantes con el fin de fortalecer los canales de comunicación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa Fortalecer el conocimiento y la apropiación de las competencias en los y las estudiantes con el fin de promover la participación democrática Vivenciar de manera lúdica y armónica las diferentes formas de participación democrática Número de actividades lideradas por las instancias de participación estudiantil Aplicación de competencias ciudadanas en los y la estudiantes de las instancias de participación estudiantil Efectividad del proceso de elección del gobierno escolar y otras instancias de participación Carpetas de los comités de convivencia y académicos por curso cartillas – taller sobre liderazgo escolar: carpetas de cada uno de los órganos del gobierno escolar y otras instancias de participación RESULTADOS Y ACTIVIDES RESULTADO: Cada una de las instancias de participación estudiantil Evaluación institucional
  • 9. “La persona como sujeto político” cumple con las actividades propuestas en su plan de gobierno ACTIVIDADES Diseñar tres cartillas – taller sobre liderazgo escolar:  Planes de gobierno:  Ejecución del plan de gobierno escolar  Evaluación plan de gobierno escolar Establecer estrategias con el comité de convivencia y académico de acuerdo a las necesidades de cada nivel Realizando seguimiento permanente al cumplimiento del plan de gobierno y estableciendo los planes de mejora pertinentes. Carpetas de cada uno de los órganos del gobierno escolar y otras instancias de participación
  • 10. “La persona como sujeto político” MARCO INSTITUCIONAL La institución educativa Colsubsidio Nueva Roma, asume y da respuesta a su misión orientada al desarrollo humano y la formación para el trabajo, así como a la normatividad vigente, partiendo desde: La Constitución Política de Colombia de 1911 y el marco legal de la educación, en los artículos relacionados con la participación democrática como aspecto fundamental en la escuela La Constitución Política de 1991 colocó a los colombianos frente a un nuevo paradigma, paradigma que tocó todos los espacios de la vida social, y entre ellos de manera muy especial, el ámbito educativo. La carta sugiere la construcción de un nuevo país fundado en los principios de la democracia participativa, en el respeto y valoración a las diferencias de todo orden y en los valores de la justicia, la libertad, la igualdad y la solidaridad. Políticos y educadores se pusieron a la tarea de reglamentar las disposiciones legales que facultarían a las entidades educativas a desarrollar esos preceptos constitucionales. De ese trabajo colectivo nace la Ley 115 de 1994, en la que se plasman los fines y objetivos de la educación nacional y se crean los espacios y mecanismos para hacer viable la construcción de la democracia. De esta manera la definición de Proyecto Educativo Institucional, del currículo y el plan de estudios de las instituciones escolares, requiere enmarcarse en los horizontes de país que plantea la nueva Carta Constitucional y sus disposiciones reglamentarias. Todas ellas esbozan los nuevos referentes legales de la educación colombiana y, por tanto, del currículo en educación ética y valores humanos. Ello nos obliga a dar una mirada a estas normas y sus implicaciones. La Constitución Política sienta las bases cuando plantea: Con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente (Art. 67). También establece que en todas las instituciones de educación, oficiales y privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la instrucción cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana (Art. 41). La Ley General de Educación (1994) establece en seis de los trece fines de la educación (art.5º) el ideal cívico de persona que se debe formar:
  • 11. “La persona como sujeto político” 1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos. 2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad. 3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación. 4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley; a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios. 5. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad. 6. La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración en el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe. Estos fines se desarrollan como objetivos comunes en todos los niveles educativos con el propósito del desarrollo integral de los educandos: a. Formar la personalidad y la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes. b. Proporcionar una sólida formación ética y moral, y fomentar la práctica del respeto a los derechos humanos. c. Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y la responsabilidad. d. Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de los sexos, la afectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica y responsable. e. Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional. f. Desarrollar acciones de orientación escolar profesional y ocupacional. g. Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo.
  • 12. “La persona como sujeto político” h. Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos (Art. 13). Consecuente con lo anterior, se establecen como objetivos específicos de la educación preescolar (Art. 16), de la educación básica (Art. 29), de la educación básica en el ciclo de primaria (Art. 21), de la educación básica en el ciclo de secundaria (Art. 22), de la educación media académica (Art. 30). Además, determina como área obligatoria y fundamental la educación ética y en valores humanos (Art.23). Sobre la formación ética y moral señala: La formación ética y moral se promueve en el establecimiento educativo a través del currículo, de los contenidos académicos pertinentes, del ambiente, del comportamiento honesto de directivos, educadores y personal administrativo, de la aplicación recta y justa de las normas de la institución, y demás mecanismos que contemple el Proyecto Educativo Institucional (Art. 25). La Ley General de Educación plantea como enseñanza obligatoria, en todos los establecimientos oficiales o privados, en todos los niveles de la educación básica y media: a. El estudio, comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, de conformidad con el artículo 41 de la Constitución Política. d. La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y, en general, la formación en los valores humanos, y Parágrafo primero. El estudio de estos temas y la formación en tales valores, salvo los numerales a) y b), no exige asignatura específica. Esta formación debe incorporarse al currículo y desarrollarse a través de todo el plan de estudios (Art. 14). El decreto 1860 de 1994, en su artículo 36 reza: ... La enseñanza prevista en el artículo 14 de la Ley 115 de 1994, se cumplirá bajo la modalidad de proyectos pedagógicos. La Ley General de Educación establece otros espacios y otras acciones para el desarrollo del currículo en ética y valores humanos, en todos los establecimientos educativos del Estado y privados, como son: 1. El gobierno escolar: En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los educadores, de los administradores y de los padres de familia en aspectos tales como la adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar (Art. 142).
  • 13. “La persona como sujeto político” 2. El manual de convivencia: Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes (Art. 87) y se definan sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa (Art. 17 del decreto 1860 /94). 3. El personero de los estudiantes: En todos los establecimientos de educación básica y de educación media y en cada año lectivo, los estudiantes elegirán a un alumno del último grado que ofrezca el establecimiento, para que actúe como personero de los estudiantes y promotor de sus derechos y deberes (Art. 94). Para dar respuesta a lo consignado en la Ley sobre la inclusión de la educación para la democracia en los Proyectos Educativos Institucionales, se promulgó la resolución 1600 de 1994: A partir del año de 1994 y de acuerdo con los lineamientos y directivas del Ministerio de Educación Nacional, todos los establecimientos de educación formal del país, tanto oficiales como privados, en sus distintos niveles de preescolar, básica y media, incluirán con carácter obligatorio, dentro de sus Proyectos Educativos Institucionales, el proyecto de Educación para la Democracia (Art.1º). El Ministerio de Educación Nacional a través del Instituto para el Desarrollo de la Democracia Luis Carlos Galán, conjuntamente con las Secretarías de Educación de las entidades territoriales, diseñará y ejecutará un plan de capacitación de docentes en servicio y demás agentes formadores para el adecuado desarrollo de los proyectos de Educación para la Democracia. (Art. 6º). De igual manera, y dada su importancia para Iberoamérica, cabe señalar la declaración de Mérida (Venezuela) de septiembre de 1997, donde señalan de manera enfática lo siguiente: Los ministros de Educación de los Países Iberoamericanos, convocados por la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, OEI y el Ministerio de Educación de Venezuela y constituidos como Conferencia Iberoamericana de Educación, según lo establecido en los estatutos y el reglamento orgánico de la OEI, para proponer líneas de cooperación en educación y analizar específicamente todo lo relacionado con el tema de “La Educación y los valores éticos para la democracia. Conocido el trabajo realizado y los logros obtenidos por la OEI a través de su programa “La enseñanza en valores para un mundo en transformación” y vistas sus realizaciones en el campo de la educación para la democracia, la instamos a que refuerce sus acciones y actividades programáticas para apoyar a los Ministerios de Educación de Iberoamérica, con el fin de incentivar la formación de valores éticos para la democracia partiendo de experiencias
  • 14. “La persona como sujeto político” nacionales regionales susceptibles de ser potenciadas a través de procesos de integración y líneas de programación. En relación con otras instituciones, tanto distritales como privadas, se reglamenta el funcionamiento de las diferentes figuras de participación estudiantil. CONTRALORIA: Con el PROYECTO DE ACUERDO No. 071 DE 2008 “Por el cual se crea la Contraloría Estudiantil en los establecimientos públicos de educación básica y media del Distrito Capital”: En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 Artículo 1º CONTRALORÍA ESTUDIANTIL. En todos los establecimientos públicos de educación básica y media del Distrito Capital habrá una Contraloría Estudiantil. La Contraloría Estudiantil será la encargada de promover y actuar como veedora del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la institución educativa a la cual pertenece, incluyendo los del Fondo de Servicios Educativos del respectivo colegio. También los aspectos contemplados en los artículos 2 a 12. PERSONERIA El marco legal del Proyecto Personeros Estudiantiles se rige por la Ley 115 de 1994, el Decreto 1860 de 1994, la Ley 375 de 1997 y demás normas complementarias. La Ley 115/94, Ley General de Educación, establece la creación del Gobierno Escolar, la figura de la Personería Estudiantil y el Proyecto Educativo Institucional-PEI, que incluye el Manual de Convivencia. Estos espacios, actores e instrumentos han congregado a la Comunidad Educativa para adelantar procesos importantes que contribuyen a democratizar las relaciones sociales, a legitimar los derechos en el ámbito escolar, contando para ello entre otros, con el apoyo de la Personería Distrital y la protección de la Corte Constitucional. Es igualmente importante destacar que el Concejo de Bogotá, mediante el Acuerdo 125 de 2004 “por medio del cual se modifica y adiciona el Acuerdo 21 del 9 de diciembre de 1998, se implementa la Cátedra de Derechos Humanos, Deberes y Garantías y Pedagogía de la Reconciliación y se dictan otras disposiciones” busca la convivencia nacional y una cultura de respeto por los derechos humanos mediante la educación en la autonomía, la responsabilidad social y colectiva, el pluralismo político, cultural, ideológico y religioso, la tolerancia y la práctica democrática de la participación.
  • 15. “La persona como sujeto político” Este Acuerdo se convierte en otra importante herramienta para que la comunidad educativa, en especial los Personeros y las Personeras Estudiantiles, promuevan los derechos y deberes de todos los integrantes de la misma, y puede consultarse en las páginas web de la Personería de Bogotá, el Concejo de Bogotá y la Secretaría de Educación Distrital REDES LOCALES Y MESAS LOCALES La Red Distrital de Personeras y Personeros Estudiantiles reúne a los personeros y personeras de las 20 localidades. En los últimos años la Personería Distrital, en su calidad de organismo encargado de defender, proteger y promover los Derechos Humanos en la ciudad, ha desarrollado un proyecto para el fortalecimiento de la figura del Personero Estudiantil. La participación democrática es entendida como un como medio para conseguir mejores resultados y mayor eficiencia en los proyectos y otra como fin en sí misma, enlazada a la idea de fortalecimiento democrático. En este sentido, es un proceso de empoderamiento, que mejora las capacidades y el estatus de los grupos que la integran, a la vez que les dota de mayor control e influencia sobre los recursos y procesos democráticos. En la institución, se concibe el gobierno escolar desde el reconocimiento de los integrantes de la comunidad educativa: todos los estudiantes matriculados, los padres y madres de familia o en algunos casos los acudientes, los docentes, los directivos de la institución, personal administrativo, de apoyo y servicios generales y los estudiantes que hayan egresado de nuestra institución. Todos los integrantes de la comunidad pueden participar a través de representantes en los órganos del GOBIERNO ESCOLAR. Ellos podrán participar democráticamente de acuerdo con el Decreto 1860 de 1994 en el Capitulo IV sobre el gobierno escolar y la organización institucional. La institución se organiza así: El Consejo Directivo, como instancia directiva de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa. Está integrado por: El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia. Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por el colegio. Un representante de los exalumnos, elegido por el Consejo Directivo. Un representante de los sectores productivos del área de influencia del sector productivo
  • 16. “La persona como sujeto político” Funciones del Consejo Directivo: Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa; Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los convenientes pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares, y Darse su propio reglamento. 1. El Rector, es el representante de la institución ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Las funciones del rector son:
  • 17. “La persona como sujeto político” Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el colegio Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores del colegio y con la comunidad local, para el continuo progreso académico del colegio y el mejoramiento de la vida comunitaria Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de convivencia Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional Promover actividades de beneficio social que vinculen a la institución con la comunidad local Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, concernientes a la prestación del servicio público educativo Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional. 2. El Consejo Académico, es la instancia superior para participar en la orientación pedagógica de la institución. Está integrado por el Rector quien lo preside, los directivos docentes y un(a) docente por cada área definida en el plan de estudios. El Consejo Académico cumple las siguientes funciones: Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional; Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente decreto; Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución; Participar en la evaluación institucional anual;
  • 18. “La persona como sujeto político” Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación; Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa, y Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional. El consejo académico decreto 1860 del 3 de agosto de 1994. art 50 decreto 230 de 11 de febrero de 2002. Art. 8 Comisiones de Evaluación y Promoción. El Consejo Académico conformará, para cada grado, una Comisión de evaluación y promoción integrada por un número de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el rector o su delegado, quien la convocará y la presidirá, con el fin de definir la promoción de los educando y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiante que presenten dificultades. En la reunión que tendrá la Comisión de evaluación y promoción al finalizar cada período escolar, se analizarán los casos de educando desempaño básico y bajo en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones generales o particulares a los profesores, o a otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizadas las condiciones de los educandos, se convocará a los padres de familia o acudientes, al educando y al educador con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo, y acordar los compromisos por parte de los involucrados. Las Comisiones, además, analizarán los casos de los educandos con desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación, o promoción anticipada. Igualmente se establecerá si educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del período anterior. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada Comisión se consignarán en actas y éstas constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de educandos. OTRAS INSTANCIAS DE PARTICIPACION En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución encargado, de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia. EL PERSONERO- El personero tendrá las siguientes funciones:
  • 19. “La persona como sujeto político” Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación; Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos; Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces. Las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguiente al de iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. CONSEJO DE ESTUDIANTES: En todos los establecimientos educativos el Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento o establecimientos que comparten un mismo Consejo Directivo. El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso. Los estudiantes de nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado. Corresponde al Consejo de Estudiantes: Darse su propia organización interna; Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación;
  • 20. “La persona como sujeto político” Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia. Decreto 293 de 2008 "Por el cual se crea y estructura el Consejo Consultivo Distrital de Política Educativa, los Consejos Consultivos Locales y las Mesas Locales de Política Educativa" Porque el colegio no es una isla alejada de la realidad local y distrital, el Sistema promueve diálogos entre las instituciones y entre sus representantes. Se crearon así, las Mesas Locales de Política Educativa, y entre estas una mesa de estudiantes conformada por los Personeros escolares y el representante ante el Consejo Directivo de cada colegio, así como por un estudiante más, elegido por cada uno de los Consejos Estudiantiles. Esta mesa local de estudiantes debe elegir un representante que participe en el Consejo Consultivo Local de Política Educativa que será el espacio local de discusión de la política entre todos los actores. La mesa distrital de estudiantes, estará conformada por un representante de cada Mesa Local de Estudiantes. Vale recodar que la figura del cabildante menor se estableció mediante el Acuerdo 116 de 2003, que elige a menores entre los 7 y 17 años, inclusive, de colegios distritales de la ciudad. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA: El Consejo Directivo de todo establecimiento educativo promoverá la constitución de una asociación de padres de familia, para lo cual podrá citar a una asamblea constitutiva, suministrar espacio o ayudas de secretaría, contribuir en el recaudo de cuotas de sostenimiento o apoyar las iniciativas existentes. La asociación, además de las funciones que su reglamento determine, podrá desarrollar actividades como las siguientes: Velar por el cumplimiento del proyecto educativo institucional y su continua evaluación, para lo cual podrá contratar asesorías especializadas; Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde, y Promover el proceso de constitución del consejo de padres de familia, como apoyo a la función pedagógica que les compete. EL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: Como órgano de la asociación de padres de familia, es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso
  • 21. “La persona como sujeto político” pedagógico del establecimiento. Está integrado por los voceros, elegidos por mayoría de votos, de los padres y madres de los estudiantes que cursan cada uno de los diferentes grados. Según el Decreto 1286 DE 2005, articulo 7, las funciones del Consejo de Padres de Familia son: Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de lo objetivos planteados. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la Ley. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9 del presente decreto. Parágrafo 1. El rector o director del establecimiento educativo proporcionará toda la información necesaria para que el Consejo de Padres pueda cumplir sus funciones.
  • 22. “La persona como sujeto político” Parágrafo 2. El Consejo de Padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades COMITÉ DE CONVIVENCIA acuerdo número 004 del 2000. ARTICULO SEGUNDO: COMPOSICIÓN: Harán parte integral de los Comités de Convivencia: Los representantes del personal docente ante el Consejo Directivo u otro elegido por los profesores. EL representante de los estudiantes ante el Consejo directivo u otro elegido por los estudiantes. El representante del Consejo Estudiantil. El Personero de los estudiantes. Dos (2) representantes de los padres de familia y dos (2) representantes de otras instituciones. El Coordinador de disciplina o de convivencia o quien haga sus vences, quien lo presidirá Un representante del personal administrativo y/o operativo del plantel, elegido por éstos mismos. ARTÍCULO TERCERO: OBJETIVOS: Las finalidades principales de los Comités de Convivencia serán las siguientes: Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad educativa. Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales, los derechos del niño y las garantías que amparan a la comunidad educativa. Desarrollar foros y talleres con la comunidad educativa con el objetivo de promover la convivencia y los valores dentro de los ámbitos institucional, estudiantil y familiar. Promover la vinculación de las entidades educativas a los programas de convivencia y resolución pacífica de los conflictos que adelanten las diferentes entidades distritales. Instalar mesas de conciliación cuando alguno o algunos de los actores de la comunidad educativa lo solicite con el objetivo de resolver pacíficamente sus conflictos. Para tal efecto, el Comité designará un conciliador cuando las partes en conflicto lo estimen conveniente. Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes, docentes y estudiantes, y los que surjan entre estos últimos. Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia. COMITÉ CONSULTIVO Decreto 400 de 14 de Marzo de 2001
  • 23. “La persona como sujeto político” ARTÍCULO 2o. INTEGRACIÓN. Cada Consejo Consultivo estará integrado de la siguiente manera: El Rector del establecimiento educativo. Un Representante de los docentes de la institución elegido por el cuerpo de profesores. Un Representante de los estudiantes, que debe estar cursando el último grado de educación media, seleccionado por los estudiantes de último año. Dos Representantes del sector productivo del municipio o de la región geográfica donde se ubica el plantel. ARTÍCULO 3o. Funciones del consejo consultivo para el relacionamiento de la educación media con el sector empresarial. Son funciones del Consejo Consultivo para el relacionamiento de la educación media con el sector empresarial: Analizar el entorno económico, político y social, así como su impacto sobre los establecimientos de educación media. Proponer políticas, programas y proyectos para el fortalecimiento de la educación y de sus relaciones con el sector empresarial dentro del marco ofrecido por la Ley 590 de 2000. Promover y fomentar dentro de las áreas académicas de la educación media, particularmente en las ciencias económicas y políticas, el espíritu empresarial y la creación de empresas. Fomentar la interrelación entre gremios y unidades del sector productivo, y las instituciones de educación media, así como la pertinencia de la educación impartida con respecto de las necesidades de capital humano del sector empresarial. Contribuir al desarrollo de políticas municipales, distritales, locales y departamentales, para el acercamiento del sector Productivo de la región y la educación media. Promover con las autoridades regionales o municipales de educación, planes de apoyo a la educación por parte del sector productivo. Estimular las relaciones entre el establecimiento educativo de enseñanza media, el Sistema Nacional de Formación Profesional y el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena. COMITÉ AMBIENTAL ESCOLAR acuerdo 166 del 23 de septiembre del 2005 del consejo de Bogotá. ARTÍCULO PRIMERO .- Crease el Comité Ambiental en cada institución educativa pública y privada del Distrito Capital, como órgano asesor en materia ambiental del Gobierno Escolar, en el marco del Proyecto Educativo Institucional PEI.
  • 24. “La persona como sujeto político” PARÁGRAFO: El Comité Ambiental Escolar será organizado por el Consejo Directivo en cada institución educativa, a través de sistemas de selección democráticos, participativos y equitativos garantizando el acceso voluntario de estudiantes, docentes y padres de familia. ARTÍCULO SEGUNDO.- Tendrán calidad de vigías ambientales escolares, un estudiante designado por curso. Hará parte del Comité Ambiental Escolar, el estudiante delegado por grado, escogido entre los vigías ambientales escolares. Los vigías ambientales, actuarán como veedores ambientales al interior de la institución educativa y como dinamizadores de la política nacional, distrital y local de educación ambiental, de acuerdo a las funciones asignadas al Comité Ambiental. ARTÍCULO TERCERO.- Funciones del Comité Ambiental Escolar Asesorar al Gobierno Escolar, con el fin de fortalecer la dimensión ambiental al interior de la institución educativa. Liderar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del Proyecto Ambiental Escolar (PRAE) y realizar la gestión necesaria para el desarrollo del mismo. Adelantar proyectos y programas que apunten a la preservación y mejoramiento ambiental en el marco del Proyecto Ambiental Escolar (PRAE.) Proponer programas y proyectos para el desarrollo del servicio social obligatorio en materia ambiental, de los estudiantes de educación media vocacional (grados 10 y 11). Generar espacios pedagógicos educativos para crear y fortalecer valores ambientales, sociales y culturales, así como fortalecer la importancia del cuidado y mejoramiento del ambiente de acuerdo con el calendario ambiental. Promover el derecho a un ambiente sano en el marco del desarrollo de la Cátedra de Derechos Humanos. Promover la formulación e implementación de los Planes Integrales de Gestión Ambiental (PIGA) en las Instituciones Educativas. Lo anteriormente mencionado se encuentra registrado en el manual de convivencia de la institución en el capítulo IX Gobierno Escolar. Por otra parte, dentro del marco institucional el colegio Colsubsidio Nueva Roma, constituye uno de los pilares sobre el que se fundamenta la labor pedagógica la cual parte de la interdisciplinariedad y la transversalidad vista desde el desarrollo integral con el fortalecimiento del desarrollo humano, así lo deja notar su PEI: “Educación para el desarrollo humano a partir de la formación para el trabajo”. La institución orienta su labor pedagógica a formar integralmente niños y niñas. En esta institución todas las áreas del conocimiento orientan su asignatura sin desconocer el fin común, que propone alcanzar el pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le
  • 25. “La persona como sujeto político” impone los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, físico, psíquico, intelectual, moral, espiritual, social, afectivo, ético, cívico y demás valores humanos”. Lo anterior de conformidad con el Artículo 67 de la Constitución Política. Es a través del planteamiento de proyectos transversales, como el de democracia, que los y las estudiantes se pueden formar de manera integral; es así como, los procesos democráticos se plantean de manera transversal aplicando el conocimiento a la vida diaria y tomar la cotidianidad como una de las herramientas de trabajo, otorgando así al del desarrollo humano, la significación que éste requiere para lograr la efectividad, sin desconocer las dimensiones en las que se desenvuelve, mediante una formación integral, donde el desarrollo afectivo, intelectual, cognitivo, físico, social y espiritual, hace de la labor educativa, un quehacer pertinente, coherente y coyuntural, acorde con las políticas mundiales, nacionales, distritales y locales que enmarcan la educación como un proceso con calidad;. Además de lo expuesto, el proyecto de democracia se contextualiza desde la gestión de calidad, bajo el modelo organizativo coherente y pertinente con el contexto, que facilita la planeación estratégica, fomentando el liderazgo y propiciando el trabajo en equipo para llegar a medir resultados mediante el impacto social obtenido. Es importante también tener en cuenta que el modelo organizativo de la institución no se hace realidad sino va de la mano con el modelo de gestión que aplica, en este caso se puede llegar a sugerir la gestión integral ya que en ella se une la gestión estratégica, la gestión por procesos y la gestión humana o cultural (Galardón Santa Fe de Bogotá 2003), de esta manera cuando se plasme un trabajo en el aula, a través del desdoblamiento estratégico, que parte desde el gerente educativo, puede encontrar en el desarrollo del currículo una herramienta más para acercarse a otras instituciones y trabajar de la mano para el bien común. Lo anterior no solo permite asegurar la labor de forma pertinente y coherente con la realidad de la comunidad educativa, sino que, desde la gerencia hasta el aula de clase la institución ofrece herramientas para mejorarla. De esta manera, se potencializa el ser humano a partir de la misma confianza que se le brinda ya que tanto el estudiante, formador, padre y madre de familia se comprometen en el desarrollo del proceso educativo y la escuela cobra vida, es así que todo lo que se ve en ella se convierte en espacios para aprender y aplicar, sin desconocer las alianzas estratégicas que se realizan con algunas instituciones públicas y privadas que conllevan a la efectividad del mismo.
  • 26. “La persona como sujeto político” GOBIERNO ESCOLAR IED COLSUBSIDIO NUEVA ROMA PERSONERIA DISTRITAL CONTRALORIA DISTRITAL CADEL: MESA LOCAL DE SAN CRISTOBAL
  • 27. “La persona como sujeto político” MARCO CONCEPTUAL DEMOCRACIA El vocablo democracia deriva del griego DEMOS: pueblo y KRATOS: gobierno o autoridad, y significa gobierno o autoridad del pueblo. De allí que se defina a la democracia como "la doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno y también al mejoramiento de la condición del pueblo". Sin embargo, en la actualidad, el concepto de democracia no se limita al de una forma determinada de gobierno, sino también a un conjunto de reglas de conducta para la convivencia social y política. La democracia como estilo de vida es un modo de vivir basado en el respeto a la dignidad humana, la libertad y los derechos de todos y cada uno de los miembros de la comunidad. La democracia como forma de gobierno es la participación del pueblo en la acción gubernativa por medio del sufragio y del control que ejerce sobre lo actuado por el estado. (Roa 2009). Cuando se defienden los derechos de cada miembro de la comunidad educativa con respeto y dignidad, cuando se vela por el cumplimiento de las funciones de cada representante del gobierno escolar y las otras instancias de participación, la institución propicia la más amplia participación posible de los miembros de la comunidad educativa generando una real participación democrática a través de la elaboración e implementación de un manual de convivencia hecho en conjunto con toda la comunidad respetando el debido proceso del que tiene derecho todo ser humano y ejerciendo el derecho a elegir sus representantes. Lo anterior se ha podido lograr gracias al trabajo que se implementado de manera transversal en el colegio sobre competencias ciudadanas, entendidas como: COMPETENCIAS CIUDADANAS Las competencias ciudadanas son los conocimientos y las habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que hacen posible que las personas participen en la construcción de una sociedad democrática, pacífica e incluyente. (Colombia aprende, ¿qué son las competencias ciudadanas? 2005) El Colegio Colsubsidio Nueva Roma, fiel a los principios democráticos, ha establecido una serie de estrategias que permiten fomentar la sana convivencia a través de las competencias ciudadanas, requisito indispensable para conocer, ser y actuar en la sociedad.
  • 28. “La persona como sujeto político” El Ministerio de Educación Nacional ha establecido que ”Las competencias ciudadanas son los conocimientos y las habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que hacen posible que las personas participen en la construcción de una sociedad democrática, pacífica e incluyente”; de esta forma, se propicia en la IED una cultura dialogante, donde los estudiante, docentes y demás miembros de la comunidad educativa encuentran espacios de concertación, alternativas de solución ante las diferentes situaciones cotidianas, así mismo se vive el respeto por el otro, se posibilita la inclusión en el aula y mejora la convivencia. . Según lo anterior, se establece en el mismo documento que no sólo las cátedras de Sociales o los Proyectos Trasversales establecidos para tal fin, son las únicas responsables de la formación ciudadana, al contrario el articulado de las áreas de formación constituye una fuente asertiva para el manejo de normas que favorezcan las interacciones constructivas. Involucrar a los estudiantes en la definición de estas normas permite no solamente que puedan expresar sus argumentos y llegar a acuerdos sobre temas complejos, sino que comprendan mejor el sentido que las normas tienen para la convivencia. Sin embargo, la institución educativa como tal debe apoyarse en la familia, como núcleo primordial social, ya que desde allí se propicia el nacimiento de los primeros saberes, valores, principios y comportamientos para la sociedad. Las competencias ciudadanas se trabajan desde los siguientes tres ámbitos temáticos: 1. Construcción de la Convivencia y la Paz 2. Participación y Responsabilidad Democrática y 3. Pluralidad, Identidad y Valoración de las Diferencias. Una forma que tiene la institución de fortalecer los procesos formativos integrales de sus estudiantes es el de constituir de manera democrática los diferentes órganos de participación de los padres de familia, donde ellos tienen la posibilidad de opinar, decidir y ejecutar planes de acción orientados a la consecución de las metas institucionales y a la construcción del proyecto de vida de sus hijos e hijas. Para responder a los requerimientos de una educación para la convivencia y la ciudadanía, el MEN se encuentra desarrollando el Programa de Competencias Ciudadanas, el cual incluye, en el 2003, la definición de los estándares de competencias ciudadanas, que son criterios claros y públicos que permiten establecer cuál es la enseñanza que deben recibir los estudiantes en cada uno de los ciclos de la educación. Son el punto de referencia de lo que un(a) estudiante puede estar en capacidad de saber y saber hacer, en determinada área y en determinado nivel de escolaridad. Entre el desarrollo de competencias se definen los siguientes aspectos como:
  • 29. “La persona como sujeto político”  Conocimientos relevantes para el ejercicio de la ciudadanía  Actitudes hacia la ciudadanía  Acciones ciudadanas  Ambientes democráticos  Competencias cognitivas  Manejo de emociones  Empatía Bajo estos parámetros, la participación es un concepto que ha estado presente en la práctica de todas las comunidades en el mundo. Sin embargo, la existencia de este concepto dentro del discurso político se ha venido desarrollando en la modernidad y se ha estado empleando en las instituciones educativas, con el fin de fomentar la participación ciudadana en los(as) jóvenes. En este siglo es indispensable pensar en la importancia de conocer y ser parte de los procesos electorales a nivel nacional, regional, municipal o local. Es por esto que la formación de sujetos políticos desde la escuela es la base para asegurar el desarrollo de personas capaces de decidir, pensar y participar en las decisiones más adecuadas para el beneficio de la sociedad. A pesar de los retos que se plantea El Ministerio de Educación Nacional, de establecer Las competencias ciudadanas y definirlas como conocimientos y habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que hacen posible que las personas participen en la construcción de una sociedad democrática, pacífica e incluyente, esto no es suficiente para asegurar el impacto que se debe tener sobre los (as) estudiantes, y la conciencia que se pretende crear en cada uno de ellos (as). “La participación y la acción política convencional son hechos que aparecen desvalorados en las opiniones de los estudiantes sobre la experiencia democrática en la escuela.” (Montero, 1995) “Este planteamiento nos lleva a problematizar la socialización política en la escuela y sus posibilidades en la conformación de una cultura democrática proclive al desarrollo de individuos con capacidad para tramitar sus intereses en una experiencia comunicada y compartida” (Dewey, J. 1997). Entonces, el desafío de la escuela es encontrar los mecanismos adecuados para promover y estimular correctamente la importancia que tiene la participación escolar, como un ejercicio de preparación para ejercer los derechos ciudadanos, como los que ofrece la ley 104 de 1994 sobre la participación ciudadana. La responsabilidad de las instituciones educativas con respecto a la formación de sujetos políticos que puedan decidir en el futuro, es una de las más trascendentales para el desarrollo y progreso de un país, pues con ciudadanos capaces de elegir un
  • 30. “La persona como sujeto político” representante que incluya en sus políticas soluciones adecuadas, el estado será realmente democrático. Como personas pertenecientes a una sociedad democrática- constitucional, la posición del ciudadano actual demanda revitalizar la conciencia constitucional para la supervivencia, pues se ha dejado olvidado el conocimiento del funcionamiento del Estado y alejado de la “ley fundamental”.
  • 31. “La persona como sujeto político” METODOLOGIA INVESTIGACIÓN-ACCIÓN PARTICIPATIVA. Reconocer la labor que debe realizar el docente en la acción pedagógica, implica poder evidenciar la interacción de personas dentro de un contexto humano, con la capacidad de plantear acciones efectivas permitiendo la formación de personas capaces de enfrentar los problemas del diario vivir y por consiguiente logren mejorar la calidad de vida propia y la de su comunidad. Por tanto, es necesario fortalecer y agilizar el proceso educativo en la transversalidad de las competencias ciudadanas planteadas desde el proyecto con miras a la formación de la persona como sujeto político” en la institución, con respecto al conocimiento, aplicación y beneficios que brinda el trabajo pedagógico basado en la INVESTIGACIÓN ACCIÓN. Además, las nuevas tendencias educativas reconocen la importancia de los diferentes protagonistas de la educación involucrándolos en la escuela, haciendo de ella un espacio de transformación positiva; entonces, desde la educación para la democracia es el camino para generar la política de la responsabilidad social. Siendo así, orienta su acción hacia la contextualización del ejercicio de liderazgo a través de la realización de diagnósticos reales de la comunidad en la que se encuentra y el planteamiento de alternativas coherentes y pertinentes para la solución de las necesidades detectadas. De ahí, que el proyecto educativo institucional se convierte con facilidad en todo un proyecto de investigación basado en la acción y en la participación. Con lo anteriormente mencionado, se considera indispensable basar el proyecto de democracia bajo los parámetros de la investigación Acción Participativa, si se tiene el deseo de orientar y liderar procesos macros de mirada futurista y transformacional. Por tanto, el trabajo que se INVESTIGACIÓN ACCIÓN PARTICIPACIÓN COMPETENCIAS CIUDADANAS GABINETE ESCOLAR LA PERSONA COMO SUJETO POLÍTICO
  • 32. “La persona como sujeto político” presenta retoma seis autores idóneos y controvertidos en el tema orientando el trabajo investigativo en el aula de forma general así:  JHON ELLIOTT: Práctica reflexiva y autónoma del quehacer pedagógico, el desarrollo curricular.  JULIA BLANDEZ Planteamiento de problemas cotidianos en el aula y sus posibles soluciones  BERNARDO RESTREPO Investigación centrada en la práctica docente. El maestro como investigador  CIRO PARRA MORENO La IA centrada en el desarrollo curricular que beneficie el entorno social, la práctica docente y su formación permanente.  LA TORRE A, RINCON D, ARNAZI Surge el movimiento de Investigación Acción en el contexto colaborativo entre maestros e investigadores del currículo dirigido al problema de cómo realizar problemas valores fundamentales en la acción.  MIGUEL MARTÍNEZ Orienta al desarrollo de las competencias de los participantes a partir de la solución de un problema social concreto, desarrollado partir de la implementación de un proceso cíclico. Por tanto, se convierte en una metodología de resistencia contra el pensamiento positivista, dejando ver la posibilidad de hacer investigación desde la práctica axiológica que va en pro del mejoramiento de una sociedad. La investigación acción, se convierte en la herramienta facilitadora de los cambios culturales, trabajo nada fácil, pero por sobretodo se debe fortalecer el desarrollo humano integral desde el proyecto “la persona como sujeto político”, para que se constituyan verdaderos desafíos de las prácticas educativas impregnadas de una visión humanística e investigativa, como eje fundamental de un proyecto de vida que modifique su educación desde sus cimientos. La IAP, se puede entender como el “proceso de articulación que debe darse entre la formación pedagógica y la producción de conocimientos… entre la teoría y la practica” promoviendo el espíritu investigativo a través del constante descubrimiento de los fenómenos naturales y sociales que lo rodean y reafirmando la idea de que el conocimiento es una construcción colectiva, cambiante e incluyente. De esta forma, la curiosidad, creatividad y los intereses particulares de las estudiantes se constituye en insumo fundamental del proceso investigativo escolar, permitiendo que formadores y estudiantes emprendan nuevas iniciativas en la producción de conocimiento escolar basadas en el aprendizaje por descubrimiento y el constante cuestionamiento sobre su realidad inmediata invitando así a transformarla. En la medida en que la comunidad va tomando conciencia de su contexto y del gran compromiso que tiene frente a los posibles cambios políticos y sociales, y relaciona el procedimiento que él mismo realiza en el aula; se convierte entonces, en aquella persona que dinamiza el proceso investigativo, a partir del planteamiento y desarrollo de las distintas etapas
  • 33. “La persona como sujeto político” que visualizan la elaboración del diagnostico, la planeación, la acción, la observación y la reflexión; proponiendo, orientando, reorientando y acompañando el proceso de formación del estudiante y de él mismo. Visto desde esta perspectiva, la práctica pedagógica se convierte en una práctica social (Eliot 1994), donde a través de la motivación para el ejercicio democrático genere conciencia de su acción social. Se retoma el planteamiento claro y sencillo que hace el investigador CIRO PARRA MORENO par el desarrollo de la misma: El autor considera en el proceso investigativo tres 3 etapas: 1. La planificación: que Parte de una idea. 2. La ejecución: Realizada a través de las acciones. La observación 3. La evaluación, contemplando los resultados para la mejora. Con lo anterior, y para hacer la propuesta una acción verdadera se ofrece la oportunidad para que el estudiante explore y analice cuáles son las posibles relaciones entre diferentes órganos de las ramas del poder público, derechos y deberes ciudadanos y las implicaciones que esto tiene en la organización general de cada una de estas y del Estado se plantea: LAS COMPETENCIAS CIUDADANAS VIVIDAS DESDE LA CONFORMACIÒN DEL GABINETE ESCOLAR: El gabinete ministerial concebido desde la estructura del estado nacional, determinando las funciones y responsabilidades políticas y sociales de cada uno de los integrantes, con el fin de acercar a los y las estudiantes a la realidad de la organización gubernamental de nuestro país. Para ello, y tomando la propuesta planteada desde el año 2007 por el colegio Bolivariano de Risaralda, se designan los cargos para ejercer el rol de funcionario estudiantil de la siguiente manera:
  • 34. “La persona como sujeto político” CONFORMACIÓN DEL GABINETE ESTUDIANTIL IED COLSUBSIDIO NUEVA ROMA GRADO REPRESENTANTES DEL GABINETE ESTUDIANTIL DÉCIMO 2 Fórmulas de Personería Estudiantil 2 Fórmulas Presidencia Estudiantil 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso) NOVENO 2 Candidatos para Alcaldía (Representante de Curso) 1 Registrador 1 Fiscal General Estudiantil 1 Cabildante Estudiantil 1 Contralor Estudiantil 1 Procurador Estudiantil OCTAVO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso) SÉPTIMO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso) SEXTO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso) QUINTO 2 Formulas Vicepresidente 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso) CUARTO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso) TERCERO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso) SEGUNDO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso) PRIMERO 2 candidatos para Alcaldía (Representante de Curso)
  • 35. “La persona como sujeto político” EVALUACIÓN CARACTERÌSTICAS GENERALES DE EVALUACIÒN: En la actualidad, la evaluación es considerada como factor imprescindible para la mejora continua dentro del proceso educativo que vive actualmente la sociedad, adquiriendo sentido en la medida que comprueba la eficacia y posibilita el perfeccionamiento de la acción pedagógica, siendo ésta el medio facilitador para la formación de personas idóneas capaces de responder a los retos económicos, políticos y sociales de una sociedad globalizada. De la misma forma, la evaluación es un proceso continuo, ordenado y sistemático de recogida de información cuantitativa y cualitativa, que responde a ciertas exigencias – valida, dependiente, fiable, de ser cotejada o comparada con criterios establecidos que permite emitir juicios de valor fundamentados, que faciliten la toma de decisiones y que afecten el objeto evaluado (González 2006). Es así como la evaluación, actualmente, se ha convertido en un tema relevante en los centros educativos porque permite reflexionar sobre el proceso de enseñanza – aprendizaje que desarrolla toda la comunidad. El proceso que se desarrolla a partir de la evaluación, en este caso de un proyecto académico, da a conocer algunos factores que afectan las actividades desarrolladas en las instituciones educativas, no obstante el decir que afectan puede interpretarse de dos maneras: la primera que favorece las metas institucionales y la segunda que presentan alguna dificultad para alcanzar las mismas. De esta manera, el evaluar un proyecto educativo facilita el mejoramiento de las prácticas educativas y permite que éstas se conozcan y estén al servicio de la comunidad, especialmente, de los estudiantes; además de permitir que con su realimentación el nivel de calidad educativa de la institución mejore constantemente. Aunque este tipo de evaluación es válida y útil para algunos objetivos, tal como el de comparar a una persona con su grupo de referencia o la norma, deja por fuera otros aspectos importantes del desarrollo de la persona y no permite tener una visión integral de la misma. La nueva Significación de la evaluación escolar: Una concepción más amplia de la evaluación escolar implica “a todos los componentes de la educación: formadores, administradores, programas y otros, y constituye un proceso interactivo con la enseñanza, para su orientación y desarrollo. Este proceso consiste en proyectar, obtener y organizar información y argumentos que permitan a las personas interesadas participar en el debate critico sobre un programa especifico” (...) La finalidad de la evaluación no es resolver o evitar un conflicto, sino proporcionar la información básica necesaria a los implicados en el proceso educativo (Ministerio de Educación Nacional Al tablero 2009)
  • 36. “La persona como sujeto político” Desde esta perspectiva, se debe ampliar la concepción de la evaluación e involucrar no solo el desempeño del estudiante frente a una serie de conocimientos y adquisición de habilidades sino también los procesos externos que se llevan a cabo en dicho proceso. Además de lo anterior, no solo se debe evaluar el desarrollo cognoscitivo sino otros aspectos del desarrollo de la persona para lograr una evaluación integral. Para garantizar esta concepción, la evaluación debe contemplar algunas características fundamentales: Ser constante y permanente, coherente, prospectiva, contextualizada, Flexible, Involucrar el acompañamiento, Contemplar lo planos afectivos, creativos y cognoscitivos En todas las instituciones de educación, oficiales y privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la instrucción cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana (Art. 41). . De ese trabajo colectivo nace la Ley 115 de 1994, en la que se plasman los fines y objetivos de la educación nacional y se crean los espacios y mecanismos para hacer viable la construcción de la democracia en la escuela. Dicho proyecto es orientado al diseño y aplicación de un producto, al aprovechamiento de los espacios para el desarrollo de las personas sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos, Fomentando en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y la responsabilidad. La evaluación de proyectos, en sus distintos tipos, contempla una serie de criterios base que permiten establecer sus conclusiones: CRITERIOS DE EVALUACIÒN: No existen criterios únicos, por lo general los criterios surgen en función de la naturaleza de cada proyecto pero existe cierto consenso en la necesidad de analizar la pertinencia, eficacia, eficiencia y sostenibilidad de los proyectos. Pertinencia o relevancia: Observa la congruencia entre los objetivos del proyecto y las necesidades identificadas y los intereses de la población e instituciones (consenso social). Se observa especialmente en la evaluación ex-ante pero también en los demás tipos de evaluación.  Eficacia: Es el grado en que se han cumplido los objetivos. Se observa en las evaluaciones de tipo continua y ex-post.
  • 37. “La persona como sujeto político”  Eficiencia: Indica el modo en que se han organizado y empleado los recursos disponibles en la implementación del proyecto. Este criterio es usual en el análisis costo-beneficio realizado en la evaluación ex-ante. Sostenibilidad: Establece que es la medida en que la población y/o las instituciones mantienen vigentes los cambios logrados por el proyecto una vez que este ha finalizado. Suele considerarse en las evaluaciones de impacto. REQUISITOS PARA LA EVALAUCIÒN DE PROYECTOS: Es fundamental considerar la evaluación desde las propias necesidades, y alcances de las acciones para con la población meta. Toda evaluación cumpla algunos requisitos metodológicos para garantizar que la información que genere puede ser usada en la toma de decisiones. Así, se espera que todo proceso de evaluación sea:  Objetivo: Debe medirse y analizarse los hechos definidos tal como se presentan.  Imparcial: La generación de conclusiones del proceso de evaluación debe ser neutral, transparente e imparcial. Quienes realizan la evaluación no deben tener intereses personales o conflictos con la unidad ejecutora del proyecto.  Válido: Debe medirse lo que se ha planificado medir, respetando las definiciones establecidas. En caso el objeto de análisis sea demasiado complejo para una medición objetiva, debe realizarse una aproximación cualitativa inicial.  Confiable: Las mediciones y observaciones deben ser registradas adecuadamente, preferentemente recurriendo a verificaciones.  Creíble: Todas las partes involucradas en el proyecto deben tener confianza en la idoneidad e imparcialidad de los responsables de la evaluación, quienes a su vez deben mantener una política de transparencia y rigor profesional.  Oportuno: Debe realizarse en el momento adecuado, evitando los efectos negativos que produce el paso del tiempo.  Útil: Debe ser útil y elaborarse en un lenguaje conciso y directo, entendible para todos los que accedan a la información elaborada, los resultados de una evaluación no deben dirigirse sólo a quienes tienen altos conocimientos técnicos sino que debe servir para que cualquier involucrado pueda tomar conocimiento de la situación del proyecto.
  • 38. “La persona como sujeto político”  Participativo: Debe incluirse a todos los involucrados en el proyecto, buscando de reflejar sus experiencias, necesidades, intereses y percepciones.  Retroalimentador: Un proceso de evaluación debe garantizar la diseminación de los hallazgos y su asimilación por parte de los involucrados en el proyecto (desde las altas esferas hasta los beneficiarios), para así fomentar el aprendizaje organizacional.  Costo/eficaz: La evaluación debe establecer una relación positiva entre su costo (económico, de tiempo y recursos) y su contribución en valor agregado para la experiencia de los involucrados en el proyecto. QUÈ SE EVALÙA?  La participación en todos los procesos democráticos de la comunidad educativa.  La elaboración y ejecución de los planes de gobierno en cada una de las instancias de participación.  Las metas propuestas.  El desarrollo de competencias ciudadanas. CÓMO SE EVALUA? Se evidencia con la elección de cada uno de los órganos del gobierno escolar y otras instancias:  Consejo directivo  Consejo académico OTRAS INSTANCIAS Planes de gobierno de:  Consejo de padres  Asociación de padres  Representante de curso  Personero estudiantil Seguimiento y ejecución de los planes operativos. El desarrollo de las competencias ciudadanas desde las competencias comunicativa, interpretativa, argumentativa y propositiva acompañada de estrategias participativas de autoevaluación, coevaluación y heteroevaluacion, desarrollando evidencias de las actividades realizadas. (actas correspondientes, listados de asistencia y archivos fotográficos o de video
  • 39. “La persona como sujeto político” como prueba del desarrollo de las capacitación y actividades organizadas por el gobierno escolar).
  • 40. “La persona como sujeto político” AREA ESTRATÈGICA META ESTRATÈGICA ESTRATEGIASCLAVES PLAN OPERATIVO QUÉ PARA QUÉ CÓMO QUIÉN CUÁNDO DÓNDE RECURSOS GESTIÒN ACADEMICA El 97% de cada una de las instancias de participación estudiantil cumple con las actividades propuestas en su plan de gobierno Implementar una propuesta de capacitación para el consejo estudiantil y personero que fortalezca la formación en liderazgo a partir de la ejecución de propuestas planteadas en los planes de gobierno Diseñar planes de gobierno que fortalezcan el sentido de pertenecía en la institución Garantizar la ejecución de las metas propuestas para una mejor disposición frente a la labor de las diferentes instancias de participación estudiantil Diseñar tres cartillas – taller sobre liderazgo escolar:  Planes de gobierno:  Ejecución del plan de gobierno escolar  Evaluación plan de gobierno escolar Integrantes del proyecto de democracia Cartilla 1: 4 de febrero Cartilla 2: 26 de marzo Cartilla 3: 30 de junio Audiovisuales Computador Papel Marcadores Fotocopias Video beam Apoyar las actividades que promuevan las diferentes instancias de la institución. Establecer estrategias con el comité de convivencia y académico de acuerdo a las necesidades de cada nivel La semana siguiente de la entrega de cada corte académico Revisar el cumplimiento de los planes de gobierno propuestos por cada instancia de participación estudiantil. Realizando seguimiento permanente al cumplimiento del plan de gobierno y estableciendo los planes de mejora pertinentes. Reuniones programadas quincenales de acuerdo a la planeación institucional
  • 41. “La persona como sujeto político” BIBLIOGRAFÍA Blandez, Julia Ángel. La Investigación=Acción: Un reto para el profesorado. Magisterio. Bogotá, 2001. Pág. 23, 35. CERDA GUTIÉRREZ; Hugo. El Proyecto de Aula. El aula como sistema de investigación y construcción de conocimientos. Magisterio. Bogotá, 2002. Pág. 99. Conferencia Mundial de Educación para Todos, BIRF/UNICEF/UNESCO/PNUD,9 de marzo de l.990,Jomtien, Tailandia, Cuarta Reunión del Comité Regional Intergubernamental de Proyecto Principal de Educación en América Latina y del Caribe(Promdiac1V), 21 al 25 de abril de l.991, Quito, Ecuador. DE ZAYA ÁLVAREZ Carlos M y GONZÁLEZ AGUDELO Elvia M. Lecciones de Didáctica General. Magisterio. Bogotá, 2003 Pág. 65 Elliott Jhon. El cambio educativo desde la Investigación Acción. Santillana. Medellín, 2000. Pág. 96 – 111 Evaluación en el contexto escolar: Finalidades y funciones. Publicado en la página de Internet educarchile.cl/ntg/planificación/1610/propertyvalue-40148.html La calidad de la Educación: ejes para su definición y evaluación, Inés Aguerredondo, Revista Interamericana de Desarrollo Educativo, La Educación, Nº 116, marzo 3 l.996 OEA. LA TORRE A, RINCON D, ARNAZI. Bases Metodológicas de la Investigación Educativa. Barcelona: Educación experiencias, 2003.Pág. 276, 277 Manual para el Desarrollo del PEI, Santillana, l.995 Bogotá. Proyecto Educativo Líderes Siglo XXI, GUIA 1, Conceptos Básicos de Calidad, MEALS DE COLOMBIA S.A. Bogotá, D.C. 2000. Romero Belcy, Galvis Gloria. El currículo planteado a través de la Pedagogía Problémica. Proyecto de investigación. Bogotá, 2007 pág. 72 S. Kemmis, Citado por Escalante, I. La educación escolar en el contexto de una educación para la diversidad. Articulo publicado en: educando para educar. Año 3. mayo de 2002, No. 4. México.